1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
ESTUDIANTE:
Da Silva N. María V.
DOCENTE:
Abg. Emily V. Ramírez M.
ASIGNATURA:
Derecho Tributario
DET433-SAIAASF-2019/A
SAN FELIPE, OCTUBRE DE 2019
2. DERECHO FINANCIERO
Tema 2
Las finanzas públicas han sido por décadas el mecanismo con la que los
Estados modernos han ido desarrollando sus naciones. Es común señalar que
cuanto más eficiente es el manejo de las finanzas públicas, más eficiente y
visible es el bienestar común de la población, por ello, se puede definir que el
Derecho Financiero es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad
financiera del Estado en sus diferentes aspectos, es decir, entre los órganos
que lo ejercen y los medios en que se exterioriza el contenido de las relaciones
que origina. Es además una rama del derecho público que se encarga de todo
el proceso que encierra la actividad financiera que realiza el Estado con la
intención de satisfacer fines colectivos, en otras palabras, se encarga no solo
de que se puedan obtenerse los recursos requeridos, sino también que se
centra en la forma de controlar, organizar, planificar y presupuestar para que se
traduzca en obras en beneficios para la sociedad en general.
En este sentido, se puede afirmar que el Derecho Financiero, es la rama
del derecho que abarca dentro de su quehacer científico, la de organizar
ordenadamente un conjunto de normas que comprenden las finanzas públicas
por lo que cobra vital importancia en la actualidad, debido que señala los
lineamientos por las que ha discurrir el Estado en la búsqueda de una eficiente
captación y distribución de los recursos económicos de la nación,
entendiéndose entonces que el Derecho Financiero se conceptualiza como
una disciplina jurídica que tiene por objeto centrar su acción hacia aquel sector del
ordenamiento jurídico que regula la constitución y por ende la gestión de la Hacienda
Pública, es decir, la actividad financiera de un país. Su principal objetivo consiste en
evitar el abuso de los fondos públicos a manos de los funcionarios de turno y
esto lo logra a través del establecimiento de límites, controles y regulaciones al
uso de esos capitales que se consideran no pertenecientes a la persona que se
encuentra gobernando sino al aporte de todos los individuos que conforman la
sociedad.
Por otra parte, es importante destacar que existe una relación directa
entre el Derecho Financiero con otras ramas del Derecho, siendo su
vinculación fundamental para el buen funcionamiento del mismo. En primer
3. lugar su relación la tiene con el Derecho Constitucional antes que con otras
ramas, ya que ella define, cuáles son los lineamientos o principios generales
que desarrollan las leyes de carácter financiero. Con el Derecho Internacional
en virtud del crecimiento del desarrollo de las comunicaciones y la
intensificación de las relaciones comerciales, las cuales han determinado la
internacionalización de las finanzas tanto públicas como privadas. También se
relaciona con el Derecho Tributario ya que tiene por finalidad el estudio de las
normas legales, reglas y principios que regulan las imposiciones tributarias. Así
mismo, con el Derecho Administrativo gracias a que ambas disciplinas se
interesan en la administración pública y la similitud de algunos conceptos que
se manejan entre sí. Con el Derecho Penal se complementa por todo lo que
respecta a la violación de las leyes financieras y de las normas sobre el control
estatal de la actividad privada. Además guarda una estrecha relación con el
binomio Economía y Política considerando que el factor económico adquiere
importancia preponderante en la materia y el acto jurídico en que se concreta la
actividad financiera ya que esta reposa en presupuestos cuyo análisis
pertenece a esta rama.
En atención a lo antes planteado, surge la necesidad de preguntarse si
existe autonomía en el Derecho Financiero, por lo cual es necesario citar lo que
considera Villegas, que “la posibilidad de independencias absolutas o de
fronteras cerradas en el sector jurídico tributario es inviable, por cuanto las
distintas ramas en que se divide el derecho no dejan de conformar el carácter
de partes de una única unidad real: el orden jurídico de un país, que es
emanación del orden social vigente”. Por eso nunca la autonomía de un sector
jurídico puede significar total libertad para regularse íntegramente por sí solo.
La autonomía no puede concebirse de manera absoluta, sino que cada rama
del derecho forma parte de un conjunto del cual es porción solidaria.
Comprendiendo esto, conviene conocer el postulado de la Corriente
Administrativa que plantean Pérez de Ayala, Mayer y Giorgio del Vecchio, “el
Derecho Financiero no tiene como tal autonomía ya conforma parte de un todo,
cumple una función administrativa que lleva a cabo el Estado para encontrar
recursos y que más bien puede verse como una especialización del derecho
administrativo”. Por otra parte tenemos la Corriente Autonomista: A juicio de
Myrbach, Rheinfeld y Mario Pugliese, “los problemas jurídicos se resuelven
4. mediante principios propios de carácter unitario, que se complementan de
ramas jurídicas como el Derecho Financiero y Tributario”. Resumiendo todo lo
que plantean los autores en cada una de las teorías aquí citadas que el
Derecho Financiero goza de cierta autonomía, pero que a la larga dependerá
de las ramas del Derecho para complementarse y funcionar como un perfecto
engranaje.
Finalmente, se puede decir que el derecho financiero es un todo que
agrupa a la actividad financiera del Estado que va desde la organización,
control, planificación de los ingresos, como de los gastos que persiguen un fin
de bienestar para los habitantes de una sociedad. Así mismo es importante
destacar que el ordenamiento jurídico en esta materia permite la utilización de
fuentes directas e indirectas que en determinadas situaciones necesita del
derecho constitucional, administrativo, penal, procesal, siempre y cuando se
respete la autonomía que tiene esta rama del derecho público, ya que se
considera que debe existir ese carácter unitario que explica la corriente
autonomista. El Derecho Financiero también puede establecer prerrogativas,
facilidades y excepciones que tengan en cuenta situaciones particulares (como
por ejemplo situaciones de emergencia) en el que el uso de los fondos públicos
pueda tener que ver con necesidades urgentes, pues organiza en todo sentido
el destino que se le da a esos fondos públicos tratando de evitar situaciones de
abuso o de corrupción pero también permitiendo adaptarse a diversas
contingencias para garantizar con ello una respuesta inmediata a la población.
5. REFERENCIAS ELECTRÓNICAS
CONCEPTO Y CONTENIDO DEL DERECHO FINANCIERO [Documento en
Línea] Disponible:
https://derechouned.com/libro/tributario-1/2986-concepto-de-derecho-financiero
[Consultado: 2019, Octubre].
DERECHO FINANCIERO. [Documento en Línea] Disponible:
https://www.definicionabc.com/derecho/derecho-financiero.php [Consultado:
2019, Octubre].
IMPORTANCIA DEL DERECHO FINANCIERO [Documento en Línea]
Disponible: https://www.studocu.com/es/document/universidad-alas-
peruanas/administracion-financiera-ii/apuntes/derecho-financiero-
importancia/4619318/view [Consultado: 2019, Octubre].
LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO VENEZOLANO. [Documento en
Línea] Disponible:
http://saia.uft.edu.ve/moodle/pluginfile.php/695211/mod_resource/content/2/Acti
vidad.pdf [Consultado: 2019, Octubre ]