El artículo 41 del Código Fiscal de la Federación permite a las autoridades fiscales determinar provisionalmente las contribuciones adeudadas por un contribuyente que haya omitido presentar declaraciones periódicas, después de tres requerimientos. Esto no viola el derecho de audiencia previa porque el crédito fiscal es provisional y busca que el contribuyente presente las declaraciones omitidas para verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.