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Entonces se adelantó Pedro y le dijo: «Señor, ¿cuántas veces
tendré que perdonar a mi hermano las ofensas que me haga?
                     ¿Hasta siete veces?».
 Jesús le respondió: «No te digo hasta siete veces, sino hasta
              setenta veces siete. MT 18, 21-22
Tiene diversos significados, y se refiere a
 teorías y procesos plurales.
Es un modelo alternativo de enfrentamiento
 del crimen que, en lugar de fundarse en la
 idea tradicional de retribución o castigo, parte
 de la importancia que tiene para la sociedad
 la reconciliación entre víctima y victimario.
Justicia Penal                     Justicia Restaurativa
• Crimen es una violación del la   •   Crimen es una violación de las personas
                                       y de las relaciones
  ley y el Estado                  •   Violación causa daño y crea
                                       obligaciones
• Violación crea culpabilidad      •   Justicia es un esfuerzo por sanar el
• Justicia solo determina la           daño causado promueve la
                                       restauración
  culpabilidad e impone la pena    •   Justicia involucra víctimas, ofensores e
                                       integrantes de la comunidad en un
• La Justicia la determina el          esfuerzo por identificar obligaciones y
  Estado                               soluciones
                                   •   Se enfoca en las necesidades de la
• Se enfoca en que los                 víctima y la responsabilidad que tiene el
                                       ofensor para reparar el daño.
  ofensores reciban el castigo
  establecido.
En ese sentido, todos los autores y grupos que
 la defienden coinciden en propugnar que el
 derecho penal deje de centrarse en el acto
 criminal y en su autor, y gire la atención hacia
 la víctima y el daño que le fue ocasionado.
Justicia Penal                 Justicia Restaurativa
 Qué leyes fueron violadas?   • Quién resultó dañado?



 Quién lo hizo?               • Cuáles son sus
                                 necesidades?


 Qué merecen?                 • De quién son estas
                                 obligaciones?
Daños y Necesidades


   Obligación y responsabilidad


       Participación e Involucramiento


           Todos deben estar presentes para la
           Justicia Restaurativa
Autonomía




Orden      Relaciones
Estructural



Institucional



 Relacional




  Personal
• La Mediación sólo resuelve los dos primeros
  niveles.

• La Justicia Restaurativa resuelve los cuatro
  niveles.

Para cambiar la mentalidad de la sociedad y de
la cultura jurídica.
Interesa
   la      ¿Quién?   ¿Dónde?   ¿Cuándo?
víctima:
Preparación de las
                       partes




Elementos clave
                  Encuentro de las
                      partes

                    Participación

                     Reparación

                    Reintegración

                   Transformación
Mediación entre víctima y
       delincuente

Reuniones de restauración


          Círculos


   Asistencia a la víctima


Asistencia a ex-delincuentes


        Restitución


  Servicio a la comunidad
 Consta de cuatro fases: traspaso y aceptación
  del caso, preparación para la mediación, la
  mediación en sí, y el seguimiento que sea
  necesario realizar (por ejemplo, el cumplimiento
  del acuerdo de restitución). Con frecuencia, un
  caso es derivado para mediación entre víctima y
  delincuente después de una condena o admisión
  formal de culpa en el tribunal; si bien, algunos
  casos son derivados con anterioridad a tal
  disposición en un intento por evitar el
  procedimiento penal.
 Los programas de Reuniones de restauración son
  similares a los programas de mediación/
  reconciliación entre víctima y delincuente, dado
  que involucran a la víctima y al delincuente en
  una conversación prolongada acerca del delito y
  sus consecuencias. Sin embargo, los programas
  de Reuniones de restauración también incluyen
  la participación de las familias, grupos
  comunitarios de apoyo, policía, asistentes
  sociales y abogados, además de la víctima y el
  delincuente.
 Las Reuniones de restauración se utilizan sólo en
  aquellos casos en que el delincuente admite
  culpa (o, en algunas jurisdicciones, cuando el
  delincuente admite responsabilidad o se rehúsa
  a negar su culpa). No se las emplea a fin de
  determinar la culpabilidad, y el delincuente
  puede decidir detener el proceso en cualquier
  momento, y pasar a los tribunales para que su
  culpabilidad o inocencia sean determinadas de
  modo tradicional.
consta de etapas separadas: preparación,
 encuentro y monitoreo posterior al mismo.
 Los círculos ofrecen un espacio de encuentro
  entre víctima y delincuente, pero van más allá
  de eso involucrando a la comunidad en el
  proceso de toma de decisiones.
 Todos los allí presentes, la víctima y su familia, el
  delincuente y su familia, y los representantes de
  la comunidad tienen derecho a expresarse
  durante el proceso. En general, los participantes
  se expresan a medida que se pasa alrededor del
  círculo un objeto que concede la palabra a quien
  lo tiene en sus manos.
El hecho de facultar a la comunidad, que se
 involucra en la decisión de qué debe hacerse
 en ese caso en particular, abordando también
 los problemas subyacentes que pueden haber
 conducido al delito, refuerza la sanación como
 meta. A fin de lograr esto, el proceso del
 círculo se desarrolla a partir de los siguientes
 valores: el respeto, la honestidad, el
 escuchar, la verdad y el compartir, entre
 otros.
• Los programas de asistencia a víctimas brindan
  servicios a éstas a medida que se recuperan del delito
  infligido contra ellas y avanzan en el proceso de justicia
  penal. Los esfuerzos por satisfacer las necesidades de
  las víctimas se han realizado en dos frentes: el grupo
  de presión de los defensores de los derechos de las
  víctimas apunta al ejercicio del derecho que poseen
  éstas a desempeñar un rol preponderante en la
  administración de justicia, en tanto que los grupos
  comunitarios de contención abordan las crisis
  personales que pueden surgir como consecuencia de la
  victimización.
“Neighbors Who Care” – NWC (Vecinos A Los
 Que Les Importa), es un ejemplo de una
 organización basada en la iglesia que asiste a
 las víctimas del delito ofreciendo ponerlas en
 contacto con mecanismos y servicios de
 contención brindados por la iglesia en los
 primeros días posteriores a la victimización.
Se ha afirmado que el delito debilita y, con
 frecuencia, destruye vínculos y relaciones en
 la comunidad. En concordancia con los
 propósitos subyacentes de la justicia
 restaurativa, los programas de asistencia al
 recluso apuntan a desarrollar en éste
 capacidades que les permitan funcionar en
 una comunidad siendo aceptado por ésta.
Consiste en seminarios que se centran en el
 crecimiento de la comunidad y la confianza,
 al tiempo que desarrollan en los reos
 aptitudes comunicacionales y la capacidad de
 resolución de conflictos.
TOP (Ex Reos en Transición) es un programa
 de asistencia post carcelaria basado en la
 iglesia, no residencia, que asiste a ex
 reclusos.
Es un pago monetario que el delincuente hace
 a la víctima por el daño que fuera,
 razonablemente, consecuencia del delito.
La restitución es, con frecuencia, una sanción
 complementaria al encarcelamiento, la
 libertad condicional, las multas y otras
 sanciones generalmente impuestas por el
 sistema de justicia penal.
 La restitución sirve para conmemorar el gesto
  de reparación y el reconocimiento del delito.
 Para el delincuente, la restitución no debe ser
  sólo menos punitiva que el encarcelamiento, sino
  que debe ser además más rehabilitadora.
  Permite al delincuente expresar su culpa de un
  modo concreto. Brinda una sanción alternativa
  con mucho menos estigmatización que la que
  causa el encarcelamiento , en última instancia,
  facilitando la reintegración.
 Acción realizada por el delincuente a fin de
  hacer de la pérdida sufrida por la víctima algo
  bueno.
 La restitución repara el daño causado a la víctima
  particular, el servicio comunitario repara el daño
  a la comunidad. Quién sea la víctima (individuo o
  comunidad) determina el tipo de sanción
  reparadora. Establecer, de este modo, una
  diferencia entre servicio comunitario y
  restitución ayuda a evitar que el servicio
  comunitario sea utilizado como
sanción punitiva: si simplemente se lo añade a la
  sentencia del delincuente, se lo emplea como un
  castigo. Si, en lugar de esto, el servicio comunitario se
  utiliza a fin de reparar el daño causado a la comunidad,
  el riesgo de que sea utilizado como castigo se reduce.
 Por lo tanto, las órdenes de servicio comunitario
  deben especificar la naturaleza y alcance del perjuicio
  sufrido por la comunidad. Esto requiere que se
  identifique claramente la comunidad que sufrió el
  daño, el perjuicio sufrido por la misma, y el servicio a
  ser ordenado para que éste sea específica y
  directamente reparado.
• El juez que dicta la sentencia ordena servicio
  comunitario como condición para la libertad
  condicional, especificando la cantidad de horas
  de trabajo y el período de tiempo en que debe
  cumplirse la orden. Luego, el caso se envía a un
  coordinador de programa que ubica al
  delincuente en el empleo adecuado. Son entre
  cincuenta y doscientas horas de trabajo. Dado
  que el delincuente trabajará en un lugar público,
  se realiza una cuidadosa selección a fin de
  asegurar la seguridad de los demás.
 Ashworth, A. (2002). "Responsibilities, Rights and
  Restorative Justice", The British Journal of Criminology,
  Vol. 42, No. 3, pp. 578-95.
 Braithwaite, J. (2001). Restorative Justice and
  Responsive Regulation, Oxford: Oxford University
  Press.
 Crocker, D.A. (2002). "Democracy and Punishment:
  Punishment, Reconciliation, and Democratic
  Deliberation", Buffalo Criminal Law Review, No.5, pp.
  509-49.
 Ferrajoli, L. (1995). Razón y derecho, Madrid: Trotta.
 Gilman, E. (2003). "What is Restorative Justice?" En:
  www.sfu.ca/cfrj/fulltext/gilman.pdf
 Hamber, B. (2003). "Dealing with the Past: Rights and
  Reasons: Challenges for Truth Recovery in South Africa and
  Northern Ireland", Fordham International Law Journal,
  No.26, pp.1074-94.
 McEvoy, K., Mika, H. (2002). "Restorative Justice and the
  Critique of Informalism in Northern Ireland", The British
  Journal of Criminology, Vol. 42, No. 3, pp. 534-62.
 Minow, M. (1998). Between Vengeance and Forgiveness:
  Facing History after Genocide and Mass Violence, Boston:
  Beacon Press.
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  Critics of Restorative Justice", The British Journal of
  Criminology, Vol. 42, No. 3, pp. 596-615.
 Nozick, R. (1981). Philosophical Explanations,
  Cambridge: Cambridge University Press.
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  reconciliación", Análisis Político, No. 46, pp. 78-99.
 Teitel, R. (2003). "Transitional Justice Genealogy",
  Harvard Human Rights Journal, No. 16, pp. 69-94.
 Uprimny, R. (2005a). "¿Justicia transicional sin conflicto, sin
  transición y sin verdad? Consensos y disensos en torno al
  proyecto de ley de verdad, justicia y reparación", Hechos
  del callejón, Bogotá: PNUD. En prensa.
 ————. (2005b). "Justicia transicional en Colombia:
  Algunas herramientas conceptuales para el análisis del caso
  colombiano", Revista Foro. En prensa.
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  www.cceia.org/viewMedia.php/prmID/246.
 Zehr, H. (1990). Changing Lenses: A New Focus for Crime
  and Justice, Scottdale, Pennsylvania; Waterloo, Ontario:
  Herald Press.

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Justicia restaurativa

  • 1. Entonces se adelantó Pedro y le dijo: «Señor, ¿cuántas veces tendré que perdonar a mi hermano las ofensas que me haga? ¿Hasta siete veces?». Jesús le respondió: «No te digo hasta siete veces, sino hasta setenta veces siete. MT 18, 21-22
  • 2. Tiene diversos significados, y se refiere a teorías y procesos plurales. Es un modelo alternativo de enfrentamiento del crimen que, en lugar de fundarse en la idea tradicional de retribución o castigo, parte de la importancia que tiene para la sociedad la reconciliación entre víctima y victimario.
  • 3. Justicia Penal Justicia Restaurativa • Crimen es una violación del la • Crimen es una violación de las personas y de las relaciones ley y el Estado • Violación causa daño y crea obligaciones • Violación crea culpabilidad • Justicia es un esfuerzo por sanar el • Justicia solo determina la daño causado promueve la restauración culpabilidad e impone la pena • Justicia involucra víctimas, ofensores e integrantes de la comunidad en un • La Justicia la determina el esfuerzo por identificar obligaciones y Estado soluciones • Se enfoca en las necesidades de la • Se enfoca en que los víctima y la responsabilidad que tiene el ofensor para reparar el daño. ofensores reciban el castigo establecido.
  • 4. En ese sentido, todos los autores y grupos que la defienden coinciden en propugnar que el derecho penal deje de centrarse en el acto criminal y en su autor, y gire la atención hacia la víctima y el daño que le fue ocasionado.
  • 5. Justicia Penal Justicia Restaurativa  Qué leyes fueron violadas? • Quién resultó dañado?  Quién lo hizo? • Cuáles son sus necesidades?  Qué merecen? • De quién son estas obligaciones?
  • 6. Daños y Necesidades Obligación y responsabilidad Participación e Involucramiento Todos deben estar presentes para la Justicia Restaurativa
  • 7. Autonomía Orden Relaciones
  • 9. • La Mediación sólo resuelve los dos primeros niveles. • La Justicia Restaurativa resuelve los cuatro niveles. Para cambiar la mentalidad de la sociedad y de la cultura jurídica.
  • 10. Interesa la ¿Quién? ¿Dónde? ¿Cuándo? víctima:
  • 11. Preparación de las partes Elementos clave Encuentro de las partes Participación Reparación Reintegración Transformación
  • 12.
  • 13. Mediación entre víctima y delincuente Reuniones de restauración Círculos Asistencia a la víctima Asistencia a ex-delincuentes Restitución Servicio a la comunidad
  • 14.  Consta de cuatro fases: traspaso y aceptación del caso, preparación para la mediación, la mediación en sí, y el seguimiento que sea necesario realizar (por ejemplo, el cumplimiento del acuerdo de restitución). Con frecuencia, un caso es derivado para mediación entre víctima y delincuente después de una condena o admisión formal de culpa en el tribunal; si bien, algunos casos son derivados con anterioridad a tal disposición en un intento por evitar el procedimiento penal.
  • 15.  Los programas de Reuniones de restauración son similares a los programas de mediación/ reconciliación entre víctima y delincuente, dado que involucran a la víctima y al delincuente en una conversación prolongada acerca del delito y sus consecuencias. Sin embargo, los programas de Reuniones de restauración también incluyen la participación de las familias, grupos comunitarios de apoyo, policía, asistentes sociales y abogados, además de la víctima y el delincuente.
  • 16.  Las Reuniones de restauración se utilizan sólo en aquellos casos en que el delincuente admite culpa (o, en algunas jurisdicciones, cuando el delincuente admite responsabilidad o se rehúsa a negar su culpa). No se las emplea a fin de determinar la culpabilidad, y el delincuente puede decidir detener el proceso en cualquier momento, y pasar a los tribunales para que su culpabilidad o inocencia sean determinadas de modo tradicional.
  • 17. consta de etapas separadas: preparación, encuentro y monitoreo posterior al mismo.
  • 18.  Los círculos ofrecen un espacio de encuentro entre víctima y delincuente, pero van más allá de eso involucrando a la comunidad en el proceso de toma de decisiones.  Todos los allí presentes, la víctima y su familia, el delincuente y su familia, y los representantes de la comunidad tienen derecho a expresarse durante el proceso. En general, los participantes se expresan a medida que se pasa alrededor del círculo un objeto que concede la palabra a quien lo tiene en sus manos.
  • 19. El hecho de facultar a la comunidad, que se involucra en la decisión de qué debe hacerse en ese caso en particular, abordando también los problemas subyacentes que pueden haber conducido al delito, refuerza la sanación como meta. A fin de lograr esto, el proceso del círculo se desarrolla a partir de los siguientes valores: el respeto, la honestidad, el escuchar, la verdad y el compartir, entre otros.
  • 20. • Los programas de asistencia a víctimas brindan servicios a éstas a medida que se recuperan del delito infligido contra ellas y avanzan en el proceso de justicia penal. Los esfuerzos por satisfacer las necesidades de las víctimas se han realizado en dos frentes: el grupo de presión de los defensores de los derechos de las víctimas apunta al ejercicio del derecho que poseen éstas a desempeñar un rol preponderante en la administración de justicia, en tanto que los grupos comunitarios de contención abordan las crisis personales que pueden surgir como consecuencia de la victimización.
  • 21. “Neighbors Who Care” – NWC (Vecinos A Los Que Les Importa), es un ejemplo de una organización basada en la iglesia que asiste a las víctimas del delito ofreciendo ponerlas en contacto con mecanismos y servicios de contención brindados por la iglesia en los primeros días posteriores a la victimización.
  • 22. Se ha afirmado que el delito debilita y, con frecuencia, destruye vínculos y relaciones en la comunidad. En concordancia con los propósitos subyacentes de la justicia restaurativa, los programas de asistencia al recluso apuntan a desarrollar en éste capacidades que les permitan funcionar en una comunidad siendo aceptado por ésta.
  • 23. Consiste en seminarios que se centran en el crecimiento de la comunidad y la confianza, al tiempo que desarrollan en los reos aptitudes comunicacionales y la capacidad de resolución de conflictos. TOP (Ex Reos en Transición) es un programa de asistencia post carcelaria basado en la iglesia, no residencia, que asiste a ex reclusos.
  • 24. Es un pago monetario que el delincuente hace a la víctima por el daño que fuera, razonablemente, consecuencia del delito. La restitución es, con frecuencia, una sanción complementaria al encarcelamiento, la libertad condicional, las multas y otras sanciones generalmente impuestas por el sistema de justicia penal.
  • 25.  La restitución sirve para conmemorar el gesto de reparación y el reconocimiento del delito.  Para el delincuente, la restitución no debe ser sólo menos punitiva que el encarcelamiento, sino que debe ser además más rehabilitadora. Permite al delincuente expresar su culpa de un modo concreto. Brinda una sanción alternativa con mucho menos estigmatización que la que causa el encarcelamiento , en última instancia, facilitando la reintegración.
  • 26.  Acción realizada por el delincuente a fin de hacer de la pérdida sufrida por la víctima algo bueno.  La restitución repara el daño causado a la víctima particular, el servicio comunitario repara el daño a la comunidad. Quién sea la víctima (individuo o comunidad) determina el tipo de sanción reparadora. Establecer, de este modo, una diferencia entre servicio comunitario y restitución ayuda a evitar que el servicio comunitario sea utilizado como
  • 27. sanción punitiva: si simplemente se lo añade a la sentencia del delincuente, se lo emplea como un castigo. Si, en lugar de esto, el servicio comunitario se utiliza a fin de reparar el daño causado a la comunidad, el riesgo de que sea utilizado como castigo se reduce.  Por lo tanto, las órdenes de servicio comunitario deben especificar la naturaleza y alcance del perjuicio sufrido por la comunidad. Esto requiere que se identifique claramente la comunidad que sufrió el daño, el perjuicio sufrido por la misma, y el servicio a ser ordenado para que éste sea específica y directamente reparado.
  • 28. • El juez que dicta la sentencia ordena servicio comunitario como condición para la libertad condicional, especificando la cantidad de horas de trabajo y el período de tiempo en que debe cumplirse la orden. Luego, el caso se envía a un coordinador de programa que ubica al delincuente en el empleo adecuado. Son entre cincuenta y doscientas horas de trabajo. Dado que el delincuente trabajará en un lugar público, se realiza una cuidadosa selección a fin de asegurar la seguridad de los demás.
  • 29.  Ashworth, A. (2002). "Responsibilities, Rights and Restorative Justice", The British Journal of Criminology, Vol. 42, No. 3, pp. 578-95.  Braithwaite, J. (2001). Restorative Justice and Responsive Regulation, Oxford: Oxford University Press.  Crocker, D.A. (2002). "Democracy and Punishment: Punishment, Reconciliation, and Democratic Deliberation", Buffalo Criminal Law Review, No.5, pp. 509-49.  Ferrajoli, L. (1995). Razón y derecho, Madrid: Trotta.
  • 30.  Gilman, E. (2003). "What is Restorative Justice?" En: www.sfu.ca/cfrj/fulltext/gilman.pdf  Hamber, B. (2003). "Dealing with the Past: Rights and Reasons: Challenges for Truth Recovery in South Africa and Northern Ireland", Fordham International Law Journal, No.26, pp.1074-94.  McEvoy, K., Mika, H. (2002). "Restorative Justice and the Critique of Informalism in Northern Ireland", The British Journal of Criminology, Vol. 42, No. 3, pp. 534-62.  Minow, M. (1998). Between Vengeance and Forgiveness: Facing History after Genocide and Mass Violence, Boston: Beacon Press.
  • 31.  Morris, A. "Critiquing the Critics: A Brief Response to Critics of Restorative Justice", The British Journal of Criminology, Vol. 42, No. 3, pp. 596-615.  Nozick, R. (1981). Philosophical Explanations, Cambridge: Cambridge University Press.  Orozco, I. (2002). "La posguerra colombiana: divagaciones sobre la venganza, la justicia y la reconciliación", Análisis Político, No. 46, pp. 78-99.  Teitel, R. (2003). "Transitional Justice Genealogy", Harvard Human Rights Journal, No. 16, pp. 69-94.
  • 32.  Uprimny, R. (2005a). "¿Justicia transicional sin conflicto, sin transición y sin verdad? Consensos y disensos en torno al proyecto de ley de verdad, justicia y reparación", Hechos del callejón, Bogotá: PNUD. En prensa.  ————. (2005b). "Justicia transicional en Colombia: Algunas herramientas conceptuales para el análisis del caso colombiano", Revista Foro. En prensa.  Wilson, R. (2002). "Challenging Restorative Justice", Human Rights Dialogue, No. 7. En: www.cceia.org/viewMedia.php/prmID/246.  Zehr, H. (1990). Changing Lenses: A New Focus for Crime and Justice, Scottdale, Pennsylvania; Waterloo, Ontario: Herald Press.