1. Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Alumna:
Angelica Boffil. C.I: 26.398.980.
Prof: Emily Ramírez.
Derecho Tributario.
Barquisimeto 07 de Agosto 2020.
2. Derecho Financiero
Primeramente es importante definir el derecho, este es el conjunto de normas y leyes de
carácter general que se dictan para dirigir a la sociedad con el fin de solventar cualquier conflicto
de relevancia jurídica que se origine, cabe destacar que estas normas o reglas deben ser acatadas
por los ciudadanos. Es por ello que las personas que ejerzan conductas opositoras a la ley, serán
sancionadas o castigadas por la desobediencia de la misma, así pues, se entiende que el derecho
es fundamental en la sociedad.
Seguidamente se comprende que el derecho financiero, es una rama del derecho público
interno que organiza los recursos constitutivos de la Hacienda Pública del Estado y de las demás
entidades públicas, igualmente regula los procedimientos de percepción de los ingresos y de
ordenación de los gastos y pagos que los mencionados sujetos destinan al cumplimiento de sus
fines. En referencia a lo expresado por Pugliese (1939), el derecho financiero es “la disciplina
que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que reglamentan la
recaudación, la gestión y la erogación de los medios económicos que necesita el estado y los
otros órganos públicos para el desarrollo de sus actividades, así como, el estudio de las
relaciones jurídicas entre los poderes y los órganos del Estado entre los mismos ciudadanos que
derivan de la aplicación de esas normas”.
De acuerdo al autor ya mencionado, el derecho financiero además de ser un objeto estudio,
también son normas destinadas para mantener el control, en cuanto a la recaudación, gestión y
erogación de esos medios económicos que requiere el Estado y los órganos públicos, para el
desenvolvimiento de sus actividades.
3. En cuanto a la relación que tiene el derecho financiero con otras ramas del derecho, es preciso
señalar que el derecho administrativo tiene una amplia vinculación, debido a que este se encarga
de regular a los entes públicos encargados del manejo de los recursos del patrimonio del Estado,
en sí, el derecho administrativo rige a las personas y el derecho financiero el dinero. Con
respecto al derecho penal, es evidente la relación que existe entre ambas disciplinas, ya que en el
derecho financiero son normas jurídicas reguladoras de la actividad financiera, pero como toda
norma los actos contrarios a la misma son objetos de sanciones en contra de la persona que la
realizo, así que el ejemplo más claro es que los entes públicos pueden ser sancionados por actos
de corrupción, que también son contrarios a las normas de derecho financiero, pues es un hecho
que las sanciones en la ley penal se aplican a casi todas las ramas del derecho y en el derecho
financiero no es la excepción .
Ahora bien, cuando se trata del derecho financiero y del derecho tributario se entienden que
ambas van muy de la mano existiendo así, una estrecha relación de género y especie, porque el
derecho financiero regula la obtención de los recursos públicos en general al estudiar la actividad
financiera del Estado, mientras que el derecho tributario se ocupa de regular la obtención de
algún ingreso o recurso en específico, que en este caso son los tributos o impuestos, que son
principales ingresos públicos.
Finalmente cuando se habla de la autonomía del derecho financiero, se hace alusión a la
autonomía didáctica, que resulta una cierta independencia jurídica, pero no se despega totalmente
del derecho, por lo que generalmente se considera que el derecho financiero no tiene autonomía
como lo tienen otras disciplinas jurídicas. Cabe destacar que el derecho financiero forma parte
del derecho administrativo, porque su objeto es una función administrativa que despliega el
Estado para conseguir recurso, gastarlos y balancearlos