2. TESIS SOBRE EL ACTO COOPERATIVO
Con base en los aportes iniciales de Salinas y Guzmán, los juristas
latinoamericanos dedicados al estudio y desarrollo del Derecho Cooperativo,
produjeron una serie de tesis relacionados con el concepto Acto Cooperativo, que
se pueden sintetizar de la siguiente manera:
Alvaro Hernan Mejia Mejia
3. TESIS 1
El acto cooperativo es el presupuesto necesario para sostener la autonomía
científica del derecho que lo normativiza. El instituto del acto cooperativo se
constituye en la piedra angular del Derecho Cooperativo en cualquier orden
jurídico.
Alvaro Hernan Mejia Mejia
4. TESIS II
Los sujetos del acto cooperativo serán siempre PERSONAS (físicas o jurídicas)
motivadas por un interés particular (“animus”) que no es otro que la prestación u
obtención de un servicio -eliminando el lucro que se produce en una intermediación
ajena a la cooperativa- para satisfacer necesidades individuales comunes por
medio de la acción solidaria y la ayuda mutua, coadyuvando, así mismo, al
bienestar general.
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5. TESIS III
La calidad de sujeto del acto cooperativo se circunscribe a la cooperativa y sus
asociados o a dos o más cooperativas que se relacionan entre sí. El “animus” de
estos sujetos no excluye cualquier lucro o beneficio –como erróneamente se afirma
con frecuencia- sino tan sólo aquel que es producto de una intermediación ajena a
la cooperativa. Esta, a su vez, por definición, supone o persigue el beneficio que
dimana de la satisfacción de la necesidad determinante de su creación.
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6. TESIS IV
El “animus” de los sujetos del acto cooperativo –que no es otra cosa que su
intencionalidad- impregna las relaciones jurídicas que generan las actividades que
ellos cumplen y que estarán orientadas tanto a la preparación y ejecución del
contrato plurilateral de organización que da vida a la cooperativa, cuanto al
cumplimiento de su objeto social y fines institucionales a través de una gestión de
servicio.
Alvaro Hernan Mejia Mejia
7. TESIS V
La gestión de servicio, que se identifica con el “animus” que mueve a los sujetos del
acto cooperativo, se materializa en el cumplimiento de sucesivos actos cooperativos.
Todos los actos cooperativos son consecuencia de la única relación jurídica que une a
los sujetos del acto cooperativo: LA RELACIÓN ASOCIATIVA. Es decir, el vínculo
asociativo que une al asociado con su cooperativa como consecuencia del Derecho
Cooperativo (leyes, actos administrativos, estatutos, reglamentos, etc.)
Las relaciones jurídicas nacidas de los actos cooperativos ejecutados por la
cooperativa y sus asociados en cumplimiento del objeto social de la misma (incluidas
relaciones que caen en la esfera de aplicación del derecho común) quedan
subordinadas a la relación jurídica principal que es la relación asociativa, la cual debe
ser interpretada a la luz del Derecho Cooperativo
Alvaro Hernan Mejia Mejia
8. TESIS VI
Los elementos principales del ACTO COOPERATIVO son sujetos, objeto y causa –
fin.
Sujetos
Objeto
Causa-FIN
Alvaro Hernan Mejia Mejia
9. TESIS VI
SUJETOS
Los sujetos son el cooperador y la cooperativa.
EL COOPERADOR: No existe el cooperativista individual. El comerciante puede serlo en cuanto
esa es su profesión habitual, ejerciendo aisladamente la práctica del comercio. El cooperativista
debe pertenecer a una cooperativa.
LA COOPERATIVA: Su personalidad jurídica está ligada a la ineludible necesidad de realizar
actos con sus integrantes. Es impensable una cooperativa para realizar actos con terceros.
En consecuencia, la calidad de COOPERADOR sólo se adquiere en la medida que se pertenezca
a una COOPERATIVA. De su lado, la COOPERATIVA mantiene su personalidad jurídica en la
medida en que cumpla los fines para los cuales fue creada, lo que sólo se logra a través de actos
cooperativos con los COOPERADOS.
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10. TESIS VI
SUJETOS
El segundo componente es el objeto. Está determinado por el objeto social y los
fines institucionales de la cooperativa. El primero se realiza mediante prestación de
uno o más servicios, instrumentados en sucesivos negocios jurídicos realizados EN
COOPERACIÓN, que dan contenido a los actos cooperativos. Los fines son los
propios del movimiento (transformación socioeconómica, justicia, equidad, etc.).
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11. TESIS VI
SUJETOS
Finalmente la causa – fin. La misma no puede ser otra que la satisfacción de
necesidades individuales comunes mediante una gestión de servicio, eliminando el
lucro producido en intermediaciones ajenas a la cooperativa actuante, y sin perder
de vista los intereses generales de la comunidad contemplados, implícitamente, en
los fines institucionales. Esto es, el logro del bien común particular del grupo por la
acción solidaria de sus miembros y, además, coadyuvante al bienestar general.
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