2. ¿QUÉ ES EL IMPUESTO A LAS
TRANSACCIONES IT?
Es un impuesto que aplica a cualquier tipo de
persona que tiene ingresos. Grava el 3% de todo
ingreso bruto. El Impuesto a las transacciones IT
se lo puede compensar con el impuesto anual
IUE (Impuesto a las Utilidades de las Empresas).
3. ¿CUÁL ES EL OBJETO DEL IT?
El Impuesto a las Transacciones IT alcanza al ejercicio en todo el
territorio nacional del:
Comercio.
Industria.
Profesión.
Oficio.
Alquiler de bienes.
Contratación de obras.
Prestación de servicios.
Transferencia a título gratuito de bienes muebles, inmuebles y
derechos.
4. ¿QUIÉNES PAGAN EL IT?
Todas las personas naturales o jurídicas,
que realicen o participen en alguna de
las actividades descritas anteriormente.
SUJETOS DEL IT
5. HECHO GENERADOR
Es el presupuesto de naturaleza jurídica o
económica que es establecida por Ley, cuyo
acaecimiento origina el nacimiento de la
obligación tributaria.
6. BASE IMPONIBLE
Es la unidad de medida que se obtiene de acuerdo a
las normas, para determinar el tributo a pagar
La base imponible en el impuesto a las transacciones
está dada por el monto bruto de las transacciones
gravadas por éste impuesto
7. ¿CUÁL ES LA ALÍCUOTA DEL IT?
Es el 3%, esta alícuota se aplica sobre el
total de los ingresos brutos de un
período (mes), por la actividad gravada.
8. ¿CUÁNDO Y EN QUÉ FORMULARIO
SE DECLARA EL IT?
Se declara cada mes, de acuerdo al último dígito de NIT:
Se declara en el formulario 400 (Versión resumida o extendida).
Los pagos deben realizarse en cualquiera de las Entidades
Financieras autorizadas.
PERIODO DE LIQUIDACIÓN
9. EXENCIONES
Trabajo personal en relación de dependencia.
Desempeño de cargos públicos.
Exportación de bienes.
Servicios prestados por entidades gubernamentales.
Intereses de depósitos en cajas de ahorro, plazo fijo y cuenta corriente.
Establecimientos educacionales privados de enseñanza con plan oficial.
Compra/venta de valores definidos en la Ley de Mercado de Valores, así como cuotas
de capital en el caso de S.R.L.
Compra/venta de minerales, metales, petróleo y gas natural en el mercado interno,
siempre que sea destinado a la exportación.
Actividades de producción, prestación y difusión de eventos realizados por artistas
bolivianos efectuados en espacios de entidades gubernamentales.
Otros establecidos por Ley.
10. RETENCIONES
Las retenciones son obligaciones tributarias establecidas por
normativa, que tienen las Empresas Unipersonales, Personas
Jurídicas Públicas o Privadas, Instituciones y Organismos del
Estado, por pagos efectuados a personas naturales o
sucesiones indivisas que de forma
eventual realizan la venta de bienes muebles o prestan servicios
(profesionales u oficios) que no están respaldados con una
factura, a quienes deben retener un porcentaje por concepto
de impuestos en función a la transacción realizada; retención
que debe ser declarada en los formularios correspondientes y
pagada en una Entidad Financiera.