2. Es una herramienta
normativa que contribuye a la
regulación de las relaciones
de los estudiantes entre sí y
con los demás miembros de
la comunidad educativa.
3. Derechos y deberes de los estudiantes
DERECHOS
Igualdad
Protección
Identidad
Alimentación
Integración
Amor
Educación
Amparo
solidaridad
DEBERES
Respetar a nuestros semejantes.
Respetar a nuestros padres y maestros
Respetar la opinión de los de mas
Respetar las leyes que rigen la sociedad
Respetarnos a nosotros mismos
Hablar siempre con la verdad
Cuidar y respetar el medio ambiente
Respetar nuestra patria
4.
5. TIPO I
Agresiones que intente dañar el cuerpo del otro
(patear, morder, rasguñar, empujar, pellizcar,
cachetear, dar puñetazos, entre otros).
Agredir verbalmente por medio de apodos,
insultos, burlas, amenazas, descalificaciones,
intimidaciones, humillaciones o degradaciones.
Agredir utilizando gestos y elementos gráficos
para descalificar, humillar y excluir a otros.
Destruir los bienes de la Institución o de otros
como forma de intimidación o expresión de
violencia.
Atentar contra la honra y el derecho a la dignidad
y el buen nombre de otros.
Situaciones que implican un mal manejo de los conflictos
sociales:
6. Reincidir en cualquiera de las faltas Tipo I
durante el año en curso o entres dos
vigencias escolares.
Ser titular de más de una de las conductas
tipificadas en las faltas Tipo I.
Perturbar temporalmente el bienestar de la
persona, la comunidad o la sociedad.
Distribuir o incitar a otros al consumo de
sustancias psicoactivas ilegales o legales,
licor o tabaco.
Ejecutar cualquier conducta del Tipo I con
la intención de causar daño real, potencial
o moral.
TIPO II
Situaciones que implican la repetición de las conductas y agravantes:
7. Causar lesiones (leves o incapacitantes) que
afecten la integridad corporal y psicológica.
Acciones u omisiones que comprometan la
vida y el bienestar integral de los demás.
Constreñir la libre movilidad de otros y
obligarlos a retraerse o aislarse.
Omitir la ayuda y el socorro a quien que se
encuentre en riesgo.
Incitar a otro a realizar cualquier conducta
que ponga en riesgo real o potencial su
bienestar.
TIPO III
Daños a la comunidad, lesiones causadas a otros y violación de los
derechos, así como del marco normativo del Código Penal.