1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y ECONÓMICA
ESCUELA DE RELACIONES INDUSTRIALES
CABUDARE-LARA
Relaciones de poder en el mundo laboral
Alumna: María Ana Rodríguez
C.I:23851777
2. Las organizaciones laborales (sindicatos)
Es la asociación de trabajadores constituida para unirse íntimamente
con el objeto de defender sus derechos laborales. Se fundamenta, pues,
en la unidad monolítica de los trabajadores ante necesidades comunes
de clase explotada. El sindicato es la expresión más legítima de la clase
obrera organizada,
La Ley orgánica del Trabajo en su artículo 400 establece: tanto los
trabajadores como los patronos tienen el derecho de asociarse libremente
en sindicatos y estos, a su vez, el de constituir, federaciones y
confederaciones.
Objetivos de los sindicatos: Quedan expresos en La Ley Orgánica del
Trabajo en su artículo 407 establece: Los sindicatos tendrán por objeto el
estudio, defensa, desarrollo y protección de los intereses profesionales o
generales de los trabajadores y de la producción, según se trate de
sindicatos de trabajadores o de patronos, y el mejoramiento social,
económico y moral y la defensa de los derechos individuales de sus
asociados.
Atribuciones y finalidades:
Protección y defensa de los intereses profesionales y gremiales.
Representación en las negociaciones, conflictos y procedimientos de
conciliación.
Vigilancias en los cumplimientos de las normas de higiene y
seguridad industrial, en la defensa del medio ambiente, en las normas
protectoras de los diversos sectores del colectivo laboral.
Creación de formas de mejorar económicamente a los asociados (caja
de ahorro, cooperativas etc.)
3. Organizaciones patronales
Es el nombre genérico que se da al empleador individual o a las
asociaciones de empleadores. En diversos países de habla hispana se
utiliza con diferentes alcances, abarcando tanto uno como las otras, o
sólo a éstas últimas
Sindicatos patronales se le conoce a aquellos sindicatos que
representan los intereses de los patronos y no los intereses de los
trabajadores
Asociaciones de empleadores como grupo de presión puede alterar el
funcionamiento en un mercado libre son objeto del mismo recelo que los
sindicatos de trabajadores para los teóricos del liberalismo económico.
Por lo tanto la patronal es una institución que encuentra su razón de ser
con el surgimiento de un empresario capitalista que tenga una clara
conciencia de sus intereses, contrapuestos a los de los trabajadores; y
que de algún modo debe salvar la contraposición de intereses que la
competencia de un mercado libre le hace tener con el resto de
empresarios, y sobre todo le permita tener fuerza de negociación o
presión sobre los gobiernos, cuya actividad (nunca neutral como predice
el modelo liberal) es vital para sus actividades y les proporciona la unidad
de objetivos necesaria.
Fedecámaras (Venezuela) Fedecámaras (acrónimo de Federación de
Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela), es la
principal organización de gremios empresariales de Venezuela,
conformada por empresarios de todos los sectores económicos del país.
Esta organización está conformada por 14 sectores económicos:
comercio y servicios, industria, construcción, turismo, financiero, seguros,
agrícola, pecuario, minería, energético, transporte, telecomunicaciones,
sector inmobiliario y medios de comunicación
Fedecamaras ha tendido como misión actuar como ente concertador
de las grandes políticas del país (inversión, desarrollo, empleo, inflación,
salarios, tasas de interés, entre otras) junto con el gobierno y los
diferentes sindicatos que hacen vida en el país. Tiene como misión
“Fortalecer al sistema empresarial venezolano, sobre la base de los
principios de la libertad económica y la democracia”. Además, el gremio
empresarial tiene como principales valores la defensa de la Libertad, la
Democracia, la Comunicación, la Propiedad Privada, la Libre Iniciativa, el
Profesionalismo y el Liderazgo
4. Estado como regulador y mediador de
Las relaciones laborales
Las relaciones laborales se refieren a las relaciones sociales en la
producción, en el sentido más amplio de la expresión, que incluye a la
industria, los servicios y la agricultura: tanto del sector público como del
sector privado, en los regímenes capitalistas como en los comunistas o
sean todas las formas de actividad económica y todas las formas de
relaciones, independientemente de la presencia o de la ausencia de una
organización de tales relaciones
El gobierno cumple su importancia ya que este ente se manifiesta de
varias maneras en su intervención como promotor de la política laboral en
su calidad de empleador, en este sentido el marco legislativo instituido por
el Estado tiene evidentemente una importancia decisiva para las
relaciones labórales
5. Dialogo social y la mesa tripartitas
Se entiende por diálogo social en sentido estricto, las relaciones
de comunicación, consulta y negociación entre gobiernos, empleadores y
sindicatos sobre cuestiones de interés común. Son relaciones
horizontales entre el Estado y las organizaciones de la sociedad civil
El diálogo social implica más que la negociación y el acuerdo, aunque
los supone. Es un entorno comunicativo y deliberativo libre en el que los
"actores" sociales pueden conocerse, confiar mutuamente, acostumbrarse
a compartir información y consultarse.
El diálogo social presupone un proceso de toma de decisiones no
autoritario, abierto, público y compartido, y sujeto a crítica, en un entorno
en el que los actores, los grupos, las partes, no actúan sin comunicarse
previamente con los demás en cuestiones que puedan afectarlos.
Mesa tripartita: es un espacio fundamental del diálogo social con un
profundo respeto al derecho de la libertad sindical y al derecho de
integración de los distintos sectores relacionados con el mundo del
trabajo, conforme los lineamientos de la O. I. T.
Dicho diálogo social permitirá prevenir, modificar y planificar
lineamientos de acción de corto, mediano y largo plazo, a fin de impulsar
el Trabajo Decente en la Provincia de Salta y generar mayores
oportunidades de desarrollo para todos sus habitantes, buscando
erradicar la pobreza y fortalecer la democracia participativa.
6. Organización internacional del
trabajo (OIT)
Es un organismo especializado
de las Naciones Unidas que se
ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. La OIT
tiene un gobierno tripartito, integrado por los representantes de los
gobiernos, de los sindicatos y de los empleadores. Su órgano supremo es
la Conferencia Internacional del Trabajo, que se reúne anualmente en
junio. Su órgano ejecutivo es el Consejo de Administración, que se reúne
cuatrimestralmente en Ginebra. Toma decisiones sobre políticas de la OIT
y establece el programa y presupuesto que posteriormente son
presentados a la Conferencia para su aprobación.
Los principales mecanismos de trabajo de la OIT son el
establecimiento y supervisión de normas internacionales del trabajo, la
prestación de asistencia técnica, y la búsqueda y difusión de información.
Entre sus principales ámbitos de actividades encuentra la promoción y el
respeto de los principios laborales básicos, la erradicación del trabajo
infantil, la supervisión de la reglamentación laboral y el cumplimiento de
los Convenios
Leyes laborales
El objetivo de las leyes laborales es igualar el poder de negociación
entre empleadores y empleados. Principalmente, estas leyes se ocupan
de la relación entre los empleadores y los sindicatos. Las leyes laborales
otorgan a los empleados el derecho de formar sindicatos; también
permiten que empleados y empleadores participen en determinadas
actividades (por ejemplo, huelgas, piquetes, pedidos de medidas
cautelares, paros patronales) con el fin de satisfacer sus demandas.
El derecho laboral venezolano, tal y como se le conoce
contemporáneamente, nace a partir de la promulgación de la primera Ley
del Trabajo del 23 de julio de 1928, que permitió superar las disposiciones
del Código Civil sobre arrendamiento de servicios que regía las relaciones
7. laborales, y se afianza con la promulgación de la Ley del Trabajo del 16
de julio de 1936
A partir de este momento, la evolución de la legislación laboral
venezolana ha discurrido en forma paralela con la historia de las luchas
sociales de los trabajadores y trabajadoras de Venezuela, produciéndose
una relación de mutua influencia que ha legado importantes páginas a la
historia contemporánea del país.
Sistemas de seguridad Social
Es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros
mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones
económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o
una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad,
maternidad, accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo,
invalidez, vejez y muerte y también la protección en forma de asistencia
médica y de ayuda a las familias con hijos
La Seguridad Social Integral tiene como fin proteger a los habitantes
de la República, de las contingencias de enfermedades y accidentes,
sean o no de trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad
temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y
cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como
de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda,
recreación que tiene todo ser humano.
Esta misma debe velar porque las personas que están en la imposibilidad
sea temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben asumir
responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo
sus necesidades, proporcionándoles, a tal efecto, recursos financieros o
determinados o servicios".
En el artículo 86 de la Constitución Nacional se establece que toda
persona tiene derecho a la Seguridad Social como servicio público de
carácter no lucrativo que garantice la salud y la protección ante las