1. UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO ESTADO LARA
Ensayo Derecho Financiero
Integrante: Yesenis Gómez
CI 13.227.144
Enero, 2019
2. 1. Como es conceptualizado en la actualidad el derecho financiero y cómo se relaciona con
otras ramas del derecho, ejemplifique.
Referirnos a una definición del Derecho Financiero dentro de un enfoque jurídico actualmente
representa sin lugar a duda un elemento primario, una disciplina que reglamenta y ordena los
procedimientos de dos grandes vertientes diferenciadas de la actividad financiera dentro del
sector público, tal es el caso de los gastos públicos e ingresos públicos, reflejados normalmente
en el presupuesto general del Estado. Comprendiendo dentro de su fundamento la recaudación u
obtención de los recursos; la administración o asignación a los planes y programas y la erogación
o gasto para la satisfacción de las necesidades colectivas y por ende del bien común.
Ahora bien, el derecho financiero es un derecho conexo a otras ramas de las ciencias jurídicas,
dado que toda actividad financiera para su efectiva aplicación y desarrollo se va a ejercer y
manifestar a través de las normas jurídicas, para ello citamos en primer orden al derecho
constitucional cuya correlación se fundamenta en que las diversas ramas del estado están
supeditadas a un control constitucional que reglamente y defina los lineamientos o principios
rectores que desarrollan normas y leyes donde debe estructurarse las normas del derecho
financiero , que permite a su vez asentar una simetría dentro de la actividad financiera del
Estado (Ej. Principio de Legalidad y No Confiscatoriedad Art 317 CRBV). Por su parte
referirnos al derecho penal es aludir que dentro de la actividad financiera del Estado existen
responsabilidad que son objeto de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, que
son aplicables al Ministro de Hacienda y a cualquier funcionario. En materia tributaria hay
normas penales (Ej. Defraudación por apropiación indebida calificada) acotando que por
evasión fiscal no se sanciona con prisión. Su relación con el derecho procesal instaura normas,
procedimientos y pautas en cuanto a la aplicación del derecho, y la única forma en que puede
3. obligarnos a pagar tributos e impuestos, es gracias al debido proceso. Nos indica la forma de
defendernos ante el fisco, de solicitar justicia, y el fisco de hacernos cumplir. A su vez su
vinculación con el derecho Administrativo esta dado porque el mismo regula el aparato
estructural y funcional de servicios públicos, siendo el Derecho financiero quien le proporciona
los recursos económicos necesarios para realizar tales fines. Asimismo el derecho financiero se
relaciona con el Derecho Tributario, al representar aquella parte del derecho financiero que
regula y disciplina los tributos, que expone los principios y las normas relativas al
establecimiento y recaudación de los tributos, y evalúa las relaciones jurídicas que de ello
resultan. Sin dejar de hacer mención la analogía existente entre el Derecho financiero con el
Derecho Internacional referido al desarrollo de las comunicaciones e intensificación de las
relaciones comerciales como la evaluación de la internacionalización tanto a nivel público o
privado de las finanzas.
2. Explique por qué se habla de la Autonomía del derecho financiero
Resulta sustancial abordar el tópico de la Autonomía del derecho financiero que como cualquier
otra disciplina jurídica se plantean diferentes perspectivas, en el caso particular se debate
principalmente desde dos ámbitos, uno propiciado por una autonomía administrativa partiendo
que el derecho financiero no tiene autonomía científica, planteamiento argumentado en que la
actividad del estado para obtener los medios económicos y cumplir sus fines, así como la
administración y el uso de ellos, es una función simplemente administrativa y no difiere en su
naturaleza de las demás actividades públicas del Estado, cuyo objeto es solo una competencia
administrativa que se sintetiza el funcionamiento de la administración pública y el ejercicio de la
función administrativa. De la misma manera se manifiesta una corriente autonomista basada
según autores como Myrbach, Rheinfeld y Mario Pugliese quienes sostienen con criterios
4. consecuentes que los problemas jurídicos que surgen de la actividad financiera del estado se
resuelven mediante principios propios de carácter unitario, además señalan que el derecho
financiero tiene importantes ramas jurídicas como son el derecho tributario material que tiene
una destacada y reconocida autonomía, y que las cuestiones impositivas propias del derecho
tributario no son sino una parte del universo que conforma la actividad financiera del estado.
Sosteniendo asimismo Dámelio que cuando un sistema jurídico llega a su madurez, se segrega
del tronco originario y se torna autónomo, siempre que disponga de principios generales propios.
En tal sentido Gustavo Ingrosso afirma que el derecho financiero goza de autonomía conceptual
y metodológica. Refiriéndose a quienes reprochan heterogeneidad al financiero, dice que esto
sucede con otras ramas del derecho público y del privado (Ej. las distintas materias de que trata
el derecho civil: familia, sucesiones, obligaciones, contratos, entre otras) esta heterogeneidad no
excluye que los institutos financieros tengan contacto por la función que desempeñan y el órgano
que las cumpla.
A razón de lo expuesto muchos autores defienden por su parte la autonomía del derecho
financiero sustentándose fundamentalmente en el reconocimiento que sus normas se encuentran
asentadas por principios jurídicos propios reconociendo entre ellos el principio de la
discrecionalidad administrativa.