1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA
SAGRADA FAMILIA POTRERILLO
Resolución No. 1156 de Agosto 21 de 2007 para la Jornada Diurna
Resolución No. 1172 de Agosto 14 de 2012 para la Jornada Nocturna por ciclos.
NIT. 815.001.980-4 DANE: 276520002419
Dirección: Av. 4º N. 5 – 51 Corregimiento de Potrerillo (Palmira)
Amor, Verdad y Sabiduría
RUTA DE ATENCIÓN
INTEGRAL TIPO II
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar
(bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características
de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes
características:
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática;
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad
alguna para cualquiera de los involucrados.
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SITUACIONES DE
CONVIVENCIA TIPO II.
Las acciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los
derechos sexuales y reproductivos que conllevan a las situaciones Tipo II.
Son las siguientes:
1. Agredir física, verbal, gestual, relacional o electrónicamente y
de manera repetitiva o sistemática a algún miembro de la
comunidad educativa
2. Causar daño al cuerpo o a la salud física o mental de otra persona
sin generar incapacidad.
3. Acosar (Bullying) de manera repetida o sistemática a otra
persona sin que revista la característica de la comisión de un
delito.
4. Realizar ciberacoso (Ciberbullying) a otro miembro de la comunidad
educativa.
5. Ejecutar acciones de discriminación racial o sexual mediante
cualquier tipo de agresión escolar.
6. Intimidar levemente y con carácter sexual a otra persona, mediante
situaciones en las que se le excluye o señala por razones de género
u orientación sexual.
7. Golpear a otro persona, de tal forma que requiera atención médica
sin que se genere incapacidad.
8. Dañar objetos personales, que para su recuperación o
reposición requiera inversión económica al afectado.
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9. Aprovechar la relación de poder asimétrica de manera repetitiva y
sistemática, para sacar provecho mediante el abuso de poder, la
manipulación, el aislamiento, el rechazo o la ventaja en discusiones,
dañar los útiles escolares, el trabajo de otro.
10. Agredir reiteradamente de cualquier forma a otro, con
contenido sexual, como el
11. Ciberbullying, la agresión sexual por homofobia y transfobia.
12.Decir o escribir apodos y comentarios homofóbicos o sexistas
reiteradamente.
13. Decir piropos no consentidos por parte de la otra persona y de
forma repetitiva.
14. Escribir mensajes sexuales ofensivos en espacios públicos como
baños, paredes, tablero y pupitres, ya que pueden ser considerados
como acoso escolar.
15. La reincidencia en la comisión de situaciones Tipo I.
16. Otras situaciones que el comité de convivencia escolar considere
que se encuadran dentro de las situaciones Tipo II y que no se han
descrito anteriormente.
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PROTOCOLO DE
ATENCIÓN EN
SITUACIONES DE
CONVIVENCIA TIPO II.
La atención a las situaciones tipo II deberá realizarse de forma inmediata,
por la severidad de los conflictos que enmarcan este tipo de situaciones
de convivencia. La ruta para la atención de situaciones tipo II está definida
de la siguiente manera:
1. El estudiante, padre de familia, docente, directivo docente,
administrativo, visitante esporádico, que conozca la situación,
deber activar la Ruta de Atención para situaciones tipo I.
2. Informa de manera verbal o escrita a los mediadores escolares
(estudiantes, padres de familia, docentes, directivos docentes,
Comité de Convivencia Escolar), sobre la situación repetitiva y
sistemática o urgente que está alterando la convivencia escolar.
3. Los mediadores escolares y el Comité de Convivencia Escolar
identifican y clasifican la situación tipo II-A o Situación tipo II-B, se
proceden a informar al padre o madre de familia o acudiente. Se
deja registro en el Observador.
4. ATENCIÓN DE SITUACIONES DE CONVIVENCIA TIPO II–A
Es aquella que se presenta de manera repetida y sistemática. Está descrita
en el Artículo 42 de este manual.
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Su ruta de atención continua de la siguiente manera:
a) En un espacio apropiado, se procederá a la escucha activa de las
partes involucradas, siendo el mediador quien facilita el proceso en
la búsqueda de reconocer el daño causado, la reparación de la falta
y la mediación, a través de acuerdos que salen de la iniciativa de las
partes. Se Incluirá al padre de familia o acudiente.
b) El mediador que atendió la situación registra en el formato de
Reporte, Acuerdos y
c) Seguimiento.
d) El mediador hace el seguimiento a los compromisos adquiridos
en el formato de
e) Reporte, Acuerdos y Seguimiento.
f) En caso de cumplimiento de los compromisos establecidos por las
partes, se hace una observación de cierre y se registra en el formato
Reporte, Acuerdos y Seguimiento y en el observador del
estudiante.
g) e. En caso de no acuerdo o incumplimiento de los compromisos
durante tres veces se remite al Consejo Directivo quien estudiará
la situación y determinará las acciones correspondientes, después
de agotado el debido proceso.
5. ATENCIÓN DE SITUACIONES DE CONVIVENCIA TIPO II–B
Aquella que causa daño al cuerpo o a la salud física o mental sin generar
incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
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a. Ante esta situación se remite inmediatamente al afectado a la
entidad de salud: EPS, IPS; por el rector o el adulto de la Institución
que atiende la situación.
b. Se informa al padre de familia o acudiente y se deja registros en
formato de Reporte, Acuerdos y Seguimiento.
c. Una vez sea atendido por la entidad de salud el afectado, su
padre de familia o acudiente debe reportar a la Institución
Educativa si hay o no incapacidad:
1) Si no hay incapacidad médica, se continua con el proceso de
mediación de acuerdo a lo expresado en las situaciones tipo II –
A.
2) Si tiene incapacidad médica, el rector activa la Ruta III con
reporte y remisión inmediata del estudiante a la entidad
administrativa como ICBF, CAI, Policía de Infancia y Adolescencia,
CESPA y Fiscalía, comisaría de familia y se deja registro en el
formato de Reporte, Acuerdos y Seguimiento, especificando a
donde se remite.
d. El Comité Escolar de Convivencia de Institución Educativa hará el
seguimiento de las remisiones.
6. La Secretaria Técnica del Comité de Convivencia debe archivar
todos los documentos soportes de la gestión de las situaciones.