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Pat 01-004
1. PAT
PERFIL LOBORAL DEL CONTADOR EN EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR
PRIVADO
PRESENTADO POR:
JEFFERSON BALLESTEROS OSPINO
FACULTA DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVA
I SEMESTRE
2010
2. PAT
PERFIL LOBORAL DEL CONTADOR EN EL SECTOR PÚBLICO Y EL SECTOR
PRIVADO
PRESENTADO POR:
JEFFERSON BALLESTEROS OSPINO
DOCENTE:
XIOMARA MARTINEZ GARCIA
FACULTA DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVA
I SEMESTRE
2010
3. INTRODUCCION
Este trabajo tiene como objetivo enfocarnos profundamente y comprender la
importancia que existe en un contador público a la hora de realizar sus labores
para lo cual es necesario investigar y hacer entrevista a distintos contadores que
existe
4. OBJETIVOS
Objetivo General.
Ratificar si los contadores públicos cumplen las normas establecidas en el decreto
26-49 de 1993, con el fin de analizar los aspectos legales y técnicos para
organizar y desarrollar su función laboral en el campo de la contabilidad.
Objetivos Específicos.
Conocer las funciones que puede desempeñar un contador público a través
de métodos de campo.
Brindar un mejor conocimiento de las leyes al contador para que estas no
sean violadas y se conserven los valores éticos y morales.
Proporcionar un trabajo integrado de contabilidad que permita concientizar
tanto a los contadores como los estudiantes del programa de contaduría
pública.
5. JUSTIFICACION
La importancia de este trabajo se enfoca principalmente en generar e interpretar la
información que puede desempañar en su actividad laboral el contador público,
para la toma de decisiones en su ámbito laboral, adquiriendo conocimientos sobre
la carrera de contaduría pública y complementándolo para el desarrollo socio-
laboral en la vida de un contador
6. MARCO REFERENCIAL
MARCO TEORICO.
La Contabilidad se remonta desde tiempos muy antiguos, cuando el hombre se ve
obligado a llevar registros y controles de sus propiedades porque su memoria no
bastaba para guardar la información requerida. Se ha demostrado a través de
diversos historiadores que en épocas como la egipcia o romana, se empleaban
técnicas contables que se derivaban del intercambio comercial.
Actualmente, dentro de lo que son los sistemas de información empresarial, la
contabilidad se rige como uno de los sistemas más notables y eficaces para dar a
conocer los diversos ámbitos de la información de las unidades de producción o
empresas. El concepto ha evolucionado sobremanera, de forma que cada vez es
mayor el grado de "especialización" de ésta disciplina dentro del entorno
empresarial.
La contabilidad puede ser definida como el "lenguaje de los negocios" por el hecho
de ser, dentro de la organización, una actividad de servicio encargada de
identificar, medir y comunicar la información económica que permite a los
diferentes usuarios formular juicios y tomar decisiones.
En realidad todos tenemos en nuestra vida cotidiana la necesidad de tener un
cierto control de cuáles son nuestros gastos e ingresos, pero cuando se trata de
una empresa cobra mayor importancia.
La contabilidad es un sistema de información integrado a la empresa cuyas
funciones son:
Recolectar
Clasificar
Registrar
Resumir
Analizar e interpretar la información financiera de la organización.
Las actividades de clasificación, registro y resumen son de carácter rutinario y
repetitivo y no constituyen funciones finales de la contabilidad. El desarrollo y la
7. sistematización de la contabilidad ha liberado al contador de esta fase del proceso,
permitiéndole dedicar más tiempo a labores de mayor importancia, como el
análisis e interpretación de la información.
Son muchos los objetivos que tiene la contabilidad entre ellos encontramos:
Ayudar a los directivos de las empresas al eficiente control de las mismas
Determinar las perdidas o las ganancias en cada periodo contable.
Organizar las cuentas de las empresas, buscando los nombres y
clasificaciones más apropiadas de acuerdo con las actividades del negocio.
Controlar el personal trabajador de la empresa.
Elaborar los principales estados financieros de la empresa como son balance
general, el estado de cierre.
Determinar los impuestos que van a ser cancelados al gobierno por la
empresa en cada periodo fiscal y contable.
Cabe decir que el objetivo primordial de la contabilidad es el de proporcionar
información financiera de la organización a personas naturales y entidades
jurídicas interesadas en sus resultados operacionales y en su situación
económica. Los administradores de la empresa, los accionistas el gobierno, las
entidades crediticias, los proveedores y los empleados son personas e
instituciones que constantemente requieren información financiera de la
organización para sus respectivos análisis.
El propósito de la contabilidad es suministrar una información oportuno y real de
la situación financiera de una persona o empresa, con el fin de planear, organizar
y realizar una eficiente toma de decisiones, tanto de inversiones como de
créditos, un menor manejo tanto de los ingresos como de los gastos y una
equitativa contribución, por medio de los impuestos, al Estado. También es la
base para poder evaluar la gestión de los administradores.
La contabilidad es imprescindible para el correcto desarrollo de todo negocio o
8. empresa. Por medio de ella se efectúan los registros contables necesarios para
producir los estados financieros, que presentan, en una fecha determinada, la
situación de la empresa.
Ante el desarrollo de la ciencia contable, lo Estados han tenido que legislar, por
medio de normas contables y tributarias, para informarse y controlar, mediante
informes presentados por los contribuyentes, la liquidación de los impuestos
respectivos. Así, se ha generado una dependencia directa entre la contabilidad y
las leyes tributarias.
La opinión de algunas personas acerca de la contabilidad es que es un campo
altamente técnico que solo los contadores profesionales practican, y en realidad
casi todas las personas utilizan mecanismos de contabilidad en su diario vivir.
Como dice: MEIGS, WILLIAMS HAKA Y BETHER”la información contable es
simplemente el medio por el cual se miden y se dan a conocer los eventos
económicos, ya sea cuando se realizan inversiones o se hace seguimiento de los
movimientos que hace la empresa de forma directa”.
El ejercicio de la contaduría pública implica un alto sentido de la ética y
responsabilidad social, como lo afirma RAUL NIÑO ALVAREZ “gran capacidad
técnica y gran anhelo de servir a la sociedad”.
En síntesis a la contabilidad le encargaremos tres grandes misiones:
1. El conocimiento del patrimonio de la empresa. Será necesario que se conozca
el conjunto de bienes y derechos con que cuenta le empresa para el desarrollo de
sus actividades, así como las obligaciones a que debe hacer frente.
2. El registro de las operaciones que realice la empresa en el curso de sus
actividades.
3. El cálculo de los resultados de la actividad. La obtención de un beneficio es la
razón por la que actúa un empresario, por tanto, su estimación lo más exacta
posible es de gran importancia para el empresario.
9. MARCO LEGAL
LEY 43 DE 1990
CAPÍTULO PRIMERO
ARTÍCULO 1. DEL CONTADOR PÚBLICO. Se entiende por Contador Público la
persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia
profesional en los términos de la presente, está facultada para dar fe pública de
hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros,
realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general.
La relación de dependencia laboral inhabilita al contador para dar fe pública sobre
actos que interesen a su empleador. Esta inhabilidad no se aplica a los revisores
fiscales ni a los contadores públicos que presten sus servicios a sociedades que
no estén obligadas, por ley o por estatutos, a tener revisor fiscal.
ARTICULO 2. DE LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA CIENCIA
CONTABLE EN GENERAL. Para los efectos de esta ley, se entienden por
actividades relacionadas con la ciencia contable en general todas aquellas que
implican organización, revisión y control de contabilidades, certificaciones y
dictámenes sobre estados financieros, certificaciones que se expidan con
fundamento en libros de contabilidad, revisoría fiscal, prestación de servicios de
auditoría, así como todas aquellas actividades conexas con la naturaleza de la
función profesional de Contador Público, tales como : la asesoría tributaria, la
asesoría gerencial, en aspectos contables y similares.
10. PARRAFO PRIMERO. Los Contadores Públicos y las Sociedades de Contadores
Públicos quedan facultados para contratar la prestación de servicios de las
actividades relacionadas con la ciencia contable en general y tales servicios serán
prestados por Contadores Públicos o bajo su responsabilidad.
PARRAFO SEGUNDO. Los Contadores Públicos y las Sociedades de Contadores
Públicos no podrán, por sí mismas o por intermedio de sus empleados, servir de
intermediarias en la selección y contratación de personal que se dedique a las
actividades relacionadas con la ciencia contable en general en las empresas que
utilizan sus servicios de revisoría fiscal o de auditoria externa.
ARTICULO 3o. DE LA INSCRIPCION DE CONTADOR PUBLICO. La inscripción
como Contador Público se acreditará por medio de una tarjeta profesional que
será expedida por la Junta Central de Contadores.
PARRAFO PRIMERO. A partir de la vigencia de la presente ley, para ser inscrito
como Contador Público es necesario ser nacional colombiano, en ejercicio de los
derechos civiles, o extranjero domiciliado en Colombia con no menos de tres (3)
años de anterioridad a la respectiva solicitud de inscripción y que reúna los
siguientes requisitos:
a. Haber obtenido el título de Contador Público en una universidad colombiana
autorizada por el gobierno para conferir tal título, de acuerdo con las
normas reglamentarias de la enseñanza universitaria de la materia, además
de acreditar experiencia en actividades relacionadas con la técnica contable
en general no inferior a un (1) año y adquirida en forma simultánea con los
estudios universitarios o posteriores a ellos.
b. haber obtenido dicho título de contador público o de una denominación
equivalente, expedida por instituciones extranjeras de países con los cuales
Colombia tiene celebrados convenios sobre reciprocidad de títulos y
refrendado por el organismo gubernamental autorizado para tal efecto.
11. PARRAFO SEGUNDO. Dentro de los doce meses siguientes a la vigencia de esta
ley, la Junta Central de Contadores deberá haber producido y entregado la tarjeta
profesional a los Contadores Públicos que estén inscritos como tales, a la fecha de
vigencia de la presente ley, quienes podrán continuar ejerciendo la profesión
conforme a las normas anteriores, hasta tanto no se les expida el nuevo
documento.
Las solicitudes de inscripción presentadas con anterioridad a la vigencia de esta
ley deberán ser resueltas dentro de los tres meses siguientes a la vigencia de esta
ley so pena de incurrir en causal de mala conducta por parte de quienes deben
ejercer la función pública en cada caso.
PARRAFO TERCERO. En todos los actos profesionales, la firma del Contador
Público deberá ir acompañada del número de su tarjeta profesional.
CAPÍTULO SEGUNDO
Del Ejercicio de la Profesión
ARTICULO 8. DE LAS NORMAS QUE DEBEN OBSERVAR LOS
CONTADORES PUBLICOS.
Los Contadores Públicos están obligados a:
1. Observar las normas de ética profesional.
2. Actuar con sujeción a las normas de auditoria generalmente aceptadas.
3. Cumplir las normas legales vigentes, así como las disposiciones emanadas
de los organismos de vigilancia y dirección de la profesión.
4. Vigilar que el registro e información contable se fundamente en principios
de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.
12. ARTICULO 9. DE LOS PAPELES DE TRABAJO. Mediante papeles de trabajo, el
Contador Público dejará constancia de las labores realizadas para emitir su juicio
profesional. Tales papeles que son propiedad exclusiva del Contador Público son
de propiedad exclusiva, se prepararán para conforme a las normas de auditoría
generalmente aceptadas.
PARRAFO. Los papeles de trabajo podrán ser examinados por las entidades
estatales y por los funcionarios de la rama de jurisdiccional en los casos previstos
en las leyes. Dichos papeles están sujetos a reserva y deberán conservarse por
un tiempo no inferior a cinco (5) años, contados a partir de la fecha de su
elaboración.
ARTICULO 10. DE LA FE PÚBLICA. La atestación o firma de un Contador
Público en los actos propios de la profesión hará presumir, salvo prueba en
contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que a
los estatutarios en el caso de personas jurídicas. Tratándose de balances se
presumirá además, que los saldos se han tomado fielmente de los libros, que
estos se ajustan a las normas legales y que las cifras registrados en ellos reflejan
en forma fidedigna la correspondiente situación financiera en la fecha del balance.
PARRAFO. Los Contadores Públicos, cuando otorguen Fe Pública en materia
contable se asimilarán a funcionarios públicos para efectos de las sanciones
penales por los delitos que cometieren en el ejercicio de las actividades propias de
su profesión, sin perjuicio de las responsabilidades de orden civil a que hubiere
lugar conforme a las leyes.
ARTICULO 11. Es función privativa del Contador Público expresar dictamen
profesional e independiente o emitir certificaciones sobre balances generales y
otros estados financieros.
13. CAPÍTULO CUARTO
TITULO PRIMERO
Código de ética profesional
ARTICULO 35.- Las siguientes declaraciones de principios constituyen el
fundamento esencial para el desarrollo de las normas sobre ética de la Contaduría
Pública:
La Contaduría Pública es una profesión que tiene como fin satisfacer necesidades
de la sociedad, mediante la medición, evaluación, ordenamiento, análisis e
interpretación de la información financiera de las empresas o los individuos y la
preparación de informes sobre la correspondiente situación financiera, sobre los
cuales se basen las decisiones de los empresarios, inversionistas, acreedores,
demás terceros interesados y el Estado acerca del futuro de dichos entes
económicos. El Contador Público como depositario de la confianza pública, da fe
pública cuando con su firma y número de tarjeta profesional suscribe un
documento en que certifique sobre determinados hechos económicos. Esta
certificación, hará parte integral de lo examinado.
El Contador Público, sea en la actividad pública o privada es un factor de actividad
y directa intervención en la vida de los organismos públicos y privados. Su
obligación es velar por los intereses económicos de la comunidad, entendiéndose
por ésta no solamente a las personas naturales o jurídicas vinculadas
directamente a la empresa sino a la sociedad en general, y naturalmente, el
Estado.
14. La conciencia moral, la aptitud profesional y la independencia mental constituyen
su esencia espiritual. El ejercicio de la Contaduría Pública implica una función
social, especialmente a través de la Fe Pública que se otorga en beneficio del
orden y la seguridad en las relaciones económicas entre el Estado y los
particulares, o de estos entre sí.
MARCO CONCEPTUAL
RECAUDOS: dinero adquirido por medio de cobros o pagos.
CENSOS: lista de personas o cosas de cualquier extensión y con cualquier
finalidad
EMPRESA: entidad organizada para desarrollar una actividad económica y
obtener beneficios.
BALANCE: confrontación del activo y del pasivo en un negocio.
PRESTIGIO: estimación, renombre, buena forma.
EMPRESA: es la unidad económico-social con fines de lucro, en la que el
capital, el trabajo y la dirección se coordinan para llevar a cabo una
producción socialmente útil, de acuerdo con las exigencias del bien común
COMERCIO: actividad y negocio que consiste en comprar, vender y
cambiar buscando el lucro.
ESTADOS FINANCIEROS: informe sobre la información financiera de la
empresa de una fecha determinada.
BALANCE GENERAL: estado de situación financiera de una empresa en
una fecha determinada; incluye el pasivo, el activo y el patrimonio.
15. ACTIVO: conjunto de bienes y derechos de propiedad de la empresa que
pueden valorarse en dinero.
PASIVO: grupo de cuentas que representan obligaciones o deudas
contraídas por la empresa y que pueden valorarse en dinero.
PATRIMONIO: comprende el capital y el superávit matemáticamente es la
diferencia entre el activo y el pasivo.
ENCAUZAR: dirigir por buen camino un asunto o una discusión.
DESPILFARROS: mal gasto del dinero en gastos innecesarios.
ESTADO DE PERDIDAS Y GANACIAS: estado de resultados de ingresos,
costos y gastos de un ejercicio contable.
PARTIDA DOBLE: es la ecuación contable que se aplica con la
intervención del deudor y el creador.
ENTE: viene a constituir la empresa, donde los propietarios son
considerados como terceros.
BIENES ECONOMICOS: son los bienes materiales e inmateriales que
poseen valor económico.
PERIODO: es el lapso de tiempo en que se mide la gestión económica, por
lo general es de un año.
UNIFORMIDAD: los principios optados deben ser los mismos de un periodo
a otro.
16. BIBLIOGRAFIA
Enciclopedia Temática Ilustrada Maestra, del Grupo Editorial Norma.
Código de Comercio de Venezuela (1989)
Finney, H. (1982) "Curso de Contabilidad." Introducción. Tomo I, 3ra
Edición. México.
Ley de Impuestos sobre la Renta (1994)
Redondo, A. (1992) "Curso práctico de contabilidad general y superior." 3ra
Edición. Centro Contable Venezolano.
Silva, J. (1990) Fundamentos de la Contabilidad I Ediciones CO-BO.
ENCICLOPEDIA MULTIMEDIA EMPRENDEDOR LIDER
Tovar, C. (1977) CONTABILIDAD I Introducción de la Contabilidad Editorial
Diana.
17. CONCLUSION
El presente trabajo de investigación resulta especialmente asimilable, después de
muchas horas de consultas y trabajos podemos definir de manera moderada que
los contadores públicos en ámbito laboral coinciden con una serie de actividades
muy importante la cual nos motiva a nosotros los futuros contadores públicos a
tenerlas en cuentas para una majar formación y ser un buen profesional.