SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 102
Descargar para leer sin conexión
Ponente: Bartolomé Fco. Camacho Medina
¿Qué vamos a ver hoy?
  •   Presentar el Módulo
  •   Presentar la UF0341: Contratación Laboral.
  •   Presentar qué es el derecho laboral y sus fuentes.
  •   Analizar los principios básicos del derecho laboral.
  •   Seguir con la actividad grupal. Comenzar con Wikispaces.
Contratación Laboral
 1. Legislación Básica de Aplicación en la Relación Laboral.
 2. Contratación en RRHH.
 3. Modificación, Suspensión y Extinción de las condiciones de
    trabajo.
 4. Mantenimiento, control y actualización del fichero de personal.
1.- Legislación Básica de aplicación en la relación Laboral:

         A.   El Derecho Laboral y sus Fuentes.
         B.   La Constitución Española.
         C.   El Estatuto de los Trabajadores.
         D.   Ley Orgánica de Libertad Sindical.
         E.   Inscripción de las empresas en la Seguridad Social.
         F.   Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
         G.   La negociación Colectiva
No todas las normas tienen el
mismo origen= fuentes del
derecho

 Regulan las relaciones entre
 empresarios y Trabajadores.
Hay fuentes comunes y específicas.
Las recoge el artículo 3 del ET y son:
     • Las disposiciones legales y reglamentarias del estado.
     • Los convenios colectivos
     • La voluntad de las partes.
     • Los usos y costumbres locales y profesionales.
     • Los principios Básicos del derecho Laboral.
Normas Jurídicas dictadas por el órgano
            Legislativo
Las leyes   Dos tipos de Leyes:
            • Ley Orgánica.
            • Ley Ordinaria.
            La legislación Delegada:
                       Decreto-Ley.
                       Decreto Legislativo.


                Decretos Legislativos:
                    • Ley del ET
                    • LOLS.
                    • LPRL.
                    • LG seg. Soc.
Normas Jurídicas emanadas
de la Unión Europea.


  Se integra en el derecho Interno del Estado.


  Dos tipos de normas
  •Reglamento Comunitario Europeo.
  •La directiva comunitaria Europea.
Los convenios colectivos:
• Reconocidos como fuente por la CE.
• Es un contrato celebrado entre sindicatos entre empresas o
  grupos de empresas o empleadores
• Puede regular todos los aspectos de la relación Laboral.
• Se aplican a todos/as Los trabajadores/as.
• Son acuerdos de mínimos.
Voluntad de las partes:
•   Fuente reconocida por el ET.
•   Son los contratos de trabajo.
•   Ha de ser lícito.
•   Sólo puede mejorar o igualar las condiciones de
    convenios, estatutos etc.
Usos y Costumbres profesionales.:
• Reconocido por el código civil: en ausencia de ley.
• Jamás pueden ser contrarias a la ley ni a los principios de la ley.
• Para que se reconozcan han de ser:
  • Locales.
  • Profesionales.
¿Qué vamos a ver hoy?
  •   Continuaremos con Los principios del derecho.
  •   Pasaremos a analizar en profundidad la Constitución Española.
  •   Analizaremos en profundidad el Estatuto de los trabajadores
  •   Seguir con la actividad grupal. Comenzar con Wikispaces.
Principio Protector


Regla mas favorable
Regla de condición más beneficiosa.
In dubio pro operario
Principio de
Racionabilidad




  No abusos
Principio de Irrenunciabilidad
         de derechos
Principio de Primacía de
         realidad
Principio de Buena Fe
Principio de Continuidad
         Laboral
• 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes.
                 • 1.2.- La constitución Española.
1.-Legislación   • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores.
     Básica de   • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Aplicación en    • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social.
la Legislación   • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos
      Laboral.     Laborales.
                 • 1.7.- La negociación Colectiva.
1.2.- La Constitución Española de 1978
                                         Ampara las actuaciones de la
                                         administración, las empresas y
                                         los individuos.


                                         Abarca unos Valores y
                                         Principios que se reflejan en
                                         derechos y deberes:

                                         Valores Superiores:
                                         • Libertad.
                                         • Justicia.
                                         • Igualdad.
                                         • Pluralismo político.
1.2.- La Constitución Española de 1978
1.2.- La Constitución Española de 1978

      Derecho de participación en la vida política, económica,
      cultural y social.


                   Art. 23: derecho de los ciudadanos a participar en los
                   asuntos públicos.

                   Art. 9.2. PP.PP. Promover las condiciones para la libertad e
                   igualdad de los individuos y la participación.

                   Art. 129: participación en la seguridad social.
1.2.- La Constitución Española de 1978

      Garantías del Principio de Legalidad.

                  Garantiza la seguridad Jurídica, es decir, que su situación
                  jurídica no puede ser modificada por procedimientos
                  regulares.

                  Art 25.1: nadie puede ser condenado por acciones u
                  omisiones que en el momento de producirse no sean
                  delito o falta.

                  Irretroactividad

                  Garantía de jurisdicción y de ejecución.
1.2.- La Constitución Española de 1978

      El Derecho al trabajo.

                  Art. 35: derecho y deber del trabajo; libre elección de
                  profesión u oficio, promoción, remuneración suficiente y
                  no discriminación por sexo.

                  Está tutelado por el estado (art. 129.2)
1.2.- La Constitución Española de 1978

     Ejercicio de profesiones Tituladas y régimen de colegios
     profesionales.

                Art. 36: obligación de regulación de los colegios
                profesionales y el ejercicio de profesionales tituladas.

                Colegios profesionales pueden sancionar el incumplimiento
                del código deontológico.
1.2.- La Constitución Española de 1978

     Libertad de empresa y protección de su ejercicio.


                Modelo económico español: Economía Social de Mercado.


                Art. 38: libertad de empresa

                Art. 139.2: no se pueden adoptar medidas que directa o
                indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y
                establecimiento de personas y bienes
1.2.- La Constitución Española de 1978

     Garantía de asistencia y prestaciones en situaciones de necesidad.


               Art. 41: obligación de los PP.PP. A mantener un régimen
               publico de Seguridad social para todos los ciudadanos que
               garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes en
               situaciones de necesidad y especialmente en desempleo.

               Art 39: asegurar protección social económica y jurídica.

               Art. 43: protección de la salud.

               Art. 50: pensiones.
1.2.- La Constitución Española de 1978

     Sometimiento Pleno de las AAPP a las leyes y al derecho.


               Art. 9.1: AAPP y ciudadanos están sometidos al
               ordenamiento jurídico.
Buscar empresas del entorno de los sectores
comentados.
¿Qué vamos a ver hoy?
  • Analizaremos en profundidad el Estatuto de los trabajadores
  • Seguir con la actividad grupal. Comenzar con Wikispaces.
  • Preparar el clipping de contactos.
• 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes.
                 • 1.2.- La constitución Española.
1.-Legislación   • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores.
     Básica de   • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Aplicación en    • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social.
la Legislación   • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos
      Laboral.     Laborales.
                 • 1.7.- La negociación Colectiva.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.




          Diseña el marco en el que
          tienen que transcurrir las
          relaciones entre trabajadores y
          empresarios.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
     Derechos de los trabajadores:

     •   A la ocupación efectiva.
     •   Promoción y formación profesional.
     •   No discriminación.
     •   Integridad física.
     •   Respeto a la Intimidad.
     •   Percepción puntual de la remuneración pactada
     •   Los que se deriven de su contrato de trabajo.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
                  Derechos del empleador:

                  • A dar ordenes sobre cómo donde y en qué plazos
                    realizar el trabajo.
                  • Sólo se pueden desobedecer las que vallan contra la
                    seguridad e higiene o pongan en peligro la vida del
                    trabajador.
                  • Exigir la diligencia y buena fe.
                  • Modificar aspectos de las condiciones de trabajo en
                    determinadas circunstancias.
                  • Movilidad Funcional.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
                  Deberes del empleador:

                  • Dar trabajo en el puesto y categoría para el que ha
                    contratado.
                  • Dar ascensos de acuerdo a formación méritos y
                    antigüedad.
                  • Si ocupas un puesto con una categoría superior a la
                    contratada por un periodo de mas de 6 meses, tienen
                    que darte los derechos de esa categoría. ¿Al revés?
                  • Si está estudiando: permisos y preferencia para elegir
                    turnos. FP: adaptar la jornada
                  • Facilitar los medios de protección y seguridad y a dar
                    formación
                  • Comunicar contratos, formación, etc a los RLT en el
                    plazo de 10 días.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
                 Derechos del Trabajador:

                 • Descanso semanal de día y medio que se pueden acumular
                   hasta 14 días.
                 • Vacaciones Anuales de mínimo 30 días y se pueden
                   compensar.
                 • Fiestas Laborales: 14 días.
                 • Permisos retribuidos para atenciones personales.
                 • Excedencias: forzosas o voluntarias.
                 • Jornada de trabajo de 49 horas máx.
                     • No mas de 9 horas al dia.
                     • Más de 6 horas continua: descanso de 15 minutos.
                     • Trabajo nocturno de 22 a 6h.
                 • 2 pagas extraordinarias.
                 • Horas extraordinarias: se pueden retribuir, o compensar con
                   un límite de 80 horas anuales. Trabajadores nocturnos NO
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
                 Deberes del Trabajador:

                 • Cumplir con buena fe y diligencia: no rebelar secretos, no
                   actuar para beneficiar competidores o perjudicar al
                   empresario.
                 • Observar las medidas de seguridad e higiene.
                 • Cumplir las ordenes e instrucciones del empresario.
                 • No concurrir con la actividad de las empresas.
                 • Contribuir a la mejora.
                 • Nunca competencia desleal.
                 • Nunca poner fin al contrato sin causa legal.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
    La Representación Colectiva

                     Delegados de Personal:


    Empresas de entre 10 y 50 T. También entre 6 y 10 si hay
    mayoría.


                                              Número:
               De 6 a 10 T:                    uno.
               De 10 a 30:                     uno.
               De 31 a 49:                     TRES
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
    La Representación Colectiva

                    Comité de Empresa:


    Empresas de entre más de 50 o más trabajadores.
           • En la misma provincia o en municipios limítrofes 50T también.
           • Si unos centros tienen 50T y otros en la misma provincia no:

                   Componentes:
                                             Más de 1001: dos por cada
                   De 50 a 100: 5
                                              mil con máximo de 65
                   De 101 a 250: 9
                  De 251 a 500: 13
                  De 501 a 750: 17
                  De 751 a 1000: 21
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
    La Representación Colectiva

                    Comité de Empresa:

          Competencias:
          • Recibir información trimestral de evolución del sector y de las
            situación de la empresa.
          • Conocer el balance, cuenta de resultados y memoria, y demás
            información que tengan los socios.
          • Emitir informe sobre:
              • Restructuración de platillas. Reducciones de jornada, traslados.
              • Planes de Formación.
              • Implantación y revisión de sistemas de organización.
              • Sistemas de primas e incentivos.
              • Clasificación profesional.
              • Fijación de horarios flexibles.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
    La Representación Colectiva   Comité de Empresa:

           Competencias:
           • Recibir del empresario en 10 días copias de los contratos para
             firmarlos y mandarlos a SPEE.
           • Recibir trimestralmente previsiones acerca de la celebración de
             nuevos contratos.
           • Estar presente en la firma del recibo del finiquito.
           • Conocer las estadísticas de absentismo y AT y EP.
           • Labor de vigilancia en materia laboral, SS y empleo.
           • Defensa de los intereses de los trabajadores en materia de PRL:
                • Hasta 30 T: delegado de personal= delegado de prl.
                • Más de 50T: de entre los rlt.
           • Ser informados de todas las sanciones por faltas muy graves.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
    La Representación Colectiva   Comité de Empresa:

           Garantías Laborales además de las expresadas en los convenios:

           • Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones
             por faltas G ó MG.
           • Prioridad de permanencia en la empresa.
           • No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones
             ni en el año siguiente*
           • Expresar oponiones y distribuir publicaciones.
           • Horas sindicales:
                    • De 50 a 100T: 15h.
                    • De 101 a 250: 20h.
                    • De 251 a 500: 30h.
                    • De 501 a 750: 35h.
                    • Más de 751: 40h.
¿Qué vamos a ver hoy?
  • El clipping de Prensa.
  • Terminaremos con el ET (Convenios colectivos).
  • Analizaremos la LOLS.
Clipping de Prensa



      Conclusiones.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
    Los Convenios Colectivos



         Acuerdo suscrito por los representantes de los trabajadores y
         empresarios para fijar las condiciones del trabajo y productividad.
         Igualmente podrá regular la paz laboral a través de las obligaciones que
         se pacten.
1.3.- El Estatuto de los Trabajadores.
    Los Convenios Colectivos
        Contenidos:
        • Materias de índole económica.
        • Materias de índole laboral.
        • Materias de índole sindical.
        • Condiciones de empleo.
        • Servicios de prevención mancomunados.
        • Determinación de medios, personal y materiales de los servicios de
          prevención propios.
        • Relaciones entre los trabajadores y los empresarios.
        • Complementos asistenciales.
        • Medidas de promoción profesional.
        • Condiciones de trabajo y productividad.
        • Obligaciones dirigidas a la paz laboral.
• 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes.
                 • 1.2.- La constitución Española.
1.-Legislación   • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores.
     Básica de   • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Aplicación en    • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social.
la Legislación   • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos
      Laboral.     Laborales.
                 • 1.7.- La negociación Colectiva.
1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical.
    Libertad Sindical
                                    Derecho a fundar y a afiliarse a
                                    sindicatos
                                    TODOS LOS Trabajadores salvo:
                                    • Miembros de fuerzas armadas.
                                    • Jueces.
                                    • Magistrados.
                                    • Fiscales.
1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical.
    Derechos de los sindicatos

                    • Constituir secciones sindicales según sus propios
                      estatutos.
                    • Celebrar reuniones, previa notificación al empresarios,
                      recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de
                      horario de trabajo y sin perturbar la actividad de la
                      empresa.
                    • Recibir la información que le remita su sindicato.
1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical.
    Derechos de las secciones
    sindicales.
                     • Tablón de anuncios accesible y visible.
                     • Negociación colectiva.
                     • Un local en las empresas o centros de trabajo de mas de
                       250 t.

     Derechos cargos electos
     sindicales.
                     • Disfrute de los permisos necesarios para el desarrollo de
                       sus funciones.
                     • Excedencia forzosa con reserva de plaza durante el cargo.
                     • Asistencia y acceso a los centros de trabajo para las
                       actividades propias del sindicato. Sin interrumpir.
                     • Concesión de los permisos retribuidos necesarios.
1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical.
    Responsabilidad de los Sindicatos.
                    • Los sindicatos responderán por los actos o acuerdos
                      adoptados por sus órganos estatuarios en la esfera de sus
                      competencias.
                    • No responden por actos individuales de sus afiliados, salvo
                      que se produzcan en el ejercicio de sus funciones.
                    • Las cuotas sindicales no se pueden embargar.
                    • Pueden tener subvenciones y beneficios fiscales.
1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical.
    Tutela de la actividad sindical..
                      • Son nulos todos los acuerdos, preceptos, clausulas de
                        convenios, pactos individuales y las decisiones unilaterales
                        del empresario que contengan o supongan discriminación
                        en el empleo por razón de adhesión o no a un sindicato.
                      • Se puede reclamar la tutela ante la jurisdicción
                        competente.
• 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes.
                 • 1.2.- La constitución Española.
1.-Legislación   • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores.
     Básica de   • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Aplicación en    • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social.
la Legislación   • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos
      Laboral.     Laborales.
                 • 1.7.- La negociación Colectiva.
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Objetivo de la S.S.:
                     “Ofrecer protección y ayuda a las personas que tengan
                     necesidades económicas y/o sociales, de manera temporal o
                     permanente, mediante una serie de medidas públicas en
                     situaciones de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo,
                     enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte, así
                     como asistencia sanitaria.”

                       Es competencia exclusiva del estado: ordenación, jurisdicción
                       e inspección.
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Incluidos:
                   Modalidad Contributiva:
                      • Trabajadores por cuenta ajena.
                      • Trabajadores autónomos mayores de 18 años.
                      • Socios Trabajadores de cooperativas de trabajo
                          asociado.
                      • Estudiantes.
                      • Funcionarios Públicos, civiles y militares.
                   Modalidad No Contributiva:
                      • Españoles residentes en el territorio nacional y los
                          ciudadanos hispanoamericanos, portugueses,
                          brasileños, andorranos y filipinos que residan en
                          territorio nacional.
                      • Españoles residentes en otros territorios mediante
                          convenios.
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Excluidos:
                   Razón de Trabajo:
                   • Trabajos amistosos, benévolos o de buena vecindad.
                   • Trabajos de carácter marginal y no constitutivos de medio
                      fundamental de vida.
                   Razón Parentesco:
                   • Trabajos familiares, salvo asalariados de quienes lo llevan a
                      cabo. Deben convivir con el empresario hasta segundo
                      grado de consanguinidad o afinidad y, en su caso, por
                      adopción.
                   • No son trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba de ,lo
                      contrario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y
                      demás parientes hasta segundo grado de consanguinidad o
                      afinidad hasta segundo grado.
¿Qué vamos a ver hoy?
  • Continuamos con la LGSS.
      • Regímenes.
      • Entidades gestoras y servicios comunes.
  • Inscripción de las empresas en la SS.
      • Obligaciones de las empresas.
      • Tramitación, Documentación y Plazos.
      • Irrenunciabilidad de los derechos de la SS.
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Regímenes de la SS
                   Régimen General:
                   “Trabajadores que voluntariamente presten sus servicios
                   retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de
                   organización y dirección de otra persona física o jurídica,
                   denominada empleador o empresario”

                   No todo trabajador por cuenta ajena está protegido por el
                   RGSS ni toda persona protegida ha de ser asalariadas como es
                   el caso de los familiares que no tienen que ser asalariados
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Regímenes de la SS
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Regímenes de la SS
                   Régimen Especiales:
                   Situaciones especificas tanto por lo que se refiere a cotización
                   como a recaudación, como percepción.
                   Se establecen para proteger ciertas actividades.
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Entidades Gestoras y Servicios Comunes.
           Entidades gestoras:
           • Son instituciones Jurídicas y públicas bajo la tutela y vigilancia
              del estado.
           • Gozan de autonomía organizativa y de gestión.

           Son:
           • Instituto nacional de la SS (INSS): Gestión y administración de
              las prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social.
              Se integran Mutualidades laborales.
           • Instituto nacional de Gestión Sanitaria se encarga de la
              administración y gestión de los servicios sanitarios.
           • Instituto de Mayores y Servicios Sociales: gestión de servicios
              complementarios
           • Instituto Social de la Marina: (ISM): gestiona RETM
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Servicios Comunes.
           Entes creados para la coordinación administrativa y desarrolla
           funciones auxiliares y complementarias de la gestión de la
           Seguridad Social. Tienen atribuidas sus funciones tanto en el
           Régimen general, como en los especiales.

           Son:

           • TGSS: Gestión de los recursos económicos y la administración
             financiera del sistema, en aplicación de los principios de
             solidaridad financiera y caja única.
           • Gerencia de Informática (GI)
1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.

    Colaboración en la Gestión:
           Algunas empresas y mutuas pueden colaborar con la SS.

           Sin perder su naturaleza privada se integran en el aparato estatal y
           participan de la gestión del servicio público bajo el control y tutela
           del Estado:

           Son las mutuas patronales de accidentes de trabajo y
           enfermedades profesionales.
Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.


              Es requisito previo e indispensable para la iniciación de las
              actividades.
              Debe constar la mutua que asuma las contingencias del personal al
              servicio de la empresa.

              Se asigna al empresario un número de identificación y control de
              sus obligaciones respectivo régimen.
Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.

      Obligaciones de las empresas:

              El responsable siempre es el empresario.

              Obligaciones En el SSS:
                   • Inscripción de la empresa en la SS ( si vas a contratar a
                      alguien claro)
                   • Elección de Mutua de accidentes de trabajo y….
                   • Afiliación y /o alta en el régimen correspondiente.
                   • Cotización en el régimen correspondiente.
                   • Comunicación de variación de datos y bajas.
                   • Comunicación de variación de datos y cese de la empresa.
                   • Utilziarl sistema RED
¿Qué vamos a ver hoy?
  • Inscripción de las empresas en la SS.
      • Tramitación, Documentación y Plazos.
      • Irrenunciabilidad de los derechos de la SS.
  • La Ley de PRL.
      a) Introducción.
      b) Objeto y carácter de la norma.
      c) Ámbito de aplicación.
      d) Actuación de la administración.
Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.

      Tramitación y documentación.:

              Se utiliza el modelo TA-6 para todos los regímenes
Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.

      Tramitación y documentación.:
              Empresario Individual:
              • Modelo TA-6.
              • Original o copia del documento identificativo del titular de la
                empresa.
              • NIF de la empresa con actividad económica.

              Sociedades:
              • Además.
              • Escritura de constitución.
              • Poderes.
              • DNI del solicitante.
Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.

      Tramitación y documentación.:
              Empresario Individual:
              • Modelo TA-6.
              • Original o copia del documento identificativo del titular de la
                empresa.
              • NIF de la empresa con actividad económica.

              Sociedades:
              • Además.
              • Escritura de constitución.
              • Poderes.
              • DNI del solicitante.
Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.

      Tramitación y documentación.:
              Empresario Individual:
              • Modelo TA-6.
              • Original o copia del documento identificativo del titular de la
                empresa.
              • NIF de la empresa con actividad económica.

              Sociedades:
              • Además.
              • Escritura de constitución.
              • Poderes.
              • DNI del solicitante.
Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.




    http://www.segsocial.es/Internet_1/Masinformacion/FormulariosModelos/Soli
    citudesAfiliacion2/index.htm
Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.
• 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes.
                 • 1.2.- La constitución Española.
1.-Legislación   • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores.
     Básica de   • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Aplicación en    • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social.
la Legislación   • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos
      Laboral.     Laborales.
                 • 1.7.- La negociación Colectiva.
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.



          Constitución Española.

       Estatuto de los Trabajadores.

            Legislación Europea.


                Ley de PRL
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.




                             Principales Elementos:

                             1. Fomento de la Cultura de Prevención.
                             2. Obligaciones para el empresario:
                                 a) Planificar la PRL de la empresa.
                                 b) Evaluar los Riesgos.
                                 c) Adoptar las medidas preventivas necesarias.
                                 d) Controlar la efectividad de las medidas
                                     adoptadas.
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

     Objeto y carácter de la norma

       Objeto:
       Promover la seguridad y la salud de los trabajadores
       mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de
       las actividades necesarias para la prevención de
       riesgos derivados del trabajo
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

     Ámbito de Aplicación.

       Inclusiones en el ámbito de aplicación.
       De obligado cumplimiento tanto en el ámbito de las
       relaciones laborales reguladas por el ET como en el
       ámbito de las relaciones de carácter administrativo o
       estatutario del personal civil al servicio de las
       administraciones públicas.

        RETA: obligaciones a las que se someten los
        fabricantes, importadores y suministradores.
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

     Ámbito de Aplicación.

       Exclusiones:
       • Policía, seguridad y resguardo aduanero.
       • Servicios operativos de protección civil y peritaje
          forense en casos de grave riesgo, catástrofe y
          calamidad pública.
       • En servicio de Hogar. El titular de la familia queda
          obligado a observar las condiciones y medidas de
          seguridad e higiene en el entorno.
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

     Ámbito de Aplicación.

       Supuestos especiales:
       Se aplica la PRL y la normativa específica como son:
            • Centros y establecimientos militares.
            • Centros y establecimientos penitenciarios.
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

     Actuación de las administraciones públicas..

       Las AAPP desarrollan las funciones de:
            • Promoción de la prevención.
            • Asesoramiento Técnico.
            • Vigilancia y control, del cumplimiento de la
              normativa de PRL.
            • Sanciones e infracciones.
1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

     Actuación de las administraciones públicas..

        El gobierno, consultando a los sindicatos y patronal regula
        materias:
        • Requisitos mínimos de las condiciones de trabajo.
        • Limitaciones y prohibiciones que afectarán a las operaciones, los
            procesos y las exposiciones a agentes que entrañen riesgos.
        • Condiciones o requisitos para los agentes como adiestramiento o
            formación o un plan de actuación.
        • Procedimientos de evaluación de riesgos para al salud de los
            trabajadores, normas y guías de actuación
        • La organización , funcionamiento y control de los servicios de
            prevención propios y ajenos.
        • Medidas preventivas específicas en trabajos especialmente
            peligrosos con controles médicos especiales, etc.
        • Procedimientos de calificación de las enfermedades
            profesionales
• 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes.
                 • 1.2.- La constitución Española.
1.-Legislación   • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores.
     Básica de   • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Aplicación en    • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social.
la Legislación   • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos
      Laboral.     Laborales.
                 • 1.7.- La negociación Colectiva.
1.7.- La negociación Colectiva.


     ¿Qué es la negociación colectiva?


      “Acuerdo entre trabajadores y
      empresarios con carácter vinculante al
      amparo del ET y de la CE”
1.7.- La negociación Colectiva.

   Convenio Colectivo:

     “Un acuerdo suscrito por los representantes de los
     trabajadores para fijar las condiciones de trabajo y
     productividad, que también puede regular la paz
     laboral a través de las obligaciones que se pacten”
1.7.- La negociación Colectiva.

   Convenio Colectivo:

     Difiere de una norma estatal en:
     • Nace de una negociación.
     • No procede de los órganos del estado.
     • Tiene ámbitos distintos de actuación.
     • Es temporal o coyuntural.
     • Hay aspectos típicos como salarios, tiempos de
         trabajo, etc.
     • Está sometida a la ley por el principio de
         jerarquía.
1.7.- La negociación Colectiva.

   Tipos de convenios
1.7.- La negociación Colectiva.

   Tipos de convenios

         Estatutarios:
         • Derivan de un proceso de negociación según lo mandado
            en el título III del ET.
         • Tiene valor normativo y eficacia general en su ámbito
            funcional y territorial. Se aplica de forma automática.
         • Efectos imperativos y obligatorios para todos los contratos
            de trabajo de su ámbito.
1.7.- La negociación Colectiva.

   Tipos de convenios
1.7.- La negociación Colectiva.

   Tipos de convenios

         Extraestatutarios:
         • Eficacia limitada al no disponer de la representación
            requerida.
         • Lícitos pero menos aplicables.
         • No tienen carácter normativo.
         • Tribunal supremos: valor contractual
1.7.- La negociación Colectiva.

   Acuerdos de empresa

         • Similar al convenios estatutario.
         • Su objeto suele ser muy limitado o específico o
           coyuntural.
         • No se exigen requisitos de forma ni tramitaciones.
1.7.- La negociación Colectiva.

   Otros acuerdos y pactos.

           • Para fijar aspectos muy específicos como por ejemplo la
             organización de recursos humanos, la disciplina y régimen
             de personal, códigos éticos o la atención al cliente.
           • Si nacen de la negociación colectiva son vinculantes.
1.7.- La negociación Colectiva.

   Contenidos de los convenios.

          Los contenidos mínimos (según art 85ET):
          • Determinación de las partes que lo conciertan.
          • Ámbito personal, funcional, territorial y temporal.
          • Condiciones de no aplicación del régimen salarial par las
             empresas que tengan convenio superior.
          • Forma y condiciones de denuncia del convenio. Plazo de
             preaviso de denuncia.
          • Designación de comisión paritaria de la representación de
             las partes.

           Una VEZ FIJADO SE PONE POR ESCRITO Y SE PRESENTA EN 15
           DIAS A LA AUTORIDAD LABORAL PARA SU PUBLICACIÓN EN EL
           Boletín correspondiente
Continuará…..

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

8 derecho del trabajo
8 derecho del trabajo8 derecho del trabajo
8 derecho del trabajochumber23
 
Proyecto de Reforma Laboral
Proyecto de Reforma LaboralProyecto de Reforma Laboral
Proyecto de Reforma LaboralLa Nacion Chile
 
Unidad 5 Flipped FOL: El derecho laboral
Unidad 5 Flipped FOL: El derecho laboralUnidad 5 Flipped FOL: El derecho laboral
Unidad 5 Flipped FOL: El derecho laboralAntonio Guirao Silvente
 
Ministerio de trabajo
Ministerio de trabajoMinisterio de trabajo
Ministerio de trabajoMayra
 
Salario minimo en guatemala trabajo completo
Salario minimo en guatemala trabajo completoSalario minimo en guatemala trabajo completo
Salario minimo en guatemala trabajo completoYolis Payes
 
Gestión de RRHH
Gestión de RRHHGestión de RRHH
Gestión de RRHHMontse Luna
 
Gestión integral de recursos humanos
Gestión integral de recursos humanosGestión integral de recursos humanos
Gestión integral de recursos humanosJosé Aguilar Iglesia
 
Gestión Integral de Recursos Humanos
Gestión Integral de Recursos HumanosGestión Integral de Recursos Humanos
Gestión Integral de Recursos Humanosmmava
 
Gesti+ôn integral de recursos humanos
Gesti+ôn integral de recursos humanosGesti+ôn integral de recursos humanos
Gesti+ôn integral de recursos humanosJmavfc
 
Gestión Integrada de Recursos Humanos
Gestión Integrada de Recursos HumanosGestión Integrada de Recursos Humanos
Gestión Integrada de Recursos Humanosanasires
 
Girrhh factor consultores 12-03-13 -evaluación uf0323 aplicaciones informát...
Girrhh   factor consultores 12-03-13 -evaluación uf0323 aplicaciones informát...Girrhh   factor consultores 12-03-13 -evaluación uf0323 aplicaciones informát...
Girrhh factor consultores 12-03-13 -evaluación uf0323 aplicaciones informát...RNavoz
 
Gestión integral de recursos humanos
Gestión integral de recursos humanosGestión integral de recursos humanos
Gestión integral de recursos humanosMariMoralesRuiz
 
GRRHH090618P - S6 GAMARRA
GRRHH090618P - S6 GAMARRAGRRHH090618P - S6 GAMARRA
GRRHH090618P - S6 GAMARRADiplomadosESEP
 

La actualidad más candente (20)

FOL caso practico tema 1
FOL caso practico tema 1FOL caso practico tema 1
FOL caso practico tema 1
 
8 derecho del trabajo
8 derecho del trabajo8 derecho del trabajo
8 derecho del trabajo
 
Proyecto de Reforma Laboral
Proyecto de Reforma LaboralProyecto de Reforma Laboral
Proyecto de Reforma Laboral
 
Unidad 5 Flipped FOL: El derecho laboral
Unidad 5 Flipped FOL: El derecho laboralUnidad 5 Flipped FOL: El derecho laboral
Unidad 5 Flipped FOL: El derecho laboral
 
Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012
 
Legislación laboral-peruana
Legislación laboral-peruana Legislación laboral-peruana
Legislación laboral-peruana
 
Ministerio de trabajo
Ministerio de trabajoMinisterio de trabajo
Ministerio de trabajo
 
Salario minimo en guatemala trabajo completo
Salario minimo en guatemala trabajo completoSalario minimo en guatemala trabajo completo
Salario minimo en guatemala trabajo completo
 
Regimen Laboral por Sectores
Regimen Laboral por SectoresRegimen Laboral por Sectores
Regimen Laboral por Sectores
 
Gestión de RRHH
Gestión de RRHHGestión de RRHH
Gestión de RRHH
 
Gestión integral de recursos humanos
Gestión integral de recursos humanosGestión integral de recursos humanos
Gestión integral de recursos humanos
 
Laboral
LaboralLaboral
Laboral
 
Gestión Integral de Recursos Humanos
Gestión Integral de Recursos HumanosGestión Integral de Recursos Humanos
Gestión Integral de Recursos Humanos
 
Gesti+ôn integral de recursos humanos
Gesti+ôn integral de recursos humanosGesti+ôn integral de recursos humanos
Gesti+ôn integral de recursos humanos
 
Gestión Integrada de Recursos Humanos
Gestión Integrada de Recursos HumanosGestión Integrada de Recursos Humanos
Gestión Integrada de Recursos Humanos
 
Girrhh factor consultores 12-03-13 -evaluación uf0323 aplicaciones informát...
Girrhh   factor consultores 12-03-13 -evaluación uf0323 aplicaciones informát...Girrhh   factor consultores 12-03-13 -evaluación uf0323 aplicaciones informát...
Girrhh factor consultores 12-03-13 -evaluación uf0323 aplicaciones informát...
 
Gestión integral de recursos humanos
Gestión integral de recursos humanosGestión integral de recursos humanos
Gestión integral de recursos humanos
 
GRRHH090618P - S6 GAMARRA
GRRHH090618P - S6 GAMARRAGRRHH090618P - S6 GAMARRA
GRRHH090618P - S6 GAMARRA
 
LEGISLACIÓN PERUANA LABORAL
LEGISLACIÓN PERUANA LABORALLEGISLACIÓN PERUANA LABORAL
LEGISLACIÓN PERUANA LABORAL
 
Laboral
Laboral Laboral
Laboral
 

Destacado

Evaluacion de-riesgos
Evaluacion de-riesgosEvaluacion de-riesgos
Evaluacion de-riesgosGuadalupe P.R
 
Sobre formas de extincion tema lab 1
Sobre formas de extincion tema lab 1Sobre formas de extincion tema lab 1
Sobre formas de extincion tema lab 1Carlos Ezeta
 
Contratacion electronica ppt
Contratacion electronica pptContratacion electronica ppt
Contratacion electronica ppttrujillolourdes
 
Resumen evaluacion de riesgos
Resumen evaluacion de riesgosResumen evaluacion de riesgos
Resumen evaluacion de riesgosormazabal2009
 
Legislacion laboral agosto[1]
Legislacion laboral   agosto[1]Legislacion laboral   agosto[1]
Legislacion laboral agosto[1]Marisol Martinez
 
LEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORALLEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORALFredy Murillo
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboraldesconectate
 
Uf0342 1 cálculo de prestaciones de la seguridad social
Uf0342 1 cálculo de prestaciones de la seguridad socialUf0342 1 cálculo de prestaciones de la seguridad social
Uf0342 1 cálculo de prestaciones de la seguridad socialOcl Consulting
 
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa RicaResumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa RicaStephanny Avalos
 
Evaluación De Riesgos (Paritaria)
Evaluación De Riesgos (Paritaria)Evaluación De Riesgos (Paritaria)
Evaluación De Riesgos (Paritaria)merelio
 
Clase n°4 legislacion laboral
Clase n°4 legislacion laboralClase n°4 legislacion laboral
Clase n°4 legislacion laboralMaria Pacheco
 
Conceptos legislacion laboral
Conceptos legislacion laboralConceptos legislacion laboral
Conceptos legislacion laboralPAHO1
 

Destacado (20)

Déjame vivir...
Déjame vivir...Déjame vivir...
Déjame vivir...
 
Valse de las mariposas
Valse de las mariposasValse de las mariposas
Valse de las mariposas
 
Evaluacion de-riesgos
Evaluacion de-riesgosEvaluacion de-riesgos
Evaluacion de-riesgos
 
Sobre formas de extincion tema lab 1
Sobre formas de extincion tema lab 1Sobre formas de extincion tema lab 1
Sobre formas de extincion tema lab 1
 
Contratacion electronica ppt
Contratacion electronica pptContratacion electronica ppt
Contratacion electronica ppt
 
Legislación laboral de Perú
Legislación laboral de PerúLegislación laboral de Perú
Legislación laboral de Perú
 
La mariposa monarca
La mariposa monarcaLa mariposa monarca
La mariposa monarca
 
Resumen evaluacion de riesgos
Resumen evaluacion de riesgosResumen evaluacion de riesgos
Resumen evaluacion de riesgos
 
Legislacion laboral agosto[1]
Legislacion laboral   agosto[1]Legislacion laboral   agosto[1]
Legislacion laboral agosto[1]
 
LEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORALLEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORAL
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboral
 
Curso de legislación laboral 1 v14
Curso de legislación laboral 1 v14Curso de legislación laboral 1 v14
Curso de legislación laboral 1 v14
 
Uf0342 1 cálculo de prestaciones de la seguridad social
Uf0342 1 cálculo de prestaciones de la seguridad socialUf0342 1 cálculo de prestaciones de la seguridad social
Uf0342 1 cálculo de prestaciones de la seguridad social
 
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa RicaResumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
 
Evaluación De Riesgos (Paritaria)
Evaluación De Riesgos (Paritaria)Evaluación De Riesgos (Paritaria)
Evaluación De Riesgos (Paritaria)
 
Clase n°4 legislacion laboral
Clase n°4 legislacion laboralClase n°4 legislacion laboral
Clase n°4 legislacion laboral
 
Evaluaciones de Riesgo
Evaluaciones de RiesgoEvaluaciones de Riesgo
Evaluaciones de Riesgo
 
Módulo 1 - Legislación Laboral
Módulo 1 - Legislación Laboral Módulo 1 - Legislación Laboral
Módulo 1 - Legislación Laboral
 
LEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORALLEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORAL
 
Conceptos legislacion laboral
Conceptos legislacion laboralConceptos legislacion laboral
Conceptos legislacion laboral
 

Similar a Uf0341 1 contratación laboral legislación básica

Similar a Uf0341 1 contratación laboral legislación básica (20)

El derecho del trabajo
El derecho del trabajoEl derecho del trabajo
El derecho del trabajo
 
Derecho laboral
Derecho laboralDerecho laboral
Derecho laboral
 
35972354 curso-derecho-laboral-actualizado
35972354 curso-derecho-laboral-actualizado35972354 curso-derecho-laboral-actualizado
35972354 curso-derecho-laboral-actualizado
 
Tema 1 fol
Tema 1 folTema 1 fol
Tema 1 fol
 
U.t.1 n
U.t.1 nU.t.1 n
U.t.1 n
 
Las normas laborales
Las normas laboralesLas normas laborales
Las normas laborales
 
LEGISLACIÓN LABORAL2023resumen_3ro_BT.pptx
LEGISLACIÓN LABORAL2023resumen_3ro_BT.pptxLEGISLACIÓN LABORAL2023resumen_3ro_BT.pptx
LEGISLACIÓN LABORAL2023resumen_3ro_BT.pptx
 
Tema 1 El trabajo y su regulación
Tema 1 El trabajo y su regulaciónTema 1 El trabajo y su regulación
Tema 1 El trabajo y su regulación
 
LEGISLACION E INSERCION LABORAL INTRO.pdf
LEGISLACION E INSERCION LABORAL INTRO.pdfLEGISLACION E INSERCION LABORAL INTRO.pdf
LEGISLACION E INSERCION LABORAL INTRO.pdf
 
Derecho laboral
Derecho laboral Derecho laboral
Derecho laboral
 
Derechos Humanos Laborables
Derechos Humanos LaborablesDerechos Humanos Laborables
Derechos Humanos Laborables
 
Ensayo electiva
Ensayo electivaEnsayo electiva
Ensayo electiva
 
Derecho Laboral SESIÓN II
Derecho Laboral SESIÓN IIDerecho Laboral SESIÓN II
Derecho Laboral SESIÓN II
 
relación _indvidual del trabajo en méxico
relación _indvidual del trabajo en méxicorelación _indvidual del trabajo en méxico
relación _indvidual del trabajo en méxico
 
LEG. LABORAL_SEMANA 01.pptx
LEG. LABORAL_SEMANA 01.pptxLEG. LABORAL_SEMANA 01.pptx
LEG. LABORAL_SEMANA 01.pptx
 
Seguridad y Higiene unidad4-2011-hsi.ppt
Seguridad y Higiene unidad4-2011-hsi.pptSeguridad y Higiene unidad4-2011-hsi.ppt
Seguridad y Higiene unidad4-2011-hsi.ppt
 
Codigo sustantivo del trabajo
Codigo sustantivo del trabajoCodigo sustantivo del trabajo
Codigo sustantivo del trabajo
 
Varios temas de derecho laboral
Varios temas de derecho laboralVarios temas de derecho laboral
Varios temas de derecho laboral
 
Presentación derecho laboral argentino
Presentación derecho laboral argentino Presentación derecho laboral argentino
Presentación derecho laboral argentino
 
Unidad1 fol
Unidad1 folUnidad1 fol
Unidad1 fol
 

Más de Ocl Consulting

Cumplimentación documentos de cotización
Cumplimentación documentos de cotizaciónCumplimentación documentos de cotización
Cumplimentación documentos de cotizaciónOcl Consulting
 
Manual sistema red cotización
Manual sistema red cotizaciónManual sistema red cotización
Manual sistema red cotizaciónOcl Consulting
 
Manual general red directo
Manual general red directoManual general red directo
Manual general red directoOcl Consulting
 
Tablas cotización contingencias profesionales
Tablas cotización contingencias profesionalesTablas cotización contingencias profesionales
Tablas cotización contingencias profesionalesOcl Consulting
 
Prestacion por desempleo
Prestacion por desempleoPrestacion por desempleo
Prestacion por desempleoOcl Consulting
 
Sistema red incapacidad temporal
Sistema red incapacidad temporalSistema red incapacidad temporal
Sistema red incapacidad temporalOcl Consulting
 
Resumen bonif.enero2012
Resumen bonif.enero2012Resumen bonif.enero2012
Resumen bonif.enero2012Ocl Consulting
 
Guia de bonificaciones a la contratación
Guia de bonificaciones a la contrataciónGuia de bonificaciones a la contratación
Guia de bonificaciones a la contrataciónOcl Consulting
 
Iv convenio contact center
Iv convenio contact centerIv convenio contact center
Iv convenio contact centerOcl Consulting
 
Ley General de la Seguridad Social
Ley General de la Seguridad SocialLey General de la Seguridad Social
Ley General de la Seguridad SocialOcl Consulting
 
Ley Orgánica de Libertad Sindical
Ley Orgánica de Libertad SindicalLey Orgánica de Libertad Sindical
Ley Orgánica de Libertad SindicalOcl Consulting
 
Estatutodelostrabajadoresactualizado
EstatutodelostrabajadoresactualizadoEstatutodelostrabajadoresactualizado
EstatutodelostrabajadoresactualizadoOcl Consulting
 
Introducción Gestión Integrada de RRHH
Introducción Gestión Integrada de RRHHIntroducción Gestión Integrada de RRHH
Introducción Gestión Integrada de RRHHOcl Consulting
 
Presentación gestión integrada
Presentación gestión integradaPresentación gestión integrada
Presentación gestión integradaOcl Consulting
 

Más de Ocl Consulting (18)

Selección 2.0
Selección 2.0Selección 2.0
Selección 2.0
 
Cumplimentación documentos de cotización
Cumplimentación documentos de cotizaciónCumplimentación documentos de cotización
Cumplimentación documentos de cotización
 
Manual sistema red cotización
Manual sistema red cotizaciónManual sistema red cotización
Manual sistema red cotización
 
Sistema red
Sistema redSistema red
Sistema red
 
Manual general red directo
Manual general red directoManual general red directo
Manual general red directo
 
Tablas cotización contingencias profesionales
Tablas cotización contingencias profesionalesTablas cotización contingencias profesionales
Tablas cotización contingencias profesionales
 
Prestacion por desempleo
Prestacion por desempleoPrestacion por desempleo
Prestacion por desempleo
 
Sistema red incapacidad temporal
Sistema red incapacidad temporalSistema red incapacidad temporal
Sistema red incapacidad temporal
 
Resumen bonif.enero2012
Resumen bonif.enero2012Resumen bonif.enero2012
Resumen bonif.enero2012
 
Guia de bonificaciones a la contratación
Guia de bonificaciones a la contrataciónGuia de bonificaciones a la contratación
Guia de bonificaciones a la contratación
 
Guia contr.12 01-2012
Guia contr.12 01-2012Guia contr.12 01-2012
Guia contr.12 01-2012
 
Iv convenio contact center
Iv convenio contact centerIv convenio contact center
Iv convenio contact center
 
Ley General de la Seguridad Social
Ley General de la Seguridad SocialLey General de la Seguridad Social
Ley General de la Seguridad Social
 
Ley Orgánica de Libertad Sindical
Ley Orgánica de Libertad SindicalLey Orgánica de Libertad Sindical
Ley Orgánica de Libertad Sindical
 
Estatutodelostrabajadoresactualizado
EstatutodelostrabajadoresactualizadoEstatutodelostrabajadoresactualizado
Estatutodelostrabajadoresactualizado
 
Introducción Gestión Integrada de RRHH
Introducción Gestión Integrada de RRHHIntroducción Gestión Integrada de RRHH
Introducción Gestión Integrada de RRHH
 
Presentación gestión integrada
Presentación gestión integradaPresentación gestión integrada
Presentación gestión integrada
 
E learning sesión 1
E learning sesión 1E learning sesión 1
E learning sesión 1
 

Uf0341 1 contratación laboral legislación básica

  • 1. Ponente: Bartolomé Fco. Camacho Medina
  • 2. ¿Qué vamos a ver hoy? • Presentar el Módulo • Presentar la UF0341: Contratación Laboral. • Presentar qué es el derecho laboral y sus fuentes. • Analizar los principios básicos del derecho laboral. • Seguir con la actividad grupal. Comenzar con Wikispaces.
  • 3.
  • 4. Contratación Laboral 1. Legislación Básica de Aplicación en la Relación Laboral. 2. Contratación en RRHH. 3. Modificación, Suspensión y Extinción de las condiciones de trabajo. 4. Mantenimiento, control y actualización del fichero de personal.
  • 5. 1.- Legislación Básica de aplicación en la relación Laboral: A. El Derecho Laboral y sus Fuentes. B. La Constitución Española. C. El Estatuto de los Trabajadores. D. Ley Orgánica de Libertad Sindical. E. Inscripción de las empresas en la Seguridad Social. F. Ley de Prevención de Riesgos Laborales. G. La negociación Colectiva
  • 6. No todas las normas tienen el mismo origen= fuentes del derecho Regulan las relaciones entre empresarios y Trabajadores.
  • 7. Hay fuentes comunes y específicas. Las recoge el artículo 3 del ET y son: • Las disposiciones legales y reglamentarias del estado. • Los convenios colectivos • La voluntad de las partes. • Los usos y costumbres locales y profesionales. • Los principios Básicos del derecho Laboral.
  • 8.
  • 9.
  • 10. Normas Jurídicas dictadas por el órgano Legislativo Las leyes Dos tipos de Leyes: • Ley Orgánica. • Ley Ordinaria. La legislación Delegada: Decreto-Ley. Decreto Legislativo. Decretos Legislativos: • Ley del ET • LOLS. • LPRL. • LG seg. Soc.
  • 11. Normas Jurídicas emanadas de la Unión Europea. Se integra en el derecho Interno del Estado. Dos tipos de normas •Reglamento Comunitario Europeo. •La directiva comunitaria Europea.
  • 12.
  • 13.
  • 14. Los convenios colectivos: • Reconocidos como fuente por la CE. • Es un contrato celebrado entre sindicatos entre empresas o grupos de empresas o empleadores • Puede regular todos los aspectos de la relación Laboral. • Se aplican a todos/as Los trabajadores/as. • Son acuerdos de mínimos.
  • 15. Voluntad de las partes: • Fuente reconocida por el ET. • Son los contratos de trabajo. • Ha de ser lícito. • Sólo puede mejorar o igualar las condiciones de convenios, estatutos etc.
  • 16. Usos y Costumbres profesionales.: • Reconocido por el código civil: en ausencia de ley. • Jamás pueden ser contrarias a la ley ni a los principios de la ley. • Para que se reconozcan han de ser: • Locales. • Profesionales.
  • 17.
  • 18. ¿Qué vamos a ver hoy? • Continuaremos con Los principios del derecho. • Pasaremos a analizar en profundidad la Constitución Española. • Analizaremos en profundidad el Estatuto de los trabajadores • Seguir con la actividad grupal. Comenzar con Wikispaces.
  • 19. Principio Protector Regla mas favorable Regla de condición más beneficiosa. In dubio pro operario
  • 22. Principio de Primacía de realidad
  • 25. • 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes. • 1.2.- La constitución Española. 1.-Legislación • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores. Básica de • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical. Aplicación en • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social. la Legislación • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos Laboral. Laborales. • 1.7.- La negociación Colectiva.
  • 26. 1.2.- La Constitución Española de 1978 Ampara las actuaciones de la administración, las empresas y los individuos. Abarca unos Valores y Principios que se reflejan en derechos y deberes: Valores Superiores: • Libertad. • Justicia. • Igualdad. • Pluralismo político.
  • 27. 1.2.- La Constitución Española de 1978
  • 28. 1.2.- La Constitución Española de 1978 Derecho de participación en la vida política, económica, cultural y social. Art. 23: derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos. Art. 9.2. PP.PP. Promover las condiciones para la libertad e igualdad de los individuos y la participación. Art. 129: participación en la seguridad social.
  • 29. 1.2.- La Constitución Española de 1978 Garantías del Principio de Legalidad. Garantiza la seguridad Jurídica, es decir, que su situación jurídica no puede ser modificada por procedimientos regulares. Art 25.1: nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no sean delito o falta. Irretroactividad Garantía de jurisdicción y de ejecución.
  • 30. 1.2.- La Constitución Española de 1978 El Derecho al trabajo. Art. 35: derecho y deber del trabajo; libre elección de profesión u oficio, promoción, remuneración suficiente y no discriminación por sexo. Está tutelado por el estado (art. 129.2)
  • 31. 1.2.- La Constitución Española de 1978 Ejercicio de profesiones Tituladas y régimen de colegios profesionales. Art. 36: obligación de regulación de los colegios profesionales y el ejercicio de profesionales tituladas. Colegios profesionales pueden sancionar el incumplimiento del código deontológico.
  • 32. 1.2.- La Constitución Española de 1978 Libertad de empresa y protección de su ejercicio. Modelo económico español: Economía Social de Mercado. Art. 38: libertad de empresa Art. 139.2: no se pueden adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de personas y bienes
  • 33. 1.2.- La Constitución Española de 1978 Garantía de asistencia y prestaciones en situaciones de necesidad. Art. 41: obligación de los PP.PP. A mantener un régimen publico de Seguridad social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes en situaciones de necesidad y especialmente en desempleo. Art 39: asegurar protección social económica y jurídica. Art. 43: protección de la salud. Art. 50: pensiones.
  • 34. 1.2.- La Constitución Española de 1978 Sometimiento Pleno de las AAPP a las leyes y al derecho. Art. 9.1: AAPP y ciudadanos están sometidos al ordenamiento jurídico.
  • 35. Buscar empresas del entorno de los sectores comentados.
  • 36. ¿Qué vamos a ver hoy? • Analizaremos en profundidad el Estatuto de los trabajadores • Seguir con la actividad grupal. Comenzar con Wikispaces. • Preparar el clipping de contactos.
  • 37. • 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes. • 1.2.- La constitución Española. 1.-Legislación • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores. Básica de • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical. Aplicación en • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social. la Legislación • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos Laboral. Laborales. • 1.7.- La negociación Colectiva.
  • 38. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. Diseña el marco en el que tienen que transcurrir las relaciones entre trabajadores y empresarios.
  • 39. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. Derechos de los trabajadores: • A la ocupación efectiva. • Promoción y formación profesional. • No discriminación. • Integridad física. • Respeto a la Intimidad. • Percepción puntual de la remuneración pactada • Los que se deriven de su contrato de trabajo.
  • 40. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. Derechos del empleador: • A dar ordenes sobre cómo donde y en qué plazos realizar el trabajo. • Sólo se pueden desobedecer las que vallan contra la seguridad e higiene o pongan en peligro la vida del trabajador. • Exigir la diligencia y buena fe. • Modificar aspectos de las condiciones de trabajo en determinadas circunstancias. • Movilidad Funcional.
  • 41. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. Deberes del empleador: • Dar trabajo en el puesto y categoría para el que ha contratado. • Dar ascensos de acuerdo a formación méritos y antigüedad. • Si ocupas un puesto con una categoría superior a la contratada por un periodo de mas de 6 meses, tienen que darte los derechos de esa categoría. ¿Al revés? • Si está estudiando: permisos y preferencia para elegir turnos. FP: adaptar la jornada • Facilitar los medios de protección y seguridad y a dar formación • Comunicar contratos, formación, etc a los RLT en el plazo de 10 días.
  • 42. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. Derechos del Trabajador: • Descanso semanal de día y medio que se pueden acumular hasta 14 días. • Vacaciones Anuales de mínimo 30 días y se pueden compensar. • Fiestas Laborales: 14 días. • Permisos retribuidos para atenciones personales. • Excedencias: forzosas o voluntarias. • Jornada de trabajo de 49 horas máx. • No mas de 9 horas al dia. • Más de 6 horas continua: descanso de 15 minutos. • Trabajo nocturno de 22 a 6h. • 2 pagas extraordinarias. • Horas extraordinarias: se pueden retribuir, o compensar con un límite de 80 horas anuales. Trabajadores nocturnos NO
  • 43. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. Deberes del Trabajador: • Cumplir con buena fe y diligencia: no rebelar secretos, no actuar para beneficiar competidores o perjudicar al empresario. • Observar las medidas de seguridad e higiene. • Cumplir las ordenes e instrucciones del empresario. • No concurrir con la actividad de las empresas. • Contribuir a la mejora. • Nunca competencia desleal. • Nunca poner fin al contrato sin causa legal.
  • 44. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. La Representación Colectiva Delegados de Personal: Empresas de entre 10 y 50 T. También entre 6 y 10 si hay mayoría. Número: De 6 a 10 T: uno. De 10 a 30: uno. De 31 a 49: TRES
  • 45. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. La Representación Colectiva Comité de Empresa: Empresas de entre más de 50 o más trabajadores. • En la misma provincia o en municipios limítrofes 50T también. • Si unos centros tienen 50T y otros en la misma provincia no: Componentes: Más de 1001: dos por cada De 50 a 100: 5 mil con máximo de 65 De 101 a 250: 9 De 251 a 500: 13 De 501 a 750: 17 De 751 a 1000: 21
  • 46. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. La Representación Colectiva Comité de Empresa: Competencias: • Recibir información trimestral de evolución del sector y de las situación de la empresa. • Conocer el balance, cuenta de resultados y memoria, y demás información que tengan los socios. • Emitir informe sobre: • Restructuración de platillas. Reducciones de jornada, traslados. • Planes de Formación. • Implantación y revisión de sistemas de organización. • Sistemas de primas e incentivos. • Clasificación profesional. • Fijación de horarios flexibles.
  • 47. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. La Representación Colectiva Comité de Empresa: Competencias: • Recibir del empresario en 10 días copias de los contratos para firmarlos y mandarlos a SPEE. • Recibir trimestralmente previsiones acerca de la celebración de nuevos contratos. • Estar presente en la firma del recibo del finiquito. • Conocer las estadísticas de absentismo y AT y EP. • Labor de vigilancia en materia laboral, SS y empleo. • Defensa de los intereses de los trabajadores en materia de PRL: • Hasta 30 T: delegado de personal= delegado de prl. • Más de 50T: de entre los rlt. • Ser informados de todas las sanciones por faltas muy graves.
  • 48. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. La Representación Colectiva Comité de Empresa: Garantías Laborales además de las expresadas en los convenios: • Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltas G ó MG. • Prioridad de permanencia en la empresa. • No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni en el año siguiente* • Expresar oponiones y distribuir publicaciones. • Horas sindicales: • De 50 a 100T: 15h. • De 101 a 250: 20h. • De 251 a 500: 30h. • De 501 a 750: 35h. • Más de 751: 40h.
  • 49. ¿Qué vamos a ver hoy? • El clipping de Prensa. • Terminaremos con el ET (Convenios colectivos). • Analizaremos la LOLS.
  • 50.
  • 51. Clipping de Prensa Conclusiones.
  • 52. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. Los Convenios Colectivos Acuerdo suscrito por los representantes de los trabajadores y empresarios para fijar las condiciones del trabajo y productividad. Igualmente podrá regular la paz laboral a través de las obligaciones que se pacten.
  • 53. 1.3.- El Estatuto de los Trabajadores. Los Convenios Colectivos Contenidos: • Materias de índole económica. • Materias de índole laboral. • Materias de índole sindical. • Condiciones de empleo. • Servicios de prevención mancomunados. • Determinación de medios, personal y materiales de los servicios de prevención propios. • Relaciones entre los trabajadores y los empresarios. • Complementos asistenciales. • Medidas de promoción profesional. • Condiciones de trabajo y productividad. • Obligaciones dirigidas a la paz laboral.
  • 54. • 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes. • 1.2.- La constitución Española. 1.-Legislación • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores. Básica de • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical. Aplicación en • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social. la Legislación • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos Laboral. Laborales. • 1.7.- La negociación Colectiva.
  • 55. 1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical. Libertad Sindical Derecho a fundar y a afiliarse a sindicatos TODOS LOS Trabajadores salvo: • Miembros de fuerzas armadas. • Jueces. • Magistrados. • Fiscales.
  • 56. 1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical. Derechos de los sindicatos • Constituir secciones sindicales según sus propios estatutos. • Celebrar reuniones, previa notificación al empresarios, recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de horario de trabajo y sin perturbar la actividad de la empresa. • Recibir la información que le remita su sindicato.
  • 57. 1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical. Derechos de las secciones sindicales. • Tablón de anuncios accesible y visible. • Negociación colectiva. • Un local en las empresas o centros de trabajo de mas de 250 t. Derechos cargos electos sindicales. • Disfrute de los permisos necesarios para el desarrollo de sus funciones. • Excedencia forzosa con reserva de plaza durante el cargo. • Asistencia y acceso a los centros de trabajo para las actividades propias del sindicato. Sin interrumpir. • Concesión de los permisos retribuidos necesarios.
  • 58. 1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical. Responsabilidad de los Sindicatos. • Los sindicatos responderán por los actos o acuerdos adoptados por sus órganos estatuarios en la esfera de sus competencias. • No responden por actos individuales de sus afiliados, salvo que se produzcan en el ejercicio de sus funciones. • Las cuotas sindicales no se pueden embargar. • Pueden tener subvenciones y beneficios fiscales.
  • 59. 1.4.- La Ley Orgánica de Libertad Sindical. Tutela de la actividad sindical.. • Son nulos todos los acuerdos, preceptos, clausulas de convenios, pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan o supongan discriminación en el empleo por razón de adhesión o no a un sindicato. • Se puede reclamar la tutela ante la jurisdicción competente.
  • 60. • 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes. • 1.2.- La constitución Española. 1.-Legislación • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores. Básica de • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical. Aplicación en • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social. la Legislación • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos Laboral. Laborales. • 1.7.- La negociación Colectiva.
  • 61. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Objetivo de la S.S.: “Ofrecer protección y ayuda a las personas que tengan necesidades económicas y/o sociales, de manera temporal o permanente, mediante una serie de medidas públicas en situaciones de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte, así como asistencia sanitaria.” Es competencia exclusiva del estado: ordenación, jurisdicción e inspección.
  • 62. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Incluidos: Modalidad Contributiva: • Trabajadores por cuenta ajena. • Trabajadores autónomos mayores de 18 años. • Socios Trabajadores de cooperativas de trabajo asociado. • Estudiantes. • Funcionarios Públicos, civiles y militares. Modalidad No Contributiva: • Españoles residentes en el territorio nacional y los ciudadanos hispanoamericanos, portugueses, brasileños, andorranos y filipinos que residan en territorio nacional. • Españoles residentes en otros territorios mediante convenios.
  • 63. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Excluidos: Razón de Trabajo: • Trabajos amistosos, benévolos o de buena vecindad. • Trabajos de carácter marginal y no constitutivos de medio fundamental de vida. Razón Parentesco: • Trabajos familiares, salvo asalariados de quienes lo llevan a cabo. Deben convivir con el empresario hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad y, en su caso, por adopción. • No son trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba de ,lo contrario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad hasta segundo grado.
  • 64. ¿Qué vamos a ver hoy? • Continuamos con la LGSS. • Regímenes. • Entidades gestoras y servicios comunes. • Inscripción de las empresas en la SS. • Obligaciones de las empresas. • Tramitación, Documentación y Plazos. • Irrenunciabilidad de los derechos de la SS.
  • 65. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Regímenes de la SS Régimen General: “Trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona física o jurídica, denominada empleador o empresario” No todo trabajador por cuenta ajena está protegido por el RGSS ni toda persona protegida ha de ser asalariadas como es el caso de los familiares que no tienen que ser asalariados
  • 66. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Regímenes de la SS
  • 67. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Regímenes de la SS Régimen Especiales: Situaciones especificas tanto por lo que se refiere a cotización como a recaudación, como percepción. Se establecen para proteger ciertas actividades.
  • 68. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social.
  • 69. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Entidades Gestoras y Servicios Comunes. Entidades gestoras: • Son instituciones Jurídicas y públicas bajo la tutela y vigilancia del estado. • Gozan de autonomía organizativa y de gestión. Son: • Instituto nacional de la SS (INSS): Gestión y administración de las prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social. Se integran Mutualidades laborales. • Instituto nacional de Gestión Sanitaria se encarga de la administración y gestión de los servicios sanitarios. • Instituto de Mayores y Servicios Sociales: gestión de servicios complementarios • Instituto Social de la Marina: (ISM): gestiona RETM
  • 70. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Servicios Comunes. Entes creados para la coordinación administrativa y desarrolla funciones auxiliares y complementarias de la gestión de la Seguridad Social. Tienen atribuidas sus funciones tanto en el Régimen general, como en los especiales. Son: • TGSS: Gestión de los recursos económicos y la administración financiera del sistema, en aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única. • Gerencia de Informática (GI)
  • 71. 1.5.- La Ley General de la Seguridad Social. Colaboración en la Gestión: Algunas empresas y mutuas pueden colaborar con la SS. Sin perder su naturaleza privada se integran en el aparato estatal y participan de la gestión del servicio público bajo el control y tutela del Estado: Son las mutuas patronales de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • 72. Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social. Es requisito previo e indispensable para la iniciación de las actividades. Debe constar la mutua que asuma las contingencias del personal al servicio de la empresa. Se asigna al empresario un número de identificación y control de sus obligaciones respectivo régimen.
  • 73. Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social. Obligaciones de las empresas: El responsable siempre es el empresario. Obligaciones En el SSS: • Inscripción de la empresa en la SS ( si vas a contratar a alguien claro) • Elección de Mutua de accidentes de trabajo y…. • Afiliación y /o alta en el régimen correspondiente. • Cotización en el régimen correspondiente. • Comunicación de variación de datos y bajas. • Comunicación de variación de datos y cese de la empresa. • Utilziarl sistema RED
  • 74. ¿Qué vamos a ver hoy? • Inscripción de las empresas en la SS. • Tramitación, Documentación y Plazos. • Irrenunciabilidad de los derechos de la SS. • La Ley de PRL. a) Introducción. b) Objeto y carácter de la norma. c) Ámbito de aplicación. d) Actuación de la administración.
  • 75. Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social. Tramitación y documentación.: Se utiliza el modelo TA-6 para todos los regímenes
  • 76. Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social. Tramitación y documentación.: Empresario Individual: • Modelo TA-6. • Original o copia del documento identificativo del titular de la empresa. • NIF de la empresa con actividad económica. Sociedades: • Además. • Escritura de constitución. • Poderes. • DNI del solicitante.
  • 77. Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social. Tramitación y documentación.: Empresario Individual: • Modelo TA-6. • Original o copia del documento identificativo del titular de la empresa. • NIF de la empresa con actividad económica. Sociedades: • Además. • Escritura de constitución. • Poderes. • DNI del solicitante.
  • 78. Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social. Tramitación y documentación.: Empresario Individual: • Modelo TA-6. • Original o copia del documento identificativo del titular de la empresa. • NIF de la empresa con actividad económica. Sociedades: • Además. • Escritura de constitución. • Poderes. • DNI del solicitante.
  • 79. Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social. http://www.segsocial.es/Internet_1/Masinformacion/FormulariosModelos/Soli citudesAfiliacion2/index.htm
  • 80. Inscripción de las Empresas en la Seguridad Social.
  • 81. • 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes. • 1.2.- La constitución Española. 1.-Legislación • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores. Básica de • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical. Aplicación en • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social. la Legislación • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos Laboral. Laborales. • 1.7.- La negociación Colectiva.
  • 82. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Constitución Española. Estatuto de los Trabajadores. Legislación Europea. Ley de PRL
  • 83. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Principales Elementos: 1. Fomento de la Cultura de Prevención. 2. Obligaciones para el empresario: a) Planificar la PRL de la empresa. b) Evaluar los Riesgos. c) Adoptar las medidas preventivas necesarias. d) Controlar la efectividad de las medidas adoptadas.
  • 84. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto y carácter de la norma Objeto: Promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo
  • 85. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
  • 86. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Ámbito de Aplicación. Inclusiones en el ámbito de aplicación. De obligado cumplimiento tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas por el ET como en el ámbito de las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal civil al servicio de las administraciones públicas. RETA: obligaciones a las que se someten los fabricantes, importadores y suministradores.
  • 87. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Ámbito de Aplicación. Exclusiones: • Policía, seguridad y resguardo aduanero. • Servicios operativos de protección civil y peritaje forense en casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública. • En servicio de Hogar. El titular de la familia queda obligado a observar las condiciones y medidas de seguridad e higiene en el entorno.
  • 88. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Ámbito de Aplicación. Supuestos especiales: Se aplica la PRL y la normativa específica como son: • Centros y establecimientos militares. • Centros y establecimientos penitenciarios.
  • 89. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Actuación de las administraciones públicas.. Las AAPP desarrollan las funciones de: • Promoción de la prevención. • Asesoramiento Técnico. • Vigilancia y control, del cumplimiento de la normativa de PRL. • Sanciones e infracciones.
  • 90. 1.6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Actuación de las administraciones públicas.. El gobierno, consultando a los sindicatos y patronal regula materias: • Requisitos mínimos de las condiciones de trabajo. • Limitaciones y prohibiciones que afectarán a las operaciones, los procesos y las exposiciones a agentes que entrañen riesgos. • Condiciones o requisitos para los agentes como adiestramiento o formación o un plan de actuación. • Procedimientos de evaluación de riesgos para al salud de los trabajadores, normas y guías de actuación • La organización , funcionamiento y control de los servicios de prevención propios y ajenos. • Medidas preventivas específicas en trabajos especialmente peligrosos con controles médicos especiales, etc. • Procedimientos de calificación de las enfermedades profesionales
  • 91. • 1.1.-El derecho Laboral y sus fuentes. • 1.2.- La constitución Española. 1.-Legislación • 1.3.-.El Estatuto de los Trabajadores. Básica de • 1.4.-.Ley Orgánica de Libertad Sindical. Aplicación en • 1.5.- Ley General de la Seguridad Social. la Legislación • 1.6.- Ley de Prevención de Riesgos Laboral. Laborales. • 1.7.- La negociación Colectiva.
  • 92. 1.7.- La negociación Colectiva. ¿Qué es la negociación colectiva? “Acuerdo entre trabajadores y empresarios con carácter vinculante al amparo del ET y de la CE”
  • 93. 1.7.- La negociación Colectiva. Convenio Colectivo: “Un acuerdo suscrito por los representantes de los trabajadores para fijar las condiciones de trabajo y productividad, que también puede regular la paz laboral a través de las obligaciones que se pacten”
  • 94. 1.7.- La negociación Colectiva. Convenio Colectivo: Difiere de una norma estatal en: • Nace de una negociación. • No procede de los órganos del estado. • Tiene ámbitos distintos de actuación. • Es temporal o coyuntural. • Hay aspectos típicos como salarios, tiempos de trabajo, etc. • Está sometida a la ley por el principio de jerarquía.
  • 95. 1.7.- La negociación Colectiva. Tipos de convenios
  • 96. 1.7.- La negociación Colectiva. Tipos de convenios Estatutarios: • Derivan de un proceso de negociación según lo mandado en el título III del ET. • Tiene valor normativo y eficacia general en su ámbito funcional y territorial. Se aplica de forma automática. • Efectos imperativos y obligatorios para todos los contratos de trabajo de su ámbito.
  • 97. 1.7.- La negociación Colectiva. Tipos de convenios
  • 98. 1.7.- La negociación Colectiva. Tipos de convenios Extraestatutarios: • Eficacia limitada al no disponer de la representación requerida. • Lícitos pero menos aplicables. • No tienen carácter normativo. • Tribunal supremos: valor contractual
  • 99. 1.7.- La negociación Colectiva. Acuerdos de empresa • Similar al convenios estatutario. • Su objeto suele ser muy limitado o específico o coyuntural. • No se exigen requisitos de forma ni tramitaciones.
  • 100. 1.7.- La negociación Colectiva. Otros acuerdos y pactos. • Para fijar aspectos muy específicos como por ejemplo la organización de recursos humanos, la disciplina y régimen de personal, códigos éticos o la atención al cliente. • Si nacen de la negociación colectiva son vinculantes.
  • 101. 1.7.- La negociación Colectiva. Contenidos de los convenios. Los contenidos mínimos (según art 85ET): • Determinación de las partes que lo conciertan. • Ámbito personal, funcional, territorial y temporal. • Condiciones de no aplicación del régimen salarial par las empresas que tengan convenio superior. • Forma y condiciones de denuncia del convenio. Plazo de preaviso de denuncia. • Designación de comisión paritaria de la representación de las partes. Una VEZ FIJADO SE PONE POR ESCRITO Y SE PRESENTA EN 15 DIAS A LA AUTORIDAD LABORAL PARA SU PUBLICACIÓN EN EL Boletín correspondiente