Gran Final Campeonato Nacional Escolar Liga Las Torres 2017.pdf
Glosario ministerio de la tecnología
1. GLOSARIO MINISTERIO DE LA TECNOLOGÍA, LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones publica el Glosario de términos y
definiciones del Sector de Telecomunicaciones, como se relaciona así:
A
Abonado. (UIT-T Rec. F.500 (92), Usuario de un servicio de telecomunicación que normalmente ha
H.91) establecido un contrato con el proveedor de un servicio público.
Acceso Igual es el que se presta a los operadores de características
similares en las mismas condiciones de calidad y especificaciones
Acceso igual - Cargo igual. (R. 087-
técnicas. Cargo Igual es una misma remuneración por el acceso y
97)
utilización que se causa cuando se cumplen las condiciones de
acceso igual.
Se entiende por acceso troncalizado, el compartir entre los
abonados del sistema, un número limitado de canales
Acceso troncalizado.(D.2343-96)
radioeléctricos, de manera que los abonados puedan accesar en
forma automática cualquier canal que no esté en uso.
Es el derecho que tienen todos los usuarios de TPBC a
comunicarse con cualquier otro usuario de la red de
telecomunicaciones del Estado y de cualquier otra red de
telecomunicaciones en el exterior. Para efectos de los Planes de
Telefonía Social, Acceso Universal es la facilidad que tiene la
Acceso universal. (R. 087-97)
población de acceder a servicios de telecomunicaciones a una
distancia aceptable con respecto a los hogares. El significado de
distancia aceptable dependerá de los medios de transporte
disponibles al usuario para acceder al servicio de
telecomunicaciones.
Conjunto de obras, cables y ductos que hacen parte de una
derivación de la red local desde el último punto donde es común a
Acometida externa.(R. 087-97)
varios suscriptores, hasta el punto donde empieza la red interna
del suscriptor o grupo de suscriptores.
Actividad de Es el establecimiento de una red de telecomunicaciones, para uso
telecomunicaciones.(L.80-93) particular y exclusivo, a fin de satisfacer necesidades privadas de
telecomunicaciones, y sin conexión a las redes conmutadas del
2. Estado o a otras redes privadas de telecomunicaciones. Para todos
los efectos legales las actividades de telecomunicaciones se
asimilan a servicios privados.
Inscripción de un canal determinado en un plan, adoptado por una
Adjudicación (de una frecuencia o conferencia competente, para ser utilizado por una o varias
de un canal radioeléctrico).(UIT- administraciones para un servicio de radiocomunicación terrenal o
R.R) espacial en uno o varios países o zonas geográficas determinados y
según condiciones especificadas.
Se entiende por aporte la contribución de cualquier bien o
servicio, en favor de emisoras en gestión directa, de interés
público y comunitarias, destinada a apoyar la actividad de las
Aporte a emisoras.(D.1021-99)
mismas, de manera general y sin referencia a un programa
específico. Los aportes pueden consistir, entre otros, en
donaciones o comodatos.
Zona geográfica determinada dentro de la cual el beneficiario del
permiso puede utilizar la frecuencia o frecuencias radioeléctricas
Área de servicio.(D.1972-03) que se le han asignado y operar los equipos destinados a la
telecomunicación, de acuerdo con la concesión, el permiso
otorgado y los parámetros técnicos de operación autorizados.
Autorización que da una administración para que una estación
Asignación (de una frecuencia o de
radioeléctrica utilice una frecuencia o un canal radioeléctrico
un canal radioeléctrico).(UIT-R.R)
determinado en condiciones especificadas.
Inscripción en el Cuadro de atribución de bandas de frecuencias,
de una banda de frecuencia determinada, para que sea utilizada
Atribución (de una banda de por uno a varios servicios de radiocomunicación terrenal o
frecuencias). (UIT-R.R) espacial o por el servicio de radioastronomía en condiciones
especificadas. Este término se aplica también a la banda de
frecuencias considerada.
Tele conferencia en la cual los participantes están conectados por
Audiconferencia. (UIT circuitos telefónicos; puede ser posible la transmisión de otras
recomendación B 13) señales tales como señales de facsímil o telescritura, además de
las señales vocales.
3. Se entiende por auspicio la contribución en dinero u otros
recursos, que una persona efectúe para que se produzca un
Auspicio a emisoras.(D.1021-99)
programa específico o se adquieran los derechos de su
transmisión.
Acto administrativo mediante el cual se faculta a un concesionario
para establecer, modificar, ensanchar, renovar, ampliar o expandir
Autorización.(D.1972-03) las características iniciales establecidas para las redes y los
sistemas de telecomunicaciones o para la prestación de servicios o
el desarrollo de actividades de telecomunicaciones.
B
Longitud de onda aproximada de las frecuencias radioeléctricas
Banda de 11 metros.(R.1704-02)
de la banda de 27 MHz.
Banda de frecuencias en el interior de la cual se autoriza la
emisión de una estación determinada; la anchura de esta banda
es igual a la anchura de banda necesaria más el doble del valor
Banda de frecuencias asignada. absoluto de la tolerancia de frecuencia. Cuando se trata de
(UIT-R.R) estaciones espaciales, la banda de frecuencias asignada incluye el
doble del desplazamiento máximo debido al efecto Doppler que
puede ocurrir con relación a un punto cualquiera de la superficie
de la Tierra.
Agrupamiento o conjuntos de ondas radioeléctricas con límite
superior e inferior definidos explícitamente. Para los propósitos
del Cuadro Nacional se definen ocho grandes bandas, a saber:
Bandas de frecuencias. (UIT-R.R.)
VLF, LF, MF, HF, VHF, UHF, SHF y EHF. Estas a su vez están
subdividas cada una de ellas en otras mas pequeñas llamadas sub-
bandas.
Son todos los elementos de red (físicos y/o lógicos) que permiten
el establecimiento del enlace entre el terminal del abonado y la
*Bucle de abonado.(Jesús Campos
red del servicio. Va desde el Punto de Terminal de Red (punto de
Martínez)
conexión en los predios de abonado) hasta el nodo de la red en
donde se encuentra conectado el usuario.
C
4. Se entiende por cadena radial la organización constituida por
estaciones de radiodifusión sonora, con el fin de efectuar
Cadena radial.(D.1446-95)
transmisiones enlazadas en forma periódica para la difusión de
programas.
Es el procedimiento de inversión intencional de llamadas que se
inician en el territorio nacional mediante una señal de llamada
incompleta, o una llamada completada mediante la cual el
llamador transmite un código para iniciar una llamada de regreso,
o cualquier otro medio para obtener sistemáticamente una señal
de tono en el extranjero o acceso a una red pública fuera del
“ Call-Back ”. (R. 087-97) territorio nacional para poder realizar una comunicación de larga
distancia internacional que se registra como originada en el
extranjero y terminada en el territorio nacional. El “Call-Back” se
realiza fundamentalmente para que el cargo de las llamadas
suceda fuera del territorio nacional. No se consideran llamadas de
“ Call-Back ” las que involucran acuerdos entre operadores de
TPBCLDI legalmente establecidos y conectantes internacionales.
Par de frecuencias radioeléctricas discretas, una para transmisión
Canal radioeléctrico.(D.2458-97) y otra para recepción, o de una frecuencia para transmisión y
recepción, según el modo de operación.
Para efectos de la prestación del servicio de TPBC, es la
disponibilidad que hay entre dos puntos de una red que permite
Capacidad de transporte. (R. 087- establecer entre ellos una señal de telecomunicaciones y que se
97) puede medir en términos de número de canales o bits por
segundo, entre otras unidades, sin perjuicio de lo establecido en
los reglamentos sobre la materia.
Es el peaje pagado a los operadores, por parte de otros
Cargo de acceso y uso de las redes. operadores, por concepto de la utilización de sus redes, medido
(R. 087-97) en términos de unidades de tiempo o cualquier otro concepto que
resulte apropiado para tal efecto.
Conjunto de dispositivos de transporte de tráfico, de etapas de
Central de conmutación telefónica. conmutación, de medios de control y señalización y de otras
(UIT-T Rec I.112 (93)) unidades funcionales en un nodo de la red, que permite la
interconexión de líneas de abonado, circuitos de
telecomunicación y/u otras unidades funcionales según lo
5. requieren los usuarios individuales. (Jesús Campos): La función
principal de la central de conmutación es conectar el circuito de
entrada, que corresponde al “originador” de la llamada, con el
circuito de salida que corresponde con el del “destinatario” de la
llamada, de acuerdo con el número marcado por el primero. Las
centrales telefónicas también tienen otras funciones tales como
generan los datos para facturación, el control de la red, la
generación de estadísticas del servicio, etc. De acuerdo con la
función que prestan en la red, las centrales telefónicas, se
clasifican como: centrales locales, que son las que tienen
abonados conectados directamente, centrales de tránsito local,
que son las que interconectan otras centrales y distribuyen el
tráfico en la red local, pero no tienen abonados conectados
directamente a ellas, centrales de tránsito interurbano o
internacional, las que distribuyen y recolectan el tráfico hacia /
desde otros municipios o países, y centrales combinadas, las que
cumplen dos o más de estas funciones, generalmente de
abonados y tránsito.
Central digital. (UIT Recomendación Central que conmuta señales digitales por medio de conmutación
I.112) digital.
CITS. (R. 087-97) Centros Integrados de Telefonía Social.
Conjunto de características de una emisión, a saber: tipo de
modulación de la portadora principal, naturaleza de la señal
Clase de emisión.(UIT-R.R) moduladora, tipo de información que se va a transmitir, así como
también, en su caso, cualesquiera otras características; cada clase
se designa mediante un conjunto de símbolos normalizados.
Es la estipulación contractual que se pacta por una sola vez, al
inicio del contrato, en la que el suscriptor o usuario se obliga a no
Cláusula de período de terminar anticipadamente y sin justa causa, su contrato de
permanencia mínima. (R. 087-97) prestación de servicios públicos no domiciliarios de
telecomunicaciones, so pena de que el operador haga efectivas
las sanciones a que haya lugar.
Cláusula de prórroga automática. Es la estipulación contractual en la que se conviene que, el plazo
(R. 087-97) contractual se prorrogará por un término igual al inicialmente
6. convenido, sin necesidad de formalidad alguna.
Area geográfica en la que un operador de telecomunicaciones
*Cobertura. (Andrés Valbuena)
presta determinado tipo de servicio.
Se entiende por colaboración el suministro de un programa
Colaboración a emisoras. (D.1021- determinado y de sus derechos de emisión, para ser transmitido
99) por la emisora de interés público, en gestión directa o
comunitaria.
Actividad por la cual una persona jurídica legalmente establecida
Comercialización de servicios de
compra servicios o líneas a un operador de TPBC para ofrecerla a
TPBC. (R. 087-97)
terceros.
Comercializador de servicios de Es aquella persona jurídica legalmente establecida que ejerce la
TPBC. (R. 087-97) comercialización de servicios de TPBC.
Es el Comité Expertos Comisionados con participación de
Comité de Expertos extendido. (R.
delegados del Departamento Nacional de Planeación, de la SSPD y
087-97)
del Ministerio de Comunicaciones.
Comunicación. (UIT recomendación Transferencia de información efectuada con arreglo a
B 13) convenciones acordadas.
Comunicación proporcionada por un enlace, por ejemplo por
Comunicación punto a punto.
medio de un radioenlace, entre dos estaciones situadas en unos
(Recom. CCIR-UIT)
puntos fijos determinados.
Comunicación proporcionada por enlaces entre una estación
situada en un punto fijo determinado y cualquier estación o
Comunicación punto a zona.
estaciones situadas en puntos no especificados de una zona dada
(Recom. CCIR-UIT)
que constituye la zona de cobertura de la estación situada en un
punto fijo.
Comunicación proporcionada por enlaces, por ejemplo por medio
Comunicación punto multipunto. de radioenlaces, entre una estación situada en un punto fijo
(Recom. CCIR-UIT) determinado y un número de estaciones situadas en unos puntos
fijos determinados.
7. Se entiende por comunidad organizada a la asociación de
derecho, sin ánimo de lucro, integrada por personas naturales y/o
Comunidades organizadas.(D.1981-
jurídicas, en la que sus integrantes estén unidos por lazos de
03)
vecindad y colaboración mutuos en beneficio del desarrollo local y
la participación comunitaria.
Título habilitante - Acto mediante el cual el Ministerio de
Comunicaciones otorga en forma temporal a una persona natural
Concesión. (D.1972-03) o jurídica, pública o privada la facultad de prestar servicios de
telecomunicaciones o desarrollar actividades de
telecomunicaciones.
Son los operadores habilitados para prestar servicios de
Concesionarios.(D1972-03) telecomunicaciones y aquellas personas habilitadas para
desarrollar actividades de telecomunicaciones.
Es el operador de otro país que cursa el tráfico de larga distancia
Conectante internacional. (R. 087- internacional, entrante o saliente de Colombia, que se destina u
97) origina en un operador del servicio de TPCLDI previa existencia de
un acuerdo.
Concatenación de canales de transmisión o circuitos de
telecomunicación, unidades de conmutación y otras unidades
Conexión. (UIT Recomendación I-
funcionales, establecida para hacer posible la transferencia de
112)
señales entre dos o más puntos de una red de telecomunicación,
para soportar una sola comunicación.
Proceso consistente en la interconexión de unidades funcionales,
Conmutación. (UIT Recomendación
canales de transmisión o circuitos de telecomunicación por el
I-112)
tiempo necesario para transportar señales.
Son todos los recursos, derechos, cánones, tasas, tarifas y
compensaciones o participaciones que una persona natural o
jurídica, pública o privada, debe pagar o cumplir a favor del Fondo
Contraprestación.(D.1972-03)
de Comunicaciones adscrito al Ministerio de Comunicaciones por
concepto de las concesiones, autorizaciones, permisos y registros
en materia de telecomunicaciones.
Es el negocio jurídico que establece los derechos y obligaciones de
Contrato de acceso, uso e
los operadores solicitante e interconectante con respecto al
8. interconexión.(R. 087-97) acceso, uso e interconexión de sus redes de telecomunicaciones y
las condiciones de carácter legal, técnico, comercial, operativo y
económico que gobiernan el acceso, uso e interconexión. Hacen
parte del contrato de acceso, uso e interconexión sus anexos,
adiciones, modificaciones o aclaraciones.
Es el contrato consensual, en virtud del cual el operador de TPBC
presta a los usuarios sus servicios a cambio de un precio definido
Contrato de condiciones uniformes.
en dinero, de conformidad con estipulaciones definidas por él
(R. 087-97)
para ofrecerlas a muchos usuarios no determinados. Regula en su
integridad las relaciones operador - usuario.
Toda telecomunicación que deban aceptar para su transmisión las
Correspondencia pública. (UIT-R.R) oficinas y estaciones por el simple hecho de hallarse a disposición
del público (CONV.)
Es el valor de las inversiones y gastos necesarios para
interconectar las redes, a partir del punto de interconexión hacia
Costo de interconexión. (R. 087-97) la red del operador solicitante. Se incluyen, entre otros, los
equipos de interconexión, los medios de acceso, los equipos,
sistemas, soportes lógicos, dispositivos y órganos de conexión.
Es el componente anualizado del costo medio de largo plazo por
línea telefónica, calculado en un período equivalente a la vida útil
Costo medio de referencia. (R. 087-
del sistema. Para efectos del cálculo por línea, se toma en cuenta
97)
la capacidad de líneas en servicio del sistema actual y la demanda
incremental debida a los proyectos de expansión.
Son los costos variables totales de un año divididos por la unidad
de producción, bien sea líneas, unidades de tráfico o unidades de
Costo medio variable de corto
tiempo, entre otras. Se entienden como costos variables totales
plazo. (R. 087-97)
aquellos costos que fluctúan con el tráfico o nivel de producción
de un operador de TPBC.
Costos para proveer el acceso y uso Es el valor de las inversiones y gastos necesarios para proveer el
de la red del operador acceso y uso de la red del operador interconectante a partir del
interconectante. (R. 087-97) punto de interconexión hacia el interior de su red.
Coubicación. (R. 087-97) Es el suministro de espacio y de los servicios involucrados en los
predios del operador interconectante, con el fin que el operador
9. solicitante pueda colocar en él los equipos necesarios para la
interconexión o para el acceso a los usuarios finales.
CRT. (L.142-94, R. 087-97) Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.
Cuadro donde se inscriben las bandas de frecuencias atribuidas a
diferente servicios de radiocomunicación terrenal o por satélite o
Cuadro de atribución de bandas de
para el servicio de radioastronomía. Este cuadro señala la
frecuencias. (UIT-R.R)
categoría, condiciones especificas y restricciones de los diversos
servicios en el uso de las bandas de frecuencias que lo conforma.
Cuadro de atribución de frecuencias, el cual establece la
utilización del espectro radioeléctrico sobre la base de prioridades
Cuadro nacional de atribución de
nacionales, considerando las disposiciones del Reglamento de
bandas de frecuencias. (UIT-R.R)
Radiocomunicaciones del Convenio de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones (UIT).
Zona geográfica determinada dentro de la cual el beneficiario del
permiso puede utilizar la frecuencia o frecuencias radioeléctricas
Cubrimiento (Ver área de Servicio) que se le han asignado y operar los equipos destinados a la
telecomunicación, de acuerdo con la concesión, el permiso
otorgado y los parámetros técnicos de operación autorizados.
D
Es la separación de elementos (físicos y/o lógicos), funciones o servicios de
Desagregación. (R. 087-97) una red de telecomunicaciones, con el objeto de darles un tratamiento
específico y cuyo costo puede determinarse por separado.
Modalidad mediante la cual se transmiten mensajes cortos de control, de
Despacho. (D.2343-96) operación y/o de comunicación entre los abonados del sistema de acceso
troncalizado, sin acceso a la red telefónica pública conmutada.
E
Emisión. (UIT, Producción de una señal en una puerta de entrada de una línea de
recomendación B 13) transmisión o en un punto de un medio de transmisión.
Emisora Estación transmisora radioeléctrica del Servicio Comunitario de
10. comunitaria.(D.1981-03) Radiodifusión Sonora.
Empaquetamiento de
Es la oferta conjunta de más de un servicio de Telecomunicaciones.
servicios. (R. 087-97)
Se entiende por envíos de correspondencia y otros objetos postales, las
cartas, las tarjetas postales, los aerogramas, las facturas, los extractos de
Envíos de correspondencia y cuentas, los recibos de toda clase, los impresos, los periódicos, los envíos
otros objetos postales. (D. publicitarios, cecogramas, las muestras de mercaderías, los pequeños
229-95) paquetes, y los demás objetos que cursen por las redes postales del
servicio de correos y del servicio de mensajería especializada, hasta dos
(2) kilogramos de peso.
Equipos fijos, móviles, o portátiles, utilizados por los usuarios, con
capacidad para recibir o para recibir y establecer comunicación de
Equipo terminal.(D.2458-97)
respuesta al sistema, mediante un código o conjunto de códigos
asignados para su identificación.
Sigla de Empresa de Servicios Públicos, es una sociedad por acciones
E.S.P. (R. 087-97) cuyo objeto es la prestación de los servicios públicos de que trata la ley
142 de 1994.
Es el conjunto de todas las frecuencias de emisión de los cuerpos de la
Espectro electromagnético. naturaleza. Comprende un amplio rango que va desde ondas cortas
(R. 087-97) (rayos gamma, rayos X), ondas medias o intermedias (luz visible), hasta
ondas largas (las radiocomunicaciones actuales).
Conjunto de todas las ondas radioeléctricas. Actualmente el Reglamento
Espectro radioeléctrico. (UIT-
de Radiocomunicaciones de la UIT, tiene atribuciones internacionales a
R.R.)
los servicios de radiocomunicaciones en la gama de 9 kHz a 275 GHz.
Uno o más transmisores o receptores, o una combinación de
transmisores y receptores, incluyendo las instalaciones accesorias,
necesarios para asegurar un servicio de radiocomunicación, o el servicio
Estación. (UIT-R.R.)
de radioastronomía en un lugar determinado. Las estaciones se
clasificarán según el servicio en el que participen de una manera
permanente o temporal.
Estación base.(D.2458-97) Conjunto de equipos, antenas y demás elementos localizados en un sitio
11. autorizado, necesarios para la transmisión y recepción de señales
radioeléctricas, de control, operación y comunicación a los equipos
terminales de usuario.
Aquella destinada a cubrir con parámetros restringidos áreas urbanas y/o
rurales, o específicas dentro de un municipio o distrito, y que está
obligada, por lo tanto, a implementar los mecanismos que determine el
Estación clase D.(D.1981-03)
Ministerio de Comunicaciones, para garantizar la operación de la misma
dentro de los parámetros estipulados en el Plan Técnico Nacional de
Radiodifusión Sonora.
c ombinación de transmisor y receptor en los equipos de los servicios fijo
Estación de banda y móvil radioeléctricos, que incluye las instalaciones accesorias, cables,
ciudadana. (R.1704-02) soportes y sistema radiante, necesarios para asegurar la operación del
Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana.
Estación de radiocomunicación del servicio fijo, cuyos equipos y antena
Estación fija.(R.1704-02)
se encuentran instalados en puntos fijos determinados.
Estación de radiocomunicación del servicio móvil, destinada a ser
Estación móvil.(R.1704-02) utilizada en movimiento o mientras esté detenida en puntos no
determinados.
Estación repetidora.(D.2458- Conjunto receptor-transmisor que recibe una señal de radiofrecuencia en
97) una frecuencia dada y la retransmite en otra.
F
Frecuencia
Centro de la banda de frecuencias asignada a una estación.
asignada.(UIT-R.R)
G
Es la combinación de los procedimientos jurídicos, económicos, científicos,
Gestión del espectro administrativos y técnicos necesarios para garantizar el funcionamiento del
radioeléctrico (o de número máximo factible de canales radioeléctricos por las estaciones de
frecuencias). (UIT-R.R) distintos servicios de radiocomunicaciones, en una parte dada del espectro
de frecuencias radioeléctricas en cualquier momento dado, sin producir ni
12. recibir interferencia perjudicial.
Es el conjunto de usuarios que utiliza los servicios de Valor Agregado para
Grupo cerrado de satisfacer sus propias necesidades de comunicación. Los grupos cerrados de
usuarios. (Decreto usuarios no pueden cursar comunicaciones que sean exclusivamente de voz
modificatorio D.600-03) desde o hacia la red telefónica pública básica conmutada, ni entre diferentes
grupos cerrados de usuarios.
I
Son medidas objetivas de resultados alrededor de diversos objetivos,
Indicadores de gestión. (R.
utilizadas para asegurar su mejoramiento y evaluación y medir el
087-97)
desempeño.
Información. (U.I.T. Inteligencia o conocimiento capaz de ser representado en formas
recomendación B 13) adecuadas para comunicación, almacenamiento o procesamiento.
Es el total de los ingresos percibidos por un operador de TPBC por
Ingresos brutos totales. (R.
concepto de la prestación de los servicios de TPBC, sin descontar
087-97)
ningún valor.
Instalaciones. (R. 087-97) Son los elementos de la infraestructura de los operadores.
Todo elemento o función de una red o servicio que sea suministrado
exclusivamente o de manera predominante por un operador o por un
Instalaciones esenciales.(R.
número limitado de los mismos, cuya sustitución con miras al
087-97)
suministro de un servicio no sea factible en lo técnico o en lo
económico.
Instalaciones suplementarias. Toda instalación de una red o servicios relacionada directamente con la
(R. 087-97) prestación del servicio, que no sean instalaciones esenciales.
Posibilidad de que los operadores de TPBC puedan prestar
Integración vertical.(R. 087-97)
simultáneamente los servicios de TPBCL, TPBCLE, TMR y TPBCLD.
Integridad del Sistema de Se refiere a que la información presentada en cada uno de los procesos
Medición del Consumo. (R. que conforman el Sistema de Medición del Consumo refleje
087-97) correctamente el origen, tipo, destino y la duración del servicio
13. prestado.
Es la vinculación de recursos físicos y soportes lógicos, incluidas las
instalaciones esenciales necesarias, para permitir el
Interconexión. (R. 087-97)
interfuncionamiento de las redes y la interoperabilidad de servicios de
telecomunicaciones.
Es la interconexión entre las redes de dos operadores que comparten
Interconexión directa. (R. 087- al menos un punto de interconexión entre ellas, con el objeto de lograr
97) el interfuncionamiento de las redes conectadas y la interoperabilidad
de los servicios.
Es la interconexión que permite a cualquiera de los operadores
interconectados, cursar el tráfico de otros operadores a la red del
Interconexión indirecta. (R.
operador interconectante, siempre que no se contravenga el
087-97)
reglamento para cada servicio. El solo servicio portador entre dos
redes no se considera interconexión indirecta.
Efecto de una energía no deseada debida a una o varias emisiones,
radiaciones, inducciones o sus combinaciones sobre la recepción en un
Interferencia. (UIT-R.R) sistema de radiocomunicación, que se manifiesta como degradación de
la calidad, falseamiento o pérdida de la información que se podría
obtener en ausencia de esta energía no deseada.
Interfuncionamiento de las
Es el correcto funcionamiento de dos redes intercontectadas.
redes. (R. 087-97)
El término interfuncionamiento expresa las interacciones entre redes,
Interfuncionamiento de las entre sistemas finales o parte de los mismos con objeto de
redes. (UIT-T I.510 (93), 4.2; proporcionar una entidad funcional capaz de soportar una
Y.1411 (03), 3.2; Y.1251 (02), comunicación de extremo a extremo. Las interacciones necesarias para
3.1) proporcionar una entidad funcional se basan en funciones y en medios
para seleccionar esas funciones.
Interoperabilidad de los Es el correcto funcionamiento de los servicios que se prestan sobre dos
servicios. (R. 087-97) redes intercontectadas.
L
14. Llamada Llamada fructuosa según las definiciones de la Unión Internacional de
completada.(R. 087-97) Telecomunicaciones UIT.
Llamada
completada.(UIT-T Rec. Llamada que alcanza el número deseado y permite la conversación.
E.600 (93))
M
Documento de conocimiento público que contiene las políticas, los principios
y criterios propios de la emisora comunitaria, con los cuales se protegen los
Manual de
derechos de la audiencia, se evita la incitación a la violencia, a la
estilo.(D.1981-03)
discriminación y se garantiza el pluralismo informativo, de conformidad con
los fines del Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora.
Para el Servicio de Radiomensajes, es el conjunto de información que
comprende un sobre y un contenido. El sobre se refiere a los códigos,
formatos o protocolos de información, necesarios para que el contenido
Mensaje. (D.2458-97)
pueda ser tratado, direccionado y transferido adecuadamente. El contenido
es el mensaje propiamente dicho, que puede presentarse en forma verbal o
en forma visual codificada.
N
Es el procedimiento mediante el cual los operadores solicitante e
Negociación directa.(R. interconectante acuerdan mutuamente las condiciones y términos del
087-97) contrato de acceso, uso e interconexión, ciñéndose a las condiciones
requeridas para tal negociación en la Ley y la presente Resolución.
Es el elemento de red, ya sea de acceso o de conmutación, que permite recibir
Nodo. (R. 087-97)
y reenrutar las comunicaciones.
Nodo de interconexión.
Es el nodo vinculado directamente con el punto de interconexión.
(R. 087-97)
O
Oferta Básica de
Es el proyecto de negocio que un operador pone en conocimiento general
Interconexión -OBI-.(R.
15. 087-97) y que contiene los elementos esenciales para la interconexión.
OMC. (R. 087-97) Organización Mundial del Comercio.
Ondas radioeléctricas u Ondas electromagnéticas, cuya frecuencia se fija convencionalmente por
ondas hertzianas.(UIT-R.R.) debajo de 3000 GHz, que se propagan por el espacio sin guía artificial.
Es la persona natural o jurídica, pública o privada, que es responsable de la
Operador. (DL. 1900-90) gestión de un servicio de telecomunicaciones en virtud de autorización o
concesión, o por ministerio de la ley.
p ersona autorizada para instalar, operar y gestionar Sistemas de
Operador de banda
Radiocomunicación de Banda Ciudadana, en virtud de licencia otorgada
ciudadana. (R.1704-93)
por el Ministerio de Comunicaciones.
Operador de destino.(R. Es el operador a cuya red pertenece el usuario o servicio a donde va
087-97) dirigida una determinada comunicación.
Operador de origen.(R. Es el operador a cuya red pertenece el usuario que origina una
087-97) determinada comunicación.
Operador de TPBC.(R. 087- Se entiende como tal cualquier operador del servicio de TPBCL, TPBCLE,
97) TPBCLD o TMR, en los términos de la Ley 142 de 1994.
Operador de tránsito.(R. Es el operador que interconecta, a través de su propia red, dos o más
087-97) redes de dos operadores distintos.
Operador interconectante.
Es el operador al cual se le solicita y provee interconexión.
(R. 087-97)
Es el operador que presta, o se alista a prestar, un servicio de
Operador solicitante.(R. telecomunicaciones y para tal efecto solicita, por derecho propio,
087-97) interconexión con otra red, en los términos y condiciones establecidos en
la Ley y en la presente Resolución.
P
Participación indirecta. (R. Es la participación de una empresa en el capital de otra, a través de
16. 087-97) interpuesta persona o en asociación con otra empresa, socio o sociedad.
Se entiende por patrocinio la contribución en dinero u otros recursos,
Patrocinio a emisoras.
que se efectúe para la transmisión de un programa específico, que ya ha
(D.1021-99)
sido producido o cuyos derechos de emisión ya hayan sido adquiridos.
PCS. (R. 087-97) Servicios de Comunicación Personal.
*Penetración.(Claudia Indicador del cubrimiento de un servicio de telecomunicaciones
Ximena Bustamante) respecto de la población.
Acto administrativo que faculta por un término definido a una persona
natural o jurídica para usar una o varias porciones específicas del
Permiso. (D.1972-03)
espectro radioeléctrico para la prestación de servicios o el desarrollo de
actividades de telecomunicaciones.
Conjunto de previsiones adoptadas por un operador de TPBC tendientes
Plan de expansión.(R. 087-97) a ampliar su infraestructura destinada a la prestación de servicios de
TPBC.
Es el conjunto ordenado de objetivos, estrategias y metas propuestas
por los operadores de TPBC en un horizonte de corto, mediano y largo
Plan de gestión y resultados.
plazo el cual, con base en un diagnóstico inicial y en la proyección de su
(R. 087-97)
escenario futuro, busca garantizar la mejora continua de la gestión de la
Empresa, de acuerdo con el Artículo 2o. de la Ley 142 de 1994.
Instrumento mediante el cual el Gobierno Nacional desarrolla
jurídicamente la política del servicio determinada en la ley, y establece
Plan técnico nacional de
la ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido a este
radiodifusión sonora.
servicio. Hacen parte del plan las normas contenidas en los reglamentos
(D.1981-03)
y en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en amplitud
modulada (A.M.) y en frecuencia modulada (F.M.).
Son el conjunto de normas establecidas por el Ministerio de
Comunicaciones, que determinan las características técnicas
Planes técnicos básicos. (D.
fundamentales de la RTPC. Hacen parte de los Planes Técnicos Básicos el
25-02 y R. 087-97)
plan de enrutamiento, el plan de numeración, el plan de señalización, el
plan de sincronización y plan de tarificación.
17. Potencia radiada aparente Producto de la potencia suministrada a la antena por su ganancia con
(p.r.a.).(D.2458-97) relación a un dipolo de media onda en una dirección dada.
Es el servicio mediante el cual un usuario de TPBC puede mantener el
Portabilidad numérica. (R.
mismo número o identificación telefónica aun cuando cambie de
087-97)
operador o de domicilio.
Posición dominante.(R. 087- Es la posibilidad de determinar, directa o indirectamente, las
97) condiciones de un mercado.
Son las actividades fundamentales para la supervivencia de un operador
Procesos críticos. (R. 087-97)
de TPBC de acuerdo con el objeto social de la misma.
Procesos de apoyo.(R. 087- Son las actividades que soportan los procesos críticos de un operador de
97) TPBC.
Es la etapa en la que se realiza el conjunto de actividades mediante la
Proceso de facturación. (R. cual se generan las facturas correspondientes a los consumos de los
087-97) usuarios o suscriptores de los servicios Públicos de Telecomunicaciones
de que trata la ley 142 de 1994.
Es la etapa en la que se realiza el conjunto de actividades mediante la
Proceso de tarificación. (R.
cual se le aplica un valor monetario a los consumos medidos en el
087-97)
proceso de tasación.
Es la etapa en la que se realiza el conjunto de actividades mediante la
Proceso de tasación.(R. 087-
cual se mide el consumo de los usuarios o suscriptores de los servicios
97)
Públicos de Telecomunicaciones de que trata la ley 142 de 1994.
Corresponde al conjunto de acciones que deben adoptar los operadores
de TPBC en el evento de que en el proceso de control y vigilancia a su
Programa de gestión.(R. 087-
gestión realizada por la SSPD arroje como resultado un posible
97)
incumplimiento a las metas establecidas en el plan de gestión y
resultados aprobados por el Ministerio de Comunicaciones.
Los programas de telefonía Social son aquellos que tienen por objeto
Programas de telefonía promover y financiar proyectos para la prestación de servicios de
social. (R. 087-97) telecomunicaciones en zonas rurales y urbanas del territorio nacional,
caracterizadas por la existencia de usuarios con altas necesidades
18. básicas insatisfechas.
Se entiende por proveedor de segmento espacial, toda persona
Proveedor de segmento facultada por el Ministerio de Comunicaciones para suministrar el
espacial.(D.1137-96) segmento espacial de una o varias redes satelitales, para su propio uso o
para proveerlo a terceras personas.
Operación que sirve para comprobar la obligación que tienen los
operadores de telecomunicaciones de que la tarifa impuesta por la
Prueba de imputación. (R.
utilización de una instalación esencial, la prestación de servicios
087-97)
adicionales o el suministro de espacio físico, sea igual a la tarifa que se
cobraría a sí mismo el proveedor por el uso de la instalación.
Es el punto físico en donde se efectúa la conexión entre dos redes, para
Punto de interconexión. (R.
permitir su interfuncionamiento y la interoperabilidad de los servicios
087-97)
que estas soportan.
R
Radiación (radioeléctrica). (UIT- Flujo saliente de energía de una fuente cualquiera en forma de
R.R) ondas radioeléctricas, o esta misma energía.
Término general que se aplica al empleo de las ondas
Radio. (UIT-R.R)
radioeléctricas.
Toda telecomunicación transmitida por medio de las ondas
Radiocomunicación.(UIT-R.R)
radioeléctricas.
Recepción de las emisiones de una estación espacial del servicio de
radiodifusión por satélite con instalaciones receptoras que en
Recepción comunal (en el servicio ciertos casos pueden ser complejas y comprender antenas de
de radiodifusión por satélite). mayores dimensiones que las utilizadas para la recepción individual
(UIT-R.R) y destinadas a ser utilizadas: por un grupo del público en general, en
un mismo lugar o mediante un sistema de distribución que dé
servicio a una zona limitada.
Recepción de las emisiones de una estación espacial del servicio de
Recepción individual (en el
radiodifusión por satélite con instalaciones domésticas sencillas y,
servicio de radiodifusión por
en particular, aquellas que disponen de antenas de pequeñas
19. satélite). (UIT-R.R) dimensiones.
Area de cobertura radioeléctrica comprendida al interior de
Recinto cerrado.(D.1972-03)
inmuebles, casas y edificaciones.
Sistema implementado entre la central local y el usuario, que
sustituye una parte o toda la red de distribución de línea vocal. La
red de acceso proporciona servicios portadores de transporte a los
proveedores de servicios y a la red. (Jesús Campos Martínez): Es la
red que permite a los usuarios establecer un enlace entre su propio
terminal de abonado y la red del servicio, para la utilización del
Red de acceso. (UIT-T Q.831.1 servicio requerido. Va desde el Punto de Terminal de Red (punto de
(00), 1.3.1) conexión en los predios de abonado) hasta el nodo en donde se
encuentra conectado el usuario. En la RTPC el acceso de los
abonados se hace, en la gran mayoría de los casos, a través del
denominado bucle local o bucle de abonado. De otro lado, las redes
de acceso de las redes de datos están constituidas generalmente
por enlaces dedicados alquilados, ya sea sobre par de cobre, cable
coaxial, fibra óptica, satélite, etc. que usan diferentes tecnologías.
Es aquella conformada por los nodos de servicio y por enlaces que
interconectan los nodos entre sí. Los nodos suministran varios
servicios, tales como el manejo de las comunicaciones y su
enrutamiento, la facturación, el control de la red, los servicios
suplementarios, etc. Los enlaces son sistemas de transporte de
información que funcionan sobre medios físicos tales como cables
*Red de servicio.(Jesús Campos de cobre, fibra óptica, enlaces radioeléctricos, etc. En el caso de la
Martínez) RTPC los nodos son las centrales de conmutación telefónica y a los
enlaces entre las diferentes centrales se les denomina también
troncales, los cuales usan sistemas de transmisión de diferentes
tecnologías, principalmente digitales, sobre diferentes medios
físicos. En el caso de una red de datos X.25, los nodos son
conmutadores de paquetes de protocolo X.25 y la interconexión
entre los nodos se hace sobre diferentes tipos de enlaces.
Es el conjunto de elementos que permite conexiones entre dos o
Red de telecomunicaciones del
más puntos definidos para establecer la telecomunicación entre
Estado. (DL.1900-90)
ellos, y a través de la cual se prestan los servicios al público.
Red de valor agregado. (Decreto Es una red especializada de telecomunicaciones a través de la cual
20. modificatorio D.600-03) se prestan al público principalmente servicios Telemáticos y de
Valor Agregado. Para que una red sea considerada de Valor
Agregado, debe ofrecer características técnicas para la transmisión
de la información, que permitan diferenciarla de las redes de
Telefonía Pública Básica Conmutada (TPBC). Las redes de Valor
Agregado podrán ser nacionales o internacionales.
Es la red constituida por todos los recursos utilizados para la
admisión, clasificación, y entrega de los envíos de correspondencia
Red oficial de correos.(D. 229-95) y otros objetos postales, que autorice el Ministerio de
Comunicaciones para la prestación de los servicios de correos
nacionales e internacionales, mediante contrato de concesión.
Es el conjunto de elementos que hacen posible la transmisión
Red Telefónica Pública conmutada de voz, con acceso generalizado al público, tanto en
Conmutada -RTPC-. (R. 087-97) Colombia como en el exterior. Incluye las redes de los operadores
de TPBCL, TPBCLE, TMR y TPBCLD.
El término "red telefónica pública conmutada" o simplemente "red
pública" se utiliza para toda red (sin ninguna relación con la
situación jurídica del operador de la red) que presta funciones de
transmisión y conmutación así como características que están
disponibles al público en general, no restringidas a un grupo de
Red Telefónica Pública usuarios determinado. La RTPC proporciona punto de acceso a otras
Conmutada -RTPC-. (UIT-T Rec redes o terminales sólo dentro de una zona geográfica específica.
G.100 (01), 1.24) Desde el punto de vista de una conexión de extremo a extremo, una
red pública puede funcionar sea como "red de tránsito" (un enlace
entre otras dos redes) o como una combinación de "red de tránsito
y terminación" y el caso en que la red pública proporciona
conexiones a un equipo terminal tal como aparatos telefónicos o
conmutadores telefónicos privados.
Es la red de transporte, o de transmisión, que interconecta las
diferentes centrales de conmutación telefónica entre sí. Está
constituida por sistemas de transmisión de diferentes tecnologías,
Red troncal. (UIT-T Rec.G769) donde un enlace troncal es una conexión bidireccional que consta
de un canal hacia adelante y un canal hacia atrás entre las centrales
de conmutación. Se utilizan diferentes medios físicos, tales como
pares de cobre, fibra óptica (el más común actualmente), cable
coaxial, microondas o satélite. (Jesús Campos Martínez): Es la red de
21. transporte, o de transmisión, que interconecta las diferentes
centrales de conmutación telefónica entre sí. Está constituida por
sistemas de transmisión de diferentes tecnologías con el fin de
transportar la mayor cantidad posible de comunicaciones,
generalmente digitales en sus diversas jerarquías y estándares,
utilizando diferentes medios físicos, tales como pares de cobre,
fibra óptica (el más común actualmente), cable coaxial, microondas
o satélite.
Son aquellas que permiten la emisión, transmisión, distribución y
Redes radioeléctricas de recepción de señales o información de cualquier naturaleza, punto a
distribución punto multipunto de punto o punto multipunto para la prestación de servicios de
banda ancha con tecnología telecomunicaciones, mediante el uso del espectro radioeléctrico
LMDS/LMCS. (D.868-99) atribuido y de las tecnologías denominadas internacionalmente
como LMDS o LMCS.
Acto mediante el cual se hace una anotación, admisión o inscripción
relacionada con los aparatos, redes, sistemas o servicios de
Registro. (D.1972-03)
telecomunicaciones, para que produzca los efectos previstos en la
legislación y normativa de telecomunicaciones.
S
Fenómeno físico, una o más de cuyas características varían para
Señal. (Rec G.701 (93))
representar información.
Señal telefónica.(UIT-T Glos. VI.3 Señal correspondiente a una comunicación telefónica determinada
(88)) o a un circuito de conversación determinado.
Intercambio de información que concierne específicamente al
Señalización. (UIT T Rec.I.112 (93)) establecimiento y control de las conexiones y a la gestión en una
red de telecomunicaciones.
Es la presentación de la información económica y financiera de un
operador de TPBC de manera separada para cada servicio
Separación contable.(R. 087-97)
prestado, sin perjuicio de las disposiciones legales y las
establecidas por el Contador General de la Nación y la SSPD.
Servicio comercial de radiodifusión Es un servicio público de telecomunicaciones cuya programación
22. sonora.(D.348-97) está destinada a la satisfacción de los hábitos y gustos del oyente y
el servicio se presta con ánimo de lucro, sin excluir el propósito
educativo, recreativo, cultural e informativo que orienta el servicio
de radiodifusión sonora en general.
El Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora es un servicio
público de telecomunicaciones, de interés social, sin ánimo de
Servicio comunitario de
lucro, a cargo y bajo la titularidad del Estado, quien lo prestará en
radiodifusión sonora. (D.1981-03)
gestión indirecta a través de comunidades organizadas
debidamente constituidas en Colombia.
Es la prestación de los servicios de giros postales y telegráficos, así
como el recibo, clasificación y entrega de envíos de
correspondencia y otros objetos postales, transportados por las
Servicio de correos.(L.80-93 - D. personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, debidamente
229-95) autorizadas por concesión otorgada mediante contrato, por el
Ministerio de Comunicaciones vía superficie y/o área, a través de
la red oficial de correos, dentro del territorio nacional e
internacional.
Servicio de correos urbanos. (D. Es aquel que es prestado en el mismo municipio, área
229-95) metropolitana o distrito de admisión de los envíos.
Es un servicio público de telecomunicaciones cuya programación
Servicio de interés público de se orienta principalmente a elevar el nivel educativo y cultural de
radiodifusión sonora.(D.348-97) los habitantes del territorio colombiano, y a difundir los valores
cívicos de la comunidad.
Servicio definido en esta Sección que implica la transmisión, la
Servicio de
emisión o la recepción de ondas radioeléctricas para fines
radiocomunicación.(UIT-R.R)
específicos de telecomunicación.
Servicio de radiocomunicación cuyas emisiones se destinan a ser
Servicio de radiodifusión. (UIT-R.R) recibidas directamente por el público en general. Dicho servicio
abarca emisiones sonoras, de televisión o de otro género.
Servicio de radiocomunicación en el cual las señales emitidas o
Servicio de radiodifusión por retransmitidas por estaciones espaciales están destinadas a la
satélite. (UIT-R.R) recepción directa por el público en general. En el servicio de
radiodifusión por satélite la expresión "recepción directa" abarca
23. tanto la recepción individual como la recepción comunal.
Servicio de mensajes que utilizan un canal radioeléctrico
Servicio de radiomensajes.(D.2458- determinado y que dan una indicación sobre la existencia de una
97) llamada de búsqueda, localización o atención para un usuario o
grupo de usuarios.
Es el servicio básico de telecomunicaciones cuyo objeto es la
transmisión conmutada de voz o a través de la RTPC con acceso
generalizado al público. Cuando en la presente Resolución se haga
Servicio de Telefonía Pública Básica referencia a los servicios u operadores de los servicios de TPBC, se
Conmutada -TPBC-.(R. 087-97) entenderán incluidos los servicios de Telefonía Pública Básica
Conmutada Local (TPBCL) Local Extendida (TPBCLE), Telefonía
Móvil Rural (TMR) y Telefonía Pública Conmutada de Larga
Distancia (TPBCLD).
Es el servicio de TPBC que proporciona en sí mismo capacidad
Servicio de Telefonía Pública Básica completa de comunicación telefónica entre usuarios de distintas
Conmutada de Larga Distancia - redes de TPBCL, TPBCLE y TMR del País, o entre un usuario de la
TPBCLD-.(R. 087-97) RTPC en Colombia y un usuario situado en un país extranjero. Este
servicio comprende los servicios de TPBCLDN y TPBCLDI.
Servicio de Telefonía Básica Pública
Conmutada de Larga Distancia
Es el servicio de TPBC que proporciona en sí mismo capacidad
Nacional o Servicio de Telefonía
completa de comunicación telefónica entre usuarios de distintas
Pública Básica Conmutada de Larga
redes de TPBC local y/o local extendida del País.
Distancia Nacional -TPBCLDN-. (R.
087-97)
Servicio de Telefonía Pública Básica
Es el servicio de TPBC que proporciona en sí mismo capacidad
Conmutada de Larga Distancia
completa de comunicación telefónica entre un usuario de la RTPC
Internacional -TPBCLDI-. (R. 087-
en Colombia y un usuario situado en un país extranjero.
97)
Servicio de Telefonía Pública Básica Es el servicio de TPBC uno de cuyos objetos es la transmisión
Conmutada Local -TPBCL-. (R. 087- conmutada de voz a través de la Red Telefónica Conmutada con
97) acceso generalizado al público, en un mismo municipio.
Servicio de Telefonía Básica Pública Es el servicio de TPBC prestado por un mismo operador a usuarios
Conmutada Local Extendida o de un área geográfica continua conformada por municipios
24. Servicio de Telefonía Pública Básica adyacentes, siempre y cuando ésta no supere el ámbito de un
Conmutada Local Extendida - mismo Departamento.
TPBCLE-. (R. 087-97)
Es la actividad complementaria del servicio de TPBCL que permite
la comunicación a usuarios ubicados fuera de la cabecera
Servicio de Telefonía Pública Básica
municipal, o en un municipio con población total menor a 7,000
Conmutada Local Móvil Rural -
habitantes de acuerdo con el censo realizado en 1993, o en un
TMR-. (R. 087-97)
corregimiento departamental, con cualquier usuario ubicado
dentro del mismo municipio.
Es aquel que proporciona la capacidad necesaria para la
transmisión de señales entre dos o más puntos definidos de la red
Servicio portador.(DL. 1900-90) de telecomunicaciones. Comprende los servicios que se hacen a
través de redes conmutadas de circuitos o de paquetes y los que
se hacen a través de redes no conmutadas.
Se entiende por Servicio Universal aquel que pretende llevar el
acceso generalizado a los hogares de los servicios básicos de
Servicio universal. (R. 087-97) telecomunicaciones, iniciando con el servicio de telefonía y
posteriormente integrando otros servicios a medida que los
avances tecnológicos y la disponibilidad de recursos lo permitan.
Son todos aquellos servicios que atienden necesidades específicas
relacionadas con la actividad de interconexión, los cuales pueden
Servicios adicionales.(R. 087-97) contratarse por separado. Entre tales servicios adicionales se
encuentran los servicios de medición y registro de tráfico, gestión
operativa de reclamos, fallas y errores.
Son aquellos servicios de telecomunicaciones que están vinculados
a otros servicios públicos, y cuyo objetivo es la seguridad de la vida
Servicios auxiliares de ayuda. (DL. humana, la seguridad del Estado o razones de interés humanitario.
1900-90) Forman parte de estos servicios, entre otros, los servicios
radioeléctricos de socorro y seguridad de la vida humana, ayuda a
la meteorología y a la navegación aérea o marítima.
Son aquellos en los que la comunicación se realiza en un solo
Servicios de difusión.(DL. 1900-90) sentido a varios puntos de recepción en forma simultánea. Forman
parte de éstos, entre otros, las radiodifusiones sonora y de
25. televisión.
Es la clase de servicio postal prestado con independencia de las
redes postales oficiales del correo nacional e internacional, que
exige la aplicación y adopción de características especiales, para la
Servicios de mensajería
recepción, recolección y entrega personalizada de envíos de
especializada. (L.80-93 - D.229-95)
correspondencia y demás objetos postales transportados vía
superficie y/o aérea, en el ámbito nacional y en conexión con el
exterior.
Son aquellos servicios que son prestados por personas jurídicas,
públicas o privadas, debidamente constituidas en Colombia, con o
Servicios de
sin ánimo de lucro, con el fin de satisfacer necesidades específicas
telecomunicaciones.(L.80-93)
de telecomunicaciones a terceros, dentro del territorio nacional o
en conexión con el exterior.
Son aquellos que utilizan como soporte servicios básicos,
telemáticos, de difusión o cualquier combinación de éstos,
prestados a través de una red de telecomunicaciones autorizada, y
con ellos proporcionan al usuario la capacidad completa para el
envío o intercambio de información, agregando otras facilidades al
servicio soporte o satisfaciendo necesidades específicas de
telecomunicaciones. Para que el servicio de Valor Agregado se
diferencie del servicio básico, es necesario que el usuario de aquél
Servicios de valor agregado. reciba de manera directa alguna facilidad agregada a dicho
(Decreto modificatorio D.600-03) servicio, que le proporcione beneficios adicionales,
independientemente de la tecnología o el terminal utilizado; o que
el operador de servicios de Valor Agregado efectúe procesos
lógicos sobre la información que posibiliten una mejora, adición o
cambio al contenido de la información de manera tal que genere
un cambio neto de la misma independientemente del terminal
utilizado. Este cambio a su vez, debe generar un beneficio
inmediato y directo, que debe ser recibido por el usuario del
servicio.
Son aquellos que se destinan a satisfacer, sin ánimo de lucro ni
comercialización en cualquier forma, necesidades de carácter
Servicios especiales.(DL. 1900-90)
cultural o científico. (UIT): Los s ervicios e speciales son destinados
a satisfacer necesidades de interés general.
26. Son los servicios de correo que comprenden los servicios
tradicionales de correo recomendado o certificado, asegurado, de
entrega inmediata, de correo expreso, apartados postales, lista de
correos, respuesta comercial, acuse de recibo, cupón de respuesta
internacional, solicitud de devolución o modificación de dirección,
Servicios especiales y financieros
almacenaje, así como los nuevos servicios que implementen los
de correos. (D. 229-95)
concesionarios en orden a ofrecer un servicio de alta calidad que
satisfaga los requerimientos de los usuarios. Los servicios
financieros de correos, comprenden el servicio de cartas,
impresos, paquetes y encomiendas con valor declarado y la
prestación del servicio de giros postales y telegráficos.
Es el servicio público de recepción, clasificación y entrega de
envíos de correspondencia y otros objetos postales. Los servicios
Servicios postales.(L.80-93 - D.229-
postales comprenden la prestación del servicio de correos
95)
nacionales e internacionales y del servicio de mensajería
especializada.
Son todos aquellos servicios de que trata el artículo 29 contenido
Servicios semiautomáticos y
en el Decreto 25 del 2002 o las normas que los sustituyan,
especiales. (R. 087-97)
modifiquen o deroguen.
Son aquellos servicios suministrados por una red de TPBC, además
de su servicio o servicios básicos, entre otros los siguientes:
Servicios suplementarios. (R. 087-
conferencia entre tres, llamada en espera, marcación abreviada,
97)
despertador automático, transferencia de llamada, conexión sin
marcar y código secreto.
Servicios suplementarios. (UIT En una red de transporte se consideran servicios suplementarios
G.807) los suministrados a los usuarios además de la gestión de conexión.
Son aquellos que, utilizando como soporte servicios básicos,
permiten el intercambio de información entre terminales con
Servicios telemáticos.(DL. 1900-90) protocolos establecidos para sistemas de interconexión abiertos.
(Decreto modificatorio D.600-03): Forman parte de éstos, entre
otros, los de telefax, publifax, teletex, videotex y datafax.
Servidumbre de acceso, uso e Es el acto administrativo mediante el cual la CRT impone los
interconexión. (R. 087-97) derechos y obligaciones a los operadores solicitante e
interconectante y prevé las condiciones de carácter técnico,
27. comercial, operativo y económico del acceso, uso e interconexión
de las redes.
Es un sistema fijo-móvil terrestre, que proporciona en sí mismo la
Sistema de acceso capacidad completa para comunicación entre usuarios y grupos de
troncalizado.(D.2343-96) usuarios, mediante tecnología de canales radioeléctricos múltiples
compartidos de selección automática.
Es el conjunto de definiciones, principios, reglas, procedimientos y
Sistema de medición del consumo.
funciones de la empresa, organizado en tres procesos básicos a
(R. 087-97)
saber: tasación, tarificación y facturación.
Es el mecanismo de acceso de los usuarios a los operadores de
TPBCLD en virtud del cual el usuario escoge uno de los operadores
Sistema de multiacceso. (R. 087-97)
marcando un prefijo que lo identifica, para que le curse cada
llamada.
Sistema de radiocomunicación que opera mediante la explotación
símplex de los canales radioeléctricos para uso común en la banda
Sistema de radiocomunicación de 11 metros, y que proporciona en si mismo la capacidad completa
banda ciudadana.(R.1704-02) para la comunicación y transmisión de la voz entre usuarios. El
Sistema de Radiocomunicación de Banda Ciudadana opera de
acuerdo a lo reglamentado por la presente Resolución.
Sitio de interconexión. (R. 087-97) Areas relacionadas directamente con el punto de interconexión.
SSPD. (R. 087-97) Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Es la persona natural o jurídica con la cual un operador ha
Suscriptor. (R. 087-97) celebrado un contrato de condiciones uniformes de servicios
públicos.
T
Es cualquier medio impreso o electrónico, que mediante el uso de
claves de acceso u otros sistemas de identificación, permite a un
Tarjeta prepago. (R. 087-97)
usuario acceder a una capacidad predeterminada de servicios de
telecomunicaciones que ha adquirido en forma anticipada.
28. Es un valor acordado entre un operador de TPBCLDI y un
interconectante internacional, con el fin de distribuir los ingresos
Tasa contable. (R. 087-97)
recibidos por las llamadas internacionales cursadas entre ellos, en
concordancia con el reglamento de la UIT.
Es la que permite remunerar el patrimonio de los accionistas en la
Tasa de retorno razonable o misma forma en que lo habría remunerado una actividad eficiente en
utilidad razonable. (R. 087-97) un sector de riesgo comparable, la cual será estimada por el
departamento nacional de planeación.
Se entiende por telecomunicaciones toda transmisión, emisión o
recepción de signos, señales, escritos y sonidos, datos o información
Telecomunicación. (L. 72-89)
de cualquier naturaleza, por hilo, radio, medios visuales u otros
sistemas electromagnéticos.
Telefonía. (UIT-T Sup. 3 to Forma de telecomunicación destinada principalmente a la
E.164 (02)) comunicación de voz.
Aparato telefónico de acceso generalizado al público, conectado a la
Teléfono Público. (R. 087-97)
RTPC, por medio del cual se prestan servicios de telecomunicaciones.
Son aquellos que proporcionan en sí mismos la capacidad completa
para la comunicación entre usuarios, incluidas las funciones del
Teleservicios. (DL. 1900-90)
equipo terminal. Forman parte de éstos, entre otros, los servicios de
telefonía tanto fija como móvil y móvil-celular, la telegrafía y el télex.
Forma de telecomunicación que permite la transmisión de imágenes
Televisión. (UIT-R.R)
no permanentes de objetos fijos o móviles.
Terminal. (UIT Recomendación Equipo conectado a una red de telecomunicación para proporcionar
B 13) acceso a uno a más servicios específicos.
TMC. (R. 087-97) Telefonía Móvil Celular
Es el tráfico constituido por las llamadas de larga distancia
Tráfico internacional entrante. internacional completadas, efectuadas a través de marcación directa o
(R. 087-97) con asistencia de operadora, destinadas a usuarios ubicados en el
territorio colombiano y facturadas por el operador extranjero.
29. Es el tráfico constituido por las llamadas de larga distancia
internacional completadas, efectuadas a través de marcación directa o
Tráfico internacional saliente. con asistencia de operadora, originadas por suscriptores ubicados en
(R. 087-97) el territorio colombiano, destinadas a usuarios ubicados en el
extranjero y facturadas por el operador al suscriptor que origina la
llamada.
Transmisión. (UIT, Transferencia de información de un punto a otro o a otros, por medio
recomendación B 13) de señales.
Modo de operación que permite la comunicación en ambos sentidos
Transmisión de transmisión, a través de un canal radioeléctrico, utilizado en los
bidireccional.(D.2458-97) sistemas de radiomensajes con el fin de confirmar la recepción del
aviso o enviar mensajes cortos de respuesta.
Transmisión Modo de operación que permite la comunicación en un sólo sentido
unidireccional.(D.2458-97) de transmisión a través de un canal radioeléctrico.
U
UIT. (R. 087-97) Unión Internacional de Telecomunicaciones.
Persona o máquina delegada por un cliente para utilizar los servicios y/o
facilidades de una red de telecomunicaciones. En el contexto de los servicios
Usuario. (UIT-T Rec de telecomunicación: un ser humano que utiliza un servicio. En un contexto
M.60 (93)) técnico: un ser humano, una entidad o un proceso. Nota – Un usuario no será
necesariamente un abonado a un servicio de telecomunicación. F.500 (92),
H.101.
V
Teleconferencia en la cual los participantes están conectados por
Videoconferencia.(UIT circuitos de televisión que permiten la transmisión de imágenes
recomendación B 13) animadas además de la transmisión de la palabra y de documentos
gráficos.
Z
Zona de cobertura de un Zona geográfica de cobertura radioeléctrica dentro de un área de
30. sistema de servicio, cuyo contorno está delimitado por el nivel de señal de 84
radiomensajes.(D.2458-97) uV/m (38.5 dB uV/m). El limite del contorno interferente máximo
permitido es el determinado por la señal de 5.3 uV/m (14 dB uV/m).