Salud y seguridad en el trabajo y ley para las personas con discapacidad.
Lopcymat
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
I.U.T “Antonio José de Sucre”
Escuela de Relaciones Industriales
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Autores: César Vivas
Profa: Mirla Echeverría
Dianela Camacho
Guarenas, Febrero 2013
2. LEY VINCULADA CON LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS
TRABAJADORES
LOPCYMAT
Esta Ley que promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud
en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad Social, abarca la
promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de enfermedades
profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de
los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que correspondan por los
daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.
3. OBJETIVOS
Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que
permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y
bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus
facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la
prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral
del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación,
utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
Regular los derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, y de los empleadores y
empleadoras, en relación con la seguridad, salud y ambiente de trabajo; así como lo relativo a la
recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.
Desarrollar lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el
Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo establecido en la Ley Orgánica del
Sistema de Seguridad Social.
Establecer las sanciones por el incumplimiento de la normativa.
4. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las disposiciones de esta Ley son aplicables a los trabajos efectuados bajo
relación de dependencia por cuenta de un empleador o empleadora, cualesquiera
sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro, sean
públicos o privados existentes o que se establezcan en el territorio de la
República, y en general toda prestación de servicios personales donde haya
patronos o patronas y trabajadores o trabajadoras, sea cual fuere la forma que
adopte, salvo las excepciones expresamente establecidas por la ley. Quedan
expresamente incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley el trabajo a
domicilio, doméstico y de conserjería.
5. N° Derechos del Trabajador Derechos del empleador
Ser informados de las condiciones Participar en la discusión y adopción
1 en las que se va a trabajar, de la de las políticas nacionales, regionales,
presencia de sustancias tóxicas, locales, por rama de actividad,
posibles daños y cómo prevenirlos empresa y establecimiento en el área
Expresar libremente sus ideas y de seguridad y salud en el trabajo.
opiniones, y organizarse para la
2 Solicitar y recibir asesoría del Comité
defensa del derecho a la vida, a la
de Seguridad y Salud Laboral de su
salud y a la seguridad en el trabajo.
centro de trabajo, del Instituto
Recibir formación teóricas y Nacional de Prevención, Salud y
prácticas, suficiente, adecuada y Seguridad Laborales y demás órganos
3 en forma periódica, para la competentes.
ejecución de las funciones Denunciar ante las autoridades
competentes violaciones
inherentes a su actividad.
6. N° Deberes del Trabajador Deberes del Trabajador
1 Mantener las condiciones de orden Organizar el trabajo de
y limpieza en su puesto de trabajo. conformidad con los avances
Participar activamente en forma tecnológicos que permitan su
directa o a través de la elección de ejecución en condiciones
2 representantes, en los Comités de adecuadas a la capacidad física y
Seguridad y Salud Laboral y demás mental de los trabajadores y
organismos que se crearen con los trabajadoras a sus hábitos y
mismos fines. creencias culturales y a su
dignidad como personas
Respetar y hacer respetar los avisos,
humanas.
carteleras de seguridad e higiene y demás
3 indicaciones de advertencias que se fijaren Tomar las medidas adecuadas para
evitar cualquier forma de acoso
en diversos sitios, instalaciones y
sexual y establecer una política
maquinarias de su centro de trabajo, en
destinada a erradicar el mismo de los
materia de seguridad y salud en el trabajo.
lugares de trabajo.
7. INSTITUTO ENCARGADO DE LA APLICACIÓN DE LO
ESTABLECIDO EN LA LEY
INPSASEL
Se encaga de:
Ejecutar la Política Nacional en materia de Prevención, Salud y
Seguridad en el Trabajo
Asesorar a empleadores y trabajadores en el área de la salud
ocupacional
Dictar las normas técnicas que regulan la materia
Aplicar las sanciones a los que violen la Ley en esta materia
Gestionar el nuevo régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo
Vigilar y fiscalizar el cumplimiento de las normas
8. Atribuciones del Delegado de Prevención
Constituir conjuntamente, con los representantes de los empleadores o empleadoras, el
Comité de Seguridad y Salud Laboral.
Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a los
programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso
que formulen los trabajadores y trabajadoras con el objeto de tramitarlas ante el
Comité de Seguridad y Salud Laboral para su solución.
Participar conjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes en la
mejora de la acción preventiva y de promoción de la salud y seguridad en el trabajo.
Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en la ejecución de
la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.
9. * En caso de que el trabajador sufra de alguna enfermedad de tipo
ocupacional ó de un accidente de trabajo, un médico del INPSASEL se
encargará de determinar que efectivamente la enfermedad o el
accidente fue ocasionada por el ejercicio laboral. Al momento de la
cancelación de las indemnizaciones será el IVSS quién asuma el pago
del tercio de salario devengado por el trabajador.
Art. 81
Se refiere a las posibilidades que poseen las personas con
discapacidad, siendo comteplado en el mismo, que poseen iguales
oportuniades de desarrollorro y merecen la misma calidad de
condiciones tanto naturales como laborales, sin discriminación alguna.
10. ANÁLISIS
LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Esta Ley a tráves de artículos muy puntuales vela por la inclusión e
integración de las personas con discapacidad a la sociedad de
oportunides, brindandoles la oportunidad de prepararse, y desarrollarse en
áreas profesionales que permitan su crecimiento laboral; creando en estas
personas espíritu de lucha, no obstante también se consagra para ellos la
oportunidad de acceder a sistemas tan importantes como el sistema de
vivienda y habitat, que deberá optimizar la atención oportuna a esta
porción de la población que merece igualdad de horizontes.
11. LAS LIMITANTES SOLO EXISTEN EN
NUESTRAS MENTES… EL SECRETO DEL
TRIUNFO ES CREER EN UNO MISMO