2. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE
DERECHOS HUMANOS
Toda persona tiene derecho al
descanso, al disfrute del tiempo libre, a
una limitación razonable de la duración
del trabajo y a vacaciones periódicas
pagadas.
3. 27.1
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE
DERECHOS HUMANOS
1. Toda persona tiene derecho a tomar
parte libremente en la vida cultural de la
comunidad, a gozar de las artes y a
participar en el progreso científico y en
los beneficios que de él resulten.