Artículo de opinión sobre la justicia distributiva en Nicaragua y pequeños cambios en la legislación que pueden hacer grandes diferencias en la distribución de la riqueza social en Nicaragua.
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“QUITAR A LOS RICOS PARA DAR A LOS POBRES”
En Nicaragua, la cultura, la educación y
la salud no están gravados por el Impuesto al
Valor Agregado de conformidad a las siguientes
disposiciones constitucionales: Art. 68 Cn que
establece la exención de toda clase de impuestos
a los medios de comunicación, libros, materiales
escolares y científicos de enseñanzas; y el Art.
114 Cn, que establece la exención a
medicamentos, vacunas y sueros de consumo
humano. También cuenta a favor de los sectores menos favorecidos la exención del pago de
Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los alimentos básicos, tales como: Leche, huevos,
arroz con ciertas restricciones, pescado fresco, frijoles, maíz, tortillas de maíz, el pan
simple y dulce tradicional y otros contenidos en el Art. 127 de la Ley N° 822 o Ley de
Concertación Tributaria. Sin duda alguna, ¡estas exenciones favorecen la integridad del
salario del pueblo que trabaja, sufre y sueña con un mejor porvenir!
Sin embargo, ¿Por qué no favorecer aún más la economía de estos hogares? De
acuerdo con un cuadro comparativo publicado por la DGI en el siguiente URL:
http://www.dgi.gob.ni/interna.php?sec=110, Nicaragua tiene una de las tasas o alícuotas
más altas de Centro América (15 %) en contraposición de Guatemala que su tasa general es
del 12 %, El Salvador 13 %, Honduras 12 % y Costa Rica 13 %.
Una propuesta para que el IVA ayude aún más a los pobres es establecer una tasa
reducida que pudiera ser de un 13 o 14 % para los satisfactores básicos e incrementar esa
tasa general a un 17 o 18 % para las bebidas alcohólicas y el tabaco llevando de esta forma
a una prohibición o reducción del consumo de esos bienes (“males”) que son dañinos para
la salud. De pronto podría considerarse el gravar con una tasa reducida la educación
superior privada (post grados y maestrías) y educación básica y secundaria en aquellos
centros cuyos aranceles sobre pasan los US $ 300 dólares mensuales por alumno, algo así
como las tarifas diferenciadas que existen en el servicio de energía eléctrica.
Para que no exista distorsión en las finanzas públicas se pueden eliminar las
exoneraciones a ciertos sectores o grupos económicos que las han obtenido más por
presiones y conveniencia política que por necesidades sociales de los grupos más
vulnerables de la economía, situación que conlleva a una injusticia fiscal, por cuanto esas
exoneraciones restan recursos a las inversiones en educación, salud, seguridad pública,
asistencia social, administración de justicia, etc.
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Por otra parte, es posible hacer correcciones al sistema tributario para “quitar a los
ricos y dar a los pobres”. Por ejemplo, el Gobierno podría implementar un impuesto a las
transacciones financieras (ITF), como en otros países, al final los banqueros se apropian de
una gran parte de la renta de los trabajadores por los altos costos financieros del mercado de
capital. Además, esta podría ser una forma de cobrar la deuda pública que pagamos por la
quiebra de los bancos en el recién siglo pasado.
Una propuesta de este tipo debe gravar especialmente a bancos, fondos y agentes de
finanzas que obtienen altas ganancias y que son actores económicos muy prósperos y que
por una razón u otra son los que menos contribuyen al erario público. Hay estudiosos del
tema que recomiendan que este impuesto lo paguen los agentes especuladores y su monto
debe ser tal que no afecte el mercado financiero. También señalan que lo recaudado por
este tipo de impuesto hará un sistema fiscal más distributivo y justo.
Otros sectores que deben revisarse lo integran las empresas monopólicas de las
comunicaciones y aquellas que reciben beneficios fiscales como las zonas francas y que ya
llevan muchos años haciéndolo y de pronto es tiempo de revisar su situación y hacer
ajustes.
Una reflexión final es que “es posible hacer una reforma de la política fiscal que sea
más humana, que responda a la lógica de la justicia distributiva y graven más a los hogares
ricos y su acumulación de riqueza”, aun cuando esto signifique que haya que reformar la
Constitución Política para gravar el patrimonio de aquellas familias cuyos bienes sobre
pasen los 30 millones de dólares y que sabemos que en Nicaragua existen en un buen
número.
Ricardo Eliseo Illescas Hidalgo
Candidato a Doctor en Ciencias Sociales y Gerencia