2. DEFINICION
Es un acuerdo negociado entre las empresas y los trabajadores no
afiliados a los sindicatos
Estos a su vez son utilizados por los empleadores como estrategias
preventivas de contención y de debilitamiento o de choque ante los
posibles surgimientos de sindicatos o en ocasiones para que estos
desaparezcan
Este a su vez debe celebrarse por escrito
3. CONDICIONES
Su objeto principal consiste en la regulación de las relaciones
individuales del trabajador.
Elementos:
partes contratante patrono trabadores agrupados en asociaciones
Estipulación convención que establezcan reglas generales y
obligatorias.
Finalidad del contrato determina las bases a las cuales deben amoldarse
los contratos individuales de trabajo.
4. CLAUSULAS
Condiciones generales del trabajo relativo a la prestación de las labores
Horario extraordinario, descansos durante la jornadas
Descanso semanal
Justificación de ausencia
Rendimiento mínimo en el trabajo por piezas o de manera fija
Turnos
Asensos
Traslados
5. DURACION
a) Por tiempo determinado, prorrogadas si los pactos colectivos no son
denunciados con cierta anticipación a su vencimiento;
b) por tiempo indeterminado, con facultad de resolverlos dando aviso
previo;
c) sin término establecido;
d) mientras dure la empresa o no concluya la obra.
Los pactos colectivos solo determinan mínimas condiciones para la
categoría profesional del trabajo.
6. VENTAJAS
Este sistema de contratación colectiva, se señalan las siguientes: a) constituye un
tratado de paz en las relaciones entre el capital y el trabajo, pues se busca la
coincidencia de las partes en lugar de la imposición violenta de una de ellas; b) se
restablece el equilibrio contractual, porque ya no se enfrentan un patrono con
libertad para establecer normas de trabajo y un obrero dispuesto a cualquier cesión
con tal de asegurarse el sustento, sino que tratan o gestionan organizaciones o
grupos de fuerzas análogas; c) mejora y asegura la condición de los trabajadores, ya
que la publicidad y la multitud de contratantes eliminan las condiciones miserables
convenidas en arreglos particulares;
7. d) se unifican las condiciones de trabajo; e) se atenúa la competencia entre
empresarios y se igualan las cargas sociales; /) se estructura y organiza la profesión;
g) esta reglamentación, surgida de quienes están en contacto con las tareas, supera a
la regulación, tantas veces teórica, de los despachos y asambleas legislativas; h)
disminuyen los conflictos de trabajo; i) se robustece la solidaridad productora
patronal; j) se refuerza la conciencia sindical de los trabajadores; k) se estabilizan los
costos de la producción; /) en general, tales pactos se valoran como factor de orden
moral y de progreso social para las clases laboriosas