SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 36
1
HOJA DE COTEJO DE ENSAYO
CONTENIDO
SI NO
1. LISTA DE COTEJO
2. CARATULA (Logo del Tec. y/o escuela,
materia, nombre del tema, profesor,
alumno (s) y fecha)
3. INDICE (No. Del tema, nombre del tema
y no. de página)
4. OBJETIVOS GENERALES
5. OBJETIVOS ESPECIFICOS
6. INTRODUCCION (Desarrollo personal)
7. DESARROLLO/CONTENIDOS
1.2 2.1 Ley de impuestos generales de importación y
exportación (LIGIE) (conocimientos básico)
1.3 2.2 Contribuciones, Aranceles, Cuotas compensatorias
y las Regulaciones y Restricciones no arancelarias al
Comercio Exterior. (Ley Aduanera).
1.4 2.3 Estímulos fiscales (Exención en el pago del
Derecho de Trámite Aduanero (DTA) ,
compensaciones)
1.5 2.4 Tipos, modalidades y funcionamiento de
aranceles.
1.6 2.5 Modalidades y funcionamiento de lasbarreras
comerciales no arancelarias.
8. ANEXOS (Cuadros, Mapas mentales y
conceptuales, formatos, etc.)
9. CONCLUSIONES (Comentarios,
apreciaciones, observaciones y
aportaciones personales)
10.APLICACIONES (Aportes que
justifiquen los contenidos, que uso se le
da a la investigación realizada)
11.FUENTES DE CONSULTA
(Bibliografía, páginas web, revistas,
etc.)
12. CUADRO DE PARTICIPACION
(Nombres de los participantes, nombre del tema,
cumplió: Si – No, firma)
OBSERVACIONES: EVALUADOR:
CALIFICACION:
2
Instituto Tecnológico de
Tláhuac II
Ingeniería en Logística
2. “Barreras no arancelarias y los gravámenes en materia aduanera
y su fundamentación Jurídica”
Legislación Aduanera
Profesor: Alejandro Nájera Escandón
Integrantes:
 Aviña López Edgar Octavio
 Cadena Palacios Luis Felipe
 Castro Velázquez Carlos
 Cisneros Flores Ramses
 Ramírez Pacheco Alfredo
 Trejo Diaz Kevin Arturo
3
Grupo: 4°A
4
Contenido
Objetivos ..................................................................................................................................5
General: ................................................................................................................................5
Especifico:.............................................................................................................................5
Introducción..............................................................................................................................6
-2.1 Ley de impuestos generales de importación y exportación (LIGIE) (conocimientos
básicos).................................................................................................................................7
-2.2 Contribuciones, Aranceles, Cuotas compensatorias y las Regulaciones y Restricciones
no arancelarias al Comercio Exterior. (Ley Aduanera)..........................................................9
-2.3 Estímulos fiscales (Exención en el pago del Derecho de Trámite Aduanero (DTA),
compensaciones)................................................................................................................18
-2.4 Tipos, modalidades y funcionamiento de aranceles ....................................................21
Clasificación arancelaria de la mercancía...........................................................................22
-2.5 Modalidades y funcionamiento de las barreras comerciales no arancelarias. .............26
Anexos ...................................................................................................................................30
Imagen 1 Mapa conceptual Derecho Fiscal 1.1..................................................................................................28
Imagen 2 mapa conceptual Derecho Financiero 1.1...........................................................................................28
Conclusión..............................................................................................................................30
Aplicaciones ...........................................................................................................................31
Fuentes de Consulta ..............................................................................................................32
Cuadro de Participación .........................................................................................................33
5
Objetivos
General:
Explica, desde el punto de vista legal, el marco legal y los requisitos operativos y
administrativos que requiera una mercancía durante su despacho de importación o
exportación. Así como aplicar en base a la legislación adecuada las herramientas
necesarias para prevenir, detectar o corregir errores que se generen durante el
despacho.
Toma decisiones, con base en los elementos teóricos adquiridos, que permitan la
realización de despachos de mercancía apegados a la legislación aduanera.
Especifico:
Identifica el tipo de derecho que se aplica en la legislación aduanera.
Comprende la importancia del cumplimiento de la legislación aduanera en el
despacho de mercancías.
Identifica las obligaciones y funciones de los sujetos activo y pasivo en la relación
jurídica tributaria en materia Aduanera.
6
Introducción
En la siguiente investigación hemos intentado inscribir la legislación aduanera en el
contexto del derecho tributario, dando por sentada la existencia del derecho
tributario aduanero.
Hemos afirmado que el derecho tributario es el conjunto de normas que regulan los
derechos y obligaciones entre el Estado, en su calidad de acreedor de los tributos,
y las personas a quienes la ley responsabiliza de pago.
En el derecho tributario aduanero, los sujetos de la relación se pueden identificar
como activos y pasivos.
El Estado es el único sujeto activo, mientras que el sujeto pasivo puede ser cualquier
persona física, jurídica, privada o pública, que introduzca mercancías al territorio
nacional o las extraiga del mismo, en su calidad de “propietarios, poseedores,
destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualquier persona que
tenga intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y
tenencia de las mercancías o en los hechos o actos mencionados en el párrafo
anterior” (artículo 1, párrafo segundo de la Ley Aduanera).
7
DESAROLLO
-2.1 Ley de impuestos generales de importación y
exportación (LIGIE) (conocimientos básicos).
Busca establecer las tasas de los aranceles a la importación y a la exportación de
mercancías en el país y crear una base de clasificación de las mismas. La ley
aprobada forma parte del paquete de iniciativas para lograr la armonización al
marco jurídico ante la entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y
Canadá (T-MEC), el próximo 1° de julio.
El documento asegura que la Ley propuesta, es el instrumento más importante de
comercio exterior en el país cumpliendo con dos objetivos simultáneamente:
establecer las tasas de los aranceles a la importación y a la exportación de
mercancías en nuestro país; y crear una base de clasificación de las mismas para
la generación de estadística de comercio exterior.
La propuesta busca incorporar un esquema que, respetando cabalmente las
atribuciones del Congreso de la Unión y del Titular del Ejecutivo Federal en
materia de aumento, disminución y supresión de aranceles, faculte a la Secretaría
de Economía para publicar los números de las fracciones arancelarias, es decir, el
impuesto que debe pagar un producto al ingresar al extranjero, con el objetivo de
permitir una identificación más precisa de las mercancías.
Adicionalmente, plantea reformar y adiciona diversos artículos de la Ley Aduanera
con el objeto de adicionar números de identificación a las mercancías contenidas
en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
De igual forma, pide establecer expresamente los números de identificación, esto
con la finalidad de que al estar las mercancías identificadas con mayor detalle de
8
acuerdo con la codificación que le corresponda, permita a esos sujetos y a la
propia autoridad aduanera, realizar el seguimiento de su cumplimiento.
El dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público;
y de Estudios Legislativos, Segunda, también pretende actualizar y modernizar la
Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, para
adecuarla a los flujos actuales de comercio internacional.
Con esto, se pretende instrumentar la “Sexta Recomendación de Enmienda a los
textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación
de Mercancías”, aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanero de la
Organización Mundial de Aduanas en el 2014.
Dicha recomendación contempla modificaciones para la ampliación de la cobertura
en la clasificación de productos pesqueros, productos y equipos de detección
antimalárica, productos cerámicos y avances tecnológicos como la inclusión de
lámparas de diodos emisoras de luz LED, entre otros.
Además, en productos de silvicultura, apunta a mejorar la clasificación para
especies de madera con el fin de tener un mejor panorama del patrón comercial;
en materia de químicos, se generan nuevas subpartidas específicas para
productos como plaguicidas y sustancias peligrosas, y el control de otras que son
utilizados como precursores.
¿Qué son la LIGIE y la TIGIE y para qué sirven?
LIGIE: Son las siglas de la Ley de los Impuestos Generales de importación y
Exportación y sirve para clasificar las mercancías estableciendo una nomenclatura
aceptable internacionalmente para propósitos aduaneros, estadísticos y de
transporte, además de regular la entrada al y salida del país (México) y los medios
en los que se transportan.
9
TIGIE: Son las siglas de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de
Importación y de Exportación y clasifica las mercancías estableciendo un código
de identificación universal, que a su vez define los aranceles que se deben pagar
según se vayan a importar o exportar.
¿Qué es el Decreto General?
De acuerdo con el Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior
(SNICE), el Decreto General (DG) armoniza la TIGIE publicada el 01 de julio de
2020 con los diversos Decretos de modificación a la TIGIE, publicados durante
2019 y 2020, con el objetivo de mantener las medidas establecidas a través de
dichas publicaciones, sin modificar o establecer nuevos aranceles.
-2.2 Contribuciones, Aranceles, Cuotas compensatorias y
las Regulaciones y Restricciones no arancelarias al
Comercio Exterior. (Ley Aduanera)
Contribuciones
Las contribuciones que pueden causarse con motivo de la importación son las
siguientes: el Impuesto General de Importación (arancel), Impuesto al Valor
Agregado (IVA), Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN), Impuesto Especial
sobre Producción y Servicios (IEPS), Derecho de Trámite Aduanero (DTA) y
Derecho de Almacenaje.
Impuesto General de Importación (IGI).
El Impuesto General de Importación puede ser:
Ad valorem: cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana
de la mercancía.
Específicos: cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida.
Mixtos: cuando se trate de una combinación de los dos anteriores.
El cual corresponderá de conformidad con la fracción arancelaria en la que se
10
clasifique la mercancía importada, conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos
Generales de Importación y de Exportación, o la Tabla de Desgravación de México
prevista en algún tratado de libre comercio, al valor en aduanas de la mercancía
importada en los términos establecidos en los artículos 64 a 78 de la Ley
Aduanera.
Estos aranceles pueden adoptar las siguientes modalidades:
Arancel-cupo, cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o
valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa diferente a las
exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan dicho monto.
Arancel estacional, cuando establezcan niveles arancelarios distintos para
diferentes períodos del año.
Las demás que el Ejecutivo federal llegue a señalar.
Fundamento legal: Artículo 13 de la Ley de Comercio Exterior.
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado, las personas físicas y las
morales que, en territorio nacional, importen bienes o servicios.
El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la Ley del IVA, la tasa
del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma
parte de dichos valores. Para calcular el impuesto al valor agregado tratándose de
importación de bienes tangibles, se considerará el valor que se utilice para los
fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último
gravamen y del monto de las demás contribuciones y aprovechamientos que se
tengan que pagar con motivo de la importación.
Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN).
Están obligados al pago del impuesto sobre automóviles nuevos, las personas
físicas y las morales que importen en definitiva al país automóviles, siempre que
se trate de personas distintas al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o
comerciante en el ramo de vehículos.
11
Los automóviles importados por los que se cause el impuesto establecido en la
Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, son los que corresponden al
año modelo posterior al de aplicación de la Ley, al año modelo en que se efectúe
la importación, o a los 10 años modelo inmediato anteriores.
El impuesto para automóviles nuevos se calculará aplicando la tarifa o tasa
establecida en el artículo 3o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles
Nuevos, según corresponda, al precio de enajenación del automóvil al consumidor
por el fabricante, ensamblador, distribuidores autorizados o comerciantes en el
ramo de vehículos, incluyendo el equipo opcional, común o de lujo, sin disminuir el
monto de descuentos, rebajas o bonificaciones.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
El IEPS se causa con motivo de la importación de ciertos bienes y se determina
aplicando la siguiente tasa:
A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza:
1. Con una graduación alcohólica de hasta 14° G.L. 26.5%
2. Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20°G.L. 30%
3. Con una graduación alcohólica de más de 20°G.L 53%
B) Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables. 50%
C) Tabacos labrados:
1. Cigarros. 160%
2. Puros y otros tabacos labrados. 160%
3. Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano. 30.4%
Adicionalmente a las tasas establecidas en este numeral, se pagará una cuota de
$0.35 por cigarro enajenado o importado. Para los efectos de la Ley del IEPS se
considera que el peso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, incluyendo
el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco.
Adicionalmente a las tasas establecidas en este numeral, se pagará una cuota de
12
$0.35 por cigarro enajenado o importado. Para los efectos de la Ley del IEPS se
considera que el peso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, incluyendo
el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco.
Tratándose de los tabacos labrados no considerados en el párrafo anterior, con
excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, se
aplicará la cuota mencionada en dicho párrafo al resultado de dividir el peso total
de los tabacos labrados enajenados o importados, entre 0.75. Para tal efecto se
deberá incluir el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco. No se
deberá considerar el filtro ni el papel o cualquier otra sustancia que no contenga
tabaco, con el que estén envueltos los referidos tabacos labrados.
Derecho de Trámite Aduanero (DTA)
El DTA se causa con motivo de las operaciones aduaneras que se efectúen
utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos
de la Ley Aduanera. Para conocer el monto, consulte la Ley Federal de Derechos,
ya que las cantidades se actualizan semestralmente.
Derecho de Almacenaje
Se pagarán derechos por el almacenaje de mercancías en depósito ante la
aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos que se establecen en
el artículo 41 de la Ley Federal de Derechos. Las cuotas diarias de los derechos
por el almacenaje, en recintos fiscales, de mercancías en depósito ante la aduana,
son las establecidas en el artículo 42 de la Ley Federal de Derechos.
Aranceles; Los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales
de exportación e importación, como se refiere en el Artículo 12 de la Ley de
Comercio Exterior (LCE) 1. Es decir, el arancel es el tributo que es aplicado sobre
los bienes que son objeto de importación o exportación. En este texto se
desarrolla qué es un arancel aduanero y su importancia en el comercio
internacional, los tipos de aranceles, efectos y ejemplos de aranceles, evolución
13
de los aranceles, utilidad de los aranceles, el esfuerzo institucional por reducirlos
en búsqueda de beneficios sociales y económicos.
Evolución de los Aranceles
Analizando los resultados y actividades del Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés General Agreement on
Tariffs and Trade) tenemos que, terminada la Segunda Guerra Mundial, ciertos
países en el mundo se dieron a la tarea de organizar y administrar el libre
comercio. El objetivo que perseguían era distribuir la riqueza de una mejor manera
y solucionar problemas sociales y económicos, que dejó, entre otros factores, la
citada Guerra.
En 1947 se suscribió el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio
y desde ese lapso hasta la conformación de la OMC, se trabajaron en diversos
elementos como liberalizar el comercio, disminuir la discriminación comercial y en
el tema de los aranceles (en la actualidad el arancel ponderado en el mundo es
cerca del 1%).
A pesar de ello, la facilitación del comercio, y la reducción de los costos de las
operaciones comerciales también involucra esfuerzos en tramitología y logística.
En ese sentido es oportuno mencionar que el 6 de diciembre del 2013, el Consejo
de Ministros aprobó el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, y en febrero de
2017 fue ratificado por dos tercios de los Miembros de la OMC.
Aranceles de Importación y de Exportación
Los aranceles de exportación no son tan comunes como los aranceles de
importación, lo anterior para cumplir el objetivo de incentivar las exportaciones del
país de donde se envíen, porque en la mayoría de los casos son productos con
tarifas exentas. Por ello se dice que los impuestos arancelarios más ocupados son
los aranceles a las importaciones.
14
Destaca que la imposición de aranceles también se le denomina barreras
arancelarias y en ese sentido no solo es clave conocer los tipos de aranceles y
buscar un pdf para estudiarlos, sino también se deben profundizar en las barreras
no arancelarias (protección no arancelaria) así como las regulaciones y
restricciones no arancelarias, que cumplen objetivos similares al de los aranceles
bajo otras actividades que buscan limitar las importaciones, por medio de cuotas,
normas técnicas, y diferentes medidas.
Las Cuotas Compensatorias; son aranceles que se aplican a las mercancías
importadas en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su
país de origen, conforme a lo establecido en la Ley de Comercio Exterior.
¿Cómo definimos a las cuotas compensatorias?
En realidad, se trata del monto o cuota que se le impone a una mercancía para
igualar el precio de un producto extranjero respecto a un producto nacional.
El Código Fiscal de la Federación [1] las considera como uno de los
aprovechamientos que percibe el Estado distintos de las contribuciones; mientras
que la Ley de Comercio Exterior, las considera regulaciones y restricciones no
arancelarias (RRNA´s) que se aplican para aquellas mercancías en condiciones
de discriminación de precios o de subvención en su país de origen (prácticas
desleales).
Establecimiento de cuotas compensatorias
Para el establecimiento de una cuota compensatoria es fundamental que se
demuestre que se trata de una práctica desleal, la cual se constituye por los
siguientes elementos: discriminación de precios o subvención, la existencia o
amenaza de daño a la industria nacional y la relación causal de estas dos (causa-
efecto).
15
Existen dos formas para dar inicio a dicha investigación:
1°Por medio de la Secretaría de Economía y la facultad con la que cuenta para
investigar posibles hechos de prácticas desleales de comercio internacional.
2°A solicitud de los productores, importadores y exportadores de la mercancía y
cumpliendo con ciertos requisitos.
Del inicio de la investigación.
La autoridad publicará una Resolución al respecto en el Diario Oficial de la
Federación y notificará a las partes interesadas para su conocimiento,
estableciendo, además, un plazo de 23 días para presentar argumentos,
información o pruebas que ayuden a determinar o encarecer la resolución final de
la investigación.
De las Resoluciones.
A los 45 días del inicio de investigación la autoridad podrá emitir una resolución
preliminar y de ser necesario impondrá una cuota compensatoria provisional para
la mercancía correspondiente, de no serlo, solo se continuará con el proceso
correspondiente o en su defecto y a falta de argumentos suficientes, se cerrará la
investigación.
Ahora bien, si en ese momento se hubiera seguido con el proceso, a los 7 meses
la autoridad tendrá la obligación de emitir una resolución final para determinar una
cuota compensatoria definitiva, para revocar la provisional o dar por terminada la
investigación correspondiente sin la imposición de cuota.
Como ya se mencionó con anterioridad, las cuotas compensatorias que se
determinen se dan a conocer mediante resoluciones publicadas en el DOF, dichas
resoluciones contendrán lo siguiente:
 Producto o mercancía.
 Fracción arancelaria.
 País de origen.
 Régimen aduanero (en el caso de las últimas resoluciones).
16
 Modalidad de cuota compensatoria, así como su monto.
 Empresa o conjunto de empresas (del país de origen determinado), a las
que se les aplicará dicha cuota.
 Periodo investigado.
 Fecha en que entrará en vigor.
Las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA) son medidas que
regulan o restringen la entrada o salida del país de las mercancías.
De conformidad con el Art. 16 de la Ley de Comercio exterior, las medidas de
RRNA a la importación, circulación o tránsito de mercancías, se podrán establecer
en los siguientes casos: Cuando se requieran de modo temporal para corregir
desequilibrios en la balanza de pagos, de acuerdo a los tratados o convenios
internacionales de los que México sea parte; Para regular la entrada de productos
usados, de desecho o que carezcan de mercado sustancial en su país de origen o
procedencia; Conforme a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de
los que México sea parte; Como respuesta a las restricciones a exportaciones
mexicanas aplicadas unilateralmente por otros países; Cuando sea necesario
impedir la concurrencia al mercado interno de mercancías en condiciones que
impliquen prácticas desleales de comercio internacional, conforme a lo dispuesto
en esta Ley y; Cuando se trate de situaciones no previstas por las Normas
Oficiales Mexicanas (NOM´s) en lo referente a seguridad nacional, salud pública,
sanidad Fito pecuaria o ecología, de acuerdo a la legislación en la materia.
17
Las medidas pueden consistir en:
• Permisos previos,
• Cupos,
• NOM´s,
• Cuotas compensatorias,
• Certificaciones,
• Marcado del país de origen, y
• Otros instrumentos que se consideran adecuados para el logro de la política
comercial de un país.
Las medidas mencionadas anteriormente están previstas en distintos
ordenamientos publicados en el DOF, emitidos por la SE o en su caso, dicha
autoridad de manera conjunta con otras dependencias como son: Secretaria de
Salud (SSA), Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat),
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
(Sagarpa), secretaria de la Defensa Nacional (Sedena), Secretaria de Energía
(Sener) y Secretaría de Educación Pública (SEP).
18
-2.3 Estímulos fiscales (Exención en el pago del Derecho
de Trámite Aduanero (DTA), compensaciones)
¿Qué es DTA?
 El DTA es una contribución que se causa y se debe pagar por el uso o
aprovechamiento de las instalaciones de las aduanas y por recibir los
servicios que prestan las autoridades aduaneras en el despacho aduanero.
El Derecho de Trámite Aduanero (DTA) se paga en aquellas operaciones
aduaneras que se efectúan utilizando un pedimento o el documento aduanero
correspondiente, en términos de la Ley Aduanera (LA), e inclusive en operaciones
por las cuales no se está obligado al pago de los impuestos al comercio exterior.
Los que realizan dichas operaciones son personas que introducen mercancías
al territorio nacional o las extraen del mismo, están obligadas a pagar diversas
contribuciones, entre las que se encuentra el DTA.
¿Por qué y para que se realiza ese pago?
Debido a trámite ya sea de Importación o Exportación a través de pedimento
correspondiente, lo recaudado por concepto de este derecho lo utiliza la autoridad
para modernizar las aduanas y dotarlas de equipamiento, existen dos tipos de
Derechos porcentuales y valores fijos que se expresan en la Ley Federal de
Derechos y se utilizan de acuerdo y según sea el caso que les aplica en el
comercio exterior.
19
Clasificación de las contribuciones
Se presenta una diversificación con respecto a los pagos de impuestos:
 Impuestos
 aportaciones de seguridad social
 contribuciones de mejoras y derechos
Pero el que nos importa en este subtema es el pago de:
 Derechos, que son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o
aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación, así como
por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho
público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u
órganos desconcentrados en los supuestos que señala el CFF.
LFD (Ley Federal de Derechos)
Mientras, el artículo 49 de la Ley Federal de Derechos (LFD) dispone que se
pagará el DTA por las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando un
pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos de la LA, de
acuerdo con las cuotas o tasas establecidas en ese precepto legal.
Excepciones de pago DTA.
Los contribuyentes que importen bienes originarios de países como Estados
Unidos, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras
y Nicaragua, están exentos del pago del Derecho de Trámite Aduanero (DTA),
debido a que México cuenta con Tratados de Libre Comercio con esas naciones.
20
Cuando no procede pago de DTA en aduanas
No obstante toma en cuenta que no tienes porqué enterar el DTA, cuando
presentes alguno de los siguientes formatos oficiales:
 Aviso de exportación temporal
 Aviso de registro de aparatos electrónicos e instrumentos de trabajo
 Constancia de importación temporal, retorno o transferencia de
contenedores
 Autorización de importación temporal de embarcaciones
 Autorización de importación temporal de mercancías, destinadas al
mantenimiento y reparación de las mercancías importadas temporalmente
 Autorización de importación temporal
 Declaración de internación o extracción de cantidades en efectivo y/o
documentos por cobrar
 Pedimento de importación temporal de remolques, semirremolques y
portacontenedores, o
 Declaración de mercancías donadas al fisco federal conforme al artículo 61,
fracción XVII de la LA y su Anexo 1
Si por alguna razón desembolsaste el DTA y no procedía, solicita su recuperación
vía devolución como pago de lo indebido, o en su caso compénsalo en una futura
importación.
21
-2.4 Tipos, modalidades y funcionamiento de aranceles
Entendemos por arancel aquel tributo que es aplicado sobre los bienes que son
objeto de importación o exportación (este último caso es el menos frecuente).
También podemos encontrar aranceles de tránsito que son aquellos aplicados
sobre los objetos o mercancías que entran en un país con destino a otro distinto.
En cuanto a los tipos de aranceles encontramos tres tipos de gravamen
dependiendo de la manera en la que se apliquen:
 Ad Valorem: en este caso se aplica un porcentaje sobre el valor total de la
carga. Por ejemplo, si el valor de la carga es de 10.000€ y se le aplica un
arancel del 5% encontraríamos un pago en concepto de arancel por valor
de 500€.
 Específicos: en este caso el montante se encuentra preestablecido en
función de la cantidad o número de unidades. A modo de ejemplo podemos
establecer que se pagarán 100€ por cada tonelada métrica de la
mercancía.
 Combinado: en este caso se establece un arancel mixto donde se aplica
parte del ad valorem y del específico de forma combinada.
Prestando atención a los efectos que puede causar la implementación de un
arancel encontramos lo siguiente:
 Lógicamente supone una mayor recaudación para quien aplica el gravamen
(Estado).
 Puede producir a la larga un descenso en las importaciones de los
productos sometidos a este arancel.
 Aumento del precio del bien sometido al arancel (para poder soportar el
gravamen) repercutiendo de forma negativa sobre el consumidor.
 Aumento de la producción nacional de todos aquellos bienes y productos
sometidos al arancel a fin de evitar las cargas impuestas a los productos
importados.
22
Clasificación arancelaria de la mercancía
Aunque no se le da la importancia que se merece, ni la seriedad y repercusión que
realmente tiene en el despacho de aduanas, la clasificación arancelaria de la
mercancía es un paso fundamental, por no decir el más importante, a la hora de
plantearnos importar o exportar un determinado producto.
La mayor parte de la legislación relacionada con comercio exterior, se apoya en la
asignación del código de la Nomenclatura Combinada o código TARIC (Hs Code
en inglés), por lo que la correcta clasificación de la mercancía que vamos a
importar o exportar, es un paso clave para conocer aspectos fundamentales como:
 Los aranceles y derechos a la importación-exportación que vamos a pagar.
 Las medidas arancelarias preferenciales que nos podemos acoger.
 Si existen medidas autónomas de exención de derechos.
 Si deberemos pagar algún derecho antidumping.
 Control sanitario, fitosanitario, SOIVRE, etc.
Es de vital importancia conocer el código TARIC de la mercancía, o en caso
contrario preguntar a vuestro proveedor, en el caso de las importaciones, que os
faciliten al menos los cuatro primero dígitos de la clasificación arancelaria de la
mercancía que estáis comprando, ya que estos cuatro primeros dígitos deberían
ser universales y clasificarse bajo dicho capítulo o familia de clasificación en todos
los países adscritos a la OMA (organización mundial de aduanas) que son el 95%
de los países del mundo.
En el caso de que el proveedor no os facilite u oriente en la clasificación
arancelaria de la mercancía, se deberá informar a vuestro agente de aduanas de
la descripción del artículo, uso y destino que se le va a dar, materiales de los
cuales está compuesto y forma de presentación en la cual se presenta ante la
aduana. Todas estas descripciones facilitarán al representante aduanero a la hora
de clasificar correctamente vuestra mercancía y conocer los requisitos a la
importación / exportación y los tributos que se deben soportar.
Cabe resaltar que la propia administración dispone de 4 años posterior al
despacho de aduanas, para revisar cada declaración y emitir liquidaciones
23
tributarias complementarias en caso de detectar o tener dudas fundadas de la
incorrecta clasificación de la mercancía.
En Maitsa Customs Brokerage, como representante aduanero y agente de
aduanas en España, asesora a los importadores y exportadores en materia de
clasificación arancelaria, para evitar contratiempos a la hora de presentar vuestras
mercancías ante la aduana y tener la tranquilidad de no recibir liquidaciones
complementarias a posteriori, por parte de la Administración de Aduanas (AEAT).
Modalidades que pueden adoptar los aranceles
Los aranceles a que se refiere el artículo anterior podrán adoptar las siguientes
modalidades:
I. Arancel-cupo: cuando se establezca un nivel arancelario para cierta
cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa
diferente a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que
excedan dicho monto.
II. Arancel estacional: cuando se establezcan niveles arancelarios
distintos para diferentes periodos del año.
III. Las demás que señale el Ejecutivo Federal.
Aranceles diferentes a los previstos en las tarifas de IGI e IGE
Podrán establecerse aranceles diferentes a los generales previstos en las tarifas
de los impuestos generales de exportación e importación cuando así lo
establezcan tratados o convenios comerciales internacionales de los que México
sea parte.
24
Facultades del Ejecutivo Federal
El Ejecutivo Federal tendrá las siguientes facultades:
I. Crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles, mediante decretos
publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
II. Regular, restringir o prohibir la exportación, importación, circulación
o tránsito de mercancías, cuando lo estime urgente, mediante decretos
publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el
artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
III. Establecer medidas para regular o restringir la exportación o
importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la
Secretaría o, en su caso, juntamente con la autoridad competente, y
publicados en el Diario Oficial de la Federación.
IV. Establecer medidas para regular o restringir la circulación o tránsito de
mercancías extranjeras por el territorio nacional procedentes del y
destinadas al exterior a través de acuerdos expedidos por la autoridad
competente y publicados en el Diario Oficial de la Federación.
V. Conducir negociaciones comerciales internacionales a través de la
Secretaría, sin perjuicio de las facultades que correspondan a otras
dependencias del Ejecutivo Federal.
VI. Coordinar, a través de la Secretaría, la participación de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los
gobiernos de los estados en las actividades de promoción del comercio
exterior, así como concertar acciones en la materia con el sector
privado.
VII. Coordinar, a través de la Secretaría, que las dependencias y entidades
de la Administración Pública Federal que administren o controlen una
restricción o regulación no arancelaria se encuentren interconectadas
electrónicamente con la Secretaría y con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.
Definición de medidas de salvaguarda
Las medidas de salvaguarda son aquellas que, en los términos de la fracción II del
artículo 4o., regulan o restringen temporalmente las importaciones de mercancías
idénticas, similares o directamente competidoras a las de producción nacional en
la medida necesaria para prevenir o remediar el daño grave a la rama de
producción nacional de que se trate y facilitar el ajuste de los productores
nacionales.
25
Hechos que dan origen a su imposición
Estas medidas sólo se impondrán cuando se haya constatado que las
importaciones han aumentado en tal cantidad, en términos absolutos o en relación
con la producción nacional, y se realizan en condiciones tales que causan o
amenazan causar un daño grave a la rama de producción nacional de que se
trate.
Clases de medidas de salvaguarda
Las medidas de salvaguarda podrán consistir, entre otras, en aranceles
específicos o ad valoren, permisos previos o cupos, o alguna combinación de los
anteriores.
Concepto de rama de producción nacional
Para la determinación de la existencia de daño grave o amenaza de daño grave se
entenderá por rama de producción nacional el conjunto de productores nacionales
de las mercancías idénticas o similares o directamente competidoras o aquellos
cuya producción conjunta constituya una proporción importante de la producción
nacional total de dichas mercancías.
Las regulaciones no arancelarias se refieren a las medidas establecidas por los
gobiernos para controlar el flujo de mercancías entre los países y se dividen en
dos clases:
 Regulaciones no arancelarias cuantitativas: Se aplican a cantidades de
productos que se permiten importar a un país, o a establecer contribuciones
cuantificables a los que se sujetan esas mercancías distintas del arancel
(Permisos de exportación e importación, cupos, medidas contra prácticas
desleales de comercio internacional: discriminación de precios y
subvención).
 Regulaciones no arancelarias cualitativas: Se aplican al producto en sí
mismo y/o sus accesorios (envase, embalaje, entre otros), sin importar la
cantidad; se aplican a todos los productos que se deseen introducir a un
país y no solo a una cierta cantidad de ellos (Regulaciones de etiquetado,
regulaciones de envase y embalaje, marcado de país de origen,
regulaciones sanitarias).
26
-2.5 Modalidades y funcionamiento de las barreras
comerciales no arancelarias.
¿Qué es una Barrera No Arancelaria?
Una Berrera No Arancelaria se entiende como toda medida no arancelaria, que
tiene un impacto proteccionista, y por ello evita el ingreso o restringe el ingreso de
un producto o la prestación de un servicio a un determinado mercado.
Es de suma importancia saber que las únicas importaciones de un determinado
bien que se pueden impedir son las que estén a la par con las medidas en el
Articulo XX del acuerdo General sobre Aranceles y Comercio, que hoy conocemos
como la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Barreras No Arancelarias más comunes
Licencias de Importación, Normas de Origen, Normas Técnicas, Normas
Sanitarias, Fitosanitarias y Zoosanitarias, Restricciones cuantitativas a las
importaciones, son algunos de los típicos ejemplos de este tipo de restricciones a
las importaciones.
Licencias de Importación
Es una autorización de condiciones previas para importar determinado producto.
Se utiliza para limitar y restringir el movimiento de la cantidad de importaciones.
Mediante la Organización Mundial del Comercio (OMC) se logró establecer el
“Acuerdo sobre Procedimiento para el Trámite de Licencias de Importación” donde
se impone la transparencia y sencillez de estos trámites.
Normas de Origen
Son aquellas reglamentaciones que establecen los criterios para la determinación
del origen de una mercancía.
Un ejemplo obvio es el certificado de origen. El formulario de certificado de origen
es emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Distribución a través
de instituciones financieras. Para que un producto goce de las preferencias
27
arancelarias otorgadas en el acuerdo internacional, debe cumplir con las
condiciones del país de origen. Salvo los productos que se produzcan
íntegramente en el territorio de la Parte Contratante, se considerarán como lugar
de origen aquellos productos cuya producción cumpla alguna de las siguientes
condiciones:
Los materiales no originarios utilizados en el proceso de fabricación determinan la
desviación en el sistema unificado - el producto se ajusta al porcentaje de
contenido regional acordado en el acuerdo comercial, por ejemplo: · 51% del nivel
CAN · 35% del nivel APTDEA
¿Que son las Normas Técnicas?
Son regulaciones gubernamentales que protegen principalmente el medio
ambiente y los derechos de los consumidores. El propósito de esto es evitar los
peligros que amenazan la zona, la flora, la fauna y los seres humanos. A través de
estos estándares, es posible determinar las características de los productos a
importar.
¿Que son las “Restricciones cuantitativas a las importaciones”?
Es el porcentaje de la cuota para un producto específico que se puede importar
durante un período de tiempo. En la mayoría de los casos, su porcentaje se
obtiene en volumen o incluso en su valor. En este grupo destacamos:
 Cuotas: Topes que tienen las importaciones durante un tiempo.
 Prohibiciones: Se basan sobre ciertas condiciones para poder hacer
excepciones a discreción de la autoridad competente.
 Autorizaciones discrecionales y condiciones de importación: Las
autorizaciones discrecionales dependen de las autoridades competentes y
las condicionales de importación se hacen bajo condiciones y compromisos
por parte del importador.
Finalmente, y lo más importante, antes de dedicarse al comercio exterior, se debe
brindar a los empresarios un asesoramiento suficiente en cuestiones aduaneras y
comerciales, ya que esta es la única forma de aprovechar al máximo los riesgos
que plantean las restricciones impuestas por diferentes países.
28
Tipos de barreras no arancelarias
1. Requisitos de contenido nacional
Es un reglamento que exige que cierta parte de un producto final se fabrique
dentro del país. En algunos casos este porcentaje se expresa en unidades
físicas, en otros en términos de valor agregado. Los países en vías de
desarrollo han utilizado ampliamente este tipo de barreras no arancelarias.
2. Compras gubernamentales
Los gobiernos son los mayores compradores de bienes y servicios. Por esta
razón, la mayoría de los países tienen regulaciones que requieren que las
compras gubernamentales den preferencia a los productos nacionales.
3. Normativas de requisitos técnicos o sanitarios
Se trata de disposiciones cuya finalidad declarada es garantizar la calidad de
los productos. La introducción de un reglamento para lograr este objetivo no
tiene por qué discriminar a las importaciones. Sin embargo, uno de los
objetivos de los gobiernos al desarrollar estas regulaciones puede ser proteger
los productos nacionales. Siempre puede escribir los estándares que sean más
fáciles de cumplir para los productos nacionales que para los productos
importados.
4. Barreras administrativas
Las reglas puramente burocráticas pueden convertirse en un importante
obstáculo no arancelario. Es común que un gobierno quiera restringir las
importaciones para complicar los procedimientos de saneamiento, seguridad y
aduanas y crear barreras importantes al comercio.
5. Cuotas de importación
Las cuotas de importación se establecen para limitar la cantidad que se puede
importar un producto durante un cierto período.
El objetivo de las cuotas es limitar el suministro de determinados productos, lo
que generalmente aumenta sus precios y permite a las empresas locales
abastecer la demanda no satisfecha.
29
Como se mencionó anteriormente, la variedad de barreras no arancelarias al
comercio es amplia y todas ellas reducen las importaciones y actúan para lograr
uno o más de los siguientes objetivos:
 Limitar la cantidad de importaciones.
 Incrementar los costes de adquisición de las importaciones en el mercado
nacional.
 Crear incertidumbre sobre las condiciones bajo las cuales se permitirá
importar.
En resumen, cuando una empresa tiene la intención de abrir nuevos mercados,
debe tener una buena comprensión y entender de los tipos de obstáculos que
encontrará al lanzar un producto.
Impacto de las barreras no arancelarias
Hoy, el impacto de las barreras no arancelarias es particularmente importante. En
los últimos años, los aranceles de importación han caído a niveles históricos en
todo el mundo. Esto se debe al aumento de los acuerdos comerciales bilaterales y
multilaterales.
Sin embargo, los gobiernos aún pueden adoptar medidas no arancelarias, con o
sin fundamentos suficientes, afectando el intercambio comercial.
Un punto importante a considerar es que el impacto de las medidas no
arancelarias no se puede medir fácilmente. Por otro lado, es fácil calcular cuánto
aumenta el precio de un producto extranjero cuando aumenta el impuesto a la
importación. Por ejemplo, si la tarifa de un artículo aumenta en un 4%, el costo
aumenta en el mismo porcentaje.
En resumen, se puede decir que las medidas no arancelarias son útiles para
garantizar la calidad de un producto y fomentar la confianza del consumidor. Sin
embargo, también pueden servir como un arma para los gobiernos que quieren
favorecer solo a un grupo de empresarios locales a expensas de frenar la libre
competencia.
Anexos
27
28
Imagen 1 Mapa conceptual Derecho Fiscal 1.1
Imagen 2 mapa conceptual Derecho Financiero 1.1
29
Funciones del servicio aduanero 1.2
Agente Aduanal 1.3
30
Conclusión
Un agente aduanal es el mejor aliado para todas las empresas que requieren vender
o comprar productos fuera del país de origen.
El envío de carga es una industria muy compleja y, a veces, costosa, por ello es
bueno tener quién guíe a las empresas en todo proceso incluyendo las
importaciones y exportaciones. De hecho las terminales/recintos fiscalizados
implementan sus propios costos en relación con las actividades de los contenedores
en sus instalaciones, por ejemplo, si el contenedor permanece en el sitio más tiempo
del permitido, si debe cerrarse prematuramente o si debe moverse dentro de los
terrenos.
Todo esto puede ser costoso, confuso y lento, y de igual manera puede ser difícil
comprender todos los requisitos y por ello tener una agencia de servicios integrales
para el comercio exterior, y un agente aduanal asignado, puede facilitarle a las
empresas muchos procesos, hacer más eficientes los tiempos y reducir costos
también.
Los agentes aduanales ayudan a sus clientes a hacer el enlace entre los que envían
el producto y agencias gubernamentales. Se asegurarán de que los envíos cumplan
con todos los requisitos legales, organicen y presenten la documentación necesaria,
y revisen las listas de empaque y las facturas comerciales para verificar que los
impuestos y aranceles se hayan calculado y pagado correctamente. También se
asegurarán de que los productos se clasifiquen correctamente con el código
armonizado apropiado, permitiendo que sus clientes paguen los impuestos y
aranceles más bajos posibles.
31
Aplicaciones
32
Fuentes de Consulta
33
Cuadro de Participación
Integrantes Cumplió Porcentaje
Aviña López Edgar Octavio
SI
Ӿ
NO
16.66
Cadena Palacios Luis Felipe
SI
Ӿ
NO
16.66
Castro Velázquez Juan Carlos
SI
Ӿ
NO
16.66
Cisneros Flores Ramsés
SI
Ӿ
NO
16.66
Ramírez Pacheco Alfredo
SI
Ӿ
NO
16.66
Trejo Díaz Kevin Arturo
SI
Ӿ
NO
16.66

Más contenido relacionado

Similar a Barreras no arancelarias y gravámenes aduaneros en México

Ensayo3 Legislación Aduanera.pdf
Ensayo3  Legislación Aduanera.pdfEnsayo3  Legislación Aduanera.pdf
Ensayo3 Legislación Aduanera.pdfRamses CF
 
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.pdf
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.pdfLas Barreras Arancelarias y no Arancelarias.pdf
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.pdfPEDROLUISYMANANAZCO
 
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.docx
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.docxLas Barreras Arancelarias y no Arancelarias.docx
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.docxPEDROLUISYMANANAZCO
 
fuentes Juridicas del comercio exterior de Mexico. (3).pdf
fuentes Juridicas del comercio exterior de Mexico. (3).pdffuentes Juridicas del comercio exterior de Mexico. (3).pdf
fuentes Juridicas del comercio exterior de Mexico. (3).pdfKurtArroyo
 
Guia aduanas
Guia aduanasGuia aduanas
Guia aduanasaguavenca
 
Aspectos tributarios-y-aduaneros-del-derecho-administrativo
Aspectos tributarios-y-aduaneros-del-derecho-administrativoAspectos tributarios-y-aduaneros-del-derecho-administrativo
Aspectos tributarios-y-aduaneros-del-derecho-administrativoZulema Berenise Luyo Huari
 
Actividad 8
Actividad 8Actividad 8
Actividad 8GUILA62
 
Logística internacional y legislación aduana
Logística internacional y legislación aduanaLogística internacional y legislación aduana
Logística internacional y legislación aduanaluisColon57
 
Organigrama sistema aduanero
Organigrama sistema aduaneroOrganigrama sistema aduanero
Organigrama sistema aduaneroRicardo Juarez
 
Consulta sobre el arancel de aduanas
Consulta sobre el arancel de aduanasConsulta sobre el arancel de aduanas
Consulta sobre el arancel de aduanaspacho1234
 
Promoción al exportador. drawback. saldo a favor
Promoción al exportador. drawback. saldo a favorPromoción al exportador. drawback. saldo a favor
Promoción al exportador. drawback. saldo a favorBeltran Valencia
 
LEGISLACION ADUANERA EN EL PERU PPT (1).pptx
LEGISLACION ADUANERA EN EL PERU PPT (1).pptxLEGISLACION ADUANERA EN EL PERU PPT (1).pptx
LEGISLACION ADUANERA EN EL PERU PPT (1).pptxGersonRubenChaupisJu
 
Diplomado en Comercio Exterior y Aduanas
Diplomado en Comercio Exterior y AduanasDiplomado en Comercio Exterior y Aduanas
Diplomado en Comercio Exterior y AduanasFirst Consulting Group
 

Similar a Barreras no arancelarias y gravámenes aduaneros en México (20)

Como exportar e importar
Como exportar e importarComo exportar e importar
Como exportar e importar
 
Ensayo3 Legislación Aduanera.pdf
Ensayo3  Legislación Aduanera.pdfEnsayo3  Legislación Aduanera.pdf
Ensayo3 Legislación Aduanera.pdf
 
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.pdf
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.pdfLas Barreras Arancelarias y no Arancelarias.pdf
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.pdf
 
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.docx
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.docxLas Barreras Arancelarias y no Arancelarias.docx
Las Barreras Arancelarias y no Arancelarias.docx
 
fuentes Juridicas del comercio exterior de Mexico. (3).pdf
fuentes Juridicas del comercio exterior de Mexico. (3).pdffuentes Juridicas del comercio exterior de Mexico. (3).pdf
fuentes Juridicas del comercio exterior de Mexico. (3).pdf
 
Guia aduanas
Guia aduanasGuia aduanas
Guia aduanas
 
Aspectos tributarios-y-aduaneros-del-derecho-administrativo
Aspectos tributarios-y-aduaneros-del-derecho-administrativoAspectos tributarios-y-aduaneros-del-derecho-administrativo
Aspectos tributarios-y-aduaneros-del-derecho-administrativo
 
Trabajo derecho fiscal dga
Trabajo derecho fiscal dgaTrabajo derecho fiscal dga
Trabajo derecho fiscal dga
 
Presentación1 REGIMEN.pptx
Presentación1 REGIMEN.pptxPresentación1 REGIMEN.pptx
Presentación1 REGIMEN.pptx
 
Actividad 8
Actividad 8Actividad 8
Actividad 8
 
Ensayo de Derecho Aduanero - DHTIC
Ensayo de Derecho Aduanero - DHTICEnsayo de Derecho Aduanero - DHTIC
Ensayo de Derecho Aduanero - DHTIC
 
Logística internacional y legislación aduana
Logística internacional y legislación aduanaLogística internacional y legislación aduana
Logística internacional y legislación aduana
 
Estructura de la tigie
Estructura de la tigieEstructura de la tigie
Estructura de la tigie
 
Organigrama sistema aduanero
Organigrama sistema aduaneroOrganigrama sistema aduanero
Organigrama sistema aduanero
 
Consulta sobre el arancel de aduanas
Consulta sobre el arancel de aduanasConsulta sobre el arancel de aduanas
Consulta sobre el arancel de aduanas
 
Promoción al exportador. drawback. saldo a favor
Promoción al exportador. drawback. saldo a favorPromoción al exportador. drawback. saldo a favor
Promoción al exportador. drawback. saldo a favor
 
LEGISLACION ADUANERA EN EL PERU PPT (1).pptx
LEGISLACION ADUANERA EN EL PERU PPT (1).pptxLEGISLACION ADUANERA EN EL PERU PPT (1).pptx
LEGISLACION ADUANERA EN EL PERU PPT (1).pptx
 
Diplomado en Comercio Exterior y Aduanas
Diplomado en Comercio Exterior y AduanasDiplomado en Comercio Exterior y Aduanas
Diplomado en Comercio Exterior y Aduanas
 
Conceptos Basicos Comercio Exterior
Conceptos Basicos Comercio ExteriorConceptos Basicos Comercio Exterior
Conceptos Basicos Comercio Exterior
 
Derecho tributario aduana (1)
Derecho tributario aduana (1)Derecho tributario aduana (1)
Derecho tributario aduana (1)
 

Más de Ramses CF

Avance de proyecto
Avance de proyectoAvance de proyecto
Avance de proyectoRamses CF
 
Actividad 1.3 Tasa de crecimiento anual compuesta y divisas
Actividad 1.3 Tasa de crecimiento anual compuesta y divisasActividad 1.3 Tasa de crecimiento anual compuesta y divisas
Actividad 1.3 Tasa de crecimiento anual compuesta y divisasRamses CF
 
investigación Conceptos de distribución.pdf
investigación Conceptos de distribución.pdfinvestigación Conceptos de distribución.pdf
investigación Conceptos de distribución.pdfRamses CF
 
Diagrama sinóptico ACT: 14 Descripción: Realiza un diagrama sinóptico de los ...
Diagrama sinóptico ACT: 14 Descripción: Realiza un diagrama sinóptico de los ...Diagrama sinóptico ACT: 14 Descripción: Realiza un diagrama sinóptico de los ...
Diagrama sinóptico ACT: 14 Descripción: Realiza un diagrama sinóptico de los ...Ramses CF
 
Actividad 3.1 VAE, VAN e ief.docx
Actividad 3.1 VAE, VAN e ief.docxActividad 3.1 VAE, VAN e ief.docx
Actividad 3.1 VAE, VAN e ief.docxRamses CF
 
INNOVACION SC LIMITS BAHIAS . ASPECTOS JURIDICOS SC LIMITS EFICIENTA TU DES...
INNOVACION SC LIMITS BAHIAS . ASPECTOS JURIDICOS   SC LIMITS EFICIENTA TU DES...INNOVACION SC LIMITS BAHIAS . ASPECTOS JURIDICOS   SC LIMITS EFICIENTA TU DES...
INNOVACION SC LIMITS BAHIAS . ASPECTOS JURIDICOS SC LIMITS EFICIENTA TU DES...Ramses CF
 
innovacion unidad 3 Protección de la Innovación
innovacion unidad 3 Protección de la Innovacióninnovacion unidad 3 Protección de la Innovación
innovacion unidad 3 Protección de la InnovaciónRamses CF
 
GURUS DE CALIDAD.pdf
GURUS DE CALIDAD.pdfGURUS DE CALIDAD.pdf
GURUS DE CALIDAD.pdfRamses CF
 
Admon de la Calidad en el transpo unidad 2.docx
Admon de la Calidad en el transpo unidad 2.docxAdmon de la Calidad en el transpo unidad 2.docx
Admon de la Calidad en el transpo unidad 2.docxRamses CF
 
CuadroComparativo Herramientas básicas de la Calidad Cuadro comparativo” Cult...
CuadroComparativo Herramientas básicas de la Calidad Cuadro comparativo” Cult...CuadroComparativo Herramientas básicas de la Calidad Cuadro comparativo” Cult...
CuadroComparativo Herramientas básicas de la Calidad Cuadro comparativo” Cult...Ramses CF
 
trabajo taller de investigacionPropuesta de capacitación mediante cursos al p...
trabajo taller de investigacionPropuesta de capacitación mediante cursos al p...trabajo taller de investigacionPropuesta de capacitación mediante cursos al p...
trabajo taller de investigacionPropuesta de capacitación mediante cursos al p...Ramses CF
 
El-impacto-de-la-integridad-académica-en-la-educación ensayo
El-impacto-de-la-integridad-académica-en-la-educación  ensayoEl-impacto-de-la-integridad-académica-en-la-educación  ensayo
El-impacto-de-la-integridad-académica-en-la-educación ensayoRamses CF
 
Ensayo3 Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (informaci...
Ensayo3  Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (informaci...Ensayo3  Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (informaci...
Ensayo3 Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (informaci...Ramses CF
 
Inventarios trabajo de investigacion.docx
Inventarios trabajo de investigacion.docxInventarios trabajo de investigacion.docx
Inventarios trabajo de investigacion.docxRamses CF
 
Normatividad Ecológica en el Tránsito y Tráfico de Mercancías
Normatividad Ecológica en el Tránsito y Tráfico de MercancíasNormatividad Ecológica en el Tránsito y Tráfico de Mercancías
Normatividad Ecológica en el Tránsito y Tráfico de MercancíasRamses CF
 
INNOVACION EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
INNOVACION EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITSINNOVACION EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
INNOVACION EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITSRamses CF
 
EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITSEFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITSRamses CF
 
Tercera etapa del proyecto Cultivo y Venta de hortalizas orgánicas (lechuga) ...
Tercera etapa del proyecto Cultivo y Venta de hortalizas orgánicas (lechuga) ...Tercera etapa del proyecto Cultivo y Venta de hortalizas orgánicas (lechuga) ...
Tercera etapa del proyecto Cultivo y Venta de hortalizas orgánicas (lechuga) ...Ramses CF
 
Procesos de Fabricación y Manejo de Materiales
Procesos de Fabricación y Manejo de MaterialesProcesos de Fabricación y Manejo de Materiales
Procesos de Fabricación y Manejo de MaterialesRamses CF
 
Gestión de Proyectos
Gestión de ProyectosGestión de Proyectos
Gestión de ProyectosRamses CF
 

Más de Ramses CF (20)

Avance de proyecto
Avance de proyectoAvance de proyecto
Avance de proyecto
 
Actividad 1.3 Tasa de crecimiento anual compuesta y divisas
Actividad 1.3 Tasa de crecimiento anual compuesta y divisasActividad 1.3 Tasa de crecimiento anual compuesta y divisas
Actividad 1.3 Tasa de crecimiento anual compuesta y divisas
 
investigación Conceptos de distribución.pdf
investigación Conceptos de distribución.pdfinvestigación Conceptos de distribución.pdf
investigación Conceptos de distribución.pdf
 
Diagrama sinóptico ACT: 14 Descripción: Realiza un diagrama sinóptico de los ...
Diagrama sinóptico ACT: 14 Descripción: Realiza un diagrama sinóptico de los ...Diagrama sinóptico ACT: 14 Descripción: Realiza un diagrama sinóptico de los ...
Diagrama sinóptico ACT: 14 Descripción: Realiza un diagrama sinóptico de los ...
 
Actividad 3.1 VAE, VAN e ief.docx
Actividad 3.1 VAE, VAN e ief.docxActividad 3.1 VAE, VAN e ief.docx
Actividad 3.1 VAE, VAN e ief.docx
 
INNOVACION SC LIMITS BAHIAS . ASPECTOS JURIDICOS SC LIMITS EFICIENTA TU DES...
INNOVACION SC LIMITS BAHIAS . ASPECTOS JURIDICOS   SC LIMITS EFICIENTA TU DES...INNOVACION SC LIMITS BAHIAS . ASPECTOS JURIDICOS   SC LIMITS EFICIENTA TU DES...
INNOVACION SC LIMITS BAHIAS . ASPECTOS JURIDICOS SC LIMITS EFICIENTA TU DES...
 
innovacion unidad 3 Protección de la Innovación
innovacion unidad 3 Protección de la Innovacióninnovacion unidad 3 Protección de la Innovación
innovacion unidad 3 Protección de la Innovación
 
GURUS DE CALIDAD.pdf
GURUS DE CALIDAD.pdfGURUS DE CALIDAD.pdf
GURUS DE CALIDAD.pdf
 
Admon de la Calidad en el transpo unidad 2.docx
Admon de la Calidad en el transpo unidad 2.docxAdmon de la Calidad en el transpo unidad 2.docx
Admon de la Calidad en el transpo unidad 2.docx
 
CuadroComparativo Herramientas básicas de la Calidad Cuadro comparativo” Cult...
CuadroComparativo Herramientas básicas de la Calidad Cuadro comparativo” Cult...CuadroComparativo Herramientas básicas de la Calidad Cuadro comparativo” Cult...
CuadroComparativo Herramientas básicas de la Calidad Cuadro comparativo” Cult...
 
trabajo taller de investigacionPropuesta de capacitación mediante cursos al p...
trabajo taller de investigacionPropuesta de capacitación mediante cursos al p...trabajo taller de investigacionPropuesta de capacitación mediante cursos al p...
trabajo taller de investigacionPropuesta de capacitación mediante cursos al p...
 
El-impacto-de-la-integridad-académica-en-la-educación ensayo
El-impacto-de-la-integridad-académica-en-la-educación  ensayoEl-impacto-de-la-integridad-académica-en-la-educación  ensayo
El-impacto-de-la-integridad-académica-en-la-educación ensayo
 
Ensayo3 Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (informaci...
Ensayo3  Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (informaci...Ensayo3  Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (informaci...
Ensayo3 Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (informaci...
 
Inventarios trabajo de investigacion.docx
Inventarios trabajo de investigacion.docxInventarios trabajo de investigacion.docx
Inventarios trabajo de investigacion.docx
 
Normatividad Ecológica en el Tránsito y Tráfico de Mercancías
Normatividad Ecológica en el Tránsito y Tráfico de MercancíasNormatividad Ecológica en el Tránsito y Tráfico de Mercancías
Normatividad Ecológica en el Tránsito y Tráfico de Mercancías
 
INNOVACION EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
INNOVACION EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITSINNOVACION EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
INNOVACION EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
 
EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITSEFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
EFICIENTA TU DESCARGA CON SC LIMITS
 
Tercera etapa del proyecto Cultivo y Venta de hortalizas orgánicas (lechuga) ...
Tercera etapa del proyecto Cultivo y Venta de hortalizas orgánicas (lechuga) ...Tercera etapa del proyecto Cultivo y Venta de hortalizas orgánicas (lechuga) ...
Tercera etapa del proyecto Cultivo y Venta de hortalizas orgánicas (lechuga) ...
 
Procesos de Fabricación y Manejo de Materiales
Procesos de Fabricación y Manejo de MaterialesProcesos de Fabricación y Manejo de Materiales
Procesos de Fabricación y Manejo de Materiales
 
Gestión de Proyectos
Gestión de ProyectosGestión de Proyectos
Gestión de Proyectos
 

Último

EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxPryhaSalam
 
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdfResolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxinformacionasapespu
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxzulyvero07
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 

Último (20)

Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
 
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdfResolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 

Barreras no arancelarias y gravámenes aduaneros en México

  • 1. 1 HOJA DE COTEJO DE ENSAYO CONTENIDO SI NO 1. LISTA DE COTEJO 2. CARATULA (Logo del Tec. y/o escuela, materia, nombre del tema, profesor, alumno (s) y fecha) 3. INDICE (No. Del tema, nombre del tema y no. de página) 4. OBJETIVOS GENERALES 5. OBJETIVOS ESPECIFICOS 6. INTRODUCCION (Desarrollo personal) 7. DESARROLLO/CONTENIDOS 1.2 2.1 Ley de impuestos generales de importación y exportación (LIGIE) (conocimientos básico) 1.3 2.2 Contribuciones, Aranceles, Cuotas compensatorias y las Regulaciones y Restricciones no arancelarias al Comercio Exterior. (Ley Aduanera). 1.4 2.3 Estímulos fiscales (Exención en el pago del Derecho de Trámite Aduanero (DTA) , compensaciones) 1.5 2.4 Tipos, modalidades y funcionamiento de aranceles. 1.6 2.5 Modalidades y funcionamiento de lasbarreras comerciales no arancelarias. 8. ANEXOS (Cuadros, Mapas mentales y conceptuales, formatos, etc.) 9. CONCLUSIONES (Comentarios, apreciaciones, observaciones y aportaciones personales) 10.APLICACIONES (Aportes que justifiquen los contenidos, que uso se le da a la investigación realizada) 11.FUENTES DE CONSULTA (Bibliografía, páginas web, revistas, etc.) 12. CUADRO DE PARTICIPACION (Nombres de los participantes, nombre del tema, cumplió: Si – No, firma) OBSERVACIONES: EVALUADOR: CALIFICACION:
  • 2. 2 Instituto Tecnológico de Tláhuac II Ingeniería en Logística 2. “Barreras no arancelarias y los gravámenes en materia aduanera y su fundamentación Jurídica” Legislación Aduanera Profesor: Alejandro Nájera Escandón Integrantes:  Aviña López Edgar Octavio  Cadena Palacios Luis Felipe  Castro Velázquez Carlos  Cisneros Flores Ramses  Ramírez Pacheco Alfredo  Trejo Diaz Kevin Arturo
  • 4. 4 Contenido Objetivos ..................................................................................................................................5 General: ................................................................................................................................5 Especifico:.............................................................................................................................5 Introducción..............................................................................................................................6 -2.1 Ley de impuestos generales de importación y exportación (LIGIE) (conocimientos básicos).................................................................................................................................7 -2.2 Contribuciones, Aranceles, Cuotas compensatorias y las Regulaciones y Restricciones no arancelarias al Comercio Exterior. (Ley Aduanera)..........................................................9 -2.3 Estímulos fiscales (Exención en el pago del Derecho de Trámite Aduanero (DTA), compensaciones)................................................................................................................18 -2.4 Tipos, modalidades y funcionamiento de aranceles ....................................................21 Clasificación arancelaria de la mercancía...........................................................................22 -2.5 Modalidades y funcionamiento de las barreras comerciales no arancelarias. .............26 Anexos ...................................................................................................................................30 Imagen 1 Mapa conceptual Derecho Fiscal 1.1..................................................................................................28 Imagen 2 mapa conceptual Derecho Financiero 1.1...........................................................................................28 Conclusión..............................................................................................................................30 Aplicaciones ...........................................................................................................................31 Fuentes de Consulta ..............................................................................................................32 Cuadro de Participación .........................................................................................................33
  • 5. 5 Objetivos General: Explica, desde el punto de vista legal, el marco legal y los requisitos operativos y administrativos que requiera una mercancía durante su despacho de importación o exportación. Así como aplicar en base a la legislación adecuada las herramientas necesarias para prevenir, detectar o corregir errores que se generen durante el despacho. Toma decisiones, con base en los elementos teóricos adquiridos, que permitan la realización de despachos de mercancía apegados a la legislación aduanera. Especifico: Identifica el tipo de derecho que se aplica en la legislación aduanera. Comprende la importancia del cumplimiento de la legislación aduanera en el despacho de mercancías. Identifica las obligaciones y funciones de los sujetos activo y pasivo en la relación jurídica tributaria en materia Aduanera.
  • 6. 6 Introducción En la siguiente investigación hemos intentado inscribir la legislación aduanera en el contexto del derecho tributario, dando por sentada la existencia del derecho tributario aduanero. Hemos afirmado que el derecho tributario es el conjunto de normas que regulan los derechos y obligaciones entre el Estado, en su calidad de acreedor de los tributos, y las personas a quienes la ley responsabiliza de pago. En el derecho tributario aduanero, los sujetos de la relación se pueden identificar como activos y pasivos. El Estado es el único sujeto activo, mientras que el sujeto pasivo puede ser cualquier persona física, jurídica, privada o pública, que introduzca mercancías al territorio nacional o las extraiga del mismo, en su calidad de “propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualquier persona que tenga intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancías o en los hechos o actos mencionados en el párrafo anterior” (artículo 1, párrafo segundo de la Ley Aduanera).
  • 7. 7 DESAROLLO -2.1 Ley de impuestos generales de importación y exportación (LIGIE) (conocimientos básicos). Busca establecer las tasas de los aranceles a la importación y a la exportación de mercancías en el país y crear una base de clasificación de las mismas. La ley aprobada forma parte del paquete de iniciativas para lograr la armonización al marco jurídico ante la entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el próximo 1° de julio. El documento asegura que la Ley propuesta, es el instrumento más importante de comercio exterior en el país cumpliendo con dos objetivos simultáneamente: establecer las tasas de los aranceles a la importación y a la exportación de mercancías en nuestro país; y crear una base de clasificación de las mismas para la generación de estadística de comercio exterior. La propuesta busca incorporar un esquema que, respetando cabalmente las atribuciones del Congreso de la Unión y del Titular del Ejecutivo Federal en materia de aumento, disminución y supresión de aranceles, faculte a la Secretaría de Economía para publicar los números de las fracciones arancelarias, es decir, el impuesto que debe pagar un producto al ingresar al extranjero, con el objetivo de permitir una identificación más precisa de las mercancías. Adicionalmente, plantea reformar y adiciona diversos artículos de la Ley Aduanera con el objeto de adicionar números de identificación a las mercancías contenidas en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. De igual forma, pide establecer expresamente los números de identificación, esto con la finalidad de que al estar las mercancías identificadas con mayor detalle de
  • 8. 8 acuerdo con la codificación que le corresponda, permita a esos sujetos y a la propia autoridad aduanera, realizar el seguimiento de su cumplimiento. El dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Segunda, también pretende actualizar y modernizar la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, para adecuarla a los flujos actuales de comercio internacional. Con esto, se pretende instrumentar la “Sexta Recomendación de Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”, aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanero de la Organización Mundial de Aduanas en el 2014. Dicha recomendación contempla modificaciones para la ampliación de la cobertura en la clasificación de productos pesqueros, productos y equipos de detección antimalárica, productos cerámicos y avances tecnológicos como la inclusión de lámparas de diodos emisoras de luz LED, entre otros. Además, en productos de silvicultura, apunta a mejorar la clasificación para especies de madera con el fin de tener un mejor panorama del patrón comercial; en materia de químicos, se generan nuevas subpartidas específicas para productos como plaguicidas y sustancias peligrosas, y el control de otras que son utilizados como precursores. ¿Qué son la LIGIE y la TIGIE y para qué sirven? LIGIE: Son las siglas de la Ley de los Impuestos Generales de importación y Exportación y sirve para clasificar las mercancías estableciendo una nomenclatura aceptable internacionalmente para propósitos aduaneros, estadísticos y de transporte, además de regular la entrada al y salida del país (México) y los medios en los que se transportan.
  • 9. 9 TIGIE: Son las siglas de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y clasifica las mercancías estableciendo un código de identificación universal, que a su vez define los aranceles que se deben pagar según se vayan a importar o exportar. ¿Qué es el Decreto General? De acuerdo con el Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), el Decreto General (DG) armoniza la TIGIE publicada el 01 de julio de 2020 con los diversos Decretos de modificación a la TIGIE, publicados durante 2019 y 2020, con el objetivo de mantener las medidas establecidas a través de dichas publicaciones, sin modificar o establecer nuevos aranceles. -2.2 Contribuciones, Aranceles, Cuotas compensatorias y las Regulaciones y Restricciones no arancelarias al Comercio Exterior. (Ley Aduanera) Contribuciones Las contribuciones que pueden causarse con motivo de la importación son las siguientes: el Impuesto General de Importación (arancel), Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), Derecho de Trámite Aduanero (DTA) y Derecho de Almacenaje. Impuesto General de Importación (IGI). El Impuesto General de Importación puede ser: Ad valorem: cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía. Específicos: cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida. Mixtos: cuando se trate de una combinación de los dos anteriores. El cual corresponderá de conformidad con la fracción arancelaria en la que se
  • 10. 10 clasifique la mercancía importada, conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, o la Tabla de Desgravación de México prevista en algún tratado de libre comercio, al valor en aduanas de la mercancía importada en los términos establecidos en los artículos 64 a 78 de la Ley Aduanera. Estos aranceles pueden adoptar las siguientes modalidades: Arancel-cupo, cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa diferente a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan dicho monto. Arancel estacional, cuando establezcan niveles arancelarios distintos para diferentes períodos del año. Las demás que el Ejecutivo federal llegue a señalar. Fundamento legal: Artículo 13 de la Ley de Comercio Exterior. Impuesto al Valor Agregado (IVA). Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, importen bienes o servicios. El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala la Ley del IVA, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores. Para calcular el impuesto al valor agregado tratándose de importación de bienes tangibles, se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y del monto de las demás contribuciones y aprovechamientos que se tengan que pagar con motivo de la importación. Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN). Están obligados al pago del impuesto sobre automóviles nuevos, las personas físicas y las morales que importen en definitiva al país automóviles, siempre que se trate de personas distintas al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos.
  • 11. 11 Los automóviles importados por los que se cause el impuesto establecido en la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, son los que corresponden al año modelo posterior al de aplicación de la Ley, al año modelo en que se efectúe la importación, o a los 10 años modelo inmediato anteriores. El impuesto para automóviles nuevos se calculará aplicando la tarifa o tasa establecida en el artículo 3o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, según corresponda, al precio de enajenación del automóvil al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidores autorizados o comerciantes en el ramo de vehículos, incluyendo el equipo opcional, común o de lujo, sin disminuir el monto de descuentos, rebajas o bonificaciones. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) El IEPS se causa con motivo de la importación de ciertos bienes y se determina aplicando la siguiente tasa: A) Bebidas con contenido alcohólico y cerveza: 1. Con una graduación alcohólica de hasta 14° G.L. 26.5% 2. Con una graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20°G.L. 30% 3. Con una graduación alcohólica de más de 20°G.L 53% B) Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables. 50% C) Tabacos labrados: 1. Cigarros. 160% 2. Puros y otros tabacos labrados. 160% 3. Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano. 30.4% Adicionalmente a las tasas establecidas en este numeral, se pagará una cuota de $0.35 por cigarro enajenado o importado. Para los efectos de la Ley del IEPS se considera que el peso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, incluyendo el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco. Adicionalmente a las tasas establecidas en este numeral, se pagará una cuota de
  • 12. 12 $0.35 por cigarro enajenado o importado. Para los efectos de la Ley del IEPS se considera que el peso de un cigarro equivale a 0.75 gramos de tabaco, incluyendo el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco. Tratándose de los tabacos labrados no considerados en el párrafo anterior, con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, se aplicará la cuota mencionada en dicho párrafo al resultado de dividir el peso total de los tabacos labrados enajenados o importados, entre 0.75. Para tal efecto se deberá incluir el peso de otras sustancias con que esté mezclado el tabaco. No se deberá considerar el filtro ni el papel o cualquier otra sustancia que no contenga tabaco, con el que estén envueltos los referidos tabacos labrados. Derecho de Trámite Aduanero (DTA) El DTA se causa con motivo de las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos de la Ley Aduanera. Para conocer el monto, consulte la Ley Federal de Derechos, ya que las cantidades se actualizan semestralmente. Derecho de Almacenaje Se pagarán derechos por el almacenaje de mercancías en depósito ante la aduana en recintos fiscales, después de vencidos los plazos que se establecen en el artículo 41 de la Ley Federal de Derechos. Las cuotas diarias de los derechos por el almacenaje, en recintos fiscales, de mercancías en depósito ante la aduana, son las establecidas en el artículo 42 de la Ley Federal de Derechos. Aranceles; Los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, como se refiere en el Artículo 12 de la Ley de Comercio Exterior (LCE) 1. Es decir, el arancel es el tributo que es aplicado sobre los bienes que son objeto de importación o exportación. En este texto se desarrolla qué es un arancel aduanero y su importancia en el comercio internacional, los tipos de aranceles, efectos y ejemplos de aranceles, evolución
  • 13. 13 de los aranceles, utilidad de los aranceles, el esfuerzo institucional por reducirlos en búsqueda de beneficios sociales y económicos. Evolución de los Aranceles Analizando los resultados y actividades del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés General Agreement on Tariffs and Trade) tenemos que, terminada la Segunda Guerra Mundial, ciertos países en el mundo se dieron a la tarea de organizar y administrar el libre comercio. El objetivo que perseguían era distribuir la riqueza de una mejor manera y solucionar problemas sociales y económicos, que dejó, entre otros factores, la citada Guerra. En 1947 se suscribió el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y desde ese lapso hasta la conformación de la OMC, se trabajaron en diversos elementos como liberalizar el comercio, disminuir la discriminación comercial y en el tema de los aranceles (en la actualidad el arancel ponderado en el mundo es cerca del 1%). A pesar de ello, la facilitación del comercio, y la reducción de los costos de las operaciones comerciales también involucra esfuerzos en tramitología y logística. En ese sentido es oportuno mencionar que el 6 de diciembre del 2013, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, y en febrero de 2017 fue ratificado por dos tercios de los Miembros de la OMC. Aranceles de Importación y de Exportación Los aranceles de exportación no son tan comunes como los aranceles de importación, lo anterior para cumplir el objetivo de incentivar las exportaciones del país de donde se envíen, porque en la mayoría de los casos son productos con tarifas exentas. Por ello se dice que los impuestos arancelarios más ocupados son los aranceles a las importaciones.
  • 14. 14 Destaca que la imposición de aranceles también se le denomina barreras arancelarias y en ese sentido no solo es clave conocer los tipos de aranceles y buscar un pdf para estudiarlos, sino también se deben profundizar en las barreras no arancelarias (protección no arancelaria) así como las regulaciones y restricciones no arancelarias, que cumplen objetivos similares al de los aranceles bajo otras actividades que buscan limitar las importaciones, por medio de cuotas, normas técnicas, y diferentes medidas. Las Cuotas Compensatorias; son aranceles que se aplican a las mercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen, conforme a lo establecido en la Ley de Comercio Exterior. ¿Cómo definimos a las cuotas compensatorias? En realidad, se trata del monto o cuota que se le impone a una mercancía para igualar el precio de un producto extranjero respecto a un producto nacional. El Código Fiscal de la Federación [1] las considera como uno de los aprovechamientos que percibe el Estado distintos de las contribuciones; mientras que la Ley de Comercio Exterior, las considera regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA´s) que se aplican para aquellas mercancías en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen (prácticas desleales). Establecimiento de cuotas compensatorias Para el establecimiento de una cuota compensatoria es fundamental que se demuestre que se trata de una práctica desleal, la cual se constituye por los siguientes elementos: discriminación de precios o subvención, la existencia o amenaza de daño a la industria nacional y la relación causal de estas dos (causa- efecto).
  • 15. 15 Existen dos formas para dar inicio a dicha investigación: 1°Por medio de la Secretaría de Economía y la facultad con la que cuenta para investigar posibles hechos de prácticas desleales de comercio internacional. 2°A solicitud de los productores, importadores y exportadores de la mercancía y cumpliendo con ciertos requisitos. Del inicio de la investigación. La autoridad publicará una Resolución al respecto en el Diario Oficial de la Federación y notificará a las partes interesadas para su conocimiento, estableciendo, además, un plazo de 23 días para presentar argumentos, información o pruebas que ayuden a determinar o encarecer la resolución final de la investigación. De las Resoluciones. A los 45 días del inicio de investigación la autoridad podrá emitir una resolución preliminar y de ser necesario impondrá una cuota compensatoria provisional para la mercancía correspondiente, de no serlo, solo se continuará con el proceso correspondiente o en su defecto y a falta de argumentos suficientes, se cerrará la investigación. Ahora bien, si en ese momento se hubiera seguido con el proceso, a los 7 meses la autoridad tendrá la obligación de emitir una resolución final para determinar una cuota compensatoria definitiva, para revocar la provisional o dar por terminada la investigación correspondiente sin la imposición de cuota. Como ya se mencionó con anterioridad, las cuotas compensatorias que se determinen se dan a conocer mediante resoluciones publicadas en el DOF, dichas resoluciones contendrán lo siguiente:  Producto o mercancía.  Fracción arancelaria.  País de origen.  Régimen aduanero (en el caso de las últimas resoluciones).
  • 16. 16  Modalidad de cuota compensatoria, así como su monto.  Empresa o conjunto de empresas (del país de origen determinado), a las que se les aplicará dicha cuota.  Periodo investigado.  Fecha en que entrará en vigor. Las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA) son medidas que regulan o restringen la entrada o salida del país de las mercancías. De conformidad con el Art. 16 de la Ley de Comercio exterior, las medidas de RRNA a la importación, circulación o tránsito de mercancías, se podrán establecer en los siguientes casos: Cuando se requieran de modo temporal para corregir desequilibrios en la balanza de pagos, de acuerdo a los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte; Para regular la entrada de productos usados, de desecho o que carezcan de mercado sustancial en su país de origen o procedencia; Conforme a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que México sea parte; Como respuesta a las restricciones a exportaciones mexicanas aplicadas unilateralmente por otros países; Cuando sea necesario impedir la concurrencia al mercado interno de mercancías en condiciones que impliquen prácticas desleales de comercio internacional, conforme a lo dispuesto en esta Ley y; Cuando se trate de situaciones no previstas por las Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s) en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad Fito pecuaria o ecología, de acuerdo a la legislación en la materia.
  • 17. 17 Las medidas pueden consistir en: • Permisos previos, • Cupos, • NOM´s, • Cuotas compensatorias, • Certificaciones, • Marcado del país de origen, y • Otros instrumentos que se consideran adecuados para el logro de la política comercial de un país. Las medidas mencionadas anteriormente están previstas en distintos ordenamientos publicados en el DOF, emitidos por la SE o en su caso, dicha autoridad de manera conjunta con otras dependencias como son: Secretaria de Salud (SSA), Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), secretaria de la Defensa Nacional (Sedena), Secretaria de Energía (Sener) y Secretaría de Educación Pública (SEP).
  • 18. 18 -2.3 Estímulos fiscales (Exención en el pago del Derecho de Trámite Aduanero (DTA), compensaciones) ¿Qué es DTA?  El DTA es una contribución que se causa y se debe pagar por el uso o aprovechamiento de las instalaciones de las aduanas y por recibir los servicios que prestan las autoridades aduaneras en el despacho aduanero. El Derecho de Trámite Aduanero (DTA) se paga en aquellas operaciones aduaneras que se efectúan utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente, en términos de la Ley Aduanera (LA), e inclusive en operaciones por las cuales no se está obligado al pago de los impuestos al comercio exterior. Los que realizan dichas operaciones son personas que introducen mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo, están obligadas a pagar diversas contribuciones, entre las que se encuentra el DTA. ¿Por qué y para que se realiza ese pago? Debido a trámite ya sea de Importación o Exportación a través de pedimento correspondiente, lo recaudado por concepto de este derecho lo utiliza la autoridad para modernizar las aduanas y dotarlas de equipamiento, existen dos tipos de Derechos porcentuales y valores fijos que se expresan en la Ley Federal de Derechos y se utilizan de acuerdo y según sea el caso que les aplica en el comercio exterior.
  • 19. 19 Clasificación de las contribuciones Se presenta una diversificación con respecto a los pagos de impuestos:  Impuestos  aportaciones de seguridad social  contribuciones de mejoras y derechos Pero el que nos importa en este subtema es el pago de:  Derechos, que son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados en los supuestos que señala el CFF. LFD (Ley Federal de Derechos) Mientras, el artículo 49 de la Ley Federal de Derechos (LFD) dispone que se pagará el DTA por las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos de la LA, de acuerdo con las cuotas o tasas establecidas en ese precepto legal. Excepciones de pago DTA. Los contribuyentes que importen bienes originarios de países como Estados Unidos, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, están exentos del pago del Derecho de Trámite Aduanero (DTA), debido a que México cuenta con Tratados de Libre Comercio con esas naciones.
  • 20. 20 Cuando no procede pago de DTA en aduanas No obstante toma en cuenta que no tienes porqué enterar el DTA, cuando presentes alguno de los siguientes formatos oficiales:  Aviso de exportación temporal  Aviso de registro de aparatos electrónicos e instrumentos de trabajo  Constancia de importación temporal, retorno o transferencia de contenedores  Autorización de importación temporal de embarcaciones  Autorización de importación temporal de mercancías, destinadas al mantenimiento y reparación de las mercancías importadas temporalmente  Autorización de importación temporal  Declaración de internación o extracción de cantidades en efectivo y/o documentos por cobrar  Pedimento de importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores, o  Declaración de mercancías donadas al fisco federal conforme al artículo 61, fracción XVII de la LA y su Anexo 1 Si por alguna razón desembolsaste el DTA y no procedía, solicita su recuperación vía devolución como pago de lo indebido, o en su caso compénsalo en una futura importación.
  • 21. 21 -2.4 Tipos, modalidades y funcionamiento de aranceles Entendemos por arancel aquel tributo que es aplicado sobre los bienes que son objeto de importación o exportación (este último caso es el menos frecuente). También podemos encontrar aranceles de tránsito que son aquellos aplicados sobre los objetos o mercancías que entran en un país con destino a otro distinto. En cuanto a los tipos de aranceles encontramos tres tipos de gravamen dependiendo de la manera en la que se apliquen:  Ad Valorem: en este caso se aplica un porcentaje sobre el valor total de la carga. Por ejemplo, si el valor de la carga es de 10.000€ y se le aplica un arancel del 5% encontraríamos un pago en concepto de arancel por valor de 500€.  Específicos: en este caso el montante se encuentra preestablecido en función de la cantidad o número de unidades. A modo de ejemplo podemos establecer que se pagarán 100€ por cada tonelada métrica de la mercancía.  Combinado: en este caso se establece un arancel mixto donde se aplica parte del ad valorem y del específico de forma combinada. Prestando atención a los efectos que puede causar la implementación de un arancel encontramos lo siguiente:  Lógicamente supone una mayor recaudación para quien aplica el gravamen (Estado).  Puede producir a la larga un descenso en las importaciones de los productos sometidos a este arancel.  Aumento del precio del bien sometido al arancel (para poder soportar el gravamen) repercutiendo de forma negativa sobre el consumidor.  Aumento de la producción nacional de todos aquellos bienes y productos sometidos al arancel a fin de evitar las cargas impuestas a los productos importados.
  • 22. 22 Clasificación arancelaria de la mercancía Aunque no se le da la importancia que se merece, ni la seriedad y repercusión que realmente tiene en el despacho de aduanas, la clasificación arancelaria de la mercancía es un paso fundamental, por no decir el más importante, a la hora de plantearnos importar o exportar un determinado producto. La mayor parte de la legislación relacionada con comercio exterior, se apoya en la asignación del código de la Nomenclatura Combinada o código TARIC (Hs Code en inglés), por lo que la correcta clasificación de la mercancía que vamos a importar o exportar, es un paso clave para conocer aspectos fundamentales como:  Los aranceles y derechos a la importación-exportación que vamos a pagar.  Las medidas arancelarias preferenciales que nos podemos acoger.  Si existen medidas autónomas de exención de derechos.  Si deberemos pagar algún derecho antidumping.  Control sanitario, fitosanitario, SOIVRE, etc. Es de vital importancia conocer el código TARIC de la mercancía, o en caso contrario preguntar a vuestro proveedor, en el caso de las importaciones, que os faciliten al menos los cuatro primero dígitos de la clasificación arancelaria de la mercancía que estáis comprando, ya que estos cuatro primeros dígitos deberían ser universales y clasificarse bajo dicho capítulo o familia de clasificación en todos los países adscritos a la OMA (organización mundial de aduanas) que son el 95% de los países del mundo. En el caso de que el proveedor no os facilite u oriente en la clasificación arancelaria de la mercancía, se deberá informar a vuestro agente de aduanas de la descripción del artículo, uso y destino que se le va a dar, materiales de los cuales está compuesto y forma de presentación en la cual se presenta ante la aduana. Todas estas descripciones facilitarán al representante aduanero a la hora de clasificar correctamente vuestra mercancía y conocer los requisitos a la importación / exportación y los tributos que se deben soportar. Cabe resaltar que la propia administración dispone de 4 años posterior al despacho de aduanas, para revisar cada declaración y emitir liquidaciones
  • 23. 23 tributarias complementarias en caso de detectar o tener dudas fundadas de la incorrecta clasificación de la mercancía. En Maitsa Customs Brokerage, como representante aduanero y agente de aduanas en España, asesora a los importadores y exportadores en materia de clasificación arancelaria, para evitar contratiempos a la hora de presentar vuestras mercancías ante la aduana y tener la tranquilidad de no recibir liquidaciones complementarias a posteriori, por parte de la Administración de Aduanas (AEAT). Modalidades que pueden adoptar los aranceles Los aranceles a que se refiere el artículo anterior podrán adoptar las siguientes modalidades: I. Arancel-cupo: cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa diferente a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan dicho monto. II. Arancel estacional: cuando se establezcan niveles arancelarios distintos para diferentes periodos del año. III. Las demás que señale el Ejecutivo Federal. Aranceles diferentes a los previstos en las tarifas de IGI e IGE Podrán establecerse aranceles diferentes a los generales previstos en las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación cuando así lo establezcan tratados o convenios comerciales internacionales de los que México sea parte.
  • 24. 24 Facultades del Ejecutivo Federal El Ejecutivo Federal tendrá las siguientes facultades: I. Crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles, mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. II. Regular, restringir o prohibir la exportación, importación, circulación o tránsito de mercancías, cuando lo estime urgente, mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. III. Establecer medidas para regular o restringir la exportación o importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la Secretaría o, en su caso, juntamente con la autoridad competente, y publicados en el Diario Oficial de la Federación. IV. Establecer medidas para regular o restringir la circulación o tránsito de mercancías extranjeras por el territorio nacional procedentes del y destinadas al exterior a través de acuerdos expedidos por la autoridad competente y publicados en el Diario Oficial de la Federación. V. Conducir negociaciones comerciales internacionales a través de la Secretaría, sin perjuicio de las facultades que correspondan a otras dependencias del Ejecutivo Federal. VI. Coordinar, a través de la Secretaría, la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de los estados en las actividades de promoción del comercio exterior, así como concertar acciones en la materia con el sector privado. VII. Coordinar, a través de la Secretaría, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que administren o controlen una restricción o regulación no arancelaria se encuentren interconectadas electrónicamente con la Secretaría y con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Definición de medidas de salvaguarda Las medidas de salvaguarda son aquellas que, en los términos de la fracción II del artículo 4o., regulan o restringen temporalmente las importaciones de mercancías idénticas, similares o directamente competidoras a las de producción nacional en la medida necesaria para prevenir o remediar el daño grave a la rama de producción nacional de que se trate y facilitar el ajuste de los productores nacionales.
  • 25. 25 Hechos que dan origen a su imposición Estas medidas sólo se impondrán cuando se haya constatado que las importaciones han aumentado en tal cantidad, en términos absolutos o en relación con la producción nacional, y se realizan en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a la rama de producción nacional de que se trate. Clases de medidas de salvaguarda Las medidas de salvaguarda podrán consistir, entre otras, en aranceles específicos o ad valoren, permisos previos o cupos, o alguna combinación de los anteriores. Concepto de rama de producción nacional Para la determinación de la existencia de daño grave o amenaza de daño grave se entenderá por rama de producción nacional el conjunto de productores nacionales de las mercancías idénticas o similares o directamente competidoras o aquellos cuya producción conjunta constituya una proporción importante de la producción nacional total de dichas mercancías. Las regulaciones no arancelarias se refieren a las medidas establecidas por los gobiernos para controlar el flujo de mercancías entre los países y se dividen en dos clases:  Regulaciones no arancelarias cuantitativas: Se aplican a cantidades de productos que se permiten importar a un país, o a establecer contribuciones cuantificables a los que se sujetan esas mercancías distintas del arancel (Permisos de exportación e importación, cupos, medidas contra prácticas desleales de comercio internacional: discriminación de precios y subvención).  Regulaciones no arancelarias cualitativas: Se aplican al producto en sí mismo y/o sus accesorios (envase, embalaje, entre otros), sin importar la cantidad; se aplican a todos los productos que se deseen introducir a un país y no solo a una cierta cantidad de ellos (Regulaciones de etiquetado, regulaciones de envase y embalaje, marcado de país de origen, regulaciones sanitarias).
  • 26. 26 -2.5 Modalidades y funcionamiento de las barreras comerciales no arancelarias. ¿Qué es una Barrera No Arancelaria? Una Berrera No Arancelaria se entiende como toda medida no arancelaria, que tiene un impacto proteccionista, y por ello evita el ingreso o restringe el ingreso de un producto o la prestación de un servicio a un determinado mercado. Es de suma importancia saber que las únicas importaciones de un determinado bien que se pueden impedir son las que estén a la par con las medidas en el Articulo XX del acuerdo General sobre Aranceles y Comercio, que hoy conocemos como la Organización Mundial del Comercio (OMC). Barreras No Arancelarias más comunes Licencias de Importación, Normas de Origen, Normas Técnicas, Normas Sanitarias, Fitosanitarias y Zoosanitarias, Restricciones cuantitativas a las importaciones, son algunos de los típicos ejemplos de este tipo de restricciones a las importaciones. Licencias de Importación Es una autorización de condiciones previas para importar determinado producto. Se utiliza para limitar y restringir el movimiento de la cantidad de importaciones. Mediante la Organización Mundial del Comercio (OMC) se logró establecer el “Acuerdo sobre Procedimiento para el Trámite de Licencias de Importación” donde se impone la transparencia y sencillez de estos trámites. Normas de Origen Son aquellas reglamentaciones que establecen los criterios para la determinación del origen de una mercancía. Un ejemplo obvio es el certificado de origen. El formulario de certificado de origen es emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Distribución a través de instituciones financieras. Para que un producto goce de las preferencias
  • 27. 27 arancelarias otorgadas en el acuerdo internacional, debe cumplir con las condiciones del país de origen. Salvo los productos que se produzcan íntegramente en el territorio de la Parte Contratante, se considerarán como lugar de origen aquellos productos cuya producción cumpla alguna de las siguientes condiciones: Los materiales no originarios utilizados en el proceso de fabricación determinan la desviación en el sistema unificado - el producto se ajusta al porcentaje de contenido regional acordado en el acuerdo comercial, por ejemplo: · 51% del nivel CAN · 35% del nivel APTDEA ¿Que son las Normas Técnicas? Son regulaciones gubernamentales que protegen principalmente el medio ambiente y los derechos de los consumidores. El propósito de esto es evitar los peligros que amenazan la zona, la flora, la fauna y los seres humanos. A través de estos estándares, es posible determinar las características de los productos a importar. ¿Que son las “Restricciones cuantitativas a las importaciones”? Es el porcentaje de la cuota para un producto específico que se puede importar durante un período de tiempo. En la mayoría de los casos, su porcentaje se obtiene en volumen o incluso en su valor. En este grupo destacamos:  Cuotas: Topes que tienen las importaciones durante un tiempo.  Prohibiciones: Se basan sobre ciertas condiciones para poder hacer excepciones a discreción de la autoridad competente.  Autorizaciones discrecionales y condiciones de importación: Las autorizaciones discrecionales dependen de las autoridades competentes y las condicionales de importación se hacen bajo condiciones y compromisos por parte del importador. Finalmente, y lo más importante, antes de dedicarse al comercio exterior, se debe brindar a los empresarios un asesoramiento suficiente en cuestiones aduaneras y comerciales, ya que esta es la única forma de aprovechar al máximo los riesgos que plantean las restricciones impuestas por diferentes países.
  • 28. 28 Tipos de barreras no arancelarias 1. Requisitos de contenido nacional Es un reglamento que exige que cierta parte de un producto final se fabrique dentro del país. En algunos casos este porcentaje se expresa en unidades físicas, en otros en términos de valor agregado. Los países en vías de desarrollo han utilizado ampliamente este tipo de barreras no arancelarias. 2. Compras gubernamentales Los gobiernos son los mayores compradores de bienes y servicios. Por esta razón, la mayoría de los países tienen regulaciones que requieren que las compras gubernamentales den preferencia a los productos nacionales. 3. Normativas de requisitos técnicos o sanitarios Se trata de disposiciones cuya finalidad declarada es garantizar la calidad de los productos. La introducción de un reglamento para lograr este objetivo no tiene por qué discriminar a las importaciones. Sin embargo, uno de los objetivos de los gobiernos al desarrollar estas regulaciones puede ser proteger los productos nacionales. Siempre puede escribir los estándares que sean más fáciles de cumplir para los productos nacionales que para los productos importados. 4. Barreras administrativas Las reglas puramente burocráticas pueden convertirse en un importante obstáculo no arancelario. Es común que un gobierno quiera restringir las importaciones para complicar los procedimientos de saneamiento, seguridad y aduanas y crear barreras importantes al comercio. 5. Cuotas de importación Las cuotas de importación se establecen para limitar la cantidad que se puede importar un producto durante un cierto período. El objetivo de las cuotas es limitar el suministro de determinados productos, lo que generalmente aumenta sus precios y permite a las empresas locales abastecer la demanda no satisfecha.
  • 29. 29 Como se mencionó anteriormente, la variedad de barreras no arancelarias al comercio es amplia y todas ellas reducen las importaciones y actúan para lograr uno o más de los siguientes objetivos:  Limitar la cantidad de importaciones.  Incrementar los costes de adquisición de las importaciones en el mercado nacional.  Crear incertidumbre sobre las condiciones bajo las cuales se permitirá importar. En resumen, cuando una empresa tiene la intención de abrir nuevos mercados, debe tener una buena comprensión y entender de los tipos de obstáculos que encontrará al lanzar un producto. Impacto de las barreras no arancelarias Hoy, el impacto de las barreras no arancelarias es particularmente importante. En los últimos años, los aranceles de importación han caído a niveles históricos en todo el mundo. Esto se debe al aumento de los acuerdos comerciales bilaterales y multilaterales. Sin embargo, los gobiernos aún pueden adoptar medidas no arancelarias, con o sin fundamentos suficientes, afectando el intercambio comercial. Un punto importante a considerar es que el impacto de las medidas no arancelarias no se puede medir fácilmente. Por otro lado, es fácil calcular cuánto aumenta el precio de un producto extranjero cuando aumenta el impuesto a la importación. Por ejemplo, si la tarifa de un artículo aumenta en un 4%, el costo aumenta en el mismo porcentaje. En resumen, se puede decir que las medidas no arancelarias son útiles para garantizar la calidad de un producto y fomentar la confianza del consumidor. Sin embargo, también pueden servir como un arma para los gobiernos que quieren favorecer solo a un grupo de empresarios locales a expensas de frenar la libre competencia.
  • 31. 28 Imagen 1 Mapa conceptual Derecho Fiscal 1.1 Imagen 2 mapa conceptual Derecho Financiero 1.1
  • 32. 29 Funciones del servicio aduanero 1.2 Agente Aduanal 1.3
  • 33. 30 Conclusión Un agente aduanal es el mejor aliado para todas las empresas que requieren vender o comprar productos fuera del país de origen. El envío de carga es una industria muy compleja y, a veces, costosa, por ello es bueno tener quién guíe a las empresas en todo proceso incluyendo las importaciones y exportaciones. De hecho las terminales/recintos fiscalizados implementan sus propios costos en relación con las actividades de los contenedores en sus instalaciones, por ejemplo, si el contenedor permanece en el sitio más tiempo del permitido, si debe cerrarse prematuramente o si debe moverse dentro de los terrenos. Todo esto puede ser costoso, confuso y lento, y de igual manera puede ser difícil comprender todos los requisitos y por ello tener una agencia de servicios integrales para el comercio exterior, y un agente aduanal asignado, puede facilitarle a las empresas muchos procesos, hacer más eficientes los tiempos y reducir costos también. Los agentes aduanales ayudan a sus clientes a hacer el enlace entre los que envían el producto y agencias gubernamentales. Se asegurarán de que los envíos cumplan con todos los requisitos legales, organicen y presenten la documentación necesaria, y revisen las listas de empaque y las facturas comerciales para verificar que los impuestos y aranceles se hayan calculado y pagado correctamente. También se asegurarán de que los productos se clasifiquen correctamente con el código armonizado apropiado, permitiendo que sus clientes paguen los impuestos y aranceles más bajos posibles.
  • 36. 33 Cuadro de Participación Integrantes Cumplió Porcentaje Aviña López Edgar Octavio SI Ӿ NO 16.66 Cadena Palacios Luis Felipe SI Ӿ NO 16.66 Castro Velázquez Juan Carlos SI Ӿ NO 16.66 Cisneros Flores Ramsés SI Ӿ NO 16.66 Ramírez Pacheco Alfredo SI Ӿ NO 16.66 Trejo Díaz Kevin Arturo SI Ӿ NO 16.66