SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 18
LOS BANCOS CENTRALES EN LOS PAÍSES DE SUR 
AMÉRICA 
(Hacia un Derecho de la Integración) 
Por 
José María Pacori Cari
INTRODUCCIÓN 
En todo Estado existe un Banco Central, el cual, 
generalmente, se encuentra regulado en la Constitución 
Política, por lo que se dice que un organismo 
constitucionalmente autónomo. Sin embargo, esta autonomía 
no debe entenderse como la imposibilidad de observar otras 
realidades, en especial, las que nos rodean. En la actualidad, 
está en crecimiento el Derecho de la Integración, debido a que 
los Estados de Sur América han unido fuerzas al crear el 
UNASUR (no olvidemos otras experiencias como son la 
Comunidad Andina y el MERCOSUR). 
La integración de los Estados de Sur América cada día se 
hace realidad, por lo que debemos de cooperar en esta tarea. 
La presente monografía tiene por objeto ayudar en esta gran 
tarea de integración tomando como punto de investigación a 
los Bancos Centrales sólo de Sur América. 
Es así que hemos dividido nuestro trabajo en tres capítulos. El 
primer capítulo trata sobre la naturaleza de los Bancos 
Centrales en Sur América a partir de la Legislación de cada 
Estado. En este capítulo estudiamos la esencia y las 
características de estos Bancos. 
En el segundo capítulo tratamos sobre la finalidad de los 
Bancos Centrales nuevamente partiendo de la legislación sur 
americana. Veremos en este capítulo que la “estabilidad” es la 
finalidad principal de un Banco Central, además, indicamos los 
“valores” que debe perseguir este organismo técnico y no 
político. 
En el tercer y último capítulo, ofrecemos nuestro aporte 
personal a la integración consistente en los principios que 
rigen a los Bancos Centrales en Sur América, los mismos que 
no han sido colocados al azar, sino que responden a cada una 
de las realidades de los países sur americanos.
Esperamos que este trabajo sea útil en la integración de 
nuestros Estados. 
Arequipa, 01 de julio de 2013.
CAPÍTULO I 
LA NATURALEZA DE LOS BANCOS CENTRALES EN LOS 
PAÍSES DE SUR AMÉRICA 
Un Banco Central es parte del sistema financiero como se 
puede verificar del siguiente texto: “1. La estructura del 
sistema financiero se organizará por la ley de tal manera, 
que por el ahorro y por la correcta asignación de los medios 
financieros necesarios, las inversiones en el sector productivo 
deben ser promovidos. 2. La ley establecerá las normas 
relativas al sistema monetario y el Banco Central.” (Art. 154 
Grondwet van de Republiek Suriname 1987) Establecido que 
un Banco Central es parte del sistema financiero, es necesario 
establecer su esencia. 
I.- LA ESENCIA DE LOS BANCOS CENTRALES DE SUR 
AMÉRICA 
En los países de Sur América hemos encontrado que los 
Bancos Centrales pueden “ser”1: 
1.- Entidad autárquica 
"El Banco Central de la República Argentina es una entidad 
autárquica del Estado nacional regida por las disposiciones 
de la presente Carta Orgánica y las demás normas legales 
1 En los siguientes apartados encontramos la utilización de entidad, 
ente, organismo y persona. Entidad o Ente hacen referencia a 
conceptos filosóficos del “ser” en relación a entidades. Cuando se 
hace referencia a organismo nos remitimos a teorías “biológicas” del 
Estado. Por último, la utilización del término persona, extraída de la 
representación teatral nos parece más correcta en el entendido que 
resulta actual para el Derecho de Personas que divide a las personas 
en persona naturales y jurídicas, y a estas últimas en personas 
jurídicas de derecho privado y derecho público, donde se ubica a los 
Bancos Centrales.
concordantes. El Estado nacional garantiza las obligaciones 
asumidas por el banco.” (Art. 1 Ley 24.144 Argentina). "El 
Banco Central de Bolivia (El BCB) es una institución del 
Estado, de derecho público, de carácter autárquico, de 
duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio 
propios y con domicilio legal en la ciudad de La Paz. Es la 
única autoridad monetaria y cambiaria del país y por ello 
órgano rector del sistema de intermediación financiera 
nacional, con competencia administrativa, técnica y financiera 
y facultades normativas especializadas de aplicación general, 
en la forma y, con los alcances establecidos en la presente 
Ley." (Art. 1 Ley 1670 Bolivia), que un Banco Central sea una 
entidad autárquica significa que es “autosuficiente”. 
2.- Organismo autónomo 
"El Banco Central de Venezuela es autónomo para la 
formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y 
ejerce sus funciones en coordinación con la política 
económica general, para alcanzar los objetivos superiores del 
Estado y la Nación. En el ejercicio de sus funciones, el Banco 
Central de Venezuela no está subordinado a directrices del 
Poder Ejecutivo; sin embargo, contribuirá con éste en la 
realización de los fines superiores del Estado y de la Nación." 
(Art. 2 Ley (…) Venezuela) "El Banco Central es persona 
jurídica de derecho público. Tiene autonomía dentro del 
marco de su Ley Orgánica.” (Art. 84 Constitución Perú) "Habrá 
un Banco Central de la República, que estará organizado 
como Ente Autónomo y tendrá los cometidos y atribuciones 
que determine la ley aprobada con el voto de la mayoría 
absoluta del total de componentes de cada Cámara." (Art. 196 
de la Constitución Uruguay) "El Banco Central del Uruguay, 
creado por el artículo 196 de la Constitución de la República, 
es un Ente Autónomo y dotado de autonomía técnica, 
administrativa y financiera en los términos de la Constitución 
y de la presente Ley Orgánica, sus complementarias y 
modificativas.” (Art. 1 Ley 16.696 - Uruguay). "El Banco de la 
República es una persona jurídica de derecho público, 
continuará funcionando como organismo estatal de rango 
constitucional, con régimen legal propio, de naturaleza propia 
y especial, con autonomía administrativa, patrimonial y 
técnica." (Art. 1 Ley (…) Colombia), mientras en el anterior
punto se habló de autarquía en este punto se habla de 
autonomía, la cual se refiere a una autonomía técnica, 
administrativa, patrimonial y financiera, la autonomía facilita la 
auto suficiencia. 
3.- Persona jurídica 
"El Banco es persona jurídica capaz de todos los derechos y 
obligaciones y tendrá su domicilio legal y principal asiento en 
la ciudad de Montevideo." (Art. 2 Ley 16.696 - Uruguay). "3. 
(1) Se establecerá un banco central a ser conocido como el 
Banco de Guyana, que será una institución autónoma 
regulado por la presente ley. (…) 4. (1) El Banco deberá ser 
una persona jurídica.” (Parte 11, Act No.19 of 1998 Bank of 
Guyana). Ser una persona jurídica implica que los Bancos 
Centrales son sujetos de derechos y obligaciones, son 
imputación de situaciones jurídicas 
4.- Organismo de rango constitucional 
"El Banco Central de Chile es un organismo autónomo, de 
rango constitucional, de carácter técnico, con personalidad 
jurídica, patrimonio propio y duración indefinida." (Art. 1 Ley 
Orgánica (…) Chile). En gran mayoría de los países de Su 
América se ha verificado la existencia de referencias a un 
Banco Central en su Constitución, lo que lo hace un 
organismo constitucional. 
5.- Ente central 
"El Banco de la República ejercerá las funciones de banca 
central. Estará organizado como persona jurídica de derecho 
público, con autonomía administrativa, patrimonial y técnica, 
sujeto a un régimen legal propio." (Art. 371 Constitución - 
Colombia). Se dice que es un ente “central” por cuanto sobre 
su eje giran las demás entidades del sistema financiero. 
6.- Organismo técnico 
"El Banco Central del Paraguay es una persona jurídica de 
derecho público, con carácter de organismo técnico y con 
autarquía administrativa y patrimonial y autonomía normativa 
en los límites de la Constitución Nacional y las leyes. El Banco 
Central del Paraguay ejercerá las funciones de Banca Central 
del Estado." (Art. 1 Ley 489 - Paraguay). "Se establece una 
Banca Central del Estado, en carácter de organismos 
técnico." (Art. 285 Constitución Paraguay). Esto significa que
no es un ente político, sino un ente científico e investigador 
alejado de toda presión política. 
En resumen, podemos concluir que los Bancos Centrales en 
los países de Sur América son personas jurídicas técnicas de 
rango constitucional que son autárquicas y autónomas. Sin 
embargo, para aclarar esta idea es necesario establecer las 
características de estos Bancos Centrales 
II.- CARACTERÍSTICAS DE LOS BANCOS CENTRALES 
Las características de los Bancos Centrales de Sur América 
las podemos resumir en las siguientes: 
1.- Es de derecho público 
"Las competencias monetarias del Poder Nacional serán 
ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco 
Central de Venezuela. (…) El Banco Central de Venezuela es 
persona jurídica de derecho público con autonomía para la 
formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia.” 
(Art. 318 Constitución - Venezuela) 
2.- Tiene personalidad jurídica 
"El Banco Central de Bolivia es una institución de derecho 
público, con personalidad jurídica y patrimonio propio." (Art. 
327 Constitución Bolivia). "La Superintendencia actual de 
Moneda y Crédito se transforma en una agencia federal, con 
sede en la capital de la República, bajo el nombre de Banco 
Central de la República de Brasil, con personalidad jurídica 
y patrimonio propios, que consisten en bienes, derechos y 
valores que se transfieren de acuerdo con esta Ley (…)"(Art. 8 
Ley (...) Brasil) 
3.- Tiene patrimonio propio 
"Existirá un organismo autónomo, con patrimonio propio, de 
carácter técnico, denominado Banco Central, cuya 
composición, organización, funciones y atribuciones 
determinará una ley orgánica constitucional." (Art 108 
Constitución Chile). "El Banco Central de Reserva del Perú es 
persona jurídica de derecho público, con autonomía en el 
marco de esta Ley. Tiene patrimonio propio y duración 
indefinida.” (Art. 1 Decreto Ley 26123) 
4.- Tiene duración indefinida 
"El Banco Central del Ecuador es una persona jurídica de 
derecho público, de duración indefinida, es responsable de
su gestión técnica y administrativa y con patrimonio propio." 
(Art. 50 Ley (…) Ecuador) 
Esto último, lleva a dar nuestra segunda conclusión. Los 
Bancos Centrales en Sur América son personas de derecho 
público con personalidad jurídica de duración indefinida y 
patrimonio propio.
CAPÍTULO II 
LA FINALIDAD DE LOS BANCOS CENTRALES DE SUR 
AMÉRICA 
Conocedores de la esencia y características de los Bancos 
Centrales en Sur América, resulta importante establecer la 
finalidad para la cual han sido hechos. Es importante indicar 
que en esta investigación hemos encontrado la utilización de 
los términos objeto, objetivo y finalidad, los cuales los 
utilizamos indistintamente, precisando que consideramos más 
acertado hablar de finalidades de los Bancos Centrales, por 
cuanto es a donde debe procurar todo banco. 
I.- ESTABILIDAD 
A continuación veremos que la principal finalidad de un Banco 
Central es mantener la “estabilidad”: 
1.- Estabilidad monetaria 
"El Banco Central del Ecuador (…). Tendrá como funciones 
instrumentar, ejecutar, controlar y aplicar las políticas 
monetaria, financiera, crediticia y cambiaria del Estado y, 
como objetivo velar por la estabilidad de la moneda." (Art. 
50 Ley (…) Ecuador) "La finalidad del Banco es preservar la 
estabilidad monetaria. Sus funciones son regular la cantidad 
de dinero, administrar las reservas internacionales, emitir 
billetes y monedas e informar sobre las finanzas nacionales." 
(Art. 2 Decreto Ley 26123 - Perú) "La competencia de la Unión 
para emitir moneda será ejercida exclusivamente por el 
banco central."(Art. 164 Constitución - Brasil). “1. La estructura 
del sistema financiero se organizará por la ley de tal manera, 
que por el ahorro y por la correcta asignación de los medios 
financieros necesarios, las inversiones en el sector productivo 
deben ser promovidos. 2. La ley establecerá las normas 
relativas al sistema monetario y el Banco Central.” (Art. 154 
Grondwet van de Republiek Suriname 1987) 
2.- Estabilidad de precios
"El Banco Central del Uruguay tendrá como finalidades 
primordiales: A) La estabilidad de precios que contribuya 
con los objetivos de crecimiento y empleo. B) La regulación 
del funcionamiento y la supervisión del sistema de pagos y del 
sistema financiero, promoviendo su solidez, solvencia, 
eficiencia y desarrollo." (Art. 3 Ley 16.696 - Uruguay) "5. En el 
contexto de la política económica del Gobierno, el Banco se 
guiará en todas sus acciones por el objetivo de fomentar el 
precio interno estabilidad a través de la promoción del 
crédito y las condiciones de cambio estables, como así 
como servir a la intermediación financiera propicia para el 
crecimiento de la economía de Guyana." (Parte 11, Act No.19 
of 1998 Bank of Guyana) 
3.- Estabilidad financiera 
“Son objetivos fundamentales del Banco Central del Paraguay 
preservar y velar por la estabilidad del valor de la moneda 
y promover la eficacia y estabilidad del sistema 
financiero." (Art. 3 Ley 489 - Paraguay) 
4.- Estabilidad del poder adquisitivo interno de la moneda 
nacional 
"El objeto del BCB es procurar la estabilidad del poder 
adquisitivo interno de la moneda nacional." (Art. 2 Ley 
1670 Bolivia) "El Estado, por intermedio del Banco de la 
República, velará por el mantenimiento de la capacidad 
adquisitiva de la moneda.” (Art. 373 Constitución - Colombia) 
En conclusión, tenemos que la principal finalidad de un Banco 
Central es la estabilidad de la moneda. Sin embargo, la 
finalidad que se persigue no tendría sentido si no le damos un 
“valor” o “bien” a seguir y procurar. 
II.- VALORES 
1.- El desarrollo armónico de la economía nacional 
"El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es 
lograr la estabilidad de precios y preservar el valor de la 
moneda. El Banco Central de Venezuela contribuirá al 
desarrollo armónico de la economía nacional, atendiendo a 
los fundamentos del régimen socioeconómico de la República. 
En el marco de su compromiso con la sociedad, el Banco 
fomentará la solidaridad, la participación ciudadana y la 
corresponsabilidad social." (Art. 5 Ley (…) Venezuela) 
2.- Equidad social
"El banco tiene por finalidad promover, en la medida de sus 
facultades y en el marco de las políticas establecidas por el 
gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad 
financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad 
social." (Art. 3 Ley 24.144 Argentina) 
3.- Cumplimiento de pagos 
“El Banco tendrá por objeto velar por la estabilidad de la 
moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos 
y externos. Las atribuciones del Banco, para estos efectos, 
serán la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en 
circulación, la ejecución de operaciones de crédito y cambios 
internacionales, como, asimismo, la dictación de normas en 
materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios 
internacionales." (Art. 3 Ley Orgánica (…) Chile) 
Como se podrá verificar, la finalidad de un Banco Central no 
resulta rígida, sino que también busca la prosecución de 
valores como armonía social, equidad y respeto.
CAPÍTULO III 
PRINCIPIOS DE LOS BANCOS CENTRALES DE 
SURAMÉRICA 
Hemos visto sobre la esencia, características, finalidades y 
valores de los Bancos Centrales en los países de Sur 
América. Sin embargo, esto no estaría completo si no 
establecemos cuáles son los principios que deben de regir a 
los Bancos Centrales de Sur América, situación que es el 
aporte de la presente monografía a la integración 
suramericana (incluso a partir de estos principios se podría 
hacer una Carta de derechos y obligaciones de los Bancos 
Centrales de Sur América). Estos principios serían los 
siguientes: 
1.- Principio de unidad federal 
"Corresponde al Congreso: (…) 6. Establecer y reglamentar un 
banco federal con facultad de emitir moneda, así como otros 
bancos nacionales." (Art. 75 Constitución Argentina) 
"Las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación. No 
pueden celebrar tratados parciales de carácter político; ni 
expedir leyes sobre comercio, o navegación interior o exterior; 
ni establecer aduanas provinciales; ni acuñar moneda; ni 
establecer bancos con facultades de emitir billetes, sin 
autorización del Congreso Federal (…)" (Art. 126 Constitución 
Argentina) 
2.- Principio de supervisión 
"El Banco Central de la República Argentina ejercerá la 
supervisión de la actividad financiera y cambiaria por 
intermedio de la Superintendencia de Entidades Financieras y 
Cambiarias, la que dependerá directamente del presidente de 
la institución. En todo momento el superintendente deberá 
tener a disposición del Directorio y de las autoridades 
competentes información sobre la calificación de las entidades
financieras y criterios utilizados para dicha calificación." (Art. 
43 Ley 24.144 Argentina) 
3.- Principio de coordinación en las políticas de gobierno 
"I. El Estado, a través del Órgano Ejecutivo, determinará los 
objetivos de la política monetaria y cambiaria del país, en 
coordinación con el Banco Central de Bolivia." (Art. 326 
Constitución Bolivia) 
"El BCB en el marco de la presente Ley, formulará las políticas 
de aplicación general en materia monetaria, cambiaria y de 
intermediación financiera, que comprenden la crediticia y 
bancaria, para el cumplimiento de su objeto." (Art. 3 Ley 1670 
Bolivia) 
4.- Principio de ubicuidad 
“(3) El Banco podrá establecer sucursales en cualquier lugar 
dentro de Guyana o en otro lugar que considere necesario. (4) 
El Banco podrá designar agentes o corresponsales dentro y 
fuera 
Guyana.” (Parte 11, Act No.19 of 1998 Bank of Guyana) 
5.- Principio de exclusividad 
"El Banco Central de la República de Brasil operará 
exclusivamente con entidades financieras operaciones 
bancarias públicas y privadas, cercadas de cualquier 
naturaleza con otras personas en público o privado, con 
excepción de lo expresamente autorizado por la ley. (Art. 12 
Ley (...) Brasil) 
6.- Principio de subsidiaridad y de no discriminación 
"El Banco, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, se 
regirá exclusivamente por las normas de esta ley orgánica y 
no le serán aplicables, para ningún efecto legal, las 
disposiciones generales o especiales, dictadas o que se dicten 
para el sector público. Subsidiariamente y dentro de su 
competencia, se regirá por las normas del sector privado. Las 
facultades que la ley otorga al Banco no podrán ejercerse de 
modo que, directa o indirectamente, signifiquen establecer 
normas o requisitos diferentes o discriminatorios en relación a 
personas, instituciones o entidades que realicen operaciones 
de la misma naturaleza." (Art. 2 Ley Orgánica (…) Chile) 
7.- Principio de prestamista en última instancia y de 
colaboración
"El Banco de la República, como banquero y prestamista de 
última instancia de los establecimientos de crédito, públicos y 
privados, podrá: a) Otorgarles apoyos transitorios de liquidez 
mediante descuentos y redescuentos en las condiciones que 
determine la Junta Directiva; b) Intermediar líneas de crédito 
externo para su colocación a través de los establecimientos de 
crédito y, c) Prestarles servicios fiduciarios, de depósito, 
compensación y giro y los demás que determine su Junta 
Directiva." (Art. 12 Ley (…) Colombia) 
8.- Principio de colaboración en el Presupuesto General 
"El Presupuesto General del Estado se gestionará a través de 
una Cuenta Única del Tesoro Nacional abierta en el Banco 
Central, con las subcuentas correspondientes. En el Banco 
Central se crearán cuentas especiales para el manejo de los 
depósitos de las empresas públicas y los gobiernos 
autónomos descentralizados, y las demás cuentas que 
correspondan. Los recursos públicos se manejarán en la 
banca pública, de acuerdo con la ley. La ley establecerá los 
mecanismos de acreditación y pagos, así como de inversión 
de recursos financieros. Se prohíbe a las entidades del sector 
público invertir sus recursos en el exterior sin autorización 
legal." (Art. 299 Constitución Ecuador) 
9.- Principio de integración 
"El Banco Central de Venezuela colaborará, a la integración 
latinoamericana y caribeña, estableciendo los mecanismos 
necesarios para facilitar la coordinación de políticas 
macroeconómicas." (Art. 5 Ley (…) Venezuela) 
10.- Principio de responsabilidad pública 
"El Banco Central de Venezuela se regirá por el principio de 
responsabilidad pública, a cuyo efecto rendirá cuenta de las 
actuaciones, metas y resultados de sus políticas ante la 
Asamblea Nacional, de acuerdo con la ley. También rendirá 
informes periódicos sobre el comportamiento de las variables 
macroeconómicas del país y sobre los demás asuntos que se 
le soliciten, e incluirá los análisis que permitan su evaluación. 
El incumplimiento sin causa justificada del objetivo y de las 
metas, dará lugar a la remoción del directorio y a sanciones 
administrativas, de acuerdo con la ley." (Art. 319 Constitución - 
Venezuela) 
11.- Principio de responsabilidad limitada
"El patrimonio del Banco Central del Paraguay se considera 
jurídicamente separado de los bienes del Estado. " (Art. 120 
Ley 489 - Paraguay) 
12.- Principio de inembargabilidad 
"La reserva monetaria y los encajes legales son 
inembargables." (Art. 121 Ley 489 - Paraguay) 
13.- Principio de exoneración tributaria 
"El Banco Central del Paraguay estará libre de todo impuesto 
sobre la renta, sobre las operaciones inmobiliarias y 
mobiliarias y los útiles destinados a su uso, y otros actos que 
realice." (Art. 122 Ley 489 - Paraguay) 
14.- Principio de obligatoriedad 
"Las disposiciones que emita el Banco en el ejercicio de sus 
funciones son de obligatorio cumplimiento para todas las 
entidades del Sistema Financiero, así como para las demás 
personas naturales y jurídicas cuando corresponda. Las 
disposiciones de carácter general que al amparo de la 
presente ley establece el Banco se denominan Circulares y 
son publicadas en el Diario Oficial." (Art. 4 Decreto Ley 26123 
- Perú) 
15.- Principio de desarrollo 
“Las funciones del Banco son los siguientes: (…) 6. Promover 
el desarrollo socioeconómico equilibrado de Suriname.” (Ver 
en http://www.cbvs.sr/) 
16.- Principio de garantía 
"Todas las obligaciones del Banco gozarán de la garantía del 
Estado. El Banco estará exento de toda clase de tributos 
nacionales, aun de aquellos previstos en leyes especiales, 
exceptuadas las contribuciones de seguridad social." (Art. 6 
Ley 16.696 - Uruguay)
CONCLUSIONES 
Como se ha podido verificar la figura del Banco Central en Sur 
América puede ser definida como una persona jurídica técnica 
central de derecho público de rango constitucional autárquica 
y autónoma, que tiene las características de personalidad, 
plazo indefinido y patrimonio propio 
La finalidad de esta entidad creada por los Estados es 
mantener la estabilidad monetaria (principal finalidad), 
financiera, de precios y de poder adquisitivo. Sin embargo, 
esta finalidad concreta busca valores abstractos como es la 
equidad, el desarrollo, la armonía y el respeto. 
Por último, cada realidad sur americana ha generado los16 
principios que pueden servir para comprender más la 
integración de nuestros pueblos respecto de nuestros Bancos 
Centrales, siendo posible elaborar una Carta de principios de 
los Bancos Centrales de Sur América.
BIBLIOGRAFÍA 
1. ARGENTINA. BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA 
ARGENTINA: http://www.bcra.gov.ar/; Ley 24.144 / 
Carta Orgánica del B.C.R.A.; CONSTITUCIÓN 
NACIONAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 
2. BOLIVIA. BANCO CENTRAL DE BOLIVIA: 
http://www.bcb.gob.bo/; LEY No. 1670 LEY DEL 
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA DEL 31 DE 
OCTUBRE DE 1995; CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL 
ESTADO DE BOLIVIA. 
3. GUYANA. BANK OF GUYANA: 
http://www.bankofguyana.org.gy; ACT No.19 of 1998 
BANK OF GUYANA ACT 1998 ARRANGEMENT OF 
SECTIONS; Constitution 1980 with 1996 Reforms. 
4. BRASIL. BANCO CENTRAL DO BRASIL: 
http://www.bcb.gov.br; LEI Nº 4.595, DE 31 DE 
DEZEMBRO DE 1964. Dispõe sobre a Política e as 
Instituições Monetárias, Bancárias e Creditícias, Cria o 
Conselho Monetário Nacional e dá outras 
providências; CONSTITUIÇÃO DA REPÚBLICA 
FEDERATIVA DO BRASIL DE 1988. 
5. CHILE. BANCO CENTRAL DE CHILE: 
http://www.bcentral.cl; Ley Orgánica Constitucional del 
Banco Central de Chile Contenida en el ARTÍCULO 
PRIMERO de la Ley N° 18.840; FIJA EL TEXTO 
REFUNDIDO COORDINADO Y SISTEMATIZADO 
DE LA CONSTITUCIÓN 
POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE 
DECRETO SUPREMO 100. 
6. COLOMBIA. BANCO DE LA REPÚBLICA o BANCO 
CENTRAL DE COLOMBIA: http://www.banrep.gov.co; 
LEY DEL BANCO DE LA REPÚBLICA LEY 31 DE 
1992 (Diciembre 29) – Colombia; CONSTITUCION 
POLITICA DE COLOMBIA 1991. 
7. ECUADOR. BANCO CENTRAL DEL ECUADOR: 
http://www.bce.fin.ec; LEY DE RÉGIMEN 
MONETARIO Y BANCO DEL ESTADO, 
CODIFICACIÓN - Ecuador; Constitución de la 
República de Ecuador.
8. PARAGUAY. BANCO CENTRAL DE PARAGUAY: 
http://www.bcp.gov.py/; LEY 489 ORGANICA DEL 
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY; 
CONSTITUCIÓN NACIONAL 1992 PARAGUAY. 
9. PERÚ. BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ: 
http://www.bcrp.gob.pe/; Ley Orgánica del Banco 
Central de Reserva del Perú DECRETO LEY 26123; 
Constitución Política del Perú de 1993. 
10. SURINAME. CENTRALE BANK VAN SURINAME: 
http://www.cbvs.sr/; Constitution of Suriname 1987 o 
Grondwet van de Republiek Suriname 1987. 
11. URUGUAY. BANCO CENTRAL DE URUGUAY: 
http://www.bcu.gub.uy; TEXTO ORDENADO DE LA 
CARTA ORGÁNICA Aprobada por Ley Nº 16.696 de 
30.03.1995 (URUGUAY); CONSTITUCIÓN DE LA 
REPÚBLICA 
12.VENEZUELA. BANCO CENTRAL DE VENEZUELA: 
http://www.bcv.org.ve; LEY DEL BANCO CENTRAL 
DE VENEZUELA (con la Ley de reforma de la Ley del 
banco Central de Venezuela de 2010); 
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE 
VENEZUELA.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Paper análisis Ley Orgánica de Administracion Central
Paper análisis Ley Orgánica de Administracion CentralPaper análisis Ley Orgánica de Administracion Central
Paper análisis Ley Orgánica de Administracion CentralCarlos Pedras
 
Ley organica de la administracion publica - Venezuela
Ley organica de la administracion publica - VenezuelaLey organica de la administracion publica - Venezuela
Ley organica de la administracion publica - VenezuelaHugo Araujo
 
Ley organica del sistema financiero nacional
Ley organica del sistema financiero nacionalLey organica del sistema financiero nacional
Ley organica del sistema financiero nacionalesfany
 
Sistema financiero mexicano
Sistema financiero mexicanoSistema financiero mexicano
Sistema financiero mexicanoEduardo Pereira
 
Autonomia del derecho financiero
Autonomia del derecho financieroAutonomia del derecho financiero
Autonomia del derecho financierojlarandag
 
Shcp guías de referencia resumen 2013
Shcp guías de referencia resumen 2013Shcp guías de referencia resumen 2013
Shcp guías de referencia resumen 2013Londres181
 
Ensayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroEnsayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroAymarVasquez
 
Instituciones del sistema financiero mexicano
Instituciones del sistema financiero mexicanoInstituciones del sistema financiero mexicano
Instituciones del sistema financiero mexicanoManuel Guillermo Gonzalez
 

La actualidad más candente (20)

Paper análisis Ley Orgánica de Administracion Central
Paper análisis Ley Orgánica de Administracion CentralPaper análisis Ley Orgánica de Administracion Central
Paper análisis Ley Orgánica de Administracion Central
 
Ley organica de la administracion publica - Venezuela
Ley organica de la administracion publica - VenezuelaLey organica de la administracion publica - Venezuela
Ley organica de la administracion publica - Venezuela
 
La administración publica venezolana
La administración publica venezolanaLa administración publica venezolana
La administración publica venezolana
 
Sistema Financiero Mexicano
Sistema Financiero MexicanoSistema Financiero Mexicano
Sistema Financiero Mexicano
 
Autonomía y política del banco central
Autonomía y política del banco centralAutonomía y política del banco central
Autonomía y política del banco central
 
Ley organica del sistema financiero nacional
Ley organica del sistema financiero nacionalLey organica del sistema financiero nacional
Ley organica del sistema financiero nacional
 
Derecho Bancario
Derecho BancarioDerecho Bancario
Derecho Bancario
 
Ensayo derecho financiero
Ensayo derecho financieroEnsayo derecho financiero
Ensayo derecho financiero
 
Sistema financiero javier
Sistema financiero javierSistema financiero javier
Sistema financiero javier
 
Sistema financiero mexicano
Sistema financiero mexicanoSistema financiero mexicano
Sistema financiero mexicano
 
Unidad 2 marco legal
Unidad 2 marco legalUnidad 2 marco legal
Unidad 2 marco legal
 
Unidad ii sistema bancario
Unidad ii sistema bancarioUnidad ii sistema bancario
Unidad ii sistema bancario
 
Ensayo Derecho Financiero y Tributario
Ensayo Derecho Financiero y TributarioEnsayo Derecho Financiero y Tributario
Ensayo Derecho Financiero y Tributario
 
Autonomia del derecho financiero
Autonomia del derecho financieroAutonomia del derecho financiero
Autonomia del derecho financiero
 
Shcp guías de referencia resumen 2013
Shcp guías de referencia resumen 2013Shcp guías de referencia resumen 2013
Shcp guías de referencia resumen 2013
 
Ensayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho FinancieroEnsayo de Derecho Financiero
Ensayo de Derecho Financiero
 
Act 01
Act 01Act 01
Act 01
 
Instituciones del sistema financiero mexicano
Instituciones del sistema financiero mexicanoInstituciones del sistema financiero mexicano
Instituciones del sistema financiero mexicano
 
BCR y el Sistema Bancario
BCR y el Sistema BancarioBCR y el Sistema Bancario
BCR y el Sistema Bancario
 
CIENCIAS POLITICAS 5.pdf
CIENCIAS POLITICAS 5.pdfCIENCIAS POLITICAS 5.pdf
CIENCIAS POLITICAS 5.pdf
 

Destacado

Transición y Visión
Transición y VisiónTransición y Visión
Transición y Visiónespacioazul
 
Pueblos en transición
Pueblos en transiciónPueblos en transición
Pueblos en transiciónespacioazul
 
De la idea a la Acción * Presentación
De la idea a la Acción * PresentaciónDe la idea a la Acción * Presentación
De la idea a la Acción * Presentaciónespacioazul
 
Pedagogía 3000 con triangulo 2013
Pedagogía 3000 con triangulo 2013Pedagogía 3000 con triangulo 2013
Pedagogía 3000 con triangulo 2013Benjamin Guzman
 
03 Pedagooogia 3000 Sustentos Cientificos
03  Pedagooogia 3000 Sustentos Cientificos03  Pedagooogia 3000 Sustentos Cientificos
03 Pedagooogia 3000 Sustentos CientificosSanta Teresa
 
1. desarollo integral_p3000
1. desarollo integral_p30001. desarollo integral_p3000
1. desarollo integral_p3000haroldpoli
 
Ponencia moneda alternativa - la Canica
Ponencia moneda alternativa - la CanicaPonencia moneda alternativa - la Canica
Ponencia moneda alternativa - la CanicaJulio Gisbert Quero
 
Monedas complementarias para solucionar problemas socioecológicos: el caso de...
Monedas complementarias para solucionar problemas socioecológicos: el caso de...Monedas complementarias para solucionar problemas socioecológicos: el caso de...
Monedas complementarias para solucionar problemas socioecológicos: el caso de...August Corrons
 
Introduction to Permaculture - FELC February 8th 2014
Introduction to Permaculture - FELC February 8th 2014Introduction to Permaculture - FELC February 8th 2014
Introduction to Permaculture - FELC February 8th 2014Vince Kirchner
 
Clase 7 posclásico toltecas
Clase 7 posclásico toltecasClase 7 posclásico toltecas
Clase 7 posclásico toltecasNoelia
 
¿Qué es la oxidación? - Teoría monetaria de Silvio Gesell
¿Qué es la oxidación? - Teoría monetaria de Silvio Gesell¿Qué es la oxidación? - Teoría monetaria de Silvio Gesell
¿Qué es la oxidación? - Teoría monetaria de Silvio GesellMiguel Yasuyuki Hirota
 

Destacado (20)

Transición y Visión
Transición y VisiónTransición y Visión
Transición y Visión
 
Pueblos en transición
Pueblos en transiciónPueblos en transición
Pueblos en transición
 
Valencia, sep 2015
Valencia, sep 2015Valencia, sep 2015
Valencia, sep 2015
 
De la idea a la Acción * Presentación
De la idea a la Acción * PresentaciónDe la idea a la Acción * Presentación
De la idea a la Acción * Presentación
 
Pedagogía 3000 con triangulo 2013
Pedagogía 3000 con triangulo 2013Pedagogía 3000 con triangulo 2013
Pedagogía 3000 con triangulo 2013
 
03 Pedagooogia 3000 Sustentos Cientificos
03  Pedagooogia 3000 Sustentos Cientificos03  Pedagooogia 3000 Sustentos Cientificos
03 Pedagooogia 3000 Sustentos Cientificos
 
Pedagogía 3000
Pedagogía 3000Pedagogía 3000
Pedagogía 3000
 
Lenguaje como transicion
Lenguaje como transicionLenguaje como transicion
Lenguaje como transicion
 
1. desarollo integral_p3000
1. desarollo integral_p30001. desarollo integral_p3000
1. desarollo integral_p3000
 
Ponencia moneda alternativa - la Canica
Ponencia moneda alternativa - la CanicaPonencia moneda alternativa - la Canica
Ponencia moneda alternativa - la Canica
 
Monedas complementarias para solucionar problemas socioecológicos: el caso de...
Monedas complementarias para solucionar problemas socioecológicos: el caso de...Monedas complementarias para solucionar problemas socioecológicos: el caso de...
Monedas complementarias para solucionar problemas socioecológicos: el caso de...
 
Introduction to Permaculture - FELC February 8th 2014
Introduction to Permaculture - FELC February 8th 2014Introduction to Permaculture - FELC February 8th 2014
Introduction to Permaculture - FELC February 8th 2014
 
Guia permacultura v18a
Guia permacultura v18aGuia permacultura v18a
Guia permacultura v18a
 
Clase 7 posclásico toltecas
Clase 7 posclásico toltecasClase 7 posclásico toltecas
Clase 7 posclásico toltecas
 
Toltecas expo
Toltecas expoToltecas expo
Toltecas expo
 
Comunicación Asertiva (No violenta)
Comunicación Asertiva (No violenta)Comunicación Asertiva (No violenta)
Comunicación Asertiva (No violenta)
 
Metodo Montesori
Metodo MontesoriMetodo Montesori
Metodo Montesori
 
¿Qué es pedagogía 3000?
¿Qué es pedagogía 3000?¿Qué es pedagogía 3000?
¿Qué es pedagogía 3000?
 
¿Qué es la oxidación? - Teoría monetaria de Silvio Gesell
¿Qué es la oxidación? - Teoría monetaria de Silvio Gesell¿Qué es la oxidación? - Teoría monetaria de Silvio Gesell
¿Qué es la oxidación? - Teoría monetaria de Silvio Gesell
 
Comunicacion no violenta
Comunicacion no violentaComunicacion no violenta
Comunicacion no violenta
 

Similar a INVESTIGACION: "LOS BANCOS CENTRALES EN LOS PAÍSES DE SUR AMÉRICA" AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI

Organización
OrganizaciónOrganización
Organizacióncefic
 
Estuctura del Sistema Bancario Venezolano
Estuctura del Sistema Bancario VenezolanoEstuctura del Sistema Bancario Venezolano
Estuctura del Sistema Bancario VenezolanoEmilePerez2
 
Proyecto pedagógico y tic
Proyecto pedagógico y ticProyecto pedagógico y tic
Proyecto pedagógico y ticayorklaley
 
Sistema Financiero Mexicano
Sistema Financiero MexicanoSistema Financiero Mexicano
Sistema Financiero MexicanoVictor Bernal
 
La organizacion administrativa del estado mexicano
La organizacion administrativa del estado mexicanoLa organizacion administrativa del estado mexicano
La organizacion administrativa del estado mexicanoDaniel Garcia
 
El poder ciudadano y sus alcances. yulirma rea
El poder ciudadano y sus alcances. yulirma reaEl poder ciudadano y sus alcances. yulirma rea
El poder ciudadano y sus alcances. yulirma reaIjauris Rea
 
Tema 09 poder ciudadano
Tema 09 poder ciudadanoTema 09 poder ciudadano
Tema 09 poder ciudadanoivanydaal
 
La organizacion administrativa del estado mexicano
La organizacion administrativa del estado mexicanoLa organizacion administrativa del estado mexicano
La organizacion administrativa del estado mexicanoDaniel Garcia
 
Estructura del estado
Estructura del estadoEstructura del estado
Estructura del estadojafatru
 
Evolución del snc en la leg. peruana
Evolución del snc en la leg. peruanaEvolución del snc en la leg. peruana
Evolución del snc en la leg. peruanajrubina
 
Diapositivas y ley de bancos.pdf
Diapositivas y ley de bancos.pdfDiapositivas y ley de bancos.pdf
Diapositivas y ley de bancos.pdfNuevoMilenio5
 
Ley-Orgánica-de-Economía-Popular-y-Solidaria.pdf
Ley-Orgánica-de-Economía-Popular-y-Solidaria.pdfLey-Orgánica-de-Economía-Popular-y-Solidaria.pdf
Ley-Orgánica-de-Economía-Popular-y-Solidaria.pdfUefDomingoCeliCataco
 
DERECHO PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO 2.pptx
DERECHO PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO 2.pptxDERECHO PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO 2.pptx
DERECHO PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO 2.pptxEnriqueAlvarez153172
 
Administracion publica
Administracion publicaAdministracion publica
Administracion publicaMoishef HerCo
 
Nueva Exposición
Nueva ExposiciónNueva Exposición
Nueva Exposiciónmanselainen
 
1-sistema-financiero-mexicano (1).pptx
1-sistema-financiero-mexicano (1).pptx1-sistema-financiero-mexicano (1).pptx
1-sistema-financiero-mexicano (1).pptxTaniaMorales53
 
sistema-financiero-mexicano
sistema-financiero-mexicano sistema-financiero-mexicano
sistema-financiero-mexicano Anahí Salcido
 
Organismos autonomos constitucionales
Organismos autonomos constitucionalesOrganismos autonomos constitucionales
Organismos autonomos constitucionalesWILFREDOCCOLQQUETTIT
 
la organizacion administrativa del estado mexicano.pptx
la organizacion administrativa del estado mexicano.pptxla organizacion administrativa del estado mexicano.pptx
la organizacion administrativa del estado mexicano.pptxEduardoMartinez528207
 

Similar a INVESTIGACION: "LOS BANCOS CENTRALES EN LOS PAÍSES DE SUR AMÉRICA" AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI (20)

Organización
OrganizaciónOrganización
Organización
 
Estuctura del Sistema Bancario Venezolano
Estuctura del Sistema Bancario VenezolanoEstuctura del Sistema Bancario Venezolano
Estuctura del Sistema Bancario Venezolano
 
Proyecto pedagógico y tic
Proyecto pedagógico y ticProyecto pedagógico y tic
Proyecto pedagógico y tic
 
Sistema Financiero Mexicano
Sistema Financiero MexicanoSistema Financiero Mexicano
Sistema Financiero Mexicano
 
La organizacion administrativa del estado mexicano
La organizacion administrativa del estado mexicanoLa organizacion administrativa del estado mexicano
La organizacion administrativa del estado mexicano
 
El poder ciudadano y sus alcances. yulirma rea
El poder ciudadano y sus alcances. yulirma reaEl poder ciudadano y sus alcances. yulirma rea
El poder ciudadano y sus alcances. yulirma rea
 
Tema 09 poder ciudadano
Tema 09 poder ciudadanoTema 09 poder ciudadano
Tema 09 poder ciudadano
 
La organizacion administrativa del estado mexicano
La organizacion administrativa del estado mexicanoLa organizacion administrativa del estado mexicano
La organizacion administrativa del estado mexicano
 
Estructura del estado
Estructura del estadoEstructura del estado
Estructura del estado
 
Evolución del snc en la leg. peruana
Evolución del snc en la leg. peruanaEvolución del snc en la leg. peruana
Evolución del snc en la leg. peruana
 
Diapositivas y ley de bancos.pdf
Diapositivas y ley de bancos.pdfDiapositivas y ley de bancos.pdf
Diapositivas y ley de bancos.pdf
 
Ley-Orgánica-de-Economía-Popular-y-Solidaria.pdf
Ley-Orgánica-de-Economía-Popular-y-Solidaria.pdfLey-Orgánica-de-Economía-Popular-y-Solidaria.pdf
Ley-Orgánica-de-Economía-Popular-y-Solidaria.pdf
 
DERECHO PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO 2.pptx
DERECHO PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO 2.pptxDERECHO PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO 2.pptx
DERECHO PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO 2.pptx
 
Del poder ciudadano
Del poder ciudadanoDel poder ciudadano
Del poder ciudadano
 
Administracion publica
Administracion publicaAdministracion publica
Administracion publica
 
Nueva Exposición
Nueva ExposiciónNueva Exposición
Nueva Exposición
 
1-sistema-financiero-mexicano (1).pptx
1-sistema-financiero-mexicano (1).pptx1-sistema-financiero-mexicano (1).pptx
1-sistema-financiero-mexicano (1).pptx
 
sistema-financiero-mexicano
sistema-financiero-mexicano sistema-financiero-mexicano
sistema-financiero-mexicano
 
Organismos autonomos constitucionales
Organismos autonomos constitucionalesOrganismos autonomos constitucionales
Organismos autonomos constitucionales
 
la organizacion administrativa del estado mexicano.pptx
la organizacion administrativa del estado mexicano.pptxla organizacion administrativa del estado mexicano.pptx
la organizacion administrativa del estado mexicano.pptx
 

Más de Corporación Hiram Servicios Legales

EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfLOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfCorporación Hiram Servicios Legales
 
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...Corporación Hiram Servicios Legales
 
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...Corporación Hiram Servicios Legales
 
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfLA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfCorporación Hiram Servicios Legales
 
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfCorporación Hiram Servicios Legales
 
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...Corporación Hiram Servicios Legales
 
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...Corporación Hiram Servicios Legales
 
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfEL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfCorporación Hiram Servicios Legales
 
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...Corporación Hiram Servicios Legales
 
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...Corporación Hiram Servicios Legales
 
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...Corporación Hiram Servicios Legales
 
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...Corporación Hiram Servicios Legales
 
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...Corporación Hiram Servicios Legales
 
HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES CAS - AUTOR JOSÉ MARÍA P...
HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES CAS - AUTOR JOSÉ MARÍA P...HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES CAS - AUTOR JOSÉ MARÍA P...
HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES CAS - AUTOR JOSÉ MARÍA P...Corporación Hiram Servicios Legales
 

Más de Corporación Hiram Servicios Legales (20)

EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
 
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI ...
 
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfLOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
 
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CA...
 
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...
MODELO CARTA NOTARIAL PARA PAGO SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A ENTIDAD PÚ...
 
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...
EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR - AUTOR J...
 
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...
LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO ...
 
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfLA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
 
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
 
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA ...
 
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...
MODELO RECURSO APELACIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO FUERZAS ARMADAS - AUTOR JOSÉ M...
 
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACO...
 
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdfEL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI.pdf
 
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO CONTESTACIÓN DEMANDA DE ALIMENTOS MENOR DE EDAD - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
 
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...
MODELO DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT - AUTOR JOSÉ MARÍA PA...
 
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS BENEFICENCIAS -...
 
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...
MODELO DESCARGOS AL IFI EN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO - AUTOR JOSÉ...
 
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
MODELO SOLICITUD EXTENSIÓN LÍMITE DE EDAD PARA MÉDICOS - AUTOR JOSÉ MARÍA PAC...
 
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...
MODELO QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI C...
 
HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES CAS - AUTOR JOSÉ MARÍA P...
HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES CAS - AUTOR JOSÉ MARÍA P...HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES CAS - AUTOR JOSÉ MARÍA P...
HOMOLOGACIÓN DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES CAS - AUTOR JOSÉ MARÍA P...
 

Último

2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .pptARACELYMUOZ14
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFmilenamora37
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...oscarzea5
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Públicavalderrama202
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxMarioCasimiroAraniba1
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfFlorenciaConstanzaOg
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssYaelAkim
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasGvHaideni
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 

Último (20)

2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Pública
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
 
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 

INVESTIGACION: "LOS BANCOS CENTRALES EN LOS PAÍSES DE SUR AMÉRICA" AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI

  • 1. LOS BANCOS CENTRALES EN LOS PAÍSES DE SUR AMÉRICA (Hacia un Derecho de la Integración) Por José María Pacori Cari
  • 2. INTRODUCCIÓN En todo Estado existe un Banco Central, el cual, generalmente, se encuentra regulado en la Constitución Política, por lo que se dice que un organismo constitucionalmente autónomo. Sin embargo, esta autonomía no debe entenderse como la imposibilidad de observar otras realidades, en especial, las que nos rodean. En la actualidad, está en crecimiento el Derecho de la Integración, debido a que los Estados de Sur América han unido fuerzas al crear el UNASUR (no olvidemos otras experiencias como son la Comunidad Andina y el MERCOSUR). La integración de los Estados de Sur América cada día se hace realidad, por lo que debemos de cooperar en esta tarea. La presente monografía tiene por objeto ayudar en esta gran tarea de integración tomando como punto de investigación a los Bancos Centrales sólo de Sur América. Es así que hemos dividido nuestro trabajo en tres capítulos. El primer capítulo trata sobre la naturaleza de los Bancos Centrales en Sur América a partir de la Legislación de cada Estado. En este capítulo estudiamos la esencia y las características de estos Bancos. En el segundo capítulo tratamos sobre la finalidad de los Bancos Centrales nuevamente partiendo de la legislación sur americana. Veremos en este capítulo que la “estabilidad” es la finalidad principal de un Banco Central, además, indicamos los “valores” que debe perseguir este organismo técnico y no político. En el tercer y último capítulo, ofrecemos nuestro aporte personal a la integración consistente en los principios que rigen a los Bancos Centrales en Sur América, los mismos que no han sido colocados al azar, sino que responden a cada una de las realidades de los países sur americanos.
  • 3. Esperamos que este trabajo sea útil en la integración de nuestros Estados. Arequipa, 01 de julio de 2013.
  • 4. CAPÍTULO I LA NATURALEZA DE LOS BANCOS CENTRALES EN LOS PAÍSES DE SUR AMÉRICA Un Banco Central es parte del sistema financiero como se puede verificar del siguiente texto: “1. La estructura del sistema financiero se organizará por la ley de tal manera, que por el ahorro y por la correcta asignación de los medios financieros necesarios, las inversiones en el sector productivo deben ser promovidos. 2. La ley establecerá las normas relativas al sistema monetario y el Banco Central.” (Art. 154 Grondwet van de Republiek Suriname 1987) Establecido que un Banco Central es parte del sistema financiero, es necesario establecer su esencia. I.- LA ESENCIA DE LOS BANCOS CENTRALES DE SUR AMÉRICA En los países de Sur América hemos encontrado que los Bancos Centrales pueden “ser”1: 1.- Entidad autárquica "El Banco Central de la República Argentina es una entidad autárquica del Estado nacional regida por las disposiciones de la presente Carta Orgánica y las demás normas legales 1 En los siguientes apartados encontramos la utilización de entidad, ente, organismo y persona. Entidad o Ente hacen referencia a conceptos filosóficos del “ser” en relación a entidades. Cuando se hace referencia a organismo nos remitimos a teorías “biológicas” del Estado. Por último, la utilización del término persona, extraída de la representación teatral nos parece más correcta en el entendido que resulta actual para el Derecho de Personas que divide a las personas en persona naturales y jurídicas, y a estas últimas en personas jurídicas de derecho privado y derecho público, donde se ubica a los Bancos Centrales.
  • 5. concordantes. El Estado nacional garantiza las obligaciones asumidas por el banco.” (Art. 1 Ley 24.144 Argentina). "El Banco Central de Bolivia (El BCB) es una institución del Estado, de derecho público, de carácter autárquico, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propios y con domicilio legal en la ciudad de La Paz. Es la única autoridad monetaria y cambiaria del país y por ello órgano rector del sistema de intermediación financiera nacional, con competencia administrativa, técnica y financiera y facultades normativas especializadas de aplicación general, en la forma y, con los alcances establecidos en la presente Ley." (Art. 1 Ley 1670 Bolivia), que un Banco Central sea una entidad autárquica significa que es “autosuficiente”. 2.- Organismo autónomo "El Banco Central de Venezuela es autónomo para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y ejerce sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación. En el ejercicio de sus funciones, el Banco Central de Venezuela no está subordinado a directrices del Poder Ejecutivo; sin embargo, contribuirá con éste en la realización de los fines superiores del Estado y de la Nación." (Art. 2 Ley (…) Venezuela) "El Banco Central es persona jurídica de derecho público. Tiene autonomía dentro del marco de su Ley Orgánica.” (Art. 84 Constitución Perú) "Habrá un Banco Central de la República, que estará organizado como Ente Autónomo y tendrá los cometidos y atribuciones que determine la ley aprobada con el voto de la mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara." (Art. 196 de la Constitución Uruguay) "El Banco Central del Uruguay, creado por el artículo 196 de la Constitución de la República, es un Ente Autónomo y dotado de autonomía técnica, administrativa y financiera en los términos de la Constitución y de la presente Ley Orgánica, sus complementarias y modificativas.” (Art. 1 Ley 16.696 - Uruguay). "El Banco de la República es una persona jurídica de derecho público, continuará funcionando como organismo estatal de rango constitucional, con régimen legal propio, de naturaleza propia y especial, con autonomía administrativa, patrimonial y técnica." (Art. 1 Ley (…) Colombia), mientras en el anterior
  • 6. punto se habló de autarquía en este punto se habla de autonomía, la cual se refiere a una autonomía técnica, administrativa, patrimonial y financiera, la autonomía facilita la auto suficiencia. 3.- Persona jurídica "El Banco es persona jurídica capaz de todos los derechos y obligaciones y tendrá su domicilio legal y principal asiento en la ciudad de Montevideo." (Art. 2 Ley 16.696 - Uruguay). "3. (1) Se establecerá un banco central a ser conocido como el Banco de Guyana, que será una institución autónoma regulado por la presente ley. (…) 4. (1) El Banco deberá ser una persona jurídica.” (Parte 11, Act No.19 of 1998 Bank of Guyana). Ser una persona jurídica implica que los Bancos Centrales son sujetos de derechos y obligaciones, son imputación de situaciones jurídicas 4.- Organismo de rango constitucional "El Banco Central de Chile es un organismo autónomo, de rango constitucional, de carácter técnico, con personalidad jurídica, patrimonio propio y duración indefinida." (Art. 1 Ley Orgánica (…) Chile). En gran mayoría de los países de Su América se ha verificado la existencia de referencias a un Banco Central en su Constitución, lo que lo hace un organismo constitucional. 5.- Ente central "El Banco de la República ejercerá las funciones de banca central. Estará organizado como persona jurídica de derecho público, con autonomía administrativa, patrimonial y técnica, sujeto a un régimen legal propio." (Art. 371 Constitución - Colombia). Se dice que es un ente “central” por cuanto sobre su eje giran las demás entidades del sistema financiero. 6.- Organismo técnico "El Banco Central del Paraguay es una persona jurídica de derecho público, con carácter de organismo técnico y con autarquía administrativa y patrimonial y autonomía normativa en los límites de la Constitución Nacional y las leyes. El Banco Central del Paraguay ejercerá las funciones de Banca Central del Estado." (Art. 1 Ley 489 - Paraguay). "Se establece una Banca Central del Estado, en carácter de organismos técnico." (Art. 285 Constitución Paraguay). Esto significa que
  • 7. no es un ente político, sino un ente científico e investigador alejado de toda presión política. En resumen, podemos concluir que los Bancos Centrales en los países de Sur América son personas jurídicas técnicas de rango constitucional que son autárquicas y autónomas. Sin embargo, para aclarar esta idea es necesario establecer las características de estos Bancos Centrales II.- CARACTERÍSTICAS DE LOS BANCOS CENTRALES Las características de los Bancos Centrales de Sur América las podemos resumir en las siguientes: 1.- Es de derecho público "Las competencias monetarias del Poder Nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela. (…) El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia.” (Art. 318 Constitución - Venezuela) 2.- Tiene personalidad jurídica "El Banco Central de Bolivia es una institución de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio." (Art. 327 Constitución Bolivia). "La Superintendencia actual de Moneda y Crédito se transforma en una agencia federal, con sede en la capital de la República, bajo el nombre de Banco Central de la República de Brasil, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que consisten en bienes, derechos y valores que se transfieren de acuerdo con esta Ley (…)"(Art. 8 Ley (...) Brasil) 3.- Tiene patrimonio propio "Existirá un organismo autónomo, con patrimonio propio, de carácter técnico, denominado Banco Central, cuya composición, organización, funciones y atribuciones determinará una ley orgánica constitucional." (Art 108 Constitución Chile). "El Banco Central de Reserva del Perú es persona jurídica de derecho público, con autonomía en el marco de esta Ley. Tiene patrimonio propio y duración indefinida.” (Art. 1 Decreto Ley 26123) 4.- Tiene duración indefinida "El Banco Central del Ecuador es una persona jurídica de derecho público, de duración indefinida, es responsable de
  • 8. su gestión técnica y administrativa y con patrimonio propio." (Art. 50 Ley (…) Ecuador) Esto último, lleva a dar nuestra segunda conclusión. Los Bancos Centrales en Sur América son personas de derecho público con personalidad jurídica de duración indefinida y patrimonio propio.
  • 9. CAPÍTULO II LA FINALIDAD DE LOS BANCOS CENTRALES DE SUR AMÉRICA Conocedores de la esencia y características de los Bancos Centrales en Sur América, resulta importante establecer la finalidad para la cual han sido hechos. Es importante indicar que en esta investigación hemos encontrado la utilización de los términos objeto, objetivo y finalidad, los cuales los utilizamos indistintamente, precisando que consideramos más acertado hablar de finalidades de los Bancos Centrales, por cuanto es a donde debe procurar todo banco. I.- ESTABILIDAD A continuación veremos que la principal finalidad de un Banco Central es mantener la “estabilidad”: 1.- Estabilidad monetaria "El Banco Central del Ecuador (…). Tendrá como funciones instrumentar, ejecutar, controlar y aplicar las políticas monetaria, financiera, crediticia y cambiaria del Estado y, como objetivo velar por la estabilidad de la moneda." (Art. 50 Ley (…) Ecuador) "La finalidad del Banco es preservar la estabilidad monetaria. Sus funciones son regular la cantidad de dinero, administrar las reservas internacionales, emitir billetes y monedas e informar sobre las finanzas nacionales." (Art. 2 Decreto Ley 26123 - Perú) "La competencia de la Unión para emitir moneda será ejercida exclusivamente por el banco central."(Art. 164 Constitución - Brasil). “1. La estructura del sistema financiero se organizará por la ley de tal manera, que por el ahorro y por la correcta asignación de los medios financieros necesarios, las inversiones en el sector productivo deben ser promovidos. 2. La ley establecerá las normas relativas al sistema monetario y el Banco Central.” (Art. 154 Grondwet van de Republiek Suriname 1987) 2.- Estabilidad de precios
  • 10. "El Banco Central del Uruguay tendrá como finalidades primordiales: A) La estabilidad de precios que contribuya con los objetivos de crecimiento y empleo. B) La regulación del funcionamiento y la supervisión del sistema de pagos y del sistema financiero, promoviendo su solidez, solvencia, eficiencia y desarrollo." (Art. 3 Ley 16.696 - Uruguay) "5. En el contexto de la política económica del Gobierno, el Banco se guiará en todas sus acciones por el objetivo de fomentar el precio interno estabilidad a través de la promoción del crédito y las condiciones de cambio estables, como así como servir a la intermediación financiera propicia para el crecimiento de la economía de Guyana." (Parte 11, Act No.19 of 1998 Bank of Guyana) 3.- Estabilidad financiera “Son objetivos fundamentales del Banco Central del Paraguay preservar y velar por la estabilidad del valor de la moneda y promover la eficacia y estabilidad del sistema financiero." (Art. 3 Ley 489 - Paraguay) 4.- Estabilidad del poder adquisitivo interno de la moneda nacional "El objeto del BCB es procurar la estabilidad del poder adquisitivo interno de la moneda nacional." (Art. 2 Ley 1670 Bolivia) "El Estado, por intermedio del Banco de la República, velará por el mantenimiento de la capacidad adquisitiva de la moneda.” (Art. 373 Constitución - Colombia) En conclusión, tenemos que la principal finalidad de un Banco Central es la estabilidad de la moneda. Sin embargo, la finalidad que se persigue no tendría sentido si no le damos un “valor” o “bien” a seguir y procurar. II.- VALORES 1.- El desarrollo armónico de la economía nacional "El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor de la moneda. El Banco Central de Venezuela contribuirá al desarrollo armónico de la economía nacional, atendiendo a los fundamentos del régimen socioeconómico de la República. En el marco de su compromiso con la sociedad, el Banco fomentará la solidaridad, la participación ciudadana y la corresponsabilidad social." (Art. 5 Ley (…) Venezuela) 2.- Equidad social
  • 11. "El banco tiene por finalidad promover, en la medida de sus facultades y en el marco de las políticas establecidas por el gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social." (Art. 3 Ley 24.144 Argentina) 3.- Cumplimiento de pagos “El Banco tendrá por objeto velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. Las atribuciones del Banco, para estos efectos, serán la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en circulación, la ejecución de operaciones de crédito y cambios internacionales, como, asimismo, la dictación de normas en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales." (Art. 3 Ley Orgánica (…) Chile) Como se podrá verificar, la finalidad de un Banco Central no resulta rígida, sino que también busca la prosecución de valores como armonía social, equidad y respeto.
  • 12. CAPÍTULO III PRINCIPIOS DE LOS BANCOS CENTRALES DE SURAMÉRICA Hemos visto sobre la esencia, características, finalidades y valores de los Bancos Centrales en los países de Sur América. Sin embargo, esto no estaría completo si no establecemos cuáles son los principios que deben de regir a los Bancos Centrales de Sur América, situación que es el aporte de la presente monografía a la integración suramericana (incluso a partir de estos principios se podría hacer una Carta de derechos y obligaciones de los Bancos Centrales de Sur América). Estos principios serían los siguientes: 1.- Principio de unidad federal "Corresponde al Congreso: (…) 6. Establecer y reglamentar un banco federal con facultad de emitir moneda, así como otros bancos nacionales." (Art. 75 Constitución Argentina) "Las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación. No pueden celebrar tratados parciales de carácter político; ni expedir leyes sobre comercio, o navegación interior o exterior; ni establecer aduanas provinciales; ni acuñar moneda; ni establecer bancos con facultades de emitir billetes, sin autorización del Congreso Federal (…)" (Art. 126 Constitución Argentina) 2.- Principio de supervisión "El Banco Central de la República Argentina ejercerá la supervisión de la actividad financiera y cambiaria por intermedio de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, la que dependerá directamente del presidente de la institución. En todo momento el superintendente deberá tener a disposición del Directorio y de las autoridades competentes información sobre la calificación de las entidades
  • 13. financieras y criterios utilizados para dicha calificación." (Art. 43 Ley 24.144 Argentina) 3.- Principio de coordinación en las políticas de gobierno "I. El Estado, a través del Órgano Ejecutivo, determinará los objetivos de la política monetaria y cambiaria del país, en coordinación con el Banco Central de Bolivia." (Art. 326 Constitución Bolivia) "El BCB en el marco de la presente Ley, formulará las políticas de aplicación general en materia monetaria, cambiaria y de intermediación financiera, que comprenden la crediticia y bancaria, para el cumplimiento de su objeto." (Art. 3 Ley 1670 Bolivia) 4.- Principio de ubicuidad “(3) El Banco podrá establecer sucursales en cualquier lugar dentro de Guyana o en otro lugar que considere necesario. (4) El Banco podrá designar agentes o corresponsales dentro y fuera Guyana.” (Parte 11, Act No.19 of 1998 Bank of Guyana) 5.- Principio de exclusividad "El Banco Central de la República de Brasil operará exclusivamente con entidades financieras operaciones bancarias públicas y privadas, cercadas de cualquier naturaleza con otras personas en público o privado, con excepción de lo expresamente autorizado por la ley. (Art. 12 Ley (...) Brasil) 6.- Principio de subsidiaridad y de no discriminación "El Banco, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, se regirá exclusivamente por las normas de esta ley orgánica y no le serán aplicables, para ningún efecto legal, las disposiciones generales o especiales, dictadas o que se dicten para el sector público. Subsidiariamente y dentro de su competencia, se regirá por las normas del sector privado. Las facultades que la ley otorga al Banco no podrán ejercerse de modo que, directa o indirectamente, signifiquen establecer normas o requisitos diferentes o discriminatorios en relación a personas, instituciones o entidades que realicen operaciones de la misma naturaleza." (Art. 2 Ley Orgánica (…) Chile) 7.- Principio de prestamista en última instancia y de colaboración
  • 14. "El Banco de la República, como banquero y prestamista de última instancia de los establecimientos de crédito, públicos y privados, podrá: a) Otorgarles apoyos transitorios de liquidez mediante descuentos y redescuentos en las condiciones que determine la Junta Directiva; b) Intermediar líneas de crédito externo para su colocación a través de los establecimientos de crédito y, c) Prestarles servicios fiduciarios, de depósito, compensación y giro y los demás que determine su Junta Directiva." (Art. 12 Ley (…) Colombia) 8.- Principio de colaboración en el Presupuesto General "El Presupuesto General del Estado se gestionará a través de una Cuenta Única del Tesoro Nacional abierta en el Banco Central, con las subcuentas correspondientes. En el Banco Central se crearán cuentas especiales para el manejo de los depósitos de las empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados, y las demás cuentas que correspondan. Los recursos públicos se manejarán en la banca pública, de acuerdo con la ley. La ley establecerá los mecanismos de acreditación y pagos, así como de inversión de recursos financieros. Se prohíbe a las entidades del sector público invertir sus recursos en el exterior sin autorización legal." (Art. 299 Constitución Ecuador) 9.- Principio de integración "El Banco Central de Venezuela colaborará, a la integración latinoamericana y caribeña, estableciendo los mecanismos necesarios para facilitar la coordinación de políticas macroeconómicas." (Art. 5 Ley (…) Venezuela) 10.- Principio de responsabilidad pública "El Banco Central de Venezuela se regirá por el principio de responsabilidad pública, a cuyo efecto rendirá cuenta de las actuaciones, metas y resultados de sus políticas ante la Asamblea Nacional, de acuerdo con la ley. También rendirá informes periódicos sobre el comportamiento de las variables macroeconómicas del país y sobre los demás asuntos que se le soliciten, e incluirá los análisis que permitan su evaluación. El incumplimiento sin causa justificada del objetivo y de las metas, dará lugar a la remoción del directorio y a sanciones administrativas, de acuerdo con la ley." (Art. 319 Constitución - Venezuela) 11.- Principio de responsabilidad limitada
  • 15. "El patrimonio del Banco Central del Paraguay se considera jurídicamente separado de los bienes del Estado. " (Art. 120 Ley 489 - Paraguay) 12.- Principio de inembargabilidad "La reserva monetaria y los encajes legales son inembargables." (Art. 121 Ley 489 - Paraguay) 13.- Principio de exoneración tributaria "El Banco Central del Paraguay estará libre de todo impuesto sobre la renta, sobre las operaciones inmobiliarias y mobiliarias y los útiles destinados a su uso, y otros actos que realice." (Art. 122 Ley 489 - Paraguay) 14.- Principio de obligatoriedad "Las disposiciones que emita el Banco en el ejercicio de sus funciones son de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Sistema Financiero, así como para las demás personas naturales y jurídicas cuando corresponda. Las disposiciones de carácter general que al amparo de la presente ley establece el Banco se denominan Circulares y son publicadas en el Diario Oficial." (Art. 4 Decreto Ley 26123 - Perú) 15.- Principio de desarrollo “Las funciones del Banco son los siguientes: (…) 6. Promover el desarrollo socioeconómico equilibrado de Suriname.” (Ver en http://www.cbvs.sr/) 16.- Principio de garantía "Todas las obligaciones del Banco gozarán de la garantía del Estado. El Banco estará exento de toda clase de tributos nacionales, aun de aquellos previstos en leyes especiales, exceptuadas las contribuciones de seguridad social." (Art. 6 Ley 16.696 - Uruguay)
  • 16. CONCLUSIONES Como se ha podido verificar la figura del Banco Central en Sur América puede ser definida como una persona jurídica técnica central de derecho público de rango constitucional autárquica y autónoma, que tiene las características de personalidad, plazo indefinido y patrimonio propio La finalidad de esta entidad creada por los Estados es mantener la estabilidad monetaria (principal finalidad), financiera, de precios y de poder adquisitivo. Sin embargo, esta finalidad concreta busca valores abstractos como es la equidad, el desarrollo, la armonía y el respeto. Por último, cada realidad sur americana ha generado los16 principios que pueden servir para comprender más la integración de nuestros pueblos respecto de nuestros Bancos Centrales, siendo posible elaborar una Carta de principios de los Bancos Centrales de Sur América.
  • 17. BIBLIOGRAFÍA 1. ARGENTINA. BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA: http://www.bcra.gov.ar/; Ley 24.144 / Carta Orgánica del B.C.R.A.; CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 2. BOLIVIA. BANCO CENTRAL DE BOLIVIA: http://www.bcb.gob.bo/; LEY No. 1670 LEY DEL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA DEL 31 DE OCTUBRE DE 1995; CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE BOLIVIA. 3. GUYANA. BANK OF GUYANA: http://www.bankofguyana.org.gy; ACT No.19 of 1998 BANK OF GUYANA ACT 1998 ARRANGEMENT OF SECTIONS; Constitution 1980 with 1996 Reforms. 4. BRASIL. BANCO CENTRAL DO BRASIL: http://www.bcb.gov.br; LEI Nº 4.595, DE 31 DE DEZEMBRO DE 1964. Dispõe sobre a Política e as Instituições Monetárias, Bancárias e Creditícias, Cria o Conselho Monetário Nacional e dá outras providências; CONSTITUIÇÃO DA REPÚBLICA FEDERATIVA DO BRASIL DE 1988. 5. CHILE. BANCO CENTRAL DE CHILE: http://www.bcentral.cl; Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile Contenida en el ARTÍCULO PRIMERO de la Ley N° 18.840; FIJA EL TEXTO REFUNDIDO COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPUBLICA DE CHILE DECRETO SUPREMO 100. 6. COLOMBIA. BANCO DE LA REPÚBLICA o BANCO CENTRAL DE COLOMBIA: http://www.banrep.gov.co; LEY DEL BANCO DE LA REPÚBLICA LEY 31 DE 1992 (Diciembre 29) – Colombia; CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991. 7. ECUADOR. BANCO CENTRAL DEL ECUADOR: http://www.bce.fin.ec; LEY DE RÉGIMEN MONETARIO Y BANCO DEL ESTADO, CODIFICACIÓN - Ecuador; Constitución de la República de Ecuador.
  • 18. 8. PARAGUAY. BANCO CENTRAL DE PARAGUAY: http://www.bcp.gov.py/; LEY 489 ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY; CONSTITUCIÓN NACIONAL 1992 PARAGUAY. 9. PERÚ. BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ: http://www.bcrp.gob.pe/; Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú DECRETO LEY 26123; Constitución Política del Perú de 1993. 10. SURINAME. CENTRALE BANK VAN SURINAME: http://www.cbvs.sr/; Constitution of Suriname 1987 o Grondwet van de Republiek Suriname 1987. 11. URUGUAY. BANCO CENTRAL DE URUGUAY: http://www.bcu.gub.uy; TEXTO ORDENADO DE LA CARTA ORGÁNICA Aprobada por Ley Nº 16.696 de 30.03.1995 (URUGUAY); CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA 12.VENEZUELA. BANCO CENTRAL DE VENEZUELA: http://www.bcv.org.ve; LEY DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA (con la Ley de reforma de la Ley del banco Central de Venezuela de 2010); CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA.