RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
La función pública
1. LA FUNCIÓN PÚBLICA
IDEAS PRELIMINARES
No esposible comprenderlaformación de la modernacienciade la administraciónsin
antesnombrar a los grandesreformadoresadministrativosdel EstadoAbsolutistaydel
Estado de Derecho.
Anne Roberto Jacobo Turgot
Charles Jean Baptiste Bonnin
DEFINICIÓN ETIMOLÓGICA
Funciónproviene dellatín functio, -onislacual esdefinidacomolacapacidadde actuar
propiade losseresvivosyde susórganos,de las máquinase instrumentos.
DEFINICIÓN
Función pública es toda actividad temporal o permanente,remunerada u honoraria,
realizada por una persona natural en nombre del estado o al servicio del estado,o de
sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos.
DEFINICIÓN CONSTITUCIONAL Y DEFICIÓN DESDE EL AMBITO
ADMINISTRATIVO
La constituciónactual nodefine ala funciónpública,enel CAPITULOIV – DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA (susartículos 39-42) notratan de lafunciónpública,si node
los funcionario y servidores públicos.
En el Derecho Administrativo lo define como el conjunto de actividades o
accionesa cargo del Estado,orientadasal interésde lacolectividadejercidapor
un órgano administrativo.
FINALIDAD Y ÁMBITO DE LA CARTA IBEROAMERICANA DE LA FUNCIÓN
PÚBLICA
FINALIDADES
MARCO JURIDICO
CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN
CONCLUSIÓN FINAL
La función pública es el conjunto de actividades o acciones a cargo
del estado que son ejercidas por un órgano administrativo
orientada al interés de la colectividad.