2. En Costa Rica, la ley fundamental de la Educación se refiere a la Educación
Preescolar de la Siguiente Forma:
De la educación Preescolar
Artículo 12.- La educación Preescolar tiene tres finalidades.
a) Proteger la salud del niño y estimular su crecimiento
físico, armónico.
b) Fomentar la educación de buenos hábitos.
c) Estimular y guiar las experiencias infantiles.
d) Cultivar el sentimiento estético.
e) Desarrollar actitudes de compañerismo y cooperación.
f) Facilitar la expresión del mundo interior infantil del niño.
g) Estimular el desarrollo de la capacidad de observación.
3.
4. Entre los dos y seis
años culmina un
proceso que va desde
el nacimiento hasta la
adquisición del “yo”, es
decir hasta una relativa
autonomía en el
sentimiento de
separación corporal y
de identidad.
5.
6. Desarrollo en areas como la cognitiva,
analitica.
Cobertura a los niños
11. Programas de solucion
Programas educativos en los padres de
familia
Implementacion y creacion de nuevos planes
socio-politicos
Instituciones estatales
Incentivar sociedad.
12. Talleres recreativos y
educativos
Evaluacion, encuestas,
creacion de formas de educar.
Educadores, capacitar,
incentivar.
Cultura-Pensamiento.