Este documento resume conceptos clave sobre ética y moral. Explica que la ética se refiere a normas internas sobre lo correcto, mientras la moral se centra en normas externas de la sociedad. También define el código de ética como los principios que guían el deber profesional. Finalmente, resume algunos artículos de la ley de ingeniería sobre deberes y prohibiciones para los profesionales.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO “SANTIAGO MARIÑO”
EXTENSIÓN COL – CABIMAS
AUTORA: Aziris Blanco
CABIMAS, SEPTIEMBRE 2018
2. LA ÉTICA
Se considera una rama de la filosofía
relacionada con la naturaleza del
juicio moral, que medita sobre lo que
es correcto o incorrecto (lo bueno y lo
malo) en nuestra sociedad y en
nuestra conducta diaria.
La ética tiene una íntima relación con la
moral, tanto que incluso ambos ámbitos
se confunden con bastante
frecuencia. En la actualidad se han ido
diversificando la Ética son el conjunto
de normas que vienen del interior y la
Moral las normas que vienen del
exterior; es decir, de la sociedad.
3. LA MORAL
De un modo coloquial y genérico, 'moral' indica que algo
es correcto, aceptable o bueno en relación a la conducta de la persona. Lo
opuesto es lo inmoral.
sirve de modelo de conducta y valoración para establecer lo que está
BIEN MAL
La moral es un conjunto de normas, valores y creencias existentes y
aceptadas en una sociedad
4. CODIGO DE ÉTICA
Es el conjunto de principios y normas fundamentales que guían el deber y la normalidad
que deben cumplir los profesionales colegiados en el ejercicio de su profesión y en
actos conexos con la misma.
Según los siguientes 22 artículos
Virtudes
Ventajas
Ilegalidad
Reputación
Conocimientos
Firma
Intereses
Justicia
Dispensa
Ambiente
Extranjeros
Obras
Autoría
Secretos
Experimentación
Publicidad
Actuación general
Licitaciones
Influencias
5. Ley de ejercicio de ingeniería
Ejercicio
ilegal
Las
sancion
es
Uso de
los
títulos
Ejercicio
profesional
6. Algunos artículos
ARTÍCULO 31.
DEBERES
GENERALES DE LOS
PROFESIONALES.
Nombrar, elegir, dar posesión o tener a su
servicio, para el desempeño de un cargo
privado o público que requiera ser
desempeñado por profesionales de la
ingeniería.
Custodiar y cuidar los bienes, valores,
documentación e información que por
razón del ejercicio de su profesión, se le
hayan encomendado o a los cuales tenga
acceso
7. Algunos artículos
ARTÍCULO 32.
PROHIBICIONES
GENERALES A LOS
PROFESIONALES.
Ejecutar actos de violencia, malos tratos,
injurias o calumnias contra superiores,
subalternos, compañeros de trabajo,
socios, clientes o funcionarios del Consejo
Profesional Nacional de Ingeniería
respectivo o alguno de sus Consejos
Regionales o Seccionales