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GÜB¡ERNO REGIOIüAL AMMCINAS
iiilL;ü^,"ü;/iAññ;;
DE EXCRETAS YÁGUAS GR/SES EN U CC,NN BAKAIG, D/STR/IO DE IMAZA, BAGIJA,
chachapoyas,
25 A60 Z0Z0
VISTO:
El lnforme N" 303-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR|, de fecha 25 de agosto de 2020,mediante
el cual el Gerente Regional de lnfraeskuctura alcanza el expediente de reconocimiento de costos directos y
gasios generales solicitada por el contratista coNsoRclo BAKAIG en su calidad de ejecutor de la obra:
"CREACIÓN DE tOS SERY/C/OS DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓIrI S¡ruIr¡R A DE DISPO.S/C'Ó'V
DE EXCRETAS YAGUAS 6R'SES EN LA CC,NN BAKAIG, D'SIR/TO DE IMAZA, BAGI]A, AMAZONAS';
v,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N" 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se establece su estructura,
organizacion, competencias y iunciones de los Gobiernos Regionalei, constituyéndolos como una persona
jurídica de derecho público con autonomía política, económica yldministrativa en asuntos de su competencia;
Que, con fecha 27112120-1q_E] Gobierno Regional Amazonas y et conkatista coNSoRCto BAK¡.¡G,
::.?libl::1i ?,lc^tTjlI0^DJ.c^E¡ltgn -cEryEUL
REGToNAL fu" orr.zozo-onn_ccn, paia r, t.l,.ion
o
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:iB.crREü'
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iI':
Que, con Decreto Supremo N'04"2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de
quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento socialobligatorió (cuarentena¡, por lai graves
circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del bróte OetiOVlO tg;
i
Que, ccn Decreto Supremo N" 008-2020-5A, Decreto Supremo N" 0S1,075 y 0S3-2020-PCM, se prorroga et
Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a
consecuencia del brote delC0V|D - 19, así como promover medidai de prevención y control para evitar la
propagaciÓn de dicha enfermedad, los Gobiernos Regionales adoptarán meoidas prevenúvas que coadyuven al
cumpiimiento de las normas y disposiciones cones[ondientes emitidas por el poder ejecutivo, respecto a la
paralización de proyectos de inversión;
Que, mediante Decreto Supremo N' 080-2020-PCM, se aprueba ta REANUDACIóN DE ACTIVIDADES
ECONÓMICAS EN FORMA GRADUAL Y PROGRESIVA dentro del marco de ta declaratoria de Emergencia
!11!ria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del
covtD-19;
Que, a travós de la Resolución Ministerial N" 087-2020-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento aprueba el "Protocolo Sanitario del Seclor Vivienda, Construcción y Saneamiento para el
inicio gradual e incremental de las actividades en la Reanudación de Actividades,';
-
Que, con DECRETO LEG|SLATIVO N'1486, se señala en su SEGUNDA DtspostctóN COMpLEMENTARIA
TRANSIToRIA que: "Para ta reactivación de los contratos de obravigentesysus respecflvos contratos de
supervisiÓn' baic el ámbito rtei régimen general de contrataciones dei Eita¿o, cuya ejecución de la inversión se
ha visto parat¡zada deb¡do_ai Estado de Emergencia Nacional producio /,oi át cóvto-1g, aprobado por ei
Decreto Supremo N' 044-2020-pCM y sus modlficatorias;
Que, con ResoiuciÓn N'061-2O2O-OSCEIPRE, de fecha'19 de mayo de2020,se formaliza ia aprobación de ia
DIRECTIVA N' 005'2020'OSCE/CD que, estabiece los "ALCANCES y DtSpOStCtONES pARA LA
REAcrlvAclóru on oBRAs puBLtcAS y coNTRATos DE supERVis¡éN EN ;Jilácd"ir L¡.
,SEGU¡'IDA DISPCIS]CION COMPI-EMENTARI,A TRANSITORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO N" 1486"
GOBIERNO REG¡ONAL AMMONAS
RESOLUC!ÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAT I{" I5{-2020
SiCNdO qUE CN EI Numeral 7.4 SOBRE LA EVALUACIÓN Y PRoNUNCIAMIENTo RESPECTo DE Los
coNcEPTos Y cosros QUE slcNlFlclRÁ r¡rcurAR LA oBRA BAJo LA tMpLEMENrnctó¡¡ oE
LAS MEDIDAS PARA LA PREVENCIóI v co¡lrRoL FRENTE A LA pRopAcActóN DEL covtD.1g
DISPUESTAS POR LOS SECTORES COMpETENTES, estabtece:
"7'4-1. En elplazo máximo detreinta (30) días calendario de aprobada ta soticitud de ampliación de plazo
excepcional, el Ejecutor de Obra presenta:
0 La cuantificación de aqueilos cos¿os directos y gasfos generales que implique ejecutar la obra
baio el nuevo plazo de eiecución y por ta implementación de las medidas para prevención y
controlfrente a la propagación del COVTD-I9 drspuesfas por los sectores compefenfes.
(it La cuantificación de aquellos cosfos que resulten necesarios para garantizar la adecuada
custodia y/o mantenimiento de las partidas ejecutadas de la obra, asi óomo de los materiales,
insumos, mobiliario, entre ctros, que se vayan a utilizar una vez reanudada ta obra, tales como
seguridad y/o guardianía, alquiter de almacenes, movilidad y/o transpode, según corresponda.
7.4.2 La Entidad deberá notificar al contratista su pronunciamiento sobre tal cuantificación en
un plazo máximo de quince (15) días calendario de haber sido presentada por el Ejecutor
de Obra.
Si la Entidad acepta ta propuesta de cuantificación presentada por et Ejecutor de Obra, se
tendrá por modificado el contrato, sin necesidad de suscribir algún acuerdo adicionat o adenda,
y^se efectuaran /os pagos que correspondan al contratista, en la oporlunidad conespondiente.
S^i la Entidad discrepa con la propuesta de cuantificación presentada por el Ejecutor de
Obra, deberá comunicarle ello dentro del ptazo anfes sena/ado, con la identificación
precisa de /os aspecfos y conceptos donde exlsfe discrepancia y el fundamento de su
posición, aplicándose provisionalmenfe /os términos planteádos por la Entidad,
manteniendo el Eiecutor de Obra su derecho de someter las discrepancias a /os
mecanismos de solución de controversias.
Los aspeclos sobre /os que no existe discrepancia determinan la modificación del contrato, sin
necesidad de suscribir algún acuerdo adicional o adenda. La aprobación de vatorizaciones y el
pago de /os concepfos e impoftes sobre /os que no existe discrepancia, deberá efectuarse
según lo previsto en el numeralT.3.2 de esta Directiva.
b.t*-,¿;8,*
w#
@,'
7.4.3' Los cosfos para la implementación de las medidas para prevención y control frente a la
propagaciÓn del COVID-I? dispuesfas por los secfores competentei, no califican como
prestaciones adicionales de obra".
Que, mediante RESOLUCION I'i' u59-2020-OSCE/PRE, se formaliza la rectificación de la Directiva N. 00S-
2020-OSCE/CD - "Alcances y Disposiciones para la reactivación de las Obras públicas y Contratos de
Supervisión, en el marco de la Segunda Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N'
1 486";
Que, a través del Decreto Supremo N' 094-2020-PCM, se establece las medidas que debe observar la
ciudadanía a una nueva convivencia social y prórroga el estado de emergencia Nacional, por las graves
circunstancias que afecta la vida de la nación a consecuencia del COVID-19 a partirdel25 de mayo hasta el
30 de junio de 2020',
Que, mediante Decreto Supremo N' 101-2020-PCM, en su Segunda Disposición Complementaria Final,
se dispone la reactivación de obras públicas y sus respectivos contratos de supervisión contratadas
conforme al régimen general de contrataciones oel Estaáo, paralizadas por la declaratoria de Estado de
Emergencia Nacional producida por el COV|D.l g;
Que, con RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIoNAL N" 099.z020.coBtERNo REGIoNAL
AMMONAS/GGR DE FECHA 03 DE JULIO DE 2020 se resuelve: APROBAR PARCTALMENTE la Soticitud
de Ampiiacion Excepcional de Plazo presentada por el contratista, para la culminación de la ejecucion de fa
obra en referencia:
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
nEsotucrót¡ oE cERE¡¡crR oeurRRt necto¡l¡tuu l5{ -zozo
GOBI ERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR
QUC, MCdiANtC AESOTUCIÓ¡I DE GERENCIA GE/VERAI REGIONAL N" 12}.^OO.GOBIERNO REGIONAL
AMAZONANGGR, de fecha 04 oe agosto del 2020, se suspende las labores admrnistrativas y el cómputo de
los plazos de los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo pasivo y negativo, por el
plazo de siete (07) días calendarios, contados desde la emisión del presente acto administrativo;
QUE, CON RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N" 131.2O2O.GOBIERNO REGIONAL
AMMONAS/GGR, de fecha 07 de agosto de 2020, se rnodifica el acto administrativo citado en el párrafo
precedente y se dispone el REINICIO DE LAS LABORES ADMINISTRATIVAS EN LA SEDE CENTML DEL
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS, así como de sus Direcciones Regionales Operativas, y el computo de
los plazos a partir del 10 de aqosto del 2020:
QUE, CON RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N' 144-2O2O.GOBIERNO REGIONAL
AMMONAS/GGR, de fecha 17 de agosto de 2020, se dispuso ACLARAR, la Resolucion de Gerencia
General Regional N" 128-2020-G0BlERN0 REGIONAL AMAZONAS/GGR de fecha 04 de agosto del 2020, en
el extremo que SUSPENDiA, el cómputo de los plazos de los procedim¡enios administrativos sujetos a silencro
administrativo positivo y negativo, por el plazo de siete (07) días calendarios, contados desde la emisión del
¿eto administrativo, ACLARANDOLA.en el sentido que; /a suspensión d9l cómputo de los plazos
a los plazos de /os trámites de /as so/icift¡des de ampliaciones de plazo excepcional y
reconocimienfos de costos directos y gasfos generales de aquellas obras que han sido reactivadas en
virlud a /o dispuesfo por elDecreto Legislativo 1486, y conforme a /as disposiclones de la Directiva N"
005-2020-oscE/cD
Además, se ACLARO la Resolución de Gerencia General Regional N' 13'1-2020-G0BlERNO REGIONAL
AMAZONAS/GGR de fecha 07 de agosto de|2020, en el extremo que REANUDÓ el computo de los plazos de
los procedimientos administrativos sujetos a srlencio administrativo positivo y negativo, a partir del 10 de
agosto del 2010; ACLARÁNDOLA en el sentido que; se REANUDA el cómputo de los plazos de los
procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo y negativo, y los plazos de
lcs trámiies de las solicitudes de ampliaciones de plazo excepcional y reconocimientos de costos
directos y gastos generales de aquellas obras que han sido reactivadas en virtud a lo dispuesto por el
Decreto Legislativo 1486, y conforme a las disposiciones de la Directiva N" 005-2020-OSCEJCD; a partir
del '10 de agosto del 2020: en ese sentido, AL HABERSE ADOPTADO ACCIONES EN SALVAGUARDA DE
SALUD DEL
DE LO
POR EL EJECUTAR DE LA OBRA EN REFERENCIA:
Que, en atención a lo solicitado por la empresa contratista CONSORCIO BAMIG, se ha procedido a la
evaluación respectiva por el área usuaria materializada en el lnforme N'137-2020-G.R. AMAZONAS/GRI-
SGSL-EISC, de fecha 21 de agosto de 2020, a través del cual el Coordinador de Obra - lng. ENRIQUE
SALAS CARRANZA, indica lo siguiente:
AAJÁI'S'S IÉCil/CAJ
DE |./.VIGENCIA DE PUZO DELCONTRATISTA:
Teniendo en cuenta que con fecha 06/07/2020 el contratista fue notificado de la aprobación de la Ampliación
de Plazo Excepcionaf queda establecido que el computo de plazos para la presentación de las
cuantificaciones que establece /a drsposicón 7.4.1 de la Directiva N' 005-2020-OSCE se computan desde e/
día 07 de julio del 2020. Teniendo como plazo máximo de presentación hasta el dia 05 de agosto del 2020.
En /a RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N"128-2O2O.GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS/GGR, indica que APRUEBA /a suspensón de LABORES ADMINISTRATIVAS en la Sede Central
del Gobierno Regional Amazonas, por slele (07) días calendarios.
EN Ia RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N"131-2)2j-GOBIERNO REGDNAL
AMAZANAS/GGR, indica que APRI.)EBA ta modificación de ta RESOLT)CION DE GERE,^/C/A GENERAT
ffi#
ff&'
GOBIERNO REG¡ONAL AMAZONAS
Resoluclót¡ oe cenerucll cerueRRl nEcloruRtil" I5 { -eozo
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR
REGTONAL N"131-212}'GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR, disponiendo et REiNiCIO de LABORES
ADMINISTRATIVAS en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a paftir det 10 de agosto del 2020.
A la fecha el contratista no pudo presentar en el ptazo máximo que fue el 05 de Agosto 2020, pero de acuerdo
a la ResoluciÓn N' 128 y Resolución N' 131 (mencionadas lineas arriba), tograido presentar en la fecha de
10 de Agosto 2020 cumpliendo L'on su plazo máximo, las cuantificaciones eshblecidas en la disposición I 4.1
de la Directiva N' 005'2020-OSCE e/ día jueves 10 de agosto det 2020, mediante CARIA N' 019-2020-
CONSORC/O BAMIG
D_F U CUANTFCACóN DE LOS COSTOS DEL CONTRATTSTA:
El contratista a través de su carta N' OIS2O2O-COIVSORCiO BAKA)G, presenta /as srguienfes
cuantificaciones:
(i) La cuantifrcación de aquellos cosfos direcfos y gasfos generales que implique ejecutar la obra ba¡o el
nitevo plazo de eiecución y por la implementación de las medidas para prevención y control frente a la
propagación del COVID-19 dispuestas por /os secfores competentes.
(ii) La cuantificación de aquellos coslos que resulten necesanbs para garantizar la adecuada custodia y/o
mantenimiento de las paftidas ejecutadas de la obra, asi como de los materiales, rnsumos, mobitiario,
entre otros, que se vayan a utilizar una vez reanudada la obra, tales como seguridad y/o guardianía,
alquiler de almacenes. movilidad y/o transpole, según corres¡ionda.
este concepto el CONTRATISIA presen/a et siguiente cuadro con sus respecfivos montos,
susfentado en su INFARME;
a) RESUMEN DE PRESUPUESTO DE SALDO DE EJECUCTóN DE OBRA
b) RESU/},E¡J DE PRESIJPLJESTO DE sALDo DE EJEcUctóN DE IBRA coN U IMILEMENTAI¡óN
DE t4s MEDIDAS PARA PREVEN?!ÓN Y coNTRoL FRENTE A LA pRopAGActóN DEL covtD ls.
c) sOBREcosro DE EJEcuctÓlv DE sALDo DE EJEcuctóN DE olr¿ cor LA tMpLEMENTActóN
DE tAs MEDIDAS PARA PREVEN1!óN Y coNTRoL FRE^/¡E A LA pRopAGActoN DEL covtD ls.
cosro DRECTO 2,678,614.16 97.59o/o
GASTOS GENERATES (12.04% CD) 0.1204 322,572.56
UTL|DAD (9.96% CD) 0.100 266,878.72
SUB TOTAL 3,268,065.4
IGV 0.00 0.00
TOTAL
3,268,065./U 97.59%
COSIO DIRECTO 2,850,181.79
GASToS GENERATES (14.42% CD)
0.1442
Se adjunta §ustenfo 110,885.79
UT|L|DAD (9.96% CD)
0.1 00
= 166,878.72
SUB TATAL
3,527,946.29
IIJ V
0.00 0.00
TOTAL
3,527,946.29
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
NDE ENERAL REGIONA¡Y N' 15 -2020
cosro DREjT1
GASIOS GENER,ALES
UTILIDAD
SUB TOTAL
IGV
TOTAL
171,567.64
88,313.23
0.00
259,880.85
0.00
259,880.85
DE U EVALUACION DEL COORDINADOR DE OBRAS
Baio el concepto de la cuantiftcación de aquellos cosfos dlreclos y gasfos generales que implique ejecutar la
obra baio el nuevo plazo de ejecución y por la implementación de las medidas para prevención y control frente
a la propagación del C0VID-19 dlspueslas por /os seclores competentes
Del Costo Directo:
En cuanto a /os nuevos precios unitaios con estimacioñésié rendimiento de palidas preexistentes, se esfán
estimaciones de los rendimientos para cumplir con el distanciamiento social establecido por RM-448-
2020. Lo cual no se ha considerado en las partidas de MOVIMIENTO DE TIERRAS que no generen
aglomeración de personal.
En cuanto al resto del presupuesto ofertado, no presenta alguna modificación,
De /os Gastos Generales:
Respecto a /os GASIOS GENERATES presentados, se ha respetado el esquema de ios Gaslos Generales
Ofeñados, en lo que solamente está adicionando /os 30 días calendarios aprobados en la Ampliación
Excepcional de Plazo, equivalentes a 1.00 meses, solamente vaiando a /os gasfos que son netamente
dependientes del plazo de ejecución ampliada
De todo lo antes mencionado señalo a continuación las discrepancias enconlradas en la cuantificación de
cosfos poresfe concepto y fundamento mi posición al respecto.
RESUMEA/ DE PRESUPUESIO DE SALDO DE EJECUCIÓN DE OBRA CON U IMPLEMENTACIÓN DE US
MEDIDAS PARA PREVENCIÓN Y CONTROL FRENTE A U PROPAGACIÓN Oru COVID 19.
SOERECOSIO DE EJECUCIÓ,V DE SATDO DE EJE)U1IÓN DE }BRA coN LA IMPLEMENTA,IÓN DE
US MEDIDAS PARA PREVENCIÓN Y CONTROL FRENTE A LA PROPAGACIÓN Oru COVID 19,
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR
cosro uREcTo 2,759,678.77
GASTOS GENERATES (14.95% CD) Se adjunta §ustenfo 410,885.79
UTLDAD (9.96% CD) = 173,887.80
SUB TOTAL 3,433,736.64
IGV 0.00
TOTAL 3,433,736.61
UT!LIDAD
70,348.89
88,313.23
7,009.08
GOB¡ERNO REGIONAL AMMONAS
RESOLUCIÓN DE GERENCIA qENERAI. REGIONAL N' 15 {.ZOZO
RESUMEN GENERAL:
En general los presupuesfos cuantificados por La Entidad son /as sigulenfes:
cuantificación presentada por el contratista, del incremento: s/. 25g,g}0.gs
cuantificación evaluada por elcoordinador de obra, del incremento: s/. 16s;,611.20
colJc¿ustoilEs y RECoMETVDA C'O^,ES.-
Del análisis realizado a la cuantificación de los cosfos drrecfos, gasfos generales y otros presentados por el
CONSORC/O BAKAIG, contratista eiecutor de la obra de refereniia q, CÓNCLUYó to siguiente:
1) Que existe discrepancias en relación a la cuantificación de cosfos gue establece et item (i) del numeral
741 de la Diectiva "(i) La cuantificación de aqueltos coslos dkectos y gastos generales que imptique ejecutar
la obra baio el nuevo plazo de ejecución y por la implementación Aélas meáidas para preve'nción y'control
frente a la propagación del COVTD-I9 dtspuestas por los sectores competentes" Por cuanto en contntista está
considerando S/. 259,880.85 y et coordinador S/. 165,671 20.
2) No se hizo mención respecto a la cuantificacón de costos que establece el ítem (ii) del numeral 7.4.1 de la
Diectiva '(ii) La cuantificación de aquellos cosfos que resulten necesanos para garantizar la adecuada
custodia y/o mantenimiento de las paftidas ejecutadas de la obra, asi como de tós materiale.s, rhsumos,
mobiliaio, entre otros, que se vayan a utilizar una vez reanudada la obn, tales como seguidad y/o
guardianía, alquiler de almacenes, movilidad y/o Transporte, según corresponda,'.
3) Que, en resumen, general existe discrepancia con la propuesta de cuantificación presentada por el
contratista, toda vez que este cuantifica un monto total de S/ 259,880.85 y de la evaluación efectuada solo
corresponderia emitir CONFORMIDAD por el monto de S/ 165,671.20.
4) Que en concordancia con lo establecido en las disposición 7,5.2 de la Directiva, La cuantiftcación de
aquellos cosfos dlrecfos y gasfos generales que imptique ta implenentación de las medidas para prevención y
control frente a la propagación det CCVID-19 drspueslas por ios seclores competentes, propuestos pr,r el
Eiecutor de Obra, podrá ser obieto de revisión periódica, a pedido de cualquiera de las parfei a! haber sido
propuesta y aprobada en base a estimaciones de rendimientos y/o aproximaLciones, con ta finalidad de verificar
su correspondencia con los rendimientos reales del periodo y/o con /os precios actuales del mercado, en
procura de preseruar el equilibrio entre las prestaciones.
5) Que segÚn lo establecido en /as drsposrc iones 7.5.3 Si acaso se advie¡te la necesidad de hacer aiusfes a
fales cosÚos directos y/o gastos generales, /as partes podrán pactar su modiftcación, para cuyo cáso será
necesario contar con el informe det área usuaria de la Entidad y del lnspector o Supervr.sor, asi como con la
correspondiente ceftificación de crédito presupuestario o previsión presupuestal, según /as reglas previstas en
la normatividad del Slsfema Nacional de Presupuesto Público. Esfos aJusfes deberán contaí coi aprobación
del ritular de la Entidad o del seruidor en quien se haya delegado dicha'facuttad.
Que, con lnforme N" 042-2020-G.R.AMMONAS/GR|-AGA, de fecha 25 de agosto de 2020, et Gestor de
Ejecucion de lnversiones - lng. ALEMNDER GoNZALES ALVA, al haber evaluado el expediente administrativo
que contiene los actuados presentado por el contratista CONSORCIO BAKAIG, y teniendo en cuenta el informe
emitido por el área usuaria, conciuye en Io siguiente:
SUB TOTAL
IGV
TOTAL
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS
[t¡" 1S { -zozo
nesoluc¡óu oE ceRrrucn oeruenlu necloruRlt" r3{ -zozo
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR
r RECONOCER PARCIALMENTE, al Contratista ejecutor de Obra "CONSORCIO BAKAIG"; la
presentación EXTEMPORANEA de su cuantificación del Costo excepcional, los costos directos y
gastos generales varrables a incurrir, el cual corresponden al periodo que significa ejecutar la obra,
bajo la implementación de las medidas para la prevención y control frente a la propagación del
COVID-19, conforme a las disposiciones de los sectores competentes; asi como la cuantificación
de aquellos Costos que resuiten necesarios para Ia adecuada custodia y/o mantenimiento de las
partidas ejecutadas en la obra, así como de los materiales, insumos, mobiliario, entre otros, que
se vayan a utilizar una vez reanudada la obra (Seguridad, Guardianía, Alquiler de Almacenes,
Movilidad y/o Transporte), de corresponder,
No obstante, dichos costos y gastos generales variables a presentar, corresponderían al periodo de
afectación al nuevo plazo de ejecución real de la obra (Sa/do del Plazo Contractual- Ciento Doce
(112) días Calendario) y la Ampliación Excepcional de Plazo Parcial aprobado - Treinta (30) días
Calendario, en este extremo según Reso/ución N" A99-2020). Sin perjuicio de que es necesario
NOTIFICAR a fin de que se pueda cumplir con las exigencias normativas de los sectores competentes,
específicamente en lo referido a ia prevención, controlde la propagacion del COVID-19, por el que se
define con el siguiente detalle.
ffi#
w,
259,880.85
t58.662.12'
(Este costo no
cons¡dera ut¡l¡dad)
Sust€nto de /e
DISCREPANCIA
101,218.73
101,218.73
los electos de reconocim¡ento de los Costos y Gastos Generales, la normat¡va no ha conternplado el pago de las
utilidades
. ESTABLECER que existe discrepancia entre Ias cuanirficaciones de los costos y gastos generales de
la solicitud presentada por el Contratista ejecutor de Obra "CONSORCIO BAKAIG'mediante Carta N"
019-2020-CONSORCIO BAKAIG- 10-08-2020, respecto a los montos que involucran los aquellos que
sionifican eiecutar la obra (Nuevo Plazo de Eiecución del Saldo de Obra real) bajo la implementación
de las medidas para la prevención y control frente a la propagación del COVID-|9, conforme a las
disposlciones de /os secfores competentes y los aquellos necesarios para la custodia y/o
mantenimiento de las partidas eleculadas en la obra, asícomo de los materiales, rnsurnos, mobiliario.
entre otros, gue se vayan a utilizar una vez reanudada la obra (Seguridad, Guardian[a, Alquiler de
Almacenes, Movilidad y/o Transpoñe); en virtud a las cuantificaciones establecidas en la Opinión
Técnica vertida de pafte y mediante el lnforme N'1086-2020-G0BlERN0 REG¡ONAL
AMAZONAS/GRI-SGSL - 24-08-202A, emitido por la Sub Gerencia de Supervision y Liquidaciones;
prevaleciendo ios términos planteados; ello en concordancia con el extremo analizado y evaluados de
parte, y que corresponden a los dispuestos en elnumeral7.4.l de la Directiva N'005-2020-0SCE/CD;
y las ampliadas por el suscrito
tril i DESCRIqC|?N DEL RECONOCTMTENTO
de /os Costos D¡rcctos y Gastos Generales Variables que
I snn¡f¡ca e¡ecutat la obra (Nuevo Plazo de E¡ecución det Saldo de Abra
eilbato la implementación de las ned¡das para la prevención y control
frente a la propagación del C0VID-19. conforme a /as d,bpos/blones de
3 | /os sectores conpetentes y /os aguellos necesarlos parc la custod¡a y/o
nanten¡n¡ento de las pad¡das ejecutadas en ta obra, asi como de /os
nater¡ales, ínsunos, mob¡l¡aio, entre otros, que se vayan a utilizar una
vez rcanudada la obra (Segurtdad, Guardiania, Alquler de Almacenes,
Movilidad y/o Transpofte).
Total, de Cosfos y Gastos Genera/es Cuantificados
RESUME/V - D/SCREPA¡/C/AS EN RECONOCIMIENIO DE COSIOS Y GASTOS GE¡/ERAIES
REcoNoctDo- t, Mo¡trororALEN
ENÍIDAD(s/) | olscREp¡¡¡cl¡
i
nesotuclÓr'¡ oe ceRrrucl¿ crrurRRt Rrclotu(t"N" l5{ -zozo
coetenn¡o nec
1 IC)NF)RME AL|TEM r yZ_ nisúuñ-ñ
'
I cosros yGÁsros GENERALES
259 880.85 158.662.12 101,218.73
atal, de Costos y Gasfos Generales
Cuantificados 259,880.85 1 58,662.12 101,218.73
Monto que sE DlscREpA entre las partes, asciende a sl 101,21g.23 (ciento un Mil
Doscientos Dieciocho con 73/100 Soles.
Es impoñante señalar que nuestra Entidad, se ha pronunciado sobre las condiciones
establecidas en el ítem 1 y 2. Sin PERJUICIO de que el Contratista iendrá que acreditar y
sustentar dichos costos y gastos generales para los efectos de pago de parte de dichá
reconocimiento.
Que, la normativa descrita en los párrafos precedentes se tiene que la cuantificación de los mayores gastos
generales vinculadas a la aprobación de la ampliación excepcional de plazo otorgada al consorcio gecutoi oe ta
.,].i q,. i,áffi-ül;-;j;ilffi.i il,'i* i;
ón,de tas medidas de prevención y control oe cbvto-lg, al coNSoRco BÁKAti, i..t. o.r
a) Los montos que
bajo la
conforme a /as drsposrclones de /os secfores compefentes y los aqueilos necesaros para la custodia
y/o mantenimiento de tas paftidas ejecutadas en la obra, asi como de los materia/es, rnsumos,
ry9bi!.ario'
entre otros, que se vayan a uiilizar una vez reanudada la obra (Seguridad, Guardianíai,
Alquiler de Almacenes, Movilidad y/o Transporle: Dichas discrepancias han sido debidamente
susfenfadas en el lnforme N" 137-2020-G.R.AMAZONAS/GRI-SG'S¿-E/SC, de fecha 21 de agosto
de 2020, e lnforme N" 042-2020-G.R.AMAZ2NA}/GR!-AGA, de fecha'2s de agosto de-2020,
prevaleciendo con ello los términos planteados por ta Sub Gerencia de- Supervisión y
Liquidaclones en su calidad de área usutaria; en ese contexto resulta pertinente se'prosiga con
plazo establecido en Ia Direciiva N' 005-2020-CjSCE/CD; lo cual se habría cumplido pues el consultor presento
su solicitud a la Entidad dentro del plazo oio,gado t¡o-¡á. ¡rr.r¿;;ü; Jüsecuenc¡a, ta Entidad cuenta con
elplazo de 15 días calendario para notificar alcontratista previa opinióÁ delárea usuana (como responsables de
ejecutar las labores de contror y seguimiento en los procesos de ejecución de obras);
Que, para el presente caso, tal y como se evidencia la sub Gerencia de supervision y Liquidaciones, emitió su
opiniÓn técnica a través del lnforme N' 1086-2020-Gobiemo Regional AmázonaslcRl-Scsl, de fecha 24 de
agosto de 2020, e lnforme N' '137-2020-G.R.AMAZONAS/GRI-SG§L-EtSC,
de fecha 21 de agosto 2020, emitido
por el Coordinador de Obra, determinando que el contratista presento todos los documenios exigidos por la
normativa antes descrita; en consecuencia, teniendo en cuenta que [A EvALI]ActoN y pRoNuNctAMtENTa
REsPEcro DE tos coNcEPTos v cosros QUE slc,v,F/canÁ eiecuTAR LA IBRA BAJI LA
MPLEMENTAióN DE LAs MEDIDAS pARÁ LA pREvEñéiou-i coNTRoL FRENTE A LA
PRoPAGActÓN DEL covtD-1g D/sPUEsrAs poR tos sEcroR Es coMpETENt'Es es un aspecto
ne.tamente técnico y se suieta a los informes técnicos que forman pafte det expediente administrativo, los
mr'smos que han sido evaluados por et área técnica cónespondieite, acliemái por el Gestor m Ejecución
de lnversiones, se debe pros eguir con el trámite administrativo;
Que, tamoién es necesario precisar que en el numeral 7.4.2 de ia Directiva N. 0ü5,2020-oscE/cD, se indica
que, Si la Entidad discrepa con la propuesta de cuantificación presentada por et Ejecutor de Obra, deberá
comunicarle ello dentro det plazo antes señalado, con la ioentiiicación precisa de /os aspecfos y conceptos
donde existe discrepancia y el fundamento de su posición, apticántdose provisionalmenfe ios términos
planteados por la Entidad, manteniendo et Eiecutor de obra su derecho de someter las discrepancjas a los
mecanismos de solución de controversias; para ei presente caso y teniendo en cuenta, lo informado por ia Sub
Gerencia de Supervisión y Lrquidacrones - área usuaria. exlsfen discrepancias respecto a:
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS
S"- c So
ol
x--.--.--
p* O|RECi
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS
Resotuclór.¡ oE cene¡¡c¡R oEueRRl- necloxrrtt' 15{ -zozo
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR
/as acciones administrativas a efecfo de que se apruebe de manera parcial el reconocimiento de
cosfos direcfos y gasfos generales solicitada por el ejecutor de la obra en referencia.
Que, por los considerandos precedentes en virtud a la evaluación técnica realizada por el Coordinador de
Obra; asi como estando a la conformidad otorgada por el Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de la
Gerencia Regional de lnfraestructura, responsables de la evaluación y análisis de la presente solicitud
presentada por el CONSORCIO BAKAIG, al ser netamente de carácter técnico, deberá emitirse el acto
adm inistrativo correspondiente;
Estando a lo actuado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones y contando con el visto bueno del
Director de la Oficina Regional de Administración, Gerente Regional de lnfraestructura, Gerente de
Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Oficina Regional de Asesoría Jurídica;
En uso de las facultades conferidas medianie Resolución Ejecutiva Regional N'289-2020-Gobierno Regional
Amazonas/GR y Resolución Elecutiva Regional N" 0BB-201S-G.R. AMAZONAS/pR;
ARTICULO PRIMERO: RECONOCER PARCIALMENTE, al Contratrsta ejecutor de Obra "CONSORCIO
BAKAIG"; la cuaniificacion del Costo excepcional, los costos directos y gastos generales variables a incurrir,
el cuai conesponden al periodo que significa ejecutar Ia obra, bajo la implementación de las medidas para
, la prevención y control frente a la propagación del C0VID.19, conforme a las disposiciones de los
sectores competentes; así comc la cuantificación de aquellos Cosios que resulten necesarios para la
adecuada custodia y/o mantenimiento de las parlidas ejecutadas en la obra, así como de los materiales,
insumos, mobiliario, entre otros, que se vayan a utilizar una vez reanudada la obra (Seguridad,
Guardianía, Alquiler de Almacenes, Movilidad y/o Transporte), de corresponder.
No obstante, dichos costos y gastos generales variables a presentar, corresponderían al periodo de afectación
al nuevo plazo de ejecución real de la obra (Saldo del Plazo Contractual - Ciento Doce (112) días
Calendario) y la Ampliacion Excepcional de Plazo Parcial aprobado - Treinta (30) días Calendario, en
este extremo según Reso/ución N" 099-2020). Sin perjuicio de que, es necesario NOTIFICAR a fin de que
se pueda cumplir con las exigencias normativas de los sectores competentes, específicamente en lo referido a
la prevención, control de la propagación del COVID-19, por el que se define con el siguiente detalle:
de /os costos Diectos y Variables que
siqnifica eiecutar la obra lNuevo Ptazo de Eiecuctón det Saldo de Obra
reall bato la inplementación de las nedidas para ia prevención y control
frente a la propagac¡ón del COVID-9. conforme a /as d/spos/blones de
/os seciores conpetentes y :os aquellos necesarios para ia custodta y/o
manten¡miento de las patidas ejecttadas en ta obra. asi corno de /os
nateriales. ¡nsunos. nablliatio. entre otros. que se vayan a utit¡zar una
I vez reanudada ta obra (segurbao, Guardiania, Alquiler de Almacenes.
I Movtlidad y/o Transporte).
! Totai, de Costos y Gastos Generates Cuantificados i 2se,aao.as 1 rse,aaz.tz" | 101,218.73
w
259.880.85
158,662.12'
(Este costo no
cons¡dera Utilidad)
101,218.73
- RECONOCIMIENTo'¿fE uoSI0S y GASI0S
,rcr
I
oescarraou DELREcoloctMtENTo
MoNTo i REcovoctDo- I
soLtctrAlo. I supenwslo¡ | susre'rode/a
-..--.-.^--.^.. r -..-.-.^.^.t I üscREpANctA
Co¡JIRAII§IA lS/)
r ENTIDAD (Sin
'Para los electos de reconoc¡mienlo de los Costos y Gastos Generates. ta ñormatwa no na contem/aao et pago ¿e ns
ut¡l¡dades
ARTICULO SEGUNDO: ESTABLECER que existe discrepancia entre las cuantificaciones de los costos y
gastos generales rie la solicitucj presentada por el Contratista ejecutor de Cbra "CONSORCIO BAKAIG'
mediante Carta N" 019-2020-CONSORCIO BAKA.IG - 10-08-202C, respecro a los montos que involucran lcs
3
1l
W ttt'=--t -tt'try^t ffi
ngsor-uc¡óN oe eeneNcLq oErqERArRecro¡¡nlT{" 15{-zoz0
aquellos }ue sianifican ei?cutar ta obra (Nuevo Ptazo de Eiecuc¡ón det Saldo de Obra reail bajo ta
implementación de las medidas para la prevenció,n y nforme a
/as dlsposiclones de /os seclores competentes y los aquetlos necesarios pari ta custodia y/o mantenimiento de
las pañidas eiecutadas en la obra, así cono de los materiales. lnsumos, mobitiario, entre'otros, que se vayan a
utilizar una vez reanudada ta obra (Seguridad, Guardianía, Atquiler de Almacenes, Movitidad y/o Transpofte);
en virtud a las cuantificaciones establecidas en la Opinión Técnica vertida de parte y mediante el lnforme N.
1086-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GRl-SGSL - 24-08-202A, emitido-por ta Sub Gerencia de
Sup-ervisión y Liquidaciones; prevaleciendo los iérminos planteados; ello en concordancia con el extremo
analizado y evaluados de parte, y que corresponden a los dispuestos en el numeral 7.4.1 de la Directiva N"
005-2020-OSCE/CD; dejando a salvo el derecho del contratistas de hacer uso de cualquiera de los medios de
solución de controversias, debiéndose tener en cuenta el siguiente detalle:
E/V cosfos v GAs7os GEivERAtES
I reu
L-
fr
DE S CRIPCION DEL REC O NOCMTEN| O
MONTO TOTAL
soLlct'rADo.
CO'TRAT'SIA
(s0
MONTO TOTAL
RECjNOCTDO -
ENTTDAD (S/)
MONTO TOTAL EN
0/SCFEPA/vCrA
C)NFORME AL TEM t y [ --ne§úuñ-oe
COSTOS Y G/SIOS GENERALES
259.880.85 158.662.12 101,218.73
otal, de Costos y Gasfos Generales
Cuantificados
259,880.85 1 58,662.12 101,218.73
Monto que SE DISCREPA entre las partes, asciende a St 101,218.73 (Ciento Un Mil
Doscientos Dieciocho con 73/100 Soles.
AIITICULO TERCERO: ESTABLECER que, en concordancia con lo establecido en el sub numeral I .5.2 de la
D ECI|VA N" OO5-2020-OSCE/CD, RESPECTO A LA CUANTIFICACIÓN DE AQUELLoS coSToS
DIRECTOS Y GASTOS GENEMLES QUE IMPLIQUE LA IMPLEMENTAcIÓN DE LAS MEDIDAS PARI
PREVENCIóN Y coNTRoL FRENTE A LA pRopAcÁclóñ oer cóv]0.1e DtspuESTAS poR Los
SECTORES COMPETENTES, propuestos por el Ejecutor de obra, podrá ser objeto de revisión periódica. a
pedido de cualquiera de /as pañes, a! haber sido propuesta'y aprobada en base a estimaciones de
rendimientos y/o aproximaciones, con ia flnalidad de veriflcar iu
'correspondencia
con los rendimientos
reales del periodo y/o con los precios actuales del mercado, en procura de preservar el equilibrio entre las
prestaciones.
4BTLQU!9 OUINTO: PREC¡SAR que para el PAGO por parte de la Entidao, RESpECTO A LA
cuANTlFlcAclÓN DE AQUELLos cosros DrREcros y GASTos GENEMLES euE lupLteuE LA
IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDTDAS pARA pREVENctóN y couriofrRENTE A LA pRopAcacdru
DEL COVID'19 DISPUESTAS POR LOS SECTORES COMPETENTES, tal como to señata et numeral 7.2 de
la DIRECTIVA
,N'
005-2020-OSCE/CE, estos cieberán ser DEBTDAMEÑTE AcREDtTADos por et contratista
0e conlormldad a Io establec¡do en el numeral 7 2.4 de la norma citada, evaluación que será efectuada por el
área usuaria (sub Gerencia de Suoervisión y Liquidaciones), balo responsabilidad.
ARTIQULO SEXTO: ENCARGAR al área usuaria (Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones) ta
cuantificaciÓn y aplicacion de ia PENALIDAD PoR MORA en ia oue ha incurricio el contratisia ante el retraso en
f$!99!-O CUlnfO: ESTABLECER que, según lo establecido en ei st¡c r-rrrrn€r?t 7.5.3 de ta Directiva N"
005-2020-OSCE/CD, si ac.aso se adviei'te Ia nécesidad de hacer aiustes a tales costos directos y/o qastos
árgE usuaria de la Entidad v dg
-cféd.ito gresupuestario o grevsion,fresupuestat, segúñlas reqñ prevtstas én ffi
Nactpnal de Presupuesto Público. Estos a¡ustffin delTitular de la E¡lidad o del
servidor en quien se haya deleqado dicha facultad.
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS
REsouugóru oe cenerucrl e erueRRl Rectol'¡RL'N' 15 { -zozó
GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR
la presentación de su solicitud de reconocimiento de costos directos y gastos generales; de acuerdo a lo
informado por el Gestor en Ejecución de lnversiones a través del lnforme N' 042-2020-G.R.AMM0NAS/GR|-
A.G.A, de fecha 25 de agosto de 2020, bajo responsabilidad.
ARTICULO SETIMO: PRECISAR que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias y/o transgresiones
técnicas en la evaluación de la solicitud presentada por CONSORCIO BAKAIG, en su calidad de ejecutor de
IA ObrA: "CREACIÓN DE IOS SERY'C/OS DE AGIJA POTABLE E
'NSTAIACIóA'
SAIV/TARIA DE
D'SPOS'C'óN DE EXCRETAS YAGUAS GR'SES EN LA CC,NN BAKAIG, D'SIR'IO DE IMAZA, BAGIJA,
AMAZONAS", así como de determinarse que los hechos que sirven de sustento para la emisión del acto
resolutivo no se ajusten a la verdad y realidad, la responsabilidad administraüva, civil y/o penal recaerá
exclusivamente en el Coordinador de Obra - lng. Enrique Salas Carranza, Sub Gerente de Supervisión y
Liquidaciones de la Gerencia Regional de lnfraestructura de esta Sede Regional - lng. Carlos Enrique Gastelo
Benavides, en su calidad de área usuaria y técnica de la Entidad y del Gestor en Ejecución de lnversiones -
lng. Alexander Gonzales Alva, al ser partes intervinientes que han otorgado conformidad al contenido del
expediente administrativo.
ARTICULO OCTAVO: NOTIFICAR la presente Resolución a la Sub Gerencia de Supervisién y Liquidaciones,
Gerencia Regional de lnfraestructura, contratista ejecutor de la obra CONSORCIO BAKAIG, y demás
lnstancias lnternas del Gobierno Regional de Amazonas que corresponda para los fines pertinentes.
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Reso 154 2020-ggr

  • 1. GÜB¡ERNO REGIOIüAL AMMCINAS iiilL;ü^,"ü;/iAññ;; DE EXCRETAS YÁGUAS GR/SES EN U CC,NN BAKAIG, D/STR/IO DE IMAZA, BAGIJA, chachapoyas, 25 A60 Z0Z0 VISTO: El lnforme N" 303-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR|, de fecha 25 de agosto de 2020,mediante el cual el Gerente Regional de lnfraeskuctura alcanza el expediente de reconocimiento de costos directos y gasios generales solicitada por el contratista coNsoRclo BAKAIG en su calidad de ejecutor de la obra: "CREACIÓN DE tOS SERY/C/OS DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓIrI S¡ruIr¡R A DE DISPO.S/C'Ó'V DE EXCRETAS YAGUAS 6R'SES EN LA CC,NN BAKAIG, D'SIR/TO DE IMAZA, BAGI]A, AMAZONAS'; v, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N" 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se establece su estructura, organizacion, competencias y iunciones de los Gobiernos Regionalei, constituyéndolos como una persona jurídica de derecho público con autonomía política, económica yldministrativa en asuntos de su competencia; Que, con fecha 27112120-1q_E] Gobierno Regional Amazonas y et conkatista coNSoRCto BAK¡.¡G, ::.?libl::1i ?,lc^tTjlI0^DJ.c^E¡ltgn -cEryEUL REGToNAL fu" orr.zozo-onn_ccn, paia r, t.l,.ion o !..."'- :iB.crREü' *':Slr/ iI': Que, con Decreto Supremo N'04"2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento socialobligatorió (cuarentena¡, por lai graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del bróte OetiOVlO tg; i Que, ccn Decreto Supremo N" 008-2020-5A, Decreto Supremo N" 0S1,075 y 0S3-2020-PCM, se prorroga et Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote delC0V|D - 19, así como promover medidai de prevención y control para evitar la propagaciÓn de dicha enfermedad, los Gobiernos Regionales adoptarán meoidas prevenúvas que coadyuven al cumpiimiento de las normas y disposiciones cones[ondientes emitidas por el poder ejecutivo, respecto a la paralización de proyectos de inversión; Que, mediante Decreto Supremo N' 080-2020-PCM, se aprueba ta REANUDACIóN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN FORMA GRADUAL Y PROGRESIVA dentro del marco de ta declaratoria de Emergencia !11!ria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del covtD-19; Que, a travós de la Resolución Ministerial N" 087-2020-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba el "Protocolo Sanitario del Seclor Vivienda, Construcción y Saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la Reanudación de Actividades,'; - Que, con DECRETO LEG|SLATIVO N'1486, se señala en su SEGUNDA DtspostctóN COMpLEMENTARIA TRANSIToRIA que: "Para ta reactivación de los contratos de obravigentesysus respecflvos contratos de supervisiÓn' baic el ámbito rtei régimen general de contrataciones dei Eita¿o, cuya ejecución de la inversión se ha visto parat¡zada deb¡do_ai Estado de Emergencia Nacional producio /,oi át cóvto-1g, aprobado por ei Decreto Supremo N' 044-2020-pCM y sus modlficatorias; Que, con ResoiuciÓn N'061-2O2O-OSCEIPRE, de fecha'19 de mayo de2020,se formaliza ia aprobación de ia DIRECTIVA N' 005'2020'OSCE/CD que, estabiece los "ALCANCES y DtSpOStCtONES pARA LA REAcrlvAclóru on oBRAs puBLtcAS y coNTRATos DE supERVis¡éN EN ;Jilácd"ir L¡. ,SEGU¡'IDA DISPCIS]CION COMPI-EMENTARI,A TRANSITORIA DEL DECRETO LEGISLATIVO N" 1486"
  • 2. GOBIERNO REG¡ONAL AMMONAS RESOLUC!ÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAT I{" I5{-2020 SiCNdO qUE CN EI Numeral 7.4 SOBRE LA EVALUACIÓN Y PRoNUNCIAMIENTo RESPECTo DE Los coNcEPTos Y cosros QUE slcNlFlclRÁ r¡rcurAR LA oBRA BAJo LA tMpLEMENrnctó¡¡ oE LAS MEDIDAS PARA LA PREVENCIóI v co¡lrRoL FRENTE A LA pRopAcActóN DEL covtD.1g DISPUESTAS POR LOS SECTORES COMpETENTES, estabtece: "7'4-1. En elplazo máximo detreinta (30) días calendario de aprobada ta soticitud de ampliación de plazo excepcional, el Ejecutor de Obra presenta: 0 La cuantificación de aqueilos cos¿os directos y gasfos generales que implique ejecutar la obra baio el nuevo plazo de eiecución y por ta implementación de las medidas para prevención y controlfrente a la propagación del COVTD-I9 drspuesfas por los sectores compefenfes. (it La cuantificación de aquellos cosfos que resulten necesarios para garantizar la adecuada custodia y/o mantenimiento de las partidas ejecutadas de la obra, asi óomo de los materiales, insumos, mobiliario, entre ctros, que se vayan a utilizar una vez reanudada ta obra, tales como seguridad y/o guardianía, alquiter de almacenes, movilidad y/o transpode, según corresponda. 7.4.2 La Entidad deberá notificar al contratista su pronunciamiento sobre tal cuantificación en un plazo máximo de quince (15) días calendario de haber sido presentada por el Ejecutor de Obra. Si la Entidad acepta ta propuesta de cuantificación presentada por et Ejecutor de Obra, se tendrá por modificado el contrato, sin necesidad de suscribir algún acuerdo adicionat o adenda, y^se efectuaran /os pagos que correspondan al contratista, en la oporlunidad conespondiente. S^i la Entidad discrepa con la propuesta de cuantificación presentada por el Ejecutor de Obra, deberá comunicarle ello dentro del ptazo anfes sena/ado, con la identificación precisa de /os aspecfos y conceptos donde exlsfe discrepancia y el fundamento de su posición, aplicándose provisionalmenfe /os términos planteádos por la Entidad, manteniendo el Eiecutor de Obra su derecho de someter las discrepancias a /os mecanismos de solución de controversias. Los aspeclos sobre /os que no existe discrepancia determinan la modificación del contrato, sin necesidad de suscribir algún acuerdo adicional o adenda. La aprobación de vatorizaciones y el pago de /os concepfos e impoftes sobre /os que no existe discrepancia, deberá efectuarse según lo previsto en el numeralT.3.2 de esta Directiva. b.t*-,¿;8,* w# @,' 7.4.3' Los cosfos para la implementación de las medidas para prevención y control frente a la propagaciÓn del COVID-I? dispuesfas por los secfores competentei, no califican como prestaciones adicionales de obra". Que, mediante RESOLUCION I'i' u59-2020-OSCE/PRE, se formaliza la rectificación de la Directiva N. 00S- 2020-OSCE/CD - "Alcances y Disposiciones para la reactivación de las Obras públicas y Contratos de Supervisión, en el marco de la Segunda Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N' 1 486"; Que, a través del Decreto Supremo N' 094-2020-PCM, se establece las medidas que debe observar la ciudadanía a una nueva convivencia social y prórroga el estado de emergencia Nacional, por las graves circunstancias que afecta la vida de la nación a consecuencia del COVID-19 a partirdel25 de mayo hasta el 30 de junio de 2020', Que, mediante Decreto Supremo N' 101-2020-PCM, en su Segunda Disposición Complementaria Final, se dispone la reactivación de obras públicas y sus respectivos contratos de supervisión contratadas conforme al régimen general de contrataciones oel Estaáo, paralizadas por la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional producida por el COV|D.l g; Que, con RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIoNAL N" 099.z020.coBtERNo REGIoNAL AMMONAS/GGR DE FECHA 03 DE JULIO DE 2020 se resuelve: APROBAR PARCTALMENTE la Soticitud de Ampiiacion Excepcional de Plazo presentada por el contratista, para la culminación de la ejecucion de fa obra en referencia:
  • 3. GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS nEsotucrót¡ oE cERE¡¡crR oeurRRt necto¡l¡tuu l5{ -zozo GOBI ERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR QUC, MCdiANtC AESOTUCIÓ¡I DE GERENCIA GE/VERAI REGIONAL N" 12}.^OO.GOBIERNO REGIONAL AMAZONANGGR, de fecha 04 oe agosto del 2020, se suspende las labores admrnistrativas y el cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo pasivo y negativo, por el plazo de siete (07) días calendarios, contados desde la emisión del presente acto administrativo; QUE, CON RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N" 131.2O2O.GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR, de fecha 07 de agosto de 2020, se rnodifica el acto administrativo citado en el párrafo precedente y se dispone el REINICIO DE LAS LABORES ADMINISTRATIVAS EN LA SEDE CENTML DEL GOBIERNO REGIONAL AMMONAS, así como de sus Direcciones Regionales Operativas, y el computo de los plazos a partir del 10 de aqosto del 2020: QUE, CON RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N' 144-2O2O.GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR, de fecha 17 de agosto de 2020, se dispuso ACLARAR, la Resolucion de Gerencia General Regional N" 128-2020-G0BlERN0 REGIONAL AMAZONAS/GGR de fecha 04 de agosto del 2020, en el extremo que SUSPENDiA, el cómputo de los plazos de los procedim¡enios administrativos sujetos a silencro administrativo positivo y negativo, por el plazo de siete (07) días calendarios, contados desde la emisión del ¿eto administrativo, ACLARANDOLA.en el sentido que; /a suspensión d9l cómputo de los plazos a los plazos de /os trámites de /as so/icift¡des de ampliaciones de plazo excepcional y reconocimienfos de costos directos y gasfos generales de aquellas obras que han sido reactivadas en virlud a /o dispuesfo por elDecreto Legislativo 1486, y conforme a /as disposiclones de la Directiva N" 005-2020-oscE/cD Además, se ACLARO la Resolución de Gerencia General Regional N' 13'1-2020-G0BlERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR de fecha 07 de agosto de|2020, en el extremo que REANUDÓ el computo de los plazos de los procedimientos administrativos sujetos a srlencio administrativo positivo y negativo, a partir del 10 de agosto del 2010; ACLARÁNDOLA en el sentido que; se REANUDA el cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo positivo y negativo, y los plazos de lcs trámiies de las solicitudes de ampliaciones de plazo excepcional y reconocimientos de costos directos y gastos generales de aquellas obras que han sido reactivadas en virtud a lo dispuesto por el Decreto Legislativo 1486, y conforme a las disposiciones de la Directiva N" 005-2020-OSCEJCD; a partir del '10 de agosto del 2020: en ese sentido, AL HABERSE ADOPTADO ACCIONES EN SALVAGUARDA DE SALUD DEL DE LO POR EL EJECUTAR DE LA OBRA EN REFERENCIA: Que, en atención a lo solicitado por la empresa contratista CONSORCIO BAMIG, se ha procedido a la evaluación respectiva por el área usuaria materializada en el lnforme N'137-2020-G.R. AMAZONAS/GRI- SGSL-EISC, de fecha 21 de agosto de 2020, a través del cual el Coordinador de Obra - lng. ENRIQUE SALAS CARRANZA, indica lo siguiente: AAJÁI'S'S IÉCil/CAJ DE |./.VIGENCIA DE PUZO DELCONTRATISTA: Teniendo en cuenta que con fecha 06/07/2020 el contratista fue notificado de la aprobación de la Ampliación de Plazo Excepcionaf queda establecido que el computo de plazos para la presentación de las cuantificaciones que establece /a drsposicón 7.4.1 de la Directiva N' 005-2020-OSCE se computan desde e/ día 07 de julio del 2020. Teniendo como plazo máximo de presentación hasta el dia 05 de agosto del 2020. En /a RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N"128-2O2O.GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR, indica que APRUEBA /a suspensón de LABORES ADMINISTRATIVAS en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, por slele (07) días calendarios. EN Ia RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL REGIONAL N"131-2)2j-GOBIERNO REGDNAL AMAZANAS/GGR, indica que APRI.)EBA ta modificación de ta RESOLT)CION DE GERE,^/C/A GENERAT ffi# ff&'
  • 4. GOBIERNO REG¡ONAL AMAZONAS Resoluclót¡ oe cenerucll cerueRRl nEcloruRtil" I5 { -eozo GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR REGTONAL N"131-212}'GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR, disponiendo et REiNiCIO de LABORES ADMINISTRATIVAS en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a paftir det 10 de agosto del 2020. A la fecha el contratista no pudo presentar en el ptazo máximo que fue el 05 de Agosto 2020, pero de acuerdo a la ResoluciÓn N' 128 y Resolución N' 131 (mencionadas lineas arriba), tograido presentar en la fecha de 10 de Agosto 2020 cumpliendo L'on su plazo máximo, las cuantificaciones eshblecidas en la disposición I 4.1 de la Directiva N' 005'2020-OSCE e/ día jueves 10 de agosto det 2020, mediante CARIA N' 019-2020- CONSORC/O BAMIG D_F U CUANTFCACóN DE LOS COSTOS DEL CONTRATTSTA: El contratista a través de su carta N' OIS2O2O-COIVSORCiO BAKA)G, presenta /as srguienfes cuantificaciones: (i) La cuantifrcación de aquellos cosfos direcfos y gasfos generales que implique ejecutar la obra ba¡o el nitevo plazo de eiecución y por la implementación de las medidas para prevención y control frente a la propagación del COVID-19 dispuestas por /os secfores competentes. (ii) La cuantificación de aquellos coslos que resulten necesanbs para garantizar la adecuada custodia y/o mantenimiento de las paftidas ejecutadas de la obra, asi como de los materiales, rnsumos, mobitiario, entre otros, que se vayan a utilizar una vez reanudada la obra, tales como seguridad y/o guardianía, alquiler de almacenes. movilidad y/o transpole, según corres¡ionda. este concepto el CONTRATISIA presen/a et siguiente cuadro con sus respecfivos montos, susfentado en su INFARME; a) RESUMEN DE PRESUPUESTO DE SALDO DE EJECUCTóN DE OBRA b) RESU/},E¡J DE PRESIJPLJESTO DE sALDo DE EJEcUctóN DE IBRA coN U IMILEMENTAI¡óN DE t4s MEDIDAS PARA PREVEN?!ÓN Y coNTRoL FRENTE A LA pRopAGActóN DEL covtD ls. c) sOBREcosro DE EJEcuctÓlv DE sALDo DE EJEcuctóN DE olr¿ cor LA tMpLEMENTActóN DE tAs MEDIDAS PARA PREVEN1!óN Y coNTRoL FRE^/¡E A LA pRopAGActoN DEL covtD ls. cosro DRECTO 2,678,614.16 97.59o/o GASTOS GENERATES (12.04% CD) 0.1204 322,572.56 UTL|DAD (9.96% CD) 0.100 266,878.72 SUB TOTAL 3,268,065.4 IGV 0.00 0.00 TOTAL 3,268,065./U 97.59% COSIO DIRECTO 2,850,181.79 GASToS GENERATES (14.42% CD) 0.1442 Se adjunta §ustenfo 110,885.79 UT|L|DAD (9.96% CD) 0.1 00 = 166,878.72 SUB TATAL 3,527,946.29 IIJ V 0.00 0.00 TOTAL 3,527,946.29
  • 5. GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS NDE ENERAL REGIONA¡Y N' 15 -2020 cosro DREjT1 GASIOS GENER,ALES UTILIDAD SUB TOTAL IGV TOTAL 171,567.64 88,313.23 0.00 259,880.85 0.00 259,880.85 DE U EVALUACION DEL COORDINADOR DE OBRAS Baio el concepto de la cuantiftcación de aquellos cosfos dlreclos y gasfos generales que implique ejecutar la obra baio el nuevo plazo de ejecución y por la implementación de las medidas para prevención y control frente a la propagación del C0VID-19 dlspueslas por /os seclores competentes Del Costo Directo: En cuanto a /os nuevos precios unitaios con estimacioñésié rendimiento de palidas preexistentes, se esfán estimaciones de los rendimientos para cumplir con el distanciamiento social establecido por RM-448- 2020. Lo cual no se ha considerado en las partidas de MOVIMIENTO DE TIERRAS que no generen aglomeración de personal. En cuanto al resto del presupuesto ofertado, no presenta alguna modificación, De /os Gastos Generales: Respecto a /os GASIOS GENERATES presentados, se ha respetado el esquema de ios Gaslos Generales Ofeñados, en lo que solamente está adicionando /os 30 días calendarios aprobados en la Ampliación Excepcional de Plazo, equivalentes a 1.00 meses, solamente vaiando a /os gasfos que son netamente dependientes del plazo de ejecución ampliada De todo lo antes mencionado señalo a continuación las discrepancias enconlradas en la cuantificación de cosfos poresfe concepto y fundamento mi posición al respecto. RESUMEA/ DE PRESUPUESIO DE SALDO DE EJECUCIÓN DE OBRA CON U IMPLEMENTACIÓN DE US MEDIDAS PARA PREVENCIÓN Y CONTROL FRENTE A U PROPAGACIÓN Oru COVID 19. SOERECOSIO DE EJECUCIÓ,V DE SATDO DE EJE)U1IÓN DE }BRA coN LA IMPLEMENTA,IÓN DE US MEDIDAS PARA PREVENCIÓN Y CONTROL FRENTE A LA PROPAGACIÓN Oru COVID 19, GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR cosro uREcTo 2,759,678.77 GASTOS GENERATES (14.95% CD) Se adjunta §ustenfo 410,885.79 UTLDAD (9.96% CD) = 173,887.80 SUB TOTAL 3,433,736.64 IGV 0.00 TOTAL 3,433,736.61 UT!LIDAD 70,348.89 88,313.23 7,009.08
  • 6. GOB¡ERNO REGIONAL AMMONAS RESOLUCIÓN DE GERENCIA qENERAI. REGIONAL N' 15 {.ZOZO RESUMEN GENERAL: En general los presupuesfos cuantificados por La Entidad son /as sigulenfes: cuantificación presentada por el contratista, del incremento: s/. 25g,g}0.gs cuantificación evaluada por elcoordinador de obra, del incremento: s/. 16s;,611.20 colJc¿ustoilEs y RECoMETVDA C'O^,ES.- Del análisis realizado a la cuantificación de los cosfos drrecfos, gasfos generales y otros presentados por el CONSORC/O BAKAIG, contratista eiecutor de la obra de refereniia q, CÓNCLUYó to siguiente: 1) Que existe discrepancias en relación a la cuantificación de cosfos gue establece et item (i) del numeral 741 de la Diectiva "(i) La cuantificación de aqueltos coslos dkectos y gastos generales que imptique ejecutar la obra baio el nuevo plazo de ejecución y por la implementación Aélas meáidas para preve'nción y'control frente a la propagación del COVTD-I9 dtspuestas por los sectores competentes" Por cuanto en contntista está considerando S/. 259,880.85 y et coordinador S/. 165,671 20. 2) No se hizo mención respecto a la cuantificacón de costos que establece el ítem (ii) del numeral 7.4.1 de la Diectiva '(ii) La cuantificación de aquellos cosfos que resulten necesanos para garantizar la adecuada custodia y/o mantenimiento de las paftidas ejecutadas de la obra, asi como de tós materiale.s, rhsumos, mobiliaio, entre otros, que se vayan a utilizar una vez reanudada la obn, tales como seguidad y/o guardianía, alquiler de almacenes, movilidad y/o Transporte, según corresponda,'. 3) Que, en resumen, general existe discrepancia con la propuesta de cuantificación presentada por el contratista, toda vez que este cuantifica un monto total de S/ 259,880.85 y de la evaluación efectuada solo corresponderia emitir CONFORMIDAD por el monto de S/ 165,671.20. 4) Que en concordancia con lo establecido en las disposición 7,5.2 de la Directiva, La cuantiftcación de aquellos cosfos dlrecfos y gasfos generales que imptique ta implenentación de las medidas para prevención y control frente a la propagación det CCVID-19 drspueslas por ios seclores competentes, propuestos pr,r el Eiecutor de Obra, podrá ser obieto de revisión periódica, a pedido de cualquiera de las parfei a! haber sido propuesta y aprobada en base a estimaciones de rendimientos y/o aproximaLciones, con ta finalidad de verificar su correspondencia con los rendimientos reales del periodo y/o con /os precios actuales del mercado, en procura de preseruar el equilibrio entre las prestaciones. 5) Que segÚn lo establecido en /as drsposrc iones 7.5.3 Si acaso se advie¡te la necesidad de hacer aiusfes a fales cosÚos directos y/o gastos generales, /as partes podrán pactar su modiftcación, para cuyo cáso será necesario contar con el informe det área usuaria de la Entidad y del lnspector o Supervr.sor, asi como con la correspondiente ceftificación de crédito presupuestario o previsión presupuestal, según /as reglas previstas en la normatividad del Slsfema Nacional de Presupuesto Público. Esfos aJusfes deberán contaí coi aprobación del ritular de la Entidad o del seruidor en quien se haya delegado dicha'facuttad. Que, con lnforme N" 042-2020-G.R.AMMONAS/GR|-AGA, de fecha 25 de agosto de 2020, et Gestor de Ejecucion de lnversiones - lng. ALEMNDER GoNZALES ALVA, al haber evaluado el expediente administrativo que contiene los actuados presentado por el contratista CONSORCIO BAKAIG, y teniendo en cuenta el informe emitido por el área usuaria, conciuye en Io siguiente: SUB TOTAL IGV TOTAL
  • 7. GOBIERNO REGIONAL AMMONAS [t¡" 1S { -zozo nesoluc¡óu oE ceRrrucn oeruenlu necloruRlt" r3{ -zozo GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR r RECONOCER PARCIALMENTE, al Contratista ejecutor de Obra "CONSORCIO BAKAIG"; la presentación EXTEMPORANEA de su cuantificación del Costo excepcional, los costos directos y gastos generales varrables a incurrir, el cual corresponden al periodo que significa ejecutar la obra, bajo la implementación de las medidas para la prevención y control frente a la propagación del COVID-19, conforme a las disposiciones de los sectores competentes; asi como la cuantificación de aquellos Costos que resuiten necesarios para Ia adecuada custodia y/o mantenimiento de las partidas ejecutadas en la obra, así como de los materiales, insumos, mobiliario, entre otros, que se vayan a utilizar una vez reanudada la obra (Seguridad, Guardianía, Alquiler de Almacenes, Movilidad y/o Transporte), de corresponder, No obstante, dichos costos y gastos generales variables a presentar, corresponderían al periodo de afectación al nuevo plazo de ejecución real de la obra (Sa/do del Plazo Contractual- Ciento Doce (112) días Calendario) y la Ampliación Excepcional de Plazo Parcial aprobado - Treinta (30) días Calendario, en este extremo según Reso/ución N" A99-2020). Sin perjuicio de que es necesario NOTIFICAR a fin de que se pueda cumplir con las exigencias normativas de los sectores competentes, específicamente en lo referido a ia prevención, controlde la propagacion del COVID-19, por el que se define con el siguiente detalle. ffi# w, 259,880.85 t58.662.12' (Este costo no cons¡dera ut¡l¡dad) Sust€nto de /e DISCREPANCIA 101,218.73 101,218.73 los electos de reconocim¡ento de los Costos y Gastos Generales, la normat¡va no ha conternplado el pago de las utilidades . ESTABLECER que existe discrepancia entre Ias cuanirficaciones de los costos y gastos generales de la solicitud presentada por el Contratista ejecutor de Obra "CONSORCIO BAKAIG'mediante Carta N" 019-2020-CONSORCIO BAKAIG- 10-08-2020, respecto a los montos que involucran los aquellos que sionifican eiecutar la obra (Nuevo Plazo de Eiecución del Saldo de Obra real) bajo la implementación de las medidas para la prevención y control frente a la propagación del COVID-|9, conforme a las disposlciones de /os secfores competentes y los aquellos necesarios para la custodia y/o mantenimiento de las partidas eleculadas en la obra, asícomo de los materiales, rnsurnos, mobiliario. entre otros, gue se vayan a utilizar una vez reanudada la obra (Seguridad, Guardian[a, Alquiler de Almacenes, Movilidad y/o Transpoñe); en virtud a las cuantificaciones establecidas en la Opinión Técnica vertida de pafte y mediante el lnforme N'1086-2020-G0BlERN0 REG¡ONAL AMAZONAS/GRI-SGSL - 24-08-202A, emitido por la Sub Gerencia de Supervision y Liquidaciones; prevaleciendo ios términos planteados; ello en concordancia con el extremo analizado y evaluados de parte, y que corresponden a los dispuestos en elnumeral7.4.l de la Directiva N'005-2020-0SCE/CD; y las ampliadas por el suscrito tril i DESCRIqC|?N DEL RECONOCTMTENTO de /os Costos D¡rcctos y Gastos Generales Variables que I snn¡f¡ca e¡ecutat la obra (Nuevo Plazo de E¡ecución det Saldo de Abra eilbato la implementación de las ned¡das para la prevención y control frente a la propagación del C0VID-19. conforme a /as d,bpos/blones de 3 | /os sectores conpetentes y /os aguellos necesarlos parc la custod¡a y/o nanten¡n¡ento de las pad¡das ejecutadas en ta obra, asi como de /os nater¡ales, ínsunos, mob¡l¡aio, entre otros, que se vayan a utilizar una vez rcanudada la obra (Segurtdad, Guardiania, Alquler de Almacenes, Movilidad y/o Transpofte). Total, de Cosfos y Gastos Genera/es Cuantificados RESUME/V - D/SCREPA¡/C/AS EN RECONOCIMIENIO DE COSIOS Y GASTOS GE¡/ERAIES REcoNoctDo- t, Mo¡trororALEN ENÍIDAD(s/) | olscREp¡¡¡cl¡ i
  • 8. nesotuclÓr'¡ oe ceRrrucl¿ crrurRRt Rrclotu(t"N" l5{ -zozo coetenn¡o nec 1 IC)NF)RME AL|TEM r yZ_ nisúuñ-ñ ' I cosros yGÁsros GENERALES 259 880.85 158.662.12 101,218.73 atal, de Costos y Gasfos Generales Cuantificados 259,880.85 1 58,662.12 101,218.73 Monto que sE DlscREpA entre las partes, asciende a sl 101,21g.23 (ciento un Mil Doscientos Dieciocho con 73/100 Soles. Es impoñante señalar que nuestra Entidad, se ha pronunciado sobre las condiciones establecidas en el ítem 1 y 2. Sin PERJUICIO de que el Contratista iendrá que acreditar y sustentar dichos costos y gastos generales para los efectos de pago de parte de dichá reconocimiento. Que, la normativa descrita en los párrafos precedentes se tiene que la cuantificación de los mayores gastos generales vinculadas a la aprobación de la ampliación excepcional de plazo otorgada al consorcio gecutoi oe ta .,].i q,. i,áffi-ül;-;j;ilffi.i il,'i* i; ón,de tas medidas de prevención y control oe cbvto-lg, al coNSoRco BÁKAti, i..t. o.r a) Los montos que bajo la conforme a /as drsposrclones de /os secfores compefentes y los aqueilos necesaros para la custodia y/o mantenimiento de tas paftidas ejecutadas en la obra, asi como de los materia/es, rnsumos, ry9bi!.ario' entre otros, que se vayan a uiilizar una vez reanudada la obra (Seguridad, Guardianíai, Alquiler de Almacenes, Movilidad y/o Transporle: Dichas discrepancias han sido debidamente susfenfadas en el lnforme N" 137-2020-G.R.AMAZONAS/GRI-SG'S¿-E/SC, de fecha 21 de agosto de 2020, e lnforme N" 042-2020-G.R.AMAZ2NA}/GR!-AGA, de fecha'2s de agosto de-2020, prevaleciendo con ello los términos planteados por ta Sub Gerencia de- Supervisión y Liquidaclones en su calidad de área usutaria; en ese contexto resulta pertinente se'prosiga con plazo establecido en Ia Direciiva N' 005-2020-CjSCE/CD; lo cual se habría cumplido pues el consultor presento su solicitud a la Entidad dentro del plazo oio,gado t¡o-¡á. ¡rr.r¿;;ü; Jüsecuenc¡a, ta Entidad cuenta con elplazo de 15 días calendario para notificar alcontratista previa opinióÁ delárea usuana (como responsables de ejecutar las labores de contror y seguimiento en los procesos de ejecución de obras); Que, para el presente caso, tal y como se evidencia la sub Gerencia de supervision y Liquidaciones, emitió su opiniÓn técnica a través del lnforme N' 1086-2020-Gobiemo Regional AmázonaslcRl-Scsl, de fecha 24 de agosto de 2020, e lnforme N' '137-2020-G.R.AMAZONAS/GRI-SG§L-EtSC, de fecha 21 de agosto 2020, emitido por el Coordinador de Obra, determinando que el contratista presento todos los documenios exigidos por la normativa antes descrita; en consecuencia, teniendo en cuenta que [A EvALI]ActoN y pRoNuNctAMtENTa REsPEcro DE tos coNcEPTos v cosros QUE slc,v,F/canÁ eiecuTAR LA IBRA BAJI LA MPLEMENTAióN DE LAs MEDIDAS pARÁ LA pREvEñéiou-i coNTRoL FRENTE A LA PRoPAGActÓN DEL covtD-1g D/sPUEsrAs poR tos sEcroR Es coMpETENt'Es es un aspecto ne.tamente técnico y se suieta a los informes técnicos que forman pafte det expediente administrativo, los mr'smos que han sido evaluados por et área técnica cónespondieite, acliemái por el Gestor m Ejecución de lnversiones, se debe pros eguir con el trámite administrativo; Que, tamoién es necesario precisar que en el numeral 7.4.2 de ia Directiva N. 0ü5,2020-oscE/cD, se indica que, Si la Entidad discrepa con la propuesta de cuantificación presentada por et Ejecutor de Obra, deberá comunicarle ello dentro det plazo antes señalado, con la ioentiiicación precisa de /os aspecfos y conceptos donde existe discrepancia y el fundamento de su posición, apticántdose provisionalmenfe ios términos planteados por la Entidad, manteniendo et Eiecutor de obra su derecho de someter las discrepancjas a los mecanismos de solución de controversias; para ei presente caso y teniendo en cuenta, lo informado por ia Sub Gerencia de Supervisión y Lrquidacrones - área usuaria. exlsfen discrepancias respecto a: GOBIERNO REGIONAL AMMONAS S"- c So ol x--.--.-- p* O|RECi
  • 9. GOBIERNO REGIONAL AMMONAS Resotuclór.¡ oE cene¡¡c¡R oEueRRl- necloxrrtt' 15{ -zozo GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR /as acciones administrativas a efecfo de que se apruebe de manera parcial el reconocimiento de cosfos direcfos y gasfos generales solicitada por el ejecutor de la obra en referencia. Que, por los considerandos precedentes en virtud a la evaluación técnica realizada por el Coordinador de Obra; asi como estando a la conformidad otorgada por el Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de la Gerencia Regional de lnfraestructura, responsables de la evaluación y análisis de la presente solicitud presentada por el CONSORCIO BAKAIG, al ser netamente de carácter técnico, deberá emitirse el acto adm inistrativo correspondiente; Estando a lo actuado por la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones y contando con el visto bueno del Director de la Oficina Regional de Administración, Gerente Regional de lnfraestructura, Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Oficina Regional de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas medianie Resolución Ejecutiva Regional N'289-2020-Gobierno Regional Amazonas/GR y Resolución Elecutiva Regional N" 0BB-201S-G.R. AMAZONAS/pR; ARTICULO PRIMERO: RECONOCER PARCIALMENTE, al Contratrsta ejecutor de Obra "CONSORCIO BAKAIG"; la cuaniificacion del Costo excepcional, los costos directos y gastos generales variables a incurrir, el cuai conesponden al periodo que significa ejecutar Ia obra, bajo la implementación de las medidas para , la prevención y control frente a la propagación del C0VID.19, conforme a las disposiciones de los sectores competentes; así comc la cuantificación de aquellos Cosios que resulten necesarios para la adecuada custodia y/o mantenimiento de las parlidas ejecutadas en la obra, así como de los materiales, insumos, mobiliario, entre otros, que se vayan a utilizar una vez reanudada la obra (Seguridad, Guardianía, Alquiler de Almacenes, Movilidad y/o Transporte), de corresponder. No obstante, dichos costos y gastos generales variables a presentar, corresponderían al periodo de afectación al nuevo plazo de ejecución real de la obra (Saldo del Plazo Contractual - Ciento Doce (112) días Calendario) y la Ampliacion Excepcional de Plazo Parcial aprobado - Treinta (30) días Calendario, en este extremo según Reso/ución N" 099-2020). Sin perjuicio de que, es necesario NOTIFICAR a fin de que se pueda cumplir con las exigencias normativas de los sectores competentes, específicamente en lo referido a la prevención, control de la propagación del COVID-19, por el que se define con el siguiente detalle: de /os costos Diectos y Variables que siqnifica eiecutar la obra lNuevo Ptazo de Eiecuctón det Saldo de Obra reall bato la inplementación de las nedidas para ia prevención y control frente a la propagac¡ón del COVID-9. conforme a /as d/spos/blones de /os seciores conpetentes y :os aquellos necesarios para ia custodta y/o manten¡miento de las patidas ejecttadas en ta obra. asi corno de /os nateriales. ¡nsunos. nablliatio. entre otros. que se vayan a utit¡zar una I vez reanudada ta obra (segurbao, Guardiania, Alquiler de Almacenes. I Movtlidad y/o Transporte). ! Totai, de Costos y Gastos Generates Cuantificados i 2se,aao.as 1 rse,aaz.tz" | 101,218.73 w 259.880.85 158,662.12' (Este costo no cons¡dera Utilidad) 101,218.73 - RECONOCIMIENTo'¿fE uoSI0S y GASI0S ,rcr I oescarraou DELREcoloctMtENTo MoNTo i REcovoctDo- I soLtctrAlo. I supenwslo¡ | susre'rode/a -..--.-.^--.^.. r -..-.-.^.^.t I üscREpANctA Co¡JIRAII§IA lS/) r ENTIDAD (Sin 'Para los electos de reconoc¡mienlo de los Costos y Gastos Generates. ta ñormatwa no na contem/aao et pago ¿e ns ut¡l¡dades ARTICULO SEGUNDO: ESTABLECER que existe discrepancia entre las cuantificaciones de los costos y gastos generales rie la solicitucj presentada por el Contratista ejecutor de Cbra "CONSORCIO BAKAIG' mediante Carta N" 019-2020-CONSORCIO BAKA.IG - 10-08-202C, respecro a los montos que involucran lcs 3
  • 10. 1l W ttt'=--t -tt'try^t ffi ngsor-uc¡óN oe eeneNcLq oErqERArRecro¡¡nlT{" 15{-zoz0 aquellos }ue sianifican ei?cutar ta obra (Nuevo Ptazo de Eiecuc¡ón det Saldo de Obra reail bajo ta implementación de las medidas para la prevenció,n y nforme a /as dlsposiclones de /os seclores competentes y los aquetlos necesarios pari ta custodia y/o mantenimiento de las pañidas eiecutadas en la obra, así cono de los materiales. lnsumos, mobitiario, entre'otros, que se vayan a utilizar una vez reanudada ta obra (Seguridad, Guardianía, Atquiler de Almacenes, Movitidad y/o Transpofte); en virtud a las cuantificaciones establecidas en la Opinión Técnica vertida de parte y mediante el lnforme N. 1086-2020-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GRl-SGSL - 24-08-202A, emitido-por ta Sub Gerencia de Sup-ervisión y Liquidaciones; prevaleciendo los iérminos planteados; ello en concordancia con el extremo analizado y evaluados de parte, y que corresponden a los dispuestos en el numeral 7.4.1 de la Directiva N" 005-2020-OSCE/CD; dejando a salvo el derecho del contratistas de hacer uso de cualquiera de los medios de solución de controversias, debiéndose tener en cuenta el siguiente detalle: E/V cosfos v GAs7os GEivERAtES I reu L- fr DE S CRIPCION DEL REC O NOCMTEN| O MONTO TOTAL soLlct'rADo. CO'TRAT'SIA (s0 MONTO TOTAL RECjNOCTDO - ENTTDAD (S/) MONTO TOTAL EN 0/SCFEPA/vCrA C)NFORME AL TEM t y [ --ne§úuñ-oe COSTOS Y G/SIOS GENERALES 259.880.85 158.662.12 101,218.73 otal, de Costos y Gasfos Generales Cuantificados 259,880.85 1 58,662.12 101,218.73 Monto que SE DISCREPA entre las partes, asciende a St 101,218.73 (Ciento Un Mil Doscientos Dieciocho con 73/100 Soles. AIITICULO TERCERO: ESTABLECER que, en concordancia con lo establecido en el sub numeral I .5.2 de la D ECI|VA N" OO5-2020-OSCE/CD, RESPECTO A LA CUANTIFICACIÓN DE AQUELLoS coSToS DIRECTOS Y GASTOS GENEMLES QUE IMPLIQUE LA IMPLEMENTAcIÓN DE LAS MEDIDAS PARI PREVENCIóN Y coNTRoL FRENTE A LA pRopAcÁclóñ oer cóv]0.1e DtspuESTAS poR Los SECTORES COMPETENTES, propuestos por el Ejecutor de obra, podrá ser objeto de revisión periódica. a pedido de cualquiera de /as pañes, a! haber sido propuesta'y aprobada en base a estimaciones de rendimientos y/o aproximaciones, con ia flnalidad de veriflcar iu 'correspondencia con los rendimientos reales del periodo y/o con los precios actuales del mercado, en procura de preservar el equilibrio entre las prestaciones. 4BTLQU!9 OUINTO: PREC¡SAR que para el PAGO por parte de la Entidao, RESpECTO A LA cuANTlFlcAclÓN DE AQUELLos cosros DrREcros y GASTos GENEMLES euE lupLteuE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDTDAS pARA pREVENctóN y couriofrRENTE A LA pRopAcacdru DEL COVID'19 DISPUESTAS POR LOS SECTORES COMPETENTES, tal como to señata et numeral 7.2 de la DIRECTIVA ,N' 005-2020-OSCE/CE, estos cieberán ser DEBTDAMEÑTE AcREDtTADos por et contratista 0e conlormldad a Io establec¡do en el numeral 7 2.4 de la norma citada, evaluación que será efectuada por el área usuaria (sub Gerencia de Suoervisión y Liquidaciones), balo responsabilidad. ARTIQULO SEXTO: ENCARGAR al área usuaria (Sub Gerencia de Supervisión y Liquidaciones) ta cuantificaciÓn y aplicacion de ia PENALIDAD PoR MORA en ia oue ha incurricio el contratisia ante el retraso en f$!99!-O CUlnfO: ESTABLECER que, según lo establecido en ei st¡c r-rrrrn€r?t 7.5.3 de ta Directiva N" 005-2020-OSCE/CD, si ac.aso se adviei'te Ia nécesidad de hacer aiustes a tales costos directos y/o qastos árgE usuaria de la Entidad v dg -cféd.ito gresupuestario o grevsion,fresupuestat, segúñlas reqñ prevtstas én ffi Nactpnal de Presupuesto Público. Estos a¡ustffin delTitular de la E¡lidad o del servidor en quien se haya deleqado dicha facultad.
  • 11. GOBIERNO REGIONAL AMMONAS REsouugóru oe cenerucrl e erueRRl Rectol'¡RL'N' 15 { -zozó GOBIERNO REGIONAL AMMONAS/GGR la presentación de su solicitud de reconocimiento de costos directos y gastos generales; de acuerdo a lo informado por el Gestor en Ejecución de lnversiones a través del lnforme N' 042-2020-G.R.AMM0NAS/GR|- A.G.A, de fecha 25 de agosto de 2020, bajo responsabilidad. ARTICULO SETIMO: PRECISAR que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias y/o transgresiones técnicas en la evaluación de la solicitud presentada por CONSORCIO BAKAIG, en su calidad de ejecutor de IA ObrA: "CREACIÓN DE IOS SERY'C/OS DE AGIJA POTABLE E 'NSTAIACIóA' SAIV/TARIA DE D'SPOS'C'óN DE EXCRETAS YAGUAS GR'SES EN LA CC,NN BAKAIG, D'SIR'IO DE IMAZA, BAGIJA, AMAZONAS", así como de determinarse que los hechos que sirven de sustento para la emisión del acto resolutivo no se ajusten a la verdad y realidad, la responsabilidad administraüva, civil y/o penal recaerá exclusivamente en el Coordinador de Obra - lng. Enrique Salas Carranza, Sub Gerente de Supervisión y Liquidaciones de la Gerencia Regional de lnfraestructura de esta Sede Regional - lng. Carlos Enrique Gastelo Benavides, en su calidad de área usuaria y técnica de la Entidad y del Gestor en Ejecución de lnversiones - lng. Alexander Gonzales Alva, al ser partes intervinientes que han otorgado conformidad al contenido del expediente administrativo. ARTICULO OCTAVO: NOTIFICAR la presente Resolución a la Sub Gerencia de Supervisién y Liquidaciones, Gerencia Regional de lnfraestructura, contratista ejecutor de la obra CONSORCIO BAKAIG, y demás lnstancias lnternas del Gobierno Regional de Amazonas que corresponda para los fines pertinentes. ARCHIVESE y CUMPLASE. 'a*' ov