1. “AÑO DE LA UNIVERSALIZACION DE LA SALUD”
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS
POLITICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
2. Tema: DIFERENCIA ENTRE PROCESO Y
PROCENDIMIENTO
Curso: Teoría General del Proceso
Responsables:
Alarcón Berrocal, Gierek Alambert.
Alarcón Flores, Mireylla Malu.
García Flores, Lisseth Jackeline.
3. PROCESO
CONCEPTO
Etimológicamente, significa marcar, avanzar, desarrollar, llevar a cabo. En su
aceptación corriente puede concebirse como la serie o conjunto de actos que están
orientados a lograr un fin determinado.
Un proceso es un conjunto de actividades relacionadas entre sí que se llevan a
cabo para generar un resultado o producto.
Jurídicamente, el proceso puede considerarse desde dos puntos de vista:
Conforme a la teoría pura: el proceso en un conjunto de actuaciones
realizadas por las diferentes ramas del estado dirigidas a la creación o aplicación
de la norma, sea con carácter general o individual.
El propiamente dicho o en sentido estricto que Carnelutti 89 para resaltar el
fenómeno lo denominado proceso procesal, es el conjunto de actos coordinados
y sucesivos realizados por los órganos investidos de jurisdicción y los demás
sujetos que actúan, con el fin de obtener la aplicación de la ley sustancial o
material a un caso concreto o particular.
4. CARACTERISTICAS
1. Son coordenados por cuanto guardan estrecha relación entre sí, puesto que, si
bien como tales son independientes, están vinculados por el resultado que
persiguen, que es uno mismo y constituidos por la sentencia.
2. Son sucesivos porque envuelven un orden riguroso, pues uno necesariamente
constituye premisa esencial del siguiente, el cual, por su parte, es presupuesto del
posterior.
ELEMENTOS DEL PROCESO
El subjetivo: Se refiere a los sujetos y considera como tales al funcionario
judicial (designado con el vocablo genérico de juez) y a las partes entre quienes
se presenta controversia (demandante y demandado o, si es en el campo penal,
acusador y acusado).
El de actividad: está compuesto por los actos procesales, en virtud de los cuales
el proceso pasa de una etapa a otra y puede, en consecuencia, iniciarse,
desarrollarse y culminarse.
5. El objetivo: Atañe al objeto o materia del
proceso.
No hay acuerdo entre los doctrinantes en relación
con lo que constituye el objeto del proceso, pues
para unos estriba en el litigio, mientras que a otros
lo hacen residir en la relación jurídica material o
sustancial.
6. CLASIFICACION DEL PROCESO:
Estos se concretan a la rama, según el órgano que lo conoce, conforme a los intereses que se debaten, por
la posición que ocupan las partes y en virtud de la clase de pretensión.
En cuanto la rama
Puede hablarse, entonces de un proceso civil, penal, laboral, coactivo, contencioso administrativo,
etc.
De acuerdo al órgano
Toma como referencia el órgano o ente encargado de tramitar y fallar el proceso. Puede ser judicial o
arbitral.
El proceso judicial
Es el que deciden los funcionarios que integran esta rama del poder público, como son los jueces en
general.
El proceso arbitral
El proceso arbitral puede surgir en forma directa o indirecta.
El directo: cuando se llega a él en virtud de acuerdo celebrado entre las partes o bien porque la ley
expresamente establece que el asunto materia de la controversia se ventile por esa vía.
El indirecto: opera cuando un proceso cursa ante la jurisdicción ordinaria y las partes, por mutuo
acuerdo, lo sustraen de su conocimiento para pasarlo a los árbitros.
7. Respecto de la posición de las partes
Se divide en contencioso y voluntario.
El proceso contencioso
Se caracteriza por que entre las partes existe controversia, litigio o intereses encontrados,
también puede ser que las partes persigan los mismos resultados como es el caso del
divorcio.
El proceso voluntario
En este proceso no existe litigio, controversia, o enfrentamiento entre quienes intervienen,
aunque pueda suscitarse en algunas ocasiones.
De acuerdo a la naturaleza de la pretensión
Según la naturaleza de lo que el demandante reclame en su demanda en contra o frente al
demandado
EL PROCEDIMIENTO
Procedimiento en sentido Amplio: se trata de una parte o rama del Derecho; y que tiene
por objetivo establecer o encaminar las reglas relacionado a la:
8. EL PROCEDIMIENTO
Procedimiento en sentido Amplio: se trata de una parte o rama del Derecho; y
que tiene por objetivo establecer o encaminar las reglas relacionado a la:
Organización judicial
Competencia
Trámite de los juicios
Ejecución de las decisiones etc.
Es decir, estamos frente al Derecho Procesal y de códigos procesales.
Tipos
Procedimiento Escrito
Procedimiento Oral
Procedimiento Mixto
9. Tipos
Procedimiento Escrito
Procedimiento Oral
Procedimiento Mixto
Ejemplos de procedimiento y proceso
Ejemplo 1: El procedimiento de tramitación se da en las
incidencias como las cuestiones previas, pero se da dentro de un
proceso judicial.
Ejemplo 2: El Dr. Rafael Ortiz Ortiz en su obra “Teoría General del
Proceso”, presenta el siguiente ejemplo de procedimiento y proceso
“En el juicio por intimación, se inicia el procedimiento
correspondiente y por efecto de la “oposición” del deudor, debe
iniciarse el procedimiento ordinario”
10. Qué es un procedimiento
Un procedimiento es una descripción detallada de
cómo se debe llevar a cabo un proceso. Este
procedimiento podrá estar documentado (escrito en
papel o formato digital) o no estar escrito en ningún
sitio pero conocerse por parte de todos los integrantes
de una empresa.
Siempre que existe un proceso en una empresa
existe un procedimiento, podrá estar
documentado o no pero siempre existirá una
descripción detallada de cómo se lleva a cabo
una actividad en una organización.
Así mismo siempre que existe un procedimiento en
una empresa es porque existe un proceso detrás
11. DIFERENCIAS ENTRE PROCESO Y
PROCEDIMIENTO.
El proceso es mucho más amplio, es el todo y el procedimiento
es sólo una parte integrante y muchas veces importante dentro
de ese todo. Por su parte, Eduardo Pallares ha indicado que no
hay que confundir el procedimiento y el proceso, ya que "Este
último es un todo o si se quiere una institución. Está formado
por un conjunto de actos procesales que se inician con la
presentación y admisión de la demanda, y terminan cuando
concluye por las diferentes causas que la ley admite. El
procedimiento es el modo como va desenvolviéndose el
proceso, los trámites a que está sujeto, la manera de
sustanciarlo, que puede ser ordinaria, sumaria, sumarísima,
breve o dilatada o verbal, con una o varias instancias, con
período de prueba o sin él, y así sucesivamente."
12. El proceso representa la unidad mientras que el procedimiento
es sólo una parte de esa unidad. Dicho en otras palabras, el
procedimiento es una sucesión de actos, mientras que el
proceso es la sucesión de esos actos, pero con un fin, que es
la decisión en firme del tribunal.
Pero además la diferencia entre proceso y procedimiento la
podemos encontrar a la hora de explicar:
• En qué momento se originan
• La documentación que generan
• Detalle de las tareas a realizar
• Quién los establece
• Por quién son aprobados
• Quién los debe cumplir
• Permanencia en la empresa