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HOJA DE COTEJO DE ENSAYO
CONTENIDO
SI NO
1. LISTA DE COTEJO
2. CARATULA (Logo del Tec. y/o escuela,
materia, nombre del tema, profesor,
alumno (s) y fecha)
3. INDICE (No. Del tema, nombre del tema
y no. de página)
4. OBJETIVOS GENERALES
5. OBJETIVOS ESPECIFICOS
6. INTRODUCCION (Desarrollo personal)
7. DESARROLLO/CONTENIDOS
3.1 Marco Constitucional en Materia de Comercio
Exterior.
3.2 Prácticas Desleales de Comercio Internacional y
las medidas de salvaguarda.
3.3 Seguros en el Transporte.
3.4 Programas de fomento
8. ANEXOS (Cuadros, Mapas mentales y
Conceptuales, formatos, etc.)
9. CONCLUSIONES (Comentarios,
apreciaciones, observaciones y
aportaciones personales)
10.APLICACIONES (Aportes que
justifiquen los contenidos, que uso se le
da a la investigación realizada)
11.FUENTES DE CONSULTA
(Bibliografía, páginas web, revistas,
etc.)
12. CUADRO DE PARTICIPACION
(Nombres de los participantes, nombre del tema,
cumplió: Si – No, firma)
OBSERVACIONES: EVALUADOR:
CALIFICACION:
2
Instituto Tecnológico de
Tláhuac II
Ingeniería en Logística
3. “Marco Jurídico del Comercio Exterior (información básica)”
Legislación Aduanera
Profesor: Alejandro Nájera Escandón
Integrantes:
 Aviña López Edgar Octavio
 Cadena Palacios Luis Felipe
 Castro Velázquez Carlos
 Cisneros Flores Ramses
 Ramírez Pacheco Alfredo
 Trejo Diaz Kevin Arturo
Grupo: 4°A
3
Índice
Objetivos ...............................................................................................................................4
General: ................................................................................................................................4
Específico: ............................................................................................................................4
Introducción ..........................................................................................................................5
Desarrollo..............................................................................................................................6
-3.1 Marco Constitucional en Materia de Comercio Exterior. ................................................6
-3.2 Prácticas Desleales de Comercio Internacional y las medidas de salvaguarda. ...........9
-3.3 Seguros en el Transporte.............................................................................................14
-3.4 Programas de fomento ................................................................................................19
Conclusión ..........................................................................................................................22
Fuentes de Consulta...........................................................................................................24
Cuadro de Participación......................................................................................................26
4
Objetivos
General:
Explica, desde el punto de vista legal, el marco legal y los requisitos operativos y
administrativos que requiera una mercancía durante su despacho de importación o
exportación. Así como aplicar en base a la legislación adecuada las herramientas
necesarias para prevenir, detectar o corregir errores que se generen durante el
despacho.
Toma decisiones, con base en los elementos teóricos adquiridos, que permitan la
realización de despachos de mercancía apegados a la legislación aduanera.
Específico:
C1.-Explica las diferencias y semejanzas de los programas de fomento y su aplicación en proyectos de
exportación
C2.- Propón el tipo de seguro a elegir para asegurar la mercancía.
C3.- Identifica las herramientas básicas del marco legal de comercio exterior que se deben considerar en los
despachos.
C4.-Reconoce las prácticas desleales que generan competencia imperfecta.
C5.-Identifica las medidas de salvaguarda
5
Introducción
Al estudiar los orígenes y la importancia del comercio internacional, el estudiante
comprenderá que la vida de los seres humanos y el desarrollo de las sociedades
se encuentra regida indefectiblemente por un fenómeno sin parangón, cuyas
características y consecuencias apreciamos a cada instante: la interdependencia.
Desde el punto de vista económico, la satisfacción de nuestras necesidades
supone la contribución de nuestros semejantes de todos los tiempos y lugares.
Desde el siglo XVIII, el célebre economista escocés Adam Smith afirmaba, con
sobrada razón, que la propensión al trueque y al intercambio de una cosa por otra
es una característica intrínseca a la naturaleza humana.
En gran parte, este fenómeno permite entender la compleja interacción de las
diversas sociedades en todo el orbe, los mecanismos de fijación de precios y
asignación de los recursos, los procesos de generación y acumulación de riqueza,
así como las preferencias de consumo y la capacidad de emprender propia de los
seres humanos.
Un primer acercamiento a esta asignatura permitirá al estudiante advertir que el
principal objeto de conocimiento consiste en examinar la compleja y profusa
regulación jurídica del sector externo de la economía mexicana.
Repárese en este punto, que el comercio exterior constituye un sector de capital
importancia para el desarrollo de cualquier Estado, por cuanto representa el medio
por el cual se inserta en la economía global.
Sin embargo, uno de los aspectos que contribuyen, sin duda, a la complejidad del
estudio del comercio exterior es la concurrencia de distintos campos del
conocimiento.
Uno de ellos es precisamente el Derecho, el cual interviene de manera
significativa, puesto que en la actualidad el comercio exterior de México, como el
de la mayoría de los Estados, se encuentra regulado no sólo por las leyes
nacionales sino, acaso más, por una copiosa serie de tratados de carácter
multilateral, regional y bilateral.
6
Desarrollo
-3.1 Marco Constitucional en Materia de Comercio Exterior.
La Constitución es la norma fundamental y primaria de la estructura jurídica
mexicana
ya que “sirve de fundamento a la validez de todas las demás normas del sistema
nacional y tiene primacía sobre ellas.”17 Como se analizó en el capítulo anterior,
el Artículo 133 de la Carta Magna se plasma el principio de Supremacía
Constitucional y para nuestro tema de estudio implica que las disposiciones que
establecen y regulan a los precios estimados que estén contenidas en Leyes
federales y disposiciones de menor jerarquía, deben estar de acuerdo, en primera
instancia, con las disposiciones constitucionales y posteriormente con las
disposiciones internacionales en la materia que tengan carácter de obligatorias
para el Estado mexicano.
A continuación, se expondrán los preceptos normativos que sirven de marco
jurídico constitucional a la materia comercial en lo general, en lo particular a la
materia aduanera y de manera específica a los precios estimados. Lo anterior
resulta de la práctica común que se hace en la doctrina jurídica de ubicar al
derecho aduanero como parte de la actividad comercial exterior, haciendo la
aclaración de que para algunos autores como Rohde Ponce18 resulta inadecuado
limitar al derecho aduanero únicamente a los actos de comercio exterior.
El poder del Estado en los asuntos de comercio exterior recae en el ejecutivo y
Legislativo respectivamente, este poder se muestra en la constitución en los
siguientes artículos:
Artículo 73. Congreso de facultad: xxix. Para construir una contribución: (añadido
por decisiones publicadas en la declaración oficial de la federación el 24 de
octubre de 1942)
1er. Acerca del comercio en el extranjero; (agregado a las decisiones publicadas
en la declaración oficial de la federación el 24 de octubre de 1942) xxx. Publicar
7
todas las leyes que se deben cumplir efectivo el poder de lo anterior y todos los
demás dados por esta constitución en el poder de la unión. (modificado por
decisión publicado en la ficha oficial de la federación el 24 de octubre de 1942)
Artículo 89. Autoridades y obligaciones del presidente como sigue: (la reforma
con la decisión se publica en la declaración oficial de la federación 25 de octubre
de 1993)
X. Dirigir política exterior y celebrar acuerdos internacionales y terminar,
rechazar, retrasar, modificar, cambiar, retirar órdenes y hacer declaraciones
interpretativas sobre asuntos, enviando a ellos aprobación del senado. Al aplicar
esta política, los poderes ejecutivos deben respetar los principios del siguiente
reglamento: auto determinación de las personas; no intervención; la solución del
pacífico disputa; proscripción de amenazas o uso de la fuerza en las relaciones
internacionales; igualdad jurídica estatal; que cooperación internacional para el
desarrollo; y la lucha por la paz y seguridad internacional; (modificado por la
decisión dicta en la declaración oficial de la federación el 12 de febrero de 2007)
ARTÍCULO 117. Los países no pueden estar entendiendo: i. Celebrando alianzas,
acuerdos o coaliciones con otros países o con poderes extranjeros; (modificado
por la declaración de la constitución, expedida en la declaración oficial de la
federación el 6 de octubre de 1986) v. Prohibición o uso, directo o indirecto, entrar
a su territorio o salir de este producto a cualquier mercado nacional o extranjero;
(editado por reimpresión de la constitución, publicada en la ficha oficial federación
6 de octubre de 1986)
Mira. Implementar la circulación o consumo de mercancías nacionales o del
extranjero, con impuestos o derechos que excepción de derechos se realizan por
aduanas, requiere la inspección o registro de los embalajes o la emocionante
documentación de las mercancías; (cambiado al imprimir la constitución, publicado
en la ficha oficial de la federación 6 de octubre de 1986)
Vii. Problemas o mantenidos por ley aplicable o impuestos pertinentes
8
diferencias o condiciones de impuesto por origen bienes nacionales o extranjeros,
si la diferencia está relacionada con la producción según localidad o entre
productos similares de diferente origen; (modificado por reimpresión de
constitución, publicada en la declaración oficial de la federación 6 de octubre de
1986)
ARTÍCULO 131. La fuerza personal de la federación es: gravar las mercancías
importadas, exportadas o que se encuentren en tránsito por áreas nacionales, y
regular en todo momento e incluso prohibido, por seguridad o por motivo. Policía,
interiores de todo tipo de valores, de cualquier origen; pero sin su propia
federación se puede establecer o dictar en el distrito federal, las fiscalidades y
leyes divulgan las fracciones vi y vii
ARTÍCULO 117. (Reformado por decisiones publicadas en el octubre oficial de
federación, 1974)
La unión del congreso puede permitir al ejecutivo mejorar, reducir o retirar cuota
para costos de exportación e importación publicado por el congreso propio, y para
crear otros, así como para restricciones y prohibiciones sobre la importación,
exportación y tránsito de productos, artículos y valores, cuando se traten como
urgentes, para regular el comercio extranjero, la economía estatal, la estabilidad
de la producción nacional o para alcanzar otro fin de beneficio. El mismo director,
al enviar el año de presupuestos fiscales al congreso, entregando el uso
autorizado para aprobación. (agregado a las decisiones publicadas en la
declaración oficial de la federación, 28 de marzo de 1951. Modificada por
declaración constitucional, expedida en la declaración oficial de la federación el 6
de octubre de 1986)
9
-3.2 Prácticas Desleales de Comercio Internacional y las medidas
de salvaguarda.
Ejercicio de cualquier arte o facultad, conforme a sus reglas. Uso continuado,
costumbre o estilo de algo. Aplicación de una idea o doctrina. Del adverbio llevar a
la práctica”, y la palabra “desleal” también definida en el referido Diccionario como
“el que obra sin lealtad” y a su vez a la lealtad como “todo aquello al cumplimiento
de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor y hombría de bien.
Legalidad, verdad, realidad”, por lo que podemos deducir que estamos ante una
mala praxis que se torna ilegal en perjuicio de la actividad productiva de un país.
Pareciera un tema nuevo pero no es así, esto data desde hace muchos siglos
contrario a lo que pudiéramos imaginarnos y ha influido tanto en la Historia de la
Humanidad que se acuñó un término para ello “Proteccionismo”, entendido como
“la política económica de restringir las importaciones de otros países a través de
métodos tales como aranceles sobre los bienes importados, cuotas de importación
y una variedad de otras regulaciones gubernamentales”.
En los siglos XVIII y XIX fue muy marcada ésta tendencia y es importante precisar
que sentó las bases para el desarrollo de varias naciones que hoy son potencia
mundial como Japón, Estados Unidos, El Reino Unido de la Gran Bretaña,
Alemania y Francia por ejemplo.
En el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) las prácticas
desleales al Comercio Internacional son el dumping y las subvenciones entendidos
como “la introducción de los productos de un país en el mercado de otro país a un
precio inferior a su valor nominal”, y “cuando exista una contribución financiera de
un gobierno o de cualquier organismo público en el territorio de un miembro”,
respectivamente y la esencia de esos conceptos los encontramos en la Ley de
Comercio Exterior.
ARTÍCULO 28.- Se consideran prácticas desleales de comercio internacional la
importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios o de
subvenciones en el país exportador, ya sea el de origen o el de procedencia, que
causen daño a una rama de producción nacional de mercancías idénticas o
similares en los términos del artículo 39 de esta Ley. Las personas físicas o
10
morales que importen mercancías en condiciones de prácticas desleales de
comercio internacional estarán obligadas al pago de una cuota compensatoria
conforme a lo dispuesto en esta Ley.
Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
ARTÍCULO 37.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por subvención:
I. La contribución financiera que otorgue un gobierno extranjero, sus organismos
públicos o mixtos, sus entidades, o cualquier organismo regional, público o mixto
constituido por varios países, directa o indirectamente, a una empresa o rama de
producción o a un grupo de empresas o ramas de producción y que con ello se
otorgue un beneficio;
II. Alguna forma de sostenimiento de los ingresos o de los precios y que con ello
se otorgue un beneficio.
Se consideran subvenciones, a título de ejemplo, las referidas en el anexo I del
Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias”. (Énfasis añadido).
El Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias a que hace referencia
el artículo supra transcrito se basa en el Acuerdo relativo a la interpretación y
aplicación de los Artículos VI, XVI y XXIII que se negoció en la Ronda de Tokio
pero lo que lo distingue es que aquí sí se define lo que es una subvención y
agrega lo que es una subvención específica, enunciando a las subvenciones
prohibidas y a las subvenciones recurribles.
Dicho lo anterior una subvención siempre debe de contar con éstos elementos
para considerarse como tal:
● Que exista una contribución financiera de un gobierno o de cualquier organismo
público en el territorio de ese país que otorga la subvención.
● Cuando la práctica de un gobierno implique una transferencia directa de fondos
tales como donaciones, préstamos y aportaciones de capital o posibles
transferencias directas de fondos o pasivos como lo son los préstamos.
● Cuando se condonen o no se recauden ingresos públicos como las
bonificaciones o incentivos fiscales por ejemplo.
11
● Cuando un gobierno realice pagos a un mecanismo de financiamiento o
encomiende a una entidad privada una o varias de las funciones descritas con
antelación pero sin caer en una concesión o en un permiso, figuras clave nacidas
del Derecho Administrativo para que en el caso de la concesión el particular
realice las actividades que le corresponden por Derecho al Estado y que en el
caso del permiso no son competencia neta del Estado y el particular puede
realizar dicha actividad pero con supervisión y autorización estatal.
● Cuando haya una forma de sostenimiento de los ingresos o los precios de los
productos subvencionados.
Lógicamente las subvenciones se consideran una práctica desleal en Comercio
Internacional (es un ejemplo) porque lo que se hace principalmente es conceder
incentivos económicos a una rama de la producción nacional para que ésta mejore
y destine sus productos al mercado de exportación, que también puede ser el
interno pero si nada más es para esto último no se considerará una práctica
desleal en Comercio Internacional, ahora seamos imparciales y reales ¿de verdad
todos los Estados Miembros de la OMC están actuando de forma correcta?
Un Instrumento Jurídico en Beneficio del Comercio: la Carta de Derechos y
Deberes Económicos de los Estados
Una vez aterrizado todo esto vamos a ver de la mano un instrumento jurídico que
sigue siendo válido, está vigente y ha sido menospreciado pero que en mi humilde
opinión puede aportar bastante y hacer del Comercio Internacional una verdadera
palanca de desarrollo para los países y esa es la Carta de Derechos y Deberes
Económicos de los Estados, que en esencia establece lo siguiente:
● Reconoce la necesidad de fortalecer la cooperación internacional para el
desarrollo.
● Que se logre una prosperidad más amplia en todos los países y de niveles de
vida más elevados para los Pueblos.
● La promoción de toda la comunidad internacional del progreso económico y
social de todos los países, en especial de los países en desarrollo.
● La eliminación de los principales obstáculos al progreso económico de los
12
países en desarrollo.
● Abstención de todo intento de buscar hegemonía y esferas de influencia.
● Libre acceso a la mar y desde la mar para los países sin litoral.
● Todo Estado tiene el derecho soberano e inalienable de elegir su sistema
económico, así como su sistema político, social y cultural de acuerdo con la
voluntad de su Pueblo, sin injerencia ni coacción ni amenazas de ninguna índole.
● Libertad y jurisdicción de los Estados del aprovechamiento de sus recursos
naturales vivos y no vivos.
● La facultad de los Estados de reglamentar y ejercer autoridad sobre las
inversiones extranjeras dentro de su jurisdicción nacional con respeto al Derecho
pero sin que el Estado le dé una preferencia a las inversiones extranjeras por
sobre las nacionales ni puede ser obligado a ello.
● La facultad de los Estados para reglamentar y supervisar las actividades de las
empresas transnacionales que operen dentro de su jurisdicción nacional y adoptar
medidas para que esas actividades se ajusten a su Marco Jurídico y dichas
empresas transnacionales no intervendrán en los asuntos internos del país a
donde lleguen a invertir y a realizar sus actividades.
● Beneficio mutuo y equitativo del comercio.
Y en relación con todo esto, quiero transcribir los artículos 5, 8, 9, 13 y 16 dada la
importancia que reviste el conocer su contenido por las razones que señalaré a
más adelante:
“ARTÍCULO 5
Todos los Estados tienen el derecho de asociarse en organizaciones de
productores de materias primas a fin de desarrollar sus economías nacionales,
lograr un financiamiento estable para su desarrollo y, en el cumplimiento de sus
propósitos, colaborar en la promoción del crecimiento sostenido de la economía
mundial, en particular acelerando el desarrollo de los países en desarrollo. En
consecuencia, todos los Estados tienen el deber de respetar ese derecho
absteniéndose de aplicar medidas económicas y políticas que lo puedan limitar”.
“ARTÍCULO 8
Los Estados deben cooperar para facilitar relaciones económicas internacionales
13
más racionales y equitativas y para fomentar cambios estructurales en el contexto
de una economía mundial equilibrada, en armonía con las necesidades e intereses
de todos los países, en particular los países en desarrollo, y con ese propósito
deben adoptar medidas adecuadas”.
“ARTÍCULO 9
Todos los Estados tienen la responsabilidad de cooperar en las esferas
económica, social, cultural, científica y tecnológica para promover el progreso
económico y social en todo el mundo, especialmente en los países en desarrollo”.
“ARTÍCULO 13
1. Todo Estado tiene el derecho de aprovechar los avances y el desarrollo de la
ciencia y la tecnología para acelerar su desarrollo económico y social. Todos los
Estados deben promover la cooperación internacional en materia de ciencia y
tecnología, así como la transmisión de tecnología, teniendo debidamente en
cuenta todos los intereses legítimos inclusive, entre otros, los derechos y deberes
de los titulares, proveedores y beneficiarios de tecnología. En particular, todos los
Estados deben facilitar el acceso de los países en desarrollo a los avances de la
ciencia y la tecnología modernas, la transmisión de tecnología y la creación de
tecnología autóctona en beneficio de los países en desarrollo, según formas y
procedimientos que convengan a las economías y necesidades de estos países.
En consecuencia, los países desarrollados deben cooperar con los países en
desarrollo en el establecimiento, fortalecimiento y desarrollo de sus
infraestructuras científicas y tecnológicas y en sus investigaciones científicas y
actividades tecnológicas, de modo de ayudar a expandir y transformar las
economías de los países en desarrollo.
Todos los Estados deben cooperar en la investigación con miras a desarrollar
directrices o reglamentaciones aceptadas internacionalmente para la transferencia
de tecnología, teniendo plenamente en cuenta los intereses de los países en
desarrollo”.
“ARTÍCULO 16
Es derecho y deber de todos los Estados, individual y colectivamente, eliminar el
colonialismo, el apartheid, la discriminación racial, el neocolonialismo y todas las
14
formas de agresión, ocupación y dominación extranjeras, así como las
consecuencias económicas y sociales de éstas como condición previa para el
desarrollo. Los Estados que practican esas políticas coercitivas son
económicamente responsables ante los países, territorios y pueblos afectados, en
lo que respecta a la restitución y la plena compensación por la explotación y el
agotamiento de los recursos naturales y de toda otra índole de esos países,
territorios y pueblos, así como por los daños causados a esos recursos. Es deber
de todos los Estados prestarles asistencia.
Ningún Estado tiene el derecho de promover o fomentar inversiones que puedan
constituir un obstáculo para la liberación de un territorio ocupado por la fuerza”.
Luego entonces si existe la obligación internacional de que ningún país puede
obstaculizar ni detener el desarrollo económico de los demás ¿qué es lo que
sucede con las subvenciones? Pues como lo vimos son prácticas desleales del
Comercio Internacional habrá quien las conozca como prácticas desleales de
Comercio Exterior y sin embargo se llevan a cabo a veces disfrazadas de
legalidad y en otras ocasiones con descaro total con perdón de la expresión.
-3.3 Seguros en el Transporte.
Ya se trate de transporte marítimo o terrestre, la seguridad del transporte de carga
es una prioridad absoluta. En el caso del flete internacional, también se debe
considerar el asegurarse de que la cobertura del seguro sea completa e incluir
algunos supuestos que pueden variar de un país a otro (por ejemplo, todo el
camión está asegurado, no solo el contenedor, etc.)
Cualquier persona que se dedique al transporte de mercancías debe ser
consciente de que los productos pueden sufrir daños en cualquier etapa del
trayecto, e incluso se pueden extraviar, por lo que se deberá llevar a cabo un
análisis detallado para realizar la elección del seguro más adecuado, en función
de las características de la mercancía y del medio de transporte elegido.
El seguro de transporte es un contrato suscrito con una compañía de seguros, a
través de este contrato, el asegurador asume los daños y perjuicios materiales
imprevistos ocasionados por el traslado de tierra, aire o mar, y asume riesgos
15
claramente pactados. Cualquier persona interesada en la mercancía que se
transporta (empresa privada, empresa pública o particular) puede firmar el
contrato de seguro.
El seguro de transporte puede comprender una serie de modalidades (separadas
o en conjunto) tales como:
Seguros de Transporte Marítimo: aseguramiento de la mercancía durante la
navegación en buques.
 Seguros de Transporte Terrestre: seguro para la mercancía durante el
transporte efectuado por ferrocarril o por camión.
 Seguros de Transporte Aéreo: seguro para la mercancía transportada por
aeronave.
 Seguros de Transporte Fluvial: buques y mercancías en ríos o lagos.
- Según la duración.
 Temporal.
 Por viaje.
- Según la cobertura.
 Cobertura mínima
 Cobertura a todo riesgo
- Según el objeto del seguro.
 Póliza de medios o vehículos de transporte.
 Póliza de mercancía transportada.
 Póliza de intereses
 Póliza de responsabilidades.
- Según otros aspectos.
16
 Ruta realizada, en función de si el embarque se realiza directamente o se
necesitan hacer trasbordos.
 Estancia y/o almacenaje.
 Fecha de embarque.
 Naturaleza de la mercancía transportada.
 Historial de siniestros de la persona o empresa asegurada.
Tipos de seguros de transporte de mercancías
Póliza abierta.
Este es un tipo de seguro que cubre aquellos bienes enviados a un solo cliente
durante múltiples viajes en la misma operación comercial. Por tanto, la póliza
cubrirá las diferentes rutas necesarias desde el origen hasta el destino, incluyendo
escalas, transbordos, almacenaje en Itinere (en el camino) y la posible suspensión
del medio de transporte que transporta la mercancía.
En este tipo de póliza de seguro, es importante tener en cuenta que no importa
qué método de transporte se utilice en los diferentes viajes, solo habrá un contrato
de seguro de transporte. Del mismo modo, las pólizas abiertas se utilizan a
menudo para cubrir envíos aislados que requieren envíos parciales.
Pólizas Especiales o por viaje
Son un seguro de transporte que cubre un único envío de mercadería a un solo
cliente, y son válidos hasta que la mercadería llegue a su destino. Al igual que la
política de apertura, también incluye escalas, transbordos, almacenaje en el
horario o suspensión de transporte. En la póliza de viajes, incluso si decide utilizar
otros medios de transporte, debe utilizar un contrato de seguro de transporte.
Póliza flotante.
A diferencia del seguro correspondiente a los dos primeros supuestos, la póliza de
seguro flotante cubre el transporte de distintos tipos de mercancías para varios
destinatarios, debiendo realizarse múltiples viajes dentro de un plazo determinado,
incluyendo todas las escalas. En este tipo de pólizas de seguro, aunque la
17
mercancía se transporta de forma conjunta y hay múltiples destinatarios en el
destino, cada asegurado debe especificar los detalles del envío, por lo que se
debe redactar un contrato de seguro.
Estas especificaciones deben ser especificadas en el llamado certificado de
seguro, el cual debe incluir la siguiente información: ruta, destinatario, medio de
transporte utilizado y su correspondiente identificación, descripción, peso total de
la mercancía, cantidad y valor de la mercancía.
Las pólizas de seguros flotantes son más económicas, porque a diferencia de las
pólizas de viaje o abiertas, existe una relación comercial continua entre la
aseguradora y el asegurado para el transporte de mercancías.
Pólizas “Forfait” o Término
Son un seguro por el límite máximo del número de viajes, y el número de viajes
varía según el período de tiempo del seguro. Dado que la empresa de transporte a
menudo realiza una gran cantidad de viajes, la empresa de transporte suele firmar
un contrato con ella, y puede ser solicitado por el exportador o importador, de
acuerdo con las reglas generales de interpretación de los términos del comercio
internacional (Incoterms), el transportista o el transitario.
Evidentemente, cualquier tipo de mercancía debe contar con cierto seguro y
coberturas de responsabilidad para evitar el riesgo que puede derivar en mayores
pagos posteriormente. De acuerdo a cada situación específica y aspectos de
evaluación, como el alcance del itinerario, la naturaleza del producto transportado
y el modo de transporte, debemos elegir la opción más adecuada para nosotros
entre los distintos seguros de transporte existentes.
18
Cobertura de indemnización ofrecida por los seguros de transporte
Si la mercancía sufriera algún tipo de daño o robo en cualquier etapa de la
transacción comercial, la compañía de seguros contratada será la responsable de
indemnizar al propietario del producto, siempre que estos accidentes sean
incidencias que se cubran y reflejen en la política del contrato.
Asimismo, si se produce una pérdida total, la indemnización incluirá el valor de la
mercancía en el lugar y hora de carga y descarga, así como el costo de entrega al
transportista y el monto total correspondiente al transporte de la mercancía en
orden. para evitar que el asegurado pague.
Cabe señalar que, si la póliza del contrato también cubre el riesgo de la mercancía
destinada a la venta, la compensación será igual al valor del producto de destino.
De esta forma, los riesgos comunes que suelen cubrir los seguros de transporte
de mercancías suelen ser:
 Roturas o deterioros
 Robo
 Carga y Descarga
 Riesgos extraordinarios
De manera similar, debido a que ciertos artículos requieren un manejo y cuidado
especiales, la mayoría de los seguros de carga también ofrecen la posibilidad de
suscribir un seguro adicional. Éstas incluyen:
 Opción de utilizar términos en inglés. Le permiten determinar el valor
específico del producto y llegar a un acuerdo, e incluyen un rango
predeterminado.
 La utilización de la cláusula de protección de marca. En caso de que se
produzca cualquier mínimo daño en las mercancías de una marca concreta,
a través de esta cláusula se evita su comercialización y, además, se debe
19
indemnizar al fabricante debido a la imposibilidad de llevar a cabo la venta
de dichos artículos.
 El uso de medios especiales para proteger mercancías frágiles, como
pueden ser obras de arte, joyas o determinados productos tecnológicos que
cuenten con una sofisticación avanzada.
-3.4 Programas de fomento
El comercio exterior es el intercambio de productos y servicios entre varios países.
Existen programas de fomento a las exportaciones están orientados a promover la
productividad y la calidad de los procesos que elevan la competitividad de las
empresas y permiten su incorporación adecuada al mercado mundial.
Por medio en la reducción de cargas arancelarias para los insumos, partes y
componentes que se incorporarán en el producto de exportación y la simplificación
de trámites administrativos por parte del gobierno federal.
México ha desarrollado, junto a la Secretaría de Economía y BANCOMEXT, una
diversidad de programas que tiene como objetivo principal fortalecer la
competitividad de las empresas nacionales en el exterior. Entre estos programas
fomento a las exportaciones encontramos:
Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX)
Permite a productores de mercancías destinadas a la exportación, así como a
empresas que prestan servicios de exportación, importar temporalmente diversos
bienes con el objetivo de ser utilizados en la elaboración de productos de
exportación.
materias primas
insumos, componentes
envases y empaques
maquinaria y equipo
sin cubrir el impuesto general de importación, el impuesto al valor agregado, ni las
20
cuotas compensatorias.
Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX) – ABROGADO (Decreto IMMEX,
2010)
Registro de Empresas Altamente Exportadoras permite la devolución del Impuesto
al Valor Agregado (IVA), a personas morales o físicas que tengan saldo a su favor
por exportación de mercancías, en un plazo de 20 días hábiles, máximo.
Brindando un acceso gratuito al Sistema de Información Comercial que
proporciona la Secretaría de Economía, que tiene el poder para nombrar a un
apoderado aduanal para aduanas, productos, extensiones de requisitos de
segunda revisión, entre otros elementos.
Para poder pertenecer al programa ALTEX, las empresas deben reportar de
manera anual sus actividades de exportación.
Empresas de Comercio Exterior (ECEX) – ABROGADO (Decreto IMMEX, 2010)
Mediante el registro de Empresas de Comercio Exterior, las empresas
comercializadoras pueden acceder a los mercados internacionales a través de
facilidades administrativas y apoyos financieros. Con ello, podrán conformar la
oferta nacional de mercancías que serán promovidas en el extranjero, de acuerdo
con la demanda internacional.
Entre los beneficios del programa ECEX se encuentran, entre otros:
La expedición automática de la constancia para el programa de Empresas
Altamente Exportadoras (ALTEX).
La autorización para el Programa de Importación Temporal para Producir Artículos
de Exportación.
El acceso al 50% de descuento en productos no financieros, servicios de
capacitación y asistencia técnica, entre otros.
Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores (Drawback)
El Programa de Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores
permite a los beneficiarios recuperar el impuesto general de importación producido
por la importación de:
21
Insumos (materias primas, partes y componentes, empaques y envases,
combustibles, lubricantes y otros materiales) incorporados al producto exportado.
Mercancías que regresarán en el mismo estado.
Mercancías para su reparación o alteración.
La proporción de impuesto que se regresará depende de la cantidad de insumos
importados utilizados en el producto de exportación (determinada por la SE).
Los beneficiarios del programa Drawback son las personas morales incorporadas
al Programa de Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores,
proceso que debe realizarse con la SE.
Programa de Promoción Sectorial (PROSEC)
Los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) otorgan aranceles
preferenciales para empresas productoras, con el propósito de que adquieran, a
precios competitivos, los insumos y la maquinaria necesarios para su producción.
Los esquemas PROSEC permiten a las empresas importar diversos bienes para
ser utilizados en la elaboración de productos específicos, con preferencia en el
Impuesto General de Importación, sin importar el destino de las mercancías.
<< Programa PROSEC: sectores, beneficios y trámite >>
En Logycom le ayudamos con la gestión de los trámites para estos programas.
Además, le brindamos asesoría en comercio exterior para que esté al tanto de los
beneficios que cada uno conlleva, así como sus aspectos más importantes.
Conózcanos.
CREDIEXPORTA CAPITAL DE TRABAJO.
CREDIEXPORTA AVALES Y GARANTÍA.
CREDIEXPORTA PROYECTOS DE INVERSIÓN.
CREDIEXPORTA CRÉDITO AL COMPRADOR.
22
Conclusión
En el ámbito de las relaciones comerciales internacionales, se establece que a
través del libre comercio se puede lograr liberalizar de forma progresiva el
comercio internacional y así fomentar el crecimiento económico de los países para
incrementar su bienestar.
De acuerdo a los argumentos descritos por los autores anteriormente
mencionados se deduce que el comercio internacional es una vocación real en la
que participan todas las economías nacionales e internacionales, y a su vez
influye directamente en el desarrollo Económico, Tecnológico, Político y Social
entre todos los países, pero a su vez nos damos cuenta que la economía global es
la columna vertebral para la interacción entre culturas, es por esto que los
mercados están dominados por los grandes centros de la economía mundial de
los países capitalistas desarrollados, donde imponen una política comercial
ajustada a sus intereses con un fuerte proteccionismo.
Sin embargo hay que tener en cuenta que una buena regulación no depende
únicamente del imperio de la ley. La institucionalidad informal vigente también
influye fuertemente sobre la calidad de la regulación y mucho más en materia de
comercio internacional en donde todos los días la forma del comercio varía según
las necesidades no solo de las naciones sino de las instituciones internacionales.
Se identifica que el desarrollo científico-técnico ha contribuido al desarrollo de las
fuerzas productivas y a profundizar la división internacional del trabajo,
conformándose una nueva, en la que los países industrializados más poderosos,
se sitúan a la vanguardia del sistema productivo mundial, al dedicarse en lo
fundamental, a las nuevas actividades generadas por el progreso científico
técnico.
Se observa que el sistema multilateral de comercio y su institución rectora, la
OMC, ha intentado la liberalización del comercio mundial de bienes y servicios
mediante la instrumentación de muy complejas disposiciones. La efectividad de
esta organización está limitada por una variada gama de factores, dentro de los
23
cuales se destacan, el fortalecimiento de la capacidad negociadora de los países en
desarrollo dentro de la OMC y las demás instituciones multilaterales requieren sumar
esfuerzos de concertación de posiciones comunes y avances más sólidos en la
integración económica entre países, por lo tanto es necesario lograr el ingreso de
todas las naciones en la OMC, ninguna nación grande o pequeña debe ser
excluida de esta importante institución.
Para algunos de los mencionados autores, los países limitan los intercambios
comerciales en gran parte por la seguridad de sectores considerados básicos para
el funcionamiento industrial, es el caso del sector económico .
24
Fuentes de Consulta
3.1 Marco constitucional en la materia de comercio
3.2 Prácticas Desleales de Comercio Internacional y las medidas de
salvaguarda
F., E. (29 de Enero de 2018). SoyaConya . Obtenido de Practicas desleales :
https://www.soyconta.com/practicas-desleales-al-comercio-internacional-dumping-
subvenciones/
M., L. (29 de Marzo de 2020). UNAM . Obtenido de
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1151/6.pdf:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1151/6.pdf
3.3 Seguros en el Transporte
A. (2018, 22 febrero). Seguros de transporte de mercancías: Tipos y aspectos a considerar
para una correcta elección. Kanvel Logistica. https://kanvel.com/seguros-de-
transporte/#Tipos_de_seguros_de_transporte_de_mercancias
Moldtrans, C. (2017, 5 septiembre). Tipos de seguro para el transporte de mercancías
internacional. Moldtrans. https://www.moldtrans.com/tipos-de-seguro-para-transporte-de-
mercancias-internacional/Seguros de Transporte : Safecargo. (s. f.). SafeCargo : Seguros
de Transporte. Recuperado 13 de abril de 2021, de
http://www.segurodetransporte.mx/seguros-
transporte.php#:%7E:text=El%20seguro%20de%20transporte%20es,riesgos%20que%20est
%C3%A9n%20expresamente%20contratados
Hernandez, M. (02 de Julio de 2020). Biblioteca virtual . Obtenido de Archivos :
https://archivos.juridicas.unam.mx
M., A. (05 de Diciembre de 2019). Marco constitucional . Obtenido de Catarina :
https://catarina.udlap.mx/capitulo3
25
3.4 Programas de fomento
Arreola, F. (05 de Abril de 2017). Gestion y Desempeño. Obtenido de https://gdconsulting.mx/que-programas-
de-fomento-a-las-exportaciones-existen/
Ceballos, A. (24 de Abril de 2012). comercioyaduanas.com.mx/. Obtenido de
https://www.comercioyaduanas.com.mx/comercioexterior/comercioexteriormexico/programas-
comercio-exterior/
Lofac Comercio exterior. (24 de Septiembre de 2018). lofac.com.mx. Obtenido de
http://lofac.com.mx/programas-de-fomento-a-la-exportacion-en-mexico-de-que-tratan/
LogyComp. (25 de Abril de 2020). Obtenido de https://www.logycom.mx/blog/programas-comercio-exterior
Secretaria de Economia. (2010). economia.gob.mx. Obtenido de http://www.2006-
2012.economia.gob.mx/comunidad-negocios/industria-y-comercio/instrumentos-de-comercio-
exterior/fomento-a-la-produccion-y-las-exportaciones
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Aviña López Edgar Octavio
SI
Ӿ
NO
16.66
Cadena Palacios Luis Felipe
SI
Ӿ
NO
16.66
Castro Velázquez Juan Carlos
SI
Ӿ
NO
16.66
Cisneros Flores Ramsés
SI
Ӿ
NO
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Ramírez Pacheco Alfredo
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Ensayo3 Legislación Aduanera Marco Jurídico del Comercio Exterior (información básica)”

  • 1. 1 HOJA DE COTEJO DE ENSAYO CONTENIDO SI NO 1. LISTA DE COTEJO 2. CARATULA (Logo del Tec. y/o escuela, materia, nombre del tema, profesor, alumno (s) y fecha) 3. INDICE (No. Del tema, nombre del tema y no. de página) 4. OBJETIVOS GENERALES 5. OBJETIVOS ESPECIFICOS 6. INTRODUCCION (Desarrollo personal) 7. DESARROLLO/CONTENIDOS 3.1 Marco Constitucional en Materia de Comercio Exterior. 3.2 Prácticas Desleales de Comercio Internacional y las medidas de salvaguarda. 3.3 Seguros en el Transporte. 3.4 Programas de fomento 8. ANEXOS (Cuadros, Mapas mentales y Conceptuales, formatos, etc.) 9. CONCLUSIONES (Comentarios, apreciaciones, observaciones y aportaciones personales) 10.APLICACIONES (Aportes que justifiquen los contenidos, que uso se le da a la investigación realizada) 11.FUENTES DE CONSULTA (Bibliografía, páginas web, revistas, etc.) 12. CUADRO DE PARTICIPACION (Nombres de los participantes, nombre del tema, cumplió: Si – No, firma) OBSERVACIONES: EVALUADOR: CALIFICACION:
  • 2. 2 Instituto Tecnológico de Tláhuac II Ingeniería en Logística 3. “Marco Jurídico del Comercio Exterior (información básica)” Legislación Aduanera Profesor: Alejandro Nájera Escandón Integrantes:  Aviña López Edgar Octavio  Cadena Palacios Luis Felipe  Castro Velázquez Carlos  Cisneros Flores Ramses  Ramírez Pacheco Alfredo  Trejo Diaz Kevin Arturo Grupo: 4°A
  • 3. 3 Índice Objetivos ...............................................................................................................................4 General: ................................................................................................................................4 Específico: ............................................................................................................................4 Introducción ..........................................................................................................................5 Desarrollo..............................................................................................................................6 -3.1 Marco Constitucional en Materia de Comercio Exterior. ................................................6 -3.2 Prácticas Desleales de Comercio Internacional y las medidas de salvaguarda. ...........9 -3.3 Seguros en el Transporte.............................................................................................14 -3.4 Programas de fomento ................................................................................................19 Conclusión ..........................................................................................................................22 Fuentes de Consulta...........................................................................................................24 Cuadro de Participación......................................................................................................26
  • 4. 4 Objetivos General: Explica, desde el punto de vista legal, el marco legal y los requisitos operativos y administrativos que requiera una mercancía durante su despacho de importación o exportación. Así como aplicar en base a la legislación adecuada las herramientas necesarias para prevenir, detectar o corregir errores que se generen durante el despacho. Toma decisiones, con base en los elementos teóricos adquiridos, que permitan la realización de despachos de mercancía apegados a la legislación aduanera. Específico: C1.-Explica las diferencias y semejanzas de los programas de fomento y su aplicación en proyectos de exportación C2.- Propón el tipo de seguro a elegir para asegurar la mercancía. C3.- Identifica las herramientas básicas del marco legal de comercio exterior que se deben considerar en los despachos. C4.-Reconoce las prácticas desleales que generan competencia imperfecta. C5.-Identifica las medidas de salvaguarda
  • 5. 5 Introducción Al estudiar los orígenes y la importancia del comercio internacional, el estudiante comprenderá que la vida de los seres humanos y el desarrollo de las sociedades se encuentra regida indefectiblemente por un fenómeno sin parangón, cuyas características y consecuencias apreciamos a cada instante: la interdependencia. Desde el punto de vista económico, la satisfacción de nuestras necesidades supone la contribución de nuestros semejantes de todos los tiempos y lugares. Desde el siglo XVIII, el célebre economista escocés Adam Smith afirmaba, con sobrada razón, que la propensión al trueque y al intercambio de una cosa por otra es una característica intrínseca a la naturaleza humana. En gran parte, este fenómeno permite entender la compleja interacción de las diversas sociedades en todo el orbe, los mecanismos de fijación de precios y asignación de los recursos, los procesos de generación y acumulación de riqueza, así como las preferencias de consumo y la capacidad de emprender propia de los seres humanos. Un primer acercamiento a esta asignatura permitirá al estudiante advertir que el principal objeto de conocimiento consiste en examinar la compleja y profusa regulación jurídica del sector externo de la economía mexicana. Repárese en este punto, que el comercio exterior constituye un sector de capital importancia para el desarrollo de cualquier Estado, por cuanto representa el medio por el cual se inserta en la economía global. Sin embargo, uno de los aspectos que contribuyen, sin duda, a la complejidad del estudio del comercio exterior es la concurrencia de distintos campos del conocimiento. Uno de ellos es precisamente el Derecho, el cual interviene de manera significativa, puesto que en la actualidad el comercio exterior de México, como el de la mayoría de los Estados, se encuentra regulado no sólo por las leyes nacionales sino, acaso más, por una copiosa serie de tratados de carácter multilateral, regional y bilateral.
  • 6. 6 Desarrollo -3.1 Marco Constitucional en Materia de Comercio Exterior. La Constitución es la norma fundamental y primaria de la estructura jurídica mexicana ya que “sirve de fundamento a la validez de todas las demás normas del sistema nacional y tiene primacía sobre ellas.”17 Como se analizó en el capítulo anterior, el Artículo 133 de la Carta Magna se plasma el principio de Supremacía Constitucional y para nuestro tema de estudio implica que las disposiciones que establecen y regulan a los precios estimados que estén contenidas en Leyes federales y disposiciones de menor jerarquía, deben estar de acuerdo, en primera instancia, con las disposiciones constitucionales y posteriormente con las disposiciones internacionales en la materia que tengan carácter de obligatorias para el Estado mexicano. A continuación, se expondrán los preceptos normativos que sirven de marco jurídico constitucional a la materia comercial en lo general, en lo particular a la materia aduanera y de manera específica a los precios estimados. Lo anterior resulta de la práctica común que se hace en la doctrina jurídica de ubicar al derecho aduanero como parte de la actividad comercial exterior, haciendo la aclaración de que para algunos autores como Rohde Ponce18 resulta inadecuado limitar al derecho aduanero únicamente a los actos de comercio exterior. El poder del Estado en los asuntos de comercio exterior recae en el ejecutivo y Legislativo respectivamente, este poder se muestra en la constitución en los siguientes artículos: Artículo 73. Congreso de facultad: xxix. Para construir una contribución: (añadido por decisiones publicadas en la declaración oficial de la federación el 24 de octubre de 1942) 1er. Acerca del comercio en el extranjero; (agregado a las decisiones publicadas en la declaración oficial de la federación el 24 de octubre de 1942) xxx. Publicar
  • 7. 7 todas las leyes que se deben cumplir efectivo el poder de lo anterior y todos los demás dados por esta constitución en el poder de la unión. (modificado por decisión publicado en la ficha oficial de la federación el 24 de octubre de 1942) Artículo 89. Autoridades y obligaciones del presidente como sigue: (la reforma con la decisión se publica en la declaración oficial de la federación 25 de octubre de 1993) X. Dirigir política exterior y celebrar acuerdos internacionales y terminar, rechazar, retrasar, modificar, cambiar, retirar órdenes y hacer declaraciones interpretativas sobre asuntos, enviando a ellos aprobación del senado. Al aplicar esta política, los poderes ejecutivos deben respetar los principios del siguiente reglamento: auto determinación de las personas; no intervención; la solución del pacífico disputa; proscripción de amenazas o uso de la fuerza en las relaciones internacionales; igualdad jurídica estatal; que cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y seguridad internacional; (modificado por la decisión dicta en la declaración oficial de la federación el 12 de febrero de 2007) ARTÍCULO 117. Los países no pueden estar entendiendo: i. Celebrando alianzas, acuerdos o coaliciones con otros países o con poderes extranjeros; (modificado por la declaración de la constitución, expedida en la declaración oficial de la federación el 6 de octubre de 1986) v. Prohibición o uso, directo o indirecto, entrar a su territorio o salir de este producto a cualquier mercado nacional o extranjero; (editado por reimpresión de la constitución, publicada en la ficha oficial federación 6 de octubre de 1986) Mira. Implementar la circulación o consumo de mercancías nacionales o del extranjero, con impuestos o derechos que excepción de derechos se realizan por aduanas, requiere la inspección o registro de los embalajes o la emocionante documentación de las mercancías; (cambiado al imprimir la constitución, publicado en la ficha oficial de la federación 6 de octubre de 1986) Vii. Problemas o mantenidos por ley aplicable o impuestos pertinentes
  • 8. 8 diferencias o condiciones de impuesto por origen bienes nacionales o extranjeros, si la diferencia está relacionada con la producción según localidad o entre productos similares de diferente origen; (modificado por reimpresión de constitución, publicada en la declaración oficial de la federación 6 de octubre de 1986) ARTÍCULO 131. La fuerza personal de la federación es: gravar las mercancías importadas, exportadas o que se encuentren en tránsito por áreas nacionales, y regular en todo momento e incluso prohibido, por seguridad o por motivo. Policía, interiores de todo tipo de valores, de cualquier origen; pero sin su propia federación se puede establecer o dictar en el distrito federal, las fiscalidades y leyes divulgan las fracciones vi y vii ARTÍCULO 117. (Reformado por decisiones publicadas en el octubre oficial de federación, 1974) La unión del congreso puede permitir al ejecutivo mejorar, reducir o retirar cuota para costos de exportación e importación publicado por el congreso propio, y para crear otros, así como para restricciones y prohibiciones sobre la importación, exportación y tránsito de productos, artículos y valores, cuando se traten como urgentes, para regular el comercio extranjero, la economía estatal, la estabilidad de la producción nacional o para alcanzar otro fin de beneficio. El mismo director, al enviar el año de presupuestos fiscales al congreso, entregando el uso autorizado para aprobación. (agregado a las decisiones publicadas en la declaración oficial de la federación, 28 de marzo de 1951. Modificada por declaración constitucional, expedida en la declaración oficial de la federación el 6 de octubre de 1986)
  • 9. 9 -3.2 Prácticas Desleales de Comercio Internacional y las medidas de salvaguarda. Ejercicio de cualquier arte o facultad, conforme a sus reglas. Uso continuado, costumbre o estilo de algo. Aplicación de una idea o doctrina. Del adverbio llevar a la práctica”, y la palabra “desleal” también definida en el referido Diccionario como “el que obra sin lealtad” y a su vez a la lealtad como “todo aquello al cumplimiento de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor y hombría de bien. Legalidad, verdad, realidad”, por lo que podemos deducir que estamos ante una mala praxis que se torna ilegal en perjuicio de la actividad productiva de un país. Pareciera un tema nuevo pero no es así, esto data desde hace muchos siglos contrario a lo que pudiéramos imaginarnos y ha influido tanto en la Historia de la Humanidad que se acuñó un término para ello “Proteccionismo”, entendido como “la política económica de restringir las importaciones de otros países a través de métodos tales como aranceles sobre los bienes importados, cuotas de importación y una variedad de otras regulaciones gubernamentales”. En los siglos XVIII y XIX fue muy marcada ésta tendencia y es importante precisar que sentó las bases para el desarrollo de varias naciones que hoy son potencia mundial como Japón, Estados Unidos, El Reino Unido de la Gran Bretaña, Alemania y Francia por ejemplo. En el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) las prácticas desleales al Comercio Internacional son el dumping y las subvenciones entendidos como “la introducción de los productos de un país en el mercado de otro país a un precio inferior a su valor nominal”, y “cuando exista una contribución financiera de un gobierno o de cualquier organismo público en el territorio de un miembro”, respectivamente y la esencia de esos conceptos los encontramos en la Ley de Comercio Exterior. ARTÍCULO 28.- Se consideran prácticas desleales de comercio internacional la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones en el país exportador, ya sea el de origen o el de procedencia, que causen daño a una rama de producción nacional de mercancías idénticas o similares en los términos del artículo 39 de esta Ley. Las personas físicas o
  • 10. 10 morales que importen mercancías en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional estarán obligadas al pago de una cuota compensatoria conforme a lo dispuesto en esta Ley. Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias ARTÍCULO 37.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por subvención: I. La contribución financiera que otorgue un gobierno extranjero, sus organismos públicos o mixtos, sus entidades, o cualquier organismo regional, público o mixto constituido por varios países, directa o indirectamente, a una empresa o rama de producción o a un grupo de empresas o ramas de producción y que con ello se otorgue un beneficio; II. Alguna forma de sostenimiento de los ingresos o de los precios y que con ello se otorgue un beneficio. Se consideran subvenciones, a título de ejemplo, las referidas en el anexo I del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias”. (Énfasis añadido). El Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias a que hace referencia el artículo supra transcrito se basa en el Acuerdo relativo a la interpretación y aplicación de los Artículos VI, XVI y XXIII que se negoció en la Ronda de Tokio pero lo que lo distingue es que aquí sí se define lo que es una subvención y agrega lo que es una subvención específica, enunciando a las subvenciones prohibidas y a las subvenciones recurribles. Dicho lo anterior una subvención siempre debe de contar con éstos elementos para considerarse como tal: ● Que exista una contribución financiera de un gobierno o de cualquier organismo público en el territorio de ese país que otorga la subvención. ● Cuando la práctica de un gobierno implique una transferencia directa de fondos tales como donaciones, préstamos y aportaciones de capital o posibles transferencias directas de fondos o pasivos como lo son los préstamos. ● Cuando se condonen o no se recauden ingresos públicos como las bonificaciones o incentivos fiscales por ejemplo.
  • 11. 11 ● Cuando un gobierno realice pagos a un mecanismo de financiamiento o encomiende a una entidad privada una o varias de las funciones descritas con antelación pero sin caer en una concesión o en un permiso, figuras clave nacidas del Derecho Administrativo para que en el caso de la concesión el particular realice las actividades que le corresponden por Derecho al Estado y que en el caso del permiso no son competencia neta del Estado y el particular puede realizar dicha actividad pero con supervisión y autorización estatal. ● Cuando haya una forma de sostenimiento de los ingresos o los precios de los productos subvencionados. Lógicamente las subvenciones se consideran una práctica desleal en Comercio Internacional (es un ejemplo) porque lo que se hace principalmente es conceder incentivos económicos a una rama de la producción nacional para que ésta mejore y destine sus productos al mercado de exportación, que también puede ser el interno pero si nada más es para esto último no se considerará una práctica desleal en Comercio Internacional, ahora seamos imparciales y reales ¿de verdad todos los Estados Miembros de la OMC están actuando de forma correcta? Un Instrumento Jurídico en Beneficio del Comercio: la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados Una vez aterrizado todo esto vamos a ver de la mano un instrumento jurídico que sigue siendo válido, está vigente y ha sido menospreciado pero que en mi humilde opinión puede aportar bastante y hacer del Comercio Internacional una verdadera palanca de desarrollo para los países y esa es la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados, que en esencia establece lo siguiente: ● Reconoce la necesidad de fortalecer la cooperación internacional para el desarrollo. ● Que se logre una prosperidad más amplia en todos los países y de niveles de vida más elevados para los Pueblos. ● La promoción de toda la comunidad internacional del progreso económico y social de todos los países, en especial de los países en desarrollo. ● La eliminación de los principales obstáculos al progreso económico de los
  • 12. 12 países en desarrollo. ● Abstención de todo intento de buscar hegemonía y esferas de influencia. ● Libre acceso a la mar y desde la mar para los países sin litoral. ● Todo Estado tiene el derecho soberano e inalienable de elegir su sistema económico, así como su sistema político, social y cultural de acuerdo con la voluntad de su Pueblo, sin injerencia ni coacción ni amenazas de ninguna índole. ● Libertad y jurisdicción de los Estados del aprovechamiento de sus recursos naturales vivos y no vivos. ● La facultad de los Estados de reglamentar y ejercer autoridad sobre las inversiones extranjeras dentro de su jurisdicción nacional con respeto al Derecho pero sin que el Estado le dé una preferencia a las inversiones extranjeras por sobre las nacionales ni puede ser obligado a ello. ● La facultad de los Estados para reglamentar y supervisar las actividades de las empresas transnacionales que operen dentro de su jurisdicción nacional y adoptar medidas para que esas actividades se ajusten a su Marco Jurídico y dichas empresas transnacionales no intervendrán en los asuntos internos del país a donde lleguen a invertir y a realizar sus actividades. ● Beneficio mutuo y equitativo del comercio. Y en relación con todo esto, quiero transcribir los artículos 5, 8, 9, 13 y 16 dada la importancia que reviste el conocer su contenido por las razones que señalaré a más adelante: “ARTÍCULO 5 Todos los Estados tienen el derecho de asociarse en organizaciones de productores de materias primas a fin de desarrollar sus economías nacionales, lograr un financiamiento estable para su desarrollo y, en el cumplimiento de sus propósitos, colaborar en la promoción del crecimiento sostenido de la economía mundial, en particular acelerando el desarrollo de los países en desarrollo. En consecuencia, todos los Estados tienen el deber de respetar ese derecho absteniéndose de aplicar medidas económicas y políticas que lo puedan limitar”. “ARTÍCULO 8 Los Estados deben cooperar para facilitar relaciones económicas internacionales
  • 13. 13 más racionales y equitativas y para fomentar cambios estructurales en el contexto de una economía mundial equilibrada, en armonía con las necesidades e intereses de todos los países, en particular los países en desarrollo, y con ese propósito deben adoptar medidas adecuadas”. “ARTÍCULO 9 Todos los Estados tienen la responsabilidad de cooperar en las esferas económica, social, cultural, científica y tecnológica para promover el progreso económico y social en todo el mundo, especialmente en los países en desarrollo”. “ARTÍCULO 13 1. Todo Estado tiene el derecho de aprovechar los avances y el desarrollo de la ciencia y la tecnología para acelerar su desarrollo económico y social. Todos los Estados deben promover la cooperación internacional en materia de ciencia y tecnología, así como la transmisión de tecnología, teniendo debidamente en cuenta todos los intereses legítimos inclusive, entre otros, los derechos y deberes de los titulares, proveedores y beneficiarios de tecnología. En particular, todos los Estados deben facilitar el acceso de los países en desarrollo a los avances de la ciencia y la tecnología modernas, la transmisión de tecnología y la creación de tecnología autóctona en beneficio de los países en desarrollo, según formas y procedimientos que convengan a las economías y necesidades de estos países. En consecuencia, los países desarrollados deben cooperar con los países en desarrollo en el establecimiento, fortalecimiento y desarrollo de sus infraestructuras científicas y tecnológicas y en sus investigaciones científicas y actividades tecnológicas, de modo de ayudar a expandir y transformar las economías de los países en desarrollo. Todos los Estados deben cooperar en la investigación con miras a desarrollar directrices o reglamentaciones aceptadas internacionalmente para la transferencia de tecnología, teniendo plenamente en cuenta los intereses de los países en desarrollo”. “ARTÍCULO 16 Es derecho y deber de todos los Estados, individual y colectivamente, eliminar el colonialismo, el apartheid, la discriminación racial, el neocolonialismo y todas las
  • 14. 14 formas de agresión, ocupación y dominación extranjeras, así como las consecuencias económicas y sociales de éstas como condición previa para el desarrollo. Los Estados que practican esas políticas coercitivas son económicamente responsables ante los países, territorios y pueblos afectados, en lo que respecta a la restitución y la plena compensación por la explotación y el agotamiento de los recursos naturales y de toda otra índole de esos países, territorios y pueblos, así como por los daños causados a esos recursos. Es deber de todos los Estados prestarles asistencia. Ningún Estado tiene el derecho de promover o fomentar inversiones que puedan constituir un obstáculo para la liberación de un territorio ocupado por la fuerza”. Luego entonces si existe la obligación internacional de que ningún país puede obstaculizar ni detener el desarrollo económico de los demás ¿qué es lo que sucede con las subvenciones? Pues como lo vimos son prácticas desleales del Comercio Internacional habrá quien las conozca como prácticas desleales de Comercio Exterior y sin embargo se llevan a cabo a veces disfrazadas de legalidad y en otras ocasiones con descaro total con perdón de la expresión. -3.3 Seguros en el Transporte. Ya se trate de transporte marítimo o terrestre, la seguridad del transporte de carga es una prioridad absoluta. En el caso del flete internacional, también se debe considerar el asegurarse de que la cobertura del seguro sea completa e incluir algunos supuestos que pueden variar de un país a otro (por ejemplo, todo el camión está asegurado, no solo el contenedor, etc.) Cualquier persona que se dedique al transporte de mercancías debe ser consciente de que los productos pueden sufrir daños en cualquier etapa del trayecto, e incluso se pueden extraviar, por lo que se deberá llevar a cabo un análisis detallado para realizar la elección del seguro más adecuado, en función de las características de la mercancía y del medio de transporte elegido. El seguro de transporte es un contrato suscrito con una compañía de seguros, a través de este contrato, el asegurador asume los daños y perjuicios materiales imprevistos ocasionados por el traslado de tierra, aire o mar, y asume riesgos
  • 15. 15 claramente pactados. Cualquier persona interesada en la mercancía que se transporta (empresa privada, empresa pública o particular) puede firmar el contrato de seguro. El seguro de transporte puede comprender una serie de modalidades (separadas o en conjunto) tales como: Seguros de Transporte Marítimo: aseguramiento de la mercancía durante la navegación en buques.  Seguros de Transporte Terrestre: seguro para la mercancía durante el transporte efectuado por ferrocarril o por camión.  Seguros de Transporte Aéreo: seguro para la mercancía transportada por aeronave.  Seguros de Transporte Fluvial: buques y mercancías en ríos o lagos. - Según la duración.  Temporal.  Por viaje. - Según la cobertura.  Cobertura mínima  Cobertura a todo riesgo - Según el objeto del seguro.  Póliza de medios o vehículos de transporte.  Póliza de mercancía transportada.  Póliza de intereses  Póliza de responsabilidades. - Según otros aspectos.
  • 16. 16  Ruta realizada, en función de si el embarque se realiza directamente o se necesitan hacer trasbordos.  Estancia y/o almacenaje.  Fecha de embarque.  Naturaleza de la mercancía transportada.  Historial de siniestros de la persona o empresa asegurada. Tipos de seguros de transporte de mercancías Póliza abierta. Este es un tipo de seguro que cubre aquellos bienes enviados a un solo cliente durante múltiples viajes en la misma operación comercial. Por tanto, la póliza cubrirá las diferentes rutas necesarias desde el origen hasta el destino, incluyendo escalas, transbordos, almacenaje en Itinere (en el camino) y la posible suspensión del medio de transporte que transporta la mercancía. En este tipo de póliza de seguro, es importante tener en cuenta que no importa qué método de transporte se utilice en los diferentes viajes, solo habrá un contrato de seguro de transporte. Del mismo modo, las pólizas abiertas se utilizan a menudo para cubrir envíos aislados que requieren envíos parciales. Pólizas Especiales o por viaje Son un seguro de transporte que cubre un único envío de mercadería a un solo cliente, y son válidos hasta que la mercadería llegue a su destino. Al igual que la política de apertura, también incluye escalas, transbordos, almacenaje en el horario o suspensión de transporte. En la póliza de viajes, incluso si decide utilizar otros medios de transporte, debe utilizar un contrato de seguro de transporte. Póliza flotante. A diferencia del seguro correspondiente a los dos primeros supuestos, la póliza de seguro flotante cubre el transporte de distintos tipos de mercancías para varios destinatarios, debiendo realizarse múltiples viajes dentro de un plazo determinado, incluyendo todas las escalas. En este tipo de pólizas de seguro, aunque la
  • 17. 17 mercancía se transporta de forma conjunta y hay múltiples destinatarios en el destino, cada asegurado debe especificar los detalles del envío, por lo que se debe redactar un contrato de seguro. Estas especificaciones deben ser especificadas en el llamado certificado de seguro, el cual debe incluir la siguiente información: ruta, destinatario, medio de transporte utilizado y su correspondiente identificación, descripción, peso total de la mercancía, cantidad y valor de la mercancía. Las pólizas de seguros flotantes son más económicas, porque a diferencia de las pólizas de viaje o abiertas, existe una relación comercial continua entre la aseguradora y el asegurado para el transporte de mercancías. Pólizas “Forfait” o Término Son un seguro por el límite máximo del número de viajes, y el número de viajes varía según el período de tiempo del seguro. Dado que la empresa de transporte a menudo realiza una gran cantidad de viajes, la empresa de transporte suele firmar un contrato con ella, y puede ser solicitado por el exportador o importador, de acuerdo con las reglas generales de interpretación de los términos del comercio internacional (Incoterms), el transportista o el transitario. Evidentemente, cualquier tipo de mercancía debe contar con cierto seguro y coberturas de responsabilidad para evitar el riesgo que puede derivar en mayores pagos posteriormente. De acuerdo a cada situación específica y aspectos de evaluación, como el alcance del itinerario, la naturaleza del producto transportado y el modo de transporte, debemos elegir la opción más adecuada para nosotros entre los distintos seguros de transporte existentes.
  • 18. 18 Cobertura de indemnización ofrecida por los seguros de transporte Si la mercancía sufriera algún tipo de daño o robo en cualquier etapa de la transacción comercial, la compañía de seguros contratada será la responsable de indemnizar al propietario del producto, siempre que estos accidentes sean incidencias que se cubran y reflejen en la política del contrato. Asimismo, si se produce una pérdida total, la indemnización incluirá el valor de la mercancía en el lugar y hora de carga y descarga, así como el costo de entrega al transportista y el monto total correspondiente al transporte de la mercancía en orden. para evitar que el asegurado pague. Cabe señalar que, si la póliza del contrato también cubre el riesgo de la mercancía destinada a la venta, la compensación será igual al valor del producto de destino. De esta forma, los riesgos comunes que suelen cubrir los seguros de transporte de mercancías suelen ser:  Roturas o deterioros  Robo  Carga y Descarga  Riesgos extraordinarios De manera similar, debido a que ciertos artículos requieren un manejo y cuidado especiales, la mayoría de los seguros de carga también ofrecen la posibilidad de suscribir un seguro adicional. Éstas incluyen:  Opción de utilizar términos en inglés. Le permiten determinar el valor específico del producto y llegar a un acuerdo, e incluyen un rango predeterminado.  La utilización de la cláusula de protección de marca. En caso de que se produzca cualquier mínimo daño en las mercancías de una marca concreta, a través de esta cláusula se evita su comercialización y, además, se debe
  • 19. 19 indemnizar al fabricante debido a la imposibilidad de llevar a cabo la venta de dichos artículos.  El uso de medios especiales para proteger mercancías frágiles, como pueden ser obras de arte, joyas o determinados productos tecnológicos que cuenten con una sofisticación avanzada. -3.4 Programas de fomento El comercio exterior es el intercambio de productos y servicios entre varios países. Existen programas de fomento a las exportaciones están orientados a promover la productividad y la calidad de los procesos que elevan la competitividad de las empresas y permiten su incorporación adecuada al mercado mundial. Por medio en la reducción de cargas arancelarias para los insumos, partes y componentes que se incorporarán en el producto de exportación y la simplificación de trámites administrativos por parte del gobierno federal. México ha desarrollado, junto a la Secretaría de Economía y BANCOMEXT, una diversidad de programas que tiene como objetivo principal fortalecer la competitividad de las empresas nacionales en el exterior. Entre estos programas fomento a las exportaciones encontramos: Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) Permite a productores de mercancías destinadas a la exportación, así como a empresas que prestan servicios de exportación, importar temporalmente diversos bienes con el objetivo de ser utilizados en la elaboración de productos de exportación. materias primas insumos, componentes envases y empaques maquinaria y equipo sin cubrir el impuesto general de importación, el impuesto al valor agregado, ni las
  • 20. 20 cuotas compensatorias. Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX) – ABROGADO (Decreto IMMEX, 2010) Registro de Empresas Altamente Exportadoras permite la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a personas morales o físicas que tengan saldo a su favor por exportación de mercancías, en un plazo de 20 días hábiles, máximo. Brindando un acceso gratuito al Sistema de Información Comercial que proporciona la Secretaría de Economía, que tiene el poder para nombrar a un apoderado aduanal para aduanas, productos, extensiones de requisitos de segunda revisión, entre otros elementos. Para poder pertenecer al programa ALTEX, las empresas deben reportar de manera anual sus actividades de exportación. Empresas de Comercio Exterior (ECEX) – ABROGADO (Decreto IMMEX, 2010) Mediante el registro de Empresas de Comercio Exterior, las empresas comercializadoras pueden acceder a los mercados internacionales a través de facilidades administrativas y apoyos financieros. Con ello, podrán conformar la oferta nacional de mercancías que serán promovidas en el extranjero, de acuerdo con la demanda internacional. Entre los beneficios del programa ECEX se encuentran, entre otros: La expedición automática de la constancia para el programa de Empresas Altamente Exportadoras (ALTEX). La autorización para el Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación. El acceso al 50% de descuento en productos no financieros, servicios de capacitación y asistencia técnica, entre otros. Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores (Drawback) El Programa de Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores permite a los beneficiarios recuperar el impuesto general de importación producido por la importación de:
  • 21. 21 Insumos (materias primas, partes y componentes, empaques y envases, combustibles, lubricantes y otros materiales) incorporados al producto exportado. Mercancías que regresarán en el mismo estado. Mercancías para su reparación o alteración. La proporción de impuesto que se regresará depende de la cantidad de insumos importados utilizados en el producto de exportación (determinada por la SE). Los beneficiarios del programa Drawback son las personas morales incorporadas al Programa de Devolución de Impuestos de Importación a los Exportadores, proceso que debe realizarse con la SE. Programa de Promoción Sectorial (PROSEC) Los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) otorgan aranceles preferenciales para empresas productoras, con el propósito de que adquieran, a precios competitivos, los insumos y la maquinaria necesarios para su producción. Los esquemas PROSEC permiten a las empresas importar diversos bienes para ser utilizados en la elaboración de productos específicos, con preferencia en el Impuesto General de Importación, sin importar el destino de las mercancías. << Programa PROSEC: sectores, beneficios y trámite >> En Logycom le ayudamos con la gestión de los trámites para estos programas. Además, le brindamos asesoría en comercio exterior para que esté al tanto de los beneficios que cada uno conlleva, así como sus aspectos más importantes. Conózcanos. CREDIEXPORTA CAPITAL DE TRABAJO. CREDIEXPORTA AVALES Y GARANTÍA. CREDIEXPORTA PROYECTOS DE INVERSIÓN. CREDIEXPORTA CRÉDITO AL COMPRADOR.
  • 22. 22 Conclusión En el ámbito de las relaciones comerciales internacionales, se establece que a través del libre comercio se puede lograr liberalizar de forma progresiva el comercio internacional y así fomentar el crecimiento económico de los países para incrementar su bienestar. De acuerdo a los argumentos descritos por los autores anteriormente mencionados se deduce que el comercio internacional es una vocación real en la que participan todas las economías nacionales e internacionales, y a su vez influye directamente en el desarrollo Económico, Tecnológico, Político y Social entre todos los países, pero a su vez nos damos cuenta que la economía global es la columna vertebral para la interacción entre culturas, es por esto que los mercados están dominados por los grandes centros de la economía mundial de los países capitalistas desarrollados, donde imponen una política comercial ajustada a sus intereses con un fuerte proteccionismo. Sin embargo hay que tener en cuenta que una buena regulación no depende únicamente del imperio de la ley. La institucionalidad informal vigente también influye fuertemente sobre la calidad de la regulación y mucho más en materia de comercio internacional en donde todos los días la forma del comercio varía según las necesidades no solo de las naciones sino de las instituciones internacionales. Se identifica que el desarrollo científico-técnico ha contribuido al desarrollo de las fuerzas productivas y a profundizar la división internacional del trabajo, conformándose una nueva, en la que los países industrializados más poderosos, se sitúan a la vanguardia del sistema productivo mundial, al dedicarse en lo fundamental, a las nuevas actividades generadas por el progreso científico técnico. Se observa que el sistema multilateral de comercio y su institución rectora, la OMC, ha intentado la liberalización del comercio mundial de bienes y servicios mediante la instrumentación de muy complejas disposiciones. La efectividad de esta organización está limitada por una variada gama de factores, dentro de los
  • 23. 23 cuales se destacan, el fortalecimiento de la capacidad negociadora de los países en desarrollo dentro de la OMC y las demás instituciones multilaterales requieren sumar esfuerzos de concertación de posiciones comunes y avances más sólidos en la integración económica entre países, por lo tanto es necesario lograr el ingreso de todas las naciones en la OMC, ninguna nación grande o pequeña debe ser excluida de esta importante institución. Para algunos de los mencionados autores, los países limitan los intercambios comerciales en gran parte por la seguridad de sectores considerados básicos para el funcionamiento industrial, es el caso del sector económico .
  • 24. 24 Fuentes de Consulta 3.1 Marco constitucional en la materia de comercio 3.2 Prácticas Desleales de Comercio Internacional y las medidas de salvaguarda F., E. (29 de Enero de 2018). SoyaConya . Obtenido de Practicas desleales : https://www.soyconta.com/practicas-desleales-al-comercio-internacional-dumping- subvenciones/ M., L. (29 de Marzo de 2020). UNAM . Obtenido de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1151/6.pdf: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1151/6.pdf 3.3 Seguros en el Transporte A. (2018, 22 febrero). Seguros de transporte de mercancías: Tipos y aspectos a considerar para una correcta elección. Kanvel Logistica. https://kanvel.com/seguros-de- transporte/#Tipos_de_seguros_de_transporte_de_mercancias Moldtrans, C. (2017, 5 septiembre). Tipos de seguro para el transporte de mercancías internacional. Moldtrans. https://www.moldtrans.com/tipos-de-seguro-para-transporte-de- mercancias-internacional/Seguros de Transporte : Safecargo. (s. f.). SafeCargo : Seguros de Transporte. Recuperado 13 de abril de 2021, de http://www.segurodetransporte.mx/seguros- transporte.php#:%7E:text=El%20seguro%20de%20transporte%20es,riesgos%20que%20est %C3%A9n%20expresamente%20contratados Hernandez, M. (02 de Julio de 2020). Biblioteca virtual . Obtenido de Archivos : https://archivos.juridicas.unam.mx M., A. (05 de Diciembre de 2019). Marco constitucional . Obtenido de Catarina : https://catarina.udlap.mx/capitulo3
  • 25. 25 3.4 Programas de fomento Arreola, F. (05 de Abril de 2017). Gestion y Desempeño. Obtenido de https://gdconsulting.mx/que-programas- de-fomento-a-las-exportaciones-existen/ Ceballos, A. (24 de Abril de 2012). comercioyaduanas.com.mx/. Obtenido de https://www.comercioyaduanas.com.mx/comercioexterior/comercioexteriormexico/programas- comercio-exterior/ Lofac Comercio exterior. (24 de Septiembre de 2018). lofac.com.mx. Obtenido de http://lofac.com.mx/programas-de-fomento-a-la-exportacion-en-mexico-de-que-tratan/ LogyComp. (25 de Abril de 2020). Obtenido de https://www.logycom.mx/blog/programas-comercio-exterior Secretaria de Economia. (2010). economia.gob.mx. Obtenido de http://www.2006- 2012.economia.gob.mx/comunidad-negocios/industria-y-comercio/instrumentos-de-comercio- exterior/fomento-a-la-produccion-y-las-exportaciones
  • 26. Cuadro de Participación Integrantes Cumplió Porcentaje Aviña López Edgar Octavio SI Ӿ NO 16.66 Cadena Palacios Luis Felipe SI Ӿ NO 16.66 Castro Velázquez Juan Carlos SI Ӿ NO 16.66 Cisneros Flores Ramsés SI Ӿ NO 16.66 Ramírez Pacheco Alfredo SI Ӿ NO 16.66 Trejo Díaz Kevin Arturo SI Ӿ NO 16.66
  • 27. 27