2. Plan para la Vigilancia, Prevención y Control
del Covid-19 en el trabajo
El Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo, es un
documento de guía para establecer las medidas que se deberán tomar para vigilar el
riesgo de exposición a la COVID-19 en el centro de trabajo.
3. Plan para la Vigilancia, Prevención y Control
del Covid-19 en el trabajo
El Plan forma parte del elemento
Planificación y aplicación del SGSST,
dado que considera en su desarrollo
medidas de prevención y control
como parte de la gestión de riesgos
(Art. 39 y Art. 57 de la Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo, y el
Art. 82 del Reglamento de la Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo).
4. Plan para la Vigilancia, Prevención y Control
del Covid-19 en el trabajo
El Plan se compone de nueve títulos de los cuales resaltan los procedimientos de
prevención, y para el regreso y reincorporación al trabajo.
I. Datos de la empresa o entidad pública
II. Datos del centro de trabajo
III. Datos del servicio de seguridad y salud de los trabajadores
IV. Nómina de trabajadores por riesgo de exposición a COVID-19
V. Responsabilidades para el cumplimiento del Plan
5. Plan para la Vigilancia, Prevención y Control
del Covid-19 en el trabajo
VI. Presupuesto y proceso de adquisición de insumos para el cumplimiento
del Plan.
VII. Procedimientos para el regreso y reincorporación al trabajo
VIII. Lista de Chequeo (Check List) de vigilancia
IX. Documento de aprobación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
6. Niveles de riesgo de exposición COVID-19
El nivel de riesgo es la probabilidad de que ocurran eventos adversos, así como sus
consecuencias.
Muy
alto
Alto
Moderado
Bajo
Trabajos con contacto, con casos sospechosos y/o confirmados de COVID-19
expuesto a aerosoles en el ambiente de trabajo (trabajadores del Sector Salud).
Trabajos con riesgo potencial de exposición a casos sospechosos o
confirmados de COVID-19 u otro personal que debe ingresar a los ambientes o
lugares de atención de pacientes COVID-19, pero que no se encuentran
expuestos a aerosoles en el ambiente de trabajo.
Puestos de trabajo que requieren contacto cercano y frecuente a
menos de 1 metro de distancia con el público en general; y en las que
no se puede usar o establecer barreras físicas para el trabajo.
Trabajos que no requieren contacto con personas que se conozca o
se sospeche que están infectadas con COVID-19, así como, en el que
no se tiene contacto cercano y frecuente a menos de 1 metro de
distancia con el público en general; o en el que, se puedan usar o
establecer barreras físicas para el desarrollo de la actividad laboral.
7. Ejemplos referenciales de puestos de trabajo por nivel de riesgo de exposición al COVID-
19:
Muy
alto
Alto
Moderado
Bajo
Trabajadores de salud que realizan atención médica a pacientes de COVID-
19.
Trabajadores de salud de ambulancia que transporta paciente con
diagnóstico o sospecha de COVID-19, trabajadores de limpieza de área
COVID-19, conductores de ambulancias, trabajadores de funerarias, entre
otros.
Trabajadores de aeropuertos, trabajadores de educación, mercados,
seguridad física (vigilancia) y de atención al público (cajeras,
recepcionistas, entre otros).
Trabajadores de limpieza de centros no hospitalarios, trabajadores
administrativos, trabajadores de áreas operativas que no atienden
al público.
Niveles de riesgo de exposición COVID-19
8. Niveles de riesgo de exposición COVID-19
Para la determinación del nivel de riesgo de exposición del
puesto de trabajo se debe considerar los criterios:
contacto con público en general, contacto con
compañeros de trabajo y/o clientes, contacto con
personas con sospecha o confirmación de COVID-19 y la
definición del nivel de riesgo.
9. Elaboración y aprobación del Plan
El servicio de
seguridad y
salud en el
trabajo o el
que haga sus
veces
Elabora
Plan para la
vigilancia,
prevención y
control del
COVID-19
Aprueba
Menos de 20
trabajadores
20 o más
trabajadores
Comité de
SST
Supervisor
de SST
En todo centro laboral:
La aprobación del Plan se realiza en
un plazo máximo de 48 horas, a partir
de su recepción.
10. En el caso que no se cuente con Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo:
Elaboración y aprobación del Plan
Se convoca a
proceso de
elecciones de los
representantes
del Comité
o Supervisor de
SST
Durante
Emergencia
Sanitaria
Preferentemente
usando medios
electrónicos
Siempre que se garantice
la participación de los
trabajadores y
transparencia del
proceso
En el caso que no se pueda llevar a cabo las elecciones en la modalidad virtual se realizará
de manera presencial o mixta siempre que se adopten las medidas de seguridad y salud
establecidas por el MINSA, referidas a prevenir el contagio del COVID-19.
11. Elaboración y aprobación del Plan
De no garantizar las medidas señaladas se prorrogará automáticamente el mandato de
los representantes de los trabajadores ante el Comité de SST o del Supervisor de SST
hasta el término de la Emergencia Sanitaria. (Art. 9 del Decreto Legislativo 1499).
12. Pirámide de Jerarquía de normativa en el
país
1
2
3
4
Ley General de Salud, Ley Nº 26842
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N°
29783, su Reglamento y sus modificatorias
Documento técnico: Lineamientos para la
vigilancia de la salud de los trabajadores con
riesgos de exposición a COVID-19 aprobado
por R.M.448-2020-MINSA y sus modificatorias.
Protocolos sanitarios sectoriales
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCION Y
CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO
13. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
1. Limpieza y desinfección de los centros de trabajo
Previo al inicio de labores diarias y de forma frecuente:
Desinfecta las superficies de contacto permanente
(teclado, ratón, dispositivo móvil, manija de puertas,
superficie de trabajo, entre otros)
14. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
1. Limpieza y desinfección de los centros de trabajo
El proceso de limpieza y desinfección aplica a todos los ambientes de trabajo,
mobiliario, herramientas, equipos, vehículos, entre otras superficies inertes que
deben ser realizados de acuerdo a los procedimientos adecuados.
15. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
1. Limpieza y desinfección de los centros de trabajo
Sólo personal capacitado y con los equipos de protección personal podrá realizar la
limpieza y desinfección de los ambientes y superficies de trabajo. Las sustancias a
emplear según las características del centro de trabajo y tipo de actividad que se realiza
debe ser determinado por el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
16. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
2. Evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o
reincorporación al centro de trabajo
• Identificación del nivel de riesgo de
exposición al COVID-19 Por cada
puesto de trabajo.
El responsable del servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST) gestiona para
todos los trabajadores:
17. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
2. Evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o
reincorporación al centro de trabajo
• Ficha de sintomatología COVID-
19 Con carácter de declaración
jurada, de aplicación a cada
trabajador previo al regreso o
reincorporación al centro de
trabajo. Se podrá usar medios
digitales para emitir y recibir la
ficha en mención.
El responsable del servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST) gestiona para
todos los trabajadores:
18. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
2. Evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o
reincorporación al centro de trabajo
• Control de temperatura corporal aleatoria al ingreso
del centro de trabajo. Esta actividad no es obligatoria
en centros de trabajo con menos de 20 trabajadores.
El responsable del servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST) gestiona para
todos los trabajadores:
19. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
2. Evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o
reincorporación al centro de trabajo
• Todo trabajador que cumpla
los criterios de caso
sospechoso deberá ser
manejado de acuerdo al
Documento Técnico Atención
y Manejo Clínico de Casos de
COVID-19 del MINSA.
El responsable del servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST) gestiona para
todos los trabajadores:
20. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
2. Evaluación de la condición de salud del trabajador previo al regreso o
reincorporación al centro de trabajo
Aplicación de prueba serológica o
molecular para COVID-19 A todos
los trabajadores que regresan o
se reincorporan a puestos de
trabajo con Muy Alto Riesgo y
Alto Riesgo, a cargo del
empleador.
El responsable del servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo (SSST) gestiona para
todos los trabajadores:
La valoración de este lineamiento
permite al profesional de salud del
Servicio de Seguridad y Salud en el
Trabajo, determinar si el trabajador
puede regresar o reincorporarse a su
puesto de trabajo. Haber sido
determinado como caso sospechoso o
confirmado, no podrá ser causal de
despido
21. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
3. Lavado y desinfección de manos
El empleador, asegura la cantidad y
ubicación de puntos de lavado de manos
(lavadero, caño con conexión a agua
potable, jabón liquido o jabón desinfectante
y papel toalla) y puntos de alcohol (gel o
liquido), para el uso de libre de lavado y
desinfección de los trabajadores.
22. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
3. Lavado y desinfección de manos
Uno de los puntos de lavado o dispensador de alcohol deberá ubicarse al ingreso del
centro de trabajo, estableciéndose el lavado de manos o desinfección previo al inicio de
sus actividades laborales, en lo que sea posible con mecanismos que eviten el contacto
de las manos con grifos o manijas. En la parte superior de cada punto de lavado o
desinfección deberá indicarse mediante carteles, la ejecución adecuada del método de
lavado correcto o uso de alcohol gel para la higiene de manos. Se debe tener en cuenta
que el uso de alcohol gel o liquido no reemplaza el lavado de manos.
23. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
4. Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo
Como medida para asegurar ambientes saludables frente a la COVID-19, el profesional
de salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo asegura las siguientes
actividades para la sensibilización a los trabajadores:
• Brindar información sobre la COVID-19 y medios de protección laboral en las
actividades de capacitación, que incluyan distanciamiento social, uso de
mascarilla e higiene de manos.
24. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
4. Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo
Como medida para asegurar ambientes saludables frente a la COVID-19, el profesional de
salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo asegura las siguientes actividades
para la sensibilización a los trabajadores:
• El uso de mascarillas es obligatorio
durante la jornada laboral, el tipo
de mascarilla o protector
respiratorio es de acuerdo al nivel
de riesgo del puesto de trabajo,
conforme a las normas vigentes.
25. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
4. Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo
Como medida para asegurar ambientes saludables frente a la COVID-19, el profesional
de salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo asegura las siguientes
actividades para la sensibilización a los trabajadores:
• Sensibilizar en la importancia de
reportar tempranamente la presencia
de sintomatología de la COVID-19 .
26. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
4. Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo
Como medida para asegurar ambientes saludables frente a la COVID-19, el profesional
de salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo asegura las siguientes
actividades para la sensibilización a los trabajadores:
• Facilitar medios para responder a las
inquietudes de los trabajadores
respecto a la COVID-19.
27. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
4. Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo
Como medida para asegurar ambientes saludables frente a la COVID-19, el profesional de
salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo asegura las siguientes actividades
para la sensibilización a los trabajadores:
• Educar permanentemente en medidas
preventivas, para evitar contagios por
COVID-19 dentro del centro de trabajo,
en la comunidad y en el hogar.
28. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
4. Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo
Como medida para asegurar ambientes saludables frente a la COVID-19, el profesional de
salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo asegura las siguientes actividades
para la sensibilización a los trabajadores:
• Educar sobre la importancia de prevenir
diferentes formas de estigmatización.
29. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• El uso de mascarillas de manera
adecuada, tapando nariz y boca, es de
carácter obligatorio.
• Antes o durante el retorno asegurar la
capacitación de los trabajadores en
medidas preventivas contra el COVID-19.
30. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Ambientes adecuadamente
ventilados, se recomienda
mantener las puertas de las
oficinas abiertas para evitar el
recurrente contacto con las
perillas o manija de las puertas.
31. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Renovación cíclica de volumen
de aire según lo indicado por el
ministerio de salud o norma
internacional oficial, según el
riesgo encontrado en el
ambiente de trabajo.
32. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de
trabajo, las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Distanciamiento social de al
menos 1 metro entre trabajadores,
además del uso permanente de
protector respiratorio, mascarilla
quirúrgica o comunitaria según
corresponda.
33. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Si los centros de trabajo cuentan con comedores,
ascensores , vestidores, cafetines, medios de
transporte y otros, estos deberán mantener el
distanciamiento social respectivo entre usuarios y
se deberá respetar los turnos previamente
establecidos. En caso de los comedores (en razón
al no uso de mascarillas) debe incrementarse el
distanciamiento social de 2 metros y/o hacer
turnos para el personal; o facilitar la ingesta de
alimentos en las oficinas si las condiciones lo
permiten.
34. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Reuniones de trabajo y/o capacitación,
que deben ser preferentemente
virtuales mientras dure el estado de
emergencia nacional o posteriores
recomendaciones que establezca el
ministerio de salud.
35. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• De ser necesarias reuniones de trabajo
presencial, se deberá respetar el
distanciamiento respectivo y uso
obligatorio de mascarillas, este tipo de
reuniones se programaran de manera
excepcional y por el menor tiempo
posible.
36. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Se promoverá el uso de medios digitales
(APP, paginas Web, correos electrónicos,
redes sociales, entre otros) para evitar la
contaminación indirecta de COVID-19
por uso de papeles, bolígrafos, carpetas,
entre otros.
37. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Protección de trabajadores en
puestos de atención al cliente,
mediante el empleo de barreras
físicas, por ejemplo pantallas o
mamparas para mostradores,
además de la mascarilla
correspondiente.
38. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• En el caso de campamentos o
albergues para trabajadores se
deberá mantener el
distanciamiento entre camas
no menor a 1.5 m.
• Evitar aglomeraciones durante
el ingreso y la salida del centro
de trabajo.
39. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Generar mecanismos para prevenir el
contagio.
• Establecer puntos estratégicos para el
acopio de equipos de protección
personal usados (EPP) usados. Material
descartable posiblemente contaminado
(guantes, mascarillas u otros) para un
manejo adecuado, como material
contaminado, conforme establecido en
la normativa.
40. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• Los marcadores de asistencia
personal deben ser de
aproximación.
• Ninguna cabina o equipo que
se utilice para rociar al
trabajador o cliente esta
permitido porque puede
poner en riesgo la salud del
trabajador.
41. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
5. Medidas preventivas de protección colectiva
Acciones dirigidas al medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo,
las cuales se implementarán considerando a los siguientes aspectos:
• En el caso de las mujeres gestantes, se
recomienda no diferir el descanso pre
natal correspondiente, por la posibilidad
de que se presenten mayores
complicaciones en este periodo.
42. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
6. Medidas de protección personal
Los equipos de protección personal a utilizar dependen del riesgo de los puestos de
trabajo para exposición ocupacional a COVID-19.
43. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
6. Medidas de protección personal
Los equipos de protección personal a utilizar dependen del riesgo de los puestos de
trabajo para exposición ocupacional a COVID-19.
El cuadro celeste indica
“condicional” dirigido a
personas de mediano y
bajo riesgo cuando
cumplan actividades
excepcionales de alto
riesgo como campañas
médicas, visitas a
emergencias y otras
actividades relacionadas
a la salud.
44. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
6. Medidas de protección personal
De acuerdo con el nivel de riesgo de los puestos de trabajo, se deben considerar los
mínimos estándares de protección respiratoria. Los trabajadores de mediano riesgo
deben cumplir con el mínimo estándar de mascarillas quirúrgicas (descartables) o de lo
contrario la combinación de mascarillas comunitarias con caretas o protectores
faciales.
45. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
6. Medidas de protección personal
Los trabajadores de bajo riesgo deben utilizar mascarillas comunitarias como mínimo
estándar de protección, las cuales pueden ser reutilizables y lavables; y el empleador
debe asegurarse de brindarle al menos tres (3) unidades para poder cambiarlas y
lavarlas diariamente.
3 UNIDADES
46. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Durante la emergencia sanitaria nacional, el empleador realizara la vigilancia de salud
de los trabajadores, de manera permanente:
• La vigilancia de salud de los
trabajadores, es una práctica
necesaria ante el riesgo de
exposición al COVID-19 y debe
realizarse de forma permanente
durante el tiempo que establezca el
ministerio de salud.
47. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
• Como actividad de vigilancia, se
controlará la temperatura corporal de
todos los trabajadores, al momento de
ingresar al centro de trabajo y al finalizar
la jornada laboral, con la aprobación del
personal de salud que realiza la
vigilancia de la salud de los trabajadores.
48. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
• El objetivo de la medición
de temperatura es la
captura de casos por lo
que no es necesario el
registro unitario, salvo de
los casos sospechosos.
49. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
• El empleador, a través del
profesional de la salud o quien
haga sus veces, es responsable
de que se realice, la toma de la
temperatura y del
seguimiento de cada
trabajador con temperatura
mayor a 37.5°C.
50. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
• Se indicará la evaluación médica de
síntomas COVID-19, a todo
trabajador que presente
temperatura mayor a 38 °C. o con
síntomas respiratorios; deberá
retornar a su domicilio (para el
aislamiento domiciliario).
51. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
• La vigilancia a la exposición a otros factores de riesgo, de tipo ergonómico
(jornada de trabajo, posturas prolongadas, movimientos repetitivos y otros),
psicosocial(condiciones de empleo, carga mental, carga de trabajo, doble
presencia y otros), u otros que se generan como consecuencia de trabajar en el
contexto de la pandemia COVID-19, de ser necesario se establecen las medidas
preventivas y correctivas que corresponden, según lo determine el servicio de
seguridad y salud en el trabajo o el que haga sus veces.
52. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
• En el plan de prevención, deberá
considerarlas medidas de salud mental para
conservar un adecuado clima laboral que
favorezca la implementación del presente
documento técnico.
53. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
• Durante la emergencia sanitaria y para garantizar la vigilancia epidemiológica
del trabajador en el contexto del COVID-19, las entidades públicas, empresas
públicas y privadas entre otras, que realizan el tamizaje para COVID-19, de sus
trabajadores en los tópicos de medicina, salud ocupacional, entre otros, con
insumos directamente adquiridos por ellos, deben notificar inmediatamente al
área competente a la DIRIS/DISA/DIRESA/GERESA, según corresponda, todos
los casos deben ser notificados mediante el SISCOVID y al centro nacional de
epidemiología, prevención y control de enfermedades (CDC Perú), a través del
aplicativo especial de vigilancia de COVID-19, (Noti web), disponible en:
https://app7.dge.Gob.pe/covid19/inicio a través del personal de salud
encargado.
54. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Consideraciones para el regreso del trabajo
Trabajadores que estuvieron en cuarentena
social y que no presentaron sintomatología
de COVID-19, ni son actualmente caso
sospechoso ni confirmado de COVID-19. En
estos casos el regreso es automático.
Se establece el proceso de reincorporación
al trabajo orientado:
55. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Para la reincorporación al trabajo
Trabajadores
con alta
médica
Se establece el proceso de reincorporación
al trabajo orientado:
Emitido por
Ministerio de Salud, IAFAS, EPS, médico
tratante o médico ocupacional luego de
haber tenido un diagnóstico positivo o haber
sido contacto con un caso positivo y
cumplido el asilamiento respectivo.
56. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Para la reincorporación al trabajo
En caso de
pacientes con
diagnóstico
confirmado de
COVID-19, que
presenten
síntomas
Se establece el proceso de reincorporación
al trabajo orientado:
El alta
14 días después del inicio de síntomas, el
período puede extenderse según criterio
del médico tratante, el paciente deberá
estar asintomática al menos 3 días.
57. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Para la reincorporación al trabajo
En el caso de
pacientes
moderados o
graves
(hospitalizados)
Se establece el proceso de reincorporación
al trabajo orientado:
El alta
Lo establece el médico tratante, su
reincorporación se realiza de acuerdo a
evaluación por el área de SST de acuerdo a
las normas vigentes.
58. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Para la reincorporación al trabajo
Para casos
sospechosos)
Se establece el proceso de reincorporación
al trabajo orientado:
El alta
14 días después del inicio de síntomas y en
contactos cercanos el alta ocurre 14 días
después del primer día de contacto con el
caso confirmado.
59. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Para la reincorporación al trabajo
El personal que
se reincorpora al
trabajo
Se establece el proceso de reincorporación
al trabajo orientado:
Es evaluado
Previo al reinicio de labores, a fin de
determinar su estado de salud
60. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Para la reincorporación al trabajo
El personal que se reincorpora al trabajo
es evaluado con el fin de determinar su
estado de salud previo al inicio de sus
labores. Esta evaluación no requiere
pruebas de laboratorio para la COVID-19.
61. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Consideraciones para la revisión y reforzamiento a trabajadores en procedimientos
de trabajo con riesgo critico según puesto de trabajo
Como
consecuencia
de haber
dejado de
laborar durante
la cuarentena
Para puestos
con elevada
probabilidad de
generar causa
directa de daño
a la salud
Empleador
debera
Brindar la revisión,
actualización o
reforzamiento de los
procedimientos técnicos
que realizaba el
trabajador antes de la
cuarentena
Presencial o virtual
Dirigidas a las funciones y riesgos del puesto
de trabajo, uso de equipos y herramientas
peligrosas
62. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Consideraciones para la revisión y reforzamiento a trabajadores en procedimientos
de trabajo con riesgo critico según puesto de trabajo
Esta medida solo es aplicable a trabajadores
con dichas características que se encuentran
en el proceso de regreso y reincorporación
al trabajo, según indicación del responsable
de la vigilancia de la salud de los
trabajadores.
63. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Consideraciones para el regreso o reincorporación al trabajo de trabajadores con
factores de riesgo para covid-19
Médico a cargo
de la vigilancia
de la salud de
los
trabajadores
Valora
Información
clínica
(antecedentes
y/o informes
médicos o data
médica)
determina
Trabajo remoto
Trabajo
semipresencial
Trabajo
presencial
para los
trabajadores
con factores
de riesgo
64. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Consideraciones para el regreso o reincorporación al trabajo de trabajadores con
factores de riesgo para covid-19
Los trabajadores
que se encuentran
en alguno de los
siguientes
supuestos, deben
realizar
prioritariamente
trabajo remoto
Listado de factores de riesgo para COVID-19
• Edad mayor de 65 años
• Hipertensión arterial refractaria
• Enfermedades cardiovasculares graves
• Cáncer
• Diabetes mellitus
• Asma moderada o grave
• Enfermedad pulmonar crónica
• Insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis
• Enfermedad o tratamiento inmunosupresor
• Obesidad con IMC de 40 a más
65. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Consideraciones para el regreso o reincorporación al trabajo de trabajadores con
factores de riesgo para covid-19
Médico a
cargo de la
vigilancia de la
salud de los
trabajadores
Las trabajadoras gestantes con
alguna complicación en el
embarazo o en período de
lactancia, pueden permanecer o no
en el trabajo
66. Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control del COVID-19 en el trabajo
7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto COVID-19:
Consideraciones para el regreso o reincorporación al trabajo de trabajadores con
factores de riesgo para covid-19
Aquellos trabajadores con factores de riesgo que
hayan superado la enfermedad COVID-19 y
deseen reanudar sus actividades podrán hacerlo
aplicando todas las medidas de protección y de
higiene descritas en el presente documento
siempre y cuando el medico a cargo de la
vigilancia de la salud de los trabajadores lo
apruebe o hasta tener nueva información.
67. Declaración jurada para trabajadores con
factores de riesgo para covid-19
Trabajador solicita a su empleador la
emisión del certificado de aptitud
validado por el médico responsable
de la vigilancia o quien haga a sus
veces en el centro de trabajo.
Empleador envía el certificado de aptitud validado
por el médico responsable de la vigilancia o quien
haga a sus veces en el centro de trabajo, a través
del cual informa al trabajador que la realización
de labores presenciales que le asignen no
incrementa su exposición a riesgo.
El trabajador remite a
su empleador la
"Declaración Jurada"
debidamente firmada.
Un día antes del reinicio de labores, el
empleador devuelve al trabajador la
"Declaración Jurada", con la firma de su
representante legal y del médico
responsable de la vigilancia de la salud,
o quien haga sus veces en el centro de
trabajo, en señal de aceptación y
conformidad.
Dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes de formulada la solicitud
En un plazo mínimo de 48
horas previo al reinicio de
la labor presencial
68. Exámenes ocupacionales durante el estado
de emergencia
Exámenes médicos ocupacionales referidos en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
Tratamiento durante la Emergencia Sanitaria.
Se suspende la realización de
exámenes médicos pre
ocupacionales en las actividades
calificadas de alto riesgo.
Se suspende las realización de
exámenes médicos ocupacionales
periódicos.
A efectos del examen medico
ocupacional de retiro.
Debiéndose realizar únicamente a aquellos
trabajadores que no cuentan con un examen
médico ocupacional efectuado en el último
año por un centro o servicio médico
ocupacional autorizado.
Y se prorroga automáticamente la vigencia de
aquellos que hayan vencido o estén por
vencer durante la Emergencia Sanitaria.
Se aplica lo dispuesto en el artículo 101 del
Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de
Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por
Decreto Supremo N° 005-2012-TR y sus
modificatorias.
69. Exámenes ocupacionales durante el estado
de emergencia
El médico ocupacional de la empresa o entidad pública y privada valida la
información del trabajador, amplía la vigencia y certifica la aptitud para los exámenes
que no se realicen durante la Emergencia.
Lo señalado no exime al empleador de
su obligación de ejecutar la vigilancia de
la salud de los trabajadores atendiendo
los lineamientos emitidos por el
Ministerio de Salud mediante la
Resolución Ministerial N°448-2020-
MINSA y sus normas complementarias,
así como otras obligaciones aplicables
contempladas en la normativa vigente
de seguridad y salud en el trabajo.
70. Capacitaciones de SST durante la
emergencia sanitaria
Capacitaciones presenciales referidas en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Se
aplican únicamente en los siguientes supuestos durante la Emergencia Sanitaria.
Al momento de la contratación
Cuando se produzcan cambios
Cualquiera sea la modalidad o duración
En la función o puesto de trabajo o en la
tipología de la tarea o actividad a realizar
por el trabajador.
Deben ser ejecutadas adoptándose las medidas preventivas de bioseguridad
(distanciamiento social, uso de equipos de protección personal, entre otras)
dispuestas por la autoridad competente (Art. 7 del Decreto Legislativo 1499).
71. Capacitaciones de SST durante la
emergencia sanitaria
Es de obligatorio cumplimiento el Plan
de Capacitaciones en forma virtual
(mientras dure la emergencia
sanitaria) haciendo uso de los
diferentes medios o herramientas
tecnológicas.