1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SINDICATOS
Alumna:
Ana González
CI: 11.786.614
SAIA - E
Prof. Marolyn Montilla.
BARQUISIMETO, JULIO DEL 2017.
2. ¿Qué es un Sindicato?
Es la asociación integrada por personas que ejerciendo el mismo
oficio, profesión o intereses laborales comunes, se unen para la
protección de sus beneficios con relación al trabajo. Por lo tanto, el
sindicato es una asociación sin fines de lucro, con personalidad
jurídica laboral y de carácter permanente, cuyo objetivo es el
desarrollo y protección de los intereses de sus agremiados.
3. Pasos para Constituir y Registrar un
Sindicato:
La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) en
su artículo 374, dispone la creación de un Registro Nacional de
Organizaciones Sindicales (RNOS), con sede en todos los estados del
país, con el fin de llevar la información sobre el registro de los sindicatos. El
artículo 375 de la LOTTT dispone dónde debe registrarse cada tipo de
sindicato, según tenga características nacionales, regionales o estadales.
Es decir, sindicatos regionales, nacionales, federaciones y confederaciones
centrales, se registrarán en la sede nacional; en cambio los sindicatos
circunscritos a una entidad federal, como los sindicaros locales o estadales,
deberán registrarse en las sedes estadales del RNOS.
4. De modo que, aclarado lo dela jurisdicción o competencia, quien
aspire constituir un sindicato debe seguir los siguientes pasos:
• Elaborar el Acta Constitutiva del sindicato, siguiendo los términos
establecidos en el artículo 383 LOTTT.
• Elaborar los Estatutos de acuerdo a lo establecido en el artículo
384 LOTTT.
• Elaborar la nómina de los miembros fundadores, en los términos
exigidos en el artículo 385 LOTTT.
Los documentos deben ir firmados por todos los integrantes de la
Junta Directiva provisional en prueba de autenticación.
5. ¿Qué es una Convención Colectiva de
Trabajo?
Es aquella que se celebra entre uno o varios sindicatos o
federaciones o confederaciones sindicales de trabajadores, de una
parte, y uno o varios patronos o sindicatos o asociaciones de
patronos, de la otra, para establecer las condiciones conforme a las
cuales se debe prestar el trabajo y los derechos y obligaciones que
correspondan a cada una de las partes.
6. Cláusulas en las Convenciones
Colectivas de Trabajo
• Cláusulas Introductorias. Son cláusulas de simple formalismo que pueden agrupar: las definiciones,
campo de aplicación, armonía laboral, entre otras.
• Cláusulas Económicas. Van directamente al patrimonio del trabajador, normalmente resultan las cláusulas
más polémicas en la negociación, como ejemplo podemos anotar: salarios, aumentos de salarios,
tabuladores, horas extraordinarias y otras del mismo tenor.
• Cláusulas Socio-económicas. Estas cláusulas, si bien tocan el patrimonio de la empresa, llevan consigo
un fin social. Por ejemplo: pago por servicios médicos y por medicinas, becas, permisos remunerados para
estudios de los trabajadores, entre otros.
• Cláusulas Sindicales. Se refiere a las cláusulas de la convención colectiva destinadas a proteger el
sindicato y sus actividades, como por ejemplo: extensión de la cantidad de delegados sindicales con fuero
sindical.
• Cláusulas de Envoltura. Son cláusulas que contribuyen al desarrollo y ejecución de la convención
colectiva de trabajo, como por ejemplo: condiciones para que el patrono se entere de los probables
conflictos suscitados.
• Cláusulas Accidentales. Son cláusulas de previsión para probables situaciones que se puedan presentar
en la relación de trabajo, como por ejemplo: procedimientos previos a un conflicto.
7. Requisitos para el logro de una
Convención Colectiva de Trabajo
• El sindicato que solicite celebrar una convención colectiva presentará por ante la
Inspectoría del Trabajo el proyecto de convención redactado en tres(3)
ejemplares y el Acta de la Asamblea en la cual se acordó dicha presentación.
• Una vez presentado el proyecto, el Inspector de Trabajo transcribirá al patrono
dicho proyecto presentado, a los efectos de dar inicio a las negociaciones en la
fecha inmediata, el día y hora que señale.
• Las partes sólo formularán los alegatos y oponer defensas sobre la
improcedencia de las negociaciones en la primera reunión que se efectúe de
conformidad con la convocatoria.
• La Convención Colectiva será depositada en la Inspectoría del Trabajo de la
jurisdicción para que pueda tener validez.
8. Diferencias entre Convención Colectiva y
Acuerdo Colectivo.
Convención Colectiva
• No existe ninguna norma.
• Se efectúa dentro de un
proceso no reglado.
• Hay plazos excepcionales, sin
mayor fiscalización durante su
proceso.
Acuerdo Colectivo
• Inserto en un proceso rígido.
• Se efectúa dentro de un
proceso reglado.
• Hay plazos, fiscalización en
cada etapa.
9. Importancia de los Sindicatos, la Libertad
Sindical y la Estabilidad Laboral.
El hecho sindical es un fenómeno espontaneo que deriva de la tendencia
natural de agregación de los individuos condicionados a una misma socio-
económica. El sindicato ostenta la importancia de ser uno de los sujetos del
Derecho del Trabajo.
La libertad sindical constituye la síntesis de todos los derechos y libertades
siendo imprescindible para defender y promover otros derechos laborales y
socioeconómicos. Los derechos laborales han sido conquistados históricamente
por el esfuerzo y la lucha de los trabajadores.
garantizar la estabilidad laboral de los empleados ha sido una de las consignas
más importantes que han enarbolado juristas, laboralistas, sindicalistas y políticos
desde que se comprendió la importancia que tiene el trabajador como un hecho
social ya que el mismo es el generador de ingresos que garantiza la economía de
la familia.
10. Importancia de las Negociaciones
Colectivas de Trabajo
La importancia de la negociación colectiva del trabajo radica en sí
persigue los siguientes objetivos estratégicos:
• Ser fuente de derecho laboral y constituir a la vez una legislación
de segundo piso.
• Constituir un medio esencial de redistribución de la riqueza
socialmente generada.
• Crear las condiciones de estabilidad y armonía laboral necesaria
para el desarrollo económico y social de una nación.
11. Conclusiones:
Como fundamento se considera que con la existencia de un solo
sindicato los trabajadores se encuentran mas cohesionados evitando
discrepancias con otros sindicatos si los hubiere, un solo sindicato
permite una negociación mas eficaz con el empleador por cuanto se
contribuye en un interlocutor valido frente a la Empresa empleadora.
12. Referencias Bibliográficas:
• Rodríguez O, Hugo. (2012). NOCIONES SOBRE DERECHO
COLECTIVO DEL TRABAJO. Barquisimeto, Venezuela.
• Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
• http://saia.uft.edu.ve/ead/mod/book/view.php?id=874595
• http://saia.uft.edu.ve/ead/mod/book/view.php?id=874595&chapterid=129
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• http://saia.uft.edu.ve/ead/mod/book/view.php?id=874595&chapterid=129
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