La Declaración Tripartita de Principios sobre las Empresas Multinacionales y la Política Social establece principios para guiar a las empresas multinacionales en la adopción de medidas sociales. Los principios cubren el empleo, la formación, las condiciones de trabajo y las relaciones laborales. El objetivo es fomentar la contribución positiva de las empresas multinacionales al trabajo decente para todos y reducir las dificultades en sus operaciones.
2. El Consejo de Administración de la
Oficina Internacional del Trabajo
Aprobó la Declaración
tripartita de principios
sobre las empresas
multinacionales y la
política social
Invita a los gobiernos, las
organizaciones de
trabajadores y de
empleadores y a las
empresas
multinacionales a que
observen los principios en
ella contenidos.
3. Objetivo
• Fomentar la
contribución positiva
entre las empresas
multinacionales,
• Trabajo decente para
todos,
• Reducir
dificultades que
puedan surgir en
las operaciones de
las empresas.
El cual se promoverá
mediante leyes, políticas
y disposiciones
adoptadas por los
gobiernos
• Administración del
trabajo
• Inspección pública del
trabajo,
• Cooperación entre los
gobiernos y las
organizaciones de
empleadores y de
trabajadores de todos los
países
4. Principios
Tienen la
finalidad de
guiarlos en la
adopción de
medidas,
acciones y de
políticas
sociales
•Empleo,
•Formación,
•Condiciones de
trabajo y de vida
•Relaciones de
trabajo,
5. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La Declaración EMN es el único instrumento
mundial en este ámbito que ha sido
elaborado y adoptado por los gobiernos y
por las organizaciones de empleadores y de
trabajadores de todo el mundo
6. POLÍTICA GENERAL
Respetar los derechos
de los Estados,
Cumplir los
compromisos nacional y
las obligaciones
internacionales
aceptadas.
Respetar y promover los
principios relativos a los
derechos fundamentales
Aplicación los principios y
derechos fundamentales
en el trabajo
a) Libertad de asociación y
libertad sindical, el
reconocimiento efectivo del
derecho de negociación
colectiva;
b) Eliminación de todas las
formas de trabajo forzoso u
obligatorio;
c) Abolición efectiva del
trabajo infantil, y
d)Eliminación de la
discriminación en materia de
empleo y ocupación.
7.
8. Estimular un crecimiento y
desarrollo económico
Promover el empleo productivo
y decente
Consultar a las autoridades
competentes y organizaciones
nacionales de empleadores y
trabajadores
La prioridad es el desarrollo
internacional, el empleo, la
promoción y el perfeccionamiento de
los nacionales del país anfitrión.
Mejorar las oportunidades y
normas en materia de empleo
en países en vía de desarrollo.
Promoción del empleo
9. Seguridad Social
1. Establecer protección social como
un elemento fundamental de sus
2. Adoptar medidas para la prevención y eliminación de
trabajo forzoso.
3. Adoptar medidas para detectar, prevenir los riegos del
trabajo forzoso u obligatorio.
4. Adoptar medidas inmediatas y eficaces para lograr la
prohibicióny eliminación del trabajo forzoso.
10. Abolición efectiva del trabajo infantil: edad
mínima y peores formas
1. Elaborar una política nacional y
medidas para asegurar la abolición del
trabajo infantil,
2. En lo que respecta las empresas
nacionales y nacionales estas deben
respetar la edad mínima de admisión al
empleo con el objetivo de garantizar la
abolición del trabajo infantil
11. IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES Y DE TRATO
1. Políticas para promover la igualdad de
oportunidades y de trato.
2. Promover la igualdad de remuneración
entre hombres y mujeres por un trabajo de
igual valor.
3. Exhorta a que proporcionen
orientaciones para evitar la discriminación
en el empleo.
12. Seguridad del empleo
1. Adoptar medidas para abordar las
repercusiones de las operaciones de estas
empresas.
2. Asegurar un empleoestable.
3. Observar las obligaciones libremente
negociadas en materia de estabilidad del
empleo y seguridad social.
13. Formación.
Actualización y desarrollo
de competencias.
Crecimiento y oportunidad
laboral
Mayor productividad
14. Condiciones de trabajo y
vida.
Prevención y atención de accidentes y
enfermedades ( físicas y
psicológicas) en el entorno laboral.
Bienestar económico
15. RELACIONES DE TRABAJO
2 ) Negociación colectiva y
consultas .
1 ) Libertad sindical y
derecho de sindicación.
16. Para la solución de conflictos se adoptarán medidas adecuadas , que
permitan la conciliación entre las partes involucradas, con el fin de
proteger, respetar y ejercer de manera efectiva los derechos
colectivos.
➢ Rápido ➢ Gratuito ➢ Sin distinción entre
las partes.
17. Garantía de reparación en caso de la violación de los
derechos laborales individuales y colectivos.