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Consejo Nacional de la Judicatura
         Escuela de Capacitación Judicial
           “Dr. Arturo Zeledón Castrillo”



      LOS PROCESOS
   DECLARATIVOS EN EL
 NUEVO CÓDIGO PROCESAL
    CIVIL Y MERCANTIL


Dra. Delmy Ortiz Sánchez
ESTRUCTURA GENERAL



I. ALEGACIONES INICIALES
(Demanda y Contestación)




                    II. AUDIENCIA PREPARATORIA




                                              III. AUDIENCIA PROBATORIA



                                                                    IV. SENTENCIA
                                                                    (Oral ó escrita)



                           Dra. Delmy Ortiz Sánchez                                    2
I. ALEGACIONES INICIALES

INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA

Requisitos de la demanda:
• a) Subsanables;
• b) Insubsanables.

2. Aptitud judicial frente a la demanda:
• a) Rechazo de la demanda:
  • - Improponibilidad.
  • - Inadmisibilidad.
• b) Prevención.
• c) Admisión de la demanda (efectos).
  • - Perpetuación de la competencia.
  • - Prohibición del cambio de la demanda.
                 Dra. Delmy Ortiz Sánchez
                                              3
ADMISIÓN DE LA DEMANDA
¿Plazo? Art. 279

Efectos Arts. 281, 92, 93, 94

Ampliación de la demanda. Art. 280

Prohibición del cambio de demanda Art. 282

*Excepciones Arts. 305, 307, 91 Inc. Final
JUICIO DE ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA

Atiende exclusivamente a los requisitos de forma

No aplica un examen sobre el objeto del proceso, sino determinar:
 • Quien pide
 • Que es lo que pide
 • Frente a quien pide

En el juicio de Admisibilidad es una constatación

de lo contenido en los Art. 276

La ausencia de alguna de estas formalidades produce

Inicialmente la Inadmisibilidad de la demanda.

                          Dra. Delmy Ortiz Sánchez            5
RESOLUCIÓN QUE RECAE EN LA
           DEMANDA
         Si cumple los requisitos. Art.279. EMPLAZA Art. 283


     Si no cumple con los requisitos. Prevención por una sola vez.


                                EFECTOS:


Demandante debe subsanar defecto en 5 días. Inadmisibilidad. Art. 278


                 Se deja a salvo el derecho material


                       Sólo admite revocatoria
                          Dra. Delmy Ortiz Sánchez                      6
JUICIO DE PROCEDENCIA DE LA
             DEMANDA

Examen cualitativamente superior al
de admisibilidad de la demanda

Análisis de cumplimiento de
requisitos subjetivos y objetivos de la
pretensión.
                Dra. Delmy Ortiz Sánchez   7
REQUISITOS SUBJETIVOS DE LA
          PRETENSIÓN
Relativo a los sujetos que intervienen en el proceso:


a. Capacidad para ser parte y capacidad procesal Arts. 58 y ss.


B. Capacidad de postulación y legitimación Arts. 66 y 67


Órgano jurisdiccional:


Competencia Arts. 26 y ss.


Inexistencia de impedimentos para conocer de la pretensión
Arts. 52 y ss.
                             Dra. Delmy Ortiz Sánchez             8
REQUISITOS OBJETIVOS DE LA
            PRETENSIÓN
Se relacionan al objeto a que se refiere la pretensión.

Pretensión tiene que ser:

Posible

Idónea

Con causa

Vescovi, agrega que “causa” o fundamento jurídico de la pretensión. “Causa pretendi”


Defectos conllevan a la improponibilidad. Art. 277

                               Dra. Delmy Ortiz Sánchez                                9
IMPROPONIBILIDAD


Art. 277

Naturaleza jurídica. Despacho saneador

Es una figura dinámica


                Dra. Delmy Ortiz Sánchez   10
IMPROPONIBILIDAD
Defecto de la pretensión:

Objeto ilícito

objeto imposible

Objeto absurdo

Carencia de competencia

competencia objetiva. Art.37

Competencia de grado. Art. 39

La territorial no habilita la improponibilidad
                            Dra. Delmy Ortiz Sánchez   11
IMPROPONIBILIDAD

Atinente al objeto procesal

Litispendencia. Art.92

Sumisión al arbitraje

Compromiso pendiente

Evidente falta de presupuestos esenciales materiales

                        Dra. Delmy Ortiz Sánchez   12
PRESUPUESTOS MATERIALES O
             ESENCIALES
Falta de capacidad para obrar y/o ser parte. Personería o
representación

Falta de legitima contradicción

Incongruencia de la pretensión con el tipo de proceso que se
inicia

Ausencia de requisitos de tiempo y forma

Caducidad del derecho o de la pretensión. Ej. Protesto,
prescripción y caducidad

                          Dra. Delmy Ortiz Sánchez             13
EFECTOS DE LA DEMANDA
RECHAZO DE LA DEMANDA

a. improponibilidad. Art. 277

b. inadmisibilidad. Art. 278

c. otros efectos de rechazo. Arts. 291, 300, 304, 405

ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA

Efectos:

Plazo para admitirla. Arts. 279, 19, 421

Litispendencia. Arts. 281 Inc.1°, 92 y 94
                           Dra. Delmy Ortiz Sánchez     14
EFECTOS DE LA DEMANDA

Perpetuación de la jurisdicción. Arts. 28 Inc.2°, 93

Determinación de la pretensión. Art. 94

Interrumpe la prescripción

Ampliación. Art. 280 inc.2°

Prohibición de cambio. Art. 282, excepto Arts. 91, 306 y 307



                         Dra. Delmy Ortiz Sánchez              15
LAS PREVENCIONES
Fundamento legal. 278 y 300

Fundamento doctrinario:

a. Posibilitar el acceso eficaz a la jurisprudencia.

- acceso a la justicia

- solución en plazo razonable

- efectividad del pronunciamiento

b. Rol del Juez. Art. 14
                           Dra. Delmy Ortiz Sánchez    16
LAS PREVENCIONES

REQUISITOS:

Fundamento legal

Una sola formulación con precisión y claridad

Plazo razonable para su cumplimiento

Efectos del incumplimiento
                   Dra. Delmy Ortiz Sánchez     17
LAS PREVENCIONES
                                           Fundamento Doctrinario:
                                           • Posibilitar el acceso eficaz a la
                                             jurisprudencia
Fundamento legal: Arts. 278,
                                             • Acceso a la justicia
          300                                • Solución en un plazo razonable
                                             • Efectividad del pronunciamiento
                                           • Rol del juez Art. 14



                Requisitos:
                • Fundamento legal
                • Una sola formulación con precisión y
                  claridad
                • Plazo razonable para su cumplimiento,
                • Consecuencia
                • Efectos del incumplimiento.


                           Dra. Delmy Ortiz Sánchez                              18
FINALIDAD DE LAS PREVENCIONES:

• Sanear la relación jurídico procesal.

• Garantizar la imparcialidad del juzgador.

• Establecer la fundamentación de la
  pretensión.

• Procurar la pronta y cumplida justicia.


                   Dra. Delmy Ortiz Sánchez   19
MODIFICACIÓN DE LA DEMANDA

Ampliación de la demanda. Arts. 280 inc. 2

Dirigir las pretensiones contra nuevos demandados.
Antes de la contestación de la demanda.

En la audiencia. “nuevas pretensiones accesorias de
la ya planteada”. Art. 305 inc. 2

                   Dra. Delmy Ortiz Sánchez     20
ALEGACIONES INICIALES


INTERVENCIÓN DEL DEMANDADO


Emplazamiento del demandado. Art. 283


Contestación de la demanda (20 días): Art. 284

• a) Excepciones procesales.
• b) Contestación positiva:
  • - Allanamiento total de las pretensiones.
• c) Contestación negativa:
  • - Excepciones materiales.
• d) Demanda reconvencional.
• e) Incomparecencia del demandado.

                         Dra. Delmy Ortiz Sánchez   21
EMPLAZAMIENTO Arts. 181, 283
Por apoderado Art. 184

Diligenciamiento por notario Art. 185

Por Edictos Art. 186

Demandado esquivo Art. 187

A un menor Art. 188

A una persona jurídica Art. 189

Al Estado Art. 190

No domiciliada en El Salvador Art. 191
EL EMPLAZAMIENTO


Emplazamiento:

• Clases
• Formas

Actitudes del demandado frente al emplazamiento:

•   Simple - Contestar Positiva o negativamente
•   - Excepciones procesales
•   - Beneficio de excusión
•   Compleja- reconvención
•   No contesta – DECLARATORIA DE REBELDÍA

                            Dra. Delmy Ortiz Sánchez   23
EL EMPLAZAMIENTO
Fundamento:                                         Finalidad:
• Bilateralidad de la Audiencia                     • Avanzar el procedimiento
• Bilateralidad de la Concentración                 • Alcanzar una solución efectiva




                                                     La carga de señalar la persona a
                                                      ser emplazada corresponde al
                                                       ACTOR, no debe confundirse
   Ubicación del demandado:
                                                     con la obligación de acreditar o
                                                        legitimar la personería del
                                                             demandado 181.

                                  Dra. Delmy Ortiz Sánchez                             24
SIGNIFICADO DE LA PALABRA EXCEPCIÓN


Las excepciones han sido concebidas en
tantos sentidos que cuesta encontrar
una definición única. Y se concluye que
por excepción debe entenderse todo lo
que el demandado en el uso de su
derecho de defensa puede alegar a fin
de no ser condenado

               Dra. Delmy Ortiz Sánchez   25
CLASES DE EXCEPCIONES

Con el propósito de dar sentido técnico a las palabras, la doctrina distingue
entre:




Excepciones procesales y excepciones materiales.



EXCEPCIONES PROCESALES son aquellas que descansan en la falta de
presupuesto o requisitos procesales o en lo que suele llamarse defectuosa
constitución de la relación jurídico procesal y genera una resolución, de
contenido procesal que afecta en fondo de la pretensión

                               Dra. Delmy Ortiz Sánchez                         26
CLASES DE EXCEPCIONES

LAS EXCEPCIONES MATERIALES son
aquellas con las que el demandado
tiende a la desestimación de
pretensión refiriendo la oposición a su
falta de justificación relación al
derecho material, pretendiendo una
sentencia absolutoria a su favor

               Dra. Delmy Ortiz Sánchez   27
LAS EXCEPCIONES PROCESALES ART. 298

Estas tienen como contenido la falta de presupuestos o lo que
supone que el demandado puede referirse al invocarlas a:

La falta de presupuestos procesales, pretendiendo que se dicte
una sentencia que llegue al fondo de la pretensión si el tribunal
de oficio no se ha pronunciado sobre tal circunstancia.

También puede el demandado invocar la falta de requisitos en
un determinado acto procesal como es la demanda



                          Dra. Delmy Ortiz Sánchez                  28
LAS EXCEPCIONES MATERIALES ART. 299
Si las excepciones procesales se refieren a la valida
constitución de la relación jurídico procesal las
materiales se refieren al fondo y el demandado al
plantearlas aspira a que la pretensión sea
desestimada


Las excepciones materiales se mantienen dentro de la
misma relación deducida por el demandante y
además no generan un objeto procesal nuevo.

                     Dra. Delmy Ortiz Sánchez           29
HECHOS QUE PUEDE INVOCAR EL
            DEMANDADO
HECHOS IMPEDITIVOS son aquellos que recogidos por
la norma impiden desde el principio que los hechos
constitutivos desplieguen su eficacia normal impidiendo
que se produzcan los efectos jurídicos pedidos por el
demandante

Ejemplo en el cumplimiento de un contrato de CV el
demandado se excepciona diciendo que no existió cusa
del contrato por lo que se trato de la simulación de un
contrato, como consecuencia no es posible que surta
efectos
                      Dra. Delmy Ortiz Sánchez            30
HECHOS QUE PUEDE ALEGAR EL
            DEMANDADO
EXTINTIVOS estos se dan cuando los hechos
constitutivos han existido , y han causado sus
efectos pero posteriormente se han realizado
hechos que han suprimido esos efectos.

Ejemplo en una compra venta a plazos que el
demandado acepta que el contrato existió pero
que ya no adeuda nada al demandante, por lo
que presenta la excepción de pago.

                   Dra. Delmy Ortiz Sánchez      31
HECHOS DEL DEMANDADO

EXCLUYENTES también aquí se han producido
los efectos de los hechos constitutivos, pero el
demandado alega otros hechos que dentro de
los supuestos de determinada norma permiten
excluir los efectos de estos. Ejemplo típico es
el caso de la prescripción, el beneficio de la
excusión del fiador, la falta de plazo para el
cumplimiento de la obligación, estos hechos
no pueden ser apreciados de oficio por el juez

                   Dra. Delmy Ortiz Sánchez        32
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA ART. 284

Concepto es el acto procesal de la parte demandada en
la que se opone expresamente la resistencia del
demandado.

Es el acto por medio del cual ejerce el demandado su
derecho de defensa.

El acto por medio del cual el demandado alega las
excepciones procesales o materiales que considere
pertinente.
                      Dra. Delmy Ortiz Sánchez          33
CONTENIDO DE LA CONTESTACIÓN
La demanda puede contener un allanamiento

Una reconvención

una aceptación

Una oposición

de los hechos alegados en la demanda

O alegar las excepciones que considere oportunas

                     Dra. Delmy Ortiz Sánchez      34
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A
        LA CONTESTACIÓN

El poder con que actúa la parte procesal

La acreditación de la representación legal, en el caso de
los menores o de las personas jurídicas

Tantas copias como demandantes este acreditados

Cualquier documento que sirva para estimar su
pretensión y desestimar la de el demandante

                       Dra. Delmy Ortiz Sánchez             35
LA RECONVENCIÓN ART. 285
Se trata de la interposición por parte del demandado
de una pretensión contra el demandante, presentada
ante el mismo juez y en el mismo juicio, a fin de que
se resuelva en una sola sentencia


La reconvención supone salir del objeto del proceso
fijado en la demanda y fijar un nuevo objeto procesal
con pretensión similar


                    Dra. Delmy Ortiz Sánchez       36
REQUISITOS DE LA RECONVENCIÓN

Momento y forma , la reconvención se
interpone en el juicio común siempre por
medio del escrito de contestación d e la
demanda

De la demanda reconvencional se dará noticia al
demandante para que la conteste en un plazo de
20 días y puede suceder que surjan los
presupuestos del demandado

                  Dra. Delmy Ortiz Sánchez    37
LA COMPETENCIA

La competencia objetiva la tiene el tribunal que
conoció de la demanda original


Cuando se deba tramitar la reconvención en un
juicio análogo, no se puede reconvenir
pretendiendo cambiar la naturaleza de un juicio
común por uno especial

                   Dra. Delmy Ortiz Sánchez        38
LEGITIMACIÓN PASIVA

La legitimación pasiva existe solo
respecto del demandante no se
otros obligados en el juicio, salvo
el caso especial de las tercerías o
que se trate de listis consortes
necesarios o voluntarios
              Dra. Delmy Ortiz Sánchez   39
EFECTOS DE LA RECONVENCIÓN

La reconvención produce los efectos
típicos de la acumulación de
pretensiones      entre       las    dos
pretensiones la inicial y la reconvenida
ya que ambas se pretende se deduzcan
en el mismo juicio y se resuelvan en
una sola sentencia

               Dra. Delmy Ortiz Sánchez    40
LEGITIMACIÓN ACTIVA

La legitimación activa será siempre del
demandado original ya que es una pretensión
que solo puede deducir el


 La reconvención no es admisible cuando la
realiza un obligado subsidiario ya que
conceptualmente la reconvención es siempre
una demanda contra el actor

                  Dra. Delmy Ortiz Sánchez    41
FALTA DE PERSONACIÓN Art. 287
Consecuencia              Rebeldía


Efectos de la rebeldía:

• En relación a los hechos
• En relación a los actos de comunicación
  • * Regla General
• * Excepciones

Interrupción de la rebeldía


Presupuesto para recurrir
LA REBELDÍA

           Requisitos
           • Inicial y total
           • Es indiferente a la
             voluntad del demandante
           • El actor no puede incurrir
             en rebeldía
           • Declaración expresa, que
             se hace de oficio por el
             juez, sin necesidad de que
             se acuse por el actor




  Dra. Delmy Ortiz Sánchez                43
LA REBELDÍA ART. 287

EFECTOS:

Preclusión, perdida del demandado de
realizar los actos procesales correspondientes

No equivale ni a allanamiento ni a admisión
de los hechos alegados en la demanda.

                  Dra. Delmy Ortiz Sánchez       44
LA REBELDÍA ART. 287


EFECTOS:

El demandado niega los hechos alegados por el demandante y se opone a
la petición de este.

La resolución que declara la rebeldía se notificara al demandado por correo
si su domicilio fuera conocido, y si no, lo fuere por medio de edictos.

Hecha la notificación ya no se le notificara resolución alguna.



                              Dra. Delmy Ortiz Sánchez                  45
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA ART.284.
Citación de terceros
Posibles actitudes (previstas)
• * Alegar excepciones procesales: procesales, materiales.
Puede ser: Impeditivos - Extintivos – Excluyentes.
• * Allanarse: personal, claro, concluyente, inequívoco,
  expreso, consciente, previsible, sin condición.

* Negar los hechos o desvirtuar
Alegar excepciones materiales
Reconvenir Art. 285.
• * Forma de proceder

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Procesos declarativos en el nuevo codigo procesal civil y mercantil 22 enero2011

  • 1. Consejo Nacional de la Judicatura Escuela de Capacitación Judicial “Dr. Arturo Zeledón Castrillo” LOS PROCESOS DECLARATIVOS EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL Dra. Delmy Ortiz Sánchez
  • 2. ESTRUCTURA GENERAL I. ALEGACIONES INICIALES (Demanda y Contestación) II. AUDIENCIA PREPARATORIA III. AUDIENCIA PROBATORIA IV. SENTENCIA (Oral ó escrita) Dra. Delmy Ortiz Sánchez 2
  • 3. I. ALEGACIONES INICIALES INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA Requisitos de la demanda: • a) Subsanables; • b) Insubsanables. 2. Aptitud judicial frente a la demanda: • a) Rechazo de la demanda: • - Improponibilidad. • - Inadmisibilidad. • b) Prevención. • c) Admisión de la demanda (efectos). • - Perpetuación de la competencia. • - Prohibición del cambio de la demanda. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 3
  • 4. ADMISIÓN DE LA DEMANDA ¿Plazo? Art. 279 Efectos Arts. 281, 92, 93, 94 Ampliación de la demanda. Art. 280 Prohibición del cambio de demanda Art. 282 *Excepciones Arts. 305, 307, 91 Inc. Final
  • 5. JUICIO DE ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA Atiende exclusivamente a los requisitos de forma No aplica un examen sobre el objeto del proceso, sino determinar: • Quien pide • Que es lo que pide • Frente a quien pide En el juicio de Admisibilidad es una constatación de lo contenido en los Art. 276 La ausencia de alguna de estas formalidades produce Inicialmente la Inadmisibilidad de la demanda. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 5
  • 6. RESOLUCIÓN QUE RECAE EN LA DEMANDA Si cumple los requisitos. Art.279. EMPLAZA Art. 283 Si no cumple con los requisitos. Prevención por una sola vez. EFECTOS: Demandante debe subsanar defecto en 5 días. Inadmisibilidad. Art. 278 Se deja a salvo el derecho material Sólo admite revocatoria Dra. Delmy Ortiz Sánchez 6
  • 7. JUICIO DE PROCEDENCIA DE LA DEMANDA Examen cualitativamente superior al de admisibilidad de la demanda Análisis de cumplimiento de requisitos subjetivos y objetivos de la pretensión. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 7
  • 8. REQUISITOS SUBJETIVOS DE LA PRETENSIÓN Relativo a los sujetos que intervienen en el proceso: a. Capacidad para ser parte y capacidad procesal Arts. 58 y ss. B. Capacidad de postulación y legitimación Arts. 66 y 67 Órgano jurisdiccional: Competencia Arts. 26 y ss. Inexistencia de impedimentos para conocer de la pretensión Arts. 52 y ss. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 8
  • 9. REQUISITOS OBJETIVOS DE LA PRETENSIÓN Se relacionan al objeto a que se refiere la pretensión. Pretensión tiene que ser: Posible Idónea Con causa Vescovi, agrega que “causa” o fundamento jurídico de la pretensión. “Causa pretendi” Defectos conllevan a la improponibilidad. Art. 277 Dra. Delmy Ortiz Sánchez 9
  • 10. IMPROPONIBILIDAD Art. 277 Naturaleza jurídica. Despacho saneador Es una figura dinámica Dra. Delmy Ortiz Sánchez 10
  • 11. IMPROPONIBILIDAD Defecto de la pretensión: Objeto ilícito objeto imposible Objeto absurdo Carencia de competencia competencia objetiva. Art.37 Competencia de grado. Art. 39 La territorial no habilita la improponibilidad Dra. Delmy Ortiz Sánchez 11
  • 12. IMPROPONIBILIDAD Atinente al objeto procesal Litispendencia. Art.92 Sumisión al arbitraje Compromiso pendiente Evidente falta de presupuestos esenciales materiales Dra. Delmy Ortiz Sánchez 12
  • 13. PRESUPUESTOS MATERIALES O ESENCIALES Falta de capacidad para obrar y/o ser parte. Personería o representación Falta de legitima contradicción Incongruencia de la pretensión con el tipo de proceso que se inicia Ausencia de requisitos de tiempo y forma Caducidad del derecho o de la pretensión. Ej. Protesto, prescripción y caducidad Dra. Delmy Ortiz Sánchez 13
  • 14. EFECTOS DE LA DEMANDA RECHAZO DE LA DEMANDA a. improponibilidad. Art. 277 b. inadmisibilidad. Art. 278 c. otros efectos de rechazo. Arts. 291, 300, 304, 405 ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA Efectos: Plazo para admitirla. Arts. 279, 19, 421 Litispendencia. Arts. 281 Inc.1°, 92 y 94 Dra. Delmy Ortiz Sánchez 14
  • 15. EFECTOS DE LA DEMANDA Perpetuación de la jurisdicción. Arts. 28 Inc.2°, 93 Determinación de la pretensión. Art. 94 Interrumpe la prescripción Ampliación. Art. 280 inc.2° Prohibición de cambio. Art. 282, excepto Arts. 91, 306 y 307 Dra. Delmy Ortiz Sánchez 15
  • 16. LAS PREVENCIONES Fundamento legal. 278 y 300 Fundamento doctrinario: a. Posibilitar el acceso eficaz a la jurisprudencia. - acceso a la justicia - solución en plazo razonable - efectividad del pronunciamiento b. Rol del Juez. Art. 14 Dra. Delmy Ortiz Sánchez 16
  • 17. LAS PREVENCIONES REQUISITOS: Fundamento legal Una sola formulación con precisión y claridad Plazo razonable para su cumplimiento Efectos del incumplimiento Dra. Delmy Ortiz Sánchez 17
  • 18. LAS PREVENCIONES Fundamento Doctrinario: • Posibilitar el acceso eficaz a la jurisprudencia Fundamento legal: Arts. 278, • Acceso a la justicia 300 • Solución en un plazo razonable • Efectividad del pronunciamiento • Rol del juez Art. 14 Requisitos: • Fundamento legal • Una sola formulación con precisión y claridad • Plazo razonable para su cumplimiento, • Consecuencia • Efectos del incumplimiento. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 18
  • 19. FINALIDAD DE LAS PREVENCIONES: • Sanear la relación jurídico procesal. • Garantizar la imparcialidad del juzgador. • Establecer la fundamentación de la pretensión. • Procurar la pronta y cumplida justicia. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 19
  • 20. MODIFICACIÓN DE LA DEMANDA Ampliación de la demanda. Arts. 280 inc. 2 Dirigir las pretensiones contra nuevos demandados. Antes de la contestación de la demanda. En la audiencia. “nuevas pretensiones accesorias de la ya planteada”. Art. 305 inc. 2 Dra. Delmy Ortiz Sánchez 20
  • 21. ALEGACIONES INICIALES INTERVENCIÓN DEL DEMANDADO Emplazamiento del demandado. Art. 283 Contestación de la demanda (20 días): Art. 284 • a) Excepciones procesales. • b) Contestación positiva: • - Allanamiento total de las pretensiones. • c) Contestación negativa: • - Excepciones materiales. • d) Demanda reconvencional. • e) Incomparecencia del demandado. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 21
  • 22. EMPLAZAMIENTO Arts. 181, 283 Por apoderado Art. 184 Diligenciamiento por notario Art. 185 Por Edictos Art. 186 Demandado esquivo Art. 187 A un menor Art. 188 A una persona jurídica Art. 189 Al Estado Art. 190 No domiciliada en El Salvador Art. 191
  • 23. EL EMPLAZAMIENTO Emplazamiento: • Clases • Formas Actitudes del demandado frente al emplazamiento: • Simple - Contestar Positiva o negativamente • - Excepciones procesales • - Beneficio de excusión • Compleja- reconvención • No contesta – DECLARATORIA DE REBELDÍA Dra. Delmy Ortiz Sánchez 23
  • 24. EL EMPLAZAMIENTO Fundamento: Finalidad: • Bilateralidad de la Audiencia • Avanzar el procedimiento • Bilateralidad de la Concentración • Alcanzar una solución efectiva La carga de señalar la persona a ser emplazada corresponde al ACTOR, no debe confundirse Ubicación del demandado: con la obligación de acreditar o legitimar la personería del demandado 181. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 24
  • 25. SIGNIFICADO DE LA PALABRA EXCEPCIÓN Las excepciones han sido concebidas en tantos sentidos que cuesta encontrar una definición única. Y se concluye que por excepción debe entenderse todo lo que el demandado en el uso de su derecho de defensa puede alegar a fin de no ser condenado Dra. Delmy Ortiz Sánchez 25
  • 26. CLASES DE EXCEPCIONES Con el propósito de dar sentido técnico a las palabras, la doctrina distingue entre: Excepciones procesales y excepciones materiales. EXCEPCIONES PROCESALES son aquellas que descansan en la falta de presupuesto o requisitos procesales o en lo que suele llamarse defectuosa constitución de la relación jurídico procesal y genera una resolución, de contenido procesal que afecta en fondo de la pretensión Dra. Delmy Ortiz Sánchez 26
  • 27. CLASES DE EXCEPCIONES LAS EXCEPCIONES MATERIALES son aquellas con las que el demandado tiende a la desestimación de pretensión refiriendo la oposición a su falta de justificación relación al derecho material, pretendiendo una sentencia absolutoria a su favor Dra. Delmy Ortiz Sánchez 27
  • 28. LAS EXCEPCIONES PROCESALES ART. 298 Estas tienen como contenido la falta de presupuestos o lo que supone que el demandado puede referirse al invocarlas a: La falta de presupuestos procesales, pretendiendo que se dicte una sentencia que llegue al fondo de la pretensión si el tribunal de oficio no se ha pronunciado sobre tal circunstancia. También puede el demandado invocar la falta de requisitos en un determinado acto procesal como es la demanda Dra. Delmy Ortiz Sánchez 28
  • 29. LAS EXCEPCIONES MATERIALES ART. 299 Si las excepciones procesales se refieren a la valida constitución de la relación jurídico procesal las materiales se refieren al fondo y el demandado al plantearlas aspira a que la pretensión sea desestimada Las excepciones materiales se mantienen dentro de la misma relación deducida por el demandante y además no generan un objeto procesal nuevo. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 29
  • 30. HECHOS QUE PUEDE INVOCAR EL DEMANDADO HECHOS IMPEDITIVOS son aquellos que recogidos por la norma impiden desde el principio que los hechos constitutivos desplieguen su eficacia normal impidiendo que se produzcan los efectos jurídicos pedidos por el demandante Ejemplo en el cumplimiento de un contrato de CV el demandado se excepciona diciendo que no existió cusa del contrato por lo que se trato de la simulación de un contrato, como consecuencia no es posible que surta efectos Dra. Delmy Ortiz Sánchez 30
  • 31. HECHOS QUE PUEDE ALEGAR EL DEMANDADO EXTINTIVOS estos se dan cuando los hechos constitutivos han existido , y han causado sus efectos pero posteriormente se han realizado hechos que han suprimido esos efectos. Ejemplo en una compra venta a plazos que el demandado acepta que el contrato existió pero que ya no adeuda nada al demandante, por lo que presenta la excepción de pago. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 31
  • 32. HECHOS DEL DEMANDADO EXCLUYENTES también aquí se han producido los efectos de los hechos constitutivos, pero el demandado alega otros hechos que dentro de los supuestos de determinada norma permiten excluir los efectos de estos. Ejemplo típico es el caso de la prescripción, el beneficio de la excusión del fiador, la falta de plazo para el cumplimiento de la obligación, estos hechos no pueden ser apreciados de oficio por el juez Dra. Delmy Ortiz Sánchez 32
  • 33. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA ART. 284 Concepto es el acto procesal de la parte demandada en la que se opone expresamente la resistencia del demandado. Es el acto por medio del cual ejerce el demandado su derecho de defensa. El acto por medio del cual el demandado alega las excepciones procesales o materiales que considere pertinente. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 33
  • 34. CONTENIDO DE LA CONTESTACIÓN La demanda puede contener un allanamiento Una reconvención una aceptación Una oposición de los hechos alegados en la demanda O alegar las excepciones que considere oportunas Dra. Delmy Ortiz Sánchez 34
  • 35. DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA CONTESTACIÓN El poder con que actúa la parte procesal La acreditación de la representación legal, en el caso de los menores o de las personas jurídicas Tantas copias como demandantes este acreditados Cualquier documento que sirva para estimar su pretensión y desestimar la de el demandante Dra. Delmy Ortiz Sánchez 35
  • 36. LA RECONVENCIÓN ART. 285 Se trata de la interposición por parte del demandado de una pretensión contra el demandante, presentada ante el mismo juez y en el mismo juicio, a fin de que se resuelva en una sola sentencia La reconvención supone salir del objeto del proceso fijado en la demanda y fijar un nuevo objeto procesal con pretensión similar Dra. Delmy Ortiz Sánchez 36
  • 37. REQUISITOS DE LA RECONVENCIÓN Momento y forma , la reconvención se interpone en el juicio común siempre por medio del escrito de contestación d e la demanda De la demanda reconvencional se dará noticia al demandante para que la conteste en un plazo de 20 días y puede suceder que surjan los presupuestos del demandado Dra. Delmy Ortiz Sánchez 37
  • 38. LA COMPETENCIA La competencia objetiva la tiene el tribunal que conoció de la demanda original Cuando se deba tramitar la reconvención en un juicio análogo, no se puede reconvenir pretendiendo cambiar la naturaleza de un juicio común por uno especial Dra. Delmy Ortiz Sánchez 38
  • 39. LEGITIMACIÓN PASIVA La legitimación pasiva existe solo respecto del demandante no se otros obligados en el juicio, salvo el caso especial de las tercerías o que se trate de listis consortes necesarios o voluntarios Dra. Delmy Ortiz Sánchez 39
  • 40. EFECTOS DE LA RECONVENCIÓN La reconvención produce los efectos típicos de la acumulación de pretensiones entre las dos pretensiones la inicial y la reconvenida ya que ambas se pretende se deduzcan en el mismo juicio y se resuelvan en una sola sentencia Dra. Delmy Ortiz Sánchez 40
  • 41. LEGITIMACIÓN ACTIVA La legitimación activa será siempre del demandado original ya que es una pretensión que solo puede deducir el La reconvención no es admisible cuando la realiza un obligado subsidiario ya que conceptualmente la reconvención es siempre una demanda contra el actor Dra. Delmy Ortiz Sánchez 41
  • 42. FALTA DE PERSONACIÓN Art. 287 Consecuencia Rebeldía Efectos de la rebeldía: • En relación a los hechos • En relación a los actos de comunicación • * Regla General • * Excepciones Interrupción de la rebeldía Presupuesto para recurrir
  • 43. LA REBELDÍA Requisitos • Inicial y total • Es indiferente a la voluntad del demandante • El actor no puede incurrir en rebeldía • Declaración expresa, que se hace de oficio por el juez, sin necesidad de que se acuse por el actor Dra. Delmy Ortiz Sánchez 43
  • 44. LA REBELDÍA ART. 287 EFECTOS: Preclusión, perdida del demandado de realizar los actos procesales correspondientes No equivale ni a allanamiento ni a admisión de los hechos alegados en la demanda. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 44
  • 45. LA REBELDÍA ART. 287 EFECTOS: El demandado niega los hechos alegados por el demandante y se opone a la petición de este. La resolución que declara la rebeldía se notificara al demandado por correo si su domicilio fuera conocido, y si no, lo fuere por medio de edictos. Hecha la notificación ya no se le notificara resolución alguna. Dra. Delmy Ortiz Sánchez 45
  • 46. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA ART.284. Citación de terceros Posibles actitudes (previstas) • * Alegar excepciones procesales: procesales, materiales. Puede ser: Impeditivos - Extintivos – Excluyentes. • * Allanarse: personal, claro, concluyente, inequívoco, expreso, consciente, previsible, sin condición. * Negar los hechos o desvirtuar Alegar excepciones materiales Reconvenir Art. 285. • * Forma de proceder