3. Las horas extraordinarias Son las que se realizan excediendo la duración
máxima de la jornada de trabajo.
Su retribución se fija bien mediante acuerdo entre las partes o por Convenio
colectivo sin que en ningún caso pueda ser inferior al valor de la hora ordinaria.
Por otro lado, las horas extraordinarias podrán ser remuneradas o "canjeadas"
por periodos de descanso.
Sí. Las empresas pueden obligar a los trabajadores a trabajar horas
extras aun cuando no quieran hacerlo, e inclusive en un día que
normalmente no estaban programados para trabajar. [Excepción:
enfermeras registradas y enfermeras con licencia práctica.
4. Es una prima adicional que se les paga a aquellos trabajadores que presten
sus servicios en día domingo, equivalente al 25%, por lo menos, sobre el
salario de los días ordinarios de trabajo y su pago procede, en la hipótesis de
que el trabajador normalmente labore en domingo y descanse otro día, es
decir, que en su jornada de trabajo quede incluido el domingo, en los casos de
excepción en que se labora el domingo y corresponda a su descaso semanal,
se pagará con un salario triple.