2. SISTEMA DE CONTRATACIONES
Ley y
Reglamento
de
contrataciones
SEACE
Sistema Electrónico
de contrataciones
del Estado
Directivas
Opiniones
Resoluciones
del Tribunal
ENTIDAD CONTRATISTA
BUENA PRO
EJECUCION DE OBRA
OSCE
3. GESTION
La Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
están diseñados para que el OSCE ayude a la gestión de las
instituciones públicas en el cumplimiento de sus objetivos y, a
través de ellos, satisfacer las necesidades de nuestra
población, por lo que su tarea y misión diarias pueden
resumirse en un “Servicio Oportuno en las Contrataciones
Públicas.
RESULTADOS
Este cambio demanda un nuevo enfoque que impone
alinearse con la tendencia mundial de las contrataciones públicas,
lo que supone reorientar la manera de operar el sistema,
apoyándose en la experiencia de la estrategia de mercados que,
en otras palabras, significa dejar atrás la gestión centrada en
procedimientos, en el estricto cumplimiento de exigencias
legalistas, para concentrarse en la obtención de resultados.
4. La importancia del conocimiento y
aplicación correcta de las normas y
principios que rigen los procesos de
selección y contratación con el Estado.
El adecuado manejo de estos conceptos,
criterios e interpretaciones genera un
saludable derecho preventivo.
CAPACITACION
5. 5
• Plan Estratégico Inst.
• Plan Operativo Inst.
• Determinación de
necesidades
• Presupuesto
Institucional
• Plan Anual de
Contrataciones
• Expediente de
contratación
• Designación del
Comité Especial
• Elaboración de las
Bases
• Plan Estratégico Inst.
• Plan Operativo Inst.
• Determinación de
necesidades
• Presupuesto
Institucional
• Plan Anual de
Contrataciones
• Expediente de
contratación
• Designación del
Comité Especial
• Elaboración de las
Bases
• Convocatoria
• Registro de
participantes
• Consultas
• Observaciones
• Presentación de
propuestas
• Evaluación y
calificación
• Otorgamiento de la
Buena Pro
• Formalización del
Contrato -
Suscripción
• Convocatoria
• Registro de
participantes
• Consultas
• Observaciones
• Presentación de
propuestas
• Evaluación y
calificación
• Otorgamiento de la
Buena Pro
• Formalización del
Contrato -
Suscripción
• Garantías
• Adelantos
• Adicionales y
reducciones
• Ampliaciones y
prórrogas
• Subcontratación
• Intervención Econó-
mica de Obra
• Resolución
• Penalidades
• Recepción y
conformidad
• Liquidación
• Garantías
• Adelantos
• Adicionales y
reducciones
• Ampliaciones y
prórrogas
• Subcontratación
• Intervención Econó-
mica de Obra
• Resolución
• Penalidades
• Recepción y
conformidad
• Liquidación
Actos Preparatorios Selección
Ejecución
Contractual
6. 6
1.- DEFINICIÓN DE OBRA
Construcción, reconstrucción, remodelación,
demolición, renovación y habilitación de bienes
inmuebles, tales como: edificaciones,
estructuras, excavaciones, perforaciones,
carreteras, puentes, entre otros, que requieren
dirección técnica, expediente técnico, mano de
obra, materiales y/o equipos.
Servicios: Actividad que realiza una persona
natural o jurídica para atender una necesidad
de la Entidad.
7. Valor Referencial y su
determinación
• Corresponde al presupuesto de obra establecido en
el Expediente Técnico.
• El Expediente Técnico considera la identificación de
partidas y subpartidas, análisis de precios unitarios,
insumos requeridos en cantidades y precios en
condiciones más competitivas del mercado, gastos
generales variables y fijos y utilidad.
• El presupuesto de obra deberá estar suscrito por
consultores y/o servidores que participaron en su
elaboración y/o aprobación, según corresponda.
8. Valor Referencial y su
vigencia
• Para el caso de Concurso Oferta: El
alcance de los estudios que sustenta la
viabilidad y el estudio de la posibilidades
de precios del mercado.
• La vigencia es de seis meses.
• Si hay Expediente Técnico, se computa
desde la fecha de determinación del
presupuesto de obra consignada en el
citado expediente.
9. Expediente Técnico
• Conjunto de documentos que comprende; memoria
descriptiva, especificaciones técnicas, plano de
ejecución de obras, metrados, presupuesto de obras,
fecha de determinación del presupuesto de obras, Valor
Referencial, análisis de precios, calendario de avance de
obra valorizado, fórmulas polinómicas y, si el caso lo
requiere, estudio de suelo, estudio geológico, de
impacto ambiental u otros complementarios.
10. Aprobación Expediente
Técnico
• Su aprobación es una condición general
necesaria.
• Si no es obra de inversión (gastos de
operación o mantenimiento) bastará la
aprobación de la Entidad.
• Si es obra de inversión, se requerirá
previamente, la aprobación del órgano que
aprobó la viabilidad (artículo 23.3 de la
Directiva General del Sistema Nacional de
Inversión Pública).
11. Expediente de Contratación
Debe incluir el expediente de contratación, además
de los requisitos del artículo 10 del Reglamento, lo
siguiente:
– El Expediente Técnico (excepto Concurso Oferta
y Llave en Mano que incluye elaboración del
referido Expediente)
– La Declaración de Viabilidad (para los casos de
Obras que sean Inversión Pública).
– El Informe Técnico que sustentó la Declaración
de Viabilidad para los casos de Concurso Oferta
y Llave en Mano, que incluye elaboración del
Expediente Técnico
12. Suma Alzada
• En el sistema a suma alzada el postor
formulará su propuesta considerando todos
los trabajos que sean necesarios para el
cumplimiento del objeto de la prestación
requerida según los planos, especificaciones
técnicas, memoria descriptiva y presupuesto
de obra, que forman parte del Expediente
Técnico, en ese orden de prelación,
considerándose que el desagregado por
partidas que da origen a su propuesta, y que
debe presentarse para la suscripción del
contrato, es referencial.
13. Suma Alzada
• Lo fundamental en el sistema a suma alzada es
la descripción del objeto del contrato hecha por
el expediente Técnico y que basta que alguna
parte o característica del objeto esté expresada
en un documento del expediente técnico, para
que ella se vuelva obligatoria,
independientemente de si estaba prevista o no
en el presupuesto base (o valor referencial), o
en la oferta desagregada del participante en el
proceso de selección, ya que estos están en el
último lugar en el orden de prelación.
14. Precios Unitarios
• En el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes,
el postor formula su propuesta ofertando precios
unitarios en función de las partidas o cantidades
referenciales contenidas en las Bases, y que se
valorizan en relación con su ejecución real, así como por
un determinado plazo de ejecución. En estos casos, el
postor presentará, además del desagregado, a que se
refiere el párrafo precedente, el valor total de la oferta
económica.
• Este sistema se elegirá cuando el expediente técnico no
puede establecer con total precisión la calidad y la
cantidad de los trabajos que forman parte de la
prestación, pese a que el objeto final si está definido.
15. Esquema mixto suma
alzada precios unitarios
• Es una combinación de los dos sistemas
anteriores, aplicable cada uno a una parte
del contrato.
16. Modalidad de Ejecución
Contractual
a) Llave en mano: En esta modalidad
el postor oferta en conjunto la
construcción, equipamiento y montaje
hasta la puesta en servicio de
determinada obra pudiendo incluir el
Expediente Técnico. En el caso de
adquisición de bienes el postor oferta,
además de éstos, su instalación y
puesta en funcionamiento.
17. Modalidad de Ejecución
Contractual
b) Concurso Oferta: En esta modalidad el
postor concurre ofertando expediente técnico,
ejecución de la obra y, de ser el caso terreno.
Esta modalidad sólo podrá aplicarse en la
ejecución de obras que se convoquen bajo el
sistema de suma alzada y siempre que el valor
referencial corresponda a una Licitación Pública.
Para la ejecución de la obra es requisito previo
la presentación y aprobación del Expediente
Técnico por el íntegro de la Obra.
18. Tipos de Procesos de
selección
• Licitación Pública
• Adjudicación Directa Pública
• Adjudicación Directa Selectiva
• Adjudicación de Menor Cuantía
19. ConvocatoriaConvocatoria
Evaluación de la
Propuesta
Evaluación de la
Propuesta
Otorgamiento de la
Buena Pro
Otorgamiento de la
Buena Pro
Consultas y
observaciones
Registro de
Participantes
Presentación de la
Propuesta
Adjudicación de Menor Cuantía,
Consultoría y Ejecución de Obras
6 días
Formulación: Mín. 2 días
Absolución: Máx. 2 días
Formulación: Mín. 2 días
Absolución: Máx. 2 días
Acto público o privado
Integra
20. ConvocatoriaConvocatoria
Evaluación de la
Propuesta
Evaluación de la
Propuesta
Otorgamiento de la
Buena Pro
Otorgamiento de la
Buena Pro
Consultas y
observaciones
Registro de
Participantes
Presentación de la
Propuesta
Adjudicación Directa Selectiva
10 días
Formulación: Mín. 3 días
Absolución: Máx. 3 días
Formulación: Mín. 3 días
Absolución: Máx. 3 días
Acto público o privado
3 días
Integra
21. ConvocatoriaConvocatoria
Evaluación de la
Propuesta
Evaluación de la
Propuesta
Otorgamiento de la
Buena Pro
Otorgamiento de la
Buena Pro
Consultas y
observaciones
Registro de
Participantes
Presentación de la
Propuesta
Adjudicación Directa Pública
10 días
Formulación: Mín. 3 días
Absolución: Máx. 3 días
Formulación: Mín. 3 días
Absolución: Máx. 3 días
Acto público
3 días
Integra
22. ConvocatoriaConvocatoria
Evaluación de la
Propuesta
Evaluación de la
Propuesta
Otorgamiento de la
Buena Pro
Otorgamiento de la
Buena Pro
ConsultasConsultas
Registro de
Participantes
Registro de
Participantes
Presentación de la
Propuesta
Presentación de la
Propuesta
Licitación Pública
22 días
Acto público
ObservacionesObservaciones
Formulación: Min 5 días
Absolución: Máx. 5 días
Formulación: Min 5 días
Absolución: Máx. 5 días
5 días
Integra
Notas del editor
El expediente técnico:
Es elaborado por el área usuaria o un consultor, y será aprobado por la Autoridad competente.
Tiene la aprobación de la Oficina de Presupuesto, asignación de nombre y número, en función al tipo de proceso de selección.
Es proporcionado al Comité Especial
Puede valer hasta tres años
La calidad del Expediente Técnico depende de:
Experiencia y conocimientos de los proyectistas.
Acceso a la data.
Disponibilidad de tiempo para estudios auxiliares
Presupuesto
El expediente técnico:
Cubre necesidades determinadas bajo supuestos y estimaciones reales.
Recoge información actual en un momento determinado.
Propone la mejor solución de acuerdo a la información del contexto.
Es perfectible.
Es aquella en la que el postor oferta ejecutar una obra por un monto fijo.
Se utiliza cuando las magnitudes y calidades están definidas.
Ejemplo: Se hace una posta, en que el plano indica una losa de concreto para la ambulancia, aunque ni en las especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra aparece. El contratista tiene la obligación de ejecutarlo. No puede aducir que es un adicional pues el supervisor advertirá que es una suma alzada y que tiene la obligación de ejecutar dicha obra.
Otro ejemplo:
Se está construyendo una institución educativa. Sólo en el presupuesto está contemplada la construcción de una losa deportiva, no está contemplado en los planos, ni en las especificaciones técnicas, ni en las memoria descriptiva. El contratista tiene que ejecutarlo porque el presupuesto está en cuarta prelación. Por tanto, se ejecuta la losa.
Este sistema se elegirá cuando el expediente técnico no puede precisar la calidad y la magnitud de los trabajos que forman parte de la prestación, pese a que el objeto final si está definido.
El postor oferta ejecutar una obra, ofertando precios unitarios de partidas que da la entidad.
La norma no señala prelación de documentos.
Ejemplo: Se está ejecutando un parque. En el plano se indica que existe una losa deportiva. En las especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra no aparece la losa deportiva. El contratista no tiene la obligación de hacerlo. Para la municipalidad sí es una necesidad contar con esa losa por tanto, realizará un adicional.
Es un esquema nuevo que ha surgido con la nueva normativa de contrataciones (01 de febrero).
En una obra hay partes con magnitudes y calidades definidas y otras partes con magnitudes y calidades no definidas.
Cuando las magnitudes están definidas, suma alzadas: edificaciones
Cuando las magnitudes y calidades: obras con movimiento de tierra: túneles, canales, etc.
Mixta: puente- Tablero está definido pero los estribos no están definidos a precios unitarios