2. PARA LA VIGILANCIA, PREVENCION Y CONTROL
COVID 19 EN EL TRABAJO
Med. Jorge Eyzaguirre
Medico Ocupacional
3. Introducción
Ante esta situación, para la continuidad de las actividades
productivas de Laboratorios SMA SAC se tomaran medidas de
Vigilancia Epidemiológica, Prevención y Control del COVID 19 que
permita prevenir el contagio a todos los colaboradores; durante el
periodo de emergencia sanitaria y posterior al mismo.
Este Plan se aplica a todos los trabajadores propios y terceros
(contratistas, proveedores, visitantes y clientes) de Laboratorios
SMA SAC.
4. BASE LEGAL
• D. S. Nº 008-2020-SA - EM. SAN.
• R.M Nº 055-2020-TR – GP COVID AL
• Directiva Sanitaria Nº 135-MINSA/CDC-
2021 "Directiva Sanitaria para la Vigilancia
Epidemiológica.
• NTS N° 178- MINSA/DGIESP-2021, Norma
Técnica de Salud para la Prevención y
Control de la COVID-19 en el Perú.
• Directiva Administrativa N°321-
MINSA/DGIESP-2021, “Directiva
administrativa que establece las
disposiciones para la vigilancia, prevención
y control de la salud de los trabajadores con
riesgo de exposición a sars-cov-2”
• Resolución Ministerial Nº 834-2021/MINSA
que aprueba el Documento Técnico: Manejo
ambulatorio de personas afectadas por la
COVID-19 en el Perú
ANTERIORES
• Decreto supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo
que declara Estado de Emergencia Nacional por las
circunstancias que afectan la vida y salud de las
personas como consecuencia de la COVID-19 y
establece nuevas medidas para el restablecimiento de
la convivencia social, sus modificatorias y prorrogas.
• Resolución Ministerial 018-2022 MINSA, que modifica el
Documento Técnico: Manejo ambulatorio de personas
afectadas por el Covid-19 en el Perú aprobado por
Resolución Ministerial N°834-2021/ MINSA
NUEVAS
FUENTE:
5. OBJETIVOS
Objetivo General:
El objetivo principal del presente documento es establecer los para la vigilancia, la prevención y
control de la salud de los trabajadores de Laboratorios SMA SAC con riesgo de exposición al Sars-Cov-
19- COVID-19.
Objetivos Especificos:
1. Establecer lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores que
realizan actividades en Laboratorios SMA SAC, alineado al cumplimiento de la legislación peruana
aplicable.
2. Establecer lineamientos para el regreso y reincorporación al trabajo de los trabajadores
3. Garantizar la sostenibilidad de las medidas de vigilancia, prevención y control adoptadas para
evitar la transmisibilidad del Sars-Cov-1- COVID-19, realizando un adecuado manejo y seguimiento
de casos, aplicando la vigilancia médica de los trabajadores mediante una adecuada actuación ante
posibles casos de Coronavirus (COVID-19) en nuestros trabajadores, así como, garantizar su
adecuado traslado hacia los centros médicos autorizados
6. PUNTOS ELIMINADOS
- Los contactos domiciliarios de un caso sospechoso o confirmado de Covid-19 con factores de
riesgo, y/o sin vacunación completa, el aislamiento será de 7 días, pudiendo suspenderse al
quinto día si se cuenta con una prueba molecular negativa tomada el día tres o posteriormente.
(Resolucion Ministerial N°834-2021 MINSA)
- Aislamiento de 7 a 10 con ampliación por síntomas.
MODIFICACION
- Solo 7 a 10 días sin ampliaciones.
7. PUNTOS ELIMINADOS
- Transcurrido 10 días, luego del inicio de síntomas, el caso estará en condiciones de alta, desde el
punto de vista epidemiológico, siempre y cuando clínicamente se haya recuperado (por lo menos
3 días afebril y con mejoría de síntomas). Considerando la evolución clínica el médico tratante
podrá indicar pruebas diagnósticas adicionales y postergar el alta del caso. Para dar por
culminado un brote en un área, se debe de evidenciar ausencia de casos de COVID-19 en 02
periodos de incubación máxima (28 días), contados a partir del último caso de identificación.
MODIFICACION
Transcurridos catorce (10) días, luego del inicio de síntomas, el caso está en condiciones de alta, desde
el punto de vista clínico y epidemiológico, siempre y cuando clínicamente se haya recuperado (por Io
menos tres (03) días afebril y con mejoría de los síntomas) para trabajadores > 60 años ó con
comorbilidad o con vacunación incompleta.
Transcurridos catorce (7) días, luego del inicio de síntomas, el caso está en condiciones de alta, desde el
punto de vista clínico y epidemiológico, siempre y cuando clínicamente se haya recuperado (por Io menos
tres (03) días afebril y con mejoría de los síntomas) para trabajadores < 60 años sin comorbilidad y con
vacunación completa.
Considerando la evolución clínica, el médico tratante puede indicar pruebas diagnósticas adicionales y
postergar el alta del caso.
8. PUNTOS ELIMINADOS
- Se define el tipo de mascarilla o protector respiratorio de acuerdo al nivel de riesgo del puesto de
trabajo. Ver Anexo 6.
MODIFICACION
Se basa en el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto mascarilla quirúrgica o simple de tres
pliegues en espacio cerrados sin ventilación y/o aglomeración de personas; en espacios abierto o
ventilados no es obligatorio el uso de mascarilla pero se recomienda mantener el distanciamiento
social.
9. PUNTOS ELIMINADOS
Se priorizará que las capacitaciones y/o reuniones de trabajo se realicen de manera virtual
(mientras dure el estado de emergencia nacional). De ser necesarias las reuniones de trabajo, se
respetará Este tipo de reuniones serán programadas de manera excepcional.
Las capacitaciones solo pueden realizarse si cumplen estas condiciones: sí la capacitación
presencial es imprescindible, en todo momento los participantes deben permanecer con sus
mascarillas y lavarse las manos antes de ingresar y al salir de la capacitación.
MODIFICACION
Se priorizará que las capacitaciones y/o reuniones de trabajo se realicen de manera presencial,
respetando el uso de mascarillas en el caso de espacios cerrados sin ventilación.
10. PUNTOS ELIMINADOS
LINEAMIENTO 6
MEDIDAS DE PROTECCION PERSONAL
en el Anexo 6. Equipos de protección personal para puestos de trabajo con riesgo de exposición a
COVID 19, según nivel de riesgo.
MODIFICACION
Uso de mascarilla KN95 o doble mascarilla quirúrgica o simple de triple pliege.
11. PUNTOS ELIMINADOS
Los trabajadores de grupo de riesgo con vacunación incompleta o pendiente deben de continuar
realizando actividades remotas
El retorno o reincorporación del personal con factores de riesgo para COVID-19 debe de ser
progresivo, considerando el aforo, tarea y jornada laboral.
La Ficha de Sintomatología COVID-19 para el regreso o reincorporación al trabajo debe ser llenada
correctamente.
MODIFICACION
El retorno o reincorporación del personal con factores de riesgo para COVID-19, se efectuara
considerando tarea, distanciamiento, ventilación y jornada laboral.
Es recomendable que los trabajadores con vacunación incompleta o pendiente deben informar al
área SSOMA, para completar su esquema de vacunación y retomar trabajo presencial, de acuerdo a
la necesidad actual caso contrario podría ser suspendido de su labor.
12. PUNTOS ELIMINADOS
Los trabajadores de grupo de riesgo con vacunación incompleta o pendiente deben de continuar
realizando actividades remotas
El retorno o reincorporación del personal con factores de riesgo para COVID-19 debe de ser
progresivo, considerando el aforo, tarea y jornada laboral.
La Ficha de Sintomatología COVID-19 para el regreso o reincorporación al trabajo debe ser llenada
correctamente.
MODIFICACION
El retorno o reincorporación del personal con factores de riesgo para COVID-19, se efectuara
considerando tarea, distanciamiento, ventilación y jornada laboral.
Es recomendable que los trabajadores con vacunación incompleta o pendiente deben informar al
área SSOMA, para completar su esquema de vacunación y retomar trabajo presencial, de acuerdo a
la necesidad actual caso contrario podría ser suspendido de su labor.
13. PUNTOS ELIMINADOS
Se suspende la realización de exámenes médicos ocupacionales periódicos y se prorroga
automáticamente la vigencia de aquellos que hayan vencido o estén por vencer durante la
Emergencia Sanitaria.
El médico ocupacional valida la información del trabajador, amplía la vigencia y certifica la aptitud
para los exámenes que no se realicen durante la Emergencia Sanitaria.
MODIFICACION
Se reanuda el proceso de exámenes médicos ocupacionales de acuerdo a la normatividad vigente;
solo se mantiene suspendida la realización de prueba de espirometria como medida de prevención
contra contagios por el covid 19.
14. PUNTOS ELIMINADOS 1/3
• Barrera física para el trabajo: Son los elementos que disminuyen el riesgo de contacto directo
entre dos o más personas y que contribuye con el objetivo de reducir el riesgo de transmisión.
• Regreso al trabajo post cuarentena (por contacto directo): Proceso de retorno al trabajo para
trabajadores asintomáticos, que se realiza posterior a los 14 días, de acuerdo a la evaluación del
Médico Ocupacional.
• REVISIÓN Y REFORZAMIENTO A TRABAJADORES EN PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO CON RIESGO CRITICO
EN PUESTOS DE TRABAJO
En el proceso de regreso o reincorporaciónal trabajador se procederá a la actualización y
reforzamiento de los procedimeintos técnicos inherentes a cada puesto de trabajo incluidos
capacitaciones relacionadas a identificación de riesgos en el puesto de trabajo además de darse
el caso, temas como el uso de herramientas peligrosas.
Estas capacitaciones, a cargo del área de SSOMA, se trataran en todo momento de desarrollar
via virtual.
En el caso de ser imposible la via virtual se procederá a la presencial siempre tomando en
consideración las medidad minimas de cuidados contra COVID -19 estipuladas en el presente
“Plan para vigilancia, prevención y control COVID – 19”
•
15. PUNTOS ELIMINADOS 2/3
• Los trabajadores que se encuentren en alguno de los grupos de riesgo definidos por el medico
ocupacional, realizan trabajo presencial, remoto o mixto de acuerdo a la necesidad del servicio
.prioritariamente trabajo remoto. El trabajo semipresencial o presencial es indicado por el Servicio de
Seguridad y Salud en el Trabajo, teniendo en cuenta su estado de vacunación contra la COVID-19 y el
nivel de alerta de la región (extremo, muy alto, alto y moderado), según lo indicado.
•
16. PUNTOS ELIMINADOS 3/3
• Los trabajadores que se encuentren en alguno de los grupos de riesgo definidos por el medico ocupacional,
realizan trabajo presencial, remoto o mixto de acuerdo a la necesidad del servicio .prioritariamente trabajo
remoto. El trabajo semipresencial o presencial es indicado por el Servicio de Seguridad y Salud en el
Trabajo, teniendo en cuenta su estado de vacunación contra la COVID-19 y el nivel de alerta de la región
(extremo, muy alto, alto y moderado), según lo indicado.
• Todo colaborador deberá presentar su carnet de vacunación con las dos dosis y la tercera, de ser el caso.
• Realizar el control de temperatura al ingreso de manera aleatoria del Centro de Trabajo del personal propio
y tercero. (Ver Anexo 7)
• Verificar que visitas/proveedores estén debidamente vacunados para la COVID-19. tengan su carnet de
vacunación con las dosis completa de vacuna contra el Covid-19, y en caso se indique la dosis de refuerzo (
tercera dosis).
• Se aplicarán las siguientes medidas
• Control de temperatura corporal durante el ingreso y registro de los casos que presente desviaciones,
superior a 37.5°C.
• Los casos que presenten fiebre temperaturas mayores a 37.5°C y evidencia de signos o sintomatología
COVID -19, se les indica que deben acudir a un Centro de Salud y es reportado a GGHH
• Contar con la vacunación completa contra el Covid-19.
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17. PUNTOS AGREGADOS
Visitas/Proveedores
Las medidas contempladas en el presente Plan se aplican a las personas en modalidades formativas
contempladas en la Ley No. 28518, Ley sobre modalidades formativas laborales, en lo que resulte
pertinente.
. Se garantizara un ambiente de trabajo seguro verificando que de preferencia todos los trabajadores
enten debidamente vacunados con dosis completas (3 dosis) para la COVID 19; cabe resaltar que se
recomienda la aplicación de la 04 dosis ya que a su debida disposición por el Ministerio de salud en caso
de obligatoriedad sera implementada automáticamente sin necesidad de aprobación y los colaboradores
SMASAC deberán cumplir con dicha disposición de suscitarse acorde a normativa que lo estipulen.
7.41. Trabajador Vacunado: Toda persona natural que desempeña una actividad laboral subordinada o
autónoma, para un empleador privado o para el estado, que haya cumplido con el esquema de
vacunación para COVID-19 establecido por el Ministerio de Salud, primera y segunda dosis y dosis de
refuerzo, acreditado por su certificado de vacunación.
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