1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION.
I.U.T. ANTONIO JOSE DE SUCRE.
EXTENSION-BARQUISIMETO.
MANEJO DE LASRESERVAS
INTEGRANTE:
Neibi N. Garcia F.
TUTORA: Abog. Thania Gimenez.
Ajuste de Perdidas.
Riesgos y Seguros.
2. “Las reservas permiten determinar la capacidad de
la entidad aseguradora para hacer frente a sus
obligaciones actuales o eventuales contraídas en
virtud de su actividad y se constituyen como fuente
principal para atender el pago de las mismas”.
Las reservas técnicas tienen una gran importancia
dentro de la actividad aseguradora, ya que permiten
a las compañías evaluar su capacidad para afrontar
sus obligaciones actuales o eventuales originadas en
sus contratos de seguros.
3. En materia de reservas para los siniestros pendientes de pago
tienen su razón de ser por cuanto por lo general al cerrar el
ejercicio anual la aseguradora tiene numerosos reclamos en
proceso de ajuste, averiguación o liquidación, a raíz de lo cual
la empresa necesita efectuar una estimación de lo que le
correspondería pagar en razón de dichos reclamos y a pesar
de que la indemnización se pague en un año posterior al del
reclamo, por razones de orden contable, el reflejo del pasivo
que el reclamo supone debe gravar el ejercicio en el cual
ocurrió el siniestro. La estimación inicialmente referida se
constituye en una reserva de la cual se irán restando las
cantidades a pagar. De esta forma y considerando que una vez
que la empresa emite la carta aval se pone en conocimiento
de la ocurrencia del siniestro, el cual en estos casos consiste en
el gasto por concepto de atención médica, se debe proceder
a constituir la reserva para el pago de éste, ya que desde ese
momento el monto al cual asciende la carta aval representa un
pasivo para la aseguradora, toda vez que con dicha emisión
surge para la empresa la obligación de indemnización pues
supone la notificación del hecho que la empresa asumió como
un riesgo a su cargo.
4. RESERVA DE PRIMAS:
La reserva de primas, corresponden a la porción de la prima que, a la fecha de cálculo, no ha sido ganada por el asegurador.
Esta reserva tiene como finalidad distribuir el ingreso de la compañía en función del periodo de tiempo en que estará expuesta al
riesgo asegurado. De esta manera se ajusta el resultado de la aseguradora al asignar la utilidad al periodo en el que se ganó la
prima, independientemente de cuando fue emitida. La prima ganada se determina tomando la cuantía de la prima emitida
descontándose los saldos de la Reserva de Prima No Devengada de comienzo y fin de ejercicio.
RESERVA MATEMÁTICA:
La reserva matemática representa el pasivo que la entidad tiene para con sus asegurados: Equivale a la acumulación (con intereses)
de las primas percibidas en exceso del riesgo de cada año para hacer frente al riesgo futuro. Es decir, es la diferencia entre el valor
actual del riesgo futuro a cargo del asegurador y el valor actual de las primas netas pagaderas por el tomador; o es la diferencia
resultante entre las primas recibidas y los siniestros pagaderos en los primeros años de seguros, que incrementada con las primas
futuras y los intereses devengados, cubre con suficiencia los siniestros esperados en la medida en que estos ocurran.
RESERVA TÉCNICA DE RIESGOS EN CURSO:
Es el valor a deducir del monto de la prima neta retenida con el objeto de proteger la porción de riesgo correspondiente a la prima
no devengada. Contable mente se define como el sistema por el cual se causa en el periodo de corte el ingreso de las primas a los
resultados de la compañía.
Aun cuando a la expedición de una póliza de seguros la prima correspondiente es registrada como un ingreso, la realidad es que
este ingreso no se devenga en dicho momento sino en la medida que transcurra la vigencia del riesgo (generalmente un año), así
mismo durante ese periodo puede ocurrir el siniestro y por lo tanto se hace necesario mantener una reserva que le permite cumplir
con las obligaciones generadas por el mismo.
5. RESERVAS DE SINIESTROS:
Las reservas de siniestros son un pasivo constituido para reflejar el costo estimado de siniestros que han ocurrido y no han sido
pagados. Bajo este concepto se incluyen las Reservas de Siniestros Avisados y las Reservas de Siniestros no Avisados.
Desde el momento en que se conoce un siniestro y hasta que se efectúa su pago, la aseguradora va obteniendo información
adicional que le permite mejorar su conocimiento y evaluación de la perdida. Este hecho, sumado a que la exigibilidad de la
indemnización se perfecciona contra entrega de cierta documentación por parte del asegurado, ha determinado que, en algunos
países, las reservas de siniestros pendientes se clasifiquen en siniestros avisados con información insuficiente, siniestros avisados en
proceso de liquidación y siniestros liquidados pendientes de pago. En los tres casos es posible establecer una asignación directa
entre el siniestro y la póliza a la que corresponde. Cuanto mayor sea el grado de información disponible (cantidad y calidad), más se
aproximara la reserva al monto a pagar.
RESERVAS DE SINIESTROS AVISADOS:
Esta reserva establece las precauciones necesarias para hacer frente a los siniestros ocurridos en el ejercicio y cuya liquidación o
pago no han sido aún efectuados.
Adicionalmente a la constitución de la reserva de la cuenta compañía que se registra con cargo a los resultados, se registra la parte
de la reserva corresponde a los reasegurados tanto del interior como del exterior.
6. RIESGO PROFESIONAL
Son riesgos profesionales el accidente que se produce como
consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y la
enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el
Gobierno Nacional.
El riesgo profesional es el suceso al que se encuentra expuesto el
trabajador por la actividad que desarrolla en ejercicio de una
relación de trabajo. Este concepto genérico comprende dos
especies: los accidentes de trabajo y las enfermedades
profesionales.
En el área de Seguros es aquel que protege integralmente al
trabajador ante las contingencias derivadas de su actividad laboral
y repara el daño económico que pudieran causarle éstas a él o a sus
familiares. Garantiza las prestaciones en salud y económicas, tanto
por accidente de trabajo o trayecto como por enfermedad laboral.