2. CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA:
En sentido amplio u objetivo, abarca todos aquellos
convenios cuyo objeto sea un bien o servicio
informático, independientemente de la vía por la que se
celebren. El objeto del contrato, por tanto, sería la
prestación de un servicio informático.
En sentido restringido o formal, son aquellos contratos
cuyo perfeccionamiento se da por vía informática,
indiferentemente de cual sea su objeto. A estos últimos
se les conoce también, propiamente, como contratos
electrónicos.
Ejemplo: Contratos de servicios auxiliares. Como
pueden ser, el mantenimiento de equipos y programas
o la formación de las personas que van a utilizar la
aplicación respecto a equipos, sistema o aplicaciones.
3. ¿A QUÉ SE DENOMINA
CONTRATOS DE ADHESIÓN?
& ¿QUÉ RELACIÓN TIENE
LA
CONTRATACIÓN
ELECTRÓNICA POR
INTERNET CON LOS
LLAMADOS
CONTRATOS DE ADHESIÓN?
Los contratos informáticos, en muchas ocasiones, son
contratos de adhesión, son un modelo de contratación
redactado únicamente por una de las partes que lo
suscriben, de manera tal que la otra parte sólo pues se
suele vincular al contrato de adhesión con la
contratación a cláusulas y condiciones generales. Sin
embargo su naturaleza es diversa. "El contrato de
adhesión es una modalidad de la formación del
consentimiento& Esta oferta puede contener
condiciones generales, si cumple los requisitos de
anticipación y generalidad de éstas, pero puede
limitarse, como usualmente ocurre en transacciones
simples, a la fijación de la cosa y el precio". Será
frecuente, en la contratación electrónica, suscribir
contratos de adhesión, con o sin condiciones generales
y aceptar o rechazar el contrato en su totalidad
4. ¿AQUÉ SE
DENOMINAN
VICIOS DEL
CONSENTIMIENT
O?
El vicio del Consentimiento es la ausencia de una
voluntad sana con el objetivo de falsear, adulterar,
anular dicha voluntad y alcanzar propósitos deseados
lo cual compromete su eficacia. La voluntad queda
excluida cuando el consentimiento en su forma exterior
está viciado.
Los Vicios del Consentimiento son: el error, el dolo, la
violencia, la lesión y la incapacidad.
5. ¿EN QUÉ CONSISTE
EL OUTSOURCING EN
MATERIA DE
CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA?
Se conoce por contrato de outsourcing informático a
aquel en virtud del cual una empresa dedicada a la
gestión de sistemas informáticos para empresas (el
prestador) es contratada por otra (el cliente) para que
le realice determinados servicios informáticos con el
objeto de incrementar su productividad y
competitividad. El prestador gestionará el sistema
informático del cliente con el fin de proporcionarle un
sistema informático actualizado y eficiente.