1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA
“ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”
EXTENSIÓN BARCELONA - PUERTO LA CRUZ
ESCUELA DE DISEÑO GRÁFICO
Autora: Daniela Lobo
Puerto La Cruz, Febrero 2017
LEY
RESORTE
2. LEY DE RESORTE
La llamada Ley Resorte es una gran herramienta de construcción social en
comunicación. Hay que estudiarla, es un gran logro, debemos aprender de ella y
perfeccionarla, debemos apoyarnos en la legalidad y en la legitimidad de un proceso de
transformación en materia de comunicación. Además, debemos debatir no sólo en
Venezuela, sino en el mundo sobre el espectro radioeléctrico, tenemos que acompañar
ese debate. El proyecto de Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (Ley
Resorte) es el intento número catorce del Estado venezolano y la sociedad civil de
regular la responsabilidad de los medios de comunicación social. La voluntad política
que hoy atiende la legítima solicitud de los ciudadanos es lo que impulsa la
promulgación de esta Ley.
3. JUSTIFICACION
Se puede decir que debido al gran poder que tienen los medios de comunicación en las
personas y en especial en los niños, niñas y adolecentes es que la ley RESORTE contiene
los artículos anteriormente planteados, debido a que esta es una manera en que los
medios cumplan con su función de educar y contribuir a la formación de la nueva
generación.
4. IMPORTANCIA
Por otro lado, parte importante de la programación de los canales venezolanos proviene de otros
países. La Ley Resorte no pretende que salgan de la pantalla las producciones extranjeras, sólo
exige equilibrio en este tema. Elevar los porcentajes de difusión de programas hechos en
Venezuela tanto por los propios medios como por productores independientes venezolanos, es
una vía para fomentar el desarrollo endógeno de la radio y la televisión. El Fondo de
Responsabilidad Social juega un papel clave en este sentido, pues los productores accederán a
planes de financiamiento que les permitirán colocar al aire sus propuestas.
5. OBJETIVO DE LA LEY RESORTE.
Promover la aplicación
de la Ley de
Responsabilidad Social
en Radio, Televisión y
Medios Electrónicos con
miras a coadyuvar en la
construcción de un
nuevo modelo
comunicacional,
enmarcado en una visión
socialista del uso de los
medios de comunicación
como aliados en el
desarrollo social y
económico del país.
Impulsar el
desarrollo del sector
PNI, como uno de los
objetivos
fundamentales de la
LRSRTV para la
democratización de
los servicios de radio
y televisión.
6. CONATEL
•La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, promulgada el 12 de
junio de 2000, otorgó las competencias estatales para la regulación del
sector a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones.
•Esta Comisión, inicialmente fue creada mediante el Decreto Nº 1.826
del 5 de septiembre de 1991 (Gaceta Oficial Nº 34.801 de fecha 18 de
septiembre del mismo año) atribuyéndosele el carácter de servicio
autónomo sin personalidad jurídica, y la jerarquía de una Dirección
General del Ministerio de Transporte y Comunicaciones. Reemplazo
al Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CNT)