Es una figura jurídica mediante la cual, por medio de la Ley, a la muerte de un sujeto de derecho se realiza una transferencia de sus derechos y obligaciones a otros u otros sujetos
1. Materia: DERECHO SUCESORAL
Profesora: Dra. GRABIELIS RODRIGUEZ
Alumna: Luz Marina Márquez Sánchez
C.I .V- 6.303.017
Enero de 2018
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Fermín Toro- Barquisimeto Estado Lara
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Sistema de Educación Semipresencial a Distancia
SAIA/5TO. “D”
PRESENTACION
LA SUCESION
LEGITIMA O
ABINTESTATO
2. LA SUCESION LEGITIMA O
ABINTESTATO
Es una figura jurídica mediante la cual, por medio de la Ley, a la muerte de un
sujeto de derecho se realiza una transferencia de sus derechos y obligaciones a
otros u otros sujetos expresamente señalados por la misma ley, salvo que exista
una manifestación de voluntad del fallecido (testamento válido).
En tal sentido, el articulo 807 C.C., establece su definición textual: “Las
sucesiones se difieren por la Ley o por testamento. No hay lugar a la sucesión
intestada sino cuando en todo o en parte falta la sucesión testamentaria”.
CONCEPTO
1.- CUANDO NO EXISTE
TESTAMENTO
2.- CUANDO EL TESTADOR
NO DISPUSO DE TODOS
SUS BIENES: (Un ejemplo
un esposo que recibe solo el
50% , no tiene hijos y debe
compartir el 50% con otros.
3.- CUANDO EL TESTAMENTO
HAYA AFECTADO LA
LEGITIMA
4.- NO SE CUMPLA
DISPOSICION AL HEREDERO
TESTAMENTARIO: (un
ejemplo cuando el causante
o el cujus, en el testamento
deja escrito que le deja todo
a su esposa y no a sus
hijos, da una donación.
5.- POR MUERTE DEL
HEREDERO
TESTAMENTARIO
ANTE QUE EL
TESTADOR
6.- CUANDO EL
HEREDERO REPUDIA
LA HERENCIA O ES
INCAPAZ DE
SUCEDER:
CASOS EN QUE
PROCEDE
3. DERECHO SUCESORAL
LA SUCESION LEGITIMA O
ABINTESTATO
FUNDAMENTO
*EN LA RELACIONES DE FAMILIA, EN
LOS DERECHOS DERIVADOS DE LOS
VINCULOS PERMANENTES, EN EL
DEBER FAMILIAR DEL CAUSANTE.
• ES UNA SUCESIÓN A CAUSA DE MUERTE
DEL CAUSANTE
• ES A TITULO UNIVESRAL
• OCURRE POR EL IMPERIO DE LA LEY
• ES SUPLETORIA DE LA VOLUNTAD DEL
CAUSANTE
A veces el causante desconoce los efectos
que produce no haber dejado claro sus
bienes y obligaciones a repartir
PARIENTES CONSANGUINEOS: HIJOS,
PADRES, PARIENTES COLTARERALES
HASTA EL SEXTO GRADO
EL CONYUGE
EL ESTADO
Mediante el articulo 988 CC hay siete (07)
ordenes de sucesión
CARACTERISTICAS
PERSONAS QUE PUEDEN
HEREDAR
4. LA SUCESION LEGITIMA O ABINTESTATO
CAPACIDAD DE
SUCEDER
Toda persona puede suceder, excepto las determinada por la Ley, tal como lo establece el articulo 808
C.C., Las cuales son:
*CAUSAS ABSOLUTAS: Los incapaces de venir a la sucesión, los no concebidos.
*CAUSAS RELATIVAS: Hay la posibilidad de que la persona se recupere o vuelva tener derecho a
suceder, los incapaces como indignos (haya perpetrado un delito, cónyuge adultero, parientes que no
hayan prestado alimento .
5. LA SUCESION LEGITIMA O ABINTESTATO
LA REPRESENTACION
Es una ficción por la cual se supone vivo al representado a fin que los
llamados a representarlo reciba los derechos que correspondían a aquél.
Es la presunta voluntad del causante, que hace que los afectos familiares,
amor, desciendan primero hacia quienes derivan de nosotros.
En todos los casos en que se admite la representación, la división se hará
por estirpes.
CASOS QUE TIENE LUGAR
REPRESENTACION EN
LINEA RECTA
ASCENDIENTE: No existe
la representación
REPRESENTACION EN LINEA
RECTA DESCENDIENTE: Los hijos
del de cujus concurran con los
descendientes de otro hijo
premuerto
REPRESENTACION EN
LINEA COLATERAL: se
admite en favor de los
hijos de los hermanos y
hermanas del causante
EFECTOS: s que los hijos y demás
descendientes, que quedarían excluidos
de la sucesión por un pariente más
próximo, son admitidos a ella para que
no les afecte la culpa (indignidad) o la
desgracia (premoriencia) de su
ascendiente
6. Conclusión y Bibliografía
CONCLUSIONES
Podemos expresar que la sucesión legitima es un derecho que cada
heredero o pariente tiene según la ley, y el testamento lo faculto el
causante y lo distribuye a su parecer, pero no puede violar lo
contemplado en la legitima.
Un concepto generalizado se denomina la sucesión intestada "fallecer
sin testamento" representa un papel subsidiario respecto de la sucesión
testamentaria
BIBLIOGRAFIA
Contenido de los temas publicados de la Cátedra Derecho Sucesoral de
la Universidad Fermín Toro, Saia.
Código Civil venezolano
Páginas diversas de internet