herrramientas de resistividad para registro de pozos.pptx
Yorman chourio
1. Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño
Ampliación Maracaibo
Escuela: Ingeniería Civil
Ética
Bachiller:
Yorman Chourio
C.I.: 24,341,575
2. Responsabilidad Civil
La responsabilidad civil puede
ser contractual o extracontractual. Cuando la norma
jurídica violada es una ley se habla de
responsabilidad extracontractual, la cual a su vez
puede ser o bien delictual o penal o cuasi-delictual
o no dolosa. Cuando la norma jurídica transgredida
es una obligación establecida en una declaración de
voluntad particular, se habla entonces de
responsabilidad contractual.
3. Responsabilidad Penal
Es la consecuencia jurídica derivada
de la comisión de un hecho
tipificado en una ley penal por un
sujeto imputable, y siempre que
dicho hecho sea contrario al orden
jurídico, es decir, sea antijurídico;
además de punible.
4. Responsabilidad Gremial
Artículo 105
de la
Constitución
Nacional
• Establece en función de la protección de la colectividad, la colegiación
obligatoria de varias profesiones, entre ellas la de la Ingeniería,
Arquitectura y Profesiones Afines.
Reglamentos
• Reglamento Interno del Colegio de Ingenieros de Venezuela (1984)
• Código de Ética Profesional. "Se considera contrario a la ética e
incompatible con el digno ejercicio de la profesión para un miembro del
Colegio de Ingenieros de Venezuela":
Artículo 12 de
la Ley de
Ejercicio
• "Ningún profesional podrá ejercer sino la especialidad para la cual le
autoriza expresamente el título que posee.".
5. Colegio de Ingenieros
Es un cuerpo gremial colegiado y
moral de carácter público, con
personalidad jurídica y patrimonio
propio, integrado por todos los
profesionales inscritos en el mismo,
hállense o no en el ejercicio de su
profesión, regulado además por la Ley
del Ejercicio de la Ingeniería,
Arquitectura y Profesiones Afines de
Venezuela.
El CIV regula el ejercicio
profesional de los ingenieros
venezolanos y atiende a los
intereses generales de sus
agremiados.
6. Registro del Titulo
Una vez culminados los estudios universitarios y
haber obtenido el título correspondiente, es necesario
realizar el proceso de registro legal de dicho título, ya
que, esto le da validez nacional para poder hacer uso
público y oficial del mismo, para ello el gobierno
nacional ha implementado el Sistema Autónomo de
Registros y Notarías (SAREN) adscrito al Ministerio
del Poder Popular para las Relaciones Interiores,
Justicia y Paz, el cual es el ente encargado de
realizar dicho proceso de registro y validación, en
todo el territorio Venezolano.
7. Apostillamiento del Titulo
Cuando apostillas un documento expedido
por los organismos nacionales estos son
legales en los 110 países adheridos a la
Convención de La Haya, entre los cuales
están: Argentina, Brasil, México, Estados
Unidos, Irlanda, Francia y España.
Algunos de los documentos para los que aplica el
Apostille de La Haya son, según el Ministerio de
Relaciones Exteriores, los administrativos y
certificaciones oficiales como registros y firmas
notariadas privadas; los expedidos por funcionarios
del Estado, incluyendo los provenientes del
Ministerio Público; actas de nacimiento, matrimonio
y defunción; y títulos de estudios secundaria, pre-
grado y post-grado universitario; notas certificadas y
antecedentes penales.