1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO, NOVIEMBRE DE 2.017.
TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
Joseilin Oropeza
DERECHO PROCESAL CIVIL II
Sección: SAIA E
2. Tutela Judicial Efectiva
Comprende el Derecho que tienen las personas a ser
parte en un proceso, así como también a poder
promover en su marco de la actividad jurisdiccional
que desemboque en una decisión judicial sobre las
pretensiones deducidas.
Implica la posibilidad que tiene todo venezolano de acceder
antes los órganos encargados de la función jurisdiccional para
satisfacer sus pretensiones jurídicas, y que sean sometidos a
un proceso verdaderamente eficaz.
“Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de
administración de justicia para hacer valer sus derechos e
intereses, incluso los colectivos o difusos; a la tutela
efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión
correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita,
accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma,
independiente, responsable, equitativa y expedita, sin
dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones
inútiles”.
Art. 26 CRBV Naturaleza Jurídica
Es una garantía y es un derecho, es decir,
posee distinta naturaleza, para un mismo
fin, la protección de los derechos e
intereses”.
Fundamento
3. Tutela Judicial Efectiva
Guarda una estrecha relación con el
Debido Proceso (Artículo 49 CRBV), ya que
este proceso reúne un conjunto de
Garantías Indispensables para que exista
la Tutela Judicial Efectiva
Es un Derecho Fundamental
establecido en el Artículo 26 CRBV
Potestad que tiene toda
persona para hacer valer sus
Derechos.
Frente a los Órganos de
Administración de Justicia
A través de un proceso con el fin
de obtener una decisión y que
sea ejecutada.