2. 1. Diferencia entre contratos informáticos y
contratos electrónicos
Mientras que mediante los contratos electrónicos se hace un
contrato de cualquier bien, ya que una de las partes está a
distancia. El anterior tiene como fin la contratación de suministros y
todo lo relativo con el hardware y software.
3. Ejemplos:
• En contratos informáticos: Tales como mantenimiento preventivo,
correctivo o evolutivo; desarrollo y hospedaje de sitios web,
prestación de servicios de certificación digital, etc.
• En contratos electrónicos: Tales como la compra de algún
artefacto mediante OLX o la descarga de un disco en iTunes o
Tidal.
4. 2. ¿A qué se le denomina contrato por
adhesión?
• Modelo de contratación redactado únicamente por una de las partes que
lo suscriben.
• La otra parte sólo puede aceptar o rechazar el contrato en su totalidad.
• Para que sea válido debe estar firmado por el consumidor o usuario, que
previamente habrá hecho constar sus datos en el mismo.
• Las cláusulas por las que se regirá deben aparecer en el mismo
documento o en un anexo.
• Este tipo de documento suele utilizarse por los suministradores de
servicios públicos, compañías de seguros o entidades bancarias.
5. ¿Qué relación tiene con los contratos por
internet?
• son aquellos en los cuales el contenido contractual ha sido
determinado con antelación por uno solo de los contratantes (red
social), al que se deberá adherir el co-contratante (usuario de la
red social) que desee utilizar los servicios ofrecidos por la Red
Social.
• Las cláusulas están dispuestas por uno solo de los futuros
contratantes de manera que el otro no puede modificarlos.
• El usuario, al realizar el proceso de registro en cualquier sitio web
que preste este tipo de servicios debe obligatoriamente aceptar y
prestar conformidad a los términos y condiciones del sitio y
políticas de privacidad impuestas unilateralmente.
6. 3. ¿Qué son las cláusulas de contratación
abusivas en telecontratación?
• Son aquellas donde el usuario no tiene
margen o espacio de negociación, es
decir vienen impuestas, lo que implica
que aquél no las consiente
expresamente ni puede modificar sus
características, colisionan con las
normas de la buena fe perjudicando al
usuario y generan un desequilibrio
relevante a favor de la parte que las ha
impuesto y en contra del usuario.
7. EJEMPLOS:
• Imponer servicios accesorios no solicitados como garantías o
servicios de mantenimiento al consumidor.
• Cobrarle un sobrecargo inexistente.
• No responsabilizarse por cobros adicionales.
• Entre otros.
8. 4. ¿A qué se denominan vicios de
consentimiento?
• El vicio del consentimiento es la ausencia
de una voluntad sana con el objetivo de
falsear, adulterar, anular dicha voluntad y
alcanzar propósitos deseados lo cual
compromete su eficacia. La voluntad
queda excluida cuando el consentimiento
en su forma exterior está viciado.
9. ¿Cómo se producen?
Los vicios del consentimiento se producen por :
• el error.
• el dolo.
• la violencia.
• la lesión.
• la incapacidad.
No hay consentimiento válido, si ha sido dado por error, arrancado
por violencia o sorprendido por dolo, según el Art.1109 del Código
Civil.
10. 5. ¿En qué consiste el outsourcing en materia
de contratos informáticos?
• Supone la búsqueda de una fuente externa a la empresa que
pueda prestar de manera eficiente determinados servicios.
• Consiste en la transferencia a terceros de ciertos procesos
complementarios que no forman parte del giro principal del
negocio