Este ensayo discute las conductas criminales en niños y jóvenes en México y propone que la enseñanza de valores puede ayudar a prevenir dichas conductas. Examina las causas que llevan a los menores a delinquir, como factores familiares y ambientales, y el sistema penal mexicano para menores infractores. Plantea que una educación basada en valores puede rehabilitar a los menores y prevenir futuros delitos al desarrollar una sociedad más honesta y segura.
sistema tributario boliviano en el contexto actual
Conductas criminales en niños y jóvenes: Los valores como medio de prevención
1. BENEMÉRITA UNIVERSIDAD
AUTÓNOMA DE PUEBLA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
LIC. EN DERECHO
DESARROLLO DE HABILIDADES EN
EL USO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA
COMUNICACIÓN
ENSAYO
Conductas criminales en niños y jóvenes: Los
valores como medio de prevención.
MTRA. PAOLA G. ZURITA CAMPOS
PRESENTA: ARLETTE BERENICE RAMIREZ LUNA
MATRICULA: 201412717
PRIMAVERA 2015
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Contenido
Resumen..........................................................................................................................................3
Introducción......................................................................................................................................3
El menor infractor............................................................................................................................. 4
Historia..........................................................................................................................................4
Causas que intervienen para que un menor sea infractor .......................................................... 5
Qué menores son más susceptibles a la corrupción...................................................................5
¿Cómo detectar a un menor infractor?............................................................................................ 6
Los medios de interacción............................................................................................................ 6
Sistema penal mexicano.................................................................................................................. 6
¿La reglamentación es justa?......................................................................................................7
Una educación de valores ............................................................................................................... 8
Conclusión........................................................................................................................................9
Referencias .................................................................................................................................... 10
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Resumen
El presente ensayo está dedicado a disertar sobre las conductas de los niños y
adolescentes criminales, se trata de poner en tela de juicio la legislación mexicana y los
medios por los cuales se puede evitar caer en manos de la delincuencia y proteger a
nuestro grupo más vulnerable. Es importante que la sociedad reflexione sobre este
problema porque es esta la principal causa de inseguridad en nuestro país, dado que
cada día incrementan las cifras de delitos cometidos por niños y jóvenes, su
reincidencia está estrechamente relacionada con la falta de sanciones para los
menores. Resulta fundamental analizar y discutir el grado de justicia en estas
situaciones y qué derechos se han de respetar para la protección de los menores,
porque al final del proceso, son los derechos los que han de marcar la diferencia en la
impartición de justicia.
Introducción
Al correr de los siglos, la sociedad ha buscado la forma de subsistir, incluso a costa de
sus semejantes, la consecuencia directa radica en la creación de un hombre violento;
ya sea por sobrevivir o simplemente por ambición, tiene como secuela el reflejo de sus
conductas en las sociedades actuales, y es preocupante observar esos
comportamientos en los niños y jóvenes, quienes al ser altamente vulnerables a recibir
este tipo de mensajes, se quedarán en dichos procederes por siempre. No
preguntemos más tarde por qué nuestra sociedad es tan iracunda, pues las semillas las
hemos sembrado en ambientes de ira, violencia y faltos de valores.
Es evidente que no estamos preparados para combatir a nuestros niños y
jóvenes, el apego emocional y sensible dificulta la impartición de justicia y provoca que
los menores no sean rehabilitados de la manera más efectiva. Se trata de enfocarnos,
no a una rehabilitación violenta, sino a la enseñanza y aplicación de valores para lograr
una sociedad más honesta y segura, lo anterior como el objeto principal de disertación
en el presente ensayo.
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El menor infractor
Las controversias en torno a cómo debería ser sancionado un menor delincuente pone
a debate muchas cuestiones que no dejarán de preocupar a nuestra sociedad.
Tenemos, en primer lugar, que dejar clara la posición de los menores respecto a
nuestro sistema judicial. Elba Cruz y Cruz, nos da una explicación muy detallada acerca
de la concepción que se tiene de los menores infractores:
Jurídicamente el menor carece de capacidad de ejercicio; misma que adquirirá en el
caso de la legislación mexicana, a los 18 años, convirtiéndose a sí mismo en imputable
y, por lo tanto, en agente de la comisión de ilícitos. Es por ello que hasta antes de
adquirir la mayoría de edad, la doctrina moderna coincide en señalar que el menor no
puede considerarse como sujeto activo de un delito; así, aunque su conducta se adecue
a alguno de los tipos señalados en la legislación sustantiva, no queda justificada la
intervención del aparato punitivo estatal en su contra. Se afirma entonces, que el menor
de edad, por su condición, queda fuera del derecho penal. (2007, p. 353)
Es evidente que al enfrentarnos a este primer supuesto de que los menores,
como tal, no entran en el derecho penal, las posibles víctimas de estos quedan
prácticamente desamparadas. Por ello resulta fundamental que nuestras autoridades se
ocupen de la realización de instituciones que no solo rehabiliten a los infractores, sino
que eduquen a la sociedad desde edades tempranas, como medio de prevención del
delito.
Historia
Ya la clasificación para que los menores pudieran responder por sus acciones se da
desde el derecho romano, época en la que los menores eran clasificados como
infantes, impúberes y púberes, esto de acuerdo a su edad.
En el imperio, conforme a las previsiones de la ley Cornelia de Sicaris, la consideración
variaba según las edades, pues hasta los 7 años duraba la infantia y los niños eran
considerados como loco (furiosus); una segunda categoría era la de los impúberes (o
infantis proxima)que comprendía a los varones hasta los 10 ½ años y las mujeres hasta
los 9 ½ años y normalmente eran irresponsables de los ilícitos salvo prueba, en
contrario, de una especial capacidad y, por expresa disposición legal, de los delitos
contra el honor. (Cruz y Cruz, 2007, p. 338)
Y después del derecho romano, conocemos la siguiente parte: al recibir la iglesia
el imperio romano, adopta muchas de estas generalidades para su poder, se trata,
entonces, de una concreta resolución a no inculpar a menores por estar, según esto,
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faltos de juicio, hoy lo abordaríamos como falta de madurez. En la civilización maya,
Cruz y Cruz (2007) describe lo siguiente:
En caso de homicidio, el menor pasaba a ser esclavo (propiedad) de la familia de la
víctima, para compensar laboralmente el daño causado. El robo era un delito grave, lo
padres del infractor debían reparar el daño causado a las víctimas, y de no ser posible,
el menor pasaba a ser esclavo hasta pagar la deuda. (p. 338)
Causas que intervienen para que un menor sea infractor
Si bien es cierto que está en la naturaleza del hombre el ser violentos, también es
sabido que en la mayoría de las ocasiones, las menores son reflejo del contexto en el
que viven, literalmente, son ellos los causantes de los problemas, pero
intelectualmente, arrastran con un pasado que los vuelve propensos a cometer los
ilícitos.
Según la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) existen cuatro tipos de factores
que intervienen en la incidencia de los menores en delitos, y se clasifican en
individuales, familiares, de socialización y ambientales o contextuales. (2010). Si
analizamos cada punto, bien podemos llegar al consenso de que el factor dominante es
el familiar, teniendo dentro de sí, aspectos tanto emocionales como económicos, pues
en muchas ocasiones éste es el principal factor que orilla a un menor a delinquir. La
necesidad de conseguir aquello que nunca tuvo lo vuelve frio y despiadado, la
búsqueda de la justicia económica lo convierte en delincuente.
No se trata solamente de cuestiones éticas, muy poco conocemos en realidad la
historia familiar de los menores que cometen delitos. Intervienen factores biológicos,
sociales y de interacción que no sólo vuelven al menor infractor, sino que lo hacen
insensible al medio en el que se desenvuelve.
Qué menores son más susceptibles a la corrupción
La SSP, en su estudio realizado en 2010, deja claro que casi el 50% de los menores
que viven es estado de pobreza son propensos a caer en manos de la delincuencia, y
es importante analizar la forma en la que se van a enlazar los diversos factores para
comprender el porqué de las incidencias.
La influencia que tienen los padres no sólo es una cuestión acerca de si los
padres tienen conductas delictivas o no, intervienen también factores que tienen que
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ver principalmente con la comunicación y el cariño que se recibe por parte de los
miembros de la familia y demás grupos cercanos. Después del análisis, es preciso dejar
claro nuestro primer objeto hipotético: la falta de comunicación afectiva como causa
principal de incidencia de los menores en la delincuencia.
¿Cómo detectar a un menor infractor?
Las conductas más frecuentes que se presentan en menores delincuentes son, según
la SSP (2010):
Impulsividad, rebeldía, desobediencia, falta de asertividad, irresponsabilidad, neutralidad
ante el miedo y las acciones vertiginosas, apatía, falta de empatía, reducida capacidad
para asumir sus errores, escasa tolerancia a la frustración, indiferencia y
comportamiento agresivo y/o desafiante. (p. 14)
Lo cierto es que resulta primordial la atención de los padres, cualquier conducta
anormal se debe detectar de tal forma que los menores sean orientados antes de que
desarrollen conductas más agresivas y sus delitos inicien o aumenten.
Los medios de interacción
De acuerdo a las instituciones gubernamentales mexicanas, los menores tienden a
desarrollar esas conductas por determinados factores, que evidentemente se dan por
observar los actos de un barrio violento, la innumerable cantidad de spots publicitarios
del mismo tipo, y el que consideró el factor más grave, es sin duda los procesos de
convivencia inadecuados, mismos que se desarrollan desde las etapas iniciales de
aprendizaje de los menores delincuentes.
Los medios con los que se interactúa son elementos clave que deben ser
tomados en cuenta por las autoridades y la sociedad civil. Son ellos quienes se deben
de ocupar en crear espacios que propicien la recreación de los menores para impartir
valores fundamentales y evitar que se desarrollen las conductas delictivas.
Sistema penal mexicano
Los menores que resulten delincuentes no podrán ser castigados como si fuesen
mayores de edad, pues se piensa que es necesario que los menores se rehabiliten de
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esas conductas, por medio de tutelares para menores, los menores serán valorados de
acuerdo a lo que comparte Vasconcelos Méndez (2009):
En beneficio de la infancia, las leyes de justicia para adolescentes del país afirman el
principio de presunción de minoridad. Con éste se extiende la protección de sus normas
a aquellas personas cuya edad no pueda ser determinada con certeza, más aún cuando
no se precisa si puede ser considerado adulto o menor de edad, lo cual repercute
directamente en la legislación que se le debe aplicar, sobre todo si se está ante la
imposición de sanciones penales, las cuales varían de acuerdo con la edad del supuesto
infractor (p.45).
La legislación mexicana establece ciertos posicionamientos de acuerdo a
diversos estatutos plasmados como los describe Vasconcelos Méndez (2009, p.75):
a) Se podrán aplicar las medidas de orientación, protección y tratamiento que
amerite cada caso.
b) Deben atender a la protección integral y el interés superior del adolescente.
c) Deben ser proporcionales a la conducta realizada.
d) Tendrán como fin la reintegración social y familiar del adolescente, así como el
pleno desarrollo de su persona y capacidades.
e) El internamiento se utilizará sólo como medida extrema, por el tiempo más breve
que proceda, podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de 14
años de edad, por la comisión de conductas antisociales calificadas como
graves.
¿La reglamentación es justa?
Es preciso señalar que en muchas ocasiones, los factores externos ya mencionados
vuelven a los delincuentes, victimarios, pues no son propiamente ellos quienes por su
voluntad se adentran en el mundo de los actos ilícitos. Pero esto no es regla general y,
en muchas ocasiones, llegan a hacerlo por cuenta propia, situación que genera un
debate entre si deberían o no existir sanciones penales para los menores infractores.
Si bien es cierto que existen casos en los que los delitos se equiparan a los
realizados por los mayores, la ley toma en cuenta los derechos humanos, mismos que
han de reglamentar que a los menores no se apliquen las mismas sanciones que a los
mayores de 18 años, se trata entonces, de reglamentación que propone métodos de
rehabilitación y tratamientos psicológicos que ayuden a los menores a no reincidir y que
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sea posible que no vuelvan a cometer los mismos actos. Es importante tener en cuenta
que en muchas ocasiones, los que deberían ser centros de rehabilitación y ayuda para
los menores, se convierten es escuelas del crimen que generan, en muchos casos, que
los infractores reincidan con delitos más graves de los que cometieron la primera vez.
Una educación de valores
En definitiva, será la educación óptima la que dé las bases para la correcta integración
de los menores, se trata de educar hoy para tener una juventud preparada, con valores
que eviten que se generen conductas delictivas. La educación dará a México adultos
preparados para enfrentar las exigencias de la sociedad, se trata entonces de invertir
verdaderamente en la educación para dejar de hacerlo en combatir la corrupción, es
evidente que la situación no mejorará de un día a otro, es necesario que exista la
participación de maestros, autoridades y por supuesto, de los padres de familia, cuidar
a los menores de manera que tengamos una sociedad sólida.
La educación de valores se obtiene desde el hogar, se fortalece en la escuela y
debe consolidarse en la sociedad. Es tarea de todos hacer lo posible para evitar las
conductas criminales, y así tendremos dos beneficios fundamentales: disminuir la
delincuencia y proteger a nuestros menores. Es importante que también los padres
estén atentos, no sólo a las conductas de sus hijos, sino también deben ocuparse de
ponerlos al tanto de las distintas formas en que la delincuencia puede presentarse ante
ellos, para de esta forma, prevenir que sean manipulados.
Se considera oportuno tener presente que un grupo de individuos se regirá con
mayor rectitud cuando sea capaz de adoptar y enseñar conductas socialmente
adecuadas para el buen desarrollo de sus integrantes. La niñez necesita una educación
basada en valores y buenos ejemplos, acompañada de otras situaciones que
propiciarán su buen desempeño como ciudadanos, en un futuro.
Los altos índices de violencia en México preocupan cada vez más, el problema
de nuestra nación es que la violencia ya no se limita al grupo de adultos, sino que ha
encontrado en los menores de edad una tierra fértil para cosechar lo que necesita para
no desaparecer, y de alguna manera causar compasión a las autoridades. Rodríguez
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Díaz (2009) manifiesta lo siguiente: “La actividad infractora de nuestros menores es
uno de los retos que nuestra sociedad tiene planteados, en tanto sus manifestaciones
conductuales, (…) pueden observarse más fácilmente, al mismo tiempo que se asocia
con la delincuencia adulta de mañana” (p. 15).
Sin duda alguna, las pruebas que enfrentamos no son sencillas de combatir, es
necesaria la formación sólida de ciudadanos que vislumbren un compromiso con la
patria, con su sociedad y primordialmente con su familia; seguramente luchamos contra
problemas que nacieron desde hace siglos, la transformación puede ser lenta, pero
indudablemente surgirán soluciones efectivas.
Conclusión
Para finalizar debemos considerar que los menores no se encuentran dentro del
derecho penal, dado que sólo se aplica a mayores de edad; en el pasado los menores
fueron castigados, pero en nuestros tiempos, instituciones como la UNICEF vigilan el
cumplimiento de los derechos de los menores, y sugieren que sean educados y puestos
en tratamiento para que no reincidan. Los factores económicos son muy
trascendentales, pero la mejor forma de evitar que estos intervengan en la conducta de
los menores, es por medio del acercamiento oportuno de los padres. Los menores son
susceptibles de caer en la delincuencia por varios factores, pero sin duda el más
importante radica en su inocencia, la facilidad con la que son engañados.
Es tarea de todos intervenir en el desarrollo de una sociedad mejor, no hay forma
más indicada, que el hecho de que los menores sean educados y orientados con
valores, con el objeto de que sean personas de bien en el futuro y que participen en la
construcción del país que anhela una sociedad mejor.
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Referencias
Cruz y Cruz, E. (2007). El concepto de menores infractores. Revista del Posgrado en Derecho
de la UNAM. 3 (5), pp, 335-355.
Rodríguez Díaz, F. J. (2009, 20 julio). Violencia Ejercida por Menores y Funcionamiento de la
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Puebla. Recuperado el 5 de marzo de 2015, de
http://www.bibliocatalogo.buap.mx:2261/ContentServer.asp?T=P&P=AN&K=44290968&S
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