Este documento describe el procedimiento especial por faltas en Venezuela. Se aplica cuando un individuo comete un hecho que no constituye un delito pero que está tipificado en la ley. El funcionario que tenga conocimiento de la falta solicitará el enjuiciamiento directamente ante el juez de juicio. En la audiencia, el contraventor podrá admitir su culpabilidad o solicitar el enjuiciamiento. Si admite su culpabilidad y no son necesarias más pruebas, el tribunal dictará sentencia. De lo contrario, se llevará a cabo un