1. La Devolución de IVA a Personas Naturales del Régimen común que compran con tarjetas débito y crédito actualicese.com Diego Hernán Guevara Madrid Contador Público Líder de Investigación Contable y Tributaria www.actualicese.com (Octubre 15 de 2009)
2. Desde el año 2004 en adelante, el art.850-1 del E.T. ha contemplado que las personas naturales que efectúen compras de bienes o servicios gravados con IVA del 16% o del 10%, y las efectúen con sus tarjetas débito y/o crédito, tienen derecho a la devolución de 2 puntos de ese IVA pagado. Esa norma hasta ahora ha sido reglamentada con el decreto 428 de Feb. De 2004 (que fue modificado con los decretos 1846 y 2084 ambos de jun./04) y la Resolución DIAN 2144 de marzo de 2004 actualicese.com Normas que regulan la devolución de IVA por compras con tarjetas
3. En el artículo 13 de la Resolución 2144, la DIAN estableció que si el comprador fue un comprador persona natural que está en el régimen común, que a ese comprador no se le devuelven los dos puntos del IVA pagado con sus tarjetas. Por tanto, si lo que compró eran costos y gastos relacionados con su negocio, lo que tiene que hacer es tomar como descontable en su declaración de IVA todo el IVA pagado. actualicese.com A un comprador del Régimen común no le devuelven
4. Pero ¿Qué pasa si compra bienes o servicios que son personales y por tanto ninguna parte del IVA se podría tratar como descontable en las declaraciones de IVA (art.488 del ET)? En ese caso le permiten tomar los 2 puntos del IVA pagado, y llevarlo como un IVA descontable en sus declaraciones de IVA (ver el parágrafo 3 del art.1 del Dec.428 de 2004). El resto del IVA pagado sí se queda sumando como mayor valor del costo o gasto que sería no deducible en su declaración de renta. actualicese.com A un comprador del Régimen común no le devuelven
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