SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 37
LEGISLACION
LABORAL
Carlos Ezeta Carpio
Abogado
www.consultalaboral.netfirm.com
Mayor Conocimiento
Menor Riesgo de Conflicto
CONTRATO DE TRABAJO
VACACIONES
JORNADAS DE TRABAJO
GRATIFICACIONES
SEGURO DE
VIDA
DEPOSITOS CTS
CONCEPTO
• QUE SE ENTIENDE POR CAUSAS DE
EXTINCION
son diversas razones por las cuales puede
darse por terminado un contrato de
trabajo, cesa la obligación del trabajador
de laborar y del empleador de
remunerarlo y por consiguiente el
vínculo existente entre ambos se
extingue
CAUSALES DE EXTINCION
• CUALES SON ?
• el fallecimiento del empleador si es persona natural; la
renuncia voluntaria , el despido
• invalidez absoluta permanente , jubilación o despido del
trabajador;
• la terminación de la obra o servicio , el cumplimiento
de una condición resolutoria del contrato
• vencimiento del plazo en contratos temporales,
• el mutuo acuerdo entre trabajador y empleador , cese
colectivo por causa objetiva
FALLECIMIENTO DEL EMPLEADOR
• extingue la relación laboral si es
persona natural
• por acuerdo con los trabajadores y
los herederos pueden permanecer en
el proceso de liquidación, máximo un
año.
• El acuerdo debe constar por escrito
• comunicado al M. de Trabajo
1
RENUNCIA DEL TRABAJADOR
• Decisión exclusiva del trabajador de dar por
terminado el vínculo laboral
• Deberá darse un pre- aviso de 30 días al
empleador.
• El empleador lo puede exonerar del pre- aviso
aún cuando no lo solicite el trabajador.
• El trabajador puede solicitar exoneración total
o parcial del plazo.
• La solicitud de exoneración se entiende
aceptada en caso no sea rechazada por
escrito en un plazo máximo de tres días.
2
DESPIDO DEL TRABAJADOR
• Facultad del empleador, cuando
existe causa justa contemplada en
la ley.
• El empleador debe concederle un
plazo mínimo de 06 días para que el
trabajador se defienda de los cargos
• La carta de despido debe ser
enviada al domicilio del trabajador.
3
DESPIDO DEL TRABAJADOR
• El despido arbitrario no
sustentado en causa justa le da
derecho al trabajador a cobrar
una indemnización especial por
despido equivalente a 1 1/2
remuneración mensual por cada
año, o fracción. DS 003-97-TR
3
ACUERDO DE MUTUO DISENSO
• Debe constar por escrito
• Implica voluntad de ambas partes de
darle término a la Relación Laboral
• Puede constar en la liquidación de
beneficios sociales el acuerdo
4
LA JUBILACION COMO CAUSA DE EXTINCION
• LA JUBILACION ES OBLIGATORIA PARA EL
TRABAJADOR
– Hombre o Mujer
– Cuando tiene derecho a pensión
– A cargo de la ONP o del Sistema Privado (AFP)
– siempre que el empleador se obligue a cubrir la
diferencia entre la pensión que le corresponda al
trabajador y el 80% de la última Remuneración
ordinaria percibida
– dicho monto adicional no puede superar el 100% de
la pensión de jubilación
– Se obliga igualmente a reajustarla en forma
periódica en la misma forma de reajuste de la
pensión.
5
LA JUBILACION COMO CAUSA DE EXTINCION
• FORMALIDADES
– Debe ser comunicada por escrito al trabajador
– La finalidad es que el trabajador inicie sus trámites
– El cese se produce cuando el trabajador obtenga el
reconocimiento de su pensión.
– LA JUBILACION ES OBLIGATORIA y AUTOMATICA A
LOS 70 AÑOS DE EDAD, salvo pato en contrario.
• Opera siempre que el trabajador tenga derecho a ella con
prescindencia de haber iniciado el trámite o no.
– Por fallecimiento se extingue el pago adicional que en caso de
jubilación abone el empleador.
5
DESPIDO
EXISTENCIA DE CAUSA JUSTA
Art.. 22º DS 003-97-TR
6
• Para el despido de un trabajador sujeto a régimen de la
actividad privada, que labore cuatro o más horas diarias
para un mismo empleador, es indispensable la existencia
de causa justa contemplada en la ley y debidamente
comprobada.
• La causa justa puede estar relacionada con la capacidad
o con la conducta del trabajador.
• La demostración de la causa corresponde al empleador
dentro del proceso judicial que el trabajador pudiera
interponer para impugnar su despido.
• LA LEY DIFERENCIA EN LOS CASOS DE
FALTAS DEL TRABAJADOR DOS
POSIBILIDADES.
• CAUSAS JUSTAS DERIVADAS DE LA
CAPACIDADCAPACIDAD DEL TRABAJADOR
• CAUSAS DERIVADAS DE LA
CONDUCTACONDUCTA DEL TRABAJADOR
CAUSAS DERIVADAS DE LA CAPACIDADCAUSAS DERIVADAS DE LA CAPACIDAD
• Artículo 23º.- Son causas justas de despido relacionadas
con la capacidad del trabajador:
• a) El detrimento de la facultad física o mental o la
ineptitud sobrevenida, determinante para el desempeño
de sus tareas;
• b) El rendimiento deficiente en relación con la
capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio
en labores y bajo condiciones similares;
• c) La negativa injustificada del trabajador a someterse
a examen médico previamente convenido o establecido
por la Ley, determinantes de la relación laboral, o a
cumplir las medidas profilácticas o curativas prescritas
por el médico para evitar enfermedades o accidentes.
LAS CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO DERIVADAS DELAS CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO DERIVADAS DE
LA CONDUCTA DEL TRABAJADORLA CONDUCTA DEL TRABAJADOR
• Artículo 24º.- Son causas justas de despido
relacionadas con la conducta del trabajador:
• a) La comisión de FALTA GRAVE
• b) La condena penal por delito doloso;
• c) La inhabilitación del trabajador;
FALTAS GRAVES
• Actos que quebrantan la buena fe laboral y
que hacen imposible el mantener la relación
laboral.
• Cualquier falta no genera despido
• Puede tener su origen en la capacidad o la
conducta del trabajador
FALTAS GRAVES
• Los actos de violencia
son faltas graves.
• Al igual que el faltar el
respeto a los Jefes, o
compañeros de trabajo
LAS FALTAS GRAVES
• El incumplimiento de las
obligaciones
• La disminución de la
producción de bienes o
servicios en cantidad o
calidad
• Las tardanzas reiteradas
y/o faltas injustificadas,
constituyen faltas graves
¿Y AHORA QUE HICE?
FALTAS GRAVES
• El hacer uso indebido de los
bienes.
• El disponer de dinero sin
autorización.
• El brindar información falsa
para obtener ventajas.
• El disponer de documentos del
empleador, sin su
autorización; constituye
FALTA GRAVE
¿ ME DESCUBRIERON?
CAUSAS JUSTAS DE
DESPIDO
• El no respetar las medidas
profilácticas o someterse a
exámenes médicos cuando
ello es recomendación del
médico, puede dar origen
a una CAUSA JUSTA
DE DESPIDO
FALTAS GRAVES
• El asistir a laborar
embriagado, o bajo
influencia de drogas.
• Constituye falta grave
NO ME VAN A CREERNO ME VAN A CREER
HOY ES MI CUMPLEA OSÑHOY ES MI CUMPLEA OSÑ
TOME UN SOLOTOME UN SOLO
TRAGO DEBETRAGO DEBE
HABER SIDO ELHABER SIDO EL
AIREAIRE
LLEGAR FUERA DE HORA
SIGNIFICA IMPUNTUALIDAD
LA ACTITUD REITERADA
ES
FALTA GRAVE
LLEGAR FUERA DE HORA
SIGNIFICA IMPUNTUALIDAD
LA ACTITUD REITERADA
ES
FALTA GRAVE
SU ENTRADA
ES A LAS 8:00
SON LAS
8:10
SU ENTRADA
ES A LAS 8:00
SON LAS
8:10
LAS IMPRUDENCIAS Y DAÑOS A BIENES DEL
EMPLEADOR CONSTITUYEN FALTA GRAVE
Parece que es
mucho...
¿QUE ES UNA FALTA GRAVE?¿QUE ES UNA FALTA GRAVE?
• Artículo 25º.- Falta grave es la infracción por el
trabajador de los deberes esenciales que emanan
del contrato, de tal índole, que haga irrazonable
la subsistencia de la relación.
• El incumplimiento de las obligaciones de trabajo
que supone el quebrantamiento de la buena fe
laboral, la reiterada resistencia a cumplir las
órdenes relacionadas con las labores, la
reiterada paralización intempestiva de labores y
la inobservancia del Reglamento Interno de
Trabajo o del Reglamento de Seguridad e
Higiene Industrial, aprobados o expedidos,
según corresponda por la autoridad competente,
que revistan gravedad;
ARTART 2525 INCINC AA
ART 25 INC. B
• b). La disminución deliberada y reiterada en
el rendimiento de las labores o del volumen
o de la calidad de producción, verificada
fehacientemente o con el concurso de los
servicios inspectivos del Ministerio de
Trabajo y Promoción Social, quien podrá
solicitar el apoyo del sector al que pertenece
la empresa;
c). La apropiación consumada o frustrada de bienes o
servicios del empleador o que se encuentran bajo su
custodia, , con prescindencia de su valor; BENEFICIO
PROPIO O DE TERCEROS
• APROPIACION CONSUMADA O
• APROPIACION FRUSTRADA
– DE BIENES O SERVICIOS
• DE PROPIEDAD DEL EMPLEADOR
– EN CUSTODIA DEL EMPLEADOR
• CON PRESCINDENCIA DE SU VALOR
SE SANCIONA NO SOLO EL ROBO SINO LA INTENCION DEL MISMO.
NO REQUIERE DE ACCION PENAL PREVIA.QUIEN SE BENEFICIO NO
ES LO IMPORTANTE EN AMBOS CASOS SE SANCIONA
ART 25 INC. D
• d). El uso o entrega a terceros de información
reservada del empleador; la sustracción o
utilización no autorizada de documentos de la
empresa; la información falsa al empleador con la
intención de causarle perjuicio u obtener una
ventaja; y la competencia desleal;
ART 25 INC. E
• e). La concurrencia reiterada en estado de
embriaguez o bajo influencia de drogas o
sustancias estupefacientes, y aunque no sea
reiterada cuando por la naturaleza de la
función o del trabajo revista excepcional
gravedad. La autoridad policial prestará su
concurso para coadyuvar en la verificación de
tales hechos; la negativa del trabajador a
someterse a la prueba correspondiente se
considerara como reconocimiento de dicho
estado, lo que se hará constar en el atestado
policial respectivo
ART 25 INC FART 25 INC F
• f). Los actos de violencia, grave indisciplina,
injuria y faltamiento de palabra verbal o
escrita en agravio del empleador, de sus
representantes, del personal jerárquicos o de
otros trabajadores, sea que se cometan dentro
del centro de trabajo o fuera de el cuando los
hechos se deriven directamente de la relación
laboral. Los actos de extrema violencia tales
como toma de rehenes o de locales podrán
adicionalmente ser denunciados ante la
autoridad judicial competente;
ART 25 INC G
• g). El daño intencional a los edificios,
instalaciones, obras, maquinarias,
instrumentos, documentación, materias
primas y demás bienes de propiedad de la
empresa o en posición de esta.
Art. 25 Inc h)
abandono de trabajo
• h). El abandono de trabajo por mas de tres
días consecutivos, las ausencias injustificadas
por mas de 5 días en un periodo de 30 días
calendario o mas de 15 días en un periodo de
180 días calendario, hayan sido o no
sancionadas disciplinariamente en cada caso la
impuntualidad reiterada, si ha sido acusada
por el empleador , siempre que se hayan
aplicado sanciones disciplinarias previas de
amonestaciones escritas y suspensiones
DERECHO DE DEFENSA
º.- El empleador no podr despedir por causa relacionada coná
la capacidad o con la conducta
del trabajador sin antes otorgarle un plazo razonable o menor
a seis d as naturales para queí
demuestre su capacidad, corrija su deficiencia o pueda
defenderse de los cargos que se le formulan,
salvo aquellos casos de falta grave flagrante en que no resulte
razonable tal posibilidad.
deber observarse el principio de inmediatez.á
DERECHO DE DEFENSA
•El trabajador tiene derecho a defenderse de los cargos de
comisi n de falta grave que le hace el empleadoró
•Por ello la ley obliga a que se conceda la oportunidad de
descargo.
•El plazo m nimo es de 06 d así í
•El empleador puede exonerar al trabajador de asistir a laborar
mientras dure el descargo.
•En dicho caso se debe pagar la remuneraci nó
Comentario: Cuando la falta es evidente o de suma gravedad
se exonera de la obligación al empleador.
DS 001-96-TR
• Artículo 26º.- El plazo de seis (6) días naturales, para que el trabajador
emita su descargo, puede ser ampliado por el empleador cuando exista
causa justificada para ello.
• Artículo 27º.- El empleador puede despedir al trabajador después de
producido el descargo a que se refiere el Artículo 67º de la Ley o una
vez concluido el plazo de seis (6) días o la ampliación del mismo, de
ser el caso, observando el principio de inmediatez.
• Artículo 28º.- El error de la cita legal en la carta de otorgamiento del
derecho de descargo o en la de despido, no determina la invalidez de
las mismas, siempre que los hechos que den lugar a la atribución de la
falta estén debidamente determinados.
Despido nulo
• Es nulo el despido que tenga por motivo:
• a) La afiliación a un sindicato o la participación en
actividades sindicales;
• b) Ser candidato a representante de los trabajadores
o actuar o haber actuado en esa calidad;
• c) Presentar una queja o participar en un
procedimiento contra el empleador ante las
autoridades competentes;
• d) La discriminación por razón de sexo, raza,
religión, opinión o idiomas;
• e) El embarazo si el despido se produce dentro de los
90 días anteriores o posteriores al parto.
Actos de hostilidad
despido indirecto
• A)La falta de pago de la remuneración en la oportunidad correspondiente, salvo razones de
fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por el empleador;
• b) La reducción inmotivada de la remuneración o de la categoría;
• c) El incumplimiento injustificado de las obligaciones legales o convencionales;
• d) El traslado del trabajador a lugar distinto de aquel en el que preste habitualmente
servicios, con el propósito de ocasionarle perjuicio;
• e) La inobservancia de medidas de higiene y seguridad que pueda afectar o poner en
riesgo la vida y la salud del trabajador;
• f) El acto de violencia o el faltamiento grave de palabra en agravio del trabajador o de
su familia;
• g) Los actos de discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma;
• Los actos contra la moral, el hostigamiento sexual y todos aquellos que constituyan
actitudes deshonestas que afecten la dignidad del trabajador.
Obligación del trabajador
• El trabajador, antes de accionar judicialmente, deberá
emplazar por escrito al empleador para que cese la
hostilidad y darle plazo razonable para que enmiende
su conducta.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Culminación de la relación laboral
Culminación de la relación laboralCulminación de la relación laboral
Culminación de la relación laboralRoniel Balan
 
CULMINACION DE LA RELACION LABORAL
CULMINACION DE LA RELACION LABORALCULMINACION DE LA RELACION LABORAL
CULMINACION DE LA RELACION LABORALJose Rodriguez
 
Pdf sesion 2 esep 2020
Pdf sesion 2 esep 2020Pdf sesion 2 esep 2020
Pdf sesion 2 esep 2020DiplomadosESEP
 
Incapacidad hijo no se transfiere al trabajador
Incapacidad hijo no se transfiere al trabajadorIncapacidad hijo no se transfiere al trabajador
Incapacidad hijo no se transfiere al trabajadoractualicese.com
 
Ley 1010 de 2006. (Acoso Laboral)
Ley 1010 de 2006. (Acoso Laboral)Ley 1010 de 2006. (Acoso Laboral)
Ley 1010 de 2006. (Acoso Laboral)Asepcut
 
Terminacion relacion laboral estabilidad inamobilidad laboral _maria alonzo.
Terminacion relacion laboral  estabilidad  inamobilidad laboral _maria alonzo.Terminacion relacion laboral  estabilidad  inamobilidad laboral _maria alonzo.
Terminacion relacion laboral estabilidad inamobilidad laboral _maria alonzo.Andrea Leal
 
Laboral indiana terminacion de relacion laboral
Laboral indiana terminacion de relacion laboralLaboral indiana terminacion de relacion laboral
Laboral indiana terminacion de relacion laboralIndiana Aguilar
 
Presentación. Indiana Aguilar.
Presentación. Indiana Aguilar.Presentación. Indiana Aguilar.
Presentación. Indiana Aguilar.Ramiro Torrealba
 
Código Penal de Venezuela CPV Las Lesiones Pesonales
Código Penal de Venezuela CPV Las Lesiones PesonalesCódigo Penal de Venezuela CPV Las Lesiones Pesonales
Código Penal de Venezuela CPV Las Lesiones PesonalesJavier Caceres
 
Carpetilla código laboral panameño elsa_acosta_moltó
Carpetilla código laboral panameño elsa_acosta_moltóCarpetilla código laboral panameño elsa_acosta_moltó
Carpetilla código laboral panameño elsa_acosta_moltóElsa Molto
 
Ley 1010 de 2006, ley 9 de 1979, ley 1438 de 2011
Ley 1010 de 2006, ley 9 de 1979, ley 1438 de 2011Ley 1010 de 2006, ley 9 de 1979, ley 1438 de 2011
Ley 1010 de 2006, ley 9 de 1979, ley 1438 de 2011Javier Díaz
 

La actualidad más candente (20)

Acoso laboral (1)
Acoso laboral (1)Acoso laboral (1)
Acoso laboral (1)
 
Culminación de la relación laboral
Culminación de la relación laboralCulminación de la relación laboral
Culminación de la relación laboral
 
CULMINACION DE LA RELACION LABORAL
CULMINACION DE LA RELACION LABORALCULMINACION DE LA RELACION LABORAL
CULMINACION DE LA RELACION LABORAL
 
A20 mintrabajo
A20 mintrabajoA20 mintrabajo
A20 mintrabajo
 
Leccion n° 9 - 12
Leccion n° 9 - 12Leccion n° 9 - 12
Leccion n° 9 - 12
 
LEGLAB141219P - S2
LEGLAB141219P - S2LEGLAB141219P - S2
LEGLAB141219P - S2
 
Pdf sesion 2 esep 2020
Pdf sesion 2 esep 2020Pdf sesion 2 esep 2020
Pdf sesion 2 esep 2020
 
Acoso laboral
Acoso laboralAcoso laboral
Acoso laboral
 
Incapacidad hijo no se transfiere al trabajador
Incapacidad hijo no se transfiere al trabajadorIncapacidad hijo no se transfiere al trabajador
Incapacidad hijo no se transfiere al trabajador
 
Ley 1010 de 2006. (Acoso Laboral)
Ley 1010 de 2006. (Acoso Laboral)Ley 1010 de 2006. (Acoso Laboral)
Ley 1010 de 2006. (Acoso Laboral)
 
Informe agrimensura
Informe agrimensuraInforme agrimensura
Informe agrimensura
 
Lesiones Personales
Lesiones PersonalesLesiones Personales
Lesiones Personales
 
El visto bueno
El visto buenoEl visto bueno
El visto bueno
 
Terminacion relacion laboral estabilidad inamobilidad laboral _maria alonzo.
Terminacion relacion laboral  estabilidad  inamobilidad laboral _maria alonzo.Terminacion relacion laboral  estabilidad  inamobilidad laboral _maria alonzo.
Terminacion relacion laboral estabilidad inamobilidad laboral _maria alonzo.
 
Laboral indiana terminacion de relacion laboral
Laboral indiana terminacion de relacion laboralLaboral indiana terminacion de relacion laboral
Laboral indiana terminacion de relacion laboral
 
Presentación. Indiana Aguilar.
Presentación. Indiana Aguilar.Presentación. Indiana Aguilar.
Presentación. Indiana Aguilar.
 
Código Penal de Venezuela CPV Las Lesiones Pesonales
Código Penal de Venezuela CPV Las Lesiones PesonalesCódigo Penal de Venezuela CPV Las Lesiones Pesonales
Código Penal de Venezuela CPV Las Lesiones Pesonales
 
Carpetilla código laboral panameño elsa_acosta_moltó
Carpetilla código laboral panameño elsa_acosta_moltóCarpetilla código laboral panameño elsa_acosta_moltó
Carpetilla código laboral panameño elsa_acosta_moltó
 
Presntacion etica
Presntacion eticaPresntacion etica
Presntacion etica
 
Ley 1010 de 2006, ley 9 de 1979, ley 1438 de 2011
Ley 1010 de 2006, ley 9 de 1979, ley 1438 de 2011Ley 1010 de 2006, ley 9 de 1979, ley 1438 de 2011
Ley 1010 de 2006, ley 9 de 1979, ley 1438 de 2011
 

Destacado

Conductas contrarias a las normas de convivencia
Conductas contrarias a las normas de convivenciaConductas contrarias a las normas de convivencia
Conductas contrarias a las normas de convivenciaCP Baudilio Arce
 
Conductas contrarias a las normas de convivencia.ppt aida
Conductas contrarias a las normas de convivencia.ppt aidaConductas contrarias a las normas de convivencia.ppt aida
Conductas contrarias a las normas de convivencia.ppt aidaCP Baudilio Arce
 
JUICIO DESAHUCIO
JUICIO DESAHUCIOJUICIO DESAHUCIO
JUICIO DESAHUCIOREUAMJ
 
Evaluacion de-riesgos
Evaluacion de-riesgosEvaluacion de-riesgos
Evaluacion de-riesgosGuadalupe P.R
 
Uf0341 1 contratación laboral legislación básica
Uf0341 1 contratación laboral legislación básicaUf0341 1 contratación laboral legislación básica
Uf0341 1 contratación laboral legislación básicaOcl Consulting
 
Resumen evaluacion de riesgos
Resumen evaluacion de riesgosResumen evaluacion de riesgos
Resumen evaluacion de riesgosormazabal2009
 
Legislacion laboral agosto[1]
Legislacion laboral   agosto[1]Legislacion laboral   agosto[1]
Legislacion laboral agosto[1]Marisol Martinez
 
LEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORALLEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORALFredy Murillo
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboraldesconectate
 
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa RicaResumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa RicaStephanny Avalos
 
Evaluación De Riesgos (Paritaria)
Evaluación De Riesgos (Paritaria)Evaluación De Riesgos (Paritaria)
Evaluación De Riesgos (Paritaria)merelio
 
Clase n°4 legislacion laboral
Clase n°4 legislacion laboralClase n°4 legislacion laboral
Clase n°4 legislacion laboralMaria Pacheco
 

Destacado (20)

Conductas contrarias a las normas de convivencia
Conductas contrarias a las normas de convivenciaConductas contrarias a las normas de convivencia
Conductas contrarias a las normas de convivencia
 
Conductas contrarias a las normas de convivencia.ppt aida
Conductas contrarias a las normas de convivencia.ppt aidaConductas contrarias a las normas de convivencia.ppt aida
Conductas contrarias a las normas de convivencia.ppt aida
 
JUICIO DESAHUCIO
JUICIO DESAHUCIOJUICIO DESAHUCIO
JUICIO DESAHUCIO
 
Valse de las mariposas
Valse de las mariposasValse de las mariposas
Valse de las mariposas
 
Déjame vivir...
Déjame vivir...Déjame vivir...
Déjame vivir...
 
Evaluacion de-riesgos
Evaluacion de-riesgosEvaluacion de-riesgos
Evaluacion de-riesgos
 
Uf0341 1 contratación laboral legislación básica
Uf0341 1 contratación laboral legislación básicaUf0341 1 contratación laboral legislación básica
Uf0341 1 contratación laboral legislación básica
 
Juicio especial de desahucio
Juicio especial de desahucioJuicio especial de desahucio
Juicio especial de desahucio
 
Legislación laboral de Perú
Legislación laboral de PerúLegislación laboral de Perú
Legislación laboral de Perú
 
La mariposa monarca
La mariposa monarcaLa mariposa monarca
La mariposa monarca
 
Resumen evaluacion de riesgos
Resumen evaluacion de riesgosResumen evaluacion de riesgos
Resumen evaluacion de riesgos
 
Legislacion laboral agosto[1]
Legislacion laboral   agosto[1]Legislacion laboral   agosto[1]
Legislacion laboral agosto[1]
 
LEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORALLEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORAL
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboral
 
Curso de legislación laboral 1 v14
Curso de legislación laboral 1 v14Curso de legislación laboral 1 v14
Curso de legislación laboral 1 v14
 
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa RicaResumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
Resumen sobre: Legislación laboral, Costa Rica
 
Evaluación De Riesgos (Paritaria)
Evaluación De Riesgos (Paritaria)Evaluación De Riesgos (Paritaria)
Evaluación De Riesgos (Paritaria)
 
Clase n°4 legislacion laboral
Clase n°4 legislacion laboralClase n°4 legislacion laboral
Clase n°4 legislacion laboral
 
Evaluaciones de Riesgo
Evaluaciones de RiesgoEvaluaciones de Riesgo
Evaluaciones de Riesgo
 
Módulo 1 - Legislación Laboral
Módulo 1 - Legislación Laboral Módulo 1 - Legislación Laboral
Módulo 1 - Legislación Laboral
 

Similar a Sobre formas de extincion tema lab 1

titulo: extincion de la relacion laboral
titulo: extincion de la relacion laboraltitulo: extincion de la relacion laboral
titulo: extincion de la relacion laborallitaroxselyperezmont
 
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADOEXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADOCAEE
 
Desarrollo-contrato-trabajo-derecho-individual-trabajo.ppt
Desarrollo-contrato-trabajo-derecho-individual-trabajo.pptDesarrollo-contrato-trabajo-derecho-individual-trabajo.ppt
Desarrollo-contrato-trabajo-derecho-individual-trabajo.pptROOSVELTCOZTUCTO3
 
Sesion 2 -estabilida_laboral
Sesion 2 -estabilida_laboralSesion 2 -estabilida_laboral
Sesion 2 -estabilida_laboralDiplomadosESEP
 
PPT DERECHO LABORAL SEMANA 11.pptx
PPT DERECHO LABORAL SEMANA 11.pptxPPT DERECHO LABORAL SEMANA 11.pptx
PPT DERECHO LABORAL SEMANA 11.pptxmanuel368058
 
Terminación de-la-relación-laboral
Terminación de-la-relación-laboralTerminación de-la-relación-laboral
Terminación de-la-relación-laboralGrupoLaboral3
 
Derecho laboral exposicion
Derecho laboral exposicionDerecho laboral exposicion
Derecho laboral exposicionNaomiJS
 
Terminacinnnndenunncontrato _89616e060ee41f1___
Terminacinnnndenunncontrato  _89616e060ee41f1___Terminacinnnndenunncontrato  _89616e060ee41f1___
Terminacinnnndenunncontrato _89616e060ee41f1___MolinosSol
 
GABRIEL GONZÁLEZ ( COCA-COLA).docx
GABRIEL GONZÁLEZ ( COCA-COLA).docxGABRIEL GONZÁLEZ ( COCA-COLA).docx
GABRIEL GONZÁLEZ ( COCA-COLA).docxGaboSantoss
 
Legislacion alberth
Legislacion alberthLegislacion alberth
Legislacion alberthAlberth Leon
 
Extincion del contrato de trabajo
Extincion del contrato de trabajoExtincion del contrato de trabajo
Extincion del contrato de trabajoAlan Chero
 
Culminación de la relación laboral
Culminación de la relación laboral Culminación de la relación laboral
Culminación de la relación laboral miguel mendez
 
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO 2DA PART.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO 2DA PART.EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO 2DA PART.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO 2DA PART.CAEE
 

Similar a Sobre formas de extincion tema lab 1 (20)

titulo: extincion de la relacion laboral
titulo: extincion de la relacion laboraltitulo: extincion de la relacion laboral
titulo: extincion de la relacion laboral
 
visto bueno
visto buenovisto bueno
visto bueno
 
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADOEXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO
 
Desarrollo-contrato-trabajo-derecho-individual-trabajo.ppt
Desarrollo-contrato-trabajo-derecho-individual-trabajo.pptDesarrollo-contrato-trabajo-derecho-individual-trabajo.ppt
Desarrollo-contrato-trabajo-derecho-individual-trabajo.ppt
 
Presentación1.pptx
Presentación1.pptxPresentación1.pptx
Presentación1.pptx
 
LEGLAB270118P - S2
LEGLAB270118P - S2LEGLAB270118P - S2
LEGLAB270118P - S2
 
Sesion 2 -estabilida_laboral
Sesion 2 -estabilida_laboralSesion 2 -estabilida_laboral
Sesion 2 -estabilida_laboral
 
Fol
FolFol
Fol
 
PPT DERECHO LABORAL SEMANA 11.pptx
PPT DERECHO LABORAL SEMANA 11.pptxPPT DERECHO LABORAL SEMANA 11.pptx
PPT DERECHO LABORAL SEMANA 11.pptx
 
Terminación de-la-relación-laboral
Terminación de-la-relación-laboralTerminación de-la-relación-laboral
Terminación de-la-relación-laboral
 
Derecho laboral exposicion
Derecho laboral exposicionDerecho laboral exposicion
Derecho laboral exposicion
 
Terminacinnnndenunncontrato _89616e060ee41f1___
Terminacinnnndenunncontrato  _89616e060ee41f1___Terminacinnnndenunncontrato  _89616e060ee41f1___
Terminacinnnndenunncontrato _89616e060ee41f1___
 
GABRIEL GONZÁLEZ ( COCA-COLA).docx
GABRIEL GONZÁLEZ ( COCA-COLA).docxGABRIEL GONZÁLEZ ( COCA-COLA).docx
GABRIEL GONZÁLEZ ( COCA-COLA).docx
 
Legislacion alberth
Legislacion alberthLegislacion alberth
Legislacion alberth
 
Extincion del contrato de trabajo
Extincion del contrato de trabajoExtincion del contrato de trabajo
Extincion del contrato de trabajo
 
LEGLAB110317P - S2
LEGLAB110317P - S2LEGLAB110317P - S2
LEGLAB110317P - S2
 
Culminación de la relación laboral
Culminación de la relación laboral Culminación de la relación laboral
Culminación de la relación laboral
 
Clases sobre el despido
Clases sobre el despidoClases sobre el despido
Clases sobre el despido
 
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO 2DA PART.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO 2DA PART.EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO 2DA PART.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR DESPIDO JUSTIFICADO 2DA PART.
 
Legissss
LegissssLegissss
Legissss
 

Más de Carlos Ezeta

CASACION de wilmer celis acosta
CASACION  de wilmer celis acostaCASACION  de wilmer celis acosta
CASACION de wilmer celis acostaCarlos Ezeta
 
Llegar tarde a laborar
Llegar tarde a laborarLlegar tarde a laborar
Llegar tarde a laborarCarlos Ezeta
 
Plantilla de diagnostico laboral p7q (1)
Plantilla de diagnostico laboral p7q (1)Plantilla de diagnostico laboral p7q (1)
Plantilla de diagnostico laboral p7q (1)Carlos Ezeta
 
Plantilla de diagnostico laboral (1)
Plantilla de diagnostico laboral  (1)Plantilla de diagnostico laboral  (1)
Plantilla de diagnostico laboral (1)Carlos Ezeta
 
el despido en el Perú
  el despido  en el Perú   el despido  en el Perú
el despido en el Perú Carlos Ezeta
 
Contrato de trabajo preguntas y respuestas
Contrato de trabajo preguntas y respuestasContrato de trabajo preguntas y respuestas
Contrato de trabajo preguntas y respuestasCarlos Ezeta
 
Los principios en la nueva ley procesal de
Los principios en la nueva ley procesal deLos principios en la nueva ley procesal de
Los principios en la nueva ley procesal deCarlos Ezeta
 
carta de San Ignacio a Backus
carta de San Ignacio a Backuscarta de San Ignacio a Backus
carta de San Ignacio a BackusCarlos Ezeta
 
contrato de trabajo
contrato de trabajocontrato de trabajo
contrato de trabajoCarlos Ezeta
 
Primer Juzgado de Trabajo Permanente
Primer Juzgado de Trabajo PermanentePrimer Juzgado de Trabajo Permanente
Primer Juzgado de Trabajo PermanenteCarlos Ezeta
 
Presentación5 123
Presentación5  123Presentación5  123
Presentación5 123Carlos Ezeta
 

Más de Carlos Ezeta (12)

CASACION de wilmer celis acosta
CASACION  de wilmer celis acostaCASACION  de wilmer celis acosta
CASACION de wilmer celis acosta
 
Llegar tarde a laborar
Llegar tarde a laborarLlegar tarde a laborar
Llegar tarde a laborar
 
Plantilla de diagnostico laboral p7q (1)
Plantilla de diagnostico laboral p7q (1)Plantilla de diagnostico laboral p7q (1)
Plantilla de diagnostico laboral p7q (1)
 
Plantilla de diagnostico laboral (1)
Plantilla de diagnostico laboral  (1)Plantilla de diagnostico laboral  (1)
Plantilla de diagnostico laboral (1)
 
el despido en el Perú
  el despido  en el Perú   el despido  en el Perú
el despido en el Perú
 
Contrato de trabajo preguntas y respuestas
Contrato de trabajo preguntas y respuestasContrato de trabajo preguntas y respuestas
Contrato de trabajo preguntas y respuestas
 
Los principios en la nueva ley procesal de
Los principios en la nueva ley procesal deLos principios en la nueva ley procesal de
Los principios en la nueva ley procesal de
 
carta de San Ignacio a Backus
carta de San Ignacio a Backuscarta de San Ignacio a Backus
carta de San Ignacio a Backus
 
contrato de trabajo
contrato de trabajocontrato de trabajo
contrato de trabajo
 
Primer Juzgado de Trabajo Permanente
Primer Juzgado de Trabajo PermanentePrimer Juzgado de Trabajo Permanente
Primer Juzgado de Trabajo Permanente
 
CASO BACKUS
CASO BACKUSCASO BACKUS
CASO BACKUS
 
Presentación5 123
Presentación5  123Presentación5  123
Presentación5 123
 

Último

Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxMapyMerma1
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDUFICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDUgustavorojas179704
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPMarketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPANEP - DETP
 
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtweBROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwealekzHuri
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteJuan Hernandez
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 

Último (20)

Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDUFICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversaryEarth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
 
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETPMarketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
Marketing y servicios 2ºBTP Cocina DGETP
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtweBROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
 
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDIUnidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDIUnidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
Unidad 4 | Teorías de las Comunicación | MCDI
 

Sobre formas de extincion tema lab 1

  • 1. LEGISLACION LABORAL Carlos Ezeta Carpio Abogado www.consultalaboral.netfirm.com Mayor Conocimiento Menor Riesgo de Conflicto CONTRATO DE TRABAJO VACACIONES JORNADAS DE TRABAJO GRATIFICACIONES SEGURO DE VIDA DEPOSITOS CTS
  • 2. CONCEPTO • QUE SE ENTIENDE POR CAUSAS DE EXTINCION son diversas razones por las cuales puede darse por terminado un contrato de trabajo, cesa la obligación del trabajador de laborar y del empleador de remunerarlo y por consiguiente el vínculo existente entre ambos se extingue
  • 3. CAUSALES DE EXTINCION • CUALES SON ? • el fallecimiento del empleador si es persona natural; la renuncia voluntaria , el despido • invalidez absoluta permanente , jubilación o despido del trabajador; • la terminación de la obra o servicio , el cumplimiento de una condición resolutoria del contrato • vencimiento del plazo en contratos temporales, • el mutuo acuerdo entre trabajador y empleador , cese colectivo por causa objetiva
  • 4. FALLECIMIENTO DEL EMPLEADOR • extingue la relación laboral si es persona natural • por acuerdo con los trabajadores y los herederos pueden permanecer en el proceso de liquidación, máximo un año. • El acuerdo debe constar por escrito • comunicado al M. de Trabajo 1
  • 5. RENUNCIA DEL TRABAJADOR • Decisión exclusiva del trabajador de dar por terminado el vínculo laboral • Deberá darse un pre- aviso de 30 días al empleador. • El empleador lo puede exonerar del pre- aviso aún cuando no lo solicite el trabajador. • El trabajador puede solicitar exoneración total o parcial del plazo. • La solicitud de exoneración se entiende aceptada en caso no sea rechazada por escrito en un plazo máximo de tres días. 2
  • 6. DESPIDO DEL TRABAJADOR • Facultad del empleador, cuando existe causa justa contemplada en la ley. • El empleador debe concederle un plazo mínimo de 06 días para que el trabajador se defienda de los cargos • La carta de despido debe ser enviada al domicilio del trabajador. 3
  • 7. DESPIDO DEL TRABAJADOR • El despido arbitrario no sustentado en causa justa le da derecho al trabajador a cobrar una indemnización especial por despido equivalente a 1 1/2 remuneración mensual por cada año, o fracción. DS 003-97-TR 3
  • 8. ACUERDO DE MUTUO DISENSO • Debe constar por escrito • Implica voluntad de ambas partes de darle término a la Relación Laboral • Puede constar en la liquidación de beneficios sociales el acuerdo 4
  • 9. LA JUBILACION COMO CAUSA DE EXTINCION • LA JUBILACION ES OBLIGATORIA PARA EL TRABAJADOR – Hombre o Mujer – Cuando tiene derecho a pensión – A cargo de la ONP o del Sistema Privado (AFP) – siempre que el empleador se obligue a cubrir la diferencia entre la pensión que le corresponda al trabajador y el 80% de la última Remuneración ordinaria percibida – dicho monto adicional no puede superar el 100% de la pensión de jubilación – Se obliga igualmente a reajustarla en forma periódica en la misma forma de reajuste de la pensión. 5
  • 10. LA JUBILACION COMO CAUSA DE EXTINCION • FORMALIDADES – Debe ser comunicada por escrito al trabajador – La finalidad es que el trabajador inicie sus trámites – El cese se produce cuando el trabajador obtenga el reconocimiento de su pensión. – LA JUBILACION ES OBLIGATORIA y AUTOMATICA A LOS 70 AÑOS DE EDAD, salvo pato en contrario. • Opera siempre que el trabajador tenga derecho a ella con prescindencia de haber iniciado el trámite o no. – Por fallecimiento se extingue el pago adicional que en caso de jubilación abone el empleador. 5
  • 11. DESPIDO EXISTENCIA DE CAUSA JUSTA Art.. 22º DS 003-97-TR 6 • Para el despido de un trabajador sujeto a régimen de la actividad privada, que labore cuatro o más horas diarias para un mismo empleador, es indispensable la existencia de causa justa contemplada en la ley y debidamente comprobada. • La causa justa puede estar relacionada con la capacidad o con la conducta del trabajador. • La demostración de la causa corresponde al empleador dentro del proceso judicial que el trabajador pudiera interponer para impugnar su despido.
  • 12. • LA LEY DIFERENCIA EN LOS CASOS DE FALTAS DEL TRABAJADOR DOS POSIBILIDADES. • CAUSAS JUSTAS DERIVADAS DE LA CAPACIDADCAPACIDAD DEL TRABAJADOR • CAUSAS DERIVADAS DE LA CONDUCTACONDUCTA DEL TRABAJADOR
  • 13. CAUSAS DERIVADAS DE LA CAPACIDADCAUSAS DERIVADAS DE LA CAPACIDAD • Artículo 23º.- Son causas justas de despido relacionadas con la capacidad del trabajador: • a) El detrimento de la facultad física o mental o la ineptitud sobrevenida, determinante para el desempeño de sus tareas; • b) El rendimiento deficiente en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores y bajo condiciones similares; • c) La negativa injustificada del trabajador a someterse a examen médico previamente convenido o establecido por la Ley, determinantes de la relación laboral, o a cumplir las medidas profilácticas o curativas prescritas por el médico para evitar enfermedades o accidentes.
  • 14. LAS CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO DERIVADAS DELAS CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO DERIVADAS DE LA CONDUCTA DEL TRABAJADORLA CONDUCTA DEL TRABAJADOR • Artículo 24º.- Son causas justas de despido relacionadas con la conducta del trabajador: • a) La comisión de FALTA GRAVE • b) La condena penal por delito doloso; • c) La inhabilitación del trabajador;
  • 15. FALTAS GRAVES • Actos que quebrantan la buena fe laboral y que hacen imposible el mantener la relación laboral. • Cualquier falta no genera despido • Puede tener su origen en la capacidad o la conducta del trabajador
  • 16. FALTAS GRAVES • Los actos de violencia son faltas graves. • Al igual que el faltar el respeto a los Jefes, o compañeros de trabajo
  • 17. LAS FALTAS GRAVES • El incumplimiento de las obligaciones • La disminución de la producción de bienes o servicios en cantidad o calidad • Las tardanzas reiteradas y/o faltas injustificadas, constituyen faltas graves ¿Y AHORA QUE HICE?
  • 18. FALTAS GRAVES • El hacer uso indebido de los bienes. • El disponer de dinero sin autorización. • El brindar información falsa para obtener ventajas. • El disponer de documentos del empleador, sin su autorización; constituye FALTA GRAVE ¿ ME DESCUBRIERON?
  • 19. CAUSAS JUSTAS DE DESPIDO • El no respetar las medidas profilácticas o someterse a exámenes médicos cuando ello es recomendación del médico, puede dar origen a una CAUSA JUSTA DE DESPIDO
  • 20. FALTAS GRAVES • El asistir a laborar embriagado, o bajo influencia de drogas. • Constituye falta grave NO ME VAN A CREERNO ME VAN A CREER HOY ES MI CUMPLEA OSÑHOY ES MI CUMPLEA OSÑ TOME UN SOLOTOME UN SOLO TRAGO DEBETRAGO DEBE HABER SIDO ELHABER SIDO EL AIREAIRE
  • 21. LLEGAR FUERA DE HORA SIGNIFICA IMPUNTUALIDAD LA ACTITUD REITERADA ES FALTA GRAVE LLEGAR FUERA DE HORA SIGNIFICA IMPUNTUALIDAD LA ACTITUD REITERADA ES FALTA GRAVE SU ENTRADA ES A LAS 8:00 SON LAS 8:10 SU ENTRADA ES A LAS 8:00 SON LAS 8:10
  • 22. LAS IMPRUDENCIAS Y DAÑOS A BIENES DEL EMPLEADOR CONSTITUYEN FALTA GRAVE Parece que es mucho...
  • 23. ¿QUE ES UNA FALTA GRAVE?¿QUE ES UNA FALTA GRAVE? • Artículo 25º.- Falta grave es la infracción por el trabajador de los deberes esenciales que emanan del contrato, de tal índole, que haga irrazonable la subsistencia de la relación.
  • 24. • El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral, la reiterada resistencia a cumplir las órdenes relacionadas con las labores, la reiterada paralización intempestiva de labores y la inobservancia del Reglamento Interno de Trabajo o del Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial, aprobados o expedidos, según corresponda por la autoridad competente, que revistan gravedad; ARTART 2525 INCINC AA
  • 25. ART 25 INC. B • b). La disminución deliberada y reiterada en el rendimiento de las labores o del volumen o de la calidad de producción, verificada fehacientemente o con el concurso de los servicios inspectivos del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, quien podrá solicitar el apoyo del sector al que pertenece la empresa;
  • 26. c). La apropiación consumada o frustrada de bienes o servicios del empleador o que se encuentran bajo su custodia, , con prescindencia de su valor; BENEFICIO PROPIO O DE TERCEROS • APROPIACION CONSUMADA O • APROPIACION FRUSTRADA – DE BIENES O SERVICIOS • DE PROPIEDAD DEL EMPLEADOR – EN CUSTODIA DEL EMPLEADOR • CON PRESCINDENCIA DE SU VALOR SE SANCIONA NO SOLO EL ROBO SINO LA INTENCION DEL MISMO. NO REQUIERE DE ACCION PENAL PREVIA.QUIEN SE BENEFICIO NO ES LO IMPORTANTE EN AMBOS CASOS SE SANCIONA
  • 27. ART 25 INC. D • d). El uso o entrega a terceros de información reservada del empleador; la sustracción o utilización no autorizada de documentos de la empresa; la información falsa al empleador con la intención de causarle perjuicio u obtener una ventaja; y la competencia desleal;
  • 28. ART 25 INC. E • e). La concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas o sustancias estupefacientes, y aunque no sea reiterada cuando por la naturaleza de la función o del trabajo revista excepcional gravedad. La autoridad policial prestará su concurso para coadyuvar en la verificación de tales hechos; la negativa del trabajador a someterse a la prueba correspondiente se considerara como reconocimiento de dicho estado, lo que se hará constar en el atestado policial respectivo
  • 29. ART 25 INC FART 25 INC F • f). Los actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento de palabra verbal o escrita en agravio del empleador, de sus representantes, del personal jerárquicos o de otros trabajadores, sea que se cometan dentro del centro de trabajo o fuera de el cuando los hechos se deriven directamente de la relación laboral. Los actos de extrema violencia tales como toma de rehenes o de locales podrán adicionalmente ser denunciados ante la autoridad judicial competente;
  • 30. ART 25 INC G • g). El daño intencional a los edificios, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentación, materias primas y demás bienes de propiedad de la empresa o en posición de esta.
  • 31. Art. 25 Inc h) abandono de trabajo • h). El abandono de trabajo por mas de tres días consecutivos, las ausencias injustificadas por mas de 5 días en un periodo de 30 días calendario o mas de 15 días en un periodo de 180 días calendario, hayan sido o no sancionadas disciplinariamente en cada caso la impuntualidad reiterada, si ha sido acusada por el empleador , siempre que se hayan aplicado sanciones disciplinarias previas de amonestaciones escritas y suspensiones
  • 32. DERECHO DE DEFENSA º.- El empleador no podr despedir por causa relacionada coná la capacidad o con la conducta del trabajador sin antes otorgarle un plazo razonable o menor a seis d as naturales para queí demuestre su capacidad, corrija su deficiencia o pueda defenderse de los cargos que se le formulan, salvo aquellos casos de falta grave flagrante en que no resulte razonable tal posibilidad. deber observarse el principio de inmediatez.á
  • 33. DERECHO DE DEFENSA •El trabajador tiene derecho a defenderse de los cargos de comisi n de falta grave que le hace el empleadoró •Por ello la ley obliga a que se conceda la oportunidad de descargo. •El plazo m nimo es de 06 d así í •El empleador puede exonerar al trabajador de asistir a laborar mientras dure el descargo. •En dicho caso se debe pagar la remuneraci nó Comentario: Cuando la falta es evidente o de suma gravedad se exonera de la obligación al empleador.
  • 34. DS 001-96-TR • Artículo 26º.- El plazo de seis (6) días naturales, para que el trabajador emita su descargo, puede ser ampliado por el empleador cuando exista causa justificada para ello. • Artículo 27º.- El empleador puede despedir al trabajador después de producido el descargo a que se refiere el Artículo 67º de la Ley o una vez concluido el plazo de seis (6) días o la ampliación del mismo, de ser el caso, observando el principio de inmediatez. • Artículo 28º.- El error de la cita legal en la carta de otorgamiento del derecho de descargo o en la de despido, no determina la invalidez de las mismas, siempre que los hechos que den lugar a la atribución de la falta estén debidamente determinados.
  • 35. Despido nulo • Es nulo el despido que tenga por motivo: • a) La afiliación a un sindicato o la participación en actividades sindicales; • b) Ser candidato a representante de los trabajadores o actuar o haber actuado en esa calidad; • c) Presentar una queja o participar en un procedimiento contra el empleador ante las autoridades competentes; • d) La discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión o idiomas; • e) El embarazo si el despido se produce dentro de los 90 días anteriores o posteriores al parto.
  • 36. Actos de hostilidad despido indirecto • A)La falta de pago de la remuneración en la oportunidad correspondiente, salvo razones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por el empleador; • b) La reducción inmotivada de la remuneración o de la categoría; • c) El incumplimiento injustificado de las obligaciones legales o convencionales; • d) El traslado del trabajador a lugar distinto de aquel en el que preste habitualmente servicios, con el propósito de ocasionarle perjuicio; • e) La inobservancia de medidas de higiene y seguridad que pueda afectar o poner en riesgo la vida y la salud del trabajador; • f) El acto de violencia o el faltamiento grave de palabra en agravio del trabajador o de su familia; • g) Los actos de discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma; • Los actos contra la moral, el hostigamiento sexual y todos aquellos que constituyan actitudes deshonestas que afecten la dignidad del trabajador.
  • 37. Obligación del trabajador • El trabajador, antes de accionar judicialmente, deberá emplazar por escrito al empleador para que cese la hostilidad y darle plazo razonable para que enmiende su conducta.