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MARIO CORDOBAARANGO, RIONEGRO, ORIENTE, MEDELLIN Y
VECINOS.
ABOGADO LABORALISTA RIONEGRO, MEDELLÍN. PREOCUPADO
POR LA DEMANDAS ENTABLADAS POR SUS TRABAJADORES, DEJE
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ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL, 26 AÑOS COMO PROFESOR
UNIVERSITARIO, LLAME YA AL ABOGADO PIDA UNA CITA EN EL 3013832342, PUEDE
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SOLUCIONE ESTE PROBLEMA LEGAL, NO DEJE PASAR MÁS TIEMPO QUE ESTO
SIGNIFICA PAGAR MAS DINERO.
Tiene usted una empleada del servicio doméstico y no sabe cuáles son sus
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trabajadora, no sabe si hay que pagarle horas extras, trabaja en su casa solo
dos días, y el resto en otros lugares, dice ella que está afiliada al sisben y no quiere una
EPS para la afiliación, no sabe cómo es el periodo de prueba para el servicio doméstico, la
puede ella demandar en algún momento y cuánto costaría esta demanda, lo que utiliza en
la casa como la dormida, la alimentación se le puede descontar del salario. Todos los
anteriores son interrogantes que en muchas casas se tienen frente a la empleada del
servicio doméstico, EL ABOGADO Y PROFESOR DE DERECHO LABORAL OSCAR
MARIO CORDOBA ARANGO TIENE LAS RESPUESTAS, CON UN EXPERIENCIA UN
AMPLIA OFRECE SUS SERVICIOS ASESORANDO EN ESTE TEMAS Y CUALQUIER
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en Google a OscarMario Córdoba Arango abogado, NO SIGA CONESE PROBLEMA, QUE
UNA EQUIVOCACIÓN EN ESTOSTEMAS SE PAGAN ES CONDINERO Y NO ENPOCAS
CANTIDADES, SALGA DE LAS DUDAS Y CONOZCA QUE SE LE ESPERA FRENTE A
LA EMPLEADA.
Es propietario de una finca, tiene trabajadores que van y trabajan en una
determinada tarea y finalizada la misma se retiran; piensa usted que no
hay contrato de trabajo y por lo tanto no tienen derecho a reclamar nada,
usted puede estar equivocado, si es posible la existencia de un contrato laboral, OSCAR
MARIO CORDOBA ARANGO, ABOGADO Y PROFESOR DE DERECHO LABORAL LO
ASESORA SOBRE EL TEMA llame al 3013832342, o busque en Google a Oscar Mario
Cordoba Arango abogado.
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utilizar y que esté acorde con su presupuesto, el ABOGADO y
PROFESOR DE DERECHO LABORAL OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO la puede asesorar, con una amplia experiencia en la asesoría de medianas y
pequeñas empresa, le indica sobre las obligaciones que la ley establece y cuanto le puede
costar cumplir con la ley, e igual cuanto le cuesta no cumplir con la ley laboral, llame al
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abogado, comience bien con su empresa no se aparte de la ley que esto le costara mucho
dinero y problemas personales.
Es usted un(a) abogado(a) joven, interesado(a) en el derecho laboral y
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ARANGO, le puede asesorar, llame al 3013832342 pida una cita, o busque en google a
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Usted es veterinario, quiere ampliar su clínica y necesita de más personal,
se preocupa si esto le trae costos laborales, pero requiere de otras personas
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PROFESOR HACE 26 AÑOS LO ASESORA, en la asesoría usted encuentra la respuesta
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Crece su empresa, necesita más personal para las ventas y no tiene
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Ya está jubilado, pero quiere seguir en actividad formando su propio negocio,
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Piensa usted en divorciarse de forma amigable, están de acuerdo
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Debe usted pagarle la liquidación a un trabajador y no sabe como se hace,
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ARANGO abogado y no se exponga a una millonaria demanda .
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UNIVERSITARIO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, MAS DE 26
AÑOS DE EXPERIENCIA, LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA O
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SU TRAYECTORIA.
Debe firmar un pagaré y no sabe las consecuencias legales que genera
esa firma, como por ejemplo que lo pueden embargar a usted y al
codeudor al mismo tiempo, o por ejemplo que si el pagaré contiene la
cláusula aceleratoria y usted se atrasó en la tercera cuota y en total son
24, el acreedor le puede exigir el pago de toda la deuda pendiente, ASESORES CON EL
ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO 26 AÑOS COMO PROFESOR DE LA
MATERIA, LLAME AL 3013832342 PIDA UNA CITA, O BUESQUE EN GOOGLE SOBRE
MI TRAYECTORIA.
Es usted comerciante, y no conoce las consecuencias legales en el casode
no cumplir sus facturas de venta tal y como lo indica la ley, (por ejemplo que
no es un título ejecutivo, y por lo tanto no puede iniciar un proceso ejecutivo
y entrar a embargar los bienes del incumplido), ASESORESE DEL
ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, 26 AÑO COMO
PROFESOR DE LA MATERIA, LLAME AL 3013832342 Y PIDA UNA CITA, BUSQUE EN
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abogado.
Tiene usted una letra de cambio hace varios años, no sabe si tiene
valor, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO
CORDOBAARANGO, MAS DE 26 AÑO COMO PROFESORDELA
MATERIA, LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, BUSQUE EN
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Necesita sacarle las escrituras a un pequeño predio que no las
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LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, BUSQUE EN
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Necesita presentar un derecho de petición y no sabe redactarlo, requiere
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ASESORESECONEL ABOGADO OSCARMARIO CORDOBAARANGO,
PROFESOR UNIVERSISTARIO, PIDA UNA CITA EN EL 3013832342,
BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO Y VEA SU
TRAYECTORIA.
Le han negado la pensión, no le contestan el derecho de petición,
considera que esta mal liquidada su pensión, no sabe si tiene derecho a
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derecho a una pensión, CONSULTE PRIMERO CON EL ABOGADO OSCAR MARIO
CORDOBA, ESPECIALISTA EN LA METERIA Y PROFESOR UNIVERSITARIO, LLAME
AL 3013832342, CONSULTE MAS DATOS SOBRE MI EN GOOGLE ANOTANDO OSCAR
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Es usted una emprendedora con hijos, el padre no ayuda al sostenimiento
de forma completa ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO
CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013832342 Y PIDA UNA CITA,
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CORDOBA ARANGO abogado.
Es muy comúnencontrase con un mediano empresario, que por incumplir
el plazo estricto que establece la ley para consignar cesantías, le inicien
un proceso laboral y finalmente no tenga con que pagar, como
consecuencia se le embarga la empresa, la cuenta bancaria y otros
bienes, el embargo le genera que sus bienes no pueden estar en el comercio, están
“congelados”. El embargo sobre la empresa se hace público, ya que se anota en el
certificado de la cámara de comercio. ¡Que no le pace esto¡ ASESORESE CON EL
ABOGADO Y PROFESOR UNIVERSITARIO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO,
LLAME AL 3013238342, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA
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No es raro encontrarse con la quiebra de las empresa por tener una cartera muy
alta sin poderse cobrar de forma efectiva y de manera oportuna. Una de las
razones que genera la perdida de la empresa se debe a que no se conoce con
certezay exactitud cuales son los documentos legales que se deben utilizar para
garantizar el pago que le permita al empresario al menos cubrir los costos. ASESORESE
DEL ABOGADO Y PRIOFESOR OSCAR MARIO CORDOB ARANGO, 26 AÑOS COMO
DOCENTE DE LA MATERIA, LLAME AL 3023832342 PIDA UNA CITA, BUSQUE MAS
INFORMACION EN GOOGLE ANOTANDO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO.
Además de los jueces laborales hay otros funcionarios que pueden tomar
determinaciones graves cuando el empleador no cumple con las leyes
laborales, siendo estos los inspectores de trabajo, quienes pueden sancionar
al empleador hasta ordenando el cierre de la empresa. Estos inspectores actúan mediante
denuncia, o por iniciativa propia y pueden ingresar al interior de la empresa y revisar las
condiciones de trabajo! No se vea involucrado en un caso como este, no pierda su
patrimonio ¡ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO; LLAME
AL 3013832342 y pida una cita, puede buscar en google a OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO abogado.
Desde que la empresa tenga trabajadores a sus servicios siempre existe
la posibilidad de un accidente de trabajo, la ley 100 de 1.993, obliga a
todos los empleadores a mantener asegurados a sus trabajadores. Hay
empleadores que se descuidan en este aspecto, no afiliándolos, o no
proporcionan sitios adecuados para el trabajo, como por ejemplo lugares sin buena
iluminación, dando lugar a que se produzca un accidente laboral. Muchos creen que
pagando a la ARL termina la responsabilidad del empleador, cosa que no es cierta, las
normas laborales obligan al empleador a que cuide la salud de los trabajadores, y en un
caso como el indicado la ARL no paga la incapacidad ni la invalidez del trabajador, esto lo
asume el empleador. ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CÓRDOBA
ARANGO; LLAME AL 3013832342, puede buscar más datos en google anotando OSCAR
MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
Quiere que su marca sea tan reconocida y respetada como las de la
imagen, no quiere que se la utilicen, protéjala legalmente, ASESORESE
DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, LLAME AL
3013832342, busque más datos del abogado en google, anotando
OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado,
Conoce usted señor empleador el procedimiento para suspender a un
trabajador que incumple las normas internas de la empresa, no se
equivoque hay todo un procedimiento, de no hacerlo se somete a
sanciones judiciales, administrativas, lo pueden acusar de acoso
laboral, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO,
PROFESOR DE LA MATERIA; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, puede buscar a
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La discriminación es prohibida por la Constitución artículo 13, cuando
usted le paga a un trabajador menor salario que a otro y ambos están
objetivamente en igualdad de condiciones hay discriminación,
ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO, LLAME AL 3013832342 pida una cita, puede buscar a OSCAR MARIO
CORDOBA ARANGO en GOOGLE y encontrará más información.
Cuando se endosa un cheque o cualquier otro título valor surgen una
consecuencias legales para el endosante frente a los futuros
tenedores del cheque, tales como que lo convierten en un obligado
cambiario, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO,
PROFESOR DE LA MATERIA; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, PUEDE
BUSCAR ENGOOGLE AL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO y tendrá más
información.
Fallecido el empleador, si existen deudas laborales con los
trabajadores, los herederos deben de cancelar los derechos del
trabajador, quien muere deja derechos y obligaciones, ASESORESE
DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, LLAME AL
3013832342, PIDA UNA CITA, puede en GOOGLE encontrar a
OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
Los compradores de bienes y/o servicios tienen una protección legal
(Ley 1480) frente al vendedor, se les debe garantizar la calidad del
producto, la Super Intendencia de Industria y Comercioes la encargada
de sancionar al vendedor o productor cuando incumplen la norma,
sanción que puede ser millonaria, en los municipios se delega esta
función en los alcaldes, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, más información la puede encontrar
en GOOGLE anotando OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
Una de las características del derecho laboral, es que prevalece la
realidad de los hechos sobre las formalidades, por ejemplo si las
partes firman un contrato por prestación de servicios, inclusive
autentican sus firmas, pero en el desarrollo del contrato quien presta
sus servicios está continuamente subordinado, lo que existe
realmente es un contrato de trabajo a término indefinido, esta es una situación muy común
por lo tanto ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO
CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013832342.
El cambio de propietario de una empresa no siempre tiene que afectar
los contratos de trabajo, incluso se puede dar la situación de ser
solidarios frente a los derechos del trabajador el antiguo propietario y el nuevo
ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO; LLAME AL
3013832342, PIDA UNA CITA, puede en GOOGLE buscar a OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO abogado.
Cuando el trabajador reúne los requisitos para pensionarse, el
empleador le puede dar por terminado el contrato de trabajo, pero debe
esperar hasta que el fondo de pensiones le reconozca el estatus de
pensionado, es necesario que aparesca dentro de la nómina de
pensionados, por consiguiente el contrato continua vigente,
ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO; LLAME AL
3013832342 PIDA UNA CITA, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO abogado.
No existe impedimento legal para que una persona que esta pensionada
por vejes nuevamente comience a trabajar y recibir todos los derechos
laborales, el pensionado no cotiza para la pensión, pero si para
ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO PROFESOR DE LAMATERIA; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, puede
buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
Si está usted afilado a un fondo de pensiones privado, la edad no es el
factor definitivo para pensionarse, lo mayormente importante es el ahorro
que usted logra tener en el fondo, si su caso es como el de muchas
personas que no ha tenido estabilidad laboral, es bastante difícil que logre
una pensión por vejez, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO, LLAME AL 3013832342, pida una CITA, puede en GOOGLE buscar a OSCAR
MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
Las empresas que optan por el llamado teletrabajo, tienen las mismas
obligaciones legales frente a sus trabajadores, estos están amparados
por la protección legal que brindan las normas laborales, ASESORESE
CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, PIDA UNA
CITA EN EL 3013832342, puede buscar más información sobre el
abogado en GOOGLE anotando OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
De forma general el reclamo judicial de los derechos laborales no se
pueden hacer mediante una acción de tutela, salvo cuando estén
afectados uno o varios derechos fundamentales, TIENE DUDAS LLAME
AL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO AL 3013832342,
PIDA una CITA, puede buscar a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO
abogado en GOOGLE.
Seguro de saber redactar una carta de despido; con frecuencia en la
carta se anotan unas cuantas letras, pero se omiten ciertos detalles
importantes, y resulta la carta confusa y no apta para darle a conocer
al trabajador que esta despedido. ASESORESE CON EL ABOGADO
OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, 26 COMO PROFESOR DE LA
MATERIA; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, COMO ESTE
EEROR SEGURO QUE HAY OTROS MAS QUR TRAEN COMO CONSECUENCIA UNA
DEMANA LABORAL, PUEDE BUSCAR EN GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO abogado
En Colombia se ha establecido un régimen de pensiones en el que se
permite al trabajador la posibilidad de recibir una pensión vitalicia al
finalizar su ciclo profesional–laboral, a fin de que pueda contar con unos
recursos fijos que le permitan una estabilidad económica en su vejez.
Para el 2016, el aporte a fondo de pensiones sigue siendo del 16% del ingreso base de
cotización, IBC, del trabajador; este se divide en un 12% aportado por el empleador y un
4% a cargo del trabajador. Adicionalmente debe tenerse en cuenta que cuando el ingreso
base de cotización es superior a 4 smmlv el porcentaje de cotización a pensión debe
aumentarse en un 1% adicional, el cual tendrá como destinación la consolidación de un
fondo de solidaridad pensional que tiene por objeto subsidiar los aportes al régimen general
de pensiones de los trabajadores asalariados o independientes del sector rural y urbano
que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte. TIENE DUDAS
ASESORESECONEL ABOGADO OSCARMARIO CORDOBAARANGO; PIDA UNA CITA
EN EL 3013832342, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBAARANGO
abogado.
Muchas EPS invocan el Decreto 047 del 2000, por el cual se expiden
normas sobre afiliación y se dictan otras disposiciones;en estese señala
la necesidad de una cotización ininterrumpida para el reconocimiento de
la licencia de maternidad, en virtud de lo cual, cuando existe un vacío de
1, 2 o hasta varios días, las EPS niegan el pago de la licencia, omitiendo
los mandamientos de la Corte Constitucional y vulnerando los derechos de la trabajadora.
TODAS SUS DUDAS CONSULTE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA 26
AÑOS COMO DOCENTE UNIVERSITARIO, LLAME AL 3013832342, Pida una CITA,
busque en GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
En reiteradas ocasiones la CORTE CONSTITUCIONAL ha indicado que
todo trabajador con discapacidad cuenta con una protección especial
que le evita ser despedido sin la previa autorización del ministerio del
trabajo, sin importar la razón que alegue el empleador. Cualquier razón
o causa juste habrá de ser sustentada ante el ministerio del trabajo para
lograr la autorización del despido.
TIENE DUDAS ASESORESE CONEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO,
pida UNA CITA al 3013832342, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO abogado.
El numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, establece
como una obligación del patrono, conceder al trabajador las licencias
necesarias para el ejercicio del sufragio, para el desempeño de cargos
oficiales transitorios de forzosa aceptación, EN CASO DE GRAVE
CALAMIDAD DOMÉSTICA DEBIDAMENTE COMPROBADA,
comisiones sindicales, para asistir al entierro de sus compañeros, etc. En el reglamento de
trabajo se señalarán las condiciones para las licencias antes mencionadas. Salvo
convención en contrario, el tiempo empleado en estas licencias puede descontarse al
trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas de su
jornada de trabajo a opción del Empleador. Es claro que la Ley no establece períodos de
tiempo ya sea en días hábiles o calendario para la duración de una u otra licencia, por lo
tanto la Empresa debe remitirse a lo estipulado en el reglamento de trabajo para tal fin, o
establecer un acuerdo con el trabajador según sea el caso. DUDAS SOBRE EL TEMA
CONSULTE AL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, PIDA UNA CITA al
3013832342, puede buscaren GOOGLE a OSCARMARIO CORDOBAARANGO abogado.
EL CONTRATO: Definición sobre el contrato desde dos ópticas
diferentes: el Código Civil, el Código de Comercio. Definición del
Código Civil: Señala que contrato o convención es un acto por el
cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer una
cosa. Cada parte puede ser de una o de muchas personas (Art.
1495 C.C.). De la anterior definición se extraen las siguientes
conclusiones: a) A primera vista podría pensarse que esta definición se refiere a los
contratos que se celebran entre dos partes que en principio serían los bilaterales cuando
dice “una parte se obliga para con otra”, pero en realidad lo que hace la norma es referirse
a los contratos unilaterales, pues estos son contratos celebrados entre dos partes pero
solamente una de ellas se obliga. Es evidente entonces que esta definición es incompleta
al contemplar solo al contrato unilateral, excluyendo las demás modalidades como el
bilateral y los plurilaterales. b) Las obligaciones que nacen del contrato son prestaciones
de dar, hacer o no hacer. La obligación nace como consecuencia del contrato al ser una de
sus fuentes. c) Contrato no es lo mismo que convención. La convención es en género,
el contrato ee la especie. El contrato produce siempre obligaciones en el campo
patrimonial, la convención no. Definición del Código de Comercio: El Art. 864 C.Co. Dice
que el contrato es una acuerdo de dos o mas partes para constituir, regular o extinguir entre
ellas una relación jurídica patrimonial. De la anterior definición se extraen las diferentes
conclusiones: a) Desde el punto de vista de los sujetos esta definición es más completa,
pues incluye pluralidad de sujetos, se refiere implícitamente a los contratos bilaterales y
plurilaterales o “acuerdo de dos o más partes”. b) Esta obligación tiene un efecto en el
ámbito patrimonial al decir “constituir, regular o extinguir una relación jurídica patrimonial”.
c) Esta definición del Código de Comercio es idéntica a la que hace el Código Civil
Italiano. SI USTED TIENE DUDAS SOBRE UN CONTRATO QUE VA A CELEBRAR
ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO; 26 AÑOS
COMO DOCENTE, pida UNA CITA al 3013832342, puede buscar en GOOGLE a OSCAR
MARIO CORDOBA ARANGO, abogado.
UNA BUENA ASESORIA OPORTUNA, ES MENOS COSTOSA
QUE UN GRAN PLEITO, HAY MENOS DESGASTE EMOCIONAL
Y MENOS PERDIDA DE TIEMPO, OSCAR MARIO CORDOBA
ARANGO ABOGADO, U.de.A, U.P.B. Cel 3013832342
ABOGADO LABORALISTA OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO

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ABOGADO LABORALISTA OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO

  • 1. ABOGADO LABORALISTA, PROFESOR UNIVERSITARIO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, RIONEGRO, ORIENTE, MEDELLIN Y VECINOS. ABOGADO LABORALISTA RIONEGRO, MEDELLÍN. PREOCUPADO POR LA DEMANDAS ENTABLADAS POR SUS TRABAJADORES, DEJE ESTE PROBLEMA EN MANOS DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA, ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL, 26 AÑOS COMO PROFESOR UNIVERSITARIO, LLAME YA AL ABOGADO PIDA UNA CITA EN EL 3013832342, PUEDE BUSCARLO EN GOOGLE COMO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO ABOGADO, SOLUCIONE ESTE PROBLEMA LEGAL, NO DEJE PASAR MÁS TIEMPO QUE ESTO SIGNIFICA PAGAR MAS DINERO. Tiene usted una empleada del servicio doméstico y no sabe cuáles son sus obligaciones como empleadora, desconoce si tiene derecho a prima legal la trabajadora, no sabe si hay que pagarle horas extras, trabaja en su casa solo dos días, y el resto en otros lugares, dice ella que está afiliada al sisben y no quiere una EPS para la afiliación, no sabe cómo es el periodo de prueba para el servicio doméstico, la puede ella demandar en algún momento y cuánto costaría esta demanda, lo que utiliza en la casa como la dormida, la alimentación se le puede descontar del salario. Todos los anteriores son interrogantes que en muchas casas se tienen frente a la empleada del servicio doméstico, EL ABOGADO Y PROFESOR DE DERECHO LABORAL OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO TIENE LAS RESPUESTAS, CON UN EXPERIENCIA UN AMPLIA OFRECE SUS SERVICIOS ASESORANDO EN ESTE TEMAS Y CUALQUIER OTRO RELACIONADO CON EL DERECHO LABORAL, LLAME AL 3013832342, o busque en Google a OscarMario Córdoba Arango abogado, NO SIGA CONESE PROBLEMA, QUE UNA EQUIVOCACIÓN EN ESTOSTEMAS SE PAGAN ES CONDINERO Y NO ENPOCAS CANTIDADES, SALGA DE LAS DUDAS Y CONOZCA QUE SE LE ESPERA FRENTE A LA EMPLEADA. Es propietario de una finca, tiene trabajadores que van y trabajan en una determinada tarea y finalizada la misma se retiran; piensa usted que no hay contrato de trabajo y por lo tanto no tienen derecho a reclamar nada, usted puede estar equivocado, si es posible la existencia de un contrato laboral, OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, ABOGADO Y PROFESOR DE DERECHO LABORAL LO ASESORA SOBRE EL TEMA llame al 3013832342, o busque en Google a Oscar Mario Cordoba Arango abogado. Es usted una emprendedora, su empresa está creciendo y va necesitar personal, no sabe que tipo de contrato es el más adecuado a utilizar y que esté acorde con su presupuesto, el ABOGADO y PROFESOR DE DERECHO LABORAL OSCAR MARIO CORDOBA
  • 2. ARANGO la puede asesorar, con una amplia experiencia en la asesoría de medianas y pequeñas empresa, le indica sobre las obligaciones que la ley establece y cuanto le puede costar cumplir con la ley, e igual cuanto le cuesta no cumplir con la ley laboral, llame al 3013832342, o busque en google al abogado OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado, comience bien con su empresa no se aparte de la ley que esto le costara mucho dinero y problemas personales. Es usted un(a) abogado(a) joven, interesado(a) en el derecho laboral y quiere litigar pero no tiene la suficiente confianza, el PROFESOR CON MAS DE 26 AÑOS DE EXPERIENCIA OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, le puede asesorar, llame al 3013832342 pida una cita, o busque en google a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado y comience bien desde un principio. Usted es veterinario, quiere ampliar su clínica y necesita de más personal, se preocupa si esto le trae costos laborales, pero requiere de otras personas que le ayuden, OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, ABOGADO, PROFESOR HACE 26 AÑOS LO ASESORA, en la asesoría usted encuentra la respuesta a la duda si se le incrementarán los costos, llame al 3013832342, o busque en google a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Crece su empresa, necesita más personal para las ventas y no tiene seguridad sobre el monto de los costos que por mano de obra se le generaran, debido a no tener certeza sobre el tipo de contratación ideal para su negocio. OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, PROFESOR Y ABOGADO, CON MAS DE 26 AÑOS DE EXPERIENCIA LE ASESORA, llame al 3013832342 pida una cita, o busque en google a OSCAR MARIO CORDOBAARANGO abogado. Ya está jubilado, pero quiere seguir en actividad formando su propio negocio, desconoce las leyes para montar su propia empresa, ASESORESE CONEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, PROFESOR CONUNA EXPERIENCIA DE MAS DE 26 AÑOS, LLAME AL 3013832342 PIDA UNA CITA, BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, abogado. Cree usted que en su empresa le van a montar un sindicato, considera que esto lo perjudicaría, que le acabarían con la empresa, ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, PROFESOR DE LA MATERIA, CONOCE EL TEMA DE LOS SINDICATOS, LLAME AL 3013832342 PIDA UNA CITA, BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, abogado. Su empresa es de confecciones usted contrata mayormente trabajadoras, no tiene seguridad sobre las normas legales en el caso de las trabajadoras que están en embarazo, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, PROFESOR DE DERECHO LABORAL,
  • 3. EXPERIENCIA 26 AÑOS, LLAME AL 3113832342 Y SEPA RESOLVER EL CASO DE LAS TRABAJADORAS EN EMBARAZO, BUSQUE AL ABOGADO EN GOOGLE COMO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO abogado. Considera que debe despedir a un trabajador, no sabe como realizar la justificación para el despido, no conoce si hay que indemnizarlo, no sabe la cantidad de dinero a pagar por indemnización, tiene el temor que luego lo demande, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, 26 AÑOS COMO PROFESOR UNIVERSITARIO, LLAME AL 3013832342 PIDA UNA CITA, BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Un trabajador lo ha demandado, usted ya se notificó y considera que la demanda es una mentira, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, PROFESOR DE LAMATERIA, 26 AÑOS EN LA CATEDRA, LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, BUSQUE EN GOOGLE OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado y encuentre más datos. Vende usted a crédito y su cartera está creciendo, no le pagan, ha llamado reiteradamente y no le cancelan, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, ABOGADO Y PROFESOR DE TITULOS VALORES, HA TRABAJADO CON VARIOS BANCOS EN EL COBRO DE DEUDAS, LLAME AL 3013832342, BUSQUE MAS DATOS EN GOOGLE con el nombre OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, abogado. Piensa usted en divorciarse de forma amigable, están de acuerdo ASESORESECONEL ABOGADO OSCARMARIO CORDOBAARANGO, LLAME AL 3013832342 PIDA UNA CITA, BUSQUE MAS DATOS EN GOOGLE ANOTANDO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, abogado, precio favorable. Debe usted pagarle la liquidación a un trabajador y no sabe como se hace, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, PROFESOR DE DERECHO LABORAL HACE 26 AÑOS, LLAME AL 3013832342, BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado y no se exponga a una millonaria demanda . Deben repartir una herencia y todos están de acuerdo para tramitarla ante un notario, ASESORESE DEL ABOGADO Y PROFESOR UNIVERSITARIO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, MAS DE 26 AÑOS DE EXPERIENCIA, LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA O BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CÓRDOBAARANGO Y VEA SU TRAYECTORIA.
  • 4. Debe firmar un pagaré y no sabe las consecuencias legales que genera esa firma, como por ejemplo que lo pueden embargar a usted y al codeudor al mismo tiempo, o por ejemplo que si el pagaré contiene la cláusula aceleratoria y usted se atrasó en la tercera cuota y en total son 24, el acreedor le puede exigir el pago de toda la deuda pendiente, ASESORES CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO 26 AÑOS COMO PROFESOR DE LA MATERIA, LLAME AL 3013832342 PIDA UNA CITA, O BUESQUE EN GOOGLE SOBRE MI TRAYECTORIA. Es usted comerciante, y no conoce las consecuencias legales en el casode no cumplir sus facturas de venta tal y como lo indica la ley, (por ejemplo que no es un título ejecutivo, y por lo tanto no puede iniciar un proceso ejecutivo y entrar a embargar los bienes del incumplido), ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, 26 AÑO COMO PROFESOR DE LA MATERIA, LLAME AL 3013832342 Y PIDA UNA CITA, BUSQUE EN GOOGLE MI TRAYECTORIA, ANOTANDO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Tiene usted una letra de cambio hace varios años, no sabe si tiene valor, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, MAS DE 26 AÑO COMO PROFESORDELA MATERIA, LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado, Y MIRE MI TRAYECTORIA. Necesita sacarle las escrituras a un pequeño predio que no las tiene, ASESORESE CON EL ABOGADO Y PROFESOR UNIVERSITARIO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, y vea la trayectoria Necesita presentar un derecho de petición y no sabe redactarlo, requiere que un abogado lo represente ante un juez y el caso NO ES PENAL, ASESORESECONEL ABOGADO OSCARMARIO CORDOBAARANGO, PROFESOR UNIVERSISTARIO, PIDA UNA CITA EN EL 3013832342, BUSQUE EN GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO Y VEA SU TRAYECTORIA. Le han negado la pensión, no le contestan el derecho de petición, considera que esta mal liquidada su pensión, no sabe si tiene derecho a una pensión, no sabe si tiene derecho una indemnización sustitutiva, tiene
  • 5. hijos minusválidos que dependen de usted y es madre cabeza de familia y cree tener derecho a una pensión, CONSULTE PRIMERO CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA, ESPECIALISTA EN LA METERIA Y PROFESOR UNIVERSITARIO, LLAME AL 3013832342, CONSULTE MAS DATOS SOBRE MI EN GOOGLE ANOTANDO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Es usted una emprendedora con hijos, el padre no ayuda al sostenimiento de forma completa ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013832342 Y PIDA UNA CITA, BUSQUE MAS DATOS EN GOOGLE ANOTANDO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Es muy comúnencontrase con un mediano empresario, que por incumplir el plazo estricto que establece la ley para consignar cesantías, le inicien un proceso laboral y finalmente no tenga con que pagar, como consecuencia se le embarga la empresa, la cuenta bancaria y otros bienes, el embargo le genera que sus bienes no pueden estar en el comercio, están “congelados”. El embargo sobre la empresa se hace público, ya que se anota en el certificado de la cámara de comercio. ¡Que no le pace esto¡ ASESORESE CON EL ABOGADO Y PROFESOR UNIVERSITARIO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013238342, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. No es raro encontrarse con la quiebra de las empresa por tener una cartera muy alta sin poderse cobrar de forma efectiva y de manera oportuna. Una de las razones que genera la perdida de la empresa se debe a que no se conoce con certezay exactitud cuales son los documentos legales que se deben utilizar para garantizar el pago que le permita al empresario al menos cubrir los costos. ASESORESE DEL ABOGADO Y PRIOFESOR OSCAR MARIO CORDOB ARANGO, 26 AÑOS COMO DOCENTE DE LA MATERIA, LLAME AL 3023832342 PIDA UNA CITA, BUSQUE MAS INFORMACION EN GOOGLE ANOTANDO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO. Además de los jueces laborales hay otros funcionarios que pueden tomar determinaciones graves cuando el empleador no cumple con las leyes laborales, siendo estos los inspectores de trabajo, quienes pueden sancionar al empleador hasta ordenando el cierre de la empresa. Estos inspectores actúan mediante denuncia, o por iniciativa propia y pueden ingresar al interior de la empresa y revisar las condiciones de trabajo! No se vea involucrado en un caso como este, no pierda su patrimonio ¡ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO; LLAME AL 3013832342 y pida una cita, puede buscar en google a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
  • 6. Desde que la empresa tenga trabajadores a sus servicios siempre existe la posibilidad de un accidente de trabajo, la ley 100 de 1.993, obliga a todos los empleadores a mantener asegurados a sus trabajadores. Hay empleadores que se descuidan en este aspecto, no afiliándolos, o no proporcionan sitios adecuados para el trabajo, como por ejemplo lugares sin buena iluminación, dando lugar a que se produzca un accidente laboral. Muchos creen que pagando a la ARL termina la responsabilidad del empleador, cosa que no es cierta, las normas laborales obligan al empleador a que cuide la salud de los trabajadores, y en un caso como el indicado la ARL no paga la incapacidad ni la invalidez del trabajador, esto lo asume el empleador. ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CÓRDOBA ARANGO; LLAME AL 3013832342, puede buscar más datos en google anotando OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Quiere que su marca sea tan reconocida y respetada como las de la imagen, no quiere que se la utilicen, protéjala legalmente, ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013832342, busque más datos del abogado en google, anotando OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado, Conoce usted señor empleador el procedimiento para suspender a un trabajador que incumple las normas internas de la empresa, no se equivoque hay todo un procedimiento, de no hacerlo se somete a sanciones judiciales, administrativas, lo pueden acusar de acoso laboral, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, PROFESOR DE LA MATERIA; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, puede buscar a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO EN GOOGLE y obtenga más información. La discriminación es prohibida por la Constitución artículo 13, cuando usted le paga a un trabajador menor salario que a otro y ambos están objetivamente en igualdad de condiciones hay discriminación, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013832342 pida una cita, puede buscar a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO en GOOGLE y encontrará más información. Cuando se endosa un cheque o cualquier otro título valor surgen una consecuencias legales para el endosante frente a los futuros tenedores del cheque, tales como que lo convierten en un obligado cambiario, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, PROFESOR DE LA MATERIA; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, PUEDE BUSCAR ENGOOGLE AL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO y tendrá más información.
  • 7. Fallecido el empleador, si existen deudas laborales con los trabajadores, los herederos deben de cancelar los derechos del trabajador, quien muere deja derechos y obligaciones, ASESORESE DEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, puede en GOOGLE encontrar a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Los compradores de bienes y/o servicios tienen una protección legal (Ley 1480) frente al vendedor, se les debe garantizar la calidad del producto, la Super Intendencia de Industria y Comercioes la encargada de sancionar al vendedor o productor cuando incumplen la norma, sanción que puede ser millonaria, en los municipios se delega esta función en los alcaldes, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, más información la puede encontrar en GOOGLE anotando OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Una de las características del derecho laboral, es que prevalece la realidad de los hechos sobre las formalidades, por ejemplo si las partes firman un contrato por prestación de servicios, inclusive autentican sus firmas, pero en el desarrollo del contrato quien presta sus servicios está continuamente subordinado, lo que existe realmente es un contrato de trabajo a término indefinido, esta es una situación muy común por lo tanto ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013832342. El cambio de propietario de una empresa no siempre tiene que afectar los contratos de trabajo, incluso se puede dar la situación de ser solidarios frente a los derechos del trabajador el antiguo propietario y el nuevo ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, puede en GOOGLE buscar a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Cuando el trabajador reúne los requisitos para pensionarse, el empleador le puede dar por terminado el contrato de trabajo, pero debe esperar hasta que el fondo de pensiones le reconozca el estatus de pensionado, es necesario que aparesca dentro de la nómina de pensionados, por consiguiente el contrato continua vigente, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO; LLAME AL 3013832342 PIDA UNA CITA, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado.
  • 8. No existe impedimento legal para que una persona que esta pensionada por vejes nuevamente comience a trabajar y recibir todos los derechos laborales, el pensionado no cotiza para la pensión, pero si para ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO PROFESOR DE LAMATERIA; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Si está usted afilado a un fondo de pensiones privado, la edad no es el factor definitivo para pensionarse, lo mayormente importante es el ahorro que usted logra tener en el fondo, si su caso es como el de muchas personas que no ha tenido estabilidad laboral, es bastante difícil que logre una pensión por vejez, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, LLAME AL 3013832342, pida una CITA, puede en GOOGLE buscar a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. Las empresas que optan por el llamado teletrabajo, tienen las mismas obligaciones legales frente a sus trabajadores, estos están amparados por la protección legal que brindan las normas laborales, ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, PIDA UNA CITA EN EL 3013832342, puede buscar más información sobre el abogado en GOOGLE anotando OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. De forma general el reclamo judicial de los derechos laborales no se pueden hacer mediante una acción de tutela, salvo cuando estén afectados uno o varios derechos fundamentales, TIENE DUDAS LLAME AL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO AL 3013832342, PIDA una CITA, puede buscar a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado en GOOGLE. Seguro de saber redactar una carta de despido; con frecuencia en la carta se anotan unas cuantas letras, pero se omiten ciertos detalles importantes, y resulta la carta confusa y no apta para darle a conocer al trabajador que esta despedido. ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, 26 COMO PROFESOR DE LA MATERIA; LLAME AL 3013832342, PIDA UNA CITA, COMO ESTE EEROR SEGURO QUE HAY OTROS MAS QUR TRAEN COMO CONSECUENCIA UNA DEMANA LABORAL, PUEDE BUSCAR EN GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado En Colombia se ha establecido un régimen de pensiones en el que se permite al trabajador la posibilidad de recibir una pensión vitalicia al finalizar su ciclo profesional–laboral, a fin de que pueda contar con unos recursos fijos que le permitan una estabilidad económica en su vejez.
  • 9. Para el 2016, el aporte a fondo de pensiones sigue siendo del 16% del ingreso base de cotización, IBC, del trabajador; este se divide en un 12% aportado por el empleador y un 4% a cargo del trabajador. Adicionalmente debe tenerse en cuenta que cuando el ingreso base de cotización es superior a 4 smmlv el porcentaje de cotización a pensión debe aumentarse en un 1% adicional, el cual tendrá como destinación la consolidación de un fondo de solidaridad pensional que tiene por objeto subsidiar los aportes al régimen general de pensiones de los trabajadores asalariados o independientes del sector rural y urbano que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte. TIENE DUDAS ASESORESECONEL ABOGADO OSCARMARIO CORDOBAARANGO; PIDA UNA CITA EN EL 3013832342, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBAARANGO abogado. Muchas EPS invocan el Decreto 047 del 2000, por el cual se expiden normas sobre afiliación y se dictan otras disposiciones;en estese señala la necesidad de una cotización ininterrumpida para el reconocimiento de la licencia de maternidad, en virtud de lo cual, cuando existe un vacío de 1, 2 o hasta varios días, las EPS niegan el pago de la licencia, omitiendo los mandamientos de la Corte Constitucional y vulnerando los derechos de la trabajadora. TODAS SUS DUDAS CONSULTE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA 26 AÑOS COMO DOCENTE UNIVERSITARIO, LLAME AL 3013832342, Pida una CITA, busque en GOOGLE A OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. En reiteradas ocasiones la CORTE CONSTITUCIONAL ha indicado que todo trabajador con discapacidad cuenta con una protección especial que le evita ser despedido sin la previa autorización del ministerio del trabajo, sin importar la razón que alegue el empleador. Cualquier razón o causa juste habrá de ser sustentada ante el ministerio del trabajo para lograr la autorización del despido. TIENE DUDAS ASESORESE CONEL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBAARANGO, pida UNA CITA al 3013832342, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO abogado. El numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, establece como una obligación del patrono, conceder al trabajador las licencias necesarias para el ejercicio del sufragio, para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación, EN CASO DE GRAVE CALAMIDAD DOMÉSTICA DEBIDAMENTE COMPROBADA, comisiones sindicales, para asistir al entierro de sus compañeros, etc. En el reglamento de trabajo se señalarán las condiciones para las licencias antes mencionadas. Salvo convención en contrario, el tiempo empleado en estas licencias puede descontarse al trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas de su jornada de trabajo a opción del Empleador. Es claro que la Ley no establece períodos de tiempo ya sea en días hábiles o calendario para la duración de una u otra licencia, por lo
  • 10. tanto la Empresa debe remitirse a lo estipulado en el reglamento de trabajo para tal fin, o establecer un acuerdo con el trabajador según sea el caso. DUDAS SOBRE EL TEMA CONSULTE AL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, PIDA UNA CITA al 3013832342, puede buscaren GOOGLE a OSCARMARIO CORDOBAARANGO abogado. EL CONTRATO: Definición sobre el contrato desde dos ópticas diferentes: el Código Civil, el Código de Comercio. Definición del Código Civil: Señala que contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer una cosa. Cada parte puede ser de una o de muchas personas (Art. 1495 C.C.). De la anterior definición se extraen las siguientes conclusiones: a) A primera vista podría pensarse que esta definición se refiere a los contratos que se celebran entre dos partes que en principio serían los bilaterales cuando dice “una parte se obliga para con otra”, pero en realidad lo que hace la norma es referirse a los contratos unilaterales, pues estos son contratos celebrados entre dos partes pero solamente una de ellas se obliga. Es evidente entonces que esta definición es incompleta al contemplar solo al contrato unilateral, excluyendo las demás modalidades como el bilateral y los plurilaterales. b) Las obligaciones que nacen del contrato son prestaciones de dar, hacer o no hacer. La obligación nace como consecuencia del contrato al ser una de sus fuentes. c) Contrato no es lo mismo que convención. La convención es en género, el contrato ee la especie. El contrato produce siempre obligaciones en el campo patrimonial, la convención no. Definición del Código de Comercio: El Art. 864 C.Co. Dice que el contrato es una acuerdo de dos o mas partes para constituir, regular o extinguir entre ellas una relación jurídica patrimonial. De la anterior definición se extraen las diferentes conclusiones: a) Desde el punto de vista de los sujetos esta definición es más completa, pues incluye pluralidad de sujetos, se refiere implícitamente a los contratos bilaterales y plurilaterales o “acuerdo de dos o más partes”. b) Esta obligación tiene un efecto en el ámbito patrimonial al decir “constituir, regular o extinguir una relación jurídica patrimonial”. c) Esta definición del Código de Comercio es idéntica a la que hace el Código Civil Italiano. SI USTED TIENE DUDAS SOBRE UN CONTRATO QUE VA A CELEBRAR ASESORESE CON EL ABOGADO OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO; 26 AÑOS COMO DOCENTE, pida UNA CITA al 3013832342, puede buscar en GOOGLE a OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO, abogado. UNA BUENA ASESORIA OPORTUNA, ES MENOS COSTOSA QUE UN GRAN PLEITO, HAY MENOS DESGASTE EMOCIONAL Y MENOS PERDIDA DE TIEMPO, OSCAR MARIO CORDOBA ARANGO ABOGADO, U.de.A, U.P.B. Cel 3013832342