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INFORMACIÓN GENERAL
Título:
DEBILIDADES Y FORTALEZAS EN LA IMPLEMENTACIÒN DE LAS TIC EN
LA RAMA JUDICIAL DE CARTAGENA
Estudiantes:
Nombre Semestre
JESÙS DAVID ANGULO CHIMÀ X
LUDY MERCEDES MERCADO VERGARA X
DIANA PAOLA VIDAL ARRIETA X
Docente(s):
Nombre Rol
INGRID MONTES ALVARINO TUTOR
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TABLA DE CONTENIDO
Pág.
RESUMEN …………………………………………………………………………… 3
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA……………………………………………... 4
2. JUSTIFICACION……………………………………………………………………… 10
3. OBJETIVOS……………………………………………………………………………. 13
3.1 OBJETIVOS GENERALES ……………………………………………………………13
3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS …………………………………………………………13
4. MARCO TEORICO ……………………………………………………………………. 14
4.1 ANTECEDENTES HISTORICOS……………………………………………………14
4.2 MARCO REFENCIAL …………………………………………………………………25
4.3 ANTECEDENTES NORMATIVOS ……………………………………………………41
4.4 MARCO CONCENPTUAL ………………………………………………………………53
5. METODOLOGIA …………………………………………………………………………58
5.1 TIPO DE INVESTIGACION………………………………………………………..........58
5.2 POBLACION Y MUESTRA ………………………………………………………………59
5.3 TECNICAS DE RECOLECCIONY DE INFORMACION ……………………………. 60
5.4 ANALISIS DE LA INFORMACION ……………………………………………………...61
5.5 CONSIDERACIONES ETICAS Y PROPIEDAD INTELECTUAL……………………61
6. RESULTADOS…………………………………………………………………………...62
7. DISCUSIÓN DE RESULTADOS………………………………………………………101
8. CONCLUSIÓN…………………………………………………………………………109
9. RECOMENDACIONES………………………………………………………………...110
10. REFERENCIAS…………………………………………………………………………111
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DESCRIPCIÓN DEL INFORME FINAL
RESUMEN
En la últimadécada lasTIC han sidoun fenómenoen expansión,el cual haadquirido
un papel fundamental como motor de cambio en los aspectos: político, económico,
social; estas tecnologías tienen la función de dinamizar, disminuir la desigualdad,
gratuidad e inclusión. Hoy en día la globalización ha tenido un impacto y acogida
favorable en cuanto a las implementaciones de las Tecnologías de la Información y
Comunicación, en adelante TIC en los diferentes campos en los que se utiliza. En
el ámbito del derecho y la justicia que requiere de un mayor uso de estas
herramientas, toda vez que cada año ingresan más procesos a la Rama Judicial.
El objetivo de esta investigación es reconocer las debilidades y fortalezas de la
implementación de las TIC en el Sistema Judicial en la ciudad de Cartagena
mediante la investigación socio-jurídica, se aplicaron encuestas y entrevistas en los
distintos despachos judiciales de la ciudad, así como a abogados litigantes,
funcionarios judiciales, dependientes judiciales y estudiantes de derecho.
Estos resultados se analizan en nuestrotrabajo de grado presentandolos resultados
de las fortalezas de la implementación de las TIC y sus debilidades en la rama
judicial en la ciudad de Cartagena. Se concluye que las TIC han contribuido con los
operadores jurídicos, innovando en los servicios como pagos de embargos,
sistemas de gestión automáticas, comunicaciones,notificaciones,y presentación de
actos procesales vía electrónica. Hoy estos avances han sido abruptos debido a la
pandemia, la cual ha evidenciado el mejor aprovechamiento en el uso y accionar en
la implementación de las TIC en la rama judicial no solo en Cartagena, sino en toda
Colombia.
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1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Vivimos una época llamada sociedad de la información o sociedad moderna que se
caracteriza por cambios esencialesen materia económica,social y jurídica, es decir,
el mundo en el que nos desenvolvemos está enmarcado por una serie de
transformaciones que se envuelve en todos los entornos de manera sustancial.
El origen primordial de esas transformaciones es la inclusión de las Tecnologías de
la Información y la Comunicación (TIC) en todos los ámbitos de nuestra vida, de tal
manera que la forma de trabajar, socializar y aprender se ha modificado. Ante estos
sucesos transformadores, es para el que los profesionales se deben preparar para
coexistir con la tecnología de manera armoniosa.
Por otro lado, adentrándonos al tema, El abogado David Varela y consultor en la
materia de TIC, destacó los avances de la implementación de las primeras vías,
esto es el PET, que buscaarticular las necesidadesy prioridades de los operadores
de la justicia con las de sus usuarios que se guiaran bajo 6 pilares”1
Modelo del expediente electrónico:
- Justicia en red
- Gestión de la información
- Gestión del cambio
1 MARTÍN FIERRO, Juan.Colombia está en una transición hacia el expediente electrónico. En: Portafolio “Noticias
de economía y negocios en Colombia y el Mundo”[en línea]. 26 deseptiembre de2018 [Revisado 15 julio 2019.].
en línea: https://www.portafolio.co/economia/colombia-esta-en-una-etapa-de-transicion-hacia-el-expediente-
electronico-521666
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- Uso de las TIC para la formación judicial y ciudadana
- Denuncias virtuales
- TIC como mecanismo de resolución de conflicto
Después de observar lo mencionado por David Varela consultor colombiano en
materia de TIC del plan sistemático que se implementaría, vemos como surgen los
dilemas estructurales de una transición a medias, que serán recalcados.
1. El software no fue desarrollado en su totalidad
2. La falta de socialización e inducción por parte del equipo creador de los
programas siglo XXI nueva consultoría jurídica
3. La no culminación del programa, dejándolo como simple notificador
ineficiente de actos procesales, la relevancia en la materialización y
culminación de los siguiente convenientes era abreviar y acabar con la
problemática en la falta de eficiencia, inmediatez y cobertura judicial, estas
tecnologías busca llenar los vacíos del sistema precario actual, por ejemplo
en los ámbitos de descongestión toda vez que cada año ingresan a la rama
judicial volúmenes colosales de procesos una de las estadísticas se da en el
2017, donde se recibieron aproximadamente 2.717.444 procesos y solo el
66% de despachos judiciales del país contaban con conectividad de alta
velocidad (Consejo Superior de la Judicatura, 2017)”2.
2 GARCÍA SANTIAGO, Héctor José. (Presidente Ejecutivo de la Sociedad Cameral de Certificación Digital
CERTICÁMARA S.A) (28 de febrero 2018).La justicia colombiana y las TIC. La modernización es inminente.
[Blog] Blog Certicamara S.A Bogotá Colombia. [Revisado 15 de diciembre 2018].En línea:
https://web.certicamara.com/files/Sala-de-prensa/blogs/blog3.html
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Esto resultaun dilema en el aspecto de implementación,coberturay descongestión,
otro de los problemas a abarcar en la implementación de las TIC corresponde al
sistema penal lo cual concierne al inicio de la agilización del procedimiento de
denuncia, esto debido a la masiva asistencia de personas que buscan mover el
aparato judicial presencialmente, cuando podría ser más ágil de forma online,
gracias a las TIC se logra resolver en medida esta problemática con la
implementación del sistema nacional de denuncia virtual, lo cual tiene como objeto
ser la recepción del ciudadano ante el cometido de un delito, otra de las dificultades
y aun no aplicado es bajar los recursos respectivos con el uso de papel e
implementar el expediente electrónico. El expediente electrónico fue coordinado y
dirigido por la compañía McKinsey en un ejercicio titulado pacto por Colombia, la
traba encontrada por los expertos tanto colombianos como de la compañía
organizadoraera la suma quesacaría de las múltiplesdeficienciasqueactualmente
se presenta en la rama judicial.
Con respecto a la jurisdicción contenciosa administrativa, se ha podido observar
una evolución significativa, en los 13 juzgados administrativos de la ciudad de
Cartagena, siendo esta la pionera en la implementación de las tecnologías de la
información y comunicación en sus procesos, enfatizando en los procesos orales
regidos por la Ley 1437 de 2011 CPACA, ya que los escriturales se rigen con la Ley
167 de 1941 y como su nombre lo indica todo alrededor de estos escritos donde el
nivel de congestión de los procesos era muy alto y el grado de acceso por parte de
la ciudadanía ellos mucho más, por lo cual para que se dictara sentencia se debía
esperar de 5 a 10. Con la expedición del Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo en Colombia, se han hecho eficientes y agiles los
procesos de una manera significativa, los cuales permiten llevar procesos basados
en las herramientas tecnológicas aprobadas por esta ley, permitiendo una mejor
celeridad en el conocimiento de los avisos, notificaciones, consulta de procesos,
edictos, traslados y de los procesos que se encuentran en cada despacho.
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En lo que respecta a la Jurisdicción Civil,específicamenteen losjuzgados de familia
y pequeñas causas laborales, la utilización de las tecnologías de la información y
comunicación es casi nula, puesto que en los siete juzgados de familia que se
encuentran en laciudadde Cartagena, son muy poco utilizadasestas herramientas,
observándose demoras en los procesos. Aquí puede pasar dos cosas, la primera
quenose estén alfabetizandoen el uso de las TIC o quepor la cantidadde procesos
que llegan a diario, se les haga inconveniente usar estos, es decir la transición del
papel a los medios electrónicos, no lo han tomado como un adelanto tecnológico
que se está dando en la Rama Judicial en Colombia.
Nuestro enfoqueinvestigativosocio-jurídicolo fijaremos en estas tres jurisdicciones,
atendiendo todo lo relacionado con las fortalezas y debilidades de cada uno, para
ahondar en el porqué de la utilización de tecnologías en una más que en la otra, si
las dos están vinculadas al Sistema Judicial colombiano el cual deberían tener el
mismo tratamiento en la utilización de mecanismos tecnológicos, con la expedición
del CódigoGeneral del Proceso, Ley 1564 de 2012 para un justiciaeficazy eficiente,
y por el presupuesto que el Estado le otorga a cada jurisdicción.
La suma promediada era 150 mil millones con el fin de poner a disposición y en
marcha las TIC en todo lo que compone la Rama judicial, lo que significa un reto
colosal en referente a cuantía para la justicia colombiana en su transición a la era
E-justicia digital. Ahora, si bien es cierto quecon la implementación del sistema oral
y algunas plataformas como siglo XXI la cual no es eficiente en su totalidad y que
mucho de los despachos judiciales cuentan con pocas herramientas prácticas en
desarrollo del uso de las TIC, quiere decir que no soluciona las necesidades de
aquellos que necesitan de la justicia y su inmediatez.
El problema principal de la implementación de las TIC tecnologías de la información
y comunicación en los ámbitos jurídicos es el cambio del panorama y transición
estructural del hacer, debido a quecon la implementación deestas deja en segundo
plano las practicas convencionales, otro de los antecedentes problemáticos son las
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deficienciayel poco interés de los servidores públicosquecompone la rama judicial
en el ámbito de alfabetizarse y alfabetizar a la ciudadanía, las nuevas tecnologías
tienen la finalidad de ofrecer un nuevo paradigma, una nueva justica E-Justicia,
debido a que uno de los problemas del aparato judicial convencional es la poca
inmediatez en lo concerniente a los procesos jurídicos. Lo ideal ante esta
problemática es ofrecer cobertura y un acercamiento de los operadores a todos
aquellos usuarios que hacen uso del aparato jurídico, con la identificación de estas
problemáticas se aborda el impacto que tendría la implementación de las TIC y la
finalidad que tendrían estas en mejorar y agilizar todo aquello relacionado con la
prestación del servicio judicial a la ciudadanía y profesionales del derecho.
El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Sala Administrativa, asume el
mandato constitucional de administrar la Rama Judicial, mediante el
reordenamiento de los despachos judiciales y la adecuación de la oferta judicial
según la tipología y frecuencia de los procesos, para responder de manera eficiente
y oportuna a la demanda de justicia en todo el territorio nacional. En estas
condiciones, se debe contar con un aparato judicial sólido y con la asignación
permanente de recursos para responder de manera versátil y eficiente a las
necesidades que impone la demanda de justicia en un escenario cambiante,
aspectos contemplados en el presente ejercicio de planeación sectorial3
.
Para alcanzar este propósito, realiza consultas y encuestas a magistrados, jueces,
empleados judiciales y sociedad civil; efectúa mediciones de impacto de las
ejecutorias anteriores que permitan modernizar e inducir eficiencia en el aparato
judicial;revisa los modelos de gestión para incorporar tecnologías de la Información
y mejorar la infraestructura física; realiza la selección, formación y evaluación del
talento humano, que involucra las condiciones de vinculación, permanencia y
3 COLOMBIA, CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. (2015-2018).Plan sectorial de desarrollo de la rama
judicial. Bogotá, [En Línea] [Revisado 15 de septiembre 2019] en línea:
https://www.ramajudicial.gov.co/documents/1513685/5113559/Plan_Sectorial_de_Desarrollo_Rama_Judicial
_2015-2018+%83%29.pdf/a7b785e1-fb02-4ff6-905b-c16ac93df312
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bienestar social de los servidores judiciales. En estos aspectos en materia de
infraestructura el Consejo Superior de la Judicatura, ha invertido recursos en
infraestructura tecnológica, como lo es dotar de intranet e internet a las
dependencias judiciales, desarrollar, integrar e implementar los servicios
telemáticos virtuales, y documentales para la conformación de la Red Informática
Judicial; esto a nivel de la ciudad de Cartagena es un poco complejo, puesto que la
estructura física de los despachosjudicialesnoes la más óptima, puesencontramos
infraestructuras muy viejas, con humedad y donde colocar aparatos electrónicos
sería un desgaste, porque lo primero para que esto funcione como se planea, debe
tener una infraestructura adecuada para su organización y funcionamiento
adecuado.
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2. JUSTIFICACIÓN
Esta investigación es de importancia debido a que resalta el uso, fallas, debilidades
y fortalezas de las TIC en el aparato Judicial y la relevancia que ha tenido entre los
profesionales del derecho en el uso y conocimiento de ellas, como también el
impacto sobre el desconocimiento de las mismas.
La cual va encaminada en como la TIC a partir de sus fundamentos como: eficacia,
eficiencia, accesibilidad, agilidad en el plan TIC para la Rama Judicial año 2012,
ayudaal abogado a agilizarla revisión de sus procesos y el estado de ellos mismos,
por lo tanto, el sistema de Nueva Consultoría Jurídica (TIC–Rama Judicial) como
fuente de uso debería estar fundado bajo los pilares mencionados. El uso de estas
TIC tienecomo fin descongestionarlos juzgados, agilizar la revisión por parte de los
profesionales del derecho en su uso, buscando un sistema judicial que le garantice
un respuesta oportuna y clara en los procesos que se lleven y que cada
procedimiento este enmarcado en el ámbito de la legalidad; así también como
acabar con la utilización del papel y reducir el uso de este, aportando así al medio
ambiente.
En Colombia, estas tecnologías no se han utilizado por completo, pues falta mucha
alfabetización a los usuarios y servidores judiciales, teniendo como debilidades la
falta de acceso a las tecnologías de algunos juzgados; es decir el acceso a internet,
la falta de aparatos electrónicos y la de capacitación al personal, son algunas de
estas falencias,llegara los lugaresmás apartados dondetengajurisdicción laRama
Judicial. Pero encontramos en Santa Marta, el Tribunal Administrativo del
Magdalena, donde esta jurisdicción está muy organizada en cuestión de TIC a nivel
judicial, siendo de ejemplo para el resto del país, la cual diseñó una página para
todo lo que tiene que ver con los procesos administrativos.
En Cartagena, el panorama es un poco diferente, puesto quealgunasjurisdicciones
aún no están aptan para la utilización de las TIC en los juzgados, encontrando así
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que donde mejor manejan estas herramientas tecnológicas es en los juzgados
administrativosy dondemenos es su utilización oes nulaen los juzgadosde familia.
Para la Universidad RAFAEL NUÑEZ y puntualmente los estudiantes de derecho el
tema cobra especial relevancia y es de gran inquietud, debido a que las revisiones
procesales necesariamente no necesitan ser presenciales en los juzgados o así
debería ser, pues contamos con aparatos de última tecnología como los celulares
de alta gama, tables, computadores portátiles, teniendoasí la información ala mano
como se ha establecido en otros países desarrollados, quien con este tipo de
herramientas están a la vanguardia en lo referente a justicia digital.
Actualmente no debería hacerse revisiones, en los estados de los juzgados, ni ir
personalmente a buscar información de tales procesos por lo anteriormente dicho;
el fin de estas TIC es agilizar la revisión y tener una respuesta automática del
proceso que se lleva y en que estados se encuentran, también es importante para
los usuarios como para los profesionales del derecho, ya que mostramos la
deficienciasyel poco uso quese le da a esta herramienta,tanto así quese ha vuelto
desactualizada, obsoletas por la falta de socialización del ente judicial a aquellos
que hacen uso de esta, como estudiantes debemos conocer la diversas
herramientas que facilitan nuestro trabajo, pero por falta de socialización estas se
deterioran, perdiendo así la oportunidad de utilizarlas para nuestro beneficio y para
la de los usuarios por falta de uso, acarreando desconocimiento de la generaciones
actuales y futuras de los abogados. En cuestión de recursos económicos, pierde
dinero el Estado al invertir en tecnologías a la cual no se está dando un manejo
adecuado, recurso que lo destinan en el Plan de Desarrollo de cada periodo de
gobierno presidencial, el cual busca ubicarnos como un país que quiere estar a la
altura en innovaciones tecnológicas. Las TIC en la rama judicial han sido de gran
innovación, y han facilitado aumentar la movilidad y rapidez con que se llevan a
cabo los procesos y al mismo tiempo disminuir los costos de transacción, al hacer
que los procedimientos sean menos pesados, más interconectados y más
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descentralizados. Nuestra investigación cuenta con las herramientas necesarias
para el éxito del presente trabajo de la misma manera es importante para nosotros
como estudiantes de derecho saber el manejo y la importancia de estas
herramientas que son el presente y el futuro de la educación y el trabajo en
Colombia.
Nuestra justificación sobre la importancia de esta investigación socio-jurídica se
basa en la falta de socialización de la TIC judicial Nueva Consultoría Jurídica, en el
uso de las TIC por los abogados ósea el uso o poco uso que dan a esta, las
deficiencias del software Nueva Consultoría Judicial y el desconocimiento de
algunos abogados sobre estas al igual que para los usuarios, siendo el acceso a la
justicia un derecho de todos, el cual debe tener una reciprocidad para que pueda
funcionar adecuadamente.
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3. OBJETIVOS
3.1. OBJETIVO GENERAL
Analizar las fortalezas y debilidades de la implementación de las TIC en el Sistema
Judicial en la ciudad de Cartagena
3.2. OBJETIVO ESPECÍFICOS
Explicar los beneficiosdel usode las TIC en el Sistema Judicial de la ciudad de
Cartagena
Analizar la eficiencia en los programas de implementación de las TIC para la
revisión de los procesos judiciales en el Sistema Judicial de la ciudad
de Cartagena
Describir las fortalezas que tiene la implementación de las TIC en la Rama
Judicial en la ciudad de Cartagena
Describir las debilidades que se presentan al momento de la utilización de las
TIC en la Rama Judicial en la ciudad de Cartagena
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Analizar la implementación del PET Plan Estratégico y Tecnológico del Consejo
Superior de la Judicatura en la Rama Judicial de Cartagena –Colombia
4. MARCO TEÓRICO
4.1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS
El nacimiento de las tecnologías de la información y comunicación TIC ha
evolucionado de forma apresurada, impactando en todas las esferas sociales y
culturales de la actualidad. En cuestiones jurídicas ha desafiado la inviabilidad del
sistema tradicional de justicia, dando a conocer las inoperancias de este, y
ofreciendo soluciones para mejorar el sistema actual, las TIC buscan perfeccionar
el sistema jurídico actual y afectar a todos aquellos que hagan uso de las
tecnologías de la información y comunicación de forma positiva.
Ahora, el surgimiento de estas tecnologías se gesta con Joseph Henry, con la
invención del telégrafo en 1829, acá nacen las tecnologías de la información y
comunicación, pero este no hubiera tenido utilidad sin el impulso de Samuel Morse,
inventor del código Morse, este código es el software del telégrafo, la funcionalidad
del telégrafo se debe al código aplicado en 1791 a 187245
. Pero antes de lo
mencionado, existieron otros medios de comunicación: ópticos y auditivos, ópticos
como las tecnologías de la imprenta, gestadas en el año 1440 por el alemán
Johannes Gutenberg, el llamado Padre de la Imprenta.
4 GAVALDA, Joseph. Samuel Morse, el inventor un nuevo código de comunicación. [En Línea] Nacional
Geographic en español.Seccional Historia [07 de mayo de 2019] [Revisado: 23 de Julio del 2019].En línea:
https://www.nationalgeographic.com.es/historia/samuel-morse-inventor-nuevo-codigo-comunicacion_14086
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¿Cómo nacieron las TIC actuales? definimos estás como la unión de software y
hardware que tiene la función de inter-conectar, agilizar, y de ser herramientas
multitareas, ahora la composición de las TIC, está basada en hardware, que es la
parte física, el equipo para acceder a la comunicación, y software que son los
programas ,codificaciones o lenguaje que interconecta o dan la funcionalidad al
equipo, a partir de los conceptos ya mencionados, definiremos la evolución de la
red de información y comunicación más grande y mayor impacto global que ha
tenido inmersión en el del desarrollo de nuevas herramientas, programas y
sistematización de información .
ARPANETH es un sistema centrado en la comunicación directa, este programa era
la evolución del telégrafo y del sistema LAN (red de área local ) el cual era un
sistema poco confiable, LAN era un esquema de redes internas que funcionaba de
forma local, el cual contaba con conexiones cableadas, que carecía de conexión
sistemática con otros servidores por fuera de are local LAN, sin embargo
ARPANETH era un sistema de comunicación y notificación con diversas redes en
aspectos de navegación , ARPANETH surgió en 1958 y actualmente lo conocemos
como internet. “Los EE. UU fundaron la Advanced Researchs Project Agency
(ARPA) a través del Ministeriode Defensa.El ARPAestaba conformadopor muchos
científicos de alto nivel. El ARPA se centró en crear comunicaciones entre
ordenadores para poder comunicar las diferentes bases de investigación”6, el
sistema de comunicación se desarrolló con puntos de interconexión operativa, con
el fin de un emisor y varios receptores, pero ARPANETH no fue el único sistema
operativo de comunicación e información en redes, a partir de este se desarrollaron
las siguientes derivaciones.
6 FACULTAD DE INFORMÁTICA DE BARCELONA, Historia del Internet, [blog].Blogs Retro informática el pasado
del futuro, [Revisado: 11 de septiembre de 2019].En línea
:https://uao.libguides.com/c.php?g=529834&p=3623716
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Telnet (1974): Versión comercial de ARPANET.
Use net (1979): Sistema abierto centrado en el e-mail y que aun funciona.
Bit net (1981): Unía las universidades americanas usando sistemas IBM.
Usada en Colombia, como red de comunicación.
Eu Net (1982): Unía Reino Unido, Escandinavia y Holanda.
Todo lo mencionado anteriormente son programas, software, conjuntos de
programas que permiten una determinada tarea o comunicación.
¿En qué momento ARPANETH un proyecto del ejército de los EE. UU paso a ser
un sistema de uso comercial, social y de la cotidianidad?
Con la revolución y el desarrollo de ordenadores en los años 80, ARPANETH
paso a ser propiedad de la sociedad común, usuarios, debido a la comunicación
E-mail, correo virtual, comunicación bilateral, se temía que el exceso de
ordenadores colapsara las redes, pero estas crecieron de la misma forma
exponencial, ahora ARPANETH paso a ser w.w.w (red mundial – internet) Word
wide web – gran telaraña mundial , este fue desarrollado por “Tim Berners-Lee y
algunos científicos del CERN (Conseil Européen pour la Recherche Nucléaire)
en Ginebra. Estos científicos estaban muy interesados en buscar y mostrar
fácilmente documentación a través de Internet” crear red de comunicación e
información7.
¿En qué momento de la historia llegan las IC y TIC a Colombia?
En Colombia, el nacimiento de las TIC tecnologías de la comunicación e
información, empezó a gestarse en la época de la colonia, con la creación del
7 MINISTERIO DE LAS TIC. Historia del TIC en Colombia. [En Línea] [26 de febrero de 2018] [Revisado: 09 de
marzo del 2019].En linea: URL :/ https://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-propertyvalue-6077.html
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correo mayor de indias,las oficinasde correos de comunicación quese ubicaban
en los extremos costados de la plaza mayor de Santafé, luego se trasladaron a
la calle real, hoy carrera séptima. solo para 1851 en Colombia se cambia de
comunicación escrita a comunicación de códigos, con la introducción de
telégrafo, acá empezamos a ver tecnologías, un adelanto para aquella época y
solo 29 años después entra en Colombia la comunicación telefónica.
¿En qué momento de la historia llega Internet a Colombia?
Ahora la evolución transicional del ente máximo en comunicación, como era el
ministerio de correos paso a ser conocido como ministerio de comunicaciones,
la
línea de tiempo siguiente llega a 1953, bajo el Decreto 259 del 6 de febrero, el
ministerio de correos es objeto de reestructuración debido al surgimiento de
nuevas tecnologías, esto con la finalidad de servir a nuevas necesidades
derivadas a la implementación de las telecomunicaciones para ese momento.
En Colombia las redes de comunicación en información TIC son relativamente
nuevas,refiriéndonosatecnologías de programación, estas ingresaron al país en
los años 90, a través de la RED IBM – BITNET “con el esfuerzo de las
universidades privadas y estatales del país, y con apoyo del ICFES y la
Compañía Colombiana de Telecomunicaciones, TELECOM, se logró en el año
91, conectar un canal análogo entre la Universidad de Columbia, en New York y
la Universidad de los Andes, en Bogotá8”.
Esta red se llamaría RUNCOL Red de Universidades Colombianas y estaba
compuesta por el aglomerado de más de 30 universidades del país, que se
comprometieron a pagar el sostenimiento de dicha red, en este momento se
8 GALEANO, Susana. Historia de Internet en Colombia: cómo evolucionó la red de redes en nuestro país. En
línea: Marketing 4 Ecommerce. Revista de: Noticias Especializada en Marketing Digital, eCommerce y el
Ecosistema de startups [En Línea] Colombia, 6 de noviembre 2018 vol. 32, nro. 55. p. 33-46 [Revisado: 24 de
agosto del 2019] DisponibleonlineURL;/https://marketing4ecommerce.co/historia-de-internet-en-colombia/
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gesta en Colombia lo que hoy conocemos como sistema de tecnología de la
información y comunicación online, hoy conocida como internet, la herramientas
que esta ofrecía era la comunicación E-mail , y el uso de llamadas nacionales
que para ese momento la telecomunicación era difícil y sin cobertura, eran en
horarios específicos para poder tomar el servicio, pero esta alianza evolución,
debido al alto costo en mantenimiento para la universidades se decidió
desarrollar por parte de institucionesgubernamentalesunared, fueentoncesque
Colciencias se adentra en el programa red caldas, esta era la construcción de
Comunidades Virtuales centradas en el conocimiento y liderado por científicos e
investigadores colombianos dentro y fuera de los límites geográficos de la
República de Colombia.
En 1994 las universidades colombianas Universidad de los Andes, Universidad
del Valle, Universidad del Cauca, EAFITy Colciencias decidieron crear su propia
red, con el sistema COLDAPAQ9, este funcionaba principalmente con un modem
que da acceso a la red, y una clave de ingreso, esta se caracterizó por poseer
similitudes con el internet actual, de esta invención surgió una nueva red llamada
CETCOL de cubrimiento nacional, que su centro de operación era la capital
colombiana, pero que estaba enlazada a una red internacional la National
Science Foundation de los Estados Unidos, dos meses después del nacimiento
de la red CETCOL, la empresa TELECOM lanza el servicio de comunicación E-
mail, solo era comunicación de mensajes de texto, un servicio que fue acogido y
provechosopara la sociedadcolombiana, despuésde lo mencionado,ingresaron
al país diversas empresas al mercado de tecnología comunicacióneinformación,
ofertando la comunicaciones, de esta forma las TIC y las ISP Internet Service
9 TRUJILLO, María Fernando. Así funciona internet vía coldapaq. [En Línea] En: El Tiempo Bogotá Colombia, 0 3
de junio de 1996. [Revisado 06 de junio de 2019] en línea:
URL/https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-308879
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Provider empezaron a rodar e impactar en la sociedad, cultura y sistema
colombiano .
Evolución de las TIC en el Sistema Judicial colombiano
Estas llegan en medida de la nueva tendencias tecnológica, las cuales fueron
reformando el tronco tradicional judicial, donde las herramientas usadas
resultaban inflexibles ante las tareas de los funcionarios públicos, pero con el
tiempo fueron Remplazadas con los adelantos tecnológicos, tales como los
ordenadores que cumplían con características que carecían las máquinas de
escribir, el poder borrar o re escribir la capacidad de corrección de los
ordenadores que las máquinas de escribir no tenían textos o la comunicación E-
mail fue lo que desplazo a las obsoletas máquinas de escribir, el uso de
fotocopiadoras que acabo con el uso de papel carbón para copiar documentos,
los disquetes de 145 Mb desplazados por los CD de 700 MB, los CD
reemplazados por memorias USB y actualmente tenemos sistema de
almacenamiento online o NUBE con capacidades colosales de almacenamiento,
estos y más adelantos fueron ingresando al sistema jurídico.
Pero ¿En qué momento y como ingresaron las plataforma de comunicación en la
justicia colombiana ?, con la Ley 270 de 1996 que fue modificada por la Ley 285
del 2009 en su Artículo 106, empezamos a notar el ingreso de las plataformas de
comunicación einformación, cuando se nombra “en todo caso, tendrá a su cargo
un Sistema de Información y estadística que incluya la gestión de quienes hacen
parte de una Rama Judicial o ejercen funciones jurisdiccionales y permita la
individualización de los procesos desde su iniciación hasta su terminación,
incluyendo la verificación de los términos procesales y la efectiva solución, de tal
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forma que permita realizar un adecuado diagnóstico de la prestación de
justicia10.” Sin embargo, con el proyecto de Ley 198 del 2009 que reformaba el
Código Contencioso Administrativo introduce la aplicación masiva de las TIC en
el sistema jurídico e impulsando el nacimiento de la E-justicia.
Lo mencionado con referencia a la Ley 285 del año 2009 llevó a la creación de
planes sectoriales de la Rama Judicial, que como finalidad era la agilización,
descongestión, prontitud, que con el avance de las tecnologías y el acople de la
oralidad se podría dar inmediatez a los conflictos en la sociedad, en la actualidad
lo mencionado se ha ejecutado a medias. En estos planes sectoriales nacieron
diversas plataformas como SIGLO XXI: construida en la década de los 9011
, y su
pilar es la conexión cliente-servidor, es una plataforma alimentada por todos los
juzgados y tribunales a nivel nacional; el funcionamiento de la siguiente es a
través de información guardada en base de datos que son ingresadas por el
servidor judicial, la misma inmediatamente te conecta a los registros de cualquier
proceso llevado en la rama judicial, y en este los usuarios podrán realizar las
consultas de las actuaciones procesales, fase de reparto y la generación de
estados y archivos judicial. Otra plataforma es el SAIDOJ, fue creado bajo el
acuerdo 535 de 1999 de la sala administrativa del Consejo Superior de la
Judicatura, su impacto sería archivar, organizar y custodiar los procesos
terminados de las diversas regiones del país12. También encontramos
plataformas SIERJU, A-denunciar, CENDOJ y otras derivaciones y aplicaciones
dentro del software mencionado, como sería el expediente electrónico en la
10 RAMA JUDICIAL COLOMBIA, Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública [En Línea]
[Revisado 09 de abril de 2019] en línea: https://www.ramajudicial.gov.co/web/ley-de-transparencia-y-del-
derecho-de-acceso-a-la-informacion-publica-nacional/sistemas-de-informacion.
12 RAMA JUDICIAL COLOMBIA, Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública [En Línea]
[Revisado 09 de abril de 2019] Disponibleen: https://www.ramajudicial.gov.co/web/ley-de-transparencia-y-
del-derecho-de-acceso-a-la-informacion-publica-nacional/sistemas-de-informacion
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plataforma SIGLO XXI, las siguientes tienen como objetivo adelantar los
diligenciamientos en aspectos Judiciales.
En el expediente electrónico, de este podemos encontrar rasgos en la Ley 527
de 1999 con la emisión de la firma digital, en los articulo 6 y 7 donde brevemente
podemos contextualizar la sustitución del papel, al documento electrónico, pero
dondemás podemos enfatizarsobre lo que debería ser en las pasarelas virtuales
, se da para el año 2014 con la ley 1712 artículo 7 deberá estar a disposición del
públicolainformación ala quehacereferencia la presente ley, a través de medios
físicos, remotos o locales de comunicación electrónica. Los sujetos obligados
deberán tener a disposición de las personas interesadas dicha información en la
web, a fin de que estas puedan obtener la información13”, articulo 15 programa
de gestión documental tanto en plataformas como en lo que estas pueden
ofrecer, pero el proyecto de expediente electrónico sigue como utopía y no
aplicado en su totalidad.
A-denunciar es una APP que nació bajo la unión de la Fiscalía general de la
Nación y la Policía Nacional colombiana,esta plataforma agiliza el procedimiento
de denuncias. Fue lanzada el 26 de junio de 2017 en la sala estratégica de la
policía nacional, en presencia del fiscal general Néstor Humberto Martínez y el
directo de la Policía Nacional, General Jorge Hernández Nieto Rojas14, la breve
explicación del funcionamiento de la aplicación mencionada es que funciona en
lenguaje HTML, la funcionalidad de esta plataforma se ha limitado a denuncia
especifica de 6 tipos penales, no han abarcado el poder ingresar más acciones
13 MINISTERIO DE LAS TIC, Guía para la Gestión de Documentos y Expedientes Electrónica [En Línea], [30 de
septiembre de 2001] [Revisado: 11 de mayo del 2019]. En linea: https://mintic.gov.co/portal/604/articles-
52253_recurso_1.pdf
14 MINDEFENSA, hoy se pone “en marcha A denunciar” [En Línea], [26 de Julio de 2017] Bogotá, Colombia,
[Revisado: 23 de noviembre del 2019]. Disponible en: https://oas.policia.gov.co/noticia/hoy-colombianos-
tendran-esencial-herramienta-adenunciar
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punibles, estos son: hurto a personas, hurto a comercio, hurto a residencias,
material con contenido de explotación sexual infantil, delitos informáticos y
extorsión, ahora estos pueden ejecutarse con cualquier ordenador o celular con
acceso a internet y el paso a seguir es el diligenciamiento de un formato, que
abarca la descripción detallada del delito ocurrido y en un plazo de 24 horas se
verificara la solicitud de la denuncia la cual pasara a conocimiento a algún
funcionario público competente, esta información será enviada al correo
electrónico del denunciante, A-denunciar busca crear descongestión a la hora de
interponer denuncias y no exista traumatismo en la fiscalía a la hora de poner en
conocimiento ciertas problemática .
Actualmente contamos con todas las plataformas mencionadas, sin embargo, la
tradicionalidad estatal y el desconocimiento por parte del profesional del derecho
y servidores público, rezaga el impacto de la tecnología en el Sistema Jurídico
nacional,el cual habuscadoadentrar las TIC en las estructuras gubernamentales
para modernizar y acelerar los procedimientos, esto lo podemos observar con la
Ley 790 del 2002 (periodo del presidente Álvaro Uribe Vélez ), Ley de renovación
de la administración pública, la cual imponía la obligación de promocionar el
impacto de un gobierno electrónico, con alcance social y cobertura, esta tenía
como objetivo acercar las instituciones del estado a la ciudadanía, esto ha tenido
relevancia, pero su impacto ha sido en la rama ejecutiva.
Posterior a lo ejecutado por la Ley 790 del 2002, encontramos que durante los
años 2010 -2014, periodo del presidente Juan Manuel santos se adoptó
reconocer al Ministeriode Tecnologíasde la informasMIN-TIC, quecomo política
creo el fortalecimiento de las instituciones con el Plan Vive Digital. En la
actualidadel desarrollo de las TIC en el sistema judicial colombianose desarrolla
a través del plan sectorial de desarrollo de la rama judicial y en administración
por el Consejo Superior de la Judicatura, pero el recorrido de las TIC en el
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sistema judicial colombiano empieza desde los años 90 hasta la actualidad y
como lo hemos desarrollado en el siguiente documento.
Para finalizar, hablaremos del Plan Sectorial de la Rama Judicial 2019 – 2022:
“El pilar estratégico de Modernización Tecnológica y Transformación Digital
comprende el conjunto de proyectos dirigidos a fortalecer y mejorar el servicio de
la administración de justicia en el país, a través del impulso del uso de la
tecnología, la innovación tecnológica y la ciencia de datos a través de
herramientas disruptivas. En ese sentido, este pilar, es considerado como un
componente que, con fundamento en la generación de valor público, busca
resolver necesidades reales en materia de justicia, como herramienta para hacer
más eficiente, moderno y transparente el servicio, siendo una de sus principales
orientaciones el desarrollo del expediente electrónico”. El pilar estratégico de
modernización tecnológica y transformación digital tiene como propósito
fundamental contribuir a ampliar, mejorar, facilitar y agilizar la prestación del
servicio de administración de justicia, en el marco del desarrollo escalonado de
una justicia en línea y abierta, que además propenda por el aprovechamiento de
los datos y la información para la generación de conocimiento.
Este plan se reforzó con el ABC plan decenal del sistema de justicia que se
extiende desde el año 2017 hasta el 2027, donde simplificaremos los
componentes de este, los cuales son cómo y qué buscan para cerrar la brecha
del desarrollo histórico de las TIC, en lo concerniente a su implementación o
gestación transicional ,en el desarrollo de la justicia colombiana como fueron
plataformas, programas, leyes que impulsaron las tecnologías, planes de
desarrollo en la rama judicial, culminaremos con el ultimo apoyo en refuerzo de
las TIC, que hemos desarrollado en sus dos componentes, documento que fue
elaborado en la mesa de entidades Ley 1753 artículo 108 del año 2015, y que
hoy da soporte al Plan Sectorial de la Rama Judicial 2019- 2022 , que se ha
extendido para llegar a la completa integración de las TIC en el Sistema Judicial
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colombiano y en otras entidades gubernamentales con la nueva implementación
de plan ABC decenal de justicia decenal del sistema de justicia que se extiende
desde el año 2017 hasta el 2027.
En la Región Caribe la acogida de las TIC en el sector judicial, va ligada a lo que
cada departamento tiene para ofrecer en materia de recursos, porque el
presupuesto es diferente, lo que podemos resaltar es el trabajo que se ha venido
haciendo en el departamento del Magdalena y su Tribunal Administrativo, el cual
está muy organizado, con una página web a la altura de las altas cortes, lo que
le ha permitido obtener reconocimiento del Consejo Superior de la Judicatura,
con los servicios de : estados electrónicos, calendario de audiencias y traslados,
haciéndolos en tiempo real, para que así la comunidad esté informada,
cumpliendo con el objetivo de la justicia, la cual debe ser pública y accesible a la
población. En la ciudad de Cartagena, se ha venido implementando las TIC
paulatinamente, siendo más utilizadas en la jurisdicción administrativa y los
juzgados de pequeñas causas laborales, acatando lo establecido en el CPACA y
Código General de Proceso, abriendo así un campo a que se efectúen estos
adelantos tecnológicos en la ciudad.
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4.2. MARCO REFERENCIAL
El uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el Sistema
Judicial Colombiano, el cual se encuentra contemplado en las políticas públicas de
los Gobiernos entre ellas el plan de desarrollo de cada periodo presidencial, por
medio de su adecuada utilización en el sector de justicia se puede garantizar el
Estado Social de Derecho, citado en nuestra Carta Magna. Teniendo en cuenta que
esta oportunidad de acceso al ciudadano es fundamental dentro de cualquier
sociedad que requiere conocimiento, por esta razón debe existir una planificación y
reorganización pedagógica del proceso de enseñanza y aprendizaje, para mitigar la
brecha digital que se ha venido presentando en los últimos años. Como referencia
y para estar dentro del contexto de la utilización de las TIC en la Rama Judicial, se
consultaron artículos que se enmarcaran con el tema, los cuales hacen una
referencia específica sobre todo lo concerniente con las TIC y su modelo
pedagógico para la incursiónen el Sistema Judicial Colombiano,las referenciascon
otros países de cómo ha sido su utilización en lajusticiay en la ciudadde Cartagena
Se han realizado investigaciones a nivel internacional referente a este tema, los
cuales se han tomado para el mejoramiento de la aplicación de las TIC en el sector
judicial colombiano; observando así el largo camino que nos hace falta recorrer en
lo que respecta a herramientas tecnológicas a nivel general y a nivel de justicia en
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línea. Para realizar un análisis detallado acerca del tema se ha tomado los aportes
que ha realizado el organismo internacional Centro de Estudios de Justicia de las
Américas (CEJA), fundada en 1999 a instancias de la Organización de Estados
Americanos (OEA), para apoyar los procesos de modernización de justicia en la
región. Ofrece a los Estados miembros de la OEA asistencia técnica, capacitación,
estudios e investigación para apoyar las modernizaciones que apunten a mejorar
los sistemas de justicia.
Por tanto, su misión es apoyar a los Estados en sus procesos de reforma a la
justicia, para lo cual desarrolla actividades de capacitación, estudios e
investigaciones empíricas, con la finalidad de cumplir con sus tres metas claves:
Estudiar en profundidad los sistemas de justicia y desarrollar planteamientos
innovadores en la discusión de las Reformas Judiciales.
Favorecer la cooperación y el intercambio de experiencias entre los actores claves
del sector justicia a nivel regional.
Generar y difundir instrumentos que mejoren la información sobre justicia en las
Américas 15
El abogado de la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales de Chile
Ricardo Lillo Villalobos y coordinador de área de gestión e información del Centro
de Estudiosde Justiciade lasAméricas (CEJA), en su artículo EL USO DE NUEVAS
TECNOLOGÍAS EN EL SISTEMA JUDICIAL: EXPERIENCIAS Y PRECAUCIONES
Se refiere en esta revista a que “el marco de los sistemas de justicia surge como
aspecto clave la incorporación de las TIC, como elemento de la reforma y
modernización de los sistemas de justicia, los tipos de tecnologías, los usos que
15 CENTRO DE ESTUDIOS DE JUSTICIA DE LAS AMERICAS (febrero 14 2009). (en línea) (Revisado 20 agosto
2019) Disponibleen https://www.cejamericas.org/
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pueden darse, con qué fines y para qué tipos de usuarios16
. También realiza un
recuento a nivel de otros países acerca de cómo ha sido la incursión de las TICS en
susprocesos judiciales,laaceptación,el manejo y funcionamientoquesele hadado
con respecto a los procesos judiciales, tales como: Holanda, Inglaterra, Singapur,
Finlandia y como país americano México. Las nuevas tecnologías de la información
y comunicación deben considerarse como herramientas de mejoramiento en la
calidadde la información producidaen unaaudienciaypara facilitarel fallodel caso.
Ricardo Lillo Villalobos considera que “la manera en que el juez recibe y utiliza la
información difiere según si la centralidad del proceso es el expediente del caso en
que se resuelve en base a este, o si es la audiencia donde se puede resolver nada
más que de acuerdo a lo que ocurre en ella”. En este contexto mientras mejor sea
la calidad de la información producida, mejor será la calidad de la resolución de un
caso.
Las herramientas tecnológicas pueden ayudar a que la información llegue de la
forma más clara posible a quien debe resolver, el juez, para que este pueda
comprender a cabalidad los hechos del caso utilizándolas para ayudar al juez,
además de obtener información de la mayor calidad posible para preparar, redactar
y ejercer la labor jurisdiccional con excelencia, resolviendo el caso de la mejor
manera. Se puede utilizar en la redacción de sentencias y para toma de decisiones;
también pueden ayudar a que la información que no pueda ser entregada de otra
persona con esto sea posible17
Se realizó una investigación acerca de cómo ha sido estructurado los sistemas
judiciales entre países desarrollados y en vía de desarrollo, observándose así la
brecha digital que existe entre estos, exaltando el acceso a la tecnología como un
derecho fundamental reconocido por la Organización de Naciones Unidas (ONU).
16 LILLO, Ricardo. El Uso de Nuevas Tecnologías en el Sistema Judicial: experiencias y precauciones, [en línea],
3Ed. [25 de enero del 2013] pág. 117-140,[Revisado 19 de marzo del 2019], en línea:
http://www.iijusticia.org/docs/LOBOS.pdf
17 Ibidem, pág. 117-140.
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En países como Holanda y Singapur estas nuevas tecnologías facilitan el trabajo
del juez. En Holanda los tribunales usan un sistema de manejo de casos común, en
cual las partes tienen acceso a estas por igual,las cualespueden subirgrabaciones
de audio o video y otros documentos para el tribunal. Aquí los jueces tienen acceso
a foros internos en línea donde ellos pueden conocer y dirigir discusiones de
legislación y casos concretos.
En Singapur, el sistema que se ha implementado es llamado E-Mobil Justicie, para
facilitar el trabajo de los jueces de la Corte Suprema, es un sistema de acceso
remoto seguro a la red de computadores de la Corte, el cual permite a todos los
jueces y comisionados judiciales, utilizar desde cualquier lado las herramientas
como: búsqueda legal on-line, descarga de documentos y leer los archivos de los
casos para preparar sus audiencias. Esto no significa que puedan acceder al
expediente judicial antes de la audiencia puesto que pierde su naturaleza al igual
que el principio de inmediación judicial, a los jueces y comisionados judiciales
(Judicial Commissioner) se les suministra computadores portátiles con acceso a
internet banda ancha18
.
En las audiencias la utilización de las TIC facilita la presentación de evidencias y
promueve mayores niveles de eficiencia en estas. Se han establecido varias cortes
tecnológicas (Technology Courts) para facilitar la presentación de evidencias, para
lo cual se mantienen cinco tribunales para ser usados en casos con necesidades
tecnológicasespecíficas,en la quelas partes tienen accesoa tecnologíaaudiovisual
de punta. También se dispone de la herramienta Mobile Info-Tech Trolley Services,
es un carro móvil para complementar el uso de computadores portátiles y
dispositivos digitales, incluye un proyector con pantalla visualizador, grabador de
video y televisión, ayudando a que la instalación tecnológica pueda ser distribuida
entre las distintas salas de las cortes, promoviendo a que los abogados utilicen
18 Ibidem, pág. 117-140.
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presentaciones multimedia y power point, incluso cuando las audiencias no son
llevadas a cabo ante las cortes tecnológicas, donde se encuentran disponibles
instalaciones para videoconferencias.
En Inglaterra la Ley de Acceso a la Justicia, su experiencia lleva casi 20 años y hoy
tiene procesos perfectamente automatizados, por ejemplo, lo que en Colombia se
llama proceso ejecutivo singular, el cobro de deuda, ellos lo llaman el MONEY
CLAIM, lleva más de 15 años en operación y es perfectamente digital. El acreedor
simplemente presenta una demanda digital y el tribunal se la notifica digitalmente al
deudor. El fallo también se emite digitalmente, este proceso es esencialmente
documental, se basa sobre una factura no pagada o un cheque sin fondo, un
documento. Una vez se obtiene su imagen o soporte y se integra al expediente
digital, no es necesario acudir a audiencias ni realizar mayores debates, no hay
espacio para oratorias ni discursos. También se permitió que la videoconferencia
pueda ser usada en audiencias civiles, solo cuando hay testigos que se encuentran
en el extranjero o cuandolostribunalesautoricen su uso.Con el objeto de solucionar
problemas de retrasos en casos de supervisión yatención para menores por la poca
disponibilidad de peritos, es permitido que ellos puedan presentar su declaración
por medio de videoconferencia.
En Finlandia el servicio de la videoconferencia puede ser utilizado en los casos de
conferencias entre tribunales finlandeses para manejar asuntos coercitivos, donde
no sea necesario que el acusado o sospechoso del ilícito esté presente en el
tribunal, puede ser utilizado en juicios transfronterizos de acuerdo a tratados
internacionales vigentes. Se puede utilizar tanto en audiencia principal como en
preparatoria. Los Tribunales Administrativos, de apelación y la Corte Suprema y los
recintos penitenciarios tienen equipamiento técnico de alta definición para
videoconferencias.
Estas nuevas tecnologías en los países desarrollados facilitan el trabajo del juez,
considerandoen lamaneraen que el juez recibe y utilizalainformación difieresegún
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si la centralidaddel proceso es el expedientecaso en quese resuelveen base
a este, o si es la audiencia, donde se puede resolver nada más que de acuerdo a lo
que ocurre en ella. Mientras mejor sea la calidad de la información producida,
entonces mejor será la calidad de la resolución de un caso. Para ello, las
herramientas tecnológicas pueden ayudar a que la información llegue de la forma
más clara posible a quien debe resolver, el juez.
En los países en vía de desarrollo el caso es más complejo, ya que el costo de
implementar su utilización en este tipo de tecnologías es alto para países con
economía pobre, por tal motivo se ha venido accediendo en forma parcial en los
trámites judiciales, como es el caso de México en donde la utilización de medios
electrónicos en los casos de demanda, denuncia y tramites de instancias judiciales,
aún existe el papel, se llevan algunosprocesos electrónicamente y otras por medios
escritos. Aunque este mecanismo no ha sido utilizado completamente ha permitido
modernizar el Sistema Jurídico con las tecnologías de la información y
comunicación en busca de una eficiente impartición de justicia, reduciendo costos y
mejorando la calidad de los procesos20
.
La utilización de estos sistemas electrónicos en el sistema judicial mexicano se
enmarca en los siguientesprocesos:La Ley de Amparo prevé un sistema electrónico
para enviar y recibir promociones, documentos y notificaciones oficiales, así como
consultar acuerdos, resoluciones y sentencias vía internet. El juicio puede
promoverse por escrito, comparecencia o medios electrónicos en cualquier día y
hora, si se trata de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la
19 Ibidem, pág. 117-140.
20 RIOS RUIZ, Alma de los Ángeles. La justicia comparada en México. En: Revista de la facultad de derecho de
México. [en línea]. México D.C, Universidad Nacional Autónoma de México, julio-diciembre 2016.Vol.67. No.266
Pag.389-422. [Revisado 26 de mayo del 2019] en línea:
www.revistas.unam.mx/index.php/rfdm/article/view/59011
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libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión,
prescripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas.
En el Código Civil Federal establece que el consentimiento puede ser expreso o
tácito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos
inequívocos. Medios de prueba electrónicos se reconocen como prueba la
información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o
en cualquier otra tecnología, define la firma electrónica avanzada o fiable. En este
sentido, si bien en el juicio contencioso administrativo federal, el documento
electrónico puede ser ofrecido como prueba, de tal manera, que un documento
electrónico hace prueba plena si cuenta con firma electrónica avanzada o sello
digital, quedando a cargo de la parte contraria acreditar que no es auténtica;
resultando totalmente diferente la valoración de un documento electrónico que no
contenga firma electrónica avanzada o sello digital, es decir, la valoración de los
documentos electrónicos que no contenga firma electrónica avanzada o sello digital
para efectos del juicio contencioso administrativo federal sólo tendrán el valor de
indicios.
En el juicio oral, se hizo obligatorio para todos los estados de la República
implementaran un sistema de grabación JAVS, donde se instalarán cuatro cámaras
de video que permitieran que en todo tiempo se esté tomando la imagen de cada
uno de los interlocutores que intervienen en un juicio oral.
El juicio en línea, cuyo objetivo principal es implementar las Tecnologías de la
Información y Comunicación para la substanciación del proceso contencioso
administrativo federal, con esto se pretende dotar al Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa con herramientas informáticas necesarias, primero para
desmaterializar los expedientes, segundo para sistematizar los datos
jurisdiccionales y tercero para integrar en una sola plataforma la información
estadística con datos obtenidos en tiempo real.
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En nuestro Sistema Jurídico Colombiano, aunque aún es incipiente su
implementación, ya está contemplado su despliegue, esperando a que estas
herramientasaporten significativamentelaadministración dejusticiay quecooperen
en la descongestión de procesos que tiene el país en la actualidad. El órgano
encargado de administrar justicia ya cuenta con importantes recursos para
incorporar las TIC en sus procedimientos legales, haciendo referencia al avance en
el expediente electrónico, con el desarrollo del software denominado Justicia Siglo
XXI21
Actualmente se están utilizando instrumentos de gestión de información pública,
como lo es el Sistema de Consulta de Jurisprudencia, la cual administra las
decisiones judiciales producidas por las Altas Cortes y los Tribunales, permitiendo
realizar en el aplicativo los procesos de cargue, análisis e hipervinculaciòn de los
textos por parte de las relatorías, para que sean consultadas y se tenga acceso por
parte de todos los magistrados, jueces, servidores judiciales, comunidad jurídica y
ciudadanía en general a las decisiones. De tal forma se puede contribuir a la
construcción y recuperación del patrimonio jurisprudencial
El Sistema de Información Doctrinario y Normativo, administra fuentes formales del
derecho (normatividad de índole nacional e internacional y doctrina), que reposa en
las diferentes bibliotecas de la Rama Judicial, contribuyendo a que los Magistrados
y Jueces puedan tener acceso a la mayor cantidad de información que favorezca la
calidad de las providencias judiciales. Constituyéndose el SIDN en la plataforma
tecnológica para la conformación del Sistema Nacional de Bibliotecas Judiciales,
21 ROMERO ROMERO, Claudia Patricia. Las TICS lograran cambiar la justicia en Colombia [en línea]. En: Legis
Ámbito Jurídico. Bogotá-Colombia.21 de junio de 2016. [Revisado 23 de Julio del 2019]. En
Linea:<https://www.ambitojuridico.com/noticias/informe/administracion-publica/las-tic-lograran-cambiar-la-
justicia-colombiana>
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mediante la interactividad de los usuarios con la información de estas fuentes
formales del derecho22
El Sistema de Automatización de Información Para DocumentosOficialesJudiciales
- SAIDOJ, el cual almacena y dispone para consulta la información de los procesos
y providencias de la extinta justicia regional. La videoteca, es un almacenamiento
de información audiovisual que permite almacenar, catalogar y describir los
diferentes medios audiovisuales que genera la Rama Judicial: fotografías, videos
institucionales, audiencias públicas, videoconferencias y publicaciones físicas
convertidas en digital, en virtud de las actividades propias de cada uno intranet, la
Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura en su nivel central en la
seccionales agiliza su gestión a través de esta herramienta que facilita el trámite de
documentos y es medio de comunicación interna de los temas de cada sesión de la
Sala Administrativa.
La herramienta en donde los ciudadanos pueden acceder a la justicia de una forma
más cercana se llama Sistema de Información de Procesos-Justicia SIGLO XXI, la
cual le permite a la ciudadanía conocer las actuaciones de los procesos a través de
la información que es alimentada directamente por los despachos judiciales a nivel
nacional, también utilizado por los funcionarios de la Rama Judicial en los distintos
programas que se manejan para la radicación de los procesos como lo son: registro
de actuaciones, radicación, nueva consulta, consultas dinámicas, depósitos,
estados, traslados, estadísticas, reparto, entre otros. El objetivo principal de uso de
Justicia Siglo XXI es el generar una estructuración organizada del Sistema Ju dicial
en Colombia, que a partir de módulos o aplicativos faciliten el trabajo en cuanto a
22 RAMA JUDICIAL. (2014).Transparencia y Derecho de Acceso a la información pública (en línea). Bogotá-
Colombia. En línea: https://www.ramajudicial.gov.co/web/ley-de-transparencia-y-del-derecho-de-acceso-a-la-
informacion-publica-nacional/sistemas-de-informacion
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gestión procesal y manejo jurisprudencial creado en cualquier expediente jurídico
existente ya sean en las altas Cortes, Tribunales o Despachos23
La manera en las que se están utilizando las herramientas tecnológicas en el sector
de la Rama Judicial de forma general en la gestión procesal, no se enmarca en un
proceso en particular de simple denominación como se realiza en Inglaterra. Y así
mismo solo funciona en las altas cortes, tribunales y algunos juzgados, de tal forma
que existen lugares remotos donde ese tipo de información tecnológica no alcanza
a llegar debido a la poca disponibilidad de internet y sistemas operativos
En diciembre de 2018, se firmó por parte del Gobierno y la Rama Judicial un
memorando de entendimiento que permitirá dar el primer paso para modernizar el
sistema de justiciacolombiano,poniendoen marchaun plan pilotoparaimplementar
el expediente electrónico judicial. Se trata de una herramienta de gestión que
permitirá litigar en línea, a través de unaplataforma unificadapara realizar todos los
trámites de cinco tipos de procesos judiciales,esta iniciativaestá compuesta de una
fase de análisis que evalúa el alcance del plan piloto y la fase de implementación.
Aplicará inicialmente para cinco procesos24:
1. Tramites de nulidad de propiedad industrial
1. Nulidad de asuntos tributarios
2. Acción pública de inconstitucionalidad
3. Tramite de selección, revisión y acción de tutela
23 BORRERO RESTREPO, Gloria María. (2018).Cinco procesos que se implementaran el expediente electrónico
(en línea). En: Ámbito jurídico.com. Bogotá-Colombia (Revisado el 28 de agosto 2019).En línea:
https://www.ambitojuridico.com/noticias/tecnologia/procesal-y-disciplinario/en-estos-cinco-procesos-se-
implementara-el-expediente.
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4. Exequatur, autorización que otorga el jefe de un estado a los agentes
diplomáticos extranjeros para que puedan ejercer las funciones propias de
sus cargos25
Según resulte la primera fase, se espera la digitalización del litigio lleguea todos los
procesos adelantados por la Rama Judicial. Gracias al uso de herramientas
tecnológicas,se ofrecería en unasegundaetapade solucionesprontasa solicitudes
de jueces de ejecución de penas, trámites de medidas cautelares, títulos judiciales
y despachos comisorios en los procesos ejecutivos. También podría ser
implementada en comisarías de familia, inspecciones de policía y
superintendencias.Otro aspecto importante es que la digitalización de los procesos
permite recopilar decisión. Un expediente electrónico puede facilitar los procesos
operativos de los jueces, y ayuda a producir las sentencias, con unas herramientas
de inteligencia artificial a procesar los datos jurídicos y a mejorar la calidad de las
decisiones. En este aspecto se realiza si el cuestionamiento si este tipo de
expediente solo sería utilizado y manejado por operadores judiciales o se le dejaría
un espacio a la ciudadanía que cada vez se encuentra más digitalizada,
incursionando e innovando en las redes tecnológicas
En un momento en el que los serios problemas de eficacia y eficiencia de la justicia
de Colombia comienzan a ser objeto del escrutinio por parte de la opinión pública,
el potencial de soluciones rápidas y efectivas atrae la atención de los principales
interesados. Por eso es una señal alentadora que la Rama Judicial y el Gobierno
Nacional hayan celebrado acuerdos concretos acerca del Plan Estratégico
Tecnológico de la Rama Judicial (PET) cuya ejecución está comenzando. Sin
embargo, es indispensable precisar antes el concepto de justicia en línea (e-justicia
o justicia digital según otros términos usuales en la literatura sobre la materia). No
25 VARELA, David Fernando. (2017) ¿Qué es la justicia en línea? (en línea). En: Colombiadigital.net. Bogotá-
Colombia. (Revisado en 30 de agosto2019).En línea:
https://colombiadigital.net/opinion/columnistas/certicamara/item/5884-que-es-justicia-en-linea-el-caso-de-
queensland-en-australia.html.
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equivale al expediente electrónico que sustituiría los voluminosos cuadernos que
todavía invaden nuestrasoficinasjudiciales,ni consisteen digitalizaro escanear los
papeles existentes en los despachos. Tampoco significa intercambiar las piezas
procesales a través de direcciones de correo electrónico.26
La Justicia, en línea es un nuevo modelo de relacionamiento entre los operadores
de la justicia (jueces, empleados judiciales, abogados, auxiliares de la justicia, otras
instituciones del sector justicia) y los ciudadanos que acuden a ellos en busca de
una solución oportuna, transparente y confiable para sus conflictos. A través de
cada periodo de Gobierno en Colombia se ha querido incluir los temas tecnológicos
en cada uno de ellos, ya que han notado los adelantos que se dan en la Ley 29 de
1990, donde establece la obligación del Estado promover y orientar el adelanto
científico y tecnológico e incorporar la ciencia y tecnología como fundamento en la
educación, ya que a finales de la década de noventa el país no tenía importantes
tecnologías implementadas.
Por tal razón se ha incluido las tecnologías de la información y la comunicación
como políticas públicas en cada Plan Nacional de Desarrollo (PND) de cada
Gobierno, atendiendo así las recomendaciones que realiza la OCDE Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económico, del cual nuestro país es miembro
activo. La OCDE ayuda a los gobiernos a promover la prosperidad y a combatir la
pobreza a través del crecimiento económico, la estabilidad financiera, el comercio y
la inversión, la tecnología y la información, la innovación, el estímulo empresarial y
la cooperación para el desarrollo27
26
VARELA, David Fernando. (2017) ¿Qué es la justicia en línea? (en línea). En: Colombiadigital.net. Bogotá-
Colombia. (Revisado en 30 de agosto2019). En línea:
https://colombiadigital.net/opinion/columnistas/certicamara/item/5884-que-es-justicia-en-linea-el-caso-de-
queensland-en-australia.html.
27 ORGANIZACIÓN PARA COOPERACION Y DESARROLLO ECONOMICO, Colombia se adhiere a acuerdos sobre
inteligencia artificial (en línea). (Bogotá-Colombia). En: Mintic.gov.co, mayo. 2019. (Revisado en 30 de agosto
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Las diferentes oportunidades de acceso a las TIC, tales como los ordenadores o la
Internet, crean una brecha digital entre quienes pueden disfrutar de los beneficios
que aportan las TIC y quienes no pueden. Acceder a los recursos en materia de
información y comunicación que posibilitan dichas tecnologías y desarrollar esos
recursos son aspectos quese consideran cadavez más esencialespara el progreso
económico y social. La economía de las redes implica que cuantas más personas
participen en las TIC, mayor será el valor de éstas para todos.
La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico OCDE, suscribió
recomendaciones para la implementación de las tecnologías de la información y
comunicación en Colombia para el Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022
adoptado por el actual presidente Iván Duque Márquez “pacto por Colombia, pacto
por la equidad”. Así mismo la adopción formalmente del primer conjunto de
directrices de políticas intergubernamentales sobre inteligencia artificial (IA), para
garantizar que estos sistemas y sus diseños sean robustos, seguros, justos y
confiables; en la que se incluyen un conjunto de principios y recomendaciones.
Estas recomendaciones son útiles para el diseño de políticas públicas futuras de
inteligencia artificial en el país que permitan diseñar e implementar las políticas que
permitan conectar el aparato productivo del país con el aterrizaje de la cuarta
Revolución Industrial. Mediante este instrumento, el organismo recomienda que los
países que se acojan a estos promuevan e implementan una serie de principios
para una administración responsable y confiable de la inteligencia artificial (IA),
respetando los derechos humanos y los valores democráticos, se identifican cinco
principios complementarios28
2019). En línea: http://www.mincit.gov.co/prensa/noticias/comercio/ante-paises-de-la-ocde-colombia-se-
adhiere-a-acuer.
28 ORGANIZACIÓN PARA COOPERACION Y DESARROLLO ECONOMICO, Colombia se adhiere a acuerdos sobre
inteligencia artificial (en línea).(Bogotá-Colombia):Mintic.gov.co, mayo. 2019.(Revisado en 30 deagosto 2019).
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- Facilitar la inversión pública y privada en la investigación y desarrollo para
estimular la innovación en una inteligencia artificial.
- Fomentar los ecosistemas de inteligencia artificial accesibles con
infraestructura y tecnologías digitales y mecanismos para compartir datos y
conocimientos
- Asegurar un entorno de políticas que abra el camino para el despliegue de
sistemas de inteligencia artificial confiables.
- Capacitar a las personas con las habilidades para la inteligencia artificial y
apoyar a los trabajadores para una transición justa
- Cooperar a través de las fronteras y los sectores para avanzar en la
administración responsable de la inteligencia artificial
Atendiendo todo esto la OCDE y el Banco Mundial, considera que existe una
relación positiva entre la mayor adopción de internet y el crecimiento económico de
un país, para lograr esto se requiere no solo una buena regulación e inversiones
considerables en infraestructura; también es necesario estimular la demanda de
usuarios a las tecnologías de la información, lo cual debe incluirse como política
pública en los planes de Gobierno de los países.
Actualmente en Colombia y según datos de la OCDE, solo el 50% de la población
utiliza internet, por lo menos debía ser el 70% para garantizar que la brecha
existente se disminuya, incluyendo así las zonas más apartadas de la geografía.
Todo esto con el fin de tener un acceso fácil a las herramientas digitales, y en el
tema que nos ocupa en esta investigación, en relación con las tecnologías de la
información y comunicación (TIC) en la Rama Judicial. Destaca la relación positiva
Línea en: http://www.mincit.gov.co/prensa/noticias/comercio/ante-paises-de-la-ocde-colombia-se-adhiere-a-
acuer
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entre el uso y acceso a banda ancha y el desarrollo económico dentro de su
estrategia para desarrollar el ecosistema digital colombiano, con la consigna que
debe ser un sistema nacional de innovación, la cual abarca una amplia gama de
actores: empresas, organizaciones de investigación, gobierno y muchas otras
instituciones29
Existe otro organismo internacional que ha hecho alusión y una comparación de las
tecnologías de la información y comunicación de nuestro país, la Comisión
Económica para América Latina (CEPAL), la cual contribuye con el desarrollo
económico de los países, coordina las acciones encaminadas a su promoción y
reforzar las relaciones económicas de los países entre si y las naciones del mundo,
promoviendo el desarrollo social
El sector de tecnología de la información y las comunicaciones debe contribuir a la
consolidación de una visión de Estado y de largo plazo para un país firmemente
comprometido con la realidad internacional de consolidación de la sociedad de la
información, la cual es una sociedad en donde la información influye
significativamente sobre los procesos de organización social, jugando un rol
protagónico que pocos factores pueden desempeñar: la redefinición de nuestro
mundo presente30
.
En la ciudad de Cartagena, las herramientas tecnológicas utilizadas para el
desarrollo de los procesos judiciales, son utilizadas de forma parcial en las
jurisdicciones, puesto que el medio para que se den no está muy fundamentados y
establecidos para su adecuado manejo por parte de los operadores judiciales y los
usuarios del sistema judicial. La aplicabilidad de las tecnologías de la información
29 ORGANIZACIÓN PARA COOPERACION Y DESARROLLO ECONOMICO, Estudios de la OCDE de las políticas de
innovación en Colombia: (en línea). (Bogotá-Colombia):OECD.org, ene. 2014.(Revisado 30 de agosto 2019).
Línea en: https://www.oecd.org/sti/inno/colombia-innovation-review-assessment-and-recommendations-
spanish.pdf
30 COMISIÒN ECONOMICA PARA AMERICA LATINA. (2004).Acerca de la CEPAL (en línea). En: cepal.org, feb.
(Revisado el 20 agosto 2019). En línea: https://www.cepal.org/es/acerca
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en los despachosjudicialesen esta ciudad,están siendoutilizadasen las siguientes
jurisdicciones
En el derecho administrativo podemos destacar que el uso de los medios
electrónicos ha agilizado la aplicabilidad del derecho en los despachos judiciales,
pero no hay que descartar la existencia de posibles fallos en el momento de hacer
uso de estas tecnología es decir, que cuando fallen los medios electrónicos de la
autoridad que impidan a las personas enviar sus escritos, peticiones o documentos,
podrán insistir en su envío dentro de los tres (3) días siguientes, o remitir el
documento por otro medio dentro del mismo término, condicionó tal garantía a la
existencia de una constancia de los hechos constitutivos de la falla en el servicio.
Ciertamente, se prevé que la comunicación por medios electrónicos puede
presentar errores y problemas técnicos que impidan el correcto funcionamiento, sin
embargo, resulta esencial garantizar la seguridad jurídica del ciudadano en la
relación electrónica,por lo quese consideraconvenienteestablecer unapresunción
a favor del ciudadano. La justicia en la jurisdicción civil de nuestra ciudad, se
evidencia muchas falencias en materia de agilidad, economía procesal, entre otras.
Por ello podemos afirmar que el uso de las TICS se viene aplicando parcialmente
en dicha jurisdicción, ya que aún encontramos Juzgados donde todas las
actuaciones son de manera escrita y en algunos Despachos de esta jurisdicción no
utilizan las herramientas que nos brinda la tecnología para agilizar los procesos,
debido que no se ha hecho la adecuada transición al nuevo código general del
proceso31
31BUELVAS MENDOZA, Milton. (2018). Aplicabilidad de las TICS en las actuaciones judiciales en la ciudad de
Cartagena. Cartagena. (noviembre.2018). p. 7-8
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4.3. ANTECEDENTES NORMATIVOS
Colombia en su amplia gama de derechos y principios constitucionales, vela por
darle participación a un estado social emergente, adoptando políticas en vía de
modernizar el sistema tecnológico y de comunicaciones a través de la creación del
Ministerio de Comunicaciones TIC, en el caso en referencia socia-jurídico desde el
año 2009, con leyes, normas y estatutos, artículos jurídicos nacionales e
internacionales con fin de darle agilidad a cada dependencia judicial en las ramas
que nos competen derecho contencioso administrativo y familia. Nuestro país en
miras de tener las herramientas necesarias para proceder ante los organismos
internacionales, por el flagelo de los delitos penales informáticos, se acoge al
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convenio de Budapest, el cual es sancionado en 2001 por el Comité de Ministros del
Consejo de Europa, en una convención de 56 países, incluyendo los latino-
americanos, Chile, Costa Rica, República Dominicana, Panamá, Argentina y
Colombia como asistente, y juntos construir una política mundial contra la
delincuencia cibernautita con una legislación adecuada, fomentando la cooperación
entre losEstados internacionales.Estosdelitosinformáticospenalesinternacionales,
atentan contra la confiabilidad, integridad o disponibilidad de la información, al
acceder de manera ilícita a los sistemas, razón por la cual cada delito está tipificado
en la mayoría de las legislaciones, ampliado a los medios digitales debido al fraude
informático o falsificación de datos digitales. El contenido de la información digital
establece como delitos diversos aspectos de la producción, posesión y distribución
electrónica de pornografía infantil, los derechos de autor, infracción a la propiedad
intelectual o piratería. Dentro de las normas procesales se establecen
procedimientos para salvaguardar la evidencia digital y las herramientas
relacionadas con la manipulación de estas, las cuales son utilizadas como pruebas.
Para investigar esta clase de delitos informáticos penales, que involucra conductas
de delitos virtuales parecidos en todos los países, han unificado normas procesales
a través de una cooperación internacional, que tengan evidencia digital similar y
armónica en todos los países. La adhesión por medio de la Ley 1928 de 201832, al
convenio de Budapest, es un gran paso para Colombia en materia de investigación
de delitos informáticos, ya que otorgará herramientas y procedimientos para la lucha
contra el cibercriminal, sean delitos tradicionales o informáticos, incluye
disposiciones acerca de la localización de sospechosos, recolección o envío de
evidencia digital, e incluso lo referente a extradición, la armonización en
32
DIAZ GOMEZ, Andrés, El Delito Informático, Su Problemática Y La Cooperación Internacional Como Paradigma
en la Solución,en Convenio deBudapest, Revista electrónica del departamento dederecho de [en línea],Europa,
España Universidad de La Rioja, [8 de diciembre del 2010],vol. 8 págs. 169-203 [Revisado 26 febrero del 2019],
Disponibleen: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3674682
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ciberdelincuencia se logra entre los países adheridos al convenio. A pesar de sus
deficiencias, se ha convertido en una adecuada herramienta para la armonización
legislativa internacional y su lucha contra el ciberdelito”. Así mismo, El convenio
sobre la Ciberdelincuencia del consejo de Europa33, es el único acuerdo
internacional quecubretodas las áreas relevantes de la legislación,(derechopenal,
derecho procesal y cooperación internacional). Es importante destacar que la
incorporación de las TIC se sustenta en referentes normativos importantes. El
primero es la Ley 270 de 1996, Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, se
proporcionó al Consejo Superior de la Judicatura, para vigilar la incorporación de
tecnologías de avanzada al servicio de la Administración de Justicia y regular los
trámites judiciales y administrativos que se adelantan en los despachos judiciales,
en los aspectos no previstos por el legislador, el cual fue reiterado por la sentencia
C- 037 de 1997, la cual establece que el CSJ necesita expedir un reglamento para
el uso de los medios tecnológicos, garantizando el ejercicio del derecho a la
intimidad y a la reserva de los datos personales y confidenciales que por una u otra
razón pudiesen ser de conocimiento público.
El 18 de agosto de 1999 fue expedida en Colombia la Ley 527 de 199934
, por medio
de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del
comercio electrónico y de las firmas digitales, se establecen las entidades de
certificación y se dictan otras disposiciones.Para la regulación deesta ley, se tienen
en cuenta los siguientes asuntos a mencionar, el almacenamiento de los mensajes
de datos, para que toda información generada, enviada, recibida, almacenada o
comunicada por medios electrónicos se pueda intercambiar por medio de datos
electrónicos (EDI), internet, el correo electrónico, como el telegrama, el télex o el
telefax y la firma digital electrónica, que utiliza un identificador personal (ID),
33COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ley 527 (21 agosto del 1999) Por medio de la cual se define y
reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales
34 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ley 527 (21 agosto del 1999)
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permitiendocumplircon los requisitoslegalesy normativos más exigentes,con altos
niveles de seguridad sobre la identidad de cada firmante y la autenticidad de los
documentos que firman, de modo que la firma queda vinculada de forma exclusiva,
la cual se puede verificar y ser certificada por medio de la superintendencia de
industria y comercio que aprobó a Certicamara, como autoridad de certificación
abierta otorgando validez jurídica y probatoria a los documentos y comunicaciones
electrónicas.Entre particulares tieneun usoextendidoy ha tenidoun desarrollomás
limitado en diligencias administrativas y judiciales que ha estado condicionado a la
efectiva apropiación de sus conceptos por parte de las ramas del poder público35
.
Posterior a esto se expidió la Ley 794 de 2003, fijó principios generales para la
jurisdicción civil, siendo estas: la notificación por aviso es posible a la dirección
electrónica registrada en Cámara de Comercio con firma digital de funcionario
judicial, Intercambio de Despachos y Oficios (pueden ser utilizados por los
despachos que cuenten con medios técnicos, Comunicación de embargos (puede
efectuarse por vía electrónica, dejándose constancia de los mismos, impone
obligación a los destinatarios de revisión periódica del medio empleado para la
comunicación. En esta Ley se hace necesaria la utilización de la firma digital para
asegurar de manera técnica y jurídica las comunicaciones electrónicas, el Consejo
Superior de la Judicatura el 2 de marzo de 2006 emitió el Acuerdo No. PSAA06-
3334, se reglamentó la utilización de medios electrónicos e informáticos en el
cumplimiento de las funciones de administración de justicia.
La Ley 1341 de 200936
, por la cual se definen principios y conceptos sobre la
sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones. El expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez sanciona
35 LEY DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN COLOMBIA 527/1999. [blog] Informático Jurídico. (10 de mayo del
2012) (Revisado 26 junio 2019), en línea: http://accesoalainformacionucc.blogspot.com/2012/05/ley-527-de-
1999.html.
36 MINISTERIO DE LAS TIC. Historia del tic en Colombia. [En Línea] [26 de febrero de 2018] [Revisado: 09 de
marzo del 2019].En línea: URL :/https://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-propertyvalue-6077.html
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esta Ley, el entonces Ministerio de Comunicaciones se convirtió en Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La nueva Ley creó un marco
normativo para el desarrollo del sector y para la promoción del acceso y uso de las
TIC a través de la masificación, el impulso a la libre competencia, el uso eficiente
de la infraestructura y, en especial, el fortalecimiento de la protección de los
derechos de los usuarios.
Ley 1437 de 201137
puesta en vigencia 2 de julio /2012, por lo cual se expide ”El
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” esta
ley se crea para dar solución a las dificultades que tenía el gobierno con los
ciudadanos y aun entre las mismas entidades, debido a la deficiencias que
presentaba el gobierno al tener que responder por las fallas en los servicios que
debe prestar(Justicia, seguridad, protección, policía, servicios públicos) más los
contextos de los actos administrativos en el área laboral y seguridad social, en el
área electoral y el área contractual.Se necesitaba algo que transformara realmente
nuestro sistema de telecomunicaciones entre ciudadanos y gobierno, solucionando
en gran parte las preocupaciones que vivía el país con sus órganos de justicia,
administración pública,definanzas,desalud,y seguridadsocial,hoy refleja grandes
resultados la creación de esta ley, la inversión y la puesta en marcha por parte del
gobierno a través del ministerio de las Min TIC, La solución ha sido tal que regiones
apartada del país son grandes usuario de las telecomunicaciones, radiodifusoras.
En la práctica judicial se agilizan losprocesos a través de estos medios en los cuales
está muy marcado en los artículos del CPACA para la utilización de los medios
electrónicos en el procedimiento administrativo artículo 53, garantiza la igualdad de
acceso a laadministración y su usogratuito, quede acuerdoa este código el artículo
37 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ley 1437 (18 enero del 2011) por la cual se expide el Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [en línea], Santa Fe de Bogotá, D.C, 2011.
Diario Oficial No. 47956. p. 1-70. [Revisado: 20 de noviembre del 2019]. En línea En:
http://www.suin.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1680117
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54 dice que toda persona tiene derecho de actuar ante las autoridades, utilizando
estos medios electrónicos. Es importante para el Ministerio de Telecomunicaciones,
que toda autoridad deba tener al menos una dirección electrónica artículo 60 del
CPACAgarantizandola seguridady disponibilidadde acuerdoa los estándares que
defina el gobierno. Articulo 65 CPACA los actos administrativos de carácter general
no serán obligatorios mientras no se hayan publicado en el Diario oficial o en las
gacetas territoriales, según el caso, en caso de fuerza mayor que impida su
publicación en el Diario Oficial, el Gobierno Nacional podrá disponer que la misma
se haga a través de un medio de comunicación eficaz. También deberán los actos
de nombramiento y elección distintos a los de voto popular. Articulo 66 los actos
administrativos de carácter particular y concreto deben ser notificado, entregándole
al interesado copia íntegra, autentica y gratuita, con fecha y hora, ante quien se
debe interponer y el plazo,(5 días siguientes) porque el incumplimiento invalida la
notificación, esta notificación electrónica procede siempre y cuando el interesado
acepte o por no encontrar o saber su dirección articulo 68 CPACA, se enviara la
citación para notificaciónpersonal porcorreo electrónicoque figureen el expediente
la cual también se publicará en la página electrónica de acceso público siempre y
cuando los actos administrativos afecten a terceros se publicara la parte resolutiva
en la página electrónica de la entidad. De acuerdo a la carta magna artículo 20938
,
establece la publicidad como principio rector de los actos administrativos, obligando
a la administración poner en conocimiento de sus destinatarios los actos
administrativos, con el fin de que la información sea personalizada y permita
impugnar a través de los correspondientes recursos y acciones. El gobierno no se
detiene hasta alcanzar verdaderamente la transformación digital, buscando
soluciones a través de proyectos de ley y planes a mediano y largo plazos.
38 COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-957/99.Expediente D-2413.(10 diciembre 1999). M.P.
ALVARO TAFUR GALVIS [en línea].En: Comunicado No. 10 corte constitucional. Santa Fe de Bogotá, D.C.: La
Corte. 1987. 16 p. [Revisado: 11 de abril de 2019]. En línea:
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1999/c-957-99.htm
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El objeto de la presente ley determina el marco general para la formulación de las
políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, la protección al usuario, la calidad del servicio, el uso eficiente de
las redes y del espectro radioeléctrico, así como las potestades del Estado en
relación con la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente de los
recursos, regulación, control y vigilancia del mismo y facilitando el libre acceso y sin
discriminación de los habitantes del territorio nacional a la Sociedad de la
Información. Ley 1564 de 201239
, por medio de la cual se expide el Código General
del Proceso y se dictan otras disposicionesartículo1, cuyo objetivo es regulartodos
los asuntosciviles, comerciales, familiaresy agrarios, este código se aplicará a todo
asunto o especialidad de particulares y autoridades que ejerzan función
administrativa y no se encuentre regulado expresamente en otras leyes.
Para alcanzar tal objetivo en Colombia el estado se propone implementar poco a
poco y de manera general, la transformación de los procesos judiciales, dejando
atrás el uso de papel y lápiz, en miras de un manejo eficiente de forma electrónica,
para así administrar y conducir todo proceso a través de un sistema teleinformática.
Articulo 103 Código General del Proceso, indica el uso de las tecnologías de la
información y de las comunicaciones, para la gestión y tramite de los procesos
judiciales,las cualespermiten agilizary facilitarel acceso a la justiciay su cobertura.
Toda autoridad judicial podrá realizar y contar con mecanismos para generar
archivar y comunicar mensajes de datos. En cuanto sean compatibles con las
disposicionesdeeste código se aplicará lo dispuestoen la Ley 527 de 1999, las que
lo sustituyan o modifiquen, y sus reglamentos. El Plan de Justicia Digital estará
integrado por todos los procesos y herramientas de gestión de la actividad
jurisdiccional por medio de las tecnologías de la información y las comunicaciones,
39 CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO, Articulo 103. Uso de las tecnologías de la Información y de las
comunicaciones. Disponible En: https://leyes.co/codigo_general_del_proceso/103.htm
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que permitan formar y gestionar expedientes digitales y el litigio en línea
(declaración de prácticas de certificación DPC, solo para usuarios de la firma digital
(Certicamara).
El plan dispondrá el uso obligatorio de dichas tecnologías de manera gradual, por
despachos judiciales o zonas geográficas del país, de acuerdo con la disponibilidad
de condiciones técnicas para ello. También presume autentico todo memorial y
demás comunicaciones que se crucen entre las autoridades judiciales, abogados y
las partes, que se originen desde el correo electrónico suministrado en la demanda
u otro acto del proceso que se utilicen como sistemas de envíos. La Sala
Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura establecerá los sistemas que
cumplen con los anteriores presupuestos y reglamentará su utilización40
.
El Plan Sectorial de la Rama Judicial 2019-2022 “Justicia moderna con
transparencia y equidad”.
El cual se acoge al Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022 “PACTO POR
COLOMBIA, PACTO POR LA EQUIDAD”, donde incluye al sector justicia y la
importancia de la aplicación de las tecnologías de la información y comunicación
como pilar fundamental de la política de Gobierno, ya que Colombia se unió a la
OCDE, siendo esto una responsabilidad muy importante, pues se va a comparar
nuestro Sistema Jurídico con el de otros países que hacen parte de esta
corporación. El Plan Sectorial de la Rama Judicial ha venido avanzando en
experiencias iniciales de gestión judicial digital, tales como las implementadas en
Restitución de Tierras, tutela y otros trámites judiciales; así como experiencias
iniciales de aprovechamiento de tecnologías emergentes como la Inteligencia
Artificial. El pilar estratégico de modernización tecnológica y transformación digital
40 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ley 1753 (09 junio del 2015) por la cual se expide el plan nacional
de desarrollo 2014-2018 "todos por un nuevo país [en línea], Santa Fe de Bogotá, D.C. Diario Oficial. 2015,p.
1-145.[Revisado: 17 de octubre del 2019].En línea En: https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-
15015_documento.pdf
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tiene como propósito fundamental contribuir a ampliar, mejorar, facilitar y agilizar la
prestación del servicio de administración de justicia, en el marco del desarrollo
escalonado de una justicia en línea y abierta, que además propenda por el
aprovechamiento de los datos y la información para la generación de conocimiento.
El gobierno de Colombia, como otra de sus políticas del gobierno digital expide un
Decreto Único 1078/201541
la expedición de este documento es con el fin de tener
compilados los actos administrativos en un solo lugar, para que la información
normativa se pueda actualizar ajustándose a la realidad institucional y vigente y
evitar el decaimiento de las resoluciones, circulares y demás actos administrativos
con fundamento en las facultades derivadas de los decretos compilados, que la
normatividad vigente se contraiga a la normatividad vigente al momento de su
expedición, sin perjuicios de los efectos ultractivos de disposiciones derogadas a la
fecha, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 153 de 1887, por cuanto este
articulo constituye un ejercicio de compilación de reglamentación preexistentes.
El Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación, sus objetivos y
funciones se encuentran definidos en la Ley 1341 de 2009, por la cual se definen
principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC-, se crea la Agencia
Nacional de Espectro y se dictan otra; 5 disposiciones. Se (expidió la Resolución
1824 del 4 de julio de 2018) se crea la Agencia Nacional de Espectro que junto con
el Min TIC42
para ofrecer a los proveedores de redes y servicios nuevasalternativas
para un uso más eficiente del espectro radioelectrónico. Proyecto de Ley 152/2018,
41 COLOMBIA. MINISTERIO DE TICS. Decreto 1078 (26, mayo, 2015). Por medio del cual se expide el Decreto
Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones [en línea]. Santa Fe
de Bogotá, D.C.: El Ministerio, 2015.2 p. [Revisado: 9 de septiembre de 2019]. Disponibleen:
https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-9528_documento.pdf
42 COLOMBIA. MINISTERIO DE TICS. Resolución 0001824 (04 Julio 2018).Por la cual se Fijan Condiciones Para
El Uso del Espectro en la Banda E [en línea]. Santa Fe de Bogotá D.C.: El Ministerio. 2018.16 p. [Revisado: 21
de noviembre de 2019].Disponibleen: https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-75518_documento.pdf
FORMATO INFORME FINAL
Cod-Doc FT-IV-021
Versión 1
Fecha 31/07/2019
Página
Página 50 de
123
hoy aprobado para la modernización de las TIC, la cual afectara de forma positiva
a todo un engranaje establecido, que sorprende a Colombia con el deseo de cerrar
la brecha digital, entregando herramientas para llevar conectividad a todas las
regiones que no tienen acceso para que los ciudadanos en todas las regiones del
país puedan alcanzar sus metas. De acuerdo a la ministra de las TIC, Sylvia
Constain registró una serie de decretos muy importantes para el gobierno en línea43
Las TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) se han convertido
rápidamente en un conjunto de herramientas indispensables para casi cualquier
actividad, a través de ellas se integra, acuerda y solucionan problemas. Las TIC y
su acelerado desarrollo y evolución como instrumento para la comunicación
humanason de alcanceglobal, permite la comunicación inmediatay completa entre
personas que se encuentran geográficamente muy distantes. Al mismo tiempo ha
permitido la interacción entre el gobierno nacional e internacional, para buscar un
mayor acercamiento entre los ciudadanosylas instituciones,debidoa su capacidad
para brindar mayores niveles de participación e interacción, acelerando la
prestación de servicios a un ritmo que en el pasado era impensable.
Así como la ola de calor aumenta, así mismo aumenta y se riega el ciberdelito, pero
con la convención de estados y la utilización de las TIC, con toda su adecuada
legislación, gobiernos y entidades nacionales e internacionales, pueden detener
esta ola continua que se presenta, apagando un poco las consecuencias que se
derivan por los delitos cibernautas. El MIN TIC vela para que Colombia sea pionero
en esta rama digital, llegando a cada rincón de Colombia, trayendo sentido de
pertenencia en cada colombiano, cuyo objetivo es para acortar distancias, agilizar
trámites jurídicos, personales, comerciales, médicos, transacciones bancarias, en
43 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Proyecto de Ley 152 (2018) Por la cual se moderniza el sector de
las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC-, se distribuyen competencias, se suprime la
Autoridad Nacional de Televisión, y se dictan otras disposiciones [en línea], Santa Fe de Bogotá, D.C. 2015, p.
1-56. [Revisado: 18 de Enero del 2020].En línea:https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-
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implementacion de la TIC en el sistema judicial colombiano antes y durante la pandemia de covid 19, implementacion de las tic en el sistema judicial colombiano .

  • 1. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 1 de 123 INFORMACIÓN GENERAL Título: DEBILIDADES Y FORTALEZAS EN LA IMPLEMENTACIÒN DE LAS TIC EN LA RAMA JUDICIAL DE CARTAGENA Estudiantes: Nombre Semestre JESÙS DAVID ANGULO CHIMÀ X LUDY MERCEDES MERCADO VERGARA X DIANA PAOLA VIDAL ARRIETA X Docente(s): Nombre Rol INGRID MONTES ALVARINO TUTOR
  • 2. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 2 de 123 TABLA DE CONTENIDO Pág. RESUMEN …………………………………………………………………………… 3 1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA……………………………………………... 4 2. JUSTIFICACION……………………………………………………………………… 10 3. OBJETIVOS……………………………………………………………………………. 13 3.1 OBJETIVOS GENERALES ……………………………………………………………13 3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS …………………………………………………………13 4. MARCO TEORICO ……………………………………………………………………. 14 4.1 ANTECEDENTES HISTORICOS……………………………………………………14 4.2 MARCO REFENCIAL …………………………………………………………………25 4.3 ANTECEDENTES NORMATIVOS ……………………………………………………41 4.4 MARCO CONCENPTUAL ………………………………………………………………53 5. METODOLOGIA …………………………………………………………………………58 5.1 TIPO DE INVESTIGACION………………………………………………………..........58 5.2 POBLACION Y MUESTRA ………………………………………………………………59 5.3 TECNICAS DE RECOLECCIONY DE INFORMACION ……………………………. 60 5.4 ANALISIS DE LA INFORMACION ……………………………………………………...61 5.5 CONSIDERACIONES ETICAS Y PROPIEDAD INTELECTUAL……………………61 6. RESULTADOS…………………………………………………………………………...62 7. DISCUSIÓN DE RESULTADOS………………………………………………………101 8. CONCLUSIÓN…………………………………………………………………………109 9. RECOMENDACIONES………………………………………………………………...110 10. REFERENCIAS…………………………………………………………………………111
  • 3. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 3 de 123 DESCRIPCIÓN DEL INFORME FINAL RESUMEN En la últimadécada lasTIC han sidoun fenómenoen expansión,el cual haadquirido un papel fundamental como motor de cambio en los aspectos: político, económico, social; estas tecnologías tienen la función de dinamizar, disminuir la desigualdad, gratuidad e inclusión. Hoy en día la globalización ha tenido un impacto y acogida favorable en cuanto a las implementaciones de las Tecnologías de la Información y Comunicación, en adelante TIC en los diferentes campos en los que se utiliza. En el ámbito del derecho y la justicia que requiere de un mayor uso de estas herramientas, toda vez que cada año ingresan más procesos a la Rama Judicial. El objetivo de esta investigación es reconocer las debilidades y fortalezas de la implementación de las TIC en el Sistema Judicial en la ciudad de Cartagena mediante la investigación socio-jurídica, se aplicaron encuestas y entrevistas en los distintos despachos judiciales de la ciudad, así como a abogados litigantes, funcionarios judiciales, dependientes judiciales y estudiantes de derecho. Estos resultados se analizan en nuestrotrabajo de grado presentandolos resultados de las fortalezas de la implementación de las TIC y sus debilidades en la rama judicial en la ciudad de Cartagena. Se concluye que las TIC han contribuido con los operadores jurídicos, innovando en los servicios como pagos de embargos, sistemas de gestión automáticas, comunicaciones,notificaciones,y presentación de actos procesales vía electrónica. Hoy estos avances han sido abruptos debido a la pandemia, la cual ha evidenciado el mejor aprovechamiento en el uso y accionar en la implementación de las TIC en la rama judicial no solo en Cartagena, sino en toda Colombia.
  • 4. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 4 de 123 1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Vivimos una época llamada sociedad de la información o sociedad moderna que se caracteriza por cambios esencialesen materia económica,social y jurídica, es decir, el mundo en el que nos desenvolvemos está enmarcado por una serie de transformaciones que se envuelve en todos los entornos de manera sustancial. El origen primordial de esas transformaciones es la inclusión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en todos los ámbitos de nuestra vida, de tal manera que la forma de trabajar, socializar y aprender se ha modificado. Ante estos sucesos transformadores, es para el que los profesionales se deben preparar para coexistir con la tecnología de manera armoniosa. Por otro lado, adentrándonos al tema, El abogado David Varela y consultor en la materia de TIC, destacó los avances de la implementación de las primeras vías, esto es el PET, que buscaarticular las necesidadesy prioridades de los operadores de la justicia con las de sus usuarios que se guiaran bajo 6 pilares”1 Modelo del expediente electrónico: - Justicia en red - Gestión de la información - Gestión del cambio 1 MARTÍN FIERRO, Juan.Colombia está en una transición hacia el expediente electrónico. En: Portafolio “Noticias de economía y negocios en Colombia y el Mundo”[en línea]. 26 deseptiembre de2018 [Revisado 15 julio 2019.]. en línea: https://www.portafolio.co/economia/colombia-esta-en-una-etapa-de-transicion-hacia-el-expediente- electronico-521666
  • 5. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 5 de 123 - Uso de las TIC para la formación judicial y ciudadana - Denuncias virtuales - TIC como mecanismo de resolución de conflicto Después de observar lo mencionado por David Varela consultor colombiano en materia de TIC del plan sistemático que se implementaría, vemos como surgen los dilemas estructurales de una transición a medias, que serán recalcados. 1. El software no fue desarrollado en su totalidad 2. La falta de socialización e inducción por parte del equipo creador de los programas siglo XXI nueva consultoría jurídica 3. La no culminación del programa, dejándolo como simple notificador ineficiente de actos procesales, la relevancia en la materialización y culminación de los siguiente convenientes era abreviar y acabar con la problemática en la falta de eficiencia, inmediatez y cobertura judicial, estas tecnologías busca llenar los vacíos del sistema precario actual, por ejemplo en los ámbitos de descongestión toda vez que cada año ingresan a la rama judicial volúmenes colosales de procesos una de las estadísticas se da en el 2017, donde se recibieron aproximadamente 2.717.444 procesos y solo el 66% de despachos judiciales del país contaban con conectividad de alta velocidad (Consejo Superior de la Judicatura, 2017)”2. 2 GARCÍA SANTIAGO, Héctor José. (Presidente Ejecutivo de la Sociedad Cameral de Certificación Digital CERTICÁMARA S.A) (28 de febrero 2018).La justicia colombiana y las TIC. La modernización es inminente. [Blog] Blog Certicamara S.A Bogotá Colombia. [Revisado 15 de diciembre 2018].En línea: https://web.certicamara.com/files/Sala-de-prensa/blogs/blog3.html
  • 6. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 6 de 123 Esto resultaun dilema en el aspecto de implementación,coberturay descongestión, otro de los problemas a abarcar en la implementación de las TIC corresponde al sistema penal lo cual concierne al inicio de la agilización del procedimiento de denuncia, esto debido a la masiva asistencia de personas que buscan mover el aparato judicial presencialmente, cuando podría ser más ágil de forma online, gracias a las TIC se logra resolver en medida esta problemática con la implementación del sistema nacional de denuncia virtual, lo cual tiene como objeto ser la recepción del ciudadano ante el cometido de un delito, otra de las dificultades y aun no aplicado es bajar los recursos respectivos con el uso de papel e implementar el expediente electrónico. El expediente electrónico fue coordinado y dirigido por la compañía McKinsey en un ejercicio titulado pacto por Colombia, la traba encontrada por los expertos tanto colombianos como de la compañía organizadoraera la suma quesacaría de las múltiplesdeficienciasqueactualmente se presenta en la rama judicial. Con respecto a la jurisdicción contenciosa administrativa, se ha podido observar una evolución significativa, en los 13 juzgados administrativos de la ciudad de Cartagena, siendo esta la pionera en la implementación de las tecnologías de la información y comunicación en sus procesos, enfatizando en los procesos orales regidos por la Ley 1437 de 2011 CPACA, ya que los escriturales se rigen con la Ley 167 de 1941 y como su nombre lo indica todo alrededor de estos escritos donde el nivel de congestión de los procesos era muy alto y el grado de acceso por parte de la ciudadanía ellos mucho más, por lo cual para que se dictara sentencia se debía esperar de 5 a 10. Con la expedición del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en Colombia, se han hecho eficientes y agiles los procesos de una manera significativa, los cuales permiten llevar procesos basados en las herramientas tecnológicas aprobadas por esta ley, permitiendo una mejor celeridad en el conocimiento de los avisos, notificaciones, consulta de procesos, edictos, traslados y de los procesos que se encuentran en cada despacho.
  • 7. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 7 de 123 En lo que respecta a la Jurisdicción Civil,específicamenteen losjuzgados de familia y pequeñas causas laborales, la utilización de las tecnologías de la información y comunicación es casi nula, puesto que en los siete juzgados de familia que se encuentran en laciudadde Cartagena, son muy poco utilizadasestas herramientas, observándose demoras en los procesos. Aquí puede pasar dos cosas, la primera quenose estén alfabetizandoen el uso de las TIC o quepor la cantidadde procesos que llegan a diario, se les haga inconveniente usar estos, es decir la transición del papel a los medios electrónicos, no lo han tomado como un adelanto tecnológico que se está dando en la Rama Judicial en Colombia. Nuestro enfoqueinvestigativosocio-jurídicolo fijaremos en estas tres jurisdicciones, atendiendo todo lo relacionado con las fortalezas y debilidades de cada uno, para ahondar en el porqué de la utilización de tecnologías en una más que en la otra, si las dos están vinculadas al Sistema Judicial colombiano el cual deberían tener el mismo tratamiento en la utilización de mecanismos tecnológicos, con la expedición del CódigoGeneral del Proceso, Ley 1564 de 2012 para un justiciaeficazy eficiente, y por el presupuesto que el Estado le otorga a cada jurisdicción. La suma promediada era 150 mil millones con el fin de poner a disposición y en marcha las TIC en todo lo que compone la Rama judicial, lo que significa un reto colosal en referente a cuantía para la justicia colombiana en su transición a la era E-justicia digital. Ahora, si bien es cierto quecon la implementación del sistema oral y algunas plataformas como siglo XXI la cual no es eficiente en su totalidad y que mucho de los despachos judiciales cuentan con pocas herramientas prácticas en desarrollo del uso de las TIC, quiere decir que no soluciona las necesidades de aquellos que necesitan de la justicia y su inmediatez. El problema principal de la implementación de las TIC tecnologías de la información y comunicación en los ámbitos jurídicos es el cambio del panorama y transición estructural del hacer, debido a quecon la implementación deestas deja en segundo plano las practicas convencionales, otro de los antecedentes problemáticos son las
  • 8. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 8 de 123 deficienciayel poco interés de los servidores públicosquecompone la rama judicial en el ámbito de alfabetizarse y alfabetizar a la ciudadanía, las nuevas tecnologías tienen la finalidad de ofrecer un nuevo paradigma, una nueva justica E-Justicia, debido a que uno de los problemas del aparato judicial convencional es la poca inmediatez en lo concerniente a los procesos jurídicos. Lo ideal ante esta problemática es ofrecer cobertura y un acercamiento de los operadores a todos aquellos usuarios que hacen uso del aparato jurídico, con la identificación de estas problemáticas se aborda el impacto que tendría la implementación de las TIC y la finalidad que tendrían estas en mejorar y agilizar todo aquello relacionado con la prestación del servicio judicial a la ciudadanía y profesionales del derecho. El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Sala Administrativa, asume el mandato constitucional de administrar la Rama Judicial, mediante el reordenamiento de los despachos judiciales y la adecuación de la oferta judicial según la tipología y frecuencia de los procesos, para responder de manera eficiente y oportuna a la demanda de justicia en todo el territorio nacional. En estas condiciones, se debe contar con un aparato judicial sólido y con la asignación permanente de recursos para responder de manera versátil y eficiente a las necesidades que impone la demanda de justicia en un escenario cambiante, aspectos contemplados en el presente ejercicio de planeación sectorial3 . Para alcanzar este propósito, realiza consultas y encuestas a magistrados, jueces, empleados judiciales y sociedad civil; efectúa mediciones de impacto de las ejecutorias anteriores que permitan modernizar e inducir eficiencia en el aparato judicial;revisa los modelos de gestión para incorporar tecnologías de la Información y mejorar la infraestructura física; realiza la selección, formación y evaluación del talento humano, que involucra las condiciones de vinculación, permanencia y 3 COLOMBIA, CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. (2015-2018).Plan sectorial de desarrollo de la rama judicial. Bogotá, [En Línea] [Revisado 15 de septiembre 2019] en línea: https://www.ramajudicial.gov.co/documents/1513685/5113559/Plan_Sectorial_de_Desarrollo_Rama_Judicial _2015-2018+%83%29.pdf/a7b785e1-fb02-4ff6-905b-c16ac93df312
  • 9. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 9 de 123 bienestar social de los servidores judiciales. En estos aspectos en materia de infraestructura el Consejo Superior de la Judicatura, ha invertido recursos en infraestructura tecnológica, como lo es dotar de intranet e internet a las dependencias judiciales, desarrollar, integrar e implementar los servicios telemáticos virtuales, y documentales para la conformación de la Red Informática Judicial; esto a nivel de la ciudad de Cartagena es un poco complejo, puesto que la estructura física de los despachosjudicialesnoes la más óptima, puesencontramos infraestructuras muy viejas, con humedad y donde colocar aparatos electrónicos sería un desgaste, porque lo primero para que esto funcione como se planea, debe tener una infraestructura adecuada para su organización y funcionamiento adecuado.
  • 10. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 10 de 123 2. JUSTIFICACIÓN Esta investigación es de importancia debido a que resalta el uso, fallas, debilidades y fortalezas de las TIC en el aparato Judicial y la relevancia que ha tenido entre los profesionales del derecho en el uso y conocimiento de ellas, como también el impacto sobre el desconocimiento de las mismas. La cual va encaminada en como la TIC a partir de sus fundamentos como: eficacia, eficiencia, accesibilidad, agilidad en el plan TIC para la Rama Judicial año 2012, ayudaal abogado a agilizarla revisión de sus procesos y el estado de ellos mismos, por lo tanto, el sistema de Nueva Consultoría Jurídica (TIC–Rama Judicial) como fuente de uso debería estar fundado bajo los pilares mencionados. El uso de estas TIC tienecomo fin descongestionarlos juzgados, agilizar la revisión por parte de los profesionales del derecho en su uso, buscando un sistema judicial que le garantice un respuesta oportuna y clara en los procesos que se lleven y que cada procedimiento este enmarcado en el ámbito de la legalidad; así también como acabar con la utilización del papel y reducir el uso de este, aportando así al medio ambiente. En Colombia, estas tecnologías no se han utilizado por completo, pues falta mucha alfabetización a los usuarios y servidores judiciales, teniendo como debilidades la falta de acceso a las tecnologías de algunos juzgados; es decir el acceso a internet, la falta de aparatos electrónicos y la de capacitación al personal, son algunas de estas falencias,llegara los lugaresmás apartados dondetengajurisdicción laRama Judicial. Pero encontramos en Santa Marta, el Tribunal Administrativo del Magdalena, donde esta jurisdicción está muy organizada en cuestión de TIC a nivel judicial, siendo de ejemplo para el resto del país, la cual diseñó una página para todo lo que tiene que ver con los procesos administrativos. En Cartagena, el panorama es un poco diferente, puesto quealgunasjurisdicciones aún no están aptan para la utilización de las TIC en los juzgados, encontrando así
  • 11. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 11 de 123 que donde mejor manejan estas herramientas tecnológicas es en los juzgados administrativosy dondemenos es su utilización oes nulaen los juzgadosde familia. Para la Universidad RAFAEL NUÑEZ y puntualmente los estudiantes de derecho el tema cobra especial relevancia y es de gran inquietud, debido a que las revisiones procesales necesariamente no necesitan ser presenciales en los juzgados o así debería ser, pues contamos con aparatos de última tecnología como los celulares de alta gama, tables, computadores portátiles, teniendoasí la información ala mano como se ha establecido en otros países desarrollados, quien con este tipo de herramientas están a la vanguardia en lo referente a justicia digital. Actualmente no debería hacerse revisiones, en los estados de los juzgados, ni ir personalmente a buscar información de tales procesos por lo anteriormente dicho; el fin de estas TIC es agilizar la revisión y tener una respuesta automática del proceso que se lleva y en que estados se encuentran, también es importante para los usuarios como para los profesionales del derecho, ya que mostramos la deficienciasyel poco uso quese le da a esta herramienta,tanto así quese ha vuelto desactualizada, obsoletas por la falta de socialización del ente judicial a aquellos que hacen uso de esta, como estudiantes debemos conocer la diversas herramientas que facilitan nuestro trabajo, pero por falta de socialización estas se deterioran, perdiendo así la oportunidad de utilizarlas para nuestro beneficio y para la de los usuarios por falta de uso, acarreando desconocimiento de la generaciones actuales y futuras de los abogados. En cuestión de recursos económicos, pierde dinero el Estado al invertir en tecnologías a la cual no se está dando un manejo adecuado, recurso que lo destinan en el Plan de Desarrollo de cada periodo de gobierno presidencial, el cual busca ubicarnos como un país que quiere estar a la altura en innovaciones tecnológicas. Las TIC en la rama judicial han sido de gran innovación, y han facilitado aumentar la movilidad y rapidez con que se llevan a cabo los procesos y al mismo tiempo disminuir los costos de transacción, al hacer que los procedimientos sean menos pesados, más interconectados y más
  • 12. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 12 de 123 descentralizados. Nuestra investigación cuenta con las herramientas necesarias para el éxito del presente trabajo de la misma manera es importante para nosotros como estudiantes de derecho saber el manejo y la importancia de estas herramientas que son el presente y el futuro de la educación y el trabajo en Colombia. Nuestra justificación sobre la importancia de esta investigación socio-jurídica se basa en la falta de socialización de la TIC judicial Nueva Consultoría Jurídica, en el uso de las TIC por los abogados ósea el uso o poco uso que dan a esta, las deficiencias del software Nueva Consultoría Judicial y el desconocimiento de algunos abogados sobre estas al igual que para los usuarios, siendo el acceso a la justicia un derecho de todos, el cual debe tener una reciprocidad para que pueda funcionar adecuadamente.
  • 13. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 13 de 123 3. OBJETIVOS 3.1. OBJETIVO GENERAL Analizar las fortalezas y debilidades de la implementación de las TIC en el Sistema Judicial en la ciudad de Cartagena 3.2. OBJETIVO ESPECÍFICOS Explicar los beneficiosdel usode las TIC en el Sistema Judicial de la ciudad de Cartagena Analizar la eficiencia en los programas de implementación de las TIC para la revisión de los procesos judiciales en el Sistema Judicial de la ciudad de Cartagena Describir las fortalezas que tiene la implementación de las TIC en la Rama Judicial en la ciudad de Cartagena Describir las debilidades que se presentan al momento de la utilización de las TIC en la Rama Judicial en la ciudad de Cartagena
  • 14. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 14 de 123 Analizar la implementación del PET Plan Estratégico y Tecnológico del Consejo Superior de la Judicatura en la Rama Judicial de Cartagena –Colombia 4. MARCO TEÓRICO 4.1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS El nacimiento de las tecnologías de la información y comunicación TIC ha evolucionado de forma apresurada, impactando en todas las esferas sociales y culturales de la actualidad. En cuestiones jurídicas ha desafiado la inviabilidad del sistema tradicional de justicia, dando a conocer las inoperancias de este, y ofreciendo soluciones para mejorar el sistema actual, las TIC buscan perfeccionar el sistema jurídico actual y afectar a todos aquellos que hagan uso de las tecnologías de la información y comunicación de forma positiva. Ahora, el surgimiento de estas tecnologías se gesta con Joseph Henry, con la invención del telégrafo en 1829, acá nacen las tecnologías de la información y comunicación, pero este no hubiera tenido utilidad sin el impulso de Samuel Morse, inventor del código Morse, este código es el software del telégrafo, la funcionalidad del telégrafo se debe al código aplicado en 1791 a 187245 . Pero antes de lo mencionado, existieron otros medios de comunicación: ópticos y auditivos, ópticos como las tecnologías de la imprenta, gestadas en el año 1440 por el alemán Johannes Gutenberg, el llamado Padre de la Imprenta. 4 GAVALDA, Joseph. Samuel Morse, el inventor un nuevo código de comunicación. [En Línea] Nacional Geographic en español.Seccional Historia [07 de mayo de 2019] [Revisado: 23 de Julio del 2019].En línea: https://www.nationalgeographic.com.es/historia/samuel-morse-inventor-nuevo-codigo-comunicacion_14086
  • 15. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 15 de 123 ¿Cómo nacieron las TIC actuales? definimos estás como la unión de software y hardware que tiene la función de inter-conectar, agilizar, y de ser herramientas multitareas, ahora la composición de las TIC, está basada en hardware, que es la parte física, el equipo para acceder a la comunicación, y software que son los programas ,codificaciones o lenguaje que interconecta o dan la funcionalidad al equipo, a partir de los conceptos ya mencionados, definiremos la evolución de la red de información y comunicación más grande y mayor impacto global que ha tenido inmersión en el del desarrollo de nuevas herramientas, programas y sistematización de información . ARPANETH es un sistema centrado en la comunicación directa, este programa era la evolución del telégrafo y del sistema LAN (red de área local ) el cual era un sistema poco confiable, LAN era un esquema de redes internas que funcionaba de forma local, el cual contaba con conexiones cableadas, que carecía de conexión sistemática con otros servidores por fuera de are local LAN, sin embargo ARPANETH era un sistema de comunicación y notificación con diversas redes en aspectos de navegación , ARPANETH surgió en 1958 y actualmente lo conocemos como internet. “Los EE. UU fundaron la Advanced Researchs Project Agency (ARPA) a través del Ministeriode Defensa.El ARPAestaba conformadopor muchos científicos de alto nivel. El ARPA se centró en crear comunicaciones entre ordenadores para poder comunicar las diferentes bases de investigación”6, el sistema de comunicación se desarrolló con puntos de interconexión operativa, con el fin de un emisor y varios receptores, pero ARPANETH no fue el único sistema operativo de comunicación e información en redes, a partir de este se desarrollaron las siguientes derivaciones. 6 FACULTAD DE INFORMÁTICA DE BARCELONA, Historia del Internet, [blog].Blogs Retro informática el pasado del futuro, [Revisado: 11 de septiembre de 2019].En línea :https://uao.libguides.com/c.php?g=529834&p=3623716
  • 16. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 16 de 123 Telnet (1974): Versión comercial de ARPANET. Use net (1979): Sistema abierto centrado en el e-mail y que aun funciona. Bit net (1981): Unía las universidades americanas usando sistemas IBM. Usada en Colombia, como red de comunicación. Eu Net (1982): Unía Reino Unido, Escandinavia y Holanda. Todo lo mencionado anteriormente son programas, software, conjuntos de programas que permiten una determinada tarea o comunicación. ¿En qué momento ARPANETH un proyecto del ejército de los EE. UU paso a ser un sistema de uso comercial, social y de la cotidianidad? Con la revolución y el desarrollo de ordenadores en los años 80, ARPANETH paso a ser propiedad de la sociedad común, usuarios, debido a la comunicación E-mail, correo virtual, comunicación bilateral, se temía que el exceso de ordenadores colapsara las redes, pero estas crecieron de la misma forma exponencial, ahora ARPANETH paso a ser w.w.w (red mundial – internet) Word wide web – gran telaraña mundial , este fue desarrollado por “Tim Berners-Lee y algunos científicos del CERN (Conseil Européen pour la Recherche Nucléaire) en Ginebra. Estos científicos estaban muy interesados en buscar y mostrar fácilmente documentación a través de Internet” crear red de comunicación e información7. ¿En qué momento de la historia llegan las IC y TIC a Colombia? En Colombia, el nacimiento de las TIC tecnologías de la comunicación e información, empezó a gestarse en la época de la colonia, con la creación del 7 MINISTERIO DE LAS TIC. Historia del TIC en Colombia. [En Línea] [26 de febrero de 2018] [Revisado: 09 de marzo del 2019].En linea: URL :/ https://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-propertyvalue-6077.html
  • 17. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 17 de 123 correo mayor de indias,las oficinasde correos de comunicación quese ubicaban en los extremos costados de la plaza mayor de Santafé, luego se trasladaron a la calle real, hoy carrera séptima. solo para 1851 en Colombia se cambia de comunicación escrita a comunicación de códigos, con la introducción de telégrafo, acá empezamos a ver tecnologías, un adelanto para aquella época y solo 29 años después entra en Colombia la comunicación telefónica. ¿En qué momento de la historia llega Internet a Colombia? Ahora la evolución transicional del ente máximo en comunicación, como era el ministerio de correos paso a ser conocido como ministerio de comunicaciones, la línea de tiempo siguiente llega a 1953, bajo el Decreto 259 del 6 de febrero, el ministerio de correos es objeto de reestructuración debido al surgimiento de nuevas tecnologías, esto con la finalidad de servir a nuevas necesidades derivadas a la implementación de las telecomunicaciones para ese momento. En Colombia las redes de comunicación en información TIC son relativamente nuevas,refiriéndonosatecnologías de programación, estas ingresaron al país en los años 90, a través de la RED IBM – BITNET “con el esfuerzo de las universidades privadas y estatales del país, y con apoyo del ICFES y la Compañía Colombiana de Telecomunicaciones, TELECOM, se logró en el año 91, conectar un canal análogo entre la Universidad de Columbia, en New York y la Universidad de los Andes, en Bogotá8”. Esta red se llamaría RUNCOL Red de Universidades Colombianas y estaba compuesta por el aglomerado de más de 30 universidades del país, que se comprometieron a pagar el sostenimiento de dicha red, en este momento se 8 GALEANO, Susana. Historia de Internet en Colombia: cómo evolucionó la red de redes en nuestro país. En línea: Marketing 4 Ecommerce. Revista de: Noticias Especializada en Marketing Digital, eCommerce y el Ecosistema de startups [En Línea] Colombia, 6 de noviembre 2018 vol. 32, nro. 55. p. 33-46 [Revisado: 24 de agosto del 2019] DisponibleonlineURL;/https://marketing4ecommerce.co/historia-de-internet-en-colombia/
  • 18. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 18 de 123 gesta en Colombia lo que hoy conocemos como sistema de tecnología de la información y comunicación online, hoy conocida como internet, la herramientas que esta ofrecía era la comunicación E-mail , y el uso de llamadas nacionales que para ese momento la telecomunicación era difícil y sin cobertura, eran en horarios específicos para poder tomar el servicio, pero esta alianza evolución, debido al alto costo en mantenimiento para la universidades se decidió desarrollar por parte de institucionesgubernamentalesunared, fueentoncesque Colciencias se adentra en el programa red caldas, esta era la construcción de Comunidades Virtuales centradas en el conocimiento y liderado por científicos e investigadores colombianos dentro y fuera de los límites geográficos de la República de Colombia. En 1994 las universidades colombianas Universidad de los Andes, Universidad del Valle, Universidad del Cauca, EAFITy Colciencias decidieron crear su propia red, con el sistema COLDAPAQ9, este funcionaba principalmente con un modem que da acceso a la red, y una clave de ingreso, esta se caracterizó por poseer similitudes con el internet actual, de esta invención surgió una nueva red llamada CETCOL de cubrimiento nacional, que su centro de operación era la capital colombiana, pero que estaba enlazada a una red internacional la National Science Foundation de los Estados Unidos, dos meses después del nacimiento de la red CETCOL, la empresa TELECOM lanza el servicio de comunicación E- mail, solo era comunicación de mensajes de texto, un servicio que fue acogido y provechosopara la sociedadcolombiana, despuésde lo mencionado,ingresaron al país diversas empresas al mercado de tecnología comunicacióneinformación, ofertando la comunicaciones, de esta forma las TIC y las ISP Internet Service 9 TRUJILLO, María Fernando. Así funciona internet vía coldapaq. [En Línea] En: El Tiempo Bogotá Colombia, 0 3 de junio de 1996. [Revisado 06 de junio de 2019] en línea: URL/https://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-308879
  • 19. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 19 de 123 Provider empezaron a rodar e impactar en la sociedad, cultura y sistema colombiano . Evolución de las TIC en el Sistema Judicial colombiano Estas llegan en medida de la nueva tendencias tecnológica, las cuales fueron reformando el tronco tradicional judicial, donde las herramientas usadas resultaban inflexibles ante las tareas de los funcionarios públicos, pero con el tiempo fueron Remplazadas con los adelantos tecnológicos, tales como los ordenadores que cumplían con características que carecían las máquinas de escribir, el poder borrar o re escribir la capacidad de corrección de los ordenadores que las máquinas de escribir no tenían textos o la comunicación E- mail fue lo que desplazo a las obsoletas máquinas de escribir, el uso de fotocopiadoras que acabo con el uso de papel carbón para copiar documentos, los disquetes de 145 Mb desplazados por los CD de 700 MB, los CD reemplazados por memorias USB y actualmente tenemos sistema de almacenamiento online o NUBE con capacidades colosales de almacenamiento, estos y más adelantos fueron ingresando al sistema jurídico. Pero ¿En qué momento y como ingresaron las plataforma de comunicación en la justicia colombiana ?, con la Ley 270 de 1996 que fue modificada por la Ley 285 del 2009 en su Artículo 106, empezamos a notar el ingreso de las plataformas de comunicación einformación, cuando se nombra “en todo caso, tendrá a su cargo un Sistema de Información y estadística que incluya la gestión de quienes hacen parte de una Rama Judicial o ejercen funciones jurisdiccionales y permita la individualización de los procesos desde su iniciación hasta su terminación, incluyendo la verificación de los términos procesales y la efectiva solución, de tal
  • 20. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 20 de 123 forma que permita realizar un adecuado diagnóstico de la prestación de justicia10.” Sin embargo, con el proyecto de Ley 198 del 2009 que reformaba el Código Contencioso Administrativo introduce la aplicación masiva de las TIC en el sistema jurídico e impulsando el nacimiento de la E-justicia. Lo mencionado con referencia a la Ley 285 del año 2009 llevó a la creación de planes sectoriales de la Rama Judicial, que como finalidad era la agilización, descongestión, prontitud, que con el avance de las tecnologías y el acople de la oralidad se podría dar inmediatez a los conflictos en la sociedad, en la actualidad lo mencionado se ha ejecutado a medias. En estos planes sectoriales nacieron diversas plataformas como SIGLO XXI: construida en la década de los 9011 , y su pilar es la conexión cliente-servidor, es una plataforma alimentada por todos los juzgados y tribunales a nivel nacional; el funcionamiento de la siguiente es a través de información guardada en base de datos que son ingresadas por el servidor judicial, la misma inmediatamente te conecta a los registros de cualquier proceso llevado en la rama judicial, y en este los usuarios podrán realizar las consultas de las actuaciones procesales, fase de reparto y la generación de estados y archivos judicial. Otra plataforma es el SAIDOJ, fue creado bajo el acuerdo 535 de 1999 de la sala administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, su impacto sería archivar, organizar y custodiar los procesos terminados de las diversas regiones del país12. También encontramos plataformas SIERJU, A-denunciar, CENDOJ y otras derivaciones y aplicaciones dentro del software mencionado, como sería el expediente electrónico en la 10 RAMA JUDICIAL COLOMBIA, Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública [En Línea] [Revisado 09 de abril de 2019] en línea: https://www.ramajudicial.gov.co/web/ley-de-transparencia-y-del- derecho-de-acceso-a-la-informacion-publica-nacional/sistemas-de-informacion. 12 RAMA JUDICIAL COLOMBIA, Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública [En Línea] [Revisado 09 de abril de 2019] Disponibleen: https://www.ramajudicial.gov.co/web/ley-de-transparencia-y- del-derecho-de-acceso-a-la-informacion-publica-nacional/sistemas-de-informacion
  • 21. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 21 de 123 plataforma SIGLO XXI, las siguientes tienen como objetivo adelantar los diligenciamientos en aspectos Judiciales. En el expediente electrónico, de este podemos encontrar rasgos en la Ley 527 de 1999 con la emisión de la firma digital, en los articulo 6 y 7 donde brevemente podemos contextualizar la sustitución del papel, al documento electrónico, pero dondemás podemos enfatizarsobre lo que debería ser en las pasarelas virtuales , se da para el año 2014 con la ley 1712 artículo 7 deberá estar a disposición del públicolainformación ala quehacereferencia la presente ley, a través de medios físicos, remotos o locales de comunicación electrónica. Los sujetos obligados deberán tener a disposición de las personas interesadas dicha información en la web, a fin de que estas puedan obtener la información13”, articulo 15 programa de gestión documental tanto en plataformas como en lo que estas pueden ofrecer, pero el proyecto de expediente electrónico sigue como utopía y no aplicado en su totalidad. A-denunciar es una APP que nació bajo la unión de la Fiscalía general de la Nación y la Policía Nacional colombiana,esta plataforma agiliza el procedimiento de denuncias. Fue lanzada el 26 de junio de 2017 en la sala estratégica de la policía nacional, en presencia del fiscal general Néstor Humberto Martínez y el directo de la Policía Nacional, General Jorge Hernández Nieto Rojas14, la breve explicación del funcionamiento de la aplicación mencionada es que funciona en lenguaje HTML, la funcionalidad de esta plataforma se ha limitado a denuncia especifica de 6 tipos penales, no han abarcado el poder ingresar más acciones 13 MINISTERIO DE LAS TIC, Guía para la Gestión de Documentos y Expedientes Electrónica [En Línea], [30 de septiembre de 2001] [Revisado: 11 de mayo del 2019]. En linea: https://mintic.gov.co/portal/604/articles- 52253_recurso_1.pdf 14 MINDEFENSA, hoy se pone “en marcha A denunciar” [En Línea], [26 de Julio de 2017] Bogotá, Colombia, [Revisado: 23 de noviembre del 2019]. Disponible en: https://oas.policia.gov.co/noticia/hoy-colombianos- tendran-esencial-herramienta-adenunciar
  • 22. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 22 de 123 punibles, estos son: hurto a personas, hurto a comercio, hurto a residencias, material con contenido de explotación sexual infantil, delitos informáticos y extorsión, ahora estos pueden ejecutarse con cualquier ordenador o celular con acceso a internet y el paso a seguir es el diligenciamiento de un formato, que abarca la descripción detallada del delito ocurrido y en un plazo de 24 horas se verificara la solicitud de la denuncia la cual pasara a conocimiento a algún funcionario público competente, esta información será enviada al correo electrónico del denunciante, A-denunciar busca crear descongestión a la hora de interponer denuncias y no exista traumatismo en la fiscalía a la hora de poner en conocimiento ciertas problemática . Actualmente contamos con todas las plataformas mencionadas, sin embargo, la tradicionalidad estatal y el desconocimiento por parte del profesional del derecho y servidores público, rezaga el impacto de la tecnología en el Sistema Jurídico nacional,el cual habuscadoadentrar las TIC en las estructuras gubernamentales para modernizar y acelerar los procedimientos, esto lo podemos observar con la Ley 790 del 2002 (periodo del presidente Álvaro Uribe Vélez ), Ley de renovación de la administración pública, la cual imponía la obligación de promocionar el impacto de un gobierno electrónico, con alcance social y cobertura, esta tenía como objetivo acercar las instituciones del estado a la ciudadanía, esto ha tenido relevancia, pero su impacto ha sido en la rama ejecutiva. Posterior a lo ejecutado por la Ley 790 del 2002, encontramos que durante los años 2010 -2014, periodo del presidente Juan Manuel santos se adoptó reconocer al Ministeriode Tecnologíasde la informasMIN-TIC, quecomo política creo el fortalecimiento de las instituciones con el Plan Vive Digital. En la actualidadel desarrollo de las TIC en el sistema judicial colombianose desarrolla a través del plan sectorial de desarrollo de la rama judicial y en administración por el Consejo Superior de la Judicatura, pero el recorrido de las TIC en el
  • 23. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 23 de 123 sistema judicial colombiano empieza desde los años 90 hasta la actualidad y como lo hemos desarrollado en el siguiente documento. Para finalizar, hablaremos del Plan Sectorial de la Rama Judicial 2019 – 2022: “El pilar estratégico de Modernización Tecnológica y Transformación Digital comprende el conjunto de proyectos dirigidos a fortalecer y mejorar el servicio de la administración de justicia en el país, a través del impulso del uso de la tecnología, la innovación tecnológica y la ciencia de datos a través de herramientas disruptivas. En ese sentido, este pilar, es considerado como un componente que, con fundamento en la generación de valor público, busca resolver necesidades reales en materia de justicia, como herramienta para hacer más eficiente, moderno y transparente el servicio, siendo una de sus principales orientaciones el desarrollo del expediente electrónico”. El pilar estratégico de modernización tecnológica y transformación digital tiene como propósito fundamental contribuir a ampliar, mejorar, facilitar y agilizar la prestación del servicio de administración de justicia, en el marco del desarrollo escalonado de una justicia en línea y abierta, que además propenda por el aprovechamiento de los datos y la información para la generación de conocimiento. Este plan se reforzó con el ABC plan decenal del sistema de justicia que se extiende desde el año 2017 hasta el 2027, donde simplificaremos los componentes de este, los cuales son cómo y qué buscan para cerrar la brecha del desarrollo histórico de las TIC, en lo concerniente a su implementación o gestación transicional ,en el desarrollo de la justicia colombiana como fueron plataformas, programas, leyes que impulsaron las tecnologías, planes de desarrollo en la rama judicial, culminaremos con el ultimo apoyo en refuerzo de las TIC, que hemos desarrollado en sus dos componentes, documento que fue elaborado en la mesa de entidades Ley 1753 artículo 108 del año 2015, y que hoy da soporte al Plan Sectorial de la Rama Judicial 2019- 2022 , que se ha extendido para llegar a la completa integración de las TIC en el Sistema Judicial
  • 24. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 24 de 123 colombiano y en otras entidades gubernamentales con la nueva implementación de plan ABC decenal de justicia decenal del sistema de justicia que se extiende desde el año 2017 hasta el 2027. En la Región Caribe la acogida de las TIC en el sector judicial, va ligada a lo que cada departamento tiene para ofrecer en materia de recursos, porque el presupuesto es diferente, lo que podemos resaltar es el trabajo que se ha venido haciendo en el departamento del Magdalena y su Tribunal Administrativo, el cual está muy organizado, con una página web a la altura de las altas cortes, lo que le ha permitido obtener reconocimiento del Consejo Superior de la Judicatura, con los servicios de : estados electrónicos, calendario de audiencias y traslados, haciéndolos en tiempo real, para que así la comunidad esté informada, cumpliendo con el objetivo de la justicia, la cual debe ser pública y accesible a la población. En la ciudad de Cartagena, se ha venido implementando las TIC paulatinamente, siendo más utilizadas en la jurisdicción administrativa y los juzgados de pequeñas causas laborales, acatando lo establecido en el CPACA y Código General de Proceso, abriendo así un campo a que se efectúen estos adelantos tecnológicos en la ciudad.
  • 25. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 25 de 123 4.2. MARCO REFERENCIAL El uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el Sistema Judicial Colombiano, el cual se encuentra contemplado en las políticas públicas de los Gobiernos entre ellas el plan de desarrollo de cada periodo presidencial, por medio de su adecuada utilización en el sector de justicia se puede garantizar el Estado Social de Derecho, citado en nuestra Carta Magna. Teniendo en cuenta que esta oportunidad de acceso al ciudadano es fundamental dentro de cualquier sociedad que requiere conocimiento, por esta razón debe existir una planificación y reorganización pedagógica del proceso de enseñanza y aprendizaje, para mitigar la brecha digital que se ha venido presentando en los últimos años. Como referencia y para estar dentro del contexto de la utilización de las TIC en la Rama Judicial, se consultaron artículos que se enmarcaran con el tema, los cuales hacen una referencia específica sobre todo lo concerniente con las TIC y su modelo pedagógico para la incursiónen el Sistema Judicial Colombiano,las referenciascon otros países de cómo ha sido su utilización en lajusticiay en la ciudadde Cartagena Se han realizado investigaciones a nivel internacional referente a este tema, los cuales se han tomado para el mejoramiento de la aplicación de las TIC en el sector judicial colombiano; observando así el largo camino que nos hace falta recorrer en lo que respecta a herramientas tecnológicas a nivel general y a nivel de justicia en
  • 26. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 26 de 123 línea. Para realizar un análisis detallado acerca del tema se ha tomado los aportes que ha realizado el organismo internacional Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), fundada en 1999 a instancias de la Organización de Estados Americanos (OEA), para apoyar los procesos de modernización de justicia en la región. Ofrece a los Estados miembros de la OEA asistencia técnica, capacitación, estudios e investigación para apoyar las modernizaciones que apunten a mejorar los sistemas de justicia. Por tanto, su misión es apoyar a los Estados en sus procesos de reforma a la justicia, para lo cual desarrolla actividades de capacitación, estudios e investigaciones empíricas, con la finalidad de cumplir con sus tres metas claves: Estudiar en profundidad los sistemas de justicia y desarrollar planteamientos innovadores en la discusión de las Reformas Judiciales. Favorecer la cooperación y el intercambio de experiencias entre los actores claves del sector justicia a nivel regional. Generar y difundir instrumentos que mejoren la información sobre justicia en las Américas 15 El abogado de la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales de Chile Ricardo Lillo Villalobos y coordinador de área de gestión e información del Centro de Estudiosde Justiciade lasAméricas (CEJA), en su artículo EL USO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS EN EL SISTEMA JUDICIAL: EXPERIENCIAS Y PRECAUCIONES Se refiere en esta revista a que “el marco de los sistemas de justicia surge como aspecto clave la incorporación de las TIC, como elemento de la reforma y modernización de los sistemas de justicia, los tipos de tecnologías, los usos que 15 CENTRO DE ESTUDIOS DE JUSTICIA DE LAS AMERICAS (febrero 14 2009). (en línea) (Revisado 20 agosto 2019) Disponibleen https://www.cejamericas.org/
  • 27. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 27 de 123 pueden darse, con qué fines y para qué tipos de usuarios16 . También realiza un recuento a nivel de otros países acerca de cómo ha sido la incursión de las TICS en susprocesos judiciales,laaceptación,el manejo y funcionamientoquesele hadado con respecto a los procesos judiciales, tales como: Holanda, Inglaterra, Singapur, Finlandia y como país americano México. Las nuevas tecnologías de la información y comunicación deben considerarse como herramientas de mejoramiento en la calidadde la información producidaen unaaudienciaypara facilitarel fallodel caso. Ricardo Lillo Villalobos considera que “la manera en que el juez recibe y utiliza la información difiere según si la centralidad del proceso es el expediente del caso en que se resuelve en base a este, o si es la audiencia donde se puede resolver nada más que de acuerdo a lo que ocurre en ella”. En este contexto mientras mejor sea la calidad de la información producida, mejor será la calidad de la resolución de un caso. Las herramientas tecnológicas pueden ayudar a que la información llegue de la forma más clara posible a quien debe resolver, el juez, para que este pueda comprender a cabalidad los hechos del caso utilizándolas para ayudar al juez, además de obtener información de la mayor calidad posible para preparar, redactar y ejercer la labor jurisdiccional con excelencia, resolviendo el caso de la mejor manera. Se puede utilizar en la redacción de sentencias y para toma de decisiones; también pueden ayudar a que la información que no pueda ser entregada de otra persona con esto sea posible17 Se realizó una investigación acerca de cómo ha sido estructurado los sistemas judiciales entre países desarrollados y en vía de desarrollo, observándose así la brecha digital que existe entre estos, exaltando el acceso a la tecnología como un derecho fundamental reconocido por la Organización de Naciones Unidas (ONU). 16 LILLO, Ricardo. El Uso de Nuevas Tecnologías en el Sistema Judicial: experiencias y precauciones, [en línea], 3Ed. [25 de enero del 2013] pág. 117-140,[Revisado 19 de marzo del 2019], en línea: http://www.iijusticia.org/docs/LOBOS.pdf 17 Ibidem, pág. 117-140.
  • 28. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 28 de 123 En países como Holanda y Singapur estas nuevas tecnologías facilitan el trabajo del juez. En Holanda los tribunales usan un sistema de manejo de casos común, en cual las partes tienen acceso a estas por igual,las cualespueden subirgrabaciones de audio o video y otros documentos para el tribunal. Aquí los jueces tienen acceso a foros internos en línea donde ellos pueden conocer y dirigir discusiones de legislación y casos concretos. En Singapur, el sistema que se ha implementado es llamado E-Mobil Justicie, para facilitar el trabajo de los jueces de la Corte Suprema, es un sistema de acceso remoto seguro a la red de computadores de la Corte, el cual permite a todos los jueces y comisionados judiciales, utilizar desde cualquier lado las herramientas como: búsqueda legal on-line, descarga de documentos y leer los archivos de los casos para preparar sus audiencias. Esto no significa que puedan acceder al expediente judicial antes de la audiencia puesto que pierde su naturaleza al igual que el principio de inmediación judicial, a los jueces y comisionados judiciales (Judicial Commissioner) se les suministra computadores portátiles con acceso a internet banda ancha18 . En las audiencias la utilización de las TIC facilita la presentación de evidencias y promueve mayores niveles de eficiencia en estas. Se han establecido varias cortes tecnológicas (Technology Courts) para facilitar la presentación de evidencias, para lo cual se mantienen cinco tribunales para ser usados en casos con necesidades tecnológicasespecíficas,en la quelas partes tienen accesoa tecnologíaaudiovisual de punta. También se dispone de la herramienta Mobile Info-Tech Trolley Services, es un carro móvil para complementar el uso de computadores portátiles y dispositivos digitales, incluye un proyector con pantalla visualizador, grabador de video y televisión, ayudando a que la instalación tecnológica pueda ser distribuida entre las distintas salas de las cortes, promoviendo a que los abogados utilicen 18 Ibidem, pág. 117-140.
  • 29. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 29 de 123 presentaciones multimedia y power point, incluso cuando las audiencias no son llevadas a cabo ante las cortes tecnológicas, donde se encuentran disponibles instalaciones para videoconferencias. En Inglaterra la Ley de Acceso a la Justicia, su experiencia lleva casi 20 años y hoy tiene procesos perfectamente automatizados, por ejemplo, lo que en Colombia se llama proceso ejecutivo singular, el cobro de deuda, ellos lo llaman el MONEY CLAIM, lleva más de 15 años en operación y es perfectamente digital. El acreedor simplemente presenta una demanda digital y el tribunal se la notifica digitalmente al deudor. El fallo también se emite digitalmente, este proceso es esencialmente documental, se basa sobre una factura no pagada o un cheque sin fondo, un documento. Una vez se obtiene su imagen o soporte y se integra al expediente digital, no es necesario acudir a audiencias ni realizar mayores debates, no hay espacio para oratorias ni discursos. También se permitió que la videoconferencia pueda ser usada en audiencias civiles, solo cuando hay testigos que se encuentran en el extranjero o cuandolostribunalesautoricen su uso.Con el objeto de solucionar problemas de retrasos en casos de supervisión yatención para menores por la poca disponibilidad de peritos, es permitido que ellos puedan presentar su declaración por medio de videoconferencia. En Finlandia el servicio de la videoconferencia puede ser utilizado en los casos de conferencias entre tribunales finlandeses para manejar asuntos coercitivos, donde no sea necesario que el acusado o sospechoso del ilícito esté presente en el tribunal, puede ser utilizado en juicios transfronterizos de acuerdo a tratados internacionales vigentes. Se puede utilizar tanto en audiencia principal como en preparatoria. Los Tribunales Administrativos, de apelación y la Corte Suprema y los recintos penitenciarios tienen equipamiento técnico de alta definición para videoconferencias. Estas nuevas tecnologías en los países desarrollados facilitan el trabajo del juez, considerandoen lamaneraen que el juez recibe y utilizalainformación difieresegún
  • 30. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 30 de 123 Lillo19 si la centralidaddel proceso es el expedientecaso en quese resuelveen base a este, o si es la audiencia, donde se puede resolver nada más que de acuerdo a lo que ocurre en ella. Mientras mejor sea la calidad de la información producida, entonces mejor será la calidad de la resolución de un caso. Para ello, las herramientas tecnológicas pueden ayudar a que la información llegue de la forma más clara posible a quien debe resolver, el juez. En los países en vía de desarrollo el caso es más complejo, ya que el costo de implementar su utilización en este tipo de tecnologías es alto para países con economía pobre, por tal motivo se ha venido accediendo en forma parcial en los trámites judiciales, como es el caso de México en donde la utilización de medios electrónicos en los casos de demanda, denuncia y tramites de instancias judiciales, aún existe el papel, se llevan algunosprocesos electrónicamente y otras por medios escritos. Aunque este mecanismo no ha sido utilizado completamente ha permitido modernizar el Sistema Jurídico con las tecnologías de la información y comunicación en busca de una eficiente impartición de justicia, reduciendo costos y mejorando la calidad de los procesos20 . La utilización de estos sistemas electrónicos en el sistema judicial mexicano se enmarca en los siguientesprocesos:La Ley de Amparo prevé un sistema electrónico para enviar y recibir promociones, documentos y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias vía internet. El juicio puede promoverse por escrito, comparecencia o medios electrónicos en cualquier día y hora, si se trata de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la 19 Ibidem, pág. 117-140. 20 RIOS RUIZ, Alma de los Ángeles. La justicia comparada en México. En: Revista de la facultad de derecho de México. [en línea]. México D.C, Universidad Nacional Autónoma de México, julio-diciembre 2016.Vol.67. No.266 Pag.389-422. [Revisado 26 de mayo del 2019] en línea: www.revistas.unam.mx/index.php/rfdm/article/view/59011
  • 31. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 31 de 123 libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, prescripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas. En el Código Civil Federal establece que el consentimiento puede ser expreso o tácito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos. Medios de prueba electrónicos se reconocen como prueba la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología, define la firma electrónica avanzada o fiable. En este sentido, si bien en el juicio contencioso administrativo federal, el documento electrónico puede ser ofrecido como prueba, de tal manera, que un documento electrónico hace prueba plena si cuenta con firma electrónica avanzada o sello digital, quedando a cargo de la parte contraria acreditar que no es auténtica; resultando totalmente diferente la valoración de un documento electrónico que no contenga firma electrónica avanzada o sello digital, es decir, la valoración de los documentos electrónicos que no contenga firma electrónica avanzada o sello digital para efectos del juicio contencioso administrativo federal sólo tendrán el valor de indicios. En el juicio oral, se hizo obligatorio para todos los estados de la República implementaran un sistema de grabación JAVS, donde se instalarán cuatro cámaras de video que permitieran que en todo tiempo se esté tomando la imagen de cada uno de los interlocutores que intervienen en un juicio oral. El juicio en línea, cuyo objetivo principal es implementar las Tecnologías de la Información y Comunicación para la substanciación del proceso contencioso administrativo federal, con esto se pretende dotar al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa con herramientas informáticas necesarias, primero para desmaterializar los expedientes, segundo para sistematizar los datos jurisdiccionales y tercero para integrar en una sola plataforma la información estadística con datos obtenidos en tiempo real.
  • 32. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 32 de 123 En nuestro Sistema Jurídico Colombiano, aunque aún es incipiente su implementación, ya está contemplado su despliegue, esperando a que estas herramientasaporten significativamentelaadministración dejusticiay quecooperen en la descongestión de procesos que tiene el país en la actualidad. El órgano encargado de administrar justicia ya cuenta con importantes recursos para incorporar las TIC en sus procedimientos legales, haciendo referencia al avance en el expediente electrónico, con el desarrollo del software denominado Justicia Siglo XXI21 Actualmente se están utilizando instrumentos de gestión de información pública, como lo es el Sistema de Consulta de Jurisprudencia, la cual administra las decisiones judiciales producidas por las Altas Cortes y los Tribunales, permitiendo realizar en el aplicativo los procesos de cargue, análisis e hipervinculaciòn de los textos por parte de las relatorías, para que sean consultadas y se tenga acceso por parte de todos los magistrados, jueces, servidores judiciales, comunidad jurídica y ciudadanía en general a las decisiones. De tal forma se puede contribuir a la construcción y recuperación del patrimonio jurisprudencial El Sistema de Información Doctrinario y Normativo, administra fuentes formales del derecho (normatividad de índole nacional e internacional y doctrina), que reposa en las diferentes bibliotecas de la Rama Judicial, contribuyendo a que los Magistrados y Jueces puedan tener acceso a la mayor cantidad de información que favorezca la calidad de las providencias judiciales. Constituyéndose el SIDN en la plataforma tecnológica para la conformación del Sistema Nacional de Bibliotecas Judiciales, 21 ROMERO ROMERO, Claudia Patricia. Las TICS lograran cambiar la justicia en Colombia [en línea]. En: Legis Ámbito Jurídico. Bogotá-Colombia.21 de junio de 2016. [Revisado 23 de Julio del 2019]. En Linea:<https://www.ambitojuridico.com/noticias/informe/administracion-publica/las-tic-lograran-cambiar-la- justicia-colombiana>
  • 33. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 33 de 123 mediante la interactividad de los usuarios con la información de estas fuentes formales del derecho22 El Sistema de Automatización de Información Para DocumentosOficialesJudiciales - SAIDOJ, el cual almacena y dispone para consulta la información de los procesos y providencias de la extinta justicia regional. La videoteca, es un almacenamiento de información audiovisual que permite almacenar, catalogar y describir los diferentes medios audiovisuales que genera la Rama Judicial: fotografías, videos institucionales, audiencias públicas, videoconferencias y publicaciones físicas convertidas en digital, en virtud de las actividades propias de cada uno intranet, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura en su nivel central en la seccionales agiliza su gestión a través de esta herramienta que facilita el trámite de documentos y es medio de comunicación interna de los temas de cada sesión de la Sala Administrativa. La herramienta en donde los ciudadanos pueden acceder a la justicia de una forma más cercana se llama Sistema de Información de Procesos-Justicia SIGLO XXI, la cual le permite a la ciudadanía conocer las actuaciones de los procesos a través de la información que es alimentada directamente por los despachos judiciales a nivel nacional, también utilizado por los funcionarios de la Rama Judicial en los distintos programas que se manejan para la radicación de los procesos como lo son: registro de actuaciones, radicación, nueva consulta, consultas dinámicas, depósitos, estados, traslados, estadísticas, reparto, entre otros. El objetivo principal de uso de Justicia Siglo XXI es el generar una estructuración organizada del Sistema Ju dicial en Colombia, que a partir de módulos o aplicativos faciliten el trabajo en cuanto a 22 RAMA JUDICIAL. (2014).Transparencia y Derecho de Acceso a la información pública (en línea). Bogotá- Colombia. En línea: https://www.ramajudicial.gov.co/web/ley-de-transparencia-y-del-derecho-de-acceso-a-la- informacion-publica-nacional/sistemas-de-informacion
  • 34. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 34 de 123 gestión procesal y manejo jurisprudencial creado en cualquier expediente jurídico existente ya sean en las altas Cortes, Tribunales o Despachos23 La manera en las que se están utilizando las herramientas tecnológicas en el sector de la Rama Judicial de forma general en la gestión procesal, no se enmarca en un proceso en particular de simple denominación como se realiza en Inglaterra. Y así mismo solo funciona en las altas cortes, tribunales y algunos juzgados, de tal forma que existen lugares remotos donde ese tipo de información tecnológica no alcanza a llegar debido a la poca disponibilidad de internet y sistemas operativos En diciembre de 2018, se firmó por parte del Gobierno y la Rama Judicial un memorando de entendimiento que permitirá dar el primer paso para modernizar el sistema de justiciacolombiano,poniendoen marchaun plan pilotoparaimplementar el expediente electrónico judicial. Se trata de una herramienta de gestión que permitirá litigar en línea, a través de unaplataforma unificadapara realizar todos los trámites de cinco tipos de procesos judiciales,esta iniciativaestá compuesta de una fase de análisis que evalúa el alcance del plan piloto y la fase de implementación. Aplicará inicialmente para cinco procesos24: 1. Tramites de nulidad de propiedad industrial 1. Nulidad de asuntos tributarios 2. Acción pública de inconstitucionalidad 3. Tramite de selección, revisión y acción de tutela 23 BORRERO RESTREPO, Gloria María. (2018).Cinco procesos que se implementaran el expediente electrónico (en línea). En: Ámbito jurídico.com. Bogotá-Colombia (Revisado el 28 de agosto 2019).En línea: https://www.ambitojuridico.com/noticias/tecnologia/procesal-y-disciplinario/en-estos-cinco-procesos-se- implementara-el-expediente.
  • 35. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 35 de 123 4. Exequatur, autorización que otorga el jefe de un estado a los agentes diplomáticos extranjeros para que puedan ejercer las funciones propias de sus cargos25 Según resulte la primera fase, se espera la digitalización del litigio lleguea todos los procesos adelantados por la Rama Judicial. Gracias al uso de herramientas tecnológicas,se ofrecería en unasegundaetapade solucionesprontasa solicitudes de jueces de ejecución de penas, trámites de medidas cautelares, títulos judiciales y despachos comisorios en los procesos ejecutivos. También podría ser implementada en comisarías de familia, inspecciones de policía y superintendencias.Otro aspecto importante es que la digitalización de los procesos permite recopilar decisión. Un expediente electrónico puede facilitar los procesos operativos de los jueces, y ayuda a producir las sentencias, con unas herramientas de inteligencia artificial a procesar los datos jurídicos y a mejorar la calidad de las decisiones. En este aspecto se realiza si el cuestionamiento si este tipo de expediente solo sería utilizado y manejado por operadores judiciales o se le dejaría un espacio a la ciudadanía que cada vez se encuentra más digitalizada, incursionando e innovando en las redes tecnológicas En un momento en el que los serios problemas de eficacia y eficiencia de la justicia de Colombia comienzan a ser objeto del escrutinio por parte de la opinión pública, el potencial de soluciones rápidas y efectivas atrae la atención de los principales interesados. Por eso es una señal alentadora que la Rama Judicial y el Gobierno Nacional hayan celebrado acuerdos concretos acerca del Plan Estratégico Tecnológico de la Rama Judicial (PET) cuya ejecución está comenzando. Sin embargo, es indispensable precisar antes el concepto de justicia en línea (e-justicia o justicia digital según otros términos usuales en la literatura sobre la materia). No 25 VARELA, David Fernando. (2017) ¿Qué es la justicia en línea? (en línea). En: Colombiadigital.net. Bogotá- Colombia. (Revisado en 30 de agosto2019).En línea: https://colombiadigital.net/opinion/columnistas/certicamara/item/5884-que-es-justicia-en-linea-el-caso-de- queensland-en-australia.html.
  • 36. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 36 de 123 equivale al expediente electrónico que sustituiría los voluminosos cuadernos que todavía invaden nuestrasoficinasjudiciales,ni consisteen digitalizaro escanear los papeles existentes en los despachos. Tampoco significa intercambiar las piezas procesales a través de direcciones de correo electrónico.26 La Justicia, en línea es un nuevo modelo de relacionamiento entre los operadores de la justicia (jueces, empleados judiciales, abogados, auxiliares de la justicia, otras instituciones del sector justicia) y los ciudadanos que acuden a ellos en busca de una solución oportuna, transparente y confiable para sus conflictos. A través de cada periodo de Gobierno en Colombia se ha querido incluir los temas tecnológicos en cada uno de ellos, ya que han notado los adelantos que se dan en la Ley 29 de 1990, donde establece la obligación del Estado promover y orientar el adelanto científico y tecnológico e incorporar la ciencia y tecnología como fundamento en la educación, ya que a finales de la década de noventa el país no tenía importantes tecnologías implementadas. Por tal razón se ha incluido las tecnologías de la información y la comunicación como políticas públicas en cada Plan Nacional de Desarrollo (PND) de cada Gobierno, atendiendo así las recomendaciones que realiza la OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, del cual nuestro país es miembro activo. La OCDE ayuda a los gobiernos a promover la prosperidad y a combatir la pobreza a través del crecimiento económico, la estabilidad financiera, el comercio y la inversión, la tecnología y la información, la innovación, el estímulo empresarial y la cooperación para el desarrollo27 26 VARELA, David Fernando. (2017) ¿Qué es la justicia en línea? (en línea). En: Colombiadigital.net. Bogotá- Colombia. (Revisado en 30 de agosto2019). En línea: https://colombiadigital.net/opinion/columnistas/certicamara/item/5884-que-es-justicia-en-linea-el-caso-de- queensland-en-australia.html. 27 ORGANIZACIÓN PARA COOPERACION Y DESARROLLO ECONOMICO, Colombia se adhiere a acuerdos sobre inteligencia artificial (en línea). (Bogotá-Colombia). En: Mintic.gov.co, mayo. 2019. (Revisado en 30 de agosto
  • 37. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 37 de 123 Las diferentes oportunidades de acceso a las TIC, tales como los ordenadores o la Internet, crean una brecha digital entre quienes pueden disfrutar de los beneficios que aportan las TIC y quienes no pueden. Acceder a los recursos en materia de información y comunicación que posibilitan dichas tecnologías y desarrollar esos recursos son aspectos quese consideran cadavez más esencialespara el progreso económico y social. La economía de las redes implica que cuantas más personas participen en las TIC, mayor será el valor de éstas para todos. La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico OCDE, suscribió recomendaciones para la implementación de las tecnologías de la información y comunicación en Colombia para el Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022 adoptado por el actual presidente Iván Duque Márquez “pacto por Colombia, pacto por la equidad”. Así mismo la adopción formalmente del primer conjunto de directrices de políticas intergubernamentales sobre inteligencia artificial (IA), para garantizar que estos sistemas y sus diseños sean robustos, seguros, justos y confiables; en la que se incluyen un conjunto de principios y recomendaciones. Estas recomendaciones son útiles para el diseño de políticas públicas futuras de inteligencia artificial en el país que permitan diseñar e implementar las políticas que permitan conectar el aparato productivo del país con el aterrizaje de la cuarta Revolución Industrial. Mediante este instrumento, el organismo recomienda que los países que se acojan a estos promuevan e implementan una serie de principios para una administración responsable y confiable de la inteligencia artificial (IA), respetando los derechos humanos y los valores democráticos, se identifican cinco principios complementarios28 2019). En línea: http://www.mincit.gov.co/prensa/noticias/comercio/ante-paises-de-la-ocde-colombia-se- adhiere-a-acuer. 28 ORGANIZACIÓN PARA COOPERACION Y DESARROLLO ECONOMICO, Colombia se adhiere a acuerdos sobre inteligencia artificial (en línea).(Bogotá-Colombia):Mintic.gov.co, mayo. 2019.(Revisado en 30 deagosto 2019).
  • 38. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 38 de 123 - Facilitar la inversión pública y privada en la investigación y desarrollo para estimular la innovación en una inteligencia artificial. - Fomentar los ecosistemas de inteligencia artificial accesibles con infraestructura y tecnologías digitales y mecanismos para compartir datos y conocimientos - Asegurar un entorno de políticas que abra el camino para el despliegue de sistemas de inteligencia artificial confiables. - Capacitar a las personas con las habilidades para la inteligencia artificial y apoyar a los trabajadores para una transición justa - Cooperar a través de las fronteras y los sectores para avanzar en la administración responsable de la inteligencia artificial Atendiendo todo esto la OCDE y el Banco Mundial, considera que existe una relación positiva entre la mayor adopción de internet y el crecimiento económico de un país, para lograr esto se requiere no solo una buena regulación e inversiones considerables en infraestructura; también es necesario estimular la demanda de usuarios a las tecnologías de la información, lo cual debe incluirse como política pública en los planes de Gobierno de los países. Actualmente en Colombia y según datos de la OCDE, solo el 50% de la población utiliza internet, por lo menos debía ser el 70% para garantizar que la brecha existente se disminuya, incluyendo así las zonas más apartadas de la geografía. Todo esto con el fin de tener un acceso fácil a las herramientas digitales, y en el tema que nos ocupa en esta investigación, en relación con las tecnologías de la información y comunicación (TIC) en la Rama Judicial. Destaca la relación positiva Línea en: http://www.mincit.gov.co/prensa/noticias/comercio/ante-paises-de-la-ocde-colombia-se-adhiere-a- acuer
  • 39. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 39 de 123 entre el uso y acceso a banda ancha y el desarrollo económico dentro de su estrategia para desarrollar el ecosistema digital colombiano, con la consigna que debe ser un sistema nacional de innovación, la cual abarca una amplia gama de actores: empresas, organizaciones de investigación, gobierno y muchas otras instituciones29 Existe otro organismo internacional que ha hecho alusión y una comparación de las tecnologías de la información y comunicación de nuestro país, la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), la cual contribuye con el desarrollo económico de los países, coordina las acciones encaminadas a su promoción y reforzar las relaciones económicas de los países entre si y las naciones del mundo, promoviendo el desarrollo social El sector de tecnología de la información y las comunicaciones debe contribuir a la consolidación de una visión de Estado y de largo plazo para un país firmemente comprometido con la realidad internacional de consolidación de la sociedad de la información, la cual es una sociedad en donde la información influye significativamente sobre los procesos de organización social, jugando un rol protagónico que pocos factores pueden desempeñar: la redefinición de nuestro mundo presente30 . En la ciudad de Cartagena, las herramientas tecnológicas utilizadas para el desarrollo de los procesos judiciales, son utilizadas de forma parcial en las jurisdicciones, puesto que el medio para que se den no está muy fundamentados y establecidos para su adecuado manejo por parte de los operadores judiciales y los usuarios del sistema judicial. La aplicabilidad de las tecnologías de la información 29 ORGANIZACIÓN PARA COOPERACION Y DESARROLLO ECONOMICO, Estudios de la OCDE de las políticas de innovación en Colombia: (en línea). (Bogotá-Colombia):OECD.org, ene. 2014.(Revisado 30 de agosto 2019). Línea en: https://www.oecd.org/sti/inno/colombia-innovation-review-assessment-and-recommendations- spanish.pdf 30 COMISIÒN ECONOMICA PARA AMERICA LATINA. (2004).Acerca de la CEPAL (en línea). En: cepal.org, feb. (Revisado el 20 agosto 2019). En línea: https://www.cepal.org/es/acerca
  • 40. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 40 de 123 en los despachosjudicialesen esta ciudad,están siendoutilizadasen las siguientes jurisdicciones En el derecho administrativo podemos destacar que el uso de los medios electrónicos ha agilizado la aplicabilidad del derecho en los despachos judiciales, pero no hay que descartar la existencia de posibles fallos en el momento de hacer uso de estas tecnología es decir, que cuando fallen los medios electrónicos de la autoridad que impidan a las personas enviar sus escritos, peticiones o documentos, podrán insistir en su envío dentro de los tres (3) días siguientes, o remitir el documento por otro medio dentro del mismo término, condicionó tal garantía a la existencia de una constancia de los hechos constitutivos de la falla en el servicio. Ciertamente, se prevé que la comunicación por medios electrónicos puede presentar errores y problemas técnicos que impidan el correcto funcionamiento, sin embargo, resulta esencial garantizar la seguridad jurídica del ciudadano en la relación electrónica,por lo quese consideraconvenienteestablecer unapresunción a favor del ciudadano. La justicia en la jurisdicción civil de nuestra ciudad, se evidencia muchas falencias en materia de agilidad, economía procesal, entre otras. Por ello podemos afirmar que el uso de las TICS se viene aplicando parcialmente en dicha jurisdicción, ya que aún encontramos Juzgados donde todas las actuaciones son de manera escrita y en algunos Despachos de esta jurisdicción no utilizan las herramientas que nos brinda la tecnología para agilizar los procesos, debido que no se ha hecho la adecuada transición al nuevo código general del proceso31 31BUELVAS MENDOZA, Milton. (2018). Aplicabilidad de las TICS en las actuaciones judiciales en la ciudad de Cartagena. Cartagena. (noviembre.2018). p. 7-8
  • 41. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 41 de 123 4.3. ANTECEDENTES NORMATIVOS Colombia en su amplia gama de derechos y principios constitucionales, vela por darle participación a un estado social emergente, adoptando políticas en vía de modernizar el sistema tecnológico y de comunicaciones a través de la creación del Ministerio de Comunicaciones TIC, en el caso en referencia socia-jurídico desde el año 2009, con leyes, normas y estatutos, artículos jurídicos nacionales e internacionales con fin de darle agilidad a cada dependencia judicial en las ramas que nos competen derecho contencioso administrativo y familia. Nuestro país en miras de tener las herramientas necesarias para proceder ante los organismos internacionales, por el flagelo de los delitos penales informáticos, se acoge al
  • 42. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 42 de 123 convenio de Budapest, el cual es sancionado en 2001 por el Comité de Ministros del Consejo de Europa, en una convención de 56 países, incluyendo los latino- americanos, Chile, Costa Rica, República Dominicana, Panamá, Argentina y Colombia como asistente, y juntos construir una política mundial contra la delincuencia cibernautita con una legislación adecuada, fomentando la cooperación entre losEstados internacionales.Estosdelitosinformáticospenalesinternacionales, atentan contra la confiabilidad, integridad o disponibilidad de la información, al acceder de manera ilícita a los sistemas, razón por la cual cada delito está tipificado en la mayoría de las legislaciones, ampliado a los medios digitales debido al fraude informático o falsificación de datos digitales. El contenido de la información digital establece como delitos diversos aspectos de la producción, posesión y distribución electrónica de pornografía infantil, los derechos de autor, infracción a la propiedad intelectual o piratería. Dentro de las normas procesales se establecen procedimientos para salvaguardar la evidencia digital y las herramientas relacionadas con la manipulación de estas, las cuales son utilizadas como pruebas. Para investigar esta clase de delitos informáticos penales, que involucra conductas de delitos virtuales parecidos en todos los países, han unificado normas procesales a través de una cooperación internacional, que tengan evidencia digital similar y armónica en todos los países. La adhesión por medio de la Ley 1928 de 201832, al convenio de Budapest, es un gran paso para Colombia en materia de investigación de delitos informáticos, ya que otorgará herramientas y procedimientos para la lucha contra el cibercriminal, sean delitos tradicionales o informáticos, incluye disposiciones acerca de la localización de sospechosos, recolección o envío de evidencia digital, e incluso lo referente a extradición, la armonización en 32 DIAZ GOMEZ, Andrés, El Delito Informático, Su Problemática Y La Cooperación Internacional Como Paradigma en la Solución,en Convenio deBudapest, Revista electrónica del departamento dederecho de [en línea],Europa, España Universidad de La Rioja, [8 de diciembre del 2010],vol. 8 págs. 169-203 [Revisado 26 febrero del 2019], Disponibleen: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3674682
  • 43. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 43 de 123 ciberdelincuencia se logra entre los países adheridos al convenio. A pesar de sus deficiencias, se ha convertido en una adecuada herramienta para la armonización legislativa internacional y su lucha contra el ciberdelito”. Así mismo, El convenio sobre la Ciberdelincuencia del consejo de Europa33, es el único acuerdo internacional quecubretodas las áreas relevantes de la legislación,(derechopenal, derecho procesal y cooperación internacional). Es importante destacar que la incorporación de las TIC se sustenta en referentes normativos importantes. El primero es la Ley 270 de 1996, Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, se proporcionó al Consejo Superior de la Judicatura, para vigilar la incorporación de tecnologías de avanzada al servicio de la Administración de Justicia y regular los trámites judiciales y administrativos que se adelantan en los despachos judiciales, en los aspectos no previstos por el legislador, el cual fue reiterado por la sentencia C- 037 de 1997, la cual establece que el CSJ necesita expedir un reglamento para el uso de los medios tecnológicos, garantizando el ejercicio del derecho a la intimidad y a la reserva de los datos personales y confidenciales que por una u otra razón pudiesen ser de conocimiento público. El 18 de agosto de 1999 fue expedida en Colombia la Ley 527 de 199934 , por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones.Para la regulación deesta ley, se tienen en cuenta los siguientes asuntos a mencionar, el almacenamiento de los mensajes de datos, para que toda información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos se pueda intercambiar por medio de datos electrónicos (EDI), internet, el correo electrónico, como el telegrama, el télex o el telefax y la firma digital electrónica, que utiliza un identificador personal (ID), 33COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ley 527 (21 agosto del 1999) Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales 34 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ley 527 (21 agosto del 1999)
  • 44. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 44 de 123 permitiendocumplircon los requisitoslegalesy normativos más exigentes,con altos niveles de seguridad sobre la identidad de cada firmante y la autenticidad de los documentos que firman, de modo que la firma queda vinculada de forma exclusiva, la cual se puede verificar y ser certificada por medio de la superintendencia de industria y comercio que aprobó a Certicamara, como autoridad de certificación abierta otorgando validez jurídica y probatoria a los documentos y comunicaciones electrónicas.Entre particulares tieneun usoextendidoy ha tenidoun desarrollomás limitado en diligencias administrativas y judiciales que ha estado condicionado a la efectiva apropiación de sus conceptos por parte de las ramas del poder público35 . Posterior a esto se expidió la Ley 794 de 2003, fijó principios generales para la jurisdicción civil, siendo estas: la notificación por aviso es posible a la dirección electrónica registrada en Cámara de Comercio con firma digital de funcionario judicial, Intercambio de Despachos y Oficios (pueden ser utilizados por los despachos que cuenten con medios técnicos, Comunicación de embargos (puede efectuarse por vía electrónica, dejándose constancia de los mismos, impone obligación a los destinatarios de revisión periódica del medio empleado para la comunicación. En esta Ley se hace necesaria la utilización de la firma digital para asegurar de manera técnica y jurídica las comunicaciones electrónicas, el Consejo Superior de la Judicatura el 2 de marzo de 2006 emitió el Acuerdo No. PSAA06- 3334, se reglamentó la utilización de medios electrónicos e informáticos en el cumplimiento de las funciones de administración de justicia. La Ley 1341 de 200936 , por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez sanciona 35 LEY DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN COLOMBIA 527/1999. [blog] Informático Jurídico. (10 de mayo del 2012) (Revisado 26 junio 2019), en línea: http://accesoalainformacionucc.blogspot.com/2012/05/ley-527-de- 1999.html. 36 MINISTERIO DE LAS TIC. Historia del tic en Colombia. [En Línea] [26 de febrero de 2018] [Revisado: 09 de marzo del 2019].En línea: URL :/https://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-propertyvalue-6077.html
  • 45. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 45 de 123 esta Ley, el entonces Ministerio de Comunicaciones se convirtió en Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La nueva Ley creó un marco normativo para el desarrollo del sector y para la promoción del acceso y uso de las TIC a través de la masificación, el impulso a la libre competencia, el uso eficiente de la infraestructura y, en especial, el fortalecimiento de la protección de los derechos de los usuarios. Ley 1437 de 201137 puesta en vigencia 2 de julio /2012, por lo cual se expide ”El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” esta ley se crea para dar solución a las dificultades que tenía el gobierno con los ciudadanos y aun entre las mismas entidades, debido a la deficiencias que presentaba el gobierno al tener que responder por las fallas en los servicios que debe prestar(Justicia, seguridad, protección, policía, servicios públicos) más los contextos de los actos administrativos en el área laboral y seguridad social, en el área electoral y el área contractual.Se necesitaba algo que transformara realmente nuestro sistema de telecomunicaciones entre ciudadanos y gobierno, solucionando en gran parte las preocupaciones que vivía el país con sus órganos de justicia, administración pública,definanzas,desalud,y seguridadsocial,hoy refleja grandes resultados la creación de esta ley, la inversión y la puesta en marcha por parte del gobierno a través del ministerio de las Min TIC, La solución ha sido tal que regiones apartada del país son grandes usuario de las telecomunicaciones, radiodifusoras. En la práctica judicial se agilizan losprocesos a través de estos medios en los cuales está muy marcado en los artículos del CPACA para la utilización de los medios electrónicos en el procedimiento administrativo artículo 53, garantiza la igualdad de acceso a laadministración y su usogratuito, quede acuerdoa este código el artículo 37 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ley 1437 (18 enero del 2011) por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [en línea], Santa Fe de Bogotá, D.C, 2011. Diario Oficial No. 47956. p. 1-70. [Revisado: 20 de noviembre del 2019]. En línea En: http://www.suin.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1680117
  • 46. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 46 de 123 54 dice que toda persona tiene derecho de actuar ante las autoridades, utilizando estos medios electrónicos. Es importante para el Ministerio de Telecomunicaciones, que toda autoridad deba tener al menos una dirección electrónica artículo 60 del CPACAgarantizandola seguridady disponibilidadde acuerdoa los estándares que defina el gobierno. Articulo 65 CPACA los actos administrativos de carácter general no serán obligatorios mientras no se hayan publicado en el Diario oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, en caso de fuerza mayor que impida su publicación en el Diario Oficial, el Gobierno Nacional podrá disponer que la misma se haga a través de un medio de comunicación eficaz. También deberán los actos de nombramiento y elección distintos a los de voto popular. Articulo 66 los actos administrativos de carácter particular y concreto deben ser notificado, entregándole al interesado copia íntegra, autentica y gratuita, con fecha y hora, ante quien se debe interponer y el plazo,(5 días siguientes) porque el incumplimiento invalida la notificación, esta notificación electrónica procede siempre y cuando el interesado acepte o por no encontrar o saber su dirección articulo 68 CPACA, se enviara la citación para notificaciónpersonal porcorreo electrónicoque figureen el expediente la cual también se publicará en la página electrónica de acceso público siempre y cuando los actos administrativos afecten a terceros se publicara la parte resolutiva en la página electrónica de la entidad. De acuerdo a la carta magna artículo 20938 , establece la publicidad como principio rector de los actos administrativos, obligando a la administración poner en conocimiento de sus destinatarios los actos administrativos, con el fin de que la información sea personalizada y permita impugnar a través de los correspondientes recursos y acciones. El gobierno no se detiene hasta alcanzar verdaderamente la transformación digital, buscando soluciones a través de proyectos de ley y planes a mediano y largo plazos. 38 COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-957/99.Expediente D-2413.(10 diciembre 1999). M.P. ALVARO TAFUR GALVIS [en línea].En: Comunicado No. 10 corte constitucional. Santa Fe de Bogotá, D.C.: La Corte. 1987. 16 p. [Revisado: 11 de abril de 2019]. En línea: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1999/c-957-99.htm
  • 47. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 47 de 123 El objeto de la presente ley determina el marco general para la formulación de las políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la protección al usuario, la calidad del servicio, el uso eficiente de las redes y del espectro radioeléctrico, así como las potestades del Estado en relación con la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente de los recursos, regulación, control y vigilancia del mismo y facilitando el libre acceso y sin discriminación de los habitantes del territorio nacional a la Sociedad de la Información. Ley 1564 de 201239 , por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposicionesartículo1, cuyo objetivo es regulartodos los asuntosciviles, comerciales, familiaresy agrarios, este código se aplicará a todo asunto o especialidad de particulares y autoridades que ejerzan función administrativa y no se encuentre regulado expresamente en otras leyes. Para alcanzar tal objetivo en Colombia el estado se propone implementar poco a poco y de manera general, la transformación de los procesos judiciales, dejando atrás el uso de papel y lápiz, en miras de un manejo eficiente de forma electrónica, para así administrar y conducir todo proceso a través de un sistema teleinformática. Articulo 103 Código General del Proceso, indica el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, para la gestión y tramite de los procesos judiciales,las cualespermiten agilizary facilitarel acceso a la justiciay su cobertura. Toda autoridad judicial podrá realizar y contar con mecanismos para generar archivar y comunicar mensajes de datos. En cuanto sean compatibles con las disposicionesdeeste código se aplicará lo dispuestoen la Ley 527 de 1999, las que lo sustituyan o modifiquen, y sus reglamentos. El Plan de Justicia Digital estará integrado por todos los procesos y herramientas de gestión de la actividad jurisdiccional por medio de las tecnologías de la información y las comunicaciones, 39 CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO, Articulo 103. Uso de las tecnologías de la Información y de las comunicaciones. Disponible En: https://leyes.co/codigo_general_del_proceso/103.htm
  • 48. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 48 de 123 que permitan formar y gestionar expedientes digitales y el litigio en línea (declaración de prácticas de certificación DPC, solo para usuarios de la firma digital (Certicamara). El plan dispondrá el uso obligatorio de dichas tecnologías de manera gradual, por despachos judiciales o zonas geográficas del país, de acuerdo con la disponibilidad de condiciones técnicas para ello. También presume autentico todo memorial y demás comunicaciones que se crucen entre las autoridades judiciales, abogados y las partes, que se originen desde el correo electrónico suministrado en la demanda u otro acto del proceso que se utilicen como sistemas de envíos. La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura establecerá los sistemas que cumplen con los anteriores presupuestos y reglamentará su utilización40 . El Plan Sectorial de la Rama Judicial 2019-2022 “Justicia moderna con transparencia y equidad”. El cual se acoge al Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022 “PACTO POR COLOMBIA, PACTO POR LA EQUIDAD”, donde incluye al sector justicia y la importancia de la aplicación de las tecnologías de la información y comunicación como pilar fundamental de la política de Gobierno, ya que Colombia se unió a la OCDE, siendo esto una responsabilidad muy importante, pues se va a comparar nuestro Sistema Jurídico con el de otros países que hacen parte de esta corporación. El Plan Sectorial de la Rama Judicial ha venido avanzando en experiencias iniciales de gestión judicial digital, tales como las implementadas en Restitución de Tierras, tutela y otros trámites judiciales; así como experiencias iniciales de aprovechamiento de tecnologías emergentes como la Inteligencia Artificial. El pilar estratégico de modernización tecnológica y transformación digital 40 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ley 1753 (09 junio del 2015) por la cual se expide el plan nacional de desarrollo 2014-2018 "todos por un nuevo país [en línea], Santa Fe de Bogotá, D.C. Diario Oficial. 2015,p. 1-145.[Revisado: 17 de octubre del 2019].En línea En: https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles- 15015_documento.pdf
  • 49. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 49 de 123 tiene como propósito fundamental contribuir a ampliar, mejorar, facilitar y agilizar la prestación del servicio de administración de justicia, en el marco del desarrollo escalonado de una justicia en línea y abierta, que además propenda por el aprovechamiento de los datos y la información para la generación de conocimiento. El gobierno de Colombia, como otra de sus políticas del gobierno digital expide un Decreto Único 1078/201541 la expedición de este documento es con el fin de tener compilados los actos administrativos en un solo lugar, para que la información normativa se pueda actualizar ajustándose a la realidad institucional y vigente y evitar el decaimiento de las resoluciones, circulares y demás actos administrativos con fundamento en las facultades derivadas de los decretos compilados, que la normatividad vigente se contraiga a la normatividad vigente al momento de su expedición, sin perjuicios de los efectos ultractivos de disposiciones derogadas a la fecha, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 153 de 1887, por cuanto este articulo constituye un ejercicio de compilación de reglamentación preexistentes. El Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación, sus objetivos y funciones se encuentran definidos en la Ley 1341 de 2009, por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC-, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otra; 5 disposiciones. Se (expidió la Resolución 1824 del 4 de julio de 2018) se crea la Agencia Nacional de Espectro que junto con el Min TIC42 para ofrecer a los proveedores de redes y servicios nuevasalternativas para un uso más eficiente del espectro radioelectrónico. Proyecto de Ley 152/2018, 41 COLOMBIA. MINISTERIO DE TICS. Decreto 1078 (26, mayo, 2015). Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones [en línea]. Santa Fe de Bogotá, D.C.: El Ministerio, 2015.2 p. [Revisado: 9 de septiembre de 2019]. Disponibleen: https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-9528_documento.pdf 42 COLOMBIA. MINISTERIO DE TICS. Resolución 0001824 (04 Julio 2018).Por la cual se Fijan Condiciones Para El Uso del Espectro en la Banda E [en línea]. Santa Fe de Bogotá D.C.: El Ministerio. 2018.16 p. [Revisado: 21 de noviembre de 2019].Disponibleen: https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-75518_documento.pdf
  • 50. FORMATO INFORME FINAL Cod-Doc FT-IV-021 Versión 1 Fecha 31/07/2019 Página Página 50 de 123 hoy aprobado para la modernización de las TIC, la cual afectara de forma positiva a todo un engranaje establecido, que sorprende a Colombia con el deseo de cerrar la brecha digital, entregando herramientas para llevar conectividad a todas las regiones que no tienen acceso para que los ciudadanos en todas las regiones del país puedan alcanzar sus metas. De acuerdo a la ministra de las TIC, Sylvia Constain registró una serie de decretos muy importantes para el gobierno en línea43 Las TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) se han convertido rápidamente en un conjunto de herramientas indispensables para casi cualquier actividad, a través de ellas se integra, acuerda y solucionan problemas. Las TIC y su acelerado desarrollo y evolución como instrumento para la comunicación humanason de alcanceglobal, permite la comunicación inmediatay completa entre personas que se encuentran geográficamente muy distantes. Al mismo tiempo ha permitido la interacción entre el gobierno nacional e internacional, para buscar un mayor acercamiento entre los ciudadanosylas instituciones,debidoa su capacidad para brindar mayores niveles de participación e interacción, acelerando la prestación de servicios a un ritmo que en el pasado era impensable. Así como la ola de calor aumenta, así mismo aumenta y se riega el ciberdelito, pero con la convención de estados y la utilización de las TIC, con toda su adecuada legislación, gobiernos y entidades nacionales e internacionales, pueden detener esta ola continua que se presenta, apagando un poco las consecuencias que se derivan por los delitos cibernautas. El MIN TIC vela para que Colombia sea pionero en esta rama digital, llegando a cada rincón de Colombia, trayendo sentido de pertenencia en cada colombiano, cuyo objetivo es para acortar distancias, agilizar trámites jurídicos, personales, comerciales, médicos, transacciones bancarias, en 43 COLOMBIA, CONGRESO DE LA REPUBLICA, Proyecto de Ley 152 (2018) Por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC-, se distribuyen competencias, se suprime la Autoridad Nacional de Televisión, y se dictan otras disposiciones [en línea], Santa Fe de Bogotá, D.C. 2015, p. 1-56. [Revisado: 18 de Enero del 2020].En línea:https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles- 79360_recurso_2.pdf