El documento discute la naturaleza y alcance del derecho financiero. Explica que el derecho financiero regula las actividades financieras del Estado para ordenar los ingresos y gastos públicos. También existe una relación entre el derecho financiero y el derecho tributario, pues el derecho tributario se enfoca en la recaudación de impuestos mientras que el derecho financiero estudia cómo el Estado obtiene recursos en general. Existen diferentes puntos de vista sobre si el derecho financiero tiene autonomía o forma parte del derecho administrativo.
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
Derecho financiero y tributario
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
ESCUELA DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURIDICAS
FACULTAD DE DERECHO
Douglas Arrieche
C.I: V- 25,137,141
Saia-B
DERECHO FINANCIERO
2. El derecho es una ciencia o disciplina de carácter humanista, la cual
se enfoca en el estudio del ordenamiento jurídico que rige en un estado
para la organización de la sociedad a través de normas y leyes
propiamente dicho que deben ser acatadas por los individuos con la
finalidad de conciliar una armonía entre las personas con quienes
cohabitan en un lugar determinado. Es decir, que al cumplimento de la
ley se permite el equilibrio social, pero, por el contrario si un individuo
actúa en oposición de ella, se acarrea una sanción, a lo que el derecho
juega un papel muy importante dentro de la sociedad. Kelsen lo
considera como: “el orden coactivo soberano de la conducta”. Mientras
que Toranzo lo define como “un sistema racional de normas sociales de
conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considerarlas
soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica.”
Ahora bien en lo correspondiente al derecho financiero Giuliani,
señala que el Derecho Financiero corresponde al Derecho Público, el cual
persigue fines colectivos, e igualmente la doctrina se refiere
exclusivamente a la actividad del Estado, y las Finanzas Públicas. Sin
embargo, es necesario resaltar que también forma parte de las actividades
comerciales y administrativas que se llevan a cabo no solamente por
medio del estado sino también entre los particulares. De acuerdo a esto,
podemos observar que dentro del derecho público se encuentra el
derecho financiero y el derecho tributario. Cuando hacemos referencia al
derecho financiero lo podemos entender como la rama del derecho
público encargado de regular las actividades financieras del Estado,
comprendiendo esto que se maneja directamente desde el ejecutivo
3. nacional, gobiernos regionales, municipales y demás organismos
descentralizados que conforman el quehacer financiero.
Sin embargo, en estos aspectos Sainz de Bujanda señala que el
derecho financiero es la rama del Derecho Público interno que organiza
los recursos constitutivos de la Hacienda del Estado y de las restantes
entidades públicas, territoriales e institucionales, y regula los
procedimientos de percepción de los ingresos y de ordenación de los
gastos y pagos que tales sujetos destinan al cumplimiento de sus fines.
Conforme a ello, el derecho financiero es la normativa jurídica que
regula las diferentes actividades comerciales de las instituciones de la
administración pública para ordenar los ingresos y gastos públicos que se
hayan establecido en el presupuesto anual de la institución o del estado.
A su contraparte por decirlo de una manera, el derecho tributario
dirige su atención a la recaudación de los impuestos que realiza la
hacienda pública. Lo que relaciona con las obligaciones de los
contribuyentes mediante las actividades financieras que están
relacionadas a la administración tributaria, realizadas entre particulares o
particulares y Estado, de igual forma estas actividades relaciona a
organismos del mismo Estado. En cuanto a la autonomía del derecho
financiero, tanto Pérez de Ayala, Mayer y Giorgio del Vecchio, se
enfocan en su idea de que el Derecho Financiero es una parte, un capítulo
especializado del Derecho Administrativo y por lo consiguiente no tiene
autonomía de ningún índole ya que para ellos el Derecho Financiero
forma parte del Derecho Administrativo. De acuerdo a esto surgen
interrogantes como por ejemplo la relación entre el derecho financiero y
4. el derecho tributario. La autonomía de una con la otra y conforme a la
doctrina anteriormente expuesta si el derecho tributario tiene autonomía
propia o igualmente forma parte del derecho administrativo, y, si
efectivamente existe relación entre estas ramas del derecho público
debido a las normas que regula la actividad financiera. En tal sentido, se
puede decir que el derecho financiero y tributario van de la mano
existiendo así tanto conjunta como separadamente, una relación especial
porque el derecho financiero regula la obtención de recursos públicos en
general y estudia la actividad financiera del estado; mientras el derecho
tributario regula la obtención de algún ingreso o recurso en específico,
los tributos e impuestos.
Se podría decir que el Estado busca crear ingresos para poder
utilizarlos en su búsqueda de un bien común, por lo que relaciona
profundamente, ya que crea normas para que exista la tributación
correcta y legítima mientras que en el Derecho Financiero se busca crear,
planificar y adquirir medios económicos para la satisfacción de las
necesidades de la sociedad. Tovar señala la relación entre el Derecho
Tributario y Financiero entrelazándolos de forma que: “el Derecho
Tributario es una rama del Derecho Financiero, pues mientras el derecho
financiero estudia cómo el Estado persigue crear los ingresos y aplicarlos
al gasto público, el derecho tributario estudia las reglas para que esta
tributación se produzca dentro de una relación no sólo legal, sino también
justa”.
Ahora bien, para resaltar a la autonomía del derecho financiero, no
se puede afirmar que el derecho financiero sea una rama autónoma dentro
5. del derecho público porque esa se encuentra ligada a todas las demás
normas de orden jurídico que regulan la actividad financiera del estado,
para algunos autores si existe autonomía ya que consideran que el
derecho financiero supone la facultad de establecer normas para la
obtención de recursos necesarios para el estado; bajo una regulación
establecida para dicha actividad. Sin embargo, como se ha venido
analizado, existe una relación establecida entre el derecho tributario y el
derecho financiero, y a su vez con el derecho administrativo, por lo cual
el mismo está ligado a otras ramas del derecho público necesaria para
poder llevar a cabo su función. A este motivo en especial, se podría decir
que el derecho financiero es autónomo porque su objeto es regular las
actividades realizadas por el estado para poderobtener los recursos y; eso
es una función administrativa; pero a su vez, le es requerido tener las
pautas que regulen cada una de esas actividades en relación a la
recaudación de los impuestos que se obtienen de la actividad financiera,
en un vocablo sencillo podría decirse que su autonomía podría llegar a
ser mixta, es decir, el derecho financiero debe cumplir con las demás
funciones establecidas por el derecho administrativo, quedando
demostrado que es necesario de todo el conjunto de leyes y normas
jurídicas para que el derecho financiero pueda cumplir con su función
administrativa dentro del derecho público.
6. Bibliografía
Sainz de Bujanda, Fernando (1993), Lecciones de Derecho
Financiero, décima edición, Artes Gráficas Benzal SA,
España.
Material de apoyo aportado por la Universidad Fermín Toro
bajo plataforma Saia.