SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 16
TEMA 13: SUCESION
LEGAL
LIC. MARIBEL MALDONADO ACOSTA
1. CONCEPTO DE SUCESION LEGAL
• CASTAN TOBEÑAS. - La sucesión intestada en nuestro derecho es la sucesión
hereditaria que se defiere por ministerio de la ley cuando faltan en todo o en
parte los herederos testamentarios.
• GUILLERMO CABANELAS. - La sucesión legal es la transmisión según las normas
legales de los derechos y obligaciones del causante por muerte del mismo o
presunción de su fallecimiento cuando no deja testamento o éste resulta nulo o
ineficaz.
• Es aquella clase de sucesión en virtud de la cual al producirse el fallecimiento de
una persona sin haber dejado disposición testamentaria la ley establece el orden
de los llamados a suceder al causante.
2. DENOMINACIONES
• Entre las principales denominaciones que se utilizan para designar a este tipo de
sucesión están:
Sucesión ab intestato
Sucesión intestada
Sucesión legítima
Sucesión legal
CRITICAS QUE SE HACEN AL USO DE LAS
DIFERENTES DENOMINACIONES
• Teniendo en cuenta estas denominaciones, la palabra AB-INTESTATO tiene su origen
en el Derecho Romano, para muchos autores este término es incompleto y no refleja
con exactitud su verdadero contenido, porque ab-intestato significa sin testamento y
da a entender que la sucesión legal solo se da cuando una persona fallece sin haber
dejado testamento y eso es cierto pero es incompleto, porque también existe
sucesión legal en aquellos casos en los que habiendo testamento éste resulta nulo o
ineficaz.
• Se critica el uso del término SUCESION INTESTADA porque significa sucesión sin
testamento y la sucesión legal no sólo se da cuando alguien muere sin dejar
disposición testamentaria sino también en aquellos casos en los que hay testamento,
pero el mismo es nulo o ineficaz.
CRITICAS QUE SE HACEN AL USO DE LAS
DIFERENTES DENOMINACIONES
• También la palabra SUCESION LEGITIMA ha sido objeto de algunas críticas
porque usar este término da a pensar que nos estamos refiriendo a la legítima de
los herederos forzosos o a un derecho que les corresponde a los herederos
ineludiblemente.
• El término más correcto es el de SUCESION LEGAL ya que es un término que por
un lado permite determinar claramente que su origen está en la ley, pero sin
limitarse a indicar como único caso de su existencia la falta de testamento como
ocurre con el término sucesión intestada.
3. CARACTERES DE LA SUCESION LEGAL
1. ES A TITULO UNIVERSAL. - Se refiere a que los designados a recibir esta clase de herencia son
llamados siempre a título de herederos absolutos con la consecuencia de ser los responsables de
las cargas de la herencia, aquí no existen legatarios ni designaciones a título particular.
2. ES MORTIS CAUSA. - Para que pueda existir una sucesión intestada basta con el fallecimiento del
causante o bien la declaratoria de muerte presunta de éste, la muerte del causante más que una
característica es el hecho que marca o determina el origen de la sucesión en general.
3. SU CARÁCTER LEGAL. - Se trata de una sucesión legal debido a que es la ley la que hace el
llamamiento a las personas que serán los herederos del causante sin que exista ninguna
declaración de voluntad de éste. Las normas que regulan la distribución de la sucesión intestada
son IMPERATIVAS y por ende NO pueden ser derogadas ni por voluntad del causante ni por
acuerdos ex post, el testador solamente puede modificar dichas disposiciones otorgando un
testamento donde distribuye sus bienes.
3. CARACTERES DE LA SUCESION LEGAL
4. SUPLETORIEDAD. - Sólo se aplica la sucesión legal cuando NO existe
testamento que regule el destino de todos o algunos de los bienes del
causante para después de su muerte. No tiene lugar este tipo de sucesión
cuando existe un testamento válido.
5. COMPATIBILIDAD CON LA SUCESION TESTAMENTARIA. - Pueden coexistir
ambos tipos de sucesiones (LEGAL-TESTAMENTARIA) y ambas son plenamente
compatibles cuando el causante no haya dispuesto por ejemplo de la totalidad
de sus bienes.
6. Para que el llamamiento que hace la ley sea efectivo, se requiere que el o los
herederos ACEPTEN LA HERENCIA del causante.
4. FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURIDICA DE LA
SUCESION LEGAL
• TEORIA DE LA VOLUNTAD PRESUNTA DEL CAUSANTE. - Esta teoría busca justificar esta clase de
sucesión basándose en la voluntad ya que indica que si la sucesión testamentaria se origina en
una manifestación de voluntad expresa del causante, de la misma manera la sucesión intestada
es la voluntad tácita o presunta de éste. El parentesco y la consanguinidad se asocian a la
afección (afecto) desde una perspectiva psicológica. Cuando una persona fallece sin haber
dejado testamento la ley debe presumir que su voluntad habría sido que todo su patrimonio lo
habría querido dejar para su familia, por el afecto que existe entre los miembros de la familia.
• CRITICA. - No es posible asegurar desde un enfoque objetivo que las disposiciones que el
legislador regule serían exactamente lo que el causante hubiera querido, no siempre el
parentesco por sí solo garantiza los lazos de cercanía por lo que es difícil plasmar sin
equivocación la voluntad del causante.
4. FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURIDICA DE LA
SUCESION
• TEORIA DE LA COMUNIDAD DEL PATRIMONIO O TEORIA PATRIMONIAL.- Esta teoría
tiene su fundamento en el concepto de COPROPIEDAD (Propiedad que tienen dos o
más personas sobre una misma cosa) al estimar que si en la vida del causante todas
las personas que conforman su familia contribuyeron en mayor o menor medida a la
creación de su patrimonio, entonces la consecuencia lógica de su muerte sería que
ese patrimonio regresara a todos los integrantes de la familia porque sobre ese
patrimonio lo que existe es una especie de copropiedad.
• CRITICA. - La crítica que se hace a esta teoría es la imposibilidad de justificar la
sucesión en la línea colateral o en grados más remotos. Es cierto que la familia más
cercana al causante puede contribuir en mayor o menor medida a formar su
patrimonio pero que hay cuando heredan un hermano, cuando hereda el mismo
Estado, etc.
4. FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURIDICA DE LA
SUCESION LEGAL
• TEORIA ETICA. - La base de esta teoría está en los deberes que surgen de los
lazos familiares, la familia es una especie de comunidad de deberes, entendiendo
que el que muere tiene el deber de favorecer con sus bienes a las personas con
las que está ligado por vínculos familiares.
• CRÍTICA. - Los deberes familiares por sí solos no son suficientes para
fundamentar la sucesión intestada y si fuera así al cónyuge se le debería dar un
lugar preferente en la herencia y en nuestra legislación hereda la misma cuota
hereditaria que un hijo.
4. FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURIDICA DE LA
SUCESION LEGAL
• TEORIA BIOLOGICA. - Explican el fundamento de la sucesión desde un punto de
vista científico, si cada persona es una parte material de sus padres ya que recibe
gran parte de sus células, al fallecer el causante una parte de él persiste en su
descendencia por tal razón no es concebible y es contradictorio a la naturaleza
misma que los derechos de aquel no se reserven a los hijos.
• CRITICA. - Si las ideas expresadas en la teoría biológica fueran tal ¿Cómo se
explica la sucesión en grados más remotos o la del cónyuge con quien no
existe vínculo de sangre?
5. PRINCIPIOS QUE RIGEN LA SUCESION INTESTADA
1. PRINCIPIO DE DIVISION POR ORDENES. - Se refiere a que los herederos están
congregados por grupos que se denominan órdenes cada uno de estos órdenes
desplaza al siguiente, no todos son llamados a la vez a suceder.
2. PRINCIPIO DE PROXIMIDAD DE GRADOS. - Los parientes más cercanos excluyen a
los más lejanos por ejemplo los hijos serán llamados antes que los nietos.
3. PRINCIPIO DE DIVISION IGUALITARIA. - Todos los parientes que se ubiquen en el
mismo orden se distribuyen la herencia por partes iguales.
4. PRINCIPIO DE COEXISTENCIA ENTRE LA SUCESION TESTAMENTARIA Y LA
SUCESION LEGAL. - En nuestro derecho una sucesión no excluye a la otra.
6. CASOS EN LOS QUE SE ABRE LA SUCESION
INTESTADA
• La sucesión legal se abre en los siguientes casos:
1. Cuando una persona fallece sin haber dejado disposición testamentaria
2. Cuando una persona fallece dejando testamento, pero el mismo es declarado
como nulo o anulable.
7. ORDEN DE LOS LLAMADOS A SUCEDER Y TRATO
JURIDICO IGUALITARIO
• Según la disposición del Art. 1083 del Código Civil “En la sucesión legal, la herencia
se defiere a los descendientes, a los ascendientes, al cónyuge o conviviente, a los
parientes colaterales y al Estado, en el orden y según las reglas establecidas en el
Título presente.” el orden de los llamados a suceder según esta norma es el siguiente:
1. Descendientes
2. Ascendientes
3. Cónyuge o conviviente
4. Parientes colaterales
5. Estado
7. ORDEN DE LOS LLAMADOS A SUCEDER Y TRATO
JURÍDICO IGUALITARIO
• El Art. 1084 del Código Civil regula sobre el TRATO JURÍDICO IGUALITARIO de
la siguiente manera:
• A los descendientes, ascendientes y parientes colaterales se les defiere la herencia
sin tener en cuenta el origen de la relación de familia que existió entre ellos y la
persona de cuya sucesión se trata.
• Según esta norma la herencia del causante se transmite a sus herederos
(descendientes-ascendientes-parientes colaterales) sin tener en cuenta el origen
de la relación de familia que existió entre ellos y la persona de cuya sucesión se
trata.
8. PRINCIPIO DE PROXIMIDAD DE GRADOS Y LA
CONCURRENCIA DE PARIENTES EN LA MISMA LINEA
 En cuanto al principio de PROXIMIDAD DE GRADOS que se aplica en materia sucesoria tenemos
lo dispuesto por el Art. 1086 del Código Civil que dispone que los parientes en grado más
próximo al causante excluyen a los más lejanos. Sabemos que si alguien muere no todos los
parientes pueden heredar, sólo aquellos que están más próximos al causante en grado de
parentesco y ellos los más cercanos excluyen a los demás.
 Asimismo, los parientes que están en la misma línea y en el mismo grado heredan por partes
iguales al causante, de esta forma dispone el Art. 1087 del Código Civil (CONCURRENCIA DE
PARIENTES EN LA MISMA LINEA Y EN EL MISMO GRADO)
 En cuanto respecta al parentesco y su cómputo y respecto a la calidad de hijo o descendientes,
de padres o ascendientes o de cónyuge o conviviente se estará a lo que dispone la norma del
Código de las Familias y del Proceso Familiar. De este modo dispone el Art. 1088 del Código
Civil.

Más contenido relacionado

Similar a TEMA 13 SUCESIONES.pptx

DERECHO DE SUCESIONES EN EL PERU
DERECHO DE SUCESIONES EN EL PERUDERECHO DE SUCESIONES EN EL PERU
DERECHO DE SUCESIONES EN EL PERUEramonp
 
Derecho Sucesorio - Ramos.
Derecho Sucesorio - Ramos.Derecho Sucesorio - Ramos.
Derecho Sucesorio - Ramos.Alejandra Torres
 
Sucesion intestada
Sucesion intestadaSucesion intestada
Sucesion intestadaely567
 
Curso de derecho sucesorio juan carlos dorr
Curso de derecho sucesorio   juan carlos dorrCurso de derecho sucesorio   juan carlos dorr
Curso de derecho sucesorio juan carlos dorrNataly Moya Ascencio
 
Sucesion intestada
Sucesion intestadaSucesion intestada
Sucesion intestadaely567
 
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptxgeneralidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptxSTEVINBRANDONHUAMANA
 
Sucesiones intestadas o Abintestato
Sucesiones intestadas o AbintestatoSucesiones intestadas o Abintestato
Sucesiones intestadas o AbintestatoBertha Ramirez
 
Sucesion legitima3_IAFJSR
Sucesion legitima3_IAFJSRSucesion legitima3_IAFJSR
Sucesion legitima3_IAFJSRMauri Rojas
 
DERECHO SUCESORIO.pptx
DERECHO SUCESORIO.pptxDERECHO SUCESORIO.pptx
DERECHO SUCESORIO.pptxFlorCardozo9
 
Suciones materia
Suciones materiaSuciones materia
Suciones materiaceencopa
 
Derecho Sucesorio en Roma
Derecho Sucesorio en RomaDerecho Sucesorio en Roma
Derecho Sucesorio en RomaHernan Osorio
 
Derecho Civil - Derecho Sucesorio
Derecho Civil - Derecho Sucesorio Derecho Civil - Derecho Sucesorio
Derecho Civil - Derecho Sucesorio Camilo Bernheim
 
La sucesion mortis_causa_y_el_derecho_de_suceciones
La sucesion mortis_causa_y_el_derecho_de_sucecionesLa sucesion mortis_causa_y_el_derecho_de_suceciones
La sucesion mortis_causa_y_el_derecho_de_sucecionesPatty Rios
 
Sucesiones internacional
Sucesiones internacionalSucesiones internacional
Sucesiones internacionalMarlyn Cariño
 

Similar a TEMA 13 SUCESIONES.pptx (20)

DERECHO DE SUCESIONES EN EL PERU
DERECHO DE SUCESIONES EN EL PERUDERECHO DE SUCESIONES EN EL PERU
DERECHO DE SUCESIONES EN EL PERU
 
Derecho Sucesorio - Ramos.
Derecho Sucesorio - Ramos.Derecho Sucesorio - Ramos.
Derecho Sucesorio - Ramos.
 
Diapositivas_SUCESIONES.ppt
Diapositivas_SUCESIONES.pptDiapositivas_SUCESIONES.ppt
Diapositivas_SUCESIONES.ppt
 
Derecho Sucesorio
Derecho SucesorioDerecho Sucesorio
Derecho Sucesorio
 
Sucesion intestada
Sucesion intestadaSucesion intestada
Sucesion intestada
 
Curso de derecho sucesorio juan carlos dorr
Curso de derecho sucesorio   juan carlos dorrCurso de derecho sucesorio   juan carlos dorr
Curso de derecho sucesorio juan carlos dorr
 
Sucesion intestada
Sucesion intestadaSucesion intestada
Sucesion intestada
 
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptxgeneralidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
generalidades-del-derecho-de-sucesiones (1).pptx
 
SUCESIONES 1
SUCESIONES 1 SUCESIONES 1
SUCESIONES 1
 
La sucesión legitima o Abintestato
La sucesión  legitima o AbintestatoLa sucesión  legitima o Abintestato
La sucesión legitima o Abintestato
 
Sucesiones intestadas o Abintestato
Sucesiones intestadas o AbintestatoSucesiones intestadas o Abintestato
Sucesiones intestadas o Abintestato
 
Derecho sucesorio
Derecho sucesorioDerecho sucesorio
Derecho sucesorio
 
Sucesion legitima3_IAFJSR
Sucesion legitima3_IAFJSRSucesion legitima3_IAFJSR
Sucesion legitima3_IAFJSR
 
DERECHO SUCESORIO.pptx
DERECHO SUCESORIO.pptxDERECHO SUCESORIO.pptx
DERECHO SUCESORIO.pptx
 
Suciones materia
Suciones materiaSuciones materia
Suciones materia
 
Derecho Sucesorio en Roma
Derecho Sucesorio en RomaDerecho Sucesorio en Roma
Derecho Sucesorio en Roma
 
Derecho Civil - Derecho Sucesorio
Derecho Civil - Derecho Sucesorio Derecho Civil - Derecho Sucesorio
Derecho Civil - Derecho Sucesorio
 
Sucesión Ab Intestato.pdf
Sucesión Ab Intestato.pdfSucesión Ab Intestato.pdf
Sucesión Ab Intestato.pdf
 
La sucesion mortis_causa_y_el_derecho_de_suceciones
La sucesion mortis_causa_y_el_derecho_de_sucecionesLa sucesion mortis_causa_y_el_derecho_de_suceciones
La sucesion mortis_causa_y_el_derecho_de_suceciones
 
Sucesiones internacional
Sucesiones internacionalSucesiones internacional
Sucesiones internacional
 

Último

10-08 Avances tecnológicos del siglo XXI.pdf
10-08 Avances tecnológicos del siglo XXI.pdf10-08 Avances tecnológicos del siglo XXI.pdf
10-08 Avances tecnológicos del siglo XXI.pdfVanyraCumplido
 
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemas
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemasciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemas
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemasFlor Idalia Espinoza Ortega
 
POEMAS ILUSTRADOS DE LUÍSA VILLALTA. Elaborados polos alumnos de 4º PDC do IE...
POEMAS ILUSTRADOS DE LUÍSA VILLALTA. Elaborados polos alumnos de 4º PDC do IE...POEMAS ILUSTRADOS DE LUÍSA VILLALTA. Elaborados polos alumnos de 4º PDC do IE...
POEMAS ILUSTRADOS DE LUÍSA VILLALTA. Elaborados polos alumnos de 4º PDC do IE...Agrela Elvixeo
 
Diapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanente
Diapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanenteDiapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanente
Diapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanenteinmaculadatorressanc
 
Programa dia de las madres para la convi
Programa dia de las madres para la conviPrograma dia de las madres para la convi
Programa dia de las madres para la convikevinmolina060703
 
TAREA_1_GRUPO7_ADMINISTRACIÓN_DE_EMPRESA.pptx
TAREA_1_GRUPO7_ADMINISTRACIÓN_DE_EMPRESA.pptxTAREA_1_GRUPO7_ADMINISTRACIÓN_DE_EMPRESA.pptx
TAREA_1_GRUPO7_ADMINISTRACIÓN_DE_EMPRESA.pptxjosem5454881
 
Biografía de Charles Darwin presentación.pptx
Biografía de Charles Darwin presentación.pptxBiografía de Charles Darwin presentación.pptx
Biografía de Charles Darwin presentación.pptxSheila240452
 
Santa Criz de Eslava, la más monumental de las ciudades romanas de Navarra
Santa Criz de Eslava, la más monumental de las ciudades romanas de NavarraSanta Criz de Eslava, la más monumental de las ciudades romanas de Navarra
Santa Criz de Eslava, la más monumental de las ciudades romanas de NavarraJavier Andreu
 
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...Pere Miquel Rosselló Espases
 
Presentación de la propuesta de clase.pdf
Presentación de la propuesta de clase.pdfPresentación de la propuesta de clase.pdf
Presentación de la propuesta de clase.pdfFranciscoJavierEstra11
 
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docxUNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docxMaria Jimena Leon Malharro
 
La Evaluacion Formativa SM6 Ccesa007.pdf
La Evaluacion Formativa SM6  Ccesa007.pdfLa Evaluacion Formativa SM6  Ccesa007.pdf
La Evaluacion Formativa SM6 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Ediciones Previas Proyecto de Innovacion Pedagogica ORIGAMI 3D Ccesa007.pdf
Ediciones Previas Proyecto de Innovacion Pedagogica ORIGAMI 3D  Ccesa007.pdfEdiciones Previas Proyecto de Innovacion Pedagogica ORIGAMI 3D  Ccesa007.pdf
Ediciones Previas Proyecto de Innovacion Pedagogica ORIGAMI 3D Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Educacion Basada en Evidencias SM5 Ccesa007.pdf
Educacion Basada en Evidencias  SM5  Ccesa007.pdfEducacion Basada en Evidencias  SM5  Ccesa007.pdf
Educacion Basada en Evidencias SM5 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdfApunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdfGonella
 
informe-de-laboratorio-metodos-de-separacion-de-mezclas.pdf
informe-de-laboratorio-metodos-de-separacion-de-mezclas.pdfinforme-de-laboratorio-metodos-de-separacion-de-mezclas.pdf
informe-de-laboratorio-metodos-de-separacion-de-mezclas.pdfAndreaTurell
 

Último (20)

10-08 Avances tecnológicos del siglo XXI.pdf
10-08 Avances tecnológicos del siglo XXI.pdf10-08 Avances tecnológicos del siglo XXI.pdf
10-08 Avances tecnológicos del siglo XXI.pdf
 
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemas
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemasciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemas
ciclos biogeoquimicas y flujo de materia ecosistemas
 
POEMAS ILUSTRADOS DE LUÍSA VILLALTA. Elaborados polos alumnos de 4º PDC do IE...
POEMAS ILUSTRADOS DE LUÍSA VILLALTA. Elaborados polos alumnos de 4º PDC do IE...POEMAS ILUSTRADOS DE LUÍSA VILLALTA. Elaborados polos alumnos de 4º PDC do IE...
POEMAS ILUSTRADOS DE LUÍSA VILLALTA. Elaborados polos alumnos de 4º PDC do IE...
 
Diapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanente
Diapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanenteDiapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanente
Diapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanente
 
Programa dia de las madres para la convi
Programa dia de las madres para la conviPrograma dia de las madres para la convi
Programa dia de las madres para la convi
 
TAREA_1_GRUPO7_ADMINISTRACIÓN_DE_EMPRESA.pptx
TAREA_1_GRUPO7_ADMINISTRACIÓN_DE_EMPRESA.pptxTAREA_1_GRUPO7_ADMINISTRACIÓN_DE_EMPRESA.pptx
TAREA_1_GRUPO7_ADMINISTRACIÓN_DE_EMPRESA.pptx
 
Biografía de Charles Darwin presentación.pptx
Biografía de Charles Darwin presentación.pptxBiografía de Charles Darwin presentación.pptx
Biografía de Charles Darwin presentación.pptx
 
Los dos testigos. Testifican de la Verdad
Los dos testigos. Testifican de la VerdadLos dos testigos. Testifican de la Verdad
Los dos testigos. Testifican de la Verdad
 
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigosLecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
 
Santa Criz de Eslava, la más monumental de las ciudades romanas de Navarra
Santa Criz de Eslava, la más monumental de las ciudades romanas de NavarraSanta Criz de Eslava, la más monumental de las ciudades romanas de Navarra
Santa Criz de Eslava, la más monumental de las ciudades romanas de Navarra
 
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...
Realitat o fake news? – Què causa el canvi climàtic? - Modificacions dels pat...
 
Presentación de la propuesta de clase.pdf
Presentación de la propuesta de clase.pdfPresentación de la propuesta de clase.pdf
Presentación de la propuesta de clase.pdf
 
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docxUNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
 
TÉCNICAS OBSERVACIONALES Y TEXTUALES.pdf
TÉCNICAS OBSERVACIONALES Y TEXTUALES.pdfTÉCNICAS OBSERVACIONALES Y TEXTUALES.pdf
TÉCNICAS OBSERVACIONALES Y TEXTUALES.pdf
 
La Evaluacion Formativa SM6 Ccesa007.pdf
La Evaluacion Formativa SM6  Ccesa007.pdfLa Evaluacion Formativa SM6  Ccesa007.pdf
La Evaluacion Formativa SM6 Ccesa007.pdf
 
Novena de Pentecostés con textos de san Juan Eudes
Novena de Pentecostés con textos de san Juan EudesNovena de Pentecostés con textos de san Juan Eudes
Novena de Pentecostés con textos de san Juan Eudes
 
Ediciones Previas Proyecto de Innovacion Pedagogica ORIGAMI 3D Ccesa007.pdf
Ediciones Previas Proyecto de Innovacion Pedagogica ORIGAMI 3D  Ccesa007.pdfEdiciones Previas Proyecto de Innovacion Pedagogica ORIGAMI 3D  Ccesa007.pdf
Ediciones Previas Proyecto de Innovacion Pedagogica ORIGAMI 3D Ccesa007.pdf
 
Educacion Basada en Evidencias SM5 Ccesa007.pdf
Educacion Basada en Evidencias  SM5  Ccesa007.pdfEducacion Basada en Evidencias  SM5  Ccesa007.pdf
Educacion Basada en Evidencias SM5 Ccesa007.pdf
 
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdfApunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
Apunte clase teorica propiedades de la Madera.pdf
 
informe-de-laboratorio-metodos-de-separacion-de-mezclas.pdf
informe-de-laboratorio-metodos-de-separacion-de-mezclas.pdfinforme-de-laboratorio-metodos-de-separacion-de-mezclas.pdf
informe-de-laboratorio-metodos-de-separacion-de-mezclas.pdf
 

TEMA 13 SUCESIONES.pptx

  • 1. TEMA 13: SUCESION LEGAL LIC. MARIBEL MALDONADO ACOSTA
  • 2. 1. CONCEPTO DE SUCESION LEGAL • CASTAN TOBEÑAS. - La sucesión intestada en nuestro derecho es la sucesión hereditaria que se defiere por ministerio de la ley cuando faltan en todo o en parte los herederos testamentarios. • GUILLERMO CABANELAS. - La sucesión legal es la transmisión según las normas legales de los derechos y obligaciones del causante por muerte del mismo o presunción de su fallecimiento cuando no deja testamento o éste resulta nulo o ineficaz. • Es aquella clase de sucesión en virtud de la cual al producirse el fallecimiento de una persona sin haber dejado disposición testamentaria la ley establece el orden de los llamados a suceder al causante.
  • 3. 2. DENOMINACIONES • Entre las principales denominaciones que se utilizan para designar a este tipo de sucesión están: Sucesión ab intestato Sucesión intestada Sucesión legítima Sucesión legal
  • 4. CRITICAS QUE SE HACEN AL USO DE LAS DIFERENTES DENOMINACIONES • Teniendo en cuenta estas denominaciones, la palabra AB-INTESTATO tiene su origen en el Derecho Romano, para muchos autores este término es incompleto y no refleja con exactitud su verdadero contenido, porque ab-intestato significa sin testamento y da a entender que la sucesión legal solo se da cuando una persona fallece sin haber dejado testamento y eso es cierto pero es incompleto, porque también existe sucesión legal en aquellos casos en los que habiendo testamento éste resulta nulo o ineficaz. • Se critica el uso del término SUCESION INTESTADA porque significa sucesión sin testamento y la sucesión legal no sólo se da cuando alguien muere sin dejar disposición testamentaria sino también en aquellos casos en los que hay testamento, pero el mismo es nulo o ineficaz.
  • 5. CRITICAS QUE SE HACEN AL USO DE LAS DIFERENTES DENOMINACIONES • También la palabra SUCESION LEGITIMA ha sido objeto de algunas críticas porque usar este término da a pensar que nos estamos refiriendo a la legítima de los herederos forzosos o a un derecho que les corresponde a los herederos ineludiblemente. • El término más correcto es el de SUCESION LEGAL ya que es un término que por un lado permite determinar claramente que su origen está en la ley, pero sin limitarse a indicar como único caso de su existencia la falta de testamento como ocurre con el término sucesión intestada.
  • 6. 3. CARACTERES DE LA SUCESION LEGAL 1. ES A TITULO UNIVERSAL. - Se refiere a que los designados a recibir esta clase de herencia son llamados siempre a título de herederos absolutos con la consecuencia de ser los responsables de las cargas de la herencia, aquí no existen legatarios ni designaciones a título particular. 2. ES MORTIS CAUSA. - Para que pueda existir una sucesión intestada basta con el fallecimiento del causante o bien la declaratoria de muerte presunta de éste, la muerte del causante más que una característica es el hecho que marca o determina el origen de la sucesión en general. 3. SU CARÁCTER LEGAL. - Se trata de una sucesión legal debido a que es la ley la que hace el llamamiento a las personas que serán los herederos del causante sin que exista ninguna declaración de voluntad de éste. Las normas que regulan la distribución de la sucesión intestada son IMPERATIVAS y por ende NO pueden ser derogadas ni por voluntad del causante ni por acuerdos ex post, el testador solamente puede modificar dichas disposiciones otorgando un testamento donde distribuye sus bienes.
  • 7. 3. CARACTERES DE LA SUCESION LEGAL 4. SUPLETORIEDAD. - Sólo se aplica la sucesión legal cuando NO existe testamento que regule el destino de todos o algunos de los bienes del causante para después de su muerte. No tiene lugar este tipo de sucesión cuando existe un testamento válido. 5. COMPATIBILIDAD CON LA SUCESION TESTAMENTARIA. - Pueden coexistir ambos tipos de sucesiones (LEGAL-TESTAMENTARIA) y ambas son plenamente compatibles cuando el causante no haya dispuesto por ejemplo de la totalidad de sus bienes. 6. Para que el llamamiento que hace la ley sea efectivo, se requiere que el o los herederos ACEPTEN LA HERENCIA del causante.
  • 8. 4. FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURIDICA DE LA SUCESION LEGAL • TEORIA DE LA VOLUNTAD PRESUNTA DEL CAUSANTE. - Esta teoría busca justificar esta clase de sucesión basándose en la voluntad ya que indica que si la sucesión testamentaria se origina en una manifestación de voluntad expresa del causante, de la misma manera la sucesión intestada es la voluntad tácita o presunta de éste. El parentesco y la consanguinidad se asocian a la afección (afecto) desde una perspectiva psicológica. Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento la ley debe presumir que su voluntad habría sido que todo su patrimonio lo habría querido dejar para su familia, por el afecto que existe entre los miembros de la familia. • CRITICA. - No es posible asegurar desde un enfoque objetivo que las disposiciones que el legislador regule serían exactamente lo que el causante hubiera querido, no siempre el parentesco por sí solo garantiza los lazos de cercanía por lo que es difícil plasmar sin equivocación la voluntad del causante.
  • 9. 4. FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURIDICA DE LA SUCESION • TEORIA DE LA COMUNIDAD DEL PATRIMONIO O TEORIA PATRIMONIAL.- Esta teoría tiene su fundamento en el concepto de COPROPIEDAD (Propiedad que tienen dos o más personas sobre una misma cosa) al estimar que si en la vida del causante todas las personas que conforman su familia contribuyeron en mayor o menor medida a la creación de su patrimonio, entonces la consecuencia lógica de su muerte sería que ese patrimonio regresara a todos los integrantes de la familia porque sobre ese patrimonio lo que existe es una especie de copropiedad. • CRITICA. - La crítica que se hace a esta teoría es la imposibilidad de justificar la sucesión en la línea colateral o en grados más remotos. Es cierto que la familia más cercana al causante puede contribuir en mayor o menor medida a formar su patrimonio pero que hay cuando heredan un hermano, cuando hereda el mismo Estado, etc.
  • 10. 4. FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURIDICA DE LA SUCESION LEGAL • TEORIA ETICA. - La base de esta teoría está en los deberes que surgen de los lazos familiares, la familia es una especie de comunidad de deberes, entendiendo que el que muere tiene el deber de favorecer con sus bienes a las personas con las que está ligado por vínculos familiares. • CRÍTICA. - Los deberes familiares por sí solos no son suficientes para fundamentar la sucesión intestada y si fuera así al cónyuge se le debería dar un lugar preferente en la herencia y en nuestra legislación hereda la misma cuota hereditaria que un hijo.
  • 11. 4. FUNDAMENTO Y NATURALEZA JURIDICA DE LA SUCESION LEGAL • TEORIA BIOLOGICA. - Explican el fundamento de la sucesión desde un punto de vista científico, si cada persona es una parte material de sus padres ya que recibe gran parte de sus células, al fallecer el causante una parte de él persiste en su descendencia por tal razón no es concebible y es contradictorio a la naturaleza misma que los derechos de aquel no se reserven a los hijos. • CRITICA. - Si las ideas expresadas en la teoría biológica fueran tal ¿Cómo se explica la sucesión en grados más remotos o la del cónyuge con quien no existe vínculo de sangre?
  • 12. 5. PRINCIPIOS QUE RIGEN LA SUCESION INTESTADA 1. PRINCIPIO DE DIVISION POR ORDENES. - Se refiere a que los herederos están congregados por grupos que se denominan órdenes cada uno de estos órdenes desplaza al siguiente, no todos son llamados a la vez a suceder. 2. PRINCIPIO DE PROXIMIDAD DE GRADOS. - Los parientes más cercanos excluyen a los más lejanos por ejemplo los hijos serán llamados antes que los nietos. 3. PRINCIPIO DE DIVISION IGUALITARIA. - Todos los parientes que se ubiquen en el mismo orden se distribuyen la herencia por partes iguales. 4. PRINCIPIO DE COEXISTENCIA ENTRE LA SUCESION TESTAMENTARIA Y LA SUCESION LEGAL. - En nuestro derecho una sucesión no excluye a la otra.
  • 13. 6. CASOS EN LOS QUE SE ABRE LA SUCESION INTESTADA • La sucesión legal se abre en los siguientes casos: 1. Cuando una persona fallece sin haber dejado disposición testamentaria 2. Cuando una persona fallece dejando testamento, pero el mismo es declarado como nulo o anulable.
  • 14. 7. ORDEN DE LOS LLAMADOS A SUCEDER Y TRATO JURIDICO IGUALITARIO • Según la disposición del Art. 1083 del Código Civil “En la sucesión legal, la herencia se defiere a los descendientes, a los ascendientes, al cónyuge o conviviente, a los parientes colaterales y al Estado, en el orden y según las reglas establecidas en el Título presente.” el orden de los llamados a suceder según esta norma es el siguiente: 1. Descendientes 2. Ascendientes 3. Cónyuge o conviviente 4. Parientes colaterales 5. Estado
  • 15. 7. ORDEN DE LOS LLAMADOS A SUCEDER Y TRATO JURÍDICO IGUALITARIO • El Art. 1084 del Código Civil regula sobre el TRATO JURÍDICO IGUALITARIO de la siguiente manera: • A los descendientes, ascendientes y parientes colaterales se les defiere la herencia sin tener en cuenta el origen de la relación de familia que existió entre ellos y la persona de cuya sucesión se trata. • Según esta norma la herencia del causante se transmite a sus herederos (descendientes-ascendientes-parientes colaterales) sin tener en cuenta el origen de la relación de familia que existió entre ellos y la persona de cuya sucesión se trata.
  • 16. 8. PRINCIPIO DE PROXIMIDAD DE GRADOS Y LA CONCURRENCIA DE PARIENTES EN LA MISMA LINEA  En cuanto al principio de PROXIMIDAD DE GRADOS que se aplica en materia sucesoria tenemos lo dispuesto por el Art. 1086 del Código Civil que dispone que los parientes en grado más próximo al causante excluyen a los más lejanos. Sabemos que si alguien muere no todos los parientes pueden heredar, sólo aquellos que están más próximos al causante en grado de parentesco y ellos los más cercanos excluyen a los demás.  Asimismo, los parientes que están en la misma línea y en el mismo grado heredan por partes iguales al causante, de esta forma dispone el Art. 1087 del Código Civil (CONCURRENCIA DE PARIENTES EN LA MISMA LINEA Y EN EL MISMO GRADO)  En cuanto respecta al parentesco y su cómputo y respecto a la calidad de hijo o descendientes, de padres o ascendientes o de cónyuge o conviviente se estará a lo que dispone la norma del Código de las Familias y del Proceso Familiar. De este modo dispone el Art. 1088 del Código Civil.