Este documento describe las relaciones entre el derecho cooperativo y otras disciplinas legales. Explica que el derecho cooperativo se relaciona con el derecho constitucional, mercantil, administrativo, tributario, laboral, penal y procesal. También cubre las relaciones con los derechos que regulan la actividad específica de cada tipo de cooperativa, como el derecho del transporte para cooperativas de transporte.
2. Curso de Derecho Cooperativo
Relaciones con Otras Disciplinas
Relaciones
Con el D.
Constitucional
Con el D.
Mercantil
Con el D.
Administrativo
Con el D.
Tributario
Con el D.
Laboral
Con el D. Penal
Con el D.
Procesal
3. Por el fenómeno de la constitucionalización del cooperativismo y de
la Economía Social en general que consiste en la tendencia a llevar
al texto constitucional normas sobre las cooperativas. Ello se nota
especialmente en la constitución de Portugal y en las últimas
constituciones latinoamericanas, en particular, de Brasil y de
Venezuela.
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Relaciones con Otras Disciplinas
Con el Derecho Constitucional
4. Son múltiples las relaciones entre ambas disciplinas. En muchos países la
normativa cooperativa inicial estuvo en el Código de Comercio como una
sociedad mercantil especial, además que actualmente es de aplicación
supletoria, especialmente en lo relacionado con las sociedades anónimas.
Desde el punto de vista académico, principalmente en Europa, las
cooperativas son estudiadas en los programas de Derecho Mercantil en la
parte referente a las sociedades mercantiles. En España no hay dudas de que
son sociedades mercantiles. Muchas instituciones netamente mercantiles se
incorporan en el derecho cooperativo (libros, contabilidad, registro, grupos,
fusión, escisión, infracapitalización, entre otros) aun cuando con las necesarias
adecuaciones a su naturaleza específica. A su vez, la incorporación al
mercantil de institutos propiamente cooperativos (lo relacionado con la
integración, fundamentalmente).
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Relaciones con Otras Disciplinas
Con el Derecho Mercantil
5. Por el sistema de trato impositivo preferencial que
normalmente establecen las leyes cooperativas o
fiscales
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Relaciones con Otras Disciplinas
Con el Derecho Tributario
6. Por las numerosas relaciones de promoción, de control
y de sanciones que mantienen las autoridades
administrativas encargada del control, del fomento y
del sistema registral público, así como las autoridades
públicas que regulan el ejercicio de su rama de
actividad.
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Relaciones con Otras Disciplinas
Con el Derecho Administrativo
7. Por el régimen aplicable a las relaciones con los
trabajadores asalariados y como punto de conexión en
relación con los asociados-trabajadores, con los
trabajadores autónomos y, en general, con el trabajo
en el sector solidario
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Relaciones con Otras Disciplinas
Con el Derecho Laboral
8. Por las figuras delictivas generales aplicables a las
empresas solidarias, así como las específicas y propias
del sector cooperativo y social como la simulación de
empresa de trabajo asociado para cometer fraude
labora
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Relaciones con Otras Disciplinas
Con el Derecho Penal
9. Por los aspectos procesales propios del sector, en
especial lo relacionado con los conflictos entre los
miembros, de estos con las cooperativas, de ellas
entre sí, así como en los desacuerdos producidos en
sus relaciones con las autoridades públicas.
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Relaciones con Otras Disciplinas
Con el Derecho Procesal
10. Las cooperativas están sujetas a una doble
regulación: en cuanto a su funcionamiento como tales,
a las normas del derecho cooperativo y, en forma
concurrente, en lo relacionado con la actividad que
desarrollan, por las normas correspondientes a dicha
actividad: así, las cooperativas de transporte, con el
derecho del transporte, las de vivienda, con la
legislación del hábitat, las de salud, con la normativa
sanitaria, etc.
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Relaciones con Otras Disciplinas
Con los derechos que regulan la actividad socioeconómica de cada
tipo de cooperativa