El documento describe un proyecto para mejorar el camino vecinal entre Carcas y Cutacarcas en el distrito de Chiquián, Perú. El proyecto tiene como objetivo prever los impactos ambientales y proponer medidas de mitigación para armonizar el proyecto con el medio ambiente. También describe el marco legal relevante para proyectos de este tipo en Perú, incluyendo leyes sobre medio ambiente, evaluación de impacto ambiental, expropiación y roles de las municipalidades.
1. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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PROYECTO:“MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS
DEL DISTRITO DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE
ANCASH”
OBJETIVOS:
La presente evaluación tiene por finalidad prever los impactos ambientales que
se generarán en las interacciones entre el proyecto y los elementos ambientales
naturales y humanos; así como proponer las medidas de mitigación respectivas
con la finalidad de armonizarlas actividades del proyecto con el medio ambiente.
MARCO LEGAL
En el Perú en las últimas décadas se ha logrado un avance significativo en el
campo de la legislación ambiental. En efecto, han sido promulgadas importantes
normas que sirven como instrumentos jurídicos para regular la relación entre el
hombre y su ambiente, con el propósito de lograr el desarrollo sostenible de
nuestro país. Así se tiene:
Constitución Política del Perú
Los logros normativos en el ámbito ambiental en nuestro medio se inician
formalmente con la Constitución Política del Perú de 1979, la cual en su artículo
123 establece:
“Todos tienen el derecho de habitar en ambiente saludable, ecológicamente
equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida y la preservación del paisaje
y la naturaleza. Es obligación del Estado prevenir y controlar la contaminación
ambiental”. Aspecto que se ratifica en la Constitución Política de 1993,
señalando en su artículo 2, inciso 22 que: “Toda persona tiene derecho a: la
paz, la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como gozar de
un ambiente equilibrado y adecuado de desarrollo de su vida”. Asimismo, en los
artículos 66, 67, 68 y 69 se señala que los recursos naturales renovables y
no renovables son patrimonio de la nación, promoviendo el Estado el uso
sostenible de éstos; así como,la conservación de la diversidad biológica y de las
áreas naturales protegidas.
Asimismo, la Constitución protege el derecho de propiedad y así lo garantiza el
Estado, pues a nadie puede privarse de su propiedad (Art. 70). Sin embargo,
cuando se requiere desarrollar proyectos de interés nacional, declarados por
Ley, éstos podrán expropiar propiedades para su ejecución; para lo cual, se
deberá indemnizar previamente a las personas y/o familias que resulten
afectadas.
Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales
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Fue establecido por DL Nº 613, del 07-09-1990. Este código señala en el ítem 1
del Título Preliminar, que toda persona tiene el derecho irrenunciable a gozar de
un ambiente saludable, así como el deber de conservar dicho ambiente,
precisando que es obligación del estado mantener la calidad de vida de las
personas a un nivel compatible con la dignidad humana.
Capítulo XIV, Art. 84º. No se permitirán en las zonas ocupadas por
asentamientos humanos la localización de proyectos y otras actividades que
signifiquen algún grado de peligrosidad para la población.
Capítulo XV, De la prevención de los desastres naturales. Le corresponde
prevenir y controlar la contaminación ambiental y cualquier proceso de deterioro
o depredación de los recursos naturales que pueda interferir en el normal
desarrollo de toda forma de vida y de la sociedad. Las personas están obligadas
a contribuir y colaborar inexcusablemente con estos propósitos.
Ley de Consejo Nacional del Ambiente (CONAM)
Mediante Ley Nº 26410, del 02-12-94, fue creado el Consejo Nacional del
Ambiente (CONAM) como organismo descentralizado, con personería jurídica
de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera,
administrativa y técnica, que depende del Presidente del Consejo de Ministros.
Es el organismo rector de la política nacional ambiental que tiene finalidad,
planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y patrimonio
natural de la Nación. Se encuentra integrado por; a) Un Órgano Directivo, b)
Órgano Ejecutivo (Secretaria Ejecutiva) y un Órgano Consultivo (Comisión
Consultiva).
Código Penal - Delitos contra la Ecología
Para penalizar cualquier alteración del Medio Ambiente, se dicta el D. Leg. N
635, del 08 –04- 91Delitos contra la Ecología, que en su artículo 304 precisa:
que el que contamine el ambiente con residuos sólidos, líquidos o gaseosos, por
encima de límites permisibles,será reprimido con pena privativa de la libertad no
menor de un (1) año, ni mayor de tres (3) años.
Asimismo, la Ley N 26631, del 21 de junio de 1996 dicta normas para efectos
de formalizar denuncia por infracción de la legislación Ambiental, la cual en su
Artículo 1, establece que: “La formalización de la denuncia por los delitos
tipificados en título Décimo Tercero del Libro Segundo del Código Penal,
requerirá de las entidades sectoriales competentes, opinión fundamentada por
escrito sobre si se ha infringido la legislación ambiental”.
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Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada
D. Leg. Nº 757, del 13-11-91. El marco general de política para la actividad
privada y la conservación del ambiente está expresado por el Artículo 49º, donde
se señala que el Estado estimula el equilibrio racional entre el desarrollo
socioeconómico,la conservación del ambiente y el uso sostenido de los recursos
naturales; garantizando la debida seguridad jurídica a los inversionistas
mediante el establecimiento de normas claras de protección del medio ambiente.
Asimismo, el Artículo 9º del mismo dispositivo deroga toda disposición legal que
fije modalidades de producción o índices de productividad, que prohíba u obligue
a la utilización de insumos o procesos tecnológicos. En general, que intervenga
en los procesos productivos de las empresas en función al tipo de actividad
económica que desarrollen, su capacidad instalada, o cualquier otro factor
económico similar, salvo disposiciones legales referidas a la higiene y seguridad
industrial, la conservación del ambiente y la salud.
Ley General de Agua
D.L. Nº 17752, del 24-07-1969. Esta Ley con sus reglamentos y modificatorias
(D.S. Nº 261-69-AP del 12-12-69 y D.S. Nº 007-83-A del 11-03-83) en su Título
II, prohíbe mediante el artículo 22º (Cap. II) verter o emitir cualquier residuo
sólido, líquido o gaseoso, que pueda alterar la calidad de agua y ocasionar daños
a la salud humana o poner en peligro recursos hidrobiológicos de los cauces
afectados; así como, perjudicar el normal desarrollo de la flora y fauna.
Asimismo, refiere que los efluentes deben ser adecuadamente tratados para
alcanzar los límites permisibles.
Para el caso de utilización de aguas subterráneas, el Artículo 111° del
Reglamento de la Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario
(Decreto Supremo N° 048-91-AG) del 11-11-91, establece que la utilización de
las aguas subterráneas se sujetará a lo estipulado en los artículos pertinentes
del Reglamento del Título IV “de las Aguas Subterráneas” de las Ley General de
Aguas. El reglamento mencionado fue aprobado por Decreto Supremo N° 274-
69-AP/DGA del 30-12-69. El artículo 70° de las Ley General de Aguas, señala
que todo aquel que con ocasión de efectuar estudios, explotaciones o
exploraciones mineras, petrolíferas o con cualquier otro propósito, descubriese
o alumbrase aguas, está obligado a dar aviso inmediato a la Autoridad en Aguas
y no podrá utilizarlas sin permiso, autorización o licencia. (Alumbramiento:
Acción de descubrir aguas subterráneas y hacerlas aflorar). Además, se
establecen las acciones a tomar en casos de Alumbramiento de las aguas
subterráneas, contaminación, responsabilidades del Estado y responsabilidades
del usuario, entre otros.
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Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades
Ley N° 26786, del 13-05-1997. Establece que los Ministerios deberán comunicar
al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) las regulaciones al respecto. Esta
Ley no modifica las atribuciones sectoriales en cuanto a las autoridades
ambientales competentes.
Las actividades a realizarse no requerirán una coordinación directa con el
CONAM. La Autoridad Competente Ambiental para dichas hará de conocimiento
respectivo al CONAM, si el caso lo requiriese.
Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental
Ley N° 27446, del 23-04- 2001. Estedispositivo legal establece un sistemaúnico
y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección
anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones
humanas expresadas a través de los proyectos de inversión.
La norma señala diversas categorías en función al riesgo ambiental. Dicha s
categorías son las siguientes: Categoría I – Declaración de Impacto Ambiental;
Categoría II – Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado, Categoría III –
Estudio de Impacto Ambiental Detallado. Cabe precisar que hasta la fecha no se
ha expedido el reglamento de esta Ley.
Ley General de Expropiación
Ley N° 27117. Esta Ley en su Art. 2° menciona que la expropiación consiste en
la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada, autorizada
únicamente por la ley expresa del Congreso a favor del Estado, a iniciativa del
Poder Ejecutivo, Regiones, o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la
indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio.
En el Art. 3° dispone que el único beneficiado de una expropiación es el Estado.
El Art. 7° menciona que todos los procesos de expropiación que se dispongan,
al amparode lo dispuesto en el presente artículo deben ajustarsea lo establecido
en la presente Ley. El Art. 9° está referido a la trata directa, donde se establecen
mecanismos para acceder al trato directo, así como los respectivos pasos para
enmarcar los acuerdos a la Ley.
El Art. 10° establece la naturaleza del sujeto activo de la expropiación y el Art.
11° la del sujeto pasivo de la expropiación. El Art. 15° está referido a la
indemnización justipreciada, la misma que por un lado comprende el valor de
tasación comercial debidamente actualizado del bien que se expropia y por otro,
la compensación que el sujeto activo de la expropiación debe abonar en caso de
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acreditarse fehacientemente daños y perjuicios para el sujeto pasivo originados
inmediata, directa y exclusivamente por la naturaleza forzosade la transferencia.
Así también dentro de este mismo Artículo, se menciona que la indemnización
justipreciada no podrá ser inferior al valor comercial actualizado, ni exceder de
la estimación del sujeto pasivo.
El Art. 16° establece que el valor del bien se determinará mediante tasación
comercial actualizada que será realizada exclusivamente por el Consejo
Nacional de Tasaciones. El Art. 19° referente a la forma de pago, establece que
la consigna de la indemnización justipreciada, debidamente actualizada, se
efectuará necesariamente en dinero y en moneda nacional y demás alcances
relacionados a la indemnización justipreciada.
Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil
D. S. N° 019-71-IN. Esta norma regula el uso civil de los explosivos. Los
requisitos para las autorizaciones y permisos para el transporte y manipulación
de explosiones se encuentran en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior aprobado por D.S. N° 006-93-
IN (30-09-93) y sus modificaciones D.S. N° 008-93-In (17-12-93) y D.S. N° 004-
94-In (30-04-94). Es necesario coordinar con al DISCAMEC el uso de explosivos
civiles.
Ley Orgánica de Municipalidades
Ley N° 23853, del 08-06-19. En esta Ley se establece que la Municipalidad es
una unidad fundamental de la gestión local. El Municipio como gobierno local y
comoparte del estado manifiesta una correlación de fuerzas sociales locales que
se redefinen en el tiempo y en el territorio.
Conforme lo establece el Art. 3° de esta Ley, las Municipalidades representan al
vecindario, promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales,
fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las
circunscripciones de su jurisdicción.
En materia ambiental, las Municipalidades tienen las siguientes funciones:
Velar por la conservación de la flora y fauna locales y promover ante las
entidades las acciones necesarias para el desarrollo, aprovechamiento
racional y recuperación de los recursos naturales ubicados en el territorio de
su jurisdicción.
Normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento
ambiental.
Difundir programas de educación ambiental.
Propiciar campañas de forestación y reforestación.
Establecer medidas de control de ruido de tránsito y del transporte colectivo.
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Promover y asegurar la conservación y custodia del patrimonio cultural local
y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y
artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales
correspondientes en su restauración y conservación.
Ley General de Residuos Sólidos
Ley N° 27314, del 21-07-2000. Esta Ley establece los derechos, obligaciones,
atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar
una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente
adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos
ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana.
Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación
Ley N° 24047, del 05-01-85. Este dispositivo ha sido modificado por Ley 24193
del 06-06-85 y Ley 25644 del 27-07-92, reconoce como bien cultural los sitios
arqueológicos, estipulando sanciones administrativas por caso de negligencia
grave o dolo, en la conservación de los bienes del patrimonio cultural de la
Nación.
El D.S. Nº 050-94-ED del 11-10-94 aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Instituto Nacional de Cultura (INC). Este Organismo constituye la
entidad gubernamental encargada de velar por el cumplimiento de la norma
referente al patrimonio cultural. Mediante D.S. Nº 013-98-ED se aprobó el Texto
Único de Procedimientos Administrativos del INC.
Ley Forestal y de Fauna Silvestre
Ley N° 27308, del 07-07-2000. Esta Ley tiene por objeto normar, regular y
supervisar el uso sostenible y la conservación de los recursos forestales y de
fauna silvestre del país, compatibilizando su aprovechamiento con la valoración
progresiva de los servicios ambientales del bosque, en armonía con el interés
social, económico y ambiental de la nación, de acuerdo con lo establecido en los
artículos 66 y 67 de la Constitución Política del Perú, en el D.L. N° 613, Código
del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, en la Ley N° 26821, Ley Orgánica
para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y los Convenios
internacionales vigentes para el estado Peruano.
NORMATIVIDAD ESPECÍFICA
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Es el organismo rector del sector transportes y comunicaciones, creado por Ley No.
27779, que forma parte del Poder Ejecutivo y que constituye un pliego presupuestal
con autonomía administrativa y económica, de acuerdo a ley.
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Dirección General de Asuntos Socio ambientales
El D.S. Nº 041-2002-MTC, del 22 de agosto del 2002, Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, crea la Dirección
General de Asuntos Socio ambientales. En suArtículo 73º establece que la Dirección
General de Asuntos Socio ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de
las normas de conservación del medio ambiente del subsector, con el fin de
garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales durante el desarrollo de las
obras de infraestructura de transportes; así como de conducir los procesos de
expropiación y reubicación que la misma requiera. Esta dirección está a cargo de un
Director General, quien depende del Vice ministerio de Transportes.
“Registro de Empresas o Instituciones para elaborar EIAs
R.M. N° 170-94-TCC/15.03, del 27-04-1994. Mediante esta Resolución se aperturó
el registro de Empresas o Instituciones Públicas o Privadas autorizadas para
elaborar Estudios de Impacto Ambiental en el sector de Transporte,
Comunicaciones, Vivienda y Construcción.
Aprueban Términos de Referencia para EIAs en la construcción vial
R.M. N° 171-94-TCC/15.03, del 27-04-1994. Mediante esta Resolución seaprobaron
los Términos de Referencia para elaborar los Estudios de Impacto Ambiental en
proyectos viales los mismos que sustentan el contenido de los mencionados
estudios. En su artículo 1º y 2º, se hace referencia que antes de la ejecución de
todo proyecto de infraestructura vial, se debe elaborar previamente un Estudio de
Impacto Ambiental.
Declaran que las canteras de minerales no metálicos de materiales de
construcción ubicadas al lado de las carreteras en mantenimiento se
encuentran afectas a estas
D.S. Nº011-93-MTC. Esta norma declara que las canteras ubicadas al lado de las
carreteras en mantenimiento seencuentran afectadas a estas,se menciona también
que las canteras de minerales no metálicos que se encuentran hasta una distancia
de 3 km. medidas a cada lado del eje de la vía, se encuentra permanentemente
afectados a estas y forman parte integrante de dicha infraestructura vial.
Esta norma es modificada en su artículo 1º por el Decreto Supremo Nº020-94-MTC
en el que se establece que en la selva el límite del área a afectar para canteras de
materiales no metálicos será de 15 km a cada lado de la vía; y dichas afectaciones
se aplican a la red vial nacional que incluye las rutas nacionales, departamentales y
vecinales.
“Aprovechamiento de canteras de materiales de construcción”
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D.S.Nº 037-96-EM, del 25-11-1996. Este Decreto Supremo establece en sus
artículos 1° y 2°, que las canteras de materiales de construcción utilizadas
exclusivamente para la construcción, rehabilitación o mantenimiento de obras de
infraestructura que desarrollan las entidades del Estado directamente o por contrata,
ubicadas dentro de un radio de veinte kilómetros de la obra o dentro de una distancia
de hasta seis kilómetros medidos a cada lado del eje longitudinal de las obras, se
afectarán a éstas durante su ejecución y formarán parte integrante de dicha
infraestructura. Igualmente, las Entidades del Estado que estén sujetos a lo
mencionado anteriormente, previa calificación de la obra hecha por el MTC,
informarán al registro público de Minería el inicio de la ejecución de las obras y la
ubicación de éstas.
Explotación de Canteras
R.M. Nº188-97-EM/VMM, del 12-05-97. Mediante esta resolución se establecen las
medidas a tomar para el inicio o reinicio de las actividades de explotación de
canteras de materiales de construcción, diseño de tajos, minado de las canteras,
abandono de las canteras, acciones al término del uso de la cantera y los plazos y
acciones complementarias para el tratamiento de las mismas.
Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 26737, que regula la explotación de
materiales que acarrean y depositan las aguas en sus álveos o cauces
D.S. Nº 013-97-AG. Establece que la autoridad de aguas es la única facultada para
otorgar los permisos de extracción de los materiales que acarrean y depositan en
sus álveos o cauces, priorizando las zonas de extracción en el cauce, previa
evaluación técnica efectuada por el administrador técnico del distrito de riego
correspondiente. Concluida la extracción el titular está obligado a reponer a su
estado natural la ribera utilizada para el acceso y salida a la zona de explotación.
Cada permiso de extracción tiene validez por el plazo máximo de un (1) año como
lo señala en su artículo 10º.
Uso de Canteras en Proyectos Especiales
D.S. N° 016-98-AG. Este dispositivo establece que las obras viales que ejecuta el
MTC a través de proyectos especiales no están sujetas al pago de extracción.
Seguridad e Higiene
El Manual Ambiental para el Diseño y Construcción de Vías del Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, en el numeral 2.4 Medidas
Sanitarias y de Seguridad Ambiental, señala las medidas preventivas y las normas
sanitarias a seguir por los Trabajadores y la Empresa. Establece también, los
requisitos o características que deben tener los campamentos, maquinarias y
equipos, todo esto con el fin de evitar la ocurrencia de epidemias de enfermedades
9. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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infectocontagiosas, en especial aquellas de transmisión venérea, que suelen
presentarse en poblaciones cercanas a los campamentos de construcción de
carreteras; así mismo aquellas enfermedades que se producen por ingestión de
aguas y alimentos contaminados.
Además, referencialmente se cuenta con El Reglamento de Seguridad e Higiene
Minera aprobado mediante D.S. Nº 023-92-EM del 9-10-92. Este reglamento tiene
la finalidad de promover y mantener los estándares más altos de bienestar físico y
mental de los trabajadores minero metalúrgico, proteger las instalaciones y
propiedades y garantizar las fuentes de trabajo, mejorando la productividad.
MARCO INSTITUCIONAL
En el ámbito del proyecto, el marco institucional está representado básicamente por
instituciones públicas como el Ministerio de Salud, a través de Hospitales, Postas
Médicas y Centros de Salud; el Ministerio de Educación; el Ministerio de Agricultura;
el Ministerio de trabajo; el Ministerio Público; el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones; el Ministerio de Pesquería; el Poder Judicial; los Gobiernos
Locales.
DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO
.1 Nombre del Proyecto:
El proyecto se denomina “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL
CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO DE CHIQUIÁN, PROVINCIA
DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
1.2 Ubicación Límites y Vías de Acceso:
Departamento : Ancash.
Provincia : Bolognesi
Distrito : Chiquián
Tramo : Carcas - Cutacarcas
Cuadro 01: Ubicación en coordenadas UTM
Sector
Coordenadas UTM
Este Norte
Carcas 262799.71 8881082.01
Cutacarcas 262781.75 8881039.57
10. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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VÍAS DE ACCESO
Vías de Acceso a la zona del proyecto se muestra en el siguiente cuadro:
Cuadro 02: Vías de acceso.
Desde A
Tipo De
Via
Medio de
Transporte
Km.
Tiempo
(Horas)
Frec.
Huaraz Conococha C. Asfaltada
Vehic.
motorizado
80 2:00 Diaria
Conococha Chiquián C. Asfaltada
Vehic.
motorizado
25.30 0.46 Diaria
Chiquián Carcas C. Asfaltada
Vehic.
motorizado
10.2 0.20 Diaria
1.3 Fase de Actividad
Descripción Und. Metrado
TRAMO CARCAS - CUTACARCAS
OBRAS PROVISIONALES, TRABAJOS PRELIMINARES, SEGURIDAD Y SALUD
OBRAS PROVISIONALES
CAMPAMENTO Y ALMACÉN PROVISIONAL DE OBRA m2 10.00
CARTEL DE OBRA und 1.00
SEGURIDAD Y SALUD
EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL glb 1.00
EQUIPOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA glb 1.00
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PARA LA PREVENCIÓN DEL COVID-19 EN OBRA glb 1.00
OBRAS DE ARTE Y DRENAJE
ALCANTARILLAS DE CONCRETO TIPO CAJÓN
TRABAJOS PRELIMINARES
LIMPIEZA DEL TERRENO MANUAL m2 66.22
TRAZO Y REPLANTEO m2 66.22
MOVIMIENTO DE TIERRAS
EXCAVACIÓN DE ZANJAS PARA ALCANTARILLA m3 55.78
NIVELACIÓN INTERIOR Y APISONADO m2 66.22
ELIMINACIÓN DE MATERIAL EXCENDENTE m3 51.26
CONCRETO ARMADO
CONCRETO f'c=210 kg/cm2 m3 23.76
ACERO CORRUGADO fy=4200 kg/cm2 GRADO 60 kg 1,384.77
ENCONFRADO Y DESENCOFRADO m2 196.17
CONCRETO SIMPLE
CONCRETO f'c =140 kg/cm2 Proporción 1:8 m3 3.10
PONTÓN DE CONCRETO ARMADO
11. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
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CONCRETO ARMADO
CONCRETO f'c=210 kg/cm2 m3 0.60
ACERO CORRUGADO FY= 4200 kg/cm2 GRADO 60 kg 59.44
BADÉN DE CONCRETO SIMPLE
CONCRETO SIMPLE
CONCRETO f'c =140 kg/cm2 Proporción 1:8 m3 1.35
OBRAS DE ARTE: PONTÓN
PONTÓN LUZ = 5.00 m
TRABAJOS PRELIMINARES
LIMPIEZA MANUAL DE TERRENO m2 54.00
TRAZO Y REPLANTEO m2 54.00
MOVIMIENTO DE TIERRAS
EXCAVACIÓN PARA ESTRIBOS Y ALEROS m3 37.80
RELLENO CON MATERIAL PROPIO EN ESPALDÓN DE ESTRIBOS m3 24.01
CONCRETO CICLOPEO EN ESTRIBOS
CONCRETO CICLOPEO f'c=175 kg/cm2 + 70% PG EN CIMENTACIÓN m3 7.07
CONCRETO CICLOPEO f'c =175 kg/cm2 + 70% PG EN ESTRIBOS Y ALEROS m3 30.10
ENCOFRADO Y DESENCOFRADO CARAVISTA m2 83.84
SUPERESTRUCTURA DEL PONTÓN
TABLERO DE PONTÓN CON MADERA EUCALIPTO glb 1.00
PAVIMENTO RIGIDO PAMPAM - CARCAS
TRABAJOS PRELIMINARES
LIMPIEZA MANUAL DEL TERRENO m2 1,205.25
TRAZO Y REPLANTEO (EN CARRETERAS) km 0.31
MOVIMIENTO DE TIERRAS
TRASLADO DE MATERIAL AFIRMADO DESDE CANTERA A OBRA m3 204.81
RELLENO CON MATERIAL DE CANTERA m3 180.79
PERFILADO Y COMPACTADO DE SUPERFICIE DE SUB RAZANTE m2 1,205.25
RELLENO LATERAL DE LOSA CON MATERIAL PROPIO m3 32.03
CONCRETO EN PAVIMENTOS
CONCRETO f'c=210 kg/cm2 m3 180.79
ENCONFRADO Y DESENCOFRADO m2 128.79
JUNTAS
JUNTA DE CONTRACCION m 231.00
JUNTA DE DILATACION e=1" m 77.00
JUNTAS ASFALTICAS m 376.00
MURO DE CONTENCION
LIMPIEZA DEL TERRENO MANUAL m2 11.50
TRAZO Y REPLANTEO m2 11.50
EXCAVACIÓN DE ZANJAS PARA ALCANTARILLA m3 40.25
NIVELACIÓN INTERIOR Y APISONADO m2 11.50
ELIMINACIÓN DE MATERIAL EXCENDENTE m3 46.29
CONCRETO CICLOPEO f'c=175 kg/cm2 + 70% PG EN CIMENTACIÓN m3 6.90
CONCRETO CICLOPEO f'c =175 kg/cm2 + 70% PG EN ESTRIBOS Y ALEROS m3 4.35
ENCOFRADO Y DESENCOFRADO CARAVISTA m2 35.00
DRENES DE PVC Ø=8" m 5.00
MANTENIMIENTO DEL CAMINO CARCAS - CUTACARCAS
TRABAJOS DE MANTENIMIENTO
LIMPIEZA DEL CAMINO DE HERRADURA
LIMPIEZA MANUAL DE TERRENO m2 2,581.40
1.4 Entidad Ejecutora
Municipalidad Provincial de Bolognesi
2. OBJETIVOS DEL PROYECTO:
12. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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PROBLEMACENTRAL OBJETIVO CENTRAL
3. DESCRIPCION DEL PROYECTO
Construcción de pavimento rígido : 0+305 km
Alcantarillas tipo cajón de concreto : 12 unidades
Pontón de luz 5 metros : 01 unidades
Badén de concreto simple : 01 unidades
Pontón de concreto armado : 01 unidades
Muro de contención de concreto ciclópeo : 01 unidades
Limpieza de camino de herradura : 1+434 km
4. SITUACIÓN SOCIOECONÓMICAY CALIDAD DE VIDA.
La población del Distrito de Huaura se caracteriza por su nivel socio-económico,
intermedio aproximadamente el 25% de la población está en edad escolar,
mientras que la Población adulta desarrolla su economía en base a actividades
de carácter agropecuario y comercial, sus ingresos económicos están basados
primordialmente en la agricultura son, en un rango que varía de 15 a 20 soles
diarios. Una parte de la población tiene sus empleos en la ciudad capital de la
Provincia de Huaura.
5. DESCRIPCION DEL MEDIO AMBIENTE
a. Acceso a Servicios Básicos
La zona donde se ejecutará el proyecto cuenta con los servicios de Agua,
Desagüe, Luz, Cable y Teléfono.
b. Servicios Públicos:
i. Salud:
Teniendo en cuenta los bajos niveles de ingreso de la población se
reflejan a través de la baja dieta alimenticia y de sus niveles de
Inadecuadas condiciones de
transitabilidad vehicular del centro
poblado de Carcas a Cutacarcas.
Adecuadas condiciones de
transitabilidad vehicular en la vía
vecinal Carcas - Cutacarcas
.
13. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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nutrición, las enfermedades que se presentan en la zona de influencia
del proyecto son de carácter endémico, de transmisión o de la piel.
Las principales enfermedades que se presentan son la malaria,
parasitosis, enfermedades dermatológicas, tuberculosis, fiebre
amarilla, infecciones respiratorias.
Las Atenciones Médicas primarias son atendidas en el Centro de
Salud del Distrito de Chiquián, y los casos que requieran algún nivel
de especialidad son atendidos en los Hospitales del Ministerio de
Salud de Huaraz.
ii. Educación:
En el Centro Poblado de Carcas la población escolar se encuentra
repartida en los siguientes niveles de educación:
Educación inicial.
Se cuenta con un centro de educativo inicial.
Educación Primaria y Secundaria.
El centro poblado cuenta con un colegio de nivel primario y el nivel
secundario se desarrolla en el distrito de Chiquián.
Educación Superior.
Se da en la ciudad de Huaraz, provincia de Huaraz, está ubicada la
Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”, que permite la
profesionalización de los jóvenes de esta provincia. Asimismo, existe
una serie de Institutos Tecnológicos de carácter públicos y privados
que brindan cursos Técnicos.
c. Clima
El clima es frígido, hay precipitaciones durante los meses de noviembre
a abril. La temperatura media anual en Carcas se encuentra a 13.7 °C.
Hay alrededor de precipitaciones de 849 mm.
d. Temperatura
El mes más caluroso del año con un promedio de 15.1°c de noviembre,
el mes más frio del año es de 11.7°c en el medio de julio.
e. Precipitación
La precipitación media anual registrada en la estación de Conococha es
de 891.60 mm. La época de lluvias por lo general empieza en el mes de
diciembre y termina en el mes de marzo. Durante este período caen al
rededor del 53% de volumen anual, mientras que en épocas de secas las
lluvias son regulares de baja intensidad. Las precipitaciones medias
14. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
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mensuales varían entre 5.2 mm en el mes de junio y 184.6 mm en el mes
de enero.
En cuanto al índice de la precipitación máxima en 24 horas "Pmax24",
ésta es en promedio anual de 13.26 mm; el máximo encontrado es de
23.60 mm en el mes de marzo.
f. Humedad Relativa
La humedad relativa promedio oscila entre el 69% en el mes de mayo y
78% en el mes de marzo, con un promedio anual del 72%.
g. Ecología
La ecología y el medio ambiente están conformados por áreas bastante
extensas, suave o ligeramente onduladas hacia las partes bajas y
presenta colinas con laderas de moderada a fuerte pendiente hacia las
zonas altas. Esta zona de vida presenta buenos pastos naturales, con
presencia de arbustos menores. La potencialidad del área está en el
mejoramiento de los pastos para la alimentación de los ganados, sin
embargo, existe un deterioro de la superficie del suelo por el sobrepasto-
reo, así como la acción erosiva del viento y las aguas de escorrentía. En
este sentido, es importante que la población realice prácticas culturales
orientadas a la conservación y protección de los suelos, así como a
incrementar la población forestal de la zona.
h. Hidrología.
El tramo en estudio se halla dentro de la cuenca del Río Pativilca, cuyo
recorrido define el límite entre los departamentos de lima. Es típico el
comportamiento del río pues sus crecidas mayores se dan en la estación
lluviosa, mientras que en la estación seca el caudal baja hasta niveles
mínimos.
La cobertura vegetal de la cuenca vertiente, compuesta básicamente por
especies arbustivas y escasos pastos; es homogénea en toda la cuenca,
debido a que su altitud define un piso ecológico uniforme en toda el área,
correspondiéndoles la caracterización de región quechua El relieve de la
cuenca es heterogéneo, pudiéndose apreciar elevaciones de bastante
altitud y configuración topográfica accidentada; así como depresiones y
profundas quebradas.
15. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
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Debido a que en el proyecto se hace necesaria la determinación de
caudales de avenida para un periodo de retorno de 30 años coherente
con el tipo de obra del cual trata el proyecto; éste proceso se muestra en
los anexos.
6. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE IMPACTOS AMBIENTALES
a. Introducción
Antes de iniciar el presente capitulo, es necesario recordar que, dentro del
contexto de un Estudio de Impacto Ambiental, existen marcadas diferencias
entre un efecto Ambiental y un impacto ambiental.
El EFECTO AMBIENTAL es aquel cambio en un componente ambiental –
dentro de un periodo a un área definida – resultante de una actividad o
intervención específica, comparado con la situación que se hubiera
presentado, si no se hubiera ejecutado tal actividad. El efecto ambiental es
la diferencia entre la condición ambiental que se establecería con el proyecto
y sin el proyecto. En algunos casos estos cambios se pueden predecir y
cuantificar (por ejemplo, el cambio previsto en la carga orgánica de un rio con
y sin proyecto). En otros casos, aun cuando la naturaleza de impacto
ambiental se puede predecir, a veces no se logra cuantificar
satisfactoriamente (por ejemplo, un cambio en el valor de paisajes por la
adecuada evacuación de aguas servidas).
El IMPACTO AMBIENTAL en cambio, es cualquier alteración
SIGNIFICATIVA del componente ambiental. En otras palabras, un efecto
ambiental se traduce en impacto ambiental si este es percibido y se
manifiesta, logrando afectar sustancialmente el medio ambiente y los seres
vivos y no vivos, manifiestan dichos cambios.
b. Identificación de los Impactos Ambientales Potenciales
i. Alteración de la Calidad de Aire
Lo cual se verá alterado por las distintas actividades del proyecto y en
especial durante la ejecución de la obra, entre ellas excavación y
transporte de material, preparación de la mezcla de concreto, los
cuales generaran material particulado o “Polvo en el Aire), de corta
duración y carácter temporal.
16. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
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ii. Generación de Ruidos
El desplazamiento y funcionamiento de la maquinaria pesada
generarán ruidos molestos superiores de 70 decibeles, causando
molestia entre los residentes aledaños al área donde se ejecutará la
obra. El ruido será temporal.
Los impactos (EFECTOS) sobre el medio ambiente serán positivos,
considerando que la ejecución del proyecto permitirá mejorar la
calidad de vida de la población reduciendo enfermedades
respiratorias de los transeúntes.
c. Evaluación de los Impactos Ambientales Potenciales:
Identificado la intersección de cada una de las actividades del proyecto con
los componentes ambientales y los impactos probables de ocurrir sean
positivos o negativos, se procede a su evaluación.
La calificación de los Impactos Ambientales Considera los siguientes
criterios:
TIPO Indica si:
Beneficioso ( + )
Adverso o negativo ( - )
INTENSIDAD
Califica la fuerza de acción de impacto sobre el factor ambiental
Califica como: TEMPORAL - MEDIO PLAZO - BAJA
DURACION
Indica el tiempo de impacto
Califica como: TEMPORAL - MEDIO PLAZO - PERMANENTE
IMPORTANCIA
Indica su relevancia geográfica
Califica como: LOCAL - ZONAL - REGIONAL - NACIONAL
Entre los procedimientos que complementan la evaluación se ha
desarrollado el método de Causa – Efecto, los cuales son métodos de
identificación y valoración ajustados a las distintas Etapas de Ejecución,
generando resultados cualitativos – cuantitativo, así como un análisis de las
relaciones de causa entre una acción dada u su efecto sobre el medio o
componente ambiental.
En la identificación y valoración de los impactos ambientales se consigan
peso a valores para cada uno de los factores considerados:
Ca = Carácter a la magnitud, se le interpone el signo (+) Positivo
ó (-) Negativo.
Pro = Probabilidad de Ocurrencia, se valora del 1 al 10.
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Mg = Magnitud en base a un conjunto de características y
cualidades.
DESCRIPCION ESCALA
EXTENSION = E
Reducida 0
Media 1
Amplia 2
INTENSIDAD = In
Baja 0
Moderada 1
Alta 2
DESARROLLO = De
Impacto a Largo Plazo 0
Impacto Mediano Plazo 1
Impacto Inmediato 2
DURACION = Du
Temporal 0
Permanente en el Mediano Plazo 1
Permanente a Largo Plazo 2
REVERSEBILIDAD = Re
Reversible 0
Recuperable 1
Irrecuperable 2
La escala se aplicará tomando en cuenta que la importancia del impacto se
relaciona con el valor ambiental de cada componente que es afectado por el
proyecto. El impacto (efecto) Ambiental se determina como el producto de
carácter, probabilidad magnitud importancia. La magnitud como la suma de
extensión, intensidad, desarrollo, duración y reversibilidad.
DONDE:
IMPORTANCIA E + In + De + Du + Re
IMPACTO
AMBIENTAL
Ca x Pr x Mg x Lm
LA CALIFICACIÓN ES COMO
SIGUE
0 – 20 No Significativos
21 – 40 Menor
Significancia
41 – 54 Media
Significancia
55 - 69 Significativo
70 a más Altamente
Significativo
La utilización de la valoración de los impactos, orienta a efectuar un análisis
y una auditoria adecuada.
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Esta demostración que los EIA son una herramienta importante en la
conservación y protección del Medio Ambiente.
Para el presente caso, la Ejecución del Proyecto: “MEJORAMIENTO DEL
CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO DE
CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE
ANCASH”
tendrá una incidencia directa sobre los siguientes componentes del medio
ambiente:
AMBIENTE FISICO O
ABIOTICO
AMBIENTE DE INTERES
HUMANO
AIRE
Sobre la
calidad
EMPLEO
Incremento
niveles de
empleo
SUELO
Perdida
compactación
CULTURA
Mejora en las
actitudes y
comportamiento
PAISAJE
No hay
ningún tipo de
modificación
del paisaje
SOCIEDAD
Sociales e
Instalaciones,
de respuesta
inmediata
El resultado debe propiciar lo siguiente:
ECOLOGIZACION
HUMANA
EL SER HUMANO CON FIN
SUPREMO
Como resultado de
practicar buenos
hábitos de higiene
respeto a lo Socio -
Económico y Salud y Mental
La evaluación para cada una de las etapas del proyecto mediante el uso de
las matrices Causa – Efecto, ha determinado lo siguiente:
ETAPA - CAUSA EFECTO NIVEL
Durante la Ejecución de la
Obra
NEGATIVO MEDIO
Durante la Operación y Uso POSITIVO ALTO
Durante el Mantenimiento POSITIVO MEDIO
Construcción de Pistas y
Veredas
POSITIVO ALTO
d. Descripción de los Principales Impactos Ambientales
Los impactos identificados se describen de manera simplificada y concreta.
Los componentes ambientales que pueden serafectados por la ejecución del
proyecto en cada uno de sus etapas, así como los factores causantes:
19. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
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i. Ambiente Físico
1. Calidad del Aire
O Materia particulado, gases y humos:
Durante la ejecución del proyecto, debido a las actividades de
excavación, transporte de materiales, la explotación de
canteras, llenado en los depósitos de materiales excedentes,
emanación de humos y gases tóxicos por parte de la
maquinaria, la calidad del aire se verá afectada en forma
temporal.
EL IMPACTO ES TEMPORAL DE CORTA DURACION
O Ruidos:
El funcionamiento de la maquinaria, volquetes, maquina
mezcladora, maquina compactadora, etc. Generarán
emisiones sonoras mayores de 70 decibeles, lo cual causara
molestias y estrés a la población. Las viviendas que sufrirán
más, por la generación de ruidos molestos son los que se
encuentran vecinos a la ejecución de obra proyectada.
EL RUIDO SERÁ TEMPORAL
2. Suelos:
O Destrucción Directa del Suelo.
Debido a las excavaciones se producirá pérdida de suelo,
sumado a la contaminación por derrames de mezclas de
concreto,derrame de aguas, derrame de aceite y combustible
durante la ejecución de la obra.
EL IMPACTO SERÁ PERMANENTE
O Generación de Excedentes.
El suelo se verá afectado por las excavaciones del terreno, y
ellos generarán excedentes los cuales deberán ser
trasladados a los depósitos de los materiales excedentes en
lugares apropiados, para que no afecten el medio ambiente,
ya que son elementos altamente contaminantes.
ii. Ambiente del Interés Humano
1. Nivel Cultural
Modificación del Estilo de Vida:
Se producirán cambios positivos en el comportamiento de
la población de la zona.
Generación de Empleo:
20. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
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Durante la ejecución del proyecto se generará una
demanda de mano de obra calificada y no calificada,
alternativa que permitirá mejorar los niveles de ingreso de
la población de la zona.
2. Servicios
Valor de la Tierra
En las viviendas se incrementará su valor por efecto de plusvalía.
3. Patrimonio Arqueológico:
En el área de influencia directa del proyecto NO existen restos
arqueológicos:
Durante la etapa constructivo se alcanza el
mayor impacto negativo, especialmente en
los componentes ambientales : AIRE -
SUELO
e. Plan de Manejo Ambiental
i. Responsabilidades
La Municipalidad Provincial de Bolognesi es la responsable de que
cumplan todas las indicaciones contenidas en el presente estudio.
ii. Vigilancia Ambiental
Fundamentalmente trata que se cumpla el Plan de Manejo Ambiental
y los compromisos ambientales por los cuales el proyecto fue
autorizado.
Verificar que las condiciones ambientales se encuentren dentro de
los límites permisibles para la vida, durante la fase de construcción,
operación y cierre del proyecto.
Verificar las prácticas ambientales del personal que ejecuta el
proyecto.
Descripción Und. Cantidad
OPERARIO hh 741.4287
OFICIAL hh 782.8650
PEON hh 3,716.6884
OPERADOR DE EQUIPO PESADO hh 231.3242
OPERADOR DE EQUIPO LIVIANO hh 215.8772
TOPOGRAFO hh 10.2288
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El Ejecutor del seguimiento, Supervisión, Control, y Vigilancia
Ambiental es través de la Municipalidad Provincial de Bolognesi por
la oficina correspondiente (Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y
Rural)
Permite garantizar el cumplimiento de las indicaciones y medidas,
preventivas y correctivas, contenidas en el estudio de impacto
ambiental, a fin de lograr la conservación y uso sostenible de los
recursos naturales y el ambiente durante la ejecución del proyecto.
Para ello deberá cumplir los siguientes objetivos.
Durante etapa de construcción
Señalar los impactos (Efectos) detectados en la IEA y
comprobar que las medidas preventivas y correctivas
propuestas aplicadas son eficaces.
Identificar los impactos no previstos en el EIA, proponer
las medidas correctivas adecuadas y supervisar su
ejecución y eficacia.
Proporcionar información útil, a fin de ilustrar sobre las
consecuencias ambientales de proyecto de Construcción
de Pistas y Veredas.
Operación de Vigilancia Ambiental
Para el cumplimiento de los objetivos del Programa de
Vigilancia Ambiental será necesario realizar un control de
aquellas operaciones que, según el EIA, podrían ocasionar
mayores repercusiones ambientales.
En tal sentido, las acciones que requerirán un control muy
preciso son las siguientes:
Las instalaciones provisionales, patio de máquinas. Estos
emplazamientos suelen convertirse en focos constantes
de vertido material toxico o nocivo.
El movimiento de tierras, por la generación continua de
polvo que afecte al personal de obra y población cercana.
El vertido incontrolado, en muchos casos, de materiales
diversos sobrantes. Estos deberán depositarse en los
lugares previamente seleccionados para ello.
Coordinación con la Dirección de Obra, lo que constituye
uno de los aspectos más importantes de todo proceso, ya
que una buena colaboración entre la dirección de Obra y
la Vigilancia Ambiental garantizara la correcta ejecución
de toda la obra.
Los ruidos molestos producidos en la vía pública no deben
exceder los siguientes niveles.
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DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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EN ZONIFICACION
Nivel de
Ruido de
7:01 a 22:00
horas
Nivel de
Ruido de
22:00 a 7:00
horas
EN ZONIFICACION
RESIDENCIAL
60 decibeles 50 decibeles
EN ZONIFICACION
COMERCIAL
70 decibeles 60 decibeles
EN ZONIFICACION
INDUSTRIAL
80 decibeles 70 decibeles
Durante la Etapa de Operación
Durante la operación de pistas y veredas, la vigilancia estará
orientada a evaluar la vida útil de la obra. Se debe realizar
visitas por lo menos dos veces al año a fin de inspeccionar las
pistas y veredas y determinar si estos están siendo objeto de
proceso de deterioro que pudieran poner en riesgo la
estabilidad del mismo.
iii. Plan de Seguridad y Salud
1. Protección de la Seguridad del Personal
El Ejecutor deberá cumplir con todas las disposiciones sobre
salud ocupacional. Seguridad industrial y prevención de
accidentes emanadas del Ministerio de Trabajo.
El Ejecutor es el responsable principal de la ocurrencia de
acciones todos los trabajadores y terceras personas;
asimismo obligar a todos los trabajadores, visitantes, que
cumplan las normas correspondientes.
Cada vez que la Municipalidad Provincial de Bolognesi lo
requiera, el Ejecutor deberá revisar y ajustar el programa de
salud ocupacional, seguridad industrial y prevención de
accidentes. Se podrán suspender las obras si el Ejecutor
incumple los requisitos de salud ocupacional o no atiende las
instrucciones al respecto.
El Ejecutor deberá informar por escrito a la Municipalidad
Provincial de Bolognesi cualquier accidente que ocurra en los
frentes de obra, además, llevar un registro de todos los casos
de enfermedad profesional y los daños que se presenten
sobre propiedades o bienes públicos para preparar reportes
mensuales del tema.
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DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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El empleo de menores de edad para cualquier tipo de labor
en los frentes de obra está directamente prohibido.
El Ejecutor está obligado a utilizar solamente vehículos
automotores en perfecto estado, para transportar de forma
apropiada y segura personas, materiales y equipos de
acuerdo con las reglamentaciones de las autoridades de
transporte y tránsito. Los vehículos serán conducidos por
personal adiestrado, estarán debidamente contramarcados y
contarán con los avisos de peligro necesarios.
2. Plan de Seguridad y Salud
El presente Plan de Seguridad y Salud Ocupacional, está
diseñado para la fase de construcción y Operación del
Proyecto: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL
CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO DE CHIQUIÁN,
PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE
ANCASH”
y contempla lo siguiente:
Prevención
Debe existir una política definida que la prevención es más barata
que curar, para ello los trabajadores en general deben estar
mentalizados en reducir al mínimo y oportunamente los factores o
situaciones que puedan originar algún incidente o posterior
accidente.
Capacitación
La Municipalidad Provincial de Bolognesi debe capacitar a sus
trabajadores antes, durante y después de la obra, esta debe
hacerse a todo nivel y con participación de los directivos de más
alto nivel. Debe llevarse un record de la capacitación de cada uno
de los trabajadores, e incluirlos en su boleta de pago.
La capacitación debe hacerse en función a una programación y
de manera planificada, los temas a tocar deben estar referidos al
manejo de herramientas, maquinas, equipos, sistemas de
generación de energía, primeros auxilios, simulacros, tratamiento
de incendios, etc
Formación de un Comité de Seguridad y Salud
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DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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Es importe formar este comité donde estén representados la
Municipalidad Provincial de Bolognesi y trabajadores, donde el
representante de los trabajadores podrían ser el encargo o
responsable de tal comité. Este comité debe garantizar la
integridad física y la salud de los trabajadores de obra.
Evaluación de la Salud de los Trabajadores
Esto debe realizarse para tener el pleno conocimiento del estado
de la Salud de cada uno de los trabajadores, esto debe hacerse
con la aceptación de cada trabajador.
Implementación de los Trabajadores
Todos los trabajadores deben tener cascos, botas de jebe,
zapatos con punta de acero, guantes, gafas protectoras de ojos,
ropa adecuada para el trabajo, protectores contra el ruido,
camillas, mascara anti polvo.
Servicios Higiénicos, Lavados y Locales de Descanso
Es importante cumplir con esto debido a la necesidad de los
trabajadores de contar con vestuarios, duchas y lavados para su
aseo personal, servicios higiénicos para sus necesidades y que
estas no se hagan al aire libre, del mismo modo un área para su
descanso.
Comunicación
Es necesario que debe existir una buena comunicación, así poder
aclarar dudas, aceptar sugerencias, utilizar la motivación y el
estímulo, reducir la insatisfacción labora, prevenir todo aquello
que podría causar un incidente o accidente.
Se debe comunicar a la población y las autoridades del inicio de
la obra, así pueden tomar sus precauciones.
Elaboración de un Mapa de Riesgo
Se debe elaborar un mapa donde se ubiquen todos los lugares de
riesgos, clasificándolas de acuerdo a su grado de riesgo,
utilizando para ello el código de colores.
NIVELES DE EFICIENCIA EN LA GESTIÓN DE LOS
IMPACTOS AMBIENTALES
25. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI, DEPARTAMENTO DE ANCASH”
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PREVENCION
MITIGACION
CONTROL
Tiempo
7. Conclusiones
De acuerdo con los objetivos del presente estudio, las etapas de
construcción y mantenimiento incidirán sobre la calidad de medio
ambiente.
Los medios físicos y de interés humano, acusarán los impactos positivos
y negativos.
De la evaluación ambiental se constituye que.
Valoración de los Impactos:
La etapa construcción de obra: produce un valor (-) negativo
medio
La etapa de operación y uso: produce un valor (+) positivo alto
La etapa de mantenimiento: produce un valor (+) positivo medio
Impacto Total del Proyecto:
Las etapas de mantenimiento, operación y uso, originan un
resultado superior a la etapa de ejecución de obra, por lo que el
impacto total del proyecto es. POSITIVO ALTO.
Del resultado final se aprecia que el proyecto “MEJORAMIENTO
DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL
DISTRITO DE CHIQUIÁN, PROVINCIA DE BOLOGNESI,
DEPARTAMENTO DE ANCASH”
es: POSITIVO ALTO.
Conclusión Final:
El resultado del presente estudio de impacto ambiental simplificado
determina que no existe la necesidad de implementar medidas de
mitigación, ni de control compensación, sobre el medio ambiente, debido
a que los impactos negativos son puntuales, de corta duración, de poca
magnitud. Respecto a los impactos positivos estas deben ser reforzadas
mediante la participación planificada, estratégica organizada por la
Municipalidad Provincial de Bolognesi, cuya estrategia deberá conllevar
a propiciar tener una población participativa propositiva.
La ejecución de esta obra permite elevar el nivel de vida de los
pobladores de dicha zona.
26. PROYECTO: “MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL CARCAS – CUTACARCAS DEL DISTRITO
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Recomendaciones:
Los residuos sólidos y suelo contaminante por derrames de mezclas de
concreto deberán ser recogido y depositado en el relleno sanitario,
dejando así la zona de trabajo lo más limpio y presentado posible de tal
manera de compensar el impacto ambiental.