SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 16
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN UNIVERSITARIA,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO
“SANTIAGO MARIÑO”
EXTENSIÓN BARINAS
RIESGOS LABORALES
BARINAS, JULIO 2016
AUTORES:
- JAIMES ROTSEN DANIELA
- GARRIDO REILANDER
DOCENTE DE LA ASIGNATURA: MAYERSY MOLINA
¿Qué son riesgos laborales?
El riesgo laboral, según lo planteado en la Norma Venezolana COVENIN 2270:1995, es la
probabilidad de que suceda un evento, impacto o consecuencia adversa, en otras palabras,
es una medida de la posibilidad y magnitud de los impactos adversos, siendo la
consecuencia del peligro, y está en relación con la frecuencia con que se presente el evento.
Es una medida de potencial de pérdida económica o lesión en términos de la probabilidad de
ocurrencia de un evento no deseado junto con la magnitud de las consecuencias. Así mismo,
las contingencias son eventos súbitos donde existe la probabilidad de causar daños a
personas, el ambiente o los bienes, considerándose una perturbación de las actividades
normales en todo centro de trabajo, establecimiento, unidad de explotación, empresas,
instituciones públicas o privadas, y que demanda una acción inmediata.
A los fines de la LOPCYMAT y su reglamento, es muy importante que exista la evaluación de
puestos de trabajo con la debida notificación de riesgos a cada trabajador, y que éste firme
en señal de conocimiento, la carta de notificación de riesgo. Igualmente es primordial el
adiestramiento que tenga o requiera el trabajador en la ejecución de sus funciones (16 horas
trimestrales de capacitación).
Tipos de riesgos
Físicos: sordera, mutagénesis, teratogénesis,
estrés térmico, disbarismos.
Químicos: asfixiantes, irritantes, dermatitis,
cáncer, neumoconióticos.
Biológicos: infecciones, envenenamiento por
mordeduras y picaduras de animales e
insectos, enfermedades respiratorias,
enfermedades zoonóticas, dermatitis de
contacto, hemorragias, SIDA, etc.
Disergonómicos: agotamiento o cansancio,
desórdenes o molestias músculo esqueléticas,
problemas circulatorios.
Psicosociales: apatía, frustración, estrés
laboral, acoso laboral (acoso moral o
mobbing), condición postraumática.
Es importante destacar que todo accidente que tenga el trabajador debe ser reportado por
el patrono dentro de las 24 horas siguientes en las cuales ocurra el accidente o en el
momento en que tenga conocimiento cierto de la ocurrencia del accidente y/o del
diagnóstico. Deberá efectuarse la declaración en los formatos elaborados por el
INPSASEL, entendiéndose como no efectuada aquella declaración que no cumpla con los
requisitos previstos en el formato. Si el conocimiento del accidente es a través del
trabajador o de otra persona, es importante establecer el grado de parentesco o nexo con
el trabajador, el nombre de quien hace la notificación y número de cédula. Cuando el
legislador se refiere a accidentes son aquéllos que ocurran dentro o fuera del trabajo, en
horario laboral.
Los servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo deberán desarrollar y mantener un
sistema de vigilancia de la utilización del tiempo libre. Así mismo, presentarán informes
trimestrales de vigilancia de la utilización del tiempo libre, en los formatos elaborados al
efecto (cumplimiento de la jornada laboral, vacaciones, días de descanso obligatorios, días
de descanso convencionales y horas extras que no excedan de las establecidas por la ley).
Notificación de riesgos
Es una constancia escrita mediante la cual el patrono comunica a cada trabajador de
los riesgos asociados a su puesto de trabajo y al mismo tiempo realiza las
recomendaciones correspondientes para evitar la ocurrencia de accidentes o
enfermedades ocupacionales. La notificación de riesgos no exime de responsabilidad al
empleador ni al trabajador, sin embargo, coadyuva en la incorporación de ambas partes
a las actividades de prevención y a las mejores prácticas en la manera de desarrollar
su trabajo.
Es política de cada organización la frecuencia de actualización de este instrumento, sin
embargo, no puede obviarse en los procesos de nuevo ingreso, cambio de cargo o de
puesto de trabajo. En todo caso debe dejarse constancia en los expedientes del trabajo
y archivos de la empresa de la realización de este proceso.
Siempre existe la posibilidad de que
un trabajador sufra un determinado
daño derivado del trabajo. Para ello
se valorará la probabilidad de que
se produzca el daño, la severidad
del mismo y el tiempo de exposición
al riesgo.
La LOPCYMAT, en sus artículos
53,54,55, y 56 establece que todo
trabajador debe ser notificado sobre
el riesgo que conlleva las
actividades a desarrollar, riesgos
asociados a estas actividades,
posibles daños a la salud y medidas
preventivas.
En general la notificación de
riesgos consta de las siguientes
partes:
-Identificación del trabajador,
empresa y cargo.
-Descripción general del cargo.
-Identificación de los riesgos a los
que se encuentra expuesto.
-Posibles consecuencias sobre la
salud y seguridad del trabajador.
-Medidas preventivas a aplicarse.
-Medidas mitigantes (en caso de no
poder eliminarse el riesgo en la
fuente).
-Referencia a los procedimientos de
trabajo seguro.
Bases legales de riesgos ocupacionales
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Artículo 83. La salud es un derecho social
fundamental, obligación del Estado, que lo
garantizará como parte del derecho a la vida. El
Estado promoverá y desarrollará políticas
orientadas a elevar la calidad de vida, el
bienestar colectivo y el acceso a los servicios.
Todas las personas tienen derecho a la
protección de la salud, así como el deber de
participar activamente en su promoción y
defensa, y el de cumplir con las medidas
sanitarias y de saneamiento que establezca la
ley, de conformidad con los tratados y convenios
internacionales suscritos y ratificados por
la República.
Artículo 84. Para garantizar el derecho a la
salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y
gestionará un sistema público nacional de salud,
de carácter intersectorial, descentralizado y
participativo, integrado al sistema de seguridad
social, regido por los principios de gratuidad,
universalidad, integralidad, equidad, integración
social y solidaridad. El sistema público nacional
de salud dará prioridad a la promoción de la
salud y a la prevención de las enfermedades,
garantizando tratamiento oportuno y
rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios
públicos de salud son propiedad del Estado y no
podrán ser privatizados. La comunidad
organizada tiene el derecho y el deber de
participar en la toma de decisiones sobre la
planificación, ejecución y control de la política
específica en las instituciones públicas de salud.
Artículo 85. El financiamiento del sistema
público nacional de salud es obligación del
Estado, que integrará los recursos fiscales, las
cotizaciones obligatorias de la seguridad social y
cualquier otra fuente de financiamiento que
determine la ley. El Estado garantizará un
presupuesto para la salud que permita cumplir
con los objetivos de la política sanitaria. En
coordinación con las universidades y los centros
de investigación, se promoverá y desarrollará
una política nacional de formación de
profesionales, técnicos y técnicas y una industria
nacional de producción de insumos para la salud.
El Estado regulará las instituciones públicas y
privadas de salud.
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (LOT).
Artículo 236. El patrono deberá tomar las medidas que fueren necesarias para
que el servicio se preste en condiciones de higiene y seguridad que respondan a
los requerimientos de la salud del trabajador, en un medio ambiente de trabajo
adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales.
Artículo 237. Ningún trabajador podrá ser expuesto a la acción de agentes
físicos, condiciones ergonómicas, riesgos psicosociales, agentes químicos,
biológicos o de cualquier otra índole, sin ser advertido acerca de la naturaleza de
los mismos, de los daños que pudieren causar a la salud, y aleccionado en los
principios de su prevención.
Artículo 238. Los trabajadores no deben hacer sus comidas en el propio sitio de
trabajo, salvo cuando se trate de casos que no permitan separación del mismo.
No se permitirá que los trabajadores duerman en el sitio de trabajo, salvo
aquellos que por razones del servicio o de fuerza mayor, deban permanecer allí.
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE
TRABAJO (LOPCYMAT).
Artículo 1. Objeto de esta Ley. El objeto de la presente Ley es Establecer las instituciones, normas y
lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y
trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y
propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo
seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la
reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la
recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
Artículo 10. El Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo formulará y
evaluará la política nacional destinada al control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, la
promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades
ocupacionales, la restitución de la salud y la rehabilitación, la recapacitación y reinserción laboral, así
como la promoción de programas para la utilización del tiempo libre, descanso y turismo social y del
fomento de la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de las áreas
destinadas a tales efectos.
Artículo 46. En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes
empresas o de instituciones públicas o privadas, debe constituirse un comité de seguridad y salud
laboral, órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las
políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Comité estará
conformado por los delegados o delegadas de prevención, de una parte y por el empleador o
empleadora, o sus representantes en número igual al de los delegados o delegadas de prevención, de
la otra. El Comité de Seguridad y Salud Laboral debe registrarse y presentar informes periódicos de sus
actividades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
Artículo 53. Derechos de los trabajadores y las trabajadoras. Los trabajadores y las trabajadoras tendrán
derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio
de sus facultades físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar
adecuadas.
Artículo 59. Condiciones y ambiente en que debe desarrollarse el trabajo. A los efectos de la protección
de los trabajadores y trabajadoras, el trabajo deberá desarrollarse en un ambiente y condiciones
adecuadas de manera que:
1. Asegure a los trabajadores y trabajadoras el más alto grado posible de salud física y mental, así como
la protección adecuada a los niños, niñas y adolescentes y a las personas con discapacidad o con
necesidades especiales.
2. Adapte los aspectos organizativos y funcionales, y los métodos, sistemas o procedimientos utilizados
en la ejecución de las tareas, así como las maquinarias, equipos, herramientas y útiles de trabajo, a las
características de los trabajadores y trabajadoras, y cumpla con los requisitos establecidos en las normas
de salud, higiene, seguridad y ergonomía.
3. Preste protección a la salud y a la vida de los trabajadores y trabajadoras contra todas las condiciones
peligrosas en el trabajo.
4. Facilite la disponibilidad de tiempo y las comodidades necesarias para la recreación, utilización del
tiempo libre, descanso, turismo social, consumo de alimentos, actividades culturales, deportivas; así como
para la capacitación técnica y profesional.
5. Impida cualquier tipo de discriminación.
6. Garantice el auxilio inmediato al trabajador o la trabajadora lesionados o enfermo.
7. Garantice todos los elementos del saneamiento básico en los puestos de trabajo, en las empresas,
establecimientos, explotaciones o faenas, y en las áreas adyacentes a los mismos.
Artículo 61. Política y programa de seguridad y salud en el trabajo de
la empresa. Toda empresa, establecimiento, explotación o faena
deberá diseñar una política y elaborar e implementar un Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo, específico y adecuado a sus
procesos, el cual deberá ser presentado para su aprobación ante el
Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, sin
perjuicio de las responsabilidades del empleador o empleadora
previstas en la ley.
COMISIÓN VENEZOLANA DE NORMAS INDUSTRIALES
(COVENIN)
• Norma obligatoria. Calor y frío. Límites permisibles de exposición en
lugares de trabajo. 2254.
• Norma obligatoria. Colores, símbolos y dimensiones para señales de
seguridad 187.
• Guía de los aspectos generales a ser considerados en la inspección
de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo 2266.
• Programa de higiene y seguridad ocupacional. Aspectos generales
2260.
• Riesgos biológicos. Medidas de higiene ocupacional 3558.
• Norma obligatoria. Ropa, equipos y dispositivos de protección
personal. Selección de acuerdo al riesgo ocupacional 2237.
• Sistema de gestión de seguridad e higiene ocupacional (sgsho). Guía
para su implantación (provisional) 4004.
Formatos de notificación de riesgos
Es un documento en el cual se recopila información sobre el lugar del
accidente o incidente, así como de la(s) persona(s) afectada(s) y la
descripción del hecho ocurrido con el fin de generar una base de datos de
los accidentes e incidentes ocurridos en el área.
Por medio de la presente me dirijo a usted, de conformidad con lo establecido en el artículo
237 de la Ley Orgánica del Trabajo, y Art. 56 Nº 4; También en el Art. 6 Párrafo (1) y (2) de
la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT); la
empresa procedió a notificarle de forma verbal y por escrito al Trabajador los riesgos a los
cuales usted está expuesto en esta empresa en el desarrollo de sus labores y medio
circundante, de las medidas preventivas que debe cumplir para evitar accidentes y de las
normas y procedimientos internos de la empresa.
Conforme a lo antes expuesto yo, NOMBRE DEL TRABAJADOR, portadora de la cedula de
identidad Nº __________ , la fecha – __________, con el puesto de trabajo como,
_____________, he recibido de la empresa -__________________________________
amplia y suficiente inducción general y adiestramiento operacional donde se me explico y
notifico de manera verbal por escrito los riesgos y medidas preventivas inherentes a mi cargo
y medio ambiente circundante, las normas y procedimientos internos de la empresa y los
análisis de riesgo de mis funciones de igual manera declaro que he recibido los Equipos de
Protección Personal para mi resguardo integral y me comprometo a cumplir las obligaciones
especificas en el contrato de trabajo, las normas y procedimientos de seguridad y lo
dispuesto al Art. 10 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo.
Estudio deducidos del análisis de su puesto de trabajo y de las condiciones o agentes que lo
rodean, y cuáles son los siguientes:
Asimismo, me comprometo a cumplir con las obligaciones que como trabajador me impone
el Art. 54 de la LOPCYMAT y con las normas y procedimientos internos de la Empresa en
materia de Seguridad Industrial, normativa legal que tiene como objeto fundamental mi
seguridad, salud y bienestar laboral.
________________ _____________________
TRABAJADOR(O)A DELEGADO DE CSSL
¡¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!!

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo lopcymat..
Ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo  lopcymat..Ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo  lopcymat..
Ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo lopcymat..
Especialista en Proteccion Integral, C.A
 

La actualidad más candente (20)

Legislacion paraguaya
Legislacion paraguayaLegislacion paraguaya
Legislacion paraguaya
 
Proyectos de ley vigentes sobre Enfermeria en el Parlamento Argentino (a Novi...
Proyectos de ley vigentes sobre Enfermeria en el Parlamento Argentino (a Novi...Proyectos de ley vigentes sobre Enfermeria en el Parlamento Argentino (a Novi...
Proyectos de ley vigentes sobre Enfermeria en el Parlamento Argentino (a Novi...
 
Aspecto de la higiene y seguridad ocupacional
Aspecto de la higiene y seguridad ocupacionalAspecto de la higiene y seguridad ocupacional
Aspecto de la higiene y seguridad ocupacional
 
Aspecto de la higiene y seguridad ocupacional
Aspecto de la higiene y seguridad ocupacionalAspecto de la higiene y seguridad ocupacional
Aspecto de la higiene y seguridad ocupacional
 
Plan Nacional de Salud en HONDURAS (parte1)
Plan Nacional de Salud en HONDURAS (parte1)Plan Nacional de Salud en HONDURAS (parte1)
Plan Nacional de Salud en HONDURAS (parte1)
 
Lopcymat (marco legal)
Lopcymat (marco legal)Lopcymat (marco legal)
Lopcymat (marco legal)
 
Ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo lopcymat..
Ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo  lopcymat..Ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo  lopcymat..
Ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo lopcymat..
 
AlejosDeyvisA3
AlejosDeyvisA3AlejosDeyvisA3
AlejosDeyvisA3
 
ASPECTOS LEGALES
ASPECTOS LEGALES ASPECTOS LEGALES
ASPECTOS LEGALES
 
RéGimen Prestacional De Vivienda Y Habitad
RéGimen Prestacional De Vivienda Y HabitadRéGimen Prestacional De Vivienda Y Habitad
RéGimen Prestacional De Vivienda Y Habitad
 
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral Venezolano y su impac...
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral  Venezolano y su impac...Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral  Venezolano y su impac...
Inicidencias de la LOPCYMAT Sobre el Acontecer Laboral Venezolano y su impac...
 
Yelimar yepeza3
Yelimar yepeza3Yelimar yepeza3
Yelimar yepeza3
 
Yelimar yepeza3
Yelimar yepeza3Yelimar yepeza3
Yelimar yepeza3
 
Yelimar yepeza3
Yelimar yepeza3Yelimar yepeza3
Yelimar yepeza3
 
..lopcymat
..lopcymat ..lopcymat
..lopcymat
 
higiene y seguridad aspectos legales
higiene y seguridad aspectos legaleshigiene y seguridad aspectos legales
higiene y seguridad aspectos legales
 
Presentación Lopcymat
Presentación LopcymatPresentación Lopcymat
Presentación Lopcymat
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
La responsabilidad del medico como servidor_IAFJSR
La responsabilidad del medico como servidor_IAFJSRLa responsabilidad del medico como servidor_IAFJSR
La responsabilidad del medico como servidor_IAFJSR
 
Aspectos legales higiene y seguridad
Aspectos legales higiene y seguridadAspectos legales higiene y seguridad
Aspectos legales higiene y seguridad
 

Destacado

Evaluacion final Salud Ocupacional
Evaluacion final Salud OcupacionalEvaluacion final Salud Ocupacional
Evaluacion final Salud Ocupacional
cemedinaco
 
Decreto 1443 de 2014 implementación del sistema de gestión de la seguridad y ...
Decreto 1443 de 2014 implementación del sistema de gestión de la seguridad y ...Decreto 1443 de 2014 implementación del sistema de gestión de la seguridad y ...
Decreto 1443 de 2014 implementación del sistema de gestión de la seguridad y ...
caquimbo
 
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOSMETODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
avaloslaulen
 
Investigacion de accidente de trabajo[1]
Investigacion de accidente de trabajo[1]Investigacion de accidente de trabajo[1]
Investigacion de accidente de trabajo[1]
ZULIMAMM
 

Destacado (20)

D003 pr.500.02.001 guía para la identificación y evaluación de riesgos de seg...
D003 pr.500.02.001 guía para la identificación y evaluación de riesgos de seg...D003 pr.500.02.001 guía para la identificación y evaluación de riesgos de seg...
D003 pr.500.02.001 guía para la identificación y evaluación de riesgos de seg...
 
Exposicion Implementacion SG-SST
Exposicion Implementacion SG-SSTExposicion Implementacion SG-SST
Exposicion Implementacion SG-SST
 
Higiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrialHigiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrial
 
Guia SG-SST est y sus usuarias
Guia SG-SST est y sus usuariasGuia SG-SST est y sus usuarias
Guia SG-SST est y sus usuarias
 
Higiene y seguridad industrial presentacion
Higiene y seguridad industrial presentacionHigiene y seguridad industrial presentacion
Higiene y seguridad industrial presentacion
 
3 sistema gestion_seg_trabajo
3 sistema gestion_seg_trabajo3 sistema gestion_seg_trabajo
3 sistema gestion_seg_trabajo
 
Decreto 1443 de 2014
Decreto 1443 de 2014 Decreto 1443 de 2014
Decreto 1443 de 2014
 
Identificación de peligros y riesgos SG-SST
Identificación de peligros y riesgos SG-SSTIdentificación de peligros y riesgos SG-SST
Identificación de peligros y riesgos SG-SST
 
Procedimiento iperc
Procedimiento ipercProcedimiento iperc
Procedimiento iperc
 
Evaluacion final Salud Ocupacional
Evaluacion final Salud OcupacionalEvaluacion final Salud Ocupacional
Evaluacion final Salud Ocupacional
 
Preguntas de examen de sondeo SG-SST:SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SAL...
Preguntas de examen de sondeo SG-SST:SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SAL...Preguntas de examen de sondeo SG-SST:SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SAL...
Preguntas de examen de sondeo SG-SST:SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SAL...
 
Evaluaciones sena
Evaluaciones senaEvaluaciones sena
Evaluaciones sena
 
Decreto 1443 de 2014 implementación del sistema de gestión de la seguridad y ...
Decreto 1443 de 2014 implementación del sistema de gestión de la seguridad y ...Decreto 1443 de 2014 implementación del sistema de gestión de la seguridad y ...
Decreto 1443 de 2014 implementación del sistema de gestión de la seguridad y ...
 
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N° 29783
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N° 29783Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N° 29783
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N° 29783
 
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOSISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
 
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOSMETODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
 
Investigacion de accidente de trabajo[1]
Investigacion de accidente de trabajo[1]Investigacion de accidente de trabajo[1]
Investigacion de accidente de trabajo[1]
 
Accidentes e incidentes en el trabajo
Accidentes e incidentes en el trabajoAccidentes e incidentes en el trabajo
Accidentes e incidentes en el trabajo
 
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y CÓDIGO DE COLORES
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y CÓDIGO DE COLORESSEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y CÓDIGO DE COLORES
SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y CÓDIGO DE COLORES
 
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...
 

Similar a RIESGOS LABORALES

Legislacion en la salud ocupacional
Legislacion en la salud ocupacionalLegislacion en la salud ocupacional
Legislacion en la salud ocupacional
CarolinaGuauque
 
Importancia del conocimiento de los Aspectos Legales que benefician al Traba...
Importancia del conocimiento de los Aspectos Legales  que benefician al Traba...Importancia del conocimiento de los Aspectos Legales  que benefician al Traba...
Importancia del conocimiento de los Aspectos Legales que benefician al Traba...
jr_256
 
Salud ocupacional
Salud ocupacionalSalud ocupacional
Salud ocupacional
maryie89
 

Similar a RIESGOS LABORALES (20)

Presentacion seguridad social.gif
Presentacion seguridad social.gifPresentacion seguridad social.gif
Presentacion seguridad social.gif
 
Riesgo laboral
Riesgo laboralRiesgo laboral
Riesgo laboral
 
Legislacion en la salud ocupacional
Legislacion en la salud ocupacionalLegislacion en la salud ocupacional
Legislacion en la salud ocupacional
 
El inpsasel_IAFJSR
El inpsasel_IAFJSREl inpsasel_IAFJSR
El inpsasel_IAFJSR
 
Importancia del conocimiento de los Aspectos Legales que benefician al Traba...
Importancia del conocimiento de los Aspectos Legales  que benefician al Traba...Importancia del conocimiento de los Aspectos Legales  que benefician al Traba...
Importancia del conocimiento de los Aspectos Legales que benefician al Traba...
 
LOPCYMAT, analisis de riesgos
LOPCYMAT, analisis de riesgosLOPCYMAT, analisis de riesgos
LOPCYMAT, analisis de riesgos
 
Enan higiene
Enan higieneEnan higiene
Enan higiene
 
Enan higiene
Enan higieneEnan higiene
Enan higiene
 
SALUD OCUPACIONAL Y LEYES EN HONDURAS
SALUD OCUPACIONAL Y LEYES EN HONDURASSALUD OCUPACIONAL Y LEYES EN HONDURAS
SALUD OCUPACIONAL Y LEYES EN HONDURAS
 
7 1 aspectos generales de seguridad y salud en el trabajo
7 1 aspectos generales de seguridad y salud en el trabajo7 1 aspectos generales de seguridad y salud en el trabajo
7 1 aspectos generales de seguridad y salud en el trabajo
 
Julio cesar campos silva a2.p higiene y seguridad
Julio cesar campos silva a2.p higiene y seguridadJulio cesar campos silva a2.p higiene y seguridad
Julio cesar campos silva a2.p higiene y seguridad
 
Ensayo con presentacion lopcymat
Ensayo con presentacion lopcymatEnsayo con presentacion lopcymat
Ensayo con presentacion lopcymat
 
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad OcupacionalAspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional
Aspectos Legales que rigen la materia de Higiene y Seguridad Ocupacional
 
RODRIGUEZ VICTOR ASIGNACION 2
RODRIGUEZ VICTOR ASIGNACION 2RODRIGUEZ VICTOR ASIGNACION 2
RODRIGUEZ VICTOR ASIGNACION 2
 
Salud ocupacional
Salud ocupacionalSalud ocupacional
Salud ocupacional
 
Seguridad social lopcymat
Seguridad social lopcymatSeguridad social lopcymat
Seguridad social lopcymat
 
Higiene ignacio
Higiene ignacioHigiene ignacio
Higiene ignacio
 
Actividad de Aprendizaje 8
Actividad de Aprendizaje 8Actividad de Aprendizaje 8
Actividad de Aprendizaje 8
 
Yoheliscampos.a2
Yoheliscampos.a2Yoheliscampos.a2
Yoheliscampos.a2
 
La Lopcymat vigente, posee un reglamento,_2.ppt
La Lopcymat vigente, posee un reglamento,_2.pptLa Lopcymat vigente, posee un reglamento,_2.ppt
La Lopcymat vigente, posee un reglamento,_2.ppt
 

Último

Tipos de suelo y su clasificación y ejemplos
Tipos de suelo y su clasificación y ejemplosTipos de suelo y su clasificación y ejemplos
Tipos de suelo y su clasificación y ejemplos
andersonsubero28
 
Tema ilustrado 9.2.docxbbbbbbbbbbbbbbbbbbb
Tema ilustrado 9.2.docxbbbbbbbbbbbbbbbbbbbTema ilustrado 9.2.docxbbbbbbbbbbbbbbbbbbb
Tema ilustrado 9.2.docxbbbbbbbbbbbbbbbbbbb
antoniolfdez2006
 
S3-OXIDOS-HIDROXIDOS-CARBONATOS (mineralogia)
S3-OXIDOS-HIDROXIDOS-CARBONATOS (mineralogia)S3-OXIDOS-HIDROXIDOS-CARBONATOS (mineralogia)
S3-OXIDOS-HIDROXIDOS-CARBONATOS (mineralogia)
samuelsan933
 
sistema de CLORACIÓN DE AGUA POTABLE gst
sistema de CLORACIÓN DE AGUA POTABLE gstsistema de CLORACIÓN DE AGUA POTABLE gst
sistema de CLORACIÓN DE AGUA POTABLE gst
DavidRojas870673
 
INSUMOS QUIMICOS Y BIENES FISCALIZADOS POR LA SUNAT
INSUMOS QUIMICOS Y BIENES FISCALIZADOS POR LA SUNATINSUMOS QUIMICOS Y BIENES FISCALIZADOS POR LA SUNAT
INSUMOS QUIMICOS Y BIENES FISCALIZADOS POR LA SUNAT
evercoyla
 
3.6.2 Lab - Implement VLANs and Trunking - ILM.pdf
3.6.2 Lab - Implement VLANs and Trunking - ILM.pdf3.6.2 Lab - Implement VLANs and Trunking - ILM.pdf
3.6.2 Lab - Implement VLANs and Trunking - ILM.pdf
GustavoAdolfoDiaz3
 

Último (20)

Tipos de suelo y su clasificación y ejemplos
Tipos de suelo y su clasificación y ejemplosTipos de suelo y su clasificación y ejemplos
Tipos de suelo y su clasificación y ejemplos
 
Six Sigma Process and the dmaic metodo process
Six Sigma Process and the dmaic metodo processSix Sigma Process and the dmaic metodo process
Six Sigma Process and the dmaic metodo process
 
Video sustentación GA2- 240201528-AA3-EV01.pptx
Video sustentación GA2- 240201528-AA3-EV01.pptxVideo sustentación GA2- 240201528-AA3-EV01.pptx
Video sustentación GA2- 240201528-AA3-EV01.pptx
 
entropia y neguentropia en la teoria general de sistemas
entropia y neguentropia en la teoria general de sistemasentropia y neguentropia en la teoria general de sistemas
entropia y neguentropia en la teoria general de sistemas
 
Tippens fisica 7eDIAPOSITIVAS TIPENS Tippens_fisica_7e_diapositivas_33.ppt
Tippens fisica 7eDIAPOSITIVAS TIPENS Tippens_fisica_7e_diapositivas_33.pptTippens fisica 7eDIAPOSITIVAS TIPENS Tippens_fisica_7e_diapositivas_33.ppt
Tippens fisica 7eDIAPOSITIVAS TIPENS Tippens_fisica_7e_diapositivas_33.ppt
 
ingenieria grafica para la carrera de ingeniera .pptx
ingenieria grafica para la carrera de ingeniera .pptxingenieria grafica para la carrera de ingeniera .pptx
ingenieria grafica para la carrera de ingeniera .pptx
 
Tema ilustrado 9.2.docxbbbbbbbbbbbbbbbbbbb
Tema ilustrado 9.2.docxbbbbbbbbbbbbbbbbbbbTema ilustrado 9.2.docxbbbbbbbbbbbbbbbbbbb
Tema ilustrado 9.2.docxbbbbbbbbbbbbbbbbbbb
 
S3-OXIDOS-HIDROXIDOS-CARBONATOS (mineralogia)
S3-OXIDOS-HIDROXIDOS-CARBONATOS (mineralogia)S3-OXIDOS-HIDROXIDOS-CARBONATOS (mineralogia)
S3-OXIDOS-HIDROXIDOS-CARBONATOS (mineralogia)
 
422382393-Curso-de-Tableros-Electricos.pptx
422382393-Curso-de-Tableros-Electricos.pptx422382393-Curso-de-Tableros-Electricos.pptx
422382393-Curso-de-Tableros-Electricos.pptx
 
G4 - CASO DE ESTUDIO - VOLUMEN DE UN RESERVORIO (1).pptx
G4 - CASO DE ESTUDIO - VOLUMEN DE UN RESERVORIO (1).pptxG4 - CASO DE ESTUDIO - VOLUMEN DE UN RESERVORIO (1).pptx
G4 - CASO DE ESTUDIO - VOLUMEN DE UN RESERVORIO (1).pptx
 
Presentación de Redes de alcantarillado y agua potable
Presentación de Redes de alcantarillado y agua potablePresentación de Redes de alcantarillado y agua potable
Presentación de Redes de alcantarillado y agua potable
 
Presentación Instrumentos de Medicion Electricos.pptx
Presentación Instrumentos de Medicion Electricos.pptxPresentación Instrumentos de Medicion Electricos.pptx
Presentación Instrumentos de Medicion Electricos.pptx
 
NTC 3883 análisis sensorial. metodología. prueba duo-trio.pdf
NTC 3883 análisis sensorial. metodología. prueba duo-trio.pdfNTC 3883 análisis sensorial. metodología. prueba duo-trio.pdf
NTC 3883 análisis sensorial. metodología. prueba duo-trio.pdf
 
sistema de CLORACIÓN DE AGUA POTABLE gst
sistema de CLORACIÓN DE AGUA POTABLE gstsistema de CLORACIÓN DE AGUA POTABLE gst
sistema de CLORACIÓN DE AGUA POTABLE gst
 
DIAPOSITIVAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DIAPOSITIVAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJODIAPOSITIVAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DIAPOSITIVAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
 
INSUMOS QUIMICOS Y BIENES FISCALIZADOS POR LA SUNAT
INSUMOS QUIMICOS Y BIENES FISCALIZADOS POR LA SUNATINSUMOS QUIMICOS Y BIENES FISCALIZADOS POR LA SUNAT
INSUMOS QUIMICOS Y BIENES FISCALIZADOS POR LA SUNAT
 
1. Equipos Primarios de una Subestaciones electricas
1. Equipos Primarios de una Subestaciones electricas1. Equipos Primarios de una Subestaciones electricas
1. Equipos Primarios de una Subestaciones electricas
 
5. MATERIALES petreos para concreto.pdf.
5. MATERIALES petreos para concreto.pdf.5. MATERIALES petreos para concreto.pdf.
5. MATERIALES petreos para concreto.pdf.
 
portafolio final manco 2 1816827 portafolio de evidencias
portafolio final manco 2 1816827 portafolio de evidenciasportafolio final manco 2 1816827 portafolio de evidencias
portafolio final manco 2 1816827 portafolio de evidencias
 
3.6.2 Lab - Implement VLANs and Trunking - ILM.pdf
3.6.2 Lab - Implement VLANs and Trunking - ILM.pdf3.6.2 Lab - Implement VLANs and Trunking - ILM.pdf
3.6.2 Lab - Implement VLANs and Trunking - ILM.pdf
 

RIESGOS LABORALES

  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO “SANTIAGO MARIÑO” EXTENSIÓN BARINAS RIESGOS LABORALES BARINAS, JULIO 2016 AUTORES: - JAIMES ROTSEN DANIELA - GARRIDO REILANDER DOCENTE DE LA ASIGNATURA: MAYERSY MOLINA
  • 2. ¿Qué son riesgos laborales? El riesgo laboral, según lo planteado en la Norma Venezolana COVENIN 2270:1995, es la probabilidad de que suceda un evento, impacto o consecuencia adversa, en otras palabras, es una medida de la posibilidad y magnitud de los impactos adversos, siendo la consecuencia del peligro, y está en relación con la frecuencia con que se presente el evento. Es una medida de potencial de pérdida económica o lesión en términos de la probabilidad de ocurrencia de un evento no deseado junto con la magnitud de las consecuencias. Así mismo, las contingencias son eventos súbitos donde existe la probabilidad de causar daños a personas, el ambiente o los bienes, considerándose una perturbación de las actividades normales en todo centro de trabajo, establecimiento, unidad de explotación, empresas, instituciones públicas o privadas, y que demanda una acción inmediata. A los fines de la LOPCYMAT y su reglamento, es muy importante que exista la evaluación de puestos de trabajo con la debida notificación de riesgos a cada trabajador, y que éste firme en señal de conocimiento, la carta de notificación de riesgo. Igualmente es primordial el adiestramiento que tenga o requiera el trabajador en la ejecución de sus funciones (16 horas trimestrales de capacitación).
  • 3. Tipos de riesgos Físicos: sordera, mutagénesis, teratogénesis, estrés térmico, disbarismos. Químicos: asfixiantes, irritantes, dermatitis, cáncer, neumoconióticos. Biológicos: infecciones, envenenamiento por mordeduras y picaduras de animales e insectos, enfermedades respiratorias, enfermedades zoonóticas, dermatitis de contacto, hemorragias, SIDA, etc. Disergonómicos: agotamiento o cansancio, desórdenes o molestias músculo esqueléticas, problemas circulatorios. Psicosociales: apatía, frustración, estrés laboral, acoso laboral (acoso moral o mobbing), condición postraumática.
  • 4. Es importante destacar que todo accidente que tenga el trabajador debe ser reportado por el patrono dentro de las 24 horas siguientes en las cuales ocurra el accidente o en el momento en que tenga conocimiento cierto de la ocurrencia del accidente y/o del diagnóstico. Deberá efectuarse la declaración en los formatos elaborados por el INPSASEL, entendiéndose como no efectuada aquella declaración que no cumpla con los requisitos previstos en el formato. Si el conocimiento del accidente es a través del trabajador o de otra persona, es importante establecer el grado de parentesco o nexo con el trabajador, el nombre de quien hace la notificación y número de cédula. Cuando el legislador se refiere a accidentes son aquéllos que ocurran dentro o fuera del trabajo, en horario laboral. Los servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo deberán desarrollar y mantener un sistema de vigilancia de la utilización del tiempo libre. Así mismo, presentarán informes trimestrales de vigilancia de la utilización del tiempo libre, en los formatos elaborados al efecto (cumplimiento de la jornada laboral, vacaciones, días de descanso obligatorios, días de descanso convencionales y horas extras que no excedan de las establecidas por la ley).
  • 5. Notificación de riesgos Es una constancia escrita mediante la cual el patrono comunica a cada trabajador de los riesgos asociados a su puesto de trabajo y al mismo tiempo realiza las recomendaciones correspondientes para evitar la ocurrencia de accidentes o enfermedades ocupacionales. La notificación de riesgos no exime de responsabilidad al empleador ni al trabajador, sin embargo, coadyuva en la incorporación de ambas partes a las actividades de prevención y a las mejores prácticas en la manera de desarrollar su trabajo. Es política de cada organización la frecuencia de actualización de este instrumento, sin embargo, no puede obviarse en los procesos de nuevo ingreso, cambio de cargo o de puesto de trabajo. En todo caso debe dejarse constancia en los expedientes del trabajo y archivos de la empresa de la realización de este proceso.
  • 6. Siempre existe la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para ello se valorará la probabilidad de que se produzca el daño, la severidad del mismo y el tiempo de exposición al riesgo. La LOPCYMAT, en sus artículos 53,54,55, y 56 establece que todo trabajador debe ser notificado sobre el riesgo que conlleva las actividades a desarrollar, riesgos asociados a estas actividades, posibles daños a la salud y medidas preventivas. En general la notificación de riesgos consta de las siguientes partes: -Identificación del trabajador, empresa y cargo. -Descripción general del cargo. -Identificación de los riesgos a los que se encuentra expuesto. -Posibles consecuencias sobre la salud y seguridad del trabajador. -Medidas preventivas a aplicarse. -Medidas mitigantes (en caso de no poder eliminarse el riesgo en la fuente). -Referencia a los procedimientos de trabajo seguro.
  • 7. Bases legales de riesgos ocupacionales CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Artículo 83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República. Artículo 84. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud. Artículo 85. El financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del Estado, que integrará los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. En coordinación con las universidades y los centros de investigación, se promoverá y desarrollará una política nacional de formación de profesionales, técnicos y técnicas y una industria nacional de producción de insumos para la salud. El Estado regulará las instituciones públicas y privadas de salud.
  • 8. LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (LOT). Artículo 236. El patrono deberá tomar las medidas que fueren necesarias para que el servicio se preste en condiciones de higiene y seguridad que respondan a los requerimientos de la salud del trabajador, en un medio ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales. Artículo 237. Ningún trabajador podrá ser expuesto a la acción de agentes físicos, condiciones ergonómicas, riesgos psicosociales, agentes químicos, biológicos o de cualquier otra índole, sin ser advertido acerca de la naturaleza de los mismos, de los daños que pudieren causar a la salud, y aleccionado en los principios de su prevención. Artículo 238. Los trabajadores no deben hacer sus comidas en el propio sitio de trabajo, salvo cuando se trate de casos que no permitan separación del mismo. No se permitirá que los trabajadores duerman en el sitio de trabajo, salvo aquellos que por razones del servicio o de fuerza mayor, deban permanecer allí.
  • 9. LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT). Artículo 1. Objeto de esta Ley. El objeto de la presente Ley es Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social. Artículo 10. El Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo formulará y evaluará la política nacional destinada al control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, la restitución de la salud y la rehabilitación, la recapacitación y reinserción laboral, así como la promoción de programas para la utilización del tiempo libre, descanso y turismo social y del fomento de la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de las áreas destinadas a tales efectos. Artículo 46. En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas, debe constituirse un comité de seguridad y salud laboral, órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Comité estará conformado por los delegados o delegadas de prevención, de una parte y por el empleador o empleadora, o sus representantes en número igual al de los delegados o delegadas de prevención, de la otra. El Comité de Seguridad y Salud Laboral debe registrarse y presentar informes periódicos de sus actividades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
  • 10. Artículo 53. Derechos de los trabajadores y las trabajadoras. Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas. Artículo 59. Condiciones y ambiente en que debe desarrollarse el trabajo. A los efectos de la protección de los trabajadores y trabajadoras, el trabajo deberá desarrollarse en un ambiente y condiciones adecuadas de manera que: 1. Asegure a los trabajadores y trabajadoras el más alto grado posible de salud física y mental, así como la protección adecuada a los niños, niñas y adolescentes y a las personas con discapacidad o con necesidades especiales. 2. Adapte los aspectos organizativos y funcionales, y los métodos, sistemas o procedimientos utilizados en la ejecución de las tareas, así como las maquinarias, equipos, herramientas y útiles de trabajo, a las características de los trabajadores y trabajadoras, y cumpla con los requisitos establecidos en las normas de salud, higiene, seguridad y ergonomía. 3. Preste protección a la salud y a la vida de los trabajadores y trabajadoras contra todas las condiciones peligrosas en el trabajo. 4. Facilite la disponibilidad de tiempo y las comodidades necesarias para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, consumo de alimentos, actividades culturales, deportivas; así como para la capacitación técnica y profesional. 5. Impida cualquier tipo de discriminación. 6. Garantice el auxilio inmediato al trabajador o la trabajadora lesionados o enfermo. 7. Garantice todos los elementos del saneamiento básico en los puestos de trabajo, en las empresas, establecimientos, explotaciones o faenas, y en las áreas adyacentes a los mismos.
  • 11. Artículo 61. Política y programa de seguridad y salud en el trabajo de la empresa. Toda empresa, establecimiento, explotación o faena deberá diseñar una política y elaborar e implementar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, específico y adecuado a sus procesos, el cual deberá ser presentado para su aprobación ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, sin perjuicio de las responsabilidades del empleador o empleadora previstas en la ley.
  • 12. COMISIÓN VENEZOLANA DE NORMAS INDUSTRIALES (COVENIN) • Norma obligatoria. Calor y frío. Límites permisibles de exposición en lugares de trabajo. 2254. • Norma obligatoria. Colores, símbolos y dimensiones para señales de seguridad 187. • Guía de los aspectos generales a ser considerados en la inspección de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo 2266. • Programa de higiene y seguridad ocupacional. Aspectos generales 2260. • Riesgos biológicos. Medidas de higiene ocupacional 3558. • Norma obligatoria. Ropa, equipos y dispositivos de protección personal. Selección de acuerdo al riesgo ocupacional 2237. • Sistema de gestión de seguridad e higiene ocupacional (sgsho). Guía para su implantación (provisional) 4004.
  • 13. Formatos de notificación de riesgos Es un documento en el cual se recopila información sobre el lugar del accidente o incidente, así como de la(s) persona(s) afectada(s) y la descripción del hecho ocurrido con el fin de generar una base de datos de los accidentes e incidentes ocurridos en el área.
  • 14. Por medio de la presente me dirijo a usted, de conformidad con lo establecido en el artículo 237 de la Ley Orgánica del Trabajo, y Art. 56 Nº 4; También en el Art. 6 Párrafo (1) y (2) de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT); la empresa procedió a notificarle de forma verbal y por escrito al Trabajador los riesgos a los cuales usted está expuesto en esta empresa en el desarrollo de sus labores y medio circundante, de las medidas preventivas que debe cumplir para evitar accidentes y de las normas y procedimientos internos de la empresa. Conforme a lo antes expuesto yo, NOMBRE DEL TRABAJADOR, portadora de la cedula de identidad Nº __________ , la fecha – __________, con el puesto de trabajo como, _____________, he recibido de la empresa -__________________________________ amplia y suficiente inducción general y adiestramiento operacional donde se me explico y notifico de manera verbal por escrito los riesgos y medidas preventivas inherentes a mi cargo y medio ambiente circundante, las normas y procedimientos internos de la empresa y los análisis de riesgo de mis funciones de igual manera declaro que he recibido los Equipos de Protección Personal para mi resguardo integral y me comprometo a cumplir las obligaciones especificas en el contrato de trabajo, las normas y procedimientos de seguridad y lo dispuesto al Art. 10 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Estudio deducidos del análisis de su puesto de trabajo y de las condiciones o agentes que lo rodean, y cuáles son los siguientes: Asimismo, me comprometo a cumplir con las obligaciones que como trabajador me impone el Art. 54 de la LOPCYMAT y con las normas y procedimientos internos de la Empresa en materia de Seguridad Industrial, normativa legal que tiene como objeto fundamental mi seguridad, salud y bienestar laboral. ________________ _____________________ TRABAJADOR(O)A DELEGADO DE CSSL
  • 15.
  • 16. ¡¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!!